Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio)
DECLARACIÓN DE CONSTITUCIÓN DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO
Conforme a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles (legislación estatal aplicable)
I. PROPIETARIO O DESARROLLADOR CONSTITUYENTE
Nombre / Razón Social: [Owner Name]
RFC: [Owner RFC]
CURP: [Owner CURP]
Domicilio: [Owner Address]
Representante Legal: [Representative Name]
Poder Notarial: [POA Reference]
II. DESCRIPCIÓN JURÍDICA DEL INMUEBLE BASE
Dirección: [Property Address]
Folio Real (RPP): [Folio Real]
Clave Catastral: [Cadastral Key]
Superficie del Terreno: [Land Area]
Superficie Construida Total: [Built Area]
Número de Niveles: [Building Levels]
Licencia de Construcción: [Construction Permit]
III. UNIDADES PRIVATIVAS Y PORCENTAJES DE INDIVISO
Número Total de Unidades: [Total Units]
Tipos de Unidades: [Unit Types]
Descripción de Unidades, Linderos y Porcentajes de Indiviso:
[Units Description]
Estacionamiento: [Parking Description]
IV. ÁREAS COMUNES Y GASTOS DE MANTENIMIENTO
Descripción de Áreas Comunes: [Common Areas Description]
Las áreas comunes son inseparables de las unidades privativas y no podrán fraccionarse ni privatizarse, conforme a la legislación condominial aplicable. [Common Areas Maintenance].
V. ADMINISTRACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO
Estructura de Administración: [Admin Structure].
Legislación Aplicable: [Governing Law].
El presente régimen se constituye como escritura pública ante [Notary Details], debiendo inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para que surta efectos frente a terceros conforme al Artículo 3005 del Código Civil Federal.
FIRMAS
En [Constitution City], a [Constitution Date].
EL/LA PROPIETARIO(A) / DESARROLLADOR(A):
[Owner Name]
Firma: _________________________
NOTARIO PÚBLICO AUTORIZANTE:
[Notary Details]
Firma y Sello Notarial: _________________________
Constituting Owner / Developer (Propietario / Desarrollador)
________________
Signature
Notario Público
________________
Signature
What Is a Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio)?
A Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio) is the foundational legal instrument by which the owner or developer of a real property (inmueble) formally constitutes a condominium regime (régimen de propiedad en condominio) over that property, converting it from a single undivided ownership into a system of individual private units (unidades privativas) combined with shared common areas (áreas comunes), all governed by a complete regulatory framework. In Mexico City (Ciudad de México / CDMX), the primary governing statute is the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal — which has undergone significant reform cycles and remains the dominant legislative framework for condominiums in CDMX. Other Mexican states have their own equivalent legislation: Jalisco's Ley de Propiedad en Condominio, Nuevo León's Ley Reguladora de Condominios, and similar state-level statutes govern condominium regimes outside CDMX.
The régimen de propiedad en condominio is a hybrid form of ownership that combines two distinct property rights in a single legal structure. Each condomino (unit owner) holds: (1) private exclusive ownership (propiedad privativa) of their individual unit (departamento, local comercial, bodega, cajón de estacionamiento) — this is a full fee simple ownership right over the private space within the unit's boundaries as defined in the escritura constitutiva del régimen condominial; and (2) a pro-indiviso co-ownership interest (copropiedad pro-indiviso) in the common areas (áreas comunes) of the condominium — including the land (terreno), foundations, structural elements, rooftop (azotea), stairways (escaleras), corridors (pasillos), lobby (vestíbulo), elevators (elevadores), parking areas (estacionamiento common), gardens (jardines), and utility systems (instalaciones comunes de agua, electricidad, gas). The pro-indiviso interest is expressed as a percentage (porcentaje de indiviso) proportional to the private unit's size relative to the total constructed area of the condominium.
The Declaración de Propiedad en Condominio must be executed as an escritura pública (public deed) before a Notario Público and inscribed in the Registro Público de la Propiedad (RPP) of the relevant state — without notarial deed and RPP inscription, the condominium regime does not legally exist and individual unit titles cannot be separately registered. The escritura constitutiva del régimen condominial is the root document from which all individual unit escrituras de compraventa derive their legal basis — when a developer sells an individual unit (departamento), the buyer's escritura de compraventa references the inscription number of the régimen condominial in the RPP.
