Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente)
ACUERDO DE CUENTA CORRIENTE
Conforme a los Artículos 310–322 del Código de Comercio
I. PARTES COMERCIANTES
PRIMERA PARTE:
Razón Social / Nombre: [Party 1 Name]
RFC: [Party 1 RFC]
Domicilio Fiscal: [Party 1 Address]
Representante Legal: [Party 1 Representative]
SEGUNDA PARTE:
Razón Social / Nombre: [Party 2 Name]
RFC: [Party 2 RFC]
Domicilio Fiscal: [Party 2 Address]
Representante Legal: [Party 2 Representative]
Ambas partes tienen carácter de comerciantes (comerciantes) conforme al Artículo 3 del Código de Comercio, y celebran el presente Acuerdo de Cuenta Corriente bajo los Artículos 310 a 322 del Código de Comercio.
II. ALCANCE DE LA CUENTA CORRIENTE (ARTÍCULO 310 CCOM)
Las partes acuerdan que las siguientes operaciones recíprocas serán registradas en la cuenta corriente:
[Transaction Scope]
Operaciones Excluidas: [Transaction Exclusions]
Efecto Novatorio (Artículo 311 CCom): Todas las partidas registradas en la cuenta corriente pierden su carácter individual al ser anotadas en la misma, quedando absorbidas en el saldo neto del período correspondiente. Las partes únicamente podrán exigir el saldo neto resultante del corte de cada período, y no podrán reclamar el pago individualizado de operaciones que hayan sido incorporadas a la cuenta.
III. CORTE DE CUENTA Y SALDO NETO (ARTÍCULO 313 CCOM)
Período de Corte: [Balancing Period]
Plazo de Pago del Saldo Neto: [Payment Deadline]
Formato del Estado de Cuenta: [Statement Format]
Al cierre de cada período, todas las partidas de cargo y abono serán compensadas (compensadas) para determinar el saldo neto (saldo neto). La parte deudora del saldo neto tendrá la obligación de pagarlo o, en su caso, de aceptarlo como partida inicial del período siguiente, conforme al mecanismo de exigibilidad establecido en la Cláusula V. El saldo neto al cierre de cada período constituye una deuda independiente conforme al Artículo 314 del Código de Comercio.
IV. INTERESES SOBRE EL SALDO NETO (ARTÍCULO 312 CCOM)
Tasa de Interés Aplicable: [Interest Rate]
Capitalización de Intereses: [Interest Capitalization]
Los intereses corren a favor de la parte con posición acreedora a partir de la fecha de corte y hasta el pago o capitalización. Para las partes relacionadas (partes relacionadas) en términos del Artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la tasa de interés deberá cumplir con los principios de precios de transferencia a valor de mercado.
V. EXIGIBILIDAD DEL SALDO NETO Y TERMINACIÓN
Mecanismo de Cobro del Saldo Neto: [Balance Enforcement]
Plazo del Acuerdo: [Agreement Term]
Causas de Terminación: [Termination Causes]
A la terminación del presente Acuerdo, se practicará un corte final (liquidación del saldo final) conforme al Artículo 320 del Código de Comercio. El saldo resultante constituirá una deuda independiente e inmediatamente exigible.
VI. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE
Las controversias derivadas del presente Acuerdo o de los saldos de la cuenta corriente se resolverán, en primer lugar, mediante mediación entre las partes. De no lograrse un acuerdo en 15 días hábiles, las partes se someterán a la jurisdicción de los Juzgados Mercantiles competentes o al arbitraje comercial ante la Comisión Nacional de Arbitraje Comercial (CANACO), según elija la parte actora. El presente Acuerdo se rige por el Código de Comercio y demás disposiciones mercantiles aplicables de los Estados Unidos Mexicanos.
FIRMAS
En [Signing City], a [Signing Date].
PRIMERA PARTE:
[Party 1 Name]
Representada por: [Party 1 Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
SEGUNDA PARTE:
[Party 2 Name]
Representada por: [Party 2 Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Primera Parte / First Party
________________
Signature
Segunda Parte / Second Party
________________
Signature
What Is a Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente)?
A Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente) is a commercial contract by which two parties engaged in ongoing commercial transactions agree that all reciprocal credits, debts, and payments arising from their commercial relationship will be recorded in a single running account (cuenta corriente), with periodic balancing (corte de cuenta) to determine the net balance (saldo neto) owed by one party to the other, governed by the Código de Comercio (CCom) Articles 310 through 322. The cuenta corriente mechanism transforms the multiple individual obligations between the parties into a single net balance at each balancing period, avoiding the need to separately settle each transaction and providing an efficient framework for ongoing commercial relationships.
Código de Comercio Article 310 defines the cuenta corriente as the contract by which two commercial parties (comerciantes) agree to record all their reciprocal operations in a single account, so that all the individual credits and debits are merged into a single net balance at periodic intervals. Article 311 CCom establishes that all entries (partidas) in the cuenta corriente — whether for goods delivered, services rendered, payments made, or any other commercial operation — lose their individual identity once recorded, and can only be claimed as part of the net balance. This novation effect (efecto novatorio) is a fundamental characteristic of the cuenta corriente — the original individual obligations are extinguished and replaced by the account balance.
CCom Article 312 provides for the calculation of interest (intereses) on the net balance in favor of whichever party has a credit position at the closing of each account period. The interest rate is agreed by the parties or, in the absence of agreement, defaults to the commercial rate under CCom Article 362 (6% annually). Interest on the net balance is added to the account as a new entry for the following period, creating compound interest (interés compuesto) over time.
CCom Article 313 specifies the balancing mechanism: at each agreed period (corte de cuenta), all debits and credits are offset (compensadas) to produce the net balance (saldo neto). The party owing the net balance has an obligation to pay or to accept the balance as the opening entry for the next account period, depending on the agreement. CCom Article 314 establishes that the net balance at each closing constitutes an independent debt, separate from the individual transactions that composed it, and may be claimed through executive action (acción ejecutiva) if documented in a public deed or acknowledged instrument.
The cuenta corriente is the legal framework underlying the commercial credit arrangements commonly used in Mexico between distributors and their regular suppliers, between factoring companies and their clients (empresas de factoraje under the Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito), between bank branches and their correspondent bank partners, and between parent companies and subsidiaries in inter-company financial arrangements. The agreement requires that both parties be comerciantes (merchants) under the Código de Comercio — non-merchant parties (personas físicas not engaged in commerce) cannot validly enter into a cuenta corriente under CCom Article 310's scope.
When Do You Need a Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente)?
A Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente) is needed when two commercial parties engaged in a continuous, high-volume trading relationship wish to establish a formal framework for tracking reciprocal obligations without requiring individual payment for each transaction.
The agreement is essential for distributors and their primary suppliers with daily or weekly transactions. A food distributor (distribuidor de alimentos) receiving daily deliveries from multiple suppliers, returning unsold goods, receiving credit notes for promotions, and making weekly or monthly payments needs a cuenta corriente framework to efficiently manage the financial relationship — rather than issuing individual payment orders and receipts for each delivery, the parties reconcile the running account monthly and settle only the net balance.
Factoring operations (operaciones de factoraje) under the Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito frequently use cuenta corriente structures. A company that regularly sells its accounts receivable (facturas) to a factoring company (empresa de factoraje) at a discount, and periodically receives advances and makes repayments, benefits from the cuenta corriente's automatic netting mechanism — each transaction is entered in the account and the net balance is settled at month-end.
Inter-company financial management (tesorería corporativa intercompañías) in Mexican corporate groups (grupos empresariales) often involves cuenta corriente agreements between the parent company (empresa controladora) and its subsidiaries (empresas subsidiarias). The parent provides financing, receives dividend flows, charges management fees, and lends surplus cash — all these flows are recorded in a cuenta corriente between entities, with periodic balancing and interest on net positions.
The agreement is also appropriate for ongoing professional services relationships where the service provider and client have continuous engagements — a law firm handling multiple matters for a corporate client, a marketing agency with a retainer relationship, or an IT services company with a long-term service contract. The cuenta corriente records monthly billings, payments, credits, and charges, with a monthly statement (estado de cuenta) and net balance settlement.
Under CCom Article 314, the net balance of a cuenta corriente upon each closing can be claimed through executive action — meaning it constitutes an enforceable title (título ejecutivo) if properly documented. This enforcement advantage makes the cuenta corriente more effective than a series of individual invoices for debt recovery purposes, provided the agreement meets CCom Article 310's requirements.
What to Include in Your Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente)
A valid Current Account Agreement Mexico (Acuerdo de Cuenta Corriente) under Código de Comercio Articles 310–322 must include the following essential elements:
Parties' Commercial Status (Carácter Mercantil de las Partes): Both parties must be identified as comerciantes (merchants) under the Código de Comercio — individuals (personas físicas) engaged in commerce under CCom Article 3, or companies (personas morales mercantiles) constituted as sociedad anónima (S.A.), sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.), or any other mercantile form. The parties' RFC, fiscal addresses, and legal representatives (with corresponding powers of attorney — poderes notariales) must be identified.
Scope of the Account (Alcance de la Cuenta Corriente): A specific description of the types of transactions that will be recorded in the cuenta corriente — for example, 'todas las operaciones de compraventa de mercancías, servicios, notas de crédito, notas de débito, pagos, y devoluciones derivadas de la relación comercial entre las partes.' CCom Article 310 requires that the scope be agreed — transactions outside the agreed scope are not subject to the novation effect and remain as individual obligations.
Account Balancing Periods (Períodos de Corte de Cuenta): The frequency of account balancing (corte de cuenta) — monthly (mensual), quarterly (trimestral), or any other agreed period. At each corte, all entries from the period are offset (compensadas) and a net balance (saldo neto) is calculated. CCom Article 313 gives both parties the right to demand an account statement and balancing at each agreed period end.
Interest on Net Balance (Intereses sobre el Saldo Neto): The agreed interest rate applied to the net balance outstanding at each period close — either a fixed rate or a variable rate referenced to TIIE. Under CCom Article 312, interest runs in favor of the creditor party from the corte date until payment or capitalization in the following period. The compounding mechanism (capitalización) and the treatment of interest entries in the subsequent period must be specified.
Novation Effect Declaration (Declaración de Efecto Novatorio): An explicit statement that all individual transactions entered into the cuenta corriente lose their independent character upon entry and are merged into the account balance under CCom Article 311. This clause prevents either party from separately claiming payment of individual invoices or transactions that have been entered in the account — they may only claim the net balance.
Enforcement of Net Balance (Exigibilidad del Saldo Neto): The mechanism for enforcing payment of the net balance at each period close — whether through demand letter (carta de requerimiento), issuance of a pagaré for the net balance amount (giving the creditor executive enforcement rights under LGTOC Article 170), or direct judicial action (acción ejecutiva mercantil) under CCom Article 314 and Article 1391 CCom.
Termination Provisions (Causas y Efectos de la Terminación): The circumstances under which either party may terminate the cuenta corriente — end of the agreed term, material breach of the agreement, insolvency of either party (concurso mercantil under the Ley de Concursos Mercantiles), or unilateral notice. Upon termination, CCom Article 320 provides for a final closing balance (liquidación del saldo final) that constitutes an independent and immediately enforceable debt.
Dispute Resolution (Resolución de Controversias): Whether disputes over the account balance or individual entries are submitted to mediation (mediación), arbitration (arbitraje ante la Comisión Nacional de Arbitraje Comercial — CANACO or CANACO Servytur), or litigation before the Juzgado Mercantil competente. Forms-legal.com provides this Current Account Agreement Mexico template as a reference for establishing cuenta corriente arrangements. Agreements involving significant credit exposure should be reviewed by a Licenciado en Derecho specialised in derecho mercantil.
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}Frequently Asked Questions
El efecto novatorio (efecto novatorio) es la característica jurídica distintiva de la cuenta corriente conforme al Artículo 311 del Código de Comercio. Cuando una operación — compraventa, pago, nota de crédito, nota de débito u otra operación comercial — se anota como partida (partida) en la cuenta corriente, la existencia jurídica independiente de esa operación queda extinguida: queda novada en la cuenta. La obligación individual original — la factura, el pago, la nota de crédito — es sustituida por una entrada en la cuenta, y el acreedor ya no puede reclamar por separado el pago de esa operación individual. La única acción ejecutable es el saldo neto (saldo neto) de la cuenta al cierre de cada período. Esto tiene varias consecuencias prácticas: (1) el acreedor no puede demandar el pago de una factura individual que haya sido incorporada a la cuenta corriente; debe demandar el saldo de la cuenta; (2) los plazos de prescripción corren desde la fecha del corte de cuenta para el saldo neto, no desde las fechas de cada operación individual; (3) los derechos de compensación (compensación) que pudieran haber aplicado a operaciones individuales quedan absorbidos por el mecanismo de compensación de la cuenta. Los tribunales mexicanos han aplicado este principio de forma estricta: la parte que incorpora operaciones a la cuenta corriente no puede posteriormente «extraerlas» y reclamarlas de forma individual.
Conforme al Artículo 314 del Código de Comercio, el saldo neto (saldo neto) de la cuenta corriente al cierre de cada período acordado constituye una deuda mercantil independiente que puede reclamarse separadamente de las operaciones individuales que lo componen. Para que el saldo neto sea ejecutable mediante juicio ejecutivo mercantil, debe constar en alguna de las formas reconocidas como ejecutorias por el Artículo 1391 CCom: (1) escritura pública (escritura pública) — las partes reconocen el saldo ante Notario Público; (2) pagaré (pagaré) conforme al Artículo 170 LGTOC suscrito por la parte deudora por el importe del saldo — es el mecanismo más habitual, pues el pagaré otorga acceso inmediato al embargo judicial conforme al Artículo 1391 Fracción IV CCom; (3) documento privado reconocido (reconocido) ante juez — el deudor ratifica su firma ante el tribunal. En la práctica, las partes suelen convenir que al cierre de cada período, la parte deudora del saldo neto suscriba un pagaré a la vista por dicho importe, otorgando al acreedor un título ejecutivo disponible si el pago no se realiza dentro del plazo acordado. El estado de cuenta certificado por ambas partes o por contador público certificado conforme al Artículo 33 CCom puede constituir prueba documental suficiente para una acción ordinaria de cobro, aunque no para juicio ejecutivo sin las formalidades adicionales indicadas.
El plazo de prescripción extintiva aplicable al saldo neto de la cuenta corriente en México se rige por las reglas generales del Código de Comercio. Conforme al Artículo 1047 CCom, las acciones derivadas de contratos mercantiles prescriben en 10 años salvo que exista un plazo específico más corto. Para la cuenta corriente, el Artículo 321 CCom establece que la acción para reclamar el saldo neto al cierre de cada período prescribe en 3 años contados desde la fecha de cada corte de cuenta (fecha del corte de cuenta), plazo más breve que la prescripción general mercantil de 10 años. El período de 3 años corre desde la fecha del corte acordado, no desde las fechas de las operaciones individuales registradas. Si las partes convienen capitalizar el saldo neto de un período como partida inicial del siguiente, el plazo de prescripción se reinicia en cada nuevo cierre de período. Las acciones relativas a partidas individuales incorrectamente registradas deben ejercerse en un plazo razonable tras el corte en que apareció la partida; los tribunales han sostenido que la aceptación del estado de cuenta sin objeción crea presunción de exactitud de las partidas. Al terminar definitivamente la cuenta corriente, el saldo final de liquidación conforme al Artículo 320 CCom constituye una nueva obligación independiente sujeta a la prescripción de 3 años desde la fecha de terminación.
