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Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual México

Annual Training Plan Mexico (Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual)

PLAN DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO ANUAL

Conforme al Artículo 153-N de la Ley Federal del Trabajo

Para presentación ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

I. DATOS DEL PATRÓN

Razón Social: [Company Name]

RFC: [Company RFC]

Registro Patronal IMSS: [IMSS Registration]

Domicilio Fiscal: [Company Address]

Actividad Económica Principal: [Business Activity]

Total de Trabajadores Cubiertos: [Total Workers]

Representante Legal: [Legal Rep Name]

II. PERÍODO Y DATOS DE REGISTRO DEL PLAN

Año del Plan: [Plan Year]

Período de Vigencia: Del [Plan Start Date] al 31/12/[Plan Year]

Número de Registro ante la STPS: [STPS Registration Number]

Fecha de Presentación ante la STPS: [Filing Date]

III. APROBACIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

En cumplimiento del Artículo 153-L de la Ley Federal del Trabajo, el presente Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual fue revisado y aprobado por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, constituida conforme al Artículo 153-I de la misma ley.

Número de Registro de la Comisión Mixta: [Comision Registration Number]

Resolución de Aprobación No.: [Resolution Number]

Fecha de Aprobación: [Comision Approval Date]

Presidente de la Comisión Mixta: [Comision President Name]

Secretario/a de la Comisión Mixta: [Comision Secretary Name]

IV. CATÁLOGO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

Programa 1:

Descripción: [Program 1 Name]

Duración: [Program 1 Hours]

Población Objetivo: [Program 1 Population]

Programa 2:

Descripción: [Program 2 Name]

Duración: [Program 2 Hours]

Población Objetivo: [Program 2 Population]

Programas Adicionales:

[Additional Programs]

V. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Y PRESUPUESTO

Metodología de Evaluación General: [Evaluation Method]

Presupuesto Estimado de Capacitación: [Training Budget]

Cumplimiento de NOMs — Programas Asociados:

[NOM Compliance Notes]

VI. CERTIFICACIÓN Y DATOS DE PRESENTACIÓN

Método de Presentación ante la STPS: [Submission Method]

Fecha de Comunicación del Plan a los Trabajadores: [Worker Communication Date]

Los que suscriben certificamos que el presente Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual ha sido elaborado conforme a los Artículos 153-A y 153-N de la Ley Federal del Trabajo, aprobado por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, y comunicado a todos los trabajadores cubiertos.

FIRMAS

REPRESENTANTE LEGAL DEL PATRÓN:

[Legal Rep Name] — [Company Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN MIXTA:

[Comision President Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

SECRETARIO/A DE LA COMISIÓN MIXTA:

[Comision Secretary Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Legal Representative (Representante Legal del Patrón)

________________

Signature

Comisión Mixta President (Presidente)

________________

Signature

Comisión Mixta Secretary (Secretario/a)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual México

El Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual en México es el documento formal mediante el cual un patrón mexicano cumple su obligación legal conforme al Capítulo III-Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) de proporcionar capacitación y adiestramiento sistemáticos y organizados a todos los trabajadores. El artículo 153-A de la LFT, fundamentado en el artículo 123, Apartado A, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la capacitación como un derecho laboral fundamental, y el Plan de Capacitación Anual es el instrumento administrativo a través del cual se opera este derecho.

El artículo 153-N de la Ley Federal del Trabajo exige de manera específica que los patrones preparen y mantengan un plan de capacitación y lo presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dentro de los 90 días siguientes a la constitución de la empresa o dentro de los 15 días siguientes a cualquier modificación de un plan existente. El plan debe identificar todos los programas de capacitación que el patrón implementará durante el año calendario, las poblaciones de trabajadores cubiertas, los objetivos de la capacitación, los métodos de evaluación y los agentes capacitadores autorizados, ya sean instructores internos o proveedores externos registrados en el Padrón de Agentes Capacitadores Externos de la STPS.

