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Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)

Contrato de Factoring Chile

Ley 19.983/2004; Código de Comercio de Chile

CONTRATO MARCO DE FACTORING

Celebrado conforme a la Ley N.° 19.983/2004 (Ley de la Factura), el Código de Comercio y la Ley N.° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero

PRIMERO: PARTES CONTRATANTES

CEDENTE:

Razón Social: [Cedente]

RUT: [RUT Cedente]

Domicilio: [Domicilio Cedente]

Representante Legal: [Representante Cedente]

FACTOR:

Razón Social: [Factor]

RUT: [RUT Factor]

Domicilio: [Domicilio Factor]

Representante Legal: [Representante Factor]

SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO

El cedente transfiere al factor, con carácter de cesión de créditos conforme al Artículo 3 de la Ley N.° 19.983/2004 y a los Artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, los derechos de cobro sobre las facturas electrónicas de venta emitidas por el cedente y aceptadas por el deudor cedido mediante el mecanismo del Artículo 4 de la Ley N.° 19.983 (aceptación expresa o aceptación tácita por transcurso de ocho días hábiles).

Tipo de documentos cedidos: [Tipo Documentos].

Plazo de pago de las facturas: [Plazo Pago Facturas].

TERCERO: CONDICIONES FINANCIERAS

Modalidad: [Modalidad].

Porcentaje de anticipo: [Porcentaje Anticipo]. El factor pagará al cedente el anticipo dentro de 24 horas hábiles desde la verificación de la factura en el sistema del SII y la confirmación del deudor cedido.

Tasa de descuento: [Tasa Descuento], calculada desde la fecha de pago del anticipo hasta la fecha de vencimiento de la factura cedida. Esta tasa no excederá en ningún caso la Tasa Máxima Convencional (TMC) fijada mensualmente por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) conforme a la Ley N.° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero.

Línea de factoring: [Línea de Factoring]. El factor podrá reducir o suspender la línea con aviso escrito al cedente con 5 días hábiles de anticipación, en caso de deterioro crediticio del cedente o de sus deudores cedidos.

Plazo del contrato marco: [Plazo Contrato Marco].

CUARTO: PROCEDIMIENTO DE CESIÓN DE FACTURAS

El cedente realizará la cesión de cada factura electrónica al factor mediante el mecanismo de cesión electrónica habilitado por el SII conforme a la Resolución Exenta SII N.° 45/2003 y sus modificaciones. La cesión se perfeccionará con la anotación en el sistema del SII del nombre del factor como cesionario, con indicación del folio fiscal de la factura y la fecha de la cesión.

El cedente declara y garantiza que las facturas cedidas corresponden a operaciones comerciales reales y efectivamente ejecutadas, que se encuentran aceptadas por el deudor cedido y no cedidas a terceros, y que no han sido objetadas ni están sujetas a litigios pendientes.

El factor notificará al deudor cedido la cesión conforme al Artículo 1.902 del Código Civil, instruyéndole para que pague directamente al factor al vencimiento de la factura.

QUINTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Obligaciones del Cedente:

a) Ceder al factor solo facturas electrónicas con folio fiscal SII vigente, aceptadas por el deudor cedido conforme al Art. 4 de la Ley N.° 19.983.

b) Informar de inmediato al factor de cualquier disputa, nota de crédito o compensación acordada con el deudor cedido respecto de facturas ya cedidas.

c) En factoring con recurso: pagar al factor el monto íntegro de la factura cedida más intereses de mora si el deudor cedido no paga al vencimiento y el factor lo requiere.

Obligaciones del Factor:

a) Pagar el anticipo dentro del plazo pactado una vez verificada la factura en el sistema SII.

b) Mantener reserva de la información comercial del cedente y sus deudores cedidos conforme a la Ley N.° 19.628 sobre Protección de Datos de Carácter Personal.

c) Gestionar el cobro al deudor cedido con diligencia, agotando las vías de cobro amistoso antes de recurrir a la acción ejecutiva basada en el título ejecutivo de la Ley N.° 19.983.

SEXTO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por la Ley N.° 19.983/2004 sobre transferencia y mérito ejecutivo de la factura, el Código de Comercio de Chile, la Ley N.° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, la Ley N.° 21.131 (Pago a 30 días), y la normativa de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Las controversias serán sometidas a los Juzgados de Letras en lo Civil de [Ciudad], o a arbitraje de derecho ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago A.G.

FIRMAS

En [Ciudad], a [Fecha].

EL CEDENTE:

[Cedente]

RUT: [RUT Cedente]

Representado/a por: [Representante Cedente]

Firma: _________________________

EL FACTOR:

[Factor]

RUT: [RUT Factor]

Representado/a por: [Representante Factor]

Firma: _________________________

Cedente

________________

Signature

Factor (Empresa de Factoring)

________________

Signature

Maintained by Vladislav Sergienko, Founder·Template last modified: ·Report an error

What Is a Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)?

A Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring) is a commercial financing instrument governed by the Código de Comercio (enacted 23 November 1865), Ley 19.983 of 15 December 2004 (Ley que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura), and the regulatory framework of the Comisión para el Mercado Financiero (CMF), through which a cedente (assignor — typically a trading company, supplier, or service provider) transfers its rights over trade receivables — primarily facturas electrónicas de venta (electronic sales invoices) registered through the Servicio de Impuestos Internos (SII) portal — to a factor (factoring company) in exchange for immediate payment of the invoice's discounted value (valor neto descontado), with the factor collecting the full invoice amount from the debtor cedido (the original purchaser or service recipient) at maturity.

Ley 19.983 of 2004 is the central statute governing the transferability and executive enforceability of Chilean trade invoices. Article 3 of Ley 19.983 establishes that a copy of a factura electrónica (electronic invoice) certified by the SII constitutes a título ejecutivo (executive title) enforceable under Article 434 N° 4 of the Código de Procedimiento Civil once the invoice is accepted (aceptada) by the purchaser or deemed accepted through the statutory acceptance mechanism. The acceptance mechanism under Article 4 of Ley 19.983 provides that a factura is deemed irrevocably accepted if the recipient does not object within eight business days (ocho días hábiles) of receipt — this deemed acceptance transforms the invoice into an unconditional payment obligation enforceable through the juicio ejecutivo procedure before the Juzgados de Letras.

Chilean factoring operates in two primary modalities: factoring con recurso (with recourse), where the cedente remains liable to the factor if the debtor cedido fails to pay at maturity — the factor retains a contingent claim against the cedente — and factoring sin recurso (without recourse), where the factor assumes the full credit risk of the debtor cedido and the cedente is discharged from liability once the invoices are assigned. Factoring sin recurso is economically equivalent to a credit insurance arrangement and is priced accordingly — the factor's discount rate incorporates the credit risk premium for the debtor cedido's payment profile.

The SII's factura electrónica system — implemented through Resolución Exenta SII N° 45 of 2003 and subsequent resolutions — is the infrastructure backbone of Chilean factoring. All factura electrónicas are assigned a folio fiscal (unique SII reference number) and recorded in the SII's information system, enabling the factor to verify the authenticity, acceptance status, and non-duplication of invoices before financing them. The Ley de Pago a 30 Días (Ley N° 21.131 of 2019) reinforces the factoring market by mandating payment of commercial invoices within thirty days between companies and between companies and the State, providing certainty on collection timelines for factored receivables.

Major participants in Chile's factoring market include CMF-regulated banks offering factoring through their commercial banking divisions, specialized factoring companies such as Factotal (Banco Estado subsidiary), Eurofactor, and members of the Asociación Chilena de Empresas de Factoring (ACHEF), as well as factoring platforms integrated with the SII's electronic invoice system for automated invoice assignment and collection.

When Do You Need a Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)?

A Factoring Agreement Chile is required whenever a company or supplier needs to convert outstanding trade receivables into immediate working capital, avoiding the cash flow gap between invoice issuance and payment at maturity under the standard commercial credit terms of thirty to ninety days.

Small and medium enterprises (Pymes) classified under Ley N° 20.416 that supply goods or services to large retail chains (Falabella, Cencosud, Sodimac), supermarkets, construction companies, or mining operators under ninety-day payment terms use factoring to finance their working capital cycle, avoiding bank overdraft (sobregiro bancario) or short-term loan costs. The CORFO-backed factoring program through Factotal (Banco Estado's factoring subsidiary) specifically targets Pymes supplying to large corporate buyers.

Agricultural exporters and food producers in Chile's central valley regions — exporting fresh produce, wine, and processed foods to European, North American, and Asian markets through ASOEX (Asociación de Exportadores de Chile) channels — use factoring (often denominated as export factoring or confirming) to finance harvest-to-export cycles, converting export invoices into CLP liquidity while the foreign buyer's payment period runs.

Construction contractors and subcontractors working on projects for real estate developers, the MOP (Ministerio de Obras Públicas), and municipal governments (Municipalidades) use factoring to finance materials and labor costs between monthly progress certification (estados de pago) and actual payment by the mandante, avoiding interruption of works.

Service providers — IT companies, engineering firms, accounting and advisory firms — billing corporate clients on sixty to ninety-day terms use factoring to smooth cash flow for payroll (remuneraciones), supplier payments, and operational expenses without relying exclusively on revolving credit facilities from CMF-regulated banks.

The Ley de Pago a 30 Días (Ley N° 21.131 of 2019) has reduced the factoring financing horizon for B2B transactions, but factoring remains essential where payment terms exceed thirty days or where the creditor company needs immediate liquidity rather than waiting even thirty days for statutory payment.

What to Include in Your Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)

A valid Factoring Agreement Chile under Ley 19.983/2004 and the Código de Comercio must contain the following essential elements to establish an enforceable factoring relationship with proper invoice assignment mechanics and clear recourse provisions.

Identification of Parties: Full legal name, RUT (Servicio de Impuestos Internos), domicilio, and legal representative details for the cedente (assignor company) and the factor (factoring company). For the factor, confirmation of CMF registration or banking license authorizing factoring operations. Commercial and banking practices in Chile require the cedente to provide its most recent estados financieros (financial statements) and the debtores cedidos' commercial credit history.

Object of Assignment (Facturas Cedibles): Definition of the eligible receivables — typically facturas electrónicas de venta issued by the cedente and accepted (or deemed accepted under Ley 19.983 Art. 4) by the deudores cedidos. The agreement should specify: minimum invoice amounts; eligible debtor categories (domestic or export); maximum single-debtor concentration limits; exclusions (government debtors, related parties, disputed invoices); and the SII folio fiscal range identifying the eligible invoice population.

Assignment Mechanics (Mecanismo de Cesión): The procedure for transferring invoices to the factor — under Ley 19.983 Article 6, the transfer of a factura is effected by endorsement (endoso) on the original or a certified copy, noting the transferee's name, RUT, and date. For electronic invoices, the SII's Registro de Transferencias de Facturas (invoice transfer registry) records the assignment electronically. The cedente must notify the deudor cedido of the assignment by letter or electronic notice, instructing payment to the factor's designated account.

Discount Rate and Advance (Tasa de Descuento y Anticipo): The discount rate (tasa de descuento) applied to the invoice's face value to determine the net advance paid to the cedente. The advance typically ranges from 70% to 95% of the invoice's face value, with the balance (fondo de reserva — reserve fund) retained by the factor until collection from the deudor cedido. The discount rate must comply with the TMC ceiling under Ley 18.010 Article 6 if the economic substance constitutes a credit operation. The Ley de Pago a 30 Días discounting timeframe, CMF-published TIC, and the deudor cedido's credit rating determine the effective discount rate.

Recourse or Non-Recourse (Con o Sin Recurso): An express statement of whether the factoring arrangement is con recurso (the cedente remains guarantor of payment by the deudor cedido) or sin recurso (the factor assumes the full credit risk of the deudor cedido). For factoring con recurso, the cedente's guarantee obligation must specify the trigger events (debtor insolvency, payment default exceeding X days), the cure period, and the maximum liability amount. For factoring sin recurso, the factor's credit underwriting criteria for acceptable debtors should be specified.

Notification to Debtors (Notificación a Deudores Cedidos): The procedure and timing for notifying the deudores cedidos of the invoice assignment, which is essential for the assignment to be enforceable against the debtor under Código Civil Article 1902 (cesión de créditos). Without proper notification, the debtor may discharge the obligation by paying the original cedente, leaving the factor exposed. Standard Chilean factoring practice requires notification by carta certificada (certified letter) or electronic notice through the SII's confirmed invoice system.

Termination and Concentration Limits: Rights of either party to terminate the factoring facility, maximum concentration limits per debtor, maximum facility limit, and events of termination (cedente's insolvency under Ley 20.720, material misrepresentation of invoice validity, fraud in invoice presentation).

Forms-legal.com provides this Factoring Agreement Chile template as a reference for suppliers and financing companies. Every factoring facility should be reviewed by a licensed Abogado and comply with CMF regulations, Ley 19.983/2004 assignment mechanics, and the SII's electronic invoice assignment procedures. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

How to Fill Out Your Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)

Completar un Contrato de Factoring en Chile requiere atención a los detalles técnicos y legales de cada cláusula. Los pasos siguientes orientan a cedentes y factores en la redacción correcta del instrumento.

**Paso 1: Verificar la identidad y vigencia de las partes.** El cedente debe aportar su RUT, certificado de vigencia de la sociedad emitido por el Conservador de Bienes Raíces o el Registro de Comercio correspondiente, y el poder notarial que acredita la representación legal del firmante. El factor debe verificar que la empresa cedente no tenga protestos vigentes en el Boletín Comercial ni solicitudes de concurso de acreedores pendientes ante el juzgado competente.

**Paso 2: Identificar con precisión los créditos que se cederán.** Para cada factura o documento: número de folio SII, nombre y RUT del deudor cedido, monto exacto en CLP o moneda extranjera, fecha de vencimiento y número de la orden de compra relacionada. Una descripción imprecisa de los créditos cedidos puede generar disputas sobre qué documentos quedan amparados por el contrato.

**Paso 3: Definir la modalidad: con recurso o sin recurso.** Acordar explícitamente si el cedente responde por la falta de pago del deudor cedido (con recurso) o si el factor asume ese riesgo (sin recurso). Esta decisión afecta directamente el precio del factoring y las garantías que el cedente debe aportar. Si se opta por factoring con recurso, definir el plazo máximo que el factor esperará antes de ejercer el recurso contra el cedente.

**Paso 4: Calcular y consignar la tasa de descuento.** Expresar la tasa en términos anuales y en términos del período efectivo de financiamiento. Verificar que la tasa pactada no supere la tasa máxima convencional publicada por la CMF para el período correspondiente, en cumplimiento de la Ley N.º 18.010. Un contrato con tasa usuraria es nulo en esa cláusula conforme al artículo 8 de la misma ley.

**Paso 5: Establecer el procedimiento de cesión para cada operación.** Describir el flujo operativo: el cedente sube la factura al sistema del SII y la cede electrónicamente al factor, o el factor firma el endoso del documento en papel. Indicar el plazo en que el factor debe acreditar el anticipo en la cuenta del cedente desde la confirmación de cada cesión.

**Paso 6: Definir las obligaciones de notificación al deudor cedido.** El contrato debe especificar quién notifica al deudor cedido (cedente o factor), el plazo para hacerlo y el medio de notificación (carta certificada, notaría, o correo electrónico con acuse de recibo). Sin notificación al deudor, la cesión no es oponible conforme al artículo 1902 del Código Civil.