Under the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, the escritura constitutiva (condominium declaration) must identify: the number, location, and dimensions of each private unit (unidad privativa); the boundaries of each unit (linderos) with adjacent units and common areas; the surface area (superficie) of each unit in square metres; the percentage of undivided interest (porcentaje de indiviso) assigned to each unit, which determines each owner's voting weight in the Asamblea General de Condóminos and their proportionate share of common expenses (cuotas de mantenimiento); the description of all common areas and general common facilities; and the initial internal rules of administration (reglamento del condominio).
The constitutional foundation for the régimen condominial in Mexican law is the freedom of property (libre uso y disfrute de la propiedad) recognised in Article 27 of the Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, read in conjunction with Article 830 CCF establishing the rights of the owner of a property (dueño de una cosa) to use, enjoy, and dispose of it with the limitations established by law. The régimen condominial creates a specific legal framework that qualifies these property rights with the duties of co-existence and proportionate contribution to the collective maintenance of the shared infrastructure.
When Do You Need a Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio)?
A Condominium Declaration Mexico is required whenever a property owner or real estate developer wishes to legally establish a condominium regime (régimen de propiedad en condominio) over an existing or newly constructed building, creating individual legally registrable and saleable units from what was previously a single undivided property.
The declaración is needed when a residential apartment building (edificio de departamentos) is developed for sale — the developer must constitute the régimen condominial before executing individual escrituras de compraventa for each departamento. Without the condominium declaration and its RPP inscription, individual units cannot receive separate folio real numbers in the RPP, and buyers cannot independently register their title to individual apartments.
The declaration is required when a commercial building with multiple independent offices (oficinas), retail units (locales comerciales), or industrial spaces (bodegas o naves industriales) is developed or converted into individually saleable units — each occupying a private area while sharing common infrastructure such as elevators, parking, and utility systems.
A declaración en condominio is needed when an existing single-family house (casa habitación) is divided into multiple residential units — a common practice in urban densification projects in Mexico City and other major cities — to legally formalise the conversion of the unified property into independently registrable condominium units with their respective private areas and indiviso percentages.
The declaration is also required when a mixed-use development (desarrollo de uso mixto) combines residential, commercial, and parking uses in a single building — the condominium declaration must define the different types of condominios (residencial, comercial, estacionamiento) and the applicable rules for each category.
Under the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal and equivalent state legislation, the constitution of a régimen condominial by escritura pública and RPP inscription is a prerequisite for any sale, mortgage, or lease of individual condominium units — without this foundation document, no valid individual unit titles can be issued.
A Declaracion de Propiedad en Condominio is also required when an existing condominium regime needs to be modified, for example when the developer or assembly of owners wishes to add new phases (etapas) to an existing development, incorporate additional units, or redesign common area distribution. Under the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, any modification to the original escritura constitutiva requires a notarial deed of modification (escritura de modificacion del regimen condominial) and re-inscription in the Registro Publico de la Propiedad, producing a supplementary declaracion that updates the original regime documentation with revised unit descriptions, updated indiviso percentages, and new common area boundaries. Developers operating in states outside CDMX must comply with equivalent modification procedures under the applicable state ley de condominio.
What to Include in Your Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio)
A valid Condominium Declaration Mexico under the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal must contain the following essential elements:
Constituting Owner or Developer Identification: Full legal name, RFC, CURP, and domicile of the property owner (propietario) or real estate developer (desarrollador inmobiliario) constituting the condominium regime. For legal entities — Sociedades Anónimas de Capital Variable (S.A. de C.V.), Sociedades de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.), or Fideicomisos — the entity RFC, Registro Público de Comercio inscription, the representative's name and power of attorney (poder notarial) number must be documented.
Property Legal Description: The full legal description of the land and building over which the condominium regime is constituted — address, folio real from the RPP, clave catastral from the Catastro Municipal, total land area (superficie del terreno) in square metres, total constructed area (superficie total construida) in square metres, and the number of above-ground (niveles sobre rasante) and below-ground (niveles bajo rasante) levels. Reference to the required municipal construction permits (licencias de construcción) and the architect's certification (memoria descriptiva) should be included.