La STPS procesa los Planes de Capacitación Anual a través de su sistema de Registro de Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento. Los planes presentados reciben un número de registro que debe referirse en toda la documentación relacionada con la capacitación, incluidos los Certificados de Capacitación, las actas de la Comisión Mixta y las respuestas a las inspecciones de la STPS. Los patrones que operan sin un plan de capacitación presentado y registrado enfrentan sanciones administrativas conforme al artículo 994, fracción V, de la LFT (multas de 50 a 5,000 veces el valor diario de la UMA, Unidad de Medida y Actualización fijada por el INEGI conforme al Decreto del DOF del 27 de enero de 2016) y se presumen en incumplimiento durante las inspecciones laborales.

La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, establecida conforme al artículo 153-I de la LFT como un órgano bipartito de igual número de representantes del patrón y del sindicato o de los trabajadores, desempeña un papel central en la validación del Plan de Capacitación Anual. Conforme al artículo 153-L, la Comisión debe revisar y aprobar el plan de capacitación antes de presentarlo ante la STPS. La aprobación de la Comisión se documenta en actas que se integran al paquete de presentación ante la STPS y forman el registro probatorio durante las inspecciones.

Desde la perspectiva de la certificación de competencias del CONOCER, los Planes de Capacitación Anual que alinean sus programas con las Normas Técnicas de Competencia Laboral (NTCL) publicadas por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER) permiten que los trabajadores que completan la capacitación obtengan Certificados de Competencia Laboral formales a través de las Entidades de Certificación y Evaluación (ECE) acreditadas por el CONOCER. La alineación con el CONOCER se exige cada vez más a los contratistas del gobierno federal y a las empresas que buscan la certificación ISO 9001 en sistemas de gestión de calidad, ya que la Organización Internacional de Normalización exige la planeación documentada de la competencia de la fuerza laboral.

El Plan de Capacitación Anual también se interseca con la NOM-035-STPS-2018 (identificación y prevención de factores de riesgo psicosocial), la NOM-030-STPS-2009 (servicios preventivos de seguridad en el trabajo) y la NOM-019-STPS-2011 (constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene), todas las cuales exigen programas de capacitación documentados de los trabajadores sobre su materia específica, lo que hace del Plan de Capacitación Anual el instrumento central de cumplimiento de las obligaciones de capacitación del patrón en varias NOM de manera simultánea.

Para efectos del Impuesto sobre la Renta, los gastos del patrón en los programas de capacitación registrados (honorarios de instructores, materiales de capacitación, cuotas de cursos externos y costos de las instalaciones) son por lo general deducibles como gastos ordinarios del negocio conforme al artículo 25, fracción I, de la LISR, siempre que la capacitación esté relacionada con la actividad de negocio del patrón y esté documentada a través del Plan de Capacitación Anual registrado y los comprobantes de soporte (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, CFDI) emitidos conforme a los requisitos de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Cuándo necesitas Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual México

El Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual en México lo requieren todos los patrones sujetos a la Ley Federal del Trabajo, que abarca a todos los patrones del sector privado en México sin importar el tamaño de la empresa, la industria o el número de trabajadores. El artículo 153-N de la LFT no hace excepción para las microempresas ni para los empresarios individuales (personas físicas con actividad empresarial), aunque la STPS proporciona formatos de presentación simplificados para los patrones pequeños a través del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST).

El plan debe prepararse y presentarse cuando una nueva empresa (persona moral) se da de alta ante el SAT y comienza a contratar trabajadores; la ventana de presentación de 90 días conforme al artículo 153-N de la LFT comienza a partir de la fecha en que se contrata al primer trabajador, no a partir de la fecha de constitución de la empresa ante notario público. Para las nuevas empresas que realizan su registro inicial ante la STPS (Alta Patronal ante la STPS), presentar un plan de capacitación es parte del paquete de registro estándar que revisan los inspectores de la STPS durante la visita de verificación inicial.

Un Plan de Capacitