Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas)
CONTRATO DE REPRESENTACIÓN DE VENTAS
Celebrado conforme al Código de Comercio (Artículo 273) y Ley Federal del Trabajo (Artículo 285)
I. PARTES
LA EMPRESA:
Razón Social / Nombre: [Company Name]
RFC: [Company RFC]
Domicilio Fiscal: [Company Address]
Representante Legal: [Company Representative]
EL REPRESENTANTE:
Nombre / Razón Social: [Representative Name]
RFC: [Representative RFC]
Domicilio: [Representative Address]
Naturaleza jurídica de la relación: [Tipo Relacion]
II. TERRITORIO Y PRODUCTOS
Territorio de ventas: [Sales Territory]
Productos autorizados: [Products]
Exclusividad: [Exclusivity]
III. COMISIÓN, CUOTA Y GASTOS
Tasa de comisión: [Commission Rate]
Evento de devengo: [Commission Trigger]
Frecuencia de pago: [Commission Frequency]
Cuota mínima de ventas: [Minimum Quota]
Reembolso de gastos: [Expense Reimbursement]
El REPRESENTANTE deberá emitir los CFDIs correspondientes conforme a los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, incluyendo IVA al 16% sobre las comisiones cuando aplique.
IV. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del Representante:
a) Promover activamente los productos de la EMPRESA en el territorio asignado.
b) Presentar informes de actividades y ventas en los términos acordados.
c) Mantener confidencialidad sobre información comercial de la EMPRESA conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).
d) Entregar a la EMPRESA al término del contrato toda la cartera de clientes, materiales y documentación comercial.
Obligaciones de la Empresa:
a) Proporcionar al REPRESENTANTE catálogos, listas de precios actualizadas y materiales de apoyo.
b) Pagar las comisiones devengadas en los plazos acordados.
c) Reembolsar gastos autorizados conforme a los términos pactados.
V. VIGENCIA Y TERMINACIÓN
El presente contrato inicia el día [Start Date] y tendrá una vigencia de [Term].
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este contrato mediante aviso escrito con [Notice Period]. Las comisiones devengadas sobre pedidos generados antes de la fecha de terminación serán liquidadas conforme a los términos pactados.
VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Para relaciones de contratista independiente: el presente contrato se rige por el Código de Comercio (Artículo 273) y supletoriamente por el Código Civil Federal. Para relaciones de empleado: la Ley Federal del Trabajo (Artículo 285) y demás disposiciones laborales aplicables rigen el vínculo laboral. Las controversias se someterán a la jurisdicción del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) y/o los Tribunales competentes según la naturaleza de la controversia.
FIRMAS
En [City], a [Date].
LA EMPRESA:
[Company Name]
Representada por: [Company Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL REPRESENTANTE:
[Representative Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Company / Legal Representative (Empresa / Representante Legal)
________________
Signature
Sales Representative (Representante de Ventas)
________________
Signature
What Is a Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas)?
A Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas) is a formal agreement under which a company (the represented party) appoints an individual or entity to sell its products or services within a defined territory in exchange for compensation — typically a commission on sales generated, a fixed retainer, or a combination of both. In Mexico, the legal framework governing this relationship depends critically on whether the representative operates as an independent contractor or as an employee: the Código de Comercio Article 273 governs the commercial mandate relationship for independent representatives, while the Ley Federal del Trabajo Article 285 specifically governs sales agents (agentes de comercio, viajantes, propagandistas o impulsores) who work subordinately within an employment relationship.
Article 285 of the Ley Federal del Trabajo establishes that workers who perform their services outside the employer's establishment, visiting customers or potential customers to receive orders or promote sales — regardless of whether their compensation is salary-based, commission-based, or mixed — are employees (trabajadores) subject to all protections of the LFT if they work under the employer's direction and supervision, with economic dependency on a single principal. This provision is one of the most litigated in Mexican labour law: companies that structure their sales force as independent commission agents but maintain the practical hallmarks of employment — exclusive dedication, fixed territories assigned by the company, mandatory reporting, company-provided equipment and vehicles — are routinely reclassified by the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) and the Tribunales Laborales as employees under Article 285 LFT.
The Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) has developed extensive jurisprudencia on the distinction between a genuine independent commercial agent under the Código de Comercio and a subordinate sales employee under Article 285 LFT, applying the primacía de la realidad doctrine — examining the actual conduct of the parties rather than the label on the contract. Key indicators of employment include: a single principal, fixed working hours or mandatory coverage schedules, company-provided transportation and materials, personal visit reports (informes de visita) required by the company, and economic dependency on the single relationship.
The Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) Inspección del Trabajo (labour inspection) has authority to reclassify sales representatives as employees and order immediate IMSS registration, back-payment of benefits, and fines under Articles 992 through 1010 of the Ley Federal del Trabajo for non-compliance. The Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) independently audits sales networks and has issued criteria (criterios de fiscalización) specifically targeting the misclassification of sales agents as independent contractors — IMSS surcharges (actualizaciones y recargos) for retroactive unregistered periods can exceed the original contributions by 200–300% when penalties are included.
When the relationship is genuinely independent, the Contrato de Representante de Ventas as a commercial agency document under the Código de Comercio provides the legal framework for a territorial sales representation with defined commission structures, performance metrics, exclusivity terms, and clear termination provisions that protect both parties from unexpected commercial losses.
For foreign companies entering the Mexican market through appointed sales representatives, the contract must also comply with the Ley de Comercio Exterior and Secretaría de Economía regulations on commercial representation — and where the representative handles customs documentation or coordinates import logistics, their authority under the Agencia Aduanal regime of the Servicio de Administración Tributaria (SAT) must be separately documented under the Ley Aduanera.
When Do You Need a Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas)?
A Sales Representative Contract Mexico is required whenever a company appoints an individual or entity to represent its products or services to customers within a defined geographic market, whether that representative operates independently or as a subordinate sales employee under the Ley Federal del Trabajo Article 285.
The contract is needed when a company — registered as an SA de CV, S de RL, or any other Mexican commercial entity — appoints regional sales representatives to cover territories where the company lacks a physical branch office (sucursal), allowing it to reach customers through a network of representatives without establishing permanent local infrastructure. The Código de Comercio Article 273 provides the commercial law framework when the representative is a genuine independent contractor.
A Contrato de Representante de Ventas is required when the company wants to establish clear performance expectations, define the geographic scope of the representative's authority, set commission rates and payment triggers, and document exclusivity provisions to prevent channel conflicts. Without a written contract, disputes over earned commissions, territorial boundaries, and pipeline orders upon termination lack documentary support — putting both parties at risk in commercial or labour proceedings.
The agreement is particularly important when the representative will be investing personal resources in developing the territory — attending trade shows, hiring assistants, maintaining a vehicle, or developing customer relationships — because the contract determines how these investments are protected if the relationship is terminated prematurely. Provisions covering pipeline commissions, post-termination non-solicitation restrictions, and customer portfolio transfer upon termination must be documented in advance.
For fiscal purposes under the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) and the Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), the written contract determines whether commissions paid to the representative are deductible business expenses for the company under Article 27 LISR — the SAT requires a valid CFDI and an underlying written commercial agreement to support the deduction. When the representative is an employee under Article 285 LFT, the company must withhold ISR at source under Article 96 LISR and make IMSS and INFONAVIT contributions — the written employment agreement evidences the agreed salary and commission structure for payroll reporting purposes.
What to Include in Your Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas)
A valid Sales Representative Contract Mexico must address the following elements, adapted to whether the relationship is structured as an independent commercial mandate under the Código de Comercio or as a subordinate employment relationship under Ley Federal del Trabajo Article 285.
Classification Clause: An express statement of the legal nature of the relationship — whether the representative is an independent contractor (contratista independiente) under the Código de Comercio Article 273 or an employee (trabajador) under LFT Article 285. While parties are free to choose the legal structure that best fits their commercial needs, this classification must reflect the actual conduct of the relationship to withstand scrutiny by the STPS, IMSS, and Tribunales Laborales under the primacía de la realidad doctrine.
Identification of Parties: Full legal name, RFC (Registro Federal de Contribuyentes), domicilio fiscal, and registration details of both the represented company and the sales representative. For employee representatives under Article 285 LFT, also include the employee's CURP (Clave Única de Registro de Población) and NSS (Número de Seguridad Social assigned by IMSS).
Sales Territory: A precise definition of the geographic territory assigned to the representative — by named states (estados), municipalities (municipios), or defined customer segments — together with whether the territory is exclusive (exclusivo) or non-exclusive (no exclusivo). Exclusive territories must address direct sales by the company within the territory and whether these generate commissions for the representative.
Products and Services: The specific product lines or services that the representative is authorised to sell, promote, and negotiate, including any restrictions on sales outside the authorised product range or into market segments reserved for other channels.
Commission Structure: The commission rate (tasa de comisión) as a percentage of net invoiced value (excluding IVA), the base on which commissions are calculated (gross sales, net sales after returns, or collected sales), the trigger event for commission accrual (order placement, delivery, or customer payment), and the payment frequency (monthly, bimonthly). For employee representatives under Article 285 LFT, the commission structure must be integrated into the SDI calculation for IMSS contribution purposes under Article 84 LFT.
Expense Reimbursement: The categories of expenses the company will reimburse — travel, accommodation, communication, sample costs — and the documentation requirements (CFDI-supported receipts). For independent representatives, reimbursed expenses are typically stated as net amounts; for employee representatives, expense allowances may be structured as tax-exempt non-wage income (percepciones no salariales) under SAT criteria, subject to limits.
Performance Targets: Minimum sales quotas (cuotas mínimas de ventas) expressed in MXN (pesos mexicanos) or units per period, the consequences of failing to meet targets — loss of exclusivity, reduction of commission rate, or termination — and the methodology for adjusting targets in response to market conditions or product line changes.
Reporting Obligations: The type, content, and frequency of sales activity reports (informes de actividades) required by the company — customer visit logs, pipeline reports, competitor intelligence — and the communication channels to be used. Mandatory reporting schedules are a factor indicating employment rather than independent contracting.
Confidentiality and IP: Obligations to maintain confidentiality over customer lists, pricing, product specifications, and commercial strategies, governed by the Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI). Customer databases developed during the relationship belong to the company and must be returned upon termination.
Term and Termination: For independent contractors, notice requirements under the Código de Comercio (as supplemented by Código Civil Federal) should be specified — 30 to 90 days is commercially standard. For employees under Article 285 LFT, termination must comply with Articles 47 (justified rescission) or 50 (unjustified dismissal with liquidación completa), and conciliation at the CFCRL is mandatory before any labour litigation.
Forms-legal.com provides this Sales Representative Contract Mexico template as a practical starting point. The classification of the representative as an employee or independent contractor has profound legal and tax consequences — every sales representation agreement should be reviewed by a licenciado en derecho with expertise in both derecho mercantil and derecho laboral.
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Forms Legal. (2026). Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/employment/contractor-agreements/sales-representative-contract-mexico
"Sales Representative Contract Mexico (Contrato de Representante de Ventas) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/employment/contractor-agreements/sales-representative-contract-mexico.
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Frequently Asked Questions
El artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores que prestan sus servicios fuera del establecimiento del patrón —visitando a clientes o clientes potenciales para recibir pedidos, promover bienes o servicios, o realizar otras actividades de promoción (agentes de comercio, viajantes, propagandistas o impulsores)— están sujetos a todas las disposiciones de la LFT cuando laboran bajo la dirección y dependencia económica del patrón, independientemente de la forma de su retribución. Esto significa que si un representante de ventas trabaja exclusivamente para una empresa, sigue los horarios de la empresa, reporta actividades diarias, usa equipo o vehículos proporcionados por la empresa y depende económicamente de esa relación única, la Ley Federal del Trabajo lo clasifica como trabajador con derecho a todas las prestaciones legales —registro ante el IMSS, aportaciones al INFONAVIT, aguinaldo conforme al artículo 87 LFT, vacaciones pagadas conforme al artículo 76 LFT, prima vacacional conforme al artículo 80 LFT, PTU conforme a los artículos 117 a 131 LFT, e indemnización por despido conforme a los artículos 47 a 50 LFT. El CFCRL, el IMSS y la STPS tienen autoridad para reclasificar a los representantes de ventas mal clasificados e imponer obligaciones retroactivas a la empresa.
La posibilidad de que un representante de ventas en México represente a empresas competidoras depende de la estructura jurídica de la relación y los términos expresos del contrato. Para representantes comerciales independientes bajo el artículo 273 del Código de Comercio, el artículo 287 del Código de Comercio permite al representante asumir mandatos de múltiples mandantes —incluidos competidores— salvo que el Contrato de Representante de Ventas restrinja expresamente la doble representación. Una cláusula de no competencia expresa durante la vigencia del contrato es exigible cuando identifica las empresas o categorías de productos prohibidos, está geográficamente limitada al territorio asignado y es proporcional en duración. Para los empleados de ventas bajo el artículo 285 LFT, el artículo 134 LFT impone un deber de lealtad (fidelidad) que generalmente prohíbe trabajar para un competidor directo durante la relación laboral sin el consentimiento del patrón. La no competencia post-terminación generalmente es inaplicable contra empleados bajo el artículo 5 LFT. Para contratistas independientes, las restricciones post-terminación son más viables jurídicamente bajo el Código de Comercio y la LFPPI, pero requieren acuerdo expreso y, preferiblemente, una contraprestación por el período de restricción para ser plenamente exigibles en tribunales mercantiles.