Description of Each Private Unit (Unidades Privativas): For each individual condominium unit — sequential unit number (número de unidad or número de departamento); type (residencial, comercial, estacionamiento, bodega); floor level (planta baja, 1er piso, etc.); cardinal boundaries (linderos norte, sur, este, oeste) with adjacent units and common areas; private area in square metres (superficie privativa); and any private areas attached to the unit (terraza, jardin privado, cajón de estacionamiento asignado). A architectural floor plan (plano arquitectónico) certified by the responsible architect and bearing the stamp of the municipal authority must be attached to the escritura.
Undivided Interest Percentages (Porcentajes de Indiviso): The pro-indiviso percentage assigned to each private unit, which must total exactly 100% across all units. Under the Ley de Propiedad en Condominio, the indiviso percentage is typically calculated in proportion to the private unit's surface area relative to the total private area of the condominium — though other calculation methods (e.g. weighting by location, floor level, or commercial value) may be used if stated in the declaration. The indiviso percentage determines each owner's share of: votes in the Asamblea General de Condóminos; liability for common expenses (cuotas de mantenimiento y administración); and interest in the common areas upon dissolution of the condominium regime.
Description of Common Areas (Áreas Comunes): Identification and description of all areas that are not private units — structural elements (cimentación, muros maestros, losas), vertical circulation (escaleras, elevadores), horizontal circulation (pasillos, vestíbulos), exterior facade, rooftop (azotea), parking area (si es common), mechanical rooms (cuartos de máquinas, cisterna, planta de emergencia), gardens, and any amenity areas (gimnasio, salón de usos múltiples, alberca). The Ley de Propiedad en Condominio prohibits subdivision or privatisation of common areas — they must remain available to all condóminos in proportion to their indiviso.
Initial Reglamento del Condominio: Many declarations incorporate the initial internal rules of the condominium (reglamento del condominio) as an annex — establishing governance procedures, use restrictions, quiet hours (horarios de silencio), pet policies, guest policies, and the procedures for calling and voting in the Asamblea General de Condóminos. Under the Ley de Propiedad en Condominio, the reglamento may be adopted separately by the assembly of owners.
Under Article 8 of the Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, Article 830 of the Codigo Civil Federal governing property rights, and Article 3005 of the Codigo Civil Federal governing RPP registration, the condominium declaration must be executed as a public deed and registered.
Forms-legal.com provides this Condominium Declaration Mexico template as a reference document. The formal escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio can only be executed by a licensed Notario Público and must be inscribed in the Registro Público de la Propiedad to create legally separate, saleable condominium units. Consult a Notario Público and a licenciado en derecho specialising in real estate law before constituting any condominium regime in Mexico.
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Forms Legal. (2026). Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/real-estate/property/condominium-declaration-mexico
"Condominium Declaration Mexico (Declaración de Propiedad en Condominio) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/real-estate/property/condominium-declaration-mexico.
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La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal es la principal ley que rige la propiedad en condominio en la Ciudad de México. La ley establece el marco legal para constituir regímenes de condominio, define los derechos y las obligaciones de los condóminos, regula las estructuras de gobierno (Asamblea General de Condóminos, Comité de Administración), fija las reglas para el mantenimiento de las áreas comunes y la distribución de gastos, y prevé mecanismos de solución de controversias para los conflictos condominales. Entre sus disposiciones clave están: el artículo 8, que define los elementos que debe contener la escritura constitutiva del régimen condominal; el artículo 21, que exige que cada condominio adopte un reglamento interno; el artículo 41, que regula la designación y las funciones del Administrador del Condominio; y los artículos 52 a 66, que rigen la Asamblea General de Condóminos y los umbrales de votación (quórum) para distintos tipos de decisiones —el quórum ordinario requiere el 51% del indiviso para la mayoría de las decisiones, mientras que las decisiones extraordinarias, como la disolución del régimen o las grandes erogaciones de capital, requieren umbrales más altos—. Fuera de la Ciudad de México aplica la legislación equivalente de cada estado: Jalisco, Nuevo León, Querétaro y Quintana Roo tienen su propia ley de condominio con variaciones en los requisitos de gobierno, los métodos de cálculo del indiviso y los procedimientos de solución de controversias. Los desarrolladores que construyen en estados distintos a la CDMX deben identificar y cumplir la ley estatal aplicable.
El porcentaje de indiviso de un condominio mexicano es la parte proporcional de las áreas comunes asignada a cada unidad privativa. El método de cálculo más común que usan los Notarios Públicos y los desarrolladores en la Ciudad de México conforme a la Ley de Propiedad en Condominio es el método de superficie proporcional: el indiviso de cada unidad es igual a su superficie privativa dividida entre la superficie privativa total de todas las unidades en conjunto, expresada como porcentaje. Por ejemplo, en un edificio de 10 departamentos, cada uno con 80 m² de superficie privativa y con una superficie privativa total de 800 m², cada departamento tendría un indiviso del 10%. La declaración puede usar métodos alternativos de ponderación —por ejemplo, aplicar distintos factores de peso a las áreas comerciales frente a las residenciales, o ajustar por el nivel del piso o la calidad de la vista—, siempre que se establezcan expresamente en la escritura constitutiva. Los porcentajes de indiviso deben sumar exactamente el 100% entre todas las unidades. El porcentaje de indiviso tiene tres consecuencias jurídicas críticas: determina el voto proporcional de cada propietario en la Asamblea General de Condóminos; su parte proporcional de los gastos comunes (cuotas de mantenimiento); y su parte proporcional del valor de la propiedad común en cualquier escenario de disolución, expropiación o reconstrucción. Los cajones de estacionamiento y las bodegas pueden tener su propio porcentaje de indiviso por separado o incorporarse al indiviso de la unidad residencial; esta elección debe hacerse al momento de la constitución y manifestarse en la declaración.
Antes de que un Notario Público pueda otorgar la escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio en México, el desarrollador o el propietario debe obtener una serie de autorizaciones municipales y administrativas. En la Ciudad de México, estas incluyen: la licencia de construcción de la Alcaldía que confirme que el edificio se construyó conforme a los planos arquitectónicos aprobados y al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal; el certificado de habitabilidad o visto bueno de habitabilidad expedido por la Alcaldía que confirme que el edificio cumple con las normas de seguridad, protección contra incendios y habitabilidad para uso residencial; el dictamen de uso de suelo que confirme que el uso condominal previsto es compatible con el plan parcial de desarrollo urbano aplicable de la zona; y, para los desarrollos de mayor tamaño, puede requerirse una manifestación de impacto urbano. Para los desarrollos en zonas de monumentos históricos supervisadas por el INAH (Instituto Nacional de Antropología e Historia), son obligatorias autorizaciones adicionales del INAH. El Notario Público solicitará copias certificadas de todos los permisos antes de otorgar la escritura constitutiva; los números de los permisos deben referirse en la escritura. No obtener todos los permisos requeridos antes de constituir el régimen de condominio puede invalidar las ventas posteriores de las unidades individuales y exponer al desarrollador a sanciones administrativas conforme a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Un condómino en México tiene un doble conjunto de derechos: derechos exclusivos sobre su unidad privativa y derechos de participación respecto de las áreas comunes y el gobierno. Los derechos sobre la unidad privativa conforme a la Ley de Propiedad en Condominio incluyen: el uso y goce exclusivos de la unidad privativa; el derecho a vender, arrendar, hipotecar o disponer de otra forma de la unidad sin necesidad del consentimiento de los demás condóminos —sujeto a cualquier derecho del tanto establecido en el reglamento—; y el derecho a modificar el interior de la unidad sin alterar elementos estructurales ni servicios comunes. Los derechos sobre las áreas comunes incluyen: el uso proporcional de todas las áreas comunes (pasillos, jardines, gimnasio, alberca, salón de usos múltiples) conforme al reglamento del condominio; el derecho a votar en la Asamblea General de Condóminos sobre todos los asuntos que afectan al condominio —incluida la elección del Administrador, la aprobación del presupuesto anual y las erogaciones extraordinarias—, con un peso de voto proporcional al porcentaje de indiviso de cada unidad; el derecho a ser informado de todos los estados financieros y reportes administrativos del condominio; y el derecho a solicitar una asamblea general (asamblea extraordinaria) cuando lo respalden condóminos que representen al menos el 25% del indiviso. El condómino también tiene obligaciones: el pago de las cuotas de mantenimiento dentro del plazo establecido por la asamblea; el cumplimiento del reglamento interno; y la no interferencia con los derechos de los demás condóminos.
La disolución de un régimen de propiedad en condominio en México es posible, pero requiere una decisión extraordinaria de la Asamblea General de Condóminos con una mayoría calificada, por lo general del 75% al 100% del indiviso total según la legislación estatal aplicable y los términos de la escritura constitutiva. En la Ciudad de México, la Ley de Propiedad en Condominio exige el consentimiento unánime de todos los condóminos para la disolución del régimen, lo que refleja la gravedad de esta decisión; tras la disolución, la propiedad revierte a copropiedad ordinaria entre todos los antiguos condóminos, quienes luego deben negociar y formalizar la división o venta de la propiedad reunida mediante la acción de división de la cosa común conforme al artículo 939 del CCF. La decisión de disolución debe formalizarse por escritura pública ante un Notario Público, y la cancelación del régimen condominal debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad (RPP). Todos los títulos individuales de las unidades (folios reales) se fusionan entonces de nuevo en un solo registro de propiedad. Los acreedores hipotecarios con hipotecas registradas sobre unidades individuales deben consentir la disolución; de lo contrario, su garantía hipotecaria correría el riesgo de diluirse en la copropiedad. En la práctica, la disolución de condominios es poco común; el escenario más frecuente es la venta de todas las unidades a un solo comprador que luego solicita la disolución para reconvertir la propiedad a una sola titularidad.
La Asamblea General de Condóminos es el órgano supremo de gobierno de un condominio mexicano, integrado por todos los condóminos, quienes ejercen su facultad colectiva de decisión mediante votos reunidos en asamblea. Conforme a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal y a la legislación estatal equivalente, la asamblea es convocada por el Administrador del Condominio al menos una vez al año (asamblea ordinaria anual) y puede convocarse en sesión extraordinaria (asamblea extraordinaria) cuando lo requieran circunstancias urgentes o a solicitud de condóminos que representen al menos el 25% del indiviso total. Entre los asuntos clave que decide la asamblea ordinaria están: la aprobación del presupuesto anual de ingresos y gastos; el establecimiento de las cuotas mensuales de mantenimiento y administración proporcionales al indiviso de cada unidad; la elección y remoción del Administrador del Condominio; la aprobación del informe financiero anual; y la aprobación de los programas ordinarios de mantenimiento y reparación. Las decisiones de la asamblea extraordinaria —que requieren un quórum y umbrales de votación más altos— incluyen: las grandes erogaciones de capital (obras extraordinarias), como el reemplazo de elevadores o el reforzamiento estructural; la modificación del reglamento del condominio; la modificación de la escritura constitutiva del régimen; y la disolución del régimen de condominio.
Las controversias entre condóminos, o entre los condóminos y el Administrador del Condominio en México, están sujetas a un proceso de solución de varias etapas. La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal establece que las controversias deben someterse primero a conciliación interna a través de las propias estructuras de gobierno del condominio: el Comité de Administración o la Asamblea General pueden intentar una solución mediada. Para las controversias que no pueden resolverse internamente, la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) ofrece servicios gratuitos de mediación y conciliación específicamente para las controversias condominales, según lo establece la Ley de Propiedad en Condominio. La PROSOC también puede recibir quejas sobre administradores que no convocan asambleas, malversan los fondos de mantenimiento o violan el reglamento. Para las controversias por cuotas de mantenimiento no pagadas, el administrador o el conjunto de condóminos pueden iniciar un juicio ejecutivo mercantil o una acción civil de ejecución ante el Juzgado Civil competente; las obligaciones por cuotas condominales documentadas en las actas de asamblea pueden constituir un título ejecutivo para efectos de cobro. Las controversias por defectos estructurales o de construcción que involucran al desarrollador original pueden requerir un juicio civil por daños y perjuicios.
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