**Paso 7: Firmar ante notario público cuando el monto lo justifique.** Para contratos marco de factoring con montos significativos (sobre UF 500), la firma ante notario público otorga fecha cierta al instrumento conforme al artículo 1703 del Código Civil y facilita su uso como título ejecutivo ante el Juzgado de Letras en lo Civil en caso de disputa. La notarización también reduce el riesgo de impugnación de las firmas y fortalece la posición del factor frente a un eventual procedimiento concursal del cedente regulado por la Ley N.º 20.720.

**Paso 8: Registrar el contrato en la CMF si corresponde.** Si el factor es una empresa de factoring no bancario sujeta a la Ley N.º 20.950, verificar que el contrato marco y sus condiciones generales sean consistentes con las instrucciones de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) contenidas en la Norma de Carácter General N.º 410. Conservar copia del contrato firmado por al menos 5 años conforme a los plazos de prescripción del artículo 2515 del Código Civil aplicables a las acciones contractuales entre cedente y factor.

Common Mistakes to Avoid in Your Factoring Agreement Chile (Contrato de Factoring)

Al suscribir un Contrato de Factoring en Chile, los errores más frecuentes pueden comprometer la validez de la cesión, generar pérdidas para el factor o responsabilidades inesperadas para el cedente.

**Ceder facturas que ya tienen reclamo del deudor.** Si el deudor cedido ha reclamado la factura dentro del plazo legal de 8 días conforme a la Ley N.º 19.983, la factura pierde su mérito ejecutivo. Ceder una factura reclamada sin informar al factor es una declaración falsa que genera responsabilidad contractual grave del cedente, incluyendo la devolución inmediata del anticipo más daños y perjuicios.

**No notificar al deudor cedido oportunamente.** La cesión no es oponible al deudor cedido hasta que este sea notificado (artículo 1902 del Código Civil). Si el deudor paga al cedente antes de ser notificado, el pago es válido y el factor no puede exigirle nuevamente el monto. El error de dilatar la notificación puede costar al factor el total del crédito cedido.

**Pactar tasas de descuento superiores a la tasa máxima convencional.** Las tasas de factoring excesivas pueden ser declaradas nulas en esa cláusula conforme a la Ley N.º 18.010, reduciéndose al interés corriente. Verificar mensualmente la tasa máxima convencional publicada por la CMF antes de suscribir contratos de factoring.

**No verificar la solvencia del deudor cedido en factoring sin recurso.** En la modalidad sin recurso, el factor asume el riesgo de incobrabilidad. No realizar un análisis de crédito del deudor cedido antes de aceptar la cesión puede resultar en pérdidas significativas si el deudor cae en insolvencia. Consultar el Boletín Comercial, Dicom y los estados financieros del deudor antes de operar.

**Omitir la cláusula de concurso de acreedores del cedente.** Sin una cláusula que establezca las consecuencias de la insolvencia del cedente, el contrato puede generar incertidumbre sobre si los créditos cedidos forman parte de la masa concursal. Incluir siempre una cláusula de insolvencia que haga referencia a la Ley N.º 20.720 y aclare que los créditos cedidos son propiedad del factor desde la cesión.

**Confundir el factoring con el descuento de documentos.** El factoring implica la cesión definitiva del crédito al factor, con todos sus riesgos y beneficios, conforme a los artículos 1901 y siguientes del Código Civil. El descuento de documentos es una operación de crédito donde el documento es garantía pero no se cede la titularidad. Usar el término equivocado en el contrato puede generar disputas sobre la naturaleza jurídica de la operación y los derechos del factor frente a terceros.

Sources & Citations

Statutory citations link to official government sources.

  1. Ley 19.983AR official
  2. Ley 18.010AR official
  3. Ley 20.720AR official

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