Contrato de Hipoteca México
CONTRATO DE HIPOTECA
Conforme a los Artículos 2893 a 2943 del Código Civil Federal
I. PARTES
En [Execution City], a [Execution Date], ante [Notario Público], comparecen:
DEUDOR HIPOTECARIO (CONSTITUYENTE):
[Debtor Name], RFC: [Debtor RFC], CURP: [Debtor CURP], con domicilio en [Debtor Address].
ACREEDOR HIPOTECARIO:
[Creditor Name], RFC: [Creditor RFC], con domicilio en [Creditor Address].
II. INMUEBLE HIPOTECADO
2.1 El DEUDOR HIPOTECARIO constituye hipoteca en favor del ACREEDOR HIPOTECARIO sobre el siguiente bien inmueble de su legítima propiedad:
Domicilio: [Property Address]
Folio Real RPP: [Folio Real]
Clave Catastral: [Cadastral Key]
Superficie: [Property Area]
2.2 La presente hipoteca se constituye en [Mortgage Rank], conforme al principio de primera inscripción del Artículo 3007 CCF.
2.3 Certificado de libertad de gravamen de referencia: [Certificate of No Encumbrances].
III. OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y CONDICIONES DEL CRÉDITO
3.1 La presente hipoteca garantiza el pago del crédito otorgado por el ACREEDOR HIPOTECARIO por la cantidad de: [Principal Amount].
3.2 Monto hipotecario registrado (techo hipotecario): [Mortgage Cap].
3.3 Tipo de tasa: [Interest Rate Type]
Tasa de interés ordinario: [Ordinary Interest Rate]
Tasa de interés moratorio: [Moratory Interest Rate]
3.4 Plazo del crédito: [Loan Term]
Mensualidad: [Monthly Payment]
IV. SEGUROS OBLIGATORIOS
[Property Insurance]
V. VENCIMIENTO ANTICIPADO Y EJECUCIÓN
5.1 Causas de vencimiento anticipado (eventos de incumplimiento):
[Events of Default]
5.2 Ante incumplimiento, el ACREEDOR HIPOTECARIO podrá ejercer la acción hipotecaria a través del juicio especial hipotecario conforme al Código de Procedimientos Civiles aplicable, o mediante los mecanismos de ejecución extrajudicial disponibles para instituciones de crédito reguladas.
5.3 Las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados Civiles del fuero común del domicilio del inmueble hipotecado para cualquier controversia derivada del presente contrato.
VI. FIRMAS
DEUDOR HIPOTECARIO / CONSTITUYENTE:
[Debtor Name] — RFC: [Debtor RFC]
Firma: _________________________ Huella: _________________________
ACREEDOR HIPOTECARIO:
[Creditor Name] — RFC: [Creditor RFC]
Firma: _________________________
ANTE:
[Notario Público]
Número de Escritura: _________________________
Mortgagor / Debtor (Deudor Hipotecario)
________________
Signature
Mortgagee / Creditor (Acreedor Hipotecario)
________________
Signature
Qué es Contrato de Hipoteca México
El Contrato de Hipoteca en México es un documento legal conforme a los Artículos 2893 a 2943 del Código Civil Federal, que constituye un derecho real de hipoteca sobre bienes inmuebles en favor del acreedor hipotecario para lograr una obligación principal, con inscripción ante el Registro Público de la Propiedad.
La hipoteca en México es un derecho real de naturaleza accesoria e indivisible. Su carácter accesorio implica que no puede subsistir de manera independiente a la obligación principal que garantiza — extinguida la obligación principal, la hipoteca se extingue de pleno derecho (Artículo 2911 CCF). Su indivisibilidad significa que cada fracción del bien hipotecado permanece afecta hasta el pago total de la deuda — el pago parcial no libera una parte proporcional del inmueble del gravamen (Artículo 2908 CCF). Estas dos características fundamentales distinguen la hipoteca mexicana de los arreglos contractuales de garantía y de los instrumentos hipotecarios del derecho anglosajón.
Para que una hipoteca sea válida y oponible conforme a la legislación mexicana, el Artículo 2919 CCF exige que sea constituida en escritura pública ante Notario Público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad (RPP) del estado o municipio donde se ubique el inmueble. Sin escritura notarial e inscripción en el RPP, la hipoteca no produce efectos frente a terceros — la prelación del gravamen hipotecario depende de la fecha y hora de inscripción conforme al principio de primera inscripción establecido en el Artículo 3007 CCF. El Notario Público verifica el título de propiedad del deudor, solicita un certificado de libertad de gravamen al RPP que confirme el estado de gravámenes del inmueble y elabora la escritura hipotecaria.