El tratamiento fiscal de las comisiones que percibe un representante de ventas en México depende de si el representante se clasifica como contratista independiente o como trabajador subordinado bajo la Ley Federal del Trabajo. Para contratistas independientes (personas físicas o morales): las comisiones son ingresos por actividades empresariales sujetos a ISR a tasas progresivas de hasta 35 % para personas físicas bajo el Capítulo II del Título IV de la LISR, o a la tasa corporativa del 30 % para personas morales bajo el Título II de la LISR. El representante debe emitir un CFDI versión 4.0 por cada pago de comisiones, incluyendo IVA al 16 %. Se requieren pagos provisionales mensuales de ISR. Para representantes empleados bajo el artículo 285 LFT: las comisiones forman parte del salario del trabajador y están sujetas a retención de ISR por parte del patrón conforme a los artículos 94 y 96 de la LISR. Las comisiones deben incluirse en el Salario Diario Integrado (SDI) para el cálculo de cuotas al IMSS bajo el artículo 84 LFT —el valor diario proporcional de los promedios anuales de comisiones debe integrarse al SDI cuando las comisiones son regulares y recurrentes. Las comisiones variables se integran al SDI para el cálculo bimestral de cuotas al IMSS usando el promedio de los dos meses inmediatos anteriores. No incluir los ingresos por comisiones en el SDI constituye una violación al artículo 15 de la Ley del Seguro Social, sujeta a recargos y multas.
El tratamiento de las comisiones por pedidos en trámite —comisiones sobre pedidos generados por el representante antes de la terminación pero cumplidos y facturados después— depende de lo que especifique el Contrato de Representante de Ventas y de la clasificación jurídica de la relación. Para contratistas independientes bajo el Código de Comercio, el artículo 304 otorga el derecho a comisión una vez que la operación mercantil ha sido concluida —si el representante generó el pedido antes de la terminación, conserva el derecho a la comisión aunque el pago del cliente llegue después de la fecha de terminación del contrato, salvo que el contrato disponga expresamente lo contrario. Para representantes empleados bajo el artículo 285 LFT, las comisiones por pedidos en trámite atribuibles al trabajo del empleado forman parte de la liquidación o finiquito pagadero al momento de la terminación. El patrón debe incluir las comisiones estimadas por pedidos en trámite en la liquidación —y los tribunales han ordenado el pago de comisiones sobre pedidos en curso al momento de la terminación, aplicando el principio de que las comisiones son parte del salario devengado. Un contrato bien redactado debe definir la fecha límite para el derecho a comisiones por pedidos en trámite, el proceso para identificar los pedidos calificados y el plazo de pago de las comisiones post-terminación para evitar disputas ante el CFCRL.
Para los representantes de ventas clasificados como trabajadores bajo el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, su retribución total —incluidos el salario base y las comisiones— debe ser igual o superior al Salario Mínimo General (SMG) establecido anualmente por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI). Para 2025, el salario mínimo general es de $278.80 MXN diarios para la mayor parte del país y de $419.88 MXN diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN). Cuando un representante de ventas percibe únicamente comisiones sin salario base, las comisiones recibidas deben, al promediarlas en cualquier periodo de pago, satisfacer el requisito de salario mínimo legal. Si las comisiones de un periodo caen por debajo del mínimo, el patrón debe complementar el pago hasta el mínimo bajo el artículo 85 LFT, que prohíbe acuerdos salariales por debajo del mínimo legal. Para contratistas independientes bajo el Código de Comercio, no aplica ningún requisito de retribución mínima —las partes negocian libremente la tasa de comisión. Sin embargo, tasas de comisión excesivamente bajas combinadas con cuotas de desempeño elevadas pueden citarse como evidencia de una relación laboral bajo la doctrina de primacía de la realidad, especialmente si el representante no puede obtener un ingreso sostenible sin alcanzar volúmenes de ventas poco realistas.
Las obligaciones de reembolso de gastos de una empresa hacia sus representantes de ventas dependen tanto de la clasificación jurídica de la relación como de los términos expresos del Contrato de Representante de Ventas. Para contratistas independientes bajo el Código de Comercio, el artículo 296 obliga al comitente o principal a reembolsar al representante los gastos extraordinarios incurridos en la ejecución adecuada del mandato y autorizados por el principal —estos incluyen típicamente viajes, hospedaje, muestras, tarifas de ferias comerciales y costos de comunicación. Los gastos operativos ordinarios del negocio del contratista independiente generalmente no son reembolsables salvo que el contrato disponga expresamente lo contrario. Para representantes de ventas empleados bajo el artículo 285 LFT, el patrón debe reembolsar todos los gastos que el trabajador incurra en el desempeño de sus funciones laborales —incluyendo combustible y mantenimiento del vehículo cuando el empleado usa un vehículo personal para visitas a clientes, costos de teléfono móvil, y viajes y hospedaje al visitar clientes fuera de su ciudad base. Las asignaciones por gastos de vehículo pagadas a representantes empleados están sujetas a los límites del SAT para calificar como exentas de impuestos (viáticos) bajo el artículo 93 fracción XVII de la LISR —los montos que excedan los límites del SAT se tratan como ingresos gravables y deben incluirse en el CFDI o recibo de nómina. En ambos casos, todos los gastos reembolsados deben respaldarse con comprobantes CFDI de los proveedores de servicios correspondientes para ser deducibles por la empresa bajo el artículo 27 de la LISR.
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