Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431)
CONTRATO MARCO DE FACTORAJE FINANCIERO
Celebrado conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Artículos 419–431
I. PARTES
CEDENTE:
Nombre / Razón Social: [Cedente Name]
RFC: [Cedente RFC]
Domicilio: [Cedente Address]
Representante Legal: [Cedente Representative]
FACTOR (EMPRESA DE FACTORAJE):
Nombre / Razón Social: [Factor Name]
RFC: [Factor RFC]
Domicilio: [Factor Address]
Autorización CNBV: [Factor CNBV]
II. CUENTAS POR COBRAR ELEGIBLES
Descripción de las Cuentas: [Receivable Description]
Deudor Cedido Principal: [Deudor Cedido]
Plazo Máximo de las Cuentas Elegibles: [Max Payment Term].
Todas las facturas elegibles deben estar documentadas en CFDI válidos emitidos conforme a las disposiciones del SAT bajo el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación. La elegibilidad de cada factura queda sujeta a aprobación del factor mediante aviso de cesión individual (aviso de cesión) referente al presente Contrato Marco.
III. CONDICIONES FINANCIERAS DEL FACTORAJE
Tasa de Anticipo: [Advance Rate].
Comisión de Factoraje / Tasa de Descuento: [Factoring Fee]. La comisión está sujeta a IVA al 16% conforme al Artículo 1 de la LIVA y será facturada mediante CFDI por el factor.
Límite de la Línea de Factoraje: [Credit Limit].
Modalidad: [Recourse Type].
Notificación al Deudor Cedido: [Notification Type].
IV. CESIÓN DE DERECHOS DE CRÉDITO (ARTÍCULO 419 LGTOC)
Conforme al Artículo 419 de la LGTOC, el cedente transmite al factor los derechos de crédito representados por cada factura CFDI cedida bajo avisos de cesión individuales. El factor adquiere todos los derechos del cedente frente al deudor cedido, incluyendo el derecho de cobro, las garantías accesorias y las acciones legales correspondientes. Para facturas electrónicas, la cesión se formaliza como cesión de derechos bajo los Artículos 2029–2048 del CCF.
V. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL CEDENTE
El cedente declara y garantiza que: (a) todas las facturas cedidas son válidas y exigibles; (b) los bienes o servicios facturados fueron efectivamente entregados o prestados; (c) no existen disputas ni derechos de compensación (set-off) que afecten las cuentas cedidas; (d) las facturas están libres de gravámenes y cesiones previas. La presentación de facturas falsas o infladas podría configurar fraude fiscal bajo el Artículo 108 del CFF y lavado de dinero bajo el Artículo 400 Bis del CPF.
VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se rige por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (Artículos 419–431), el Código Civil Federal (Artículos 2029–2048), el Código de Comercio, la Ley de la CNBV, la Resolución Miscelánea Fiscal del SAT y la LFPIORPI. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil de [Contract City].
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL CEDENTE:
[Cedente Name]
Por: [Cedente Representative]
Firma: _________________________
EL FACTOR:
[Factor Name]
Firma: _________________________
Cedente (Receivables Seller)
________________
Signature
Factor (Factoring Company)
________________
Signature
Qué es Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431)
El Contrato de Factoraje Financiero en México es un documento legal conforme a los artículos 419 a 431 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Permite a una empresa (cedente) ceder sus cuentas por cobrar a una empresa de factoraje (factor) a cambio de liquidez inmediata, con o sin recurso. Incluye cláusulas de notificación, cobranza y PLD.
El factoraje con recurso (factoraje con recurso) implica que el cedente garantiza el pago de los derechos de crédito cedidos: si el deudor no paga, el factor puede exigir el reembolso al cedente. El factoraje sin recurso (factoraje sin recurso) traslada el riesgo de crédito al factor: si el deudor incumple, el factor absorbe la pérdida y no puede reclamar al cedente. El artículo 422 de la LGTOC establece la obligación del factor de notificar al deudor cedido la cesión para que sea oponible; el artículo 425 regula las obligaciones del cedente de garantía respecto de la existencia y legitimidad de los créditos cedidos.
El factoraje es una herramienta de capital de trabajo ampliamente utilizada en México: el Banco de México reportó en 2023 una cartera de factoraje de más de 320,000 millones de pesos en el sistema financiero. NAFIN (Nacional Financiera) opera el programa Cadenas Productivas que democratiza el acceso al factoraje para PYMES proveedoras de grandes compradores ancla mediante una plataforma digital que permite el descuento electrónico de CFDI validados. Las SOFOM ER (Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Entidades Reguladas) son los principales operadores de factoraje fuera de la banca múltiple, supervisadas por la CNBV conforme a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC).
Un contrato de factoraje bien estructurado establece con claridad las condiciones de la cesión (masiva o individual), el mecanismo de notificación al deudor cedido, las tasas de descuento y comisiones aplicables, las declaraciones del cedente sobre la legitimidad y exigibilidad de los créditos cedidos, y los derechos del factor en caso de impago. Plataformas como forms-legal.com ofrecen plantillas de contratos de factoraje actualizadas conforme a los artículos 419–431 de la LGTOC y las prácticas operativas del mercado mexicano. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes. Para su correcta interpretación y aplicación, este documento debe considerarse en conjunto con las disposiciones reglamentarias y normativas secundarias que complementan la legislación primaria aplicable. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido tesis jurisprudenciales vinculantes sobre la interpretación de este tipo de instrumento. Los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación conocen en segunda instancia de las controversias. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos jurídicos que afectan derechos reales sobre bienes inmuebles.
Cuándo necesitas Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431)
El Contrato de Factoraje Financiero México es necesario cuando una empresa o persona física mexicana necesita convertir sus cuentas por cobrar a plazo en capital de trabajo inmediato sin incurrir en deuda bancaria tradicional, o cuando una empresa de factoraje formaliza la adquisición continua de la cartera de cuentas por cobrar de un cliente bajo una línea revolvente.
El factoraje financiero es especialmente necesario para proveedores (proveedores) de grandes compradores que otorgan crédito a 30, 60, 90 o 120 días y tienen necesidades urgentes de liquidez para cubrir nómina, pago de proveedores propios o inversiones de crecimiento. También lo utilizan empresas con ciclos de cobranza largos en sectores como construcción (con clientes gobierno), manufactura de exportación, y distribución de bienes de consumo.
El contrato es indispensable para acceder al programa Cadenas Productivas de NAFIN (donde el factor es NAFIN o un banco participante), para establecer una línea revolvente de factoraje con una SOFOM o banco privado, o cuando el cedente desea transferir el riesgo de crédito de sus deudores al factor (factoraje sin recurso). La CONDUSEF exige que el CAT (Costo Anual Total) sea calculado y divulgado por el factor al cedente antes de la firma del contrato.
El contrato de factoraje financiero también resulta indispensable cuando una empresa de construcción o contratista de obra pública necesita convertir sus estimaciones de obra validadas en capital de trabajo antes de que la dependencia federal o estatal efectúe el pago. Nacional Financiera (NAFIN) administra el programa Cadenas Productivas, que permite a proveedores y contratistas del gobierno federal descontar electrónicamente sus CFDI validados a tasas preferenciales, con respaldo del Banco de México y garantía del Gobierno Federal.
El factoraje es necesario cuando una PYME exportadora que participa en el programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) requiere financiar cuentas por cobrar denominadas en dólares o euros provenientes de compradores internacionales. El Banco Nacional de Comercio Exterior (BANCOMEXT) ofrece líneas de factoraje de exportación respaldadas por seguros de crédito a la exportación de la Compañía Mexicana de Seguros de Crédito (COMESEC). La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) exige que las empresas de factoraje proporcionen al cedente el Costo Anual Total (CAT) y el contrato en formato estandarizado antes de la firma, conforme a la Circular CONDUSEF 6/2013. Forms-legal.com ofrece plantillas de contratos de factoraje actualizadas para uso de PYMES. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito han emitido tesis jurisprudenciales sobre la interpretación de este tipo de documento. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos que afectan derechos reales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisan aspectos complementarios.
Qué incluir en tu Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431)
Un Contrato de Factoraje Financiero México válido conforme a los artículos 419 a 431 de la LGTOC debe contener los siguientes elementos esenciales para establecer una línea de adquisición de cuentas por cobrar exigible:
Identificación de las Partes: Nombre legal completo, RFC y domicilio del cedente (empresa que genera las cuentas por cobrar) y del factor (empresa de factoraje — SOFOM, banco o entidad autorizada). Para el factor, incluir número de registro ante la CNBV o CONDUSEF y escritura constitutiva.
Objeto del Contrato y Derechos de Crédito Cedidos: Descripción del tipo de derechos de crédito cedibles (facturas CFDI, contratos de suministro, órdenes de compra confirmadas), los criterios de elegibilidad (plazo máximo de vencimiento, calificación crediticia mínima del deudor cedido, sectores económicos incluidos), y el monto máximo de la línea de factoraje.
Mecanismo de Cesión: Procedimiento para ceder cada lote de cuentas por cobrar (oferta de cesión, aceptación del factor, confirmación de montos); soporte documental requerido por cesión (CFDI, lista de deudores cedidos, constancias de entrega de bienes o servicios); y firma electrónica avanzada (e.firma SAT) o firma autógrafa en documentos físicos.
Tasa de Descuento y Comisiones: Tasa de descuento (aforo) aplicable a cada cesión (expresada como porcentaje anual sobre el valor nominal de las cuentas cedidas), comisión de factoraje por gestión de cobranza, cargos por manejo de cuenta, y CAT (Costo Anual Total) conforme a la circular CONDUSEF.
Modalidad: Con o sin recurso. Si es con recurso: el cedente garantiza solidariamente el pago de los créditos cedidos; el factor puede exigir el reembolso al cedente si el deudor no paga dentro del plazo de gracia establecido. Si es sin recurso: el factor asume el riesgo de crédito del deudor cedido; el cedente solo garantiza la existencia y legitimidad del crédito (artículo 425 LGTOC).
Notificación al Deudor Cedido: Obligación de notificar al deudor cedido la cesión del crédito conforme al artículo 422 de la LGTOC, instrucciones de pago al factor (cuenta CLABE del factor), y procedimiento cuando el deudor paga al cedente en lugar del factor (obligación del cedente de enterar inmediatamente los fondos al factor).
Declaraciones y Garantías del Cedente: El cedente declara y garantiza que los créditos cedidos son legítimos, exigibles, libres de gravámenes, corresponden a bienes o servicios efectivamente entregados, y no han sido cedidos previamente a terceros. El incumplimiento de estas declaraciones hace responsable al cedente por los daños causados al factor.
Obligaciones de PLD: Declaración del cedente sobre el origen lícito de los recursos y los créditos cedidos, conforme a la LFPIORPI y las disposiciones de la CNBV. El factor está obligado a aplicar medidas de debida diligencia (KYC) sobre el cedente y los principales deudores cedidos. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla en formato editable para descarga inmediata en PDF y Word. Cada cláusula debe redactarse de manera clara y precisa para evitar ambigüedades que pudieran generar conflictos entre las partes en el futuro. El documento debe contener la fecha y lugar de celebración, así como la identificación completa de cada una de las partes intervinientes. La plataforma forms-legal.com permite personalizar cada sección del documento según las necesidades particulares del usuario mediante su editor interactivo. El formato digital disponible en forms-legal.com incorpora campos guiados que facilitan la captura correcta de la información requerida en cada apartado del documento. Se recomienda conservar una copia firmada del documento en un lugar seguro y, cuando la ley lo exija, inscribirlo en el registro público correspondiente para su oponibilidad frente a terceros. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) registra marcas y patentes vinculadas a cláusulas contractuales. La Secretaría de Economía emite Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables. El Artículo 1824 del Código Civil Federal establece los requisitos de validez de las obligaciones civiles.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/financial/agreements/contrato-factoraje-financiero-mexico
"Contrato de Factoraje Financiero México (LGTOC arts. 419–431) (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/financial/agreements/contrato-factoraje-financiero-mexico.
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}Preguntas Frecuentes
En el factoraje con recurso (factoraje con recurso), el cedente garantiza al factor el pago de los derechos de crédito cedidos: si el deudor no paga a su vencimiento, el factor puede exigir al cedente el reembolso del anticipo más intereses moratorios dentro del plazo de gracia establecido en el contrato (generalmente 30–60 días posteriores al vencimiento). Este esquema es el más común en México porque permite al factor ofrecer tasas de descuento menores al no asumir el riesgo de crédito del deudor. En el factoraje sin recurso (factoraje sin recurso), el factor compra definitivamente los créditos asumiendo el riesgo de impago del deudor; el cedente solo responde de la existencia y legitimidad del crédito cedido conforme al artículo 425 de la LGTOC. El factoraje sin recurso es más caro (mayor aforo) pero libera al cedente del pasivo contingente por garantía. Los artículos 419–431 de la LGTOC regulan ambas modalidades. La elección entre una y otra depende del perfil crediticio del deudor cedido, el costo del factoraje que el cedente está dispuesto a pagar, y su capacidad de absorber el riesgo de incumplimiento del deudor.
El programa Cadenas Productivas de Nacional Financiera (NAFINSA) es una plataforma digital de factoraje electrónico que conecta a proveedores PYMES con grandes compradores ancla (empresas corporativas, dependencias del gobierno federal, estados y municipios) registrados en el sistema. El proceso es: (1) el proveedor emite CFDI al comprador ancla y lo registra en la plataforma Cadenas Productivas de NAFIN; (2) el comprador ancla confirma la factura en la plataforma (proceso de confirming o validación); (3) el proveedor solicita el anticipo a través de la plataforma en línea, seleccionando entre las ofertas de los bancos participantes; (4) el banco participante (o NAFIN directamente) deposita el anticipo en 24–48 horas, descontando la tasa de factoraje. Las tasas del programa son significativamente menores a las del mercado porque el riesgo se califica sobre el comprador ancla — empresa grande o gobierno — no sobre la PYME. El programa opera bajo la modalidad sin recurso para el proveedor: una vez que el comprador ancla confirma la factura, el banco asume el riesgo de pago. NAFIN publicó que en 2023 el programa benefició a más de 125,000 proveedores PYMES con un volumen de operaciones superior a 900,000 millones de pesos.
Las operaciones de factoraje en México generan obligaciones fiscales específicas en materia de CFDI conforme al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente. Las facturas cedidas al factor deben ser CFDI 4.0 válidos, con RFC del emisor (cedente) y receptor (deudor cedido) verificados en el RFC del SAT, con el método de pago PUE (Pago en Una Sola Exhibición) o PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) según corresponda, y el complemento de pago cuando aplique. El cedente debe emitir un CFDI de ingreso por los honorarios o comisiones cobrados al deudor por el financiamiento implícito. El factor debe emitir CFDI por las comisiones de factoraje cobradas al cedente. Las operaciones de cesión de créditos no son por sí mismas sujetas a IVA; lo que genera IVA son los servicios financieros (comisiones) del factor. La CNBV exige que las empresas de factoraje reguladas reporten sus operaciones mensuales al SAT y a la propia CNBV conforme al catálogo de operaciones del sistema financiero.
Sí, las cuentas por cobrar contra dependencias del gobierno federal, estados y municipios son cedibles mediante factoraje en México. De hecho, el gobierno es el deudor cedido más atractivo para el factor porque el riesgo de crédito es prácticamente nulo. El programa Cadenas Productivas de NAFIN nació precisamente para permitir el factoraje de facturas contra dependencias gubernamentales. Sin embargo, la cesión de derechos contra el gobierno está sujeta a reglas específicas: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) y los lineamientos de la SHCP establecen los procedimientos para que las dependencias reconozcan la cesión y redireccionen los pagos al factor en lugar del proveedor original. El deudor gobierno debe ser notificado formalmente de la cesión conforme al artículo 422 de la LGTOC mediante oficio con acuse de recibo de la unidad administrativa competente. Algunos estados y municipios tienen restricciones presupuestales o reglamentarias que limitan su capacidad de aceptar la redirección de pagos, por lo que el cedente debe verificar previamente con la dependencia sus reglas internas antes de ceder la cuenta por cobrar.
Las acciones derivadas del contrato de factoraje financiero en México prescriben en plazos diferenciados según la naturaleza de la acción. Las acciones cambiarias (cuando los derechos cedidos están documentados en títulos de crédito — pagarés, letras de cambio) prescriben en tres años desde el vencimiento del título conforme al artículo 165 de la LGTOC. Las acciones contractuales derivadas del contrato de factoraje (incumplimiento del cedente de garantía, cobro de comisiones, indemnización por declaraciones falsas) prescriben en 10 años conforme al artículo 1047 del Código de Comercio, que establece la prescripción general mercantil. Las acciones de cobranza del factor contra el deudor cedido por derechos de crédito ordinarios (facturas no documentadas en títulos de crédito) prescriben en el plazo de la relación jurídica subyacente (artículos 1047 CCom para obligaciones mercantiles). Para conservar las acciones, el factor debe notificar al deudor la cesión y gestionar activamente la cobranza, evitando que transcurran los plazos de prescripción sin interrumpirlos mediante requerimiento de pago fehaciente.
El factoraje de exportación (export factoring) permite a empresas mexicanas exportadoras obtener anticipo sobre sus facturas en moneda extranjera (dólares americanos, euros) emitidas a compradores del exterior. El esquema opera bajo el sistema de factoraje internacional de dos factores (two-factor system) coordinado por FCI (Factors Chain International), la asociación global de empresas de factoraje: un factor de exportación (en México, típicamente un banco o SOFOM con operaciones internacionales) y un factor de importación (en el país del comprador extranjero) trabajan en conjunto para gestionar el crédito y la cobranza. El factor de exportación mexicano anticipa al cedente exportador un porcentaje (80%–90%) del valor de la factura en moneda nacional (pesos) o en dólares, según se acuerde. El factor de importación evalúa el riesgo crediticio del comprador extranjero y emite una garantía de pago. El tipo de cambio aplicable, el mecanismo de cobertura cambiaria (forwards de tipo de cambio con instituciones financieras), y las reglas de Incoterms aplicables deben estar expresamente regulados en el contrato de factoraje de exportación. El Banco de México supervisa las operaciones de compraventa de divisas vinculadas al factoraje de exportación conforme a la Ley del Banco de México.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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