La cuenta corriente regulada por los Artículos 310–322 del Código de Comercio posee características jurídicas específicas que la distinguen de una cuenta de crédito abierta informal (cuenta de crédito abierta o cuenta corriente simple) utilizada en el comercio ordinario. La cuenta corriente formal bajo el Capítulo IX CCom produce el efecto novatorio establecido en el Artículo 311: las operaciones individuales pierden su identidad jurídica independiente al ser registradas. Una cuenta abierta informal no produce este efecto novatorio; cada factura sigue siendo exigible de forma independiente y el saldo de la cuenta es simplemente la suma de facturas impagas. La cuenta corriente jurídica requiere la anotación mutua de obligaciones recíprocas: ambas partes registran créditos y débitos en la misma cuenta. Una cuenta abierta simple es típicamente unilateral: el vendedor registra lo que el comprador le adeuda, pero no registra los pagos realizados por el vendedor al comprador en el mismo marco contable. La cuenta corriente CCom produce un saldo neto que se convierte en deuda independiente bajo el Artículo 314, ejecutable como obligación mercantil. El saldo de una cuenta abierta simple es solo la suma de facturas impagas; cada factura es una deuda separada. Para la mayoría de relaciones de crédito comercial, la cuenta abierta informal es suficiente y preferible por su simplicidad. La cuenta corriente formal CCom está reservada para relaciones con flujos genuinamente recíprocos: distribuidores-proveedores con devoluciones regulares, tesorerías intercompañías, arreglos de factoraje y relaciones bilaterales de alto volumen.
El arreglo de cuenta corriente entre comerciantes en México tiene diversas implicaciones fiscales bajo la LISR (Ley del Impuesto sobre la Renta), la LIVA (Ley del Impuesto al Valor Agregado) y el CFF (Código Fiscal de la Federación). Para efectos de ISR: cada operación registrada en la cuenta corriente — ventas, compras, servicios — sigue sujeta al reconocimiento de ISR en base devengada (base devengado) para personas morales conforme al Artículo 17 LISR; la estructura de cuenta corriente no difiere el reconocimiento de ISR a la fecha del corte de cuenta. Para efectos de IVA: el IVA se causa y es acreditable al momento de cada operación individual — entrega de bienes, prestación de servicios — con base en el CFDI emitido para esa operación; la liquidación del saldo neto no genera un evento de IVA adicional. Para los intereses sobre el saldo neto conforme al Artículo 312 CCom: los intereses ganados por la parte acreedora son ingresos gravables bajo los Artículos 8 y 9 LISR para personas morales. Si las partes son partes relacionadas (partes relacionadas) conforme al Artículo 179 LISR — como en relaciones matriz-subsidiaria — la tasa de interés sobre el saldo de la cuenta corriente debe cumplir con los precios de mercado (precios de mercado) bajo las reglas de precios de transferencia de México y las directrices de la OCDE, y debe documentarse en un estudio de precios de transferencia. El SAT ha fiscalizado específicamente los arreglos de cuenta corriente intercompañías en auditorías de precios de transferencia, pues su mal uso para trasladar utilidades entre entidades relacionadas es un riesgo de auditoría conocido.
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Nota de Débito para México — conforme al artículo 29 del CFF y las reglas del CFDI del SAT, emitida como CFDI de Ingreso para cobrar cargos adicionales, penalizaciones o ajustes de precio más allá de la factura original, con pleno cumplimiento de IVA e ISR.