El crédito hipotecario en México opera a través de diversos canales regulados por la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) y supervisados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Los bancos comerciales (instituciones bancarias) ofrecen créditos hipotecarios a largo plazo para adquisición residencial, construcción o extracción de plusvalía. La Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) proporciona financiamiento mayorista a los otorgantes de crédito hipotecario y garantiza préstamos de vivienda social. El INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) y el FOVISSSTE (Fondo de la Vivienda del ISSSTE) otorgan créditos hipotecarios de vivienda exclusivamente a trabajadores asalariados cotizantes en sus respectivos fondos — estos créditos se rigen por la Ley del INFONAVIT y la Ley del ISSSTE, y el Notario Público los formaliza como parte de la escritura de adquisición.
Las características esenciales que debe reunir una hipoteca válida conforme a los Artículos 2893 a 2943 CCF son: especialidad — el bien hipotecado debe identificarse con su folio real del RPP y clave catastral; determinación de la obligación garantizada — el monto del crédito, la tasa de interés y el calendario de pagos deben expresarse con precisión; publicidad — inscripción obligatoria en el RPP para la oponibilidad frente a terceros; e indivisibilidad. El Artículo 2905 CCF establece que la hipoteca comprende no solo el bien principal sino también sus accesiones naturales, mejoras y, salvo pacto en contrario, los frutos del inmueble.
Ante el incumplimiento del deudor, el acreedor hipotecario dispone de dos vías principales de ejecución en México: el juicio especial hipotecario — procedimiento judicial sumario previsto en el Código de Procedimientos Civiles del estado correspondiente, diseñado para una ejecución expedita mediante remate judicial ordenado por el Juzgado Civil; y la ejecución extrajudicial disponible para ciertos prestamistas regulados bajo la Ley de Concursos Mercantiles y legislación financiera conexa. La ejecución hipotecaria en México es significativamente más lenta que en jurisdicciones de derecho anglosajón — los procesos judiciales pueden durar de 18 a 48 meses según la carga de trabajo del tribunal estatal y las impugnaciones del deudor.
El Contrato de Hipoteca en México también guarda estrecha relación con otros documentos como la Escritura Pública de Compraventa, el Poder Notarial General y el Pagaré, que frecuentemente se suscriben en la misma operación de adquisición financiada. Forms-legal.com ofrece este formato de Contrato de Hipoteca México como documento de referencia para comprender los elementos esenciales del instrumento hipotecario mexicano.
Cuándo necesitas Contrato de Hipoteca México
El Contrato de Hipoteca en México se requiere siempre que un bien inmueble se afecte como garantía de una obligación crediticia — ya sea en conexión con la adquisición de un inmueble residencial o comercial financiada mediante un crédito hipotecario bancario, un crédito de vivienda INFONAVIT o FOVISSSTE, un crédito a la construcción para desarrolladores, o un préstamo garantizado privado entre personas físicas o morales.
El contrato de hipoteca es obligatorio cuando un comprador adquiere un bien inmueble mediante financiamiento bancario — el banco adquirente exige la firma de una escritura combinada de compraventa e hipoteca ante el Notario Público en la misma sesión en que se transfiere la titularidad, constituyendo una hipoteca en primer lugar y grado a favor del banco simultáneamente con la adquisición de la propiedad por el comprador.
Una hipoteca independiente también se requiere cuando un propietario desea obtener liquidez sobre la plusvalía acumulada en su inmueble — mediante un crédito con garantía hipotecaria (refinanciamiento o crédito de liquidez) otorgado por un banco regulado bajo la Ley de Instituciones de Crédito. El propietario constituye una nueva hipoteca sobre su inmueble para verificar el nuevo crédito, y la escritura hipotecaria se formaliza ante Notario Público y se inscribe en el RPP.
El contrato se requiere para el financiamiento puente (crédito puente) a desarrolladores inmobiliarios — los prestamistas de construcción exigen una hipoteca sobre el terreno del desarrollo y las mejoras en construcción para verificar el crédito de construcción, desembolsado en ministraciones conforme avanza la obra. El crédito puente hipotecario se convierte típicamente en créditos hipotecarios individuales para compradores finales al concluir y venderse las unidades.
Un contrato de hipoteca también es necesario para préstamos garantizados privados entre personas físicas o entre una empresa y sus accionistas o partes relacionadas — por ejemplo, un accionista que presta a una empresa y exige hipoteca sobre bienes inmuebles de la empresa como garantía. Estas hipotecas privadas deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el RPP para ser oponibles a terceros bajo el Artículo 2919 CCF.
Conforme a los Artículos 2893 a 2943 del Código Civil Federal y la Ley de Instituciones de Crédito, toda operación hipotecaria que involucre instituciones financieras reguladas requiere la intervención del Notario Público y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad. El contrato de hipoteca preliminar documenta los términos acordados antes de la firma formal de la escritura.
Qué incluir en tu Contrato de Hipoteca México
El Contrato de Hipoteca en México conforme a los Artículos 2893 a 2943 del Código Civil Federal debe contener los siguientes elementos esenciales:
Identificación de las partes: Nombre completo, RFC, CURP y domicilio del deudor hipotecario (constituyente de la hipoteca) y del acreedor hipotecario. Para prestamistas institucionales — bancos regulados bajo la Ley de Instituciones de Crédito, INFONAVIT, FOVISSSTE o Sofomes reguladas bajo la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito — deben indicarse el RFC de la entidad, el número de inscripción en el Registro Público de Comercio y la referencia del poder notarial del representante legal. Cuando un tercero garante (constituyente) otorga la hipoteca para verificar la deuda de otra persona, ese tercero debe identificarse como constituyente y consentir expresamente el gravamen.
Descripción del inmueble hipotecado: El bien que garantiza la hipoteca debe describirse con plena especificidad (especialidad) conforme al Artículo 2902 CCF — domicilio, folio real (número de expediente electrónico del RPP), clave catastral, superficie en metros cuadrados y referencia a la escritura de adquisición del propietario. Debe referenciarse el certificado de libertad de gravamen expedido por el RPP, que confirma el estado de gravámenes del inmueble a la fecha de constitución.
Obligación garantizada y monto hipotecario: El monto del crédito principal en pesos mexicanos (MXN), la tasa de interés ordinaria — fija (tasa fija) o variable (tasa variable ligada a la TIIE, Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio publicada por el Banco de México) — la tasa de interés moratorio y las comisiones deben precisarse con exactitud. El techo hipotecario — que puede superar el principal para cubrir intereses, costas y gastos de ejecución — debe especificarse como el monto por el que se inscribe la hipoteca en el RPP.
Plazo y calendario de amortización: El plazo total del crédito en meses o años, la tabla de amortización, la fecha de vencimiento de cada pago periódico (mensualidad) y el período de gracia, en su caso, deben documentarse. Para los créditos INFONAVIT, el monto del pago se expresa en Veces Salario Mínimo (VSM) y se actualiza anualmente con base en la UMA.
Condiciones previas y disposición del crédito: Para hipotecas de adquisición, deben especificarse las condiciones para el desembolso — incluyendo la entrega de la escritura de adquisición, la inscripción de la hipoteca en el RPP y la emisión de las pólizas de seguro. El seguro de vida del deudor y el seguro de daños al inmueble son condiciones obligatorias para los créditos hipotecarios bancarios bajo regulaciones de la CNBV.
Grado y prelación: Si la hipoteca constituye un gravamen en primer lugar y grado, segundo grado o grado posterior — con referencia a gravámenes previos identificados en el certificado de libertad de gravamen del RPP — debe indicarse expresamente. El Artículo 2981 CCF establece la prelación hipotecaria por orden de fecha de inscripción en el RPP.
Incumplimiento y vencimiento anticipado: Las causas de vencimiento anticipado — incluyendo falta de pago de mensualidades, destrucción del inmueble hipotecado sin sustitución del seguro, enajenación no autorizada del inmueble e insolvencia del deudor — y el derecho del acreedor a dar por vencido anticipadamente el crédito e iniciar el juicio especial hipotecario deben documentarse.
Obligaciones de seguro: La obligación del deudor de mantener un seguro de daños completo sobre el inmueble hipotecado con un asegurador regulado por la CNSF (Comisión Nacional de Seguros y Fianzas) designando al acreedor hipotecario como beneficiario preferente (loss payee), y un seguro de vida que cubra el saldo insoluto, son condiciones estándar en los contratos hipotecarios institucionales.
Forms-legal.com ofrece este formato de Contrato de Hipoteca México como documento de referencia. Toda hipoteca en México requiere otorgamiento en escritura pública ante Notario Público e inscripción en el Registro Público de la Propiedad — sin estas formalidades, la hipoteca no produce efectos frente a terceros. Consulte a un Notario Público y a un abogado con licencia antes de constituir cualquier hipoteca sobre bienes inmuebles. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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"Contrato de Hipoteca México (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/real-estate/property/contrato-hipoteca-mexico.
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Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 2919 del Código Civil Federal, la hipoteca solo es oponible a terceros cuando se cumplen dos condiciones: debe constituirse en escritura pública ante un Notario Público con cédula, y la escritura debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad (RPP) del estado o municipio donde se ubique el inmueble hipotecado. Una hipoteca que solo exista como contrato privado entre las partes — sin escritura notarial ni inscripción en el RPP — no es un derecho real y no puede hacerse valer contra un comprador tercero o acreedor que inscriba posteriormente un derecho sobre el mismo inmueble. La prelación en el RPP sigue la fecha y hora de inscripción bajo el Artículo 3007 CCF — la hipoteca inscrita primero tiene prelación sobre todos los gravámenes registrados posteriormente, con independencia del momento en que surgió la obligación subyacente. Por esa razón, los prestamistas institucionales — bancos, INFONAVIT, FOVISSSTE — insisten en la inscripción inmediata en el RPP de la escritura hipotecaria el mismo día en que se cierra la adquisición del inmueble.
La práctica hipotecaria mexicana distingue entre hipoteca cerrada e hipoteca abierta. La hipoteca cerrada garantiza una deuda específica y determinada — monto fijo de capital, calendario fijo de pagos y plazo definido del crédito. El monto hipotecario inscrito en el RPP corresponde con precisión a la obligación garantizada. La hipoteca abierta (también llamada hipoteca en cuenta corriente o hipoteca global) garantiza una línea de crédito variable o múltiples obligaciones presentes y futuras hasta un monto máximo inscrito (techo hipotecario) — comúnmente usada por bancos para verificar líneas de crédito revolventes, sobregiros o múltiples disposiciones bajo un contrato de crédito maestro. Bajo el Artículo 2920 CCF, la hipoteca puede constituirse para verificar obligaciones futuras o condicionales, siempre que se indique el monto máximo garantizado en la escritura. La hipoteca abierta es especialmente útil para el financiamiento a la construcción donde los desembolsos se realizan en ministraciones progresivas. El RPP inscribe el monto máximo hipotecario en lugar del saldo insoluto actual, lo que significa que el gravamen que aparece en el folio real del inmueble refleja la exposición máxima y no la deuda real en un momento dado.
El juicio especial hipotecario es un procedimiento judicial sumario disponible para el acreedor hipotecario cuando el deudor incurre en incumplimiento de la obligación garantizada. El procedimiento se rige por el Código de Procedimientos Civiles del estado donde se ubica el inmueble hipotecado — el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de la Ciudad de México, por ejemplo, establece el procedimiento en los Artículos 468 a 485. El acreedor presenta la demanda hipotecaria ante el Juzgado Civil competente, acompañada de la escritura hipotecaria (copia certificada), el certificado de inscripción en el RPP, la acreditación del crédito insoluto y la prueba del incumplimiento. El tribunal emite un auto de exequendo ordenando al deudor pagar dentro de un plazo breve (típicamente 3 a 9 días) o enfrentar el secuestro del inmueble hipotecado. Si el deudor no paga ni opone defensas válidas, el tribunal procede al remate judicial — el inmueble es avaluado y rematado públicamente, y los fondos obtenidos se aplican primero a los gastos de ejecución, luego a la deuda hipotecaria, y cualquier remanente se devuelve al deudor. El proceso completo tarda típicamente de 18 a 36 meses en los tribunales civiles estatales. Los deudores ante un incumplimiento deben consultar a un licenciado en derecho de inmediato — ciertas defensas procedimentales y opciones de reestructura pueden extender significativamente los plazos.
La constitución de una hipoteca en México genera diversas obligaciones fiscales. Los honorarios notariales por redactar y protocolizar la escritura hipotecaria son a cargo del deudor — típicamente del 0.3% al 0.8% del monto hipotecario más IVA al 16%, según el arancel notarial estatal. Los derechos registrales del RPP por inscribir la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad también son a cargo del deudor — típicamente del 0.1% al 0.3% del monto hipotecario inscrito, fijados por ley estatal. Para créditos hipotecarios bancarios, la comisión de apertura es típicamente del 1% al 2% del capital del préstamo, sujeta a IVA al 16% bajo la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Los intereses que percibe el acreedor sobre el crédito hipotecario están sujetos al ISR — para personas físicas que prestan en forma privada, los intereses se declaran en la declaración anual de ISR bajo el Artículo 133 LISR; para los bancos, los intereses forman parte de sus ingresos ordinarios gravados bajo el régimen general del ISR. El ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles) no aplica a la mera constitución de una hipoteca — el ISAI solo aplica cuando se transmite la propiedad del inmueble, no cuando se crea un derecho real de garantía sobre él. La prima del seguro de daños también es un costo recurrente — los aseguradores regulados por la CNSF típicamente cobran del 0.15% al 0.4% del valor asegurado del inmueble anualmente.
Un inmueble sujeto a una hipoteca INFONAVIT puede venderse, pero solo con la autorización expresa y por escrito de INFONAVIT y sujeto a la cancelación total del saldo insoluto del crédito. Bajo la Ley del INFONAVIT y las reglas operativas del Instituto, la venta de un inmueble gravado con un crédito INFONAVIT requiere: (1) el deudor-vendedor debe solicitar a INFONAVIT una carta de cancelación que muestre el saldo exacto pendiente; (2) el precio de venta debe ser suficiente para cubrir el pago total del crédito INFONAVIT; (3) el Notario Público que protocolice la escritura de compraventa debe gestionar simultáneamente la cancelación de la hipoteca INFONAVIT — los fondos se transfieren directamente a INFONAVIT y la nota de cancelación en el RPP se presenta dentro de los 15 días hábiles siguientes. Si el precio de venta es insuficiente para cubrir el saldo INFONAVIT, el deudor debe cubrir la diferencia con otros recursos antes de que INFONAVIT expida la autorización de cancelación. Los créditos INFONAVIT no pueden ser asumidos por el comprador — el nuevo adquirente debe calificar de forma independiente para su propio crédito INFONAVIT o crédito bancario. Los inmuebles con créditos INFONAVIT vigentes deben revisarse en cuanto a los términos específicos del crédito hipotecario INFONAVIT, ya que el cálculo del saldo insoluto utiliza el factor VSM (Veces Salario Mínimo) o UMA específico del año en que se emitió el crédito.
La hipoteca en garantía es una hipoteca constituida no para lograr un crédito directo del acreedor, sino para verificar la obligación de un tercero — por ejemplo, una empresa matriz que otorga hipoteca sobre su inmueble para lograr un crédito bancario de una subsidiaria, o una persona física que hipoteca su casa para verificar la deuda comercial de un socio de negocios. Esta estructura está permitida bajo el Artículo 2893 CCF, que no exige que el propietario del inmueble (constituyente) y el deudor principal sean la misma persona. La hipoteca en garantía se diferencia de una hipoteca ordinaria de adquisición o refinanciamiento en que el constituyente no recibe personalmente los recursos del crédito — solo está aportando la garantía colateral por la obligación de otro. Los tribunales mexicanos han reconocido consistentemente que el constituyente de una hipoteca en garantía tiene derecho de subrogación contra el deudor principal — si el acreedor hipotecario ejecuta la hipoteca sobre el inmueble del constituyente, este último se subroga en la posición del acreedor y puede recuperar del deudor principal bajo el Artículo 2048 CCF. El constituyente siempre debe obtener una contragarantía (convenio de indemnización) del deudor principal antes de otorgar una hipoteca en garantía. El Notario Público debe identificar específicamente al constituyente como persona distinta del deudor principal en la escritura hipotecaria.
La cancelación de una hipoteca en México requiere el otorgamiento de una escritura de cancelación de hipoteca ante Notario Público, seguida de la inscripción de la cancelación en el Registro Público de la Propiedad (RPP). El proceso es el siguiente: al pago total de la obligación garantizada, el acreedor hipotecario expide una carta de cancelación o constancia de pago total que confirma el pago íntegro de la deuda. El representante autorizado del acreedor (generalmente un funcionario bancario con poder notarial) comparece ante el Notario Público para otorgar la escritura de cancelación, liberando expresamente la hipoteca. El Notario Público remite la escritura al RPP para la inscripción de la cancelación en el folio real del inmueble — a partir de ese momento el inmueble queda libre de gravamen hipotecario. La inscripción en el RPP de la cancelación es indispensable — sin ella, la hipoteca sigue apareciendo en el registro del inmueble aunque la deuda esté pagada, lo que complica ventas futuras, refinanciamientos o seguros de título. Los gastos de cancelación incluyen honorarios notariales (típicamente menores que los de constitución — del 0.1% al 0.3% del monto cancelado más IVA) y derechos registrales de cancelación del RPP. Para hipotecas bancarias, el equipo jurídico del banco gestiona internamente el proceso de escritura de cancelación. Para créditos INFONAVIT, el trámite de cancelación tarda aproximadamente de 15 a 60 días hábiles después de que se acredita el pago final y se emite la carta de cancelación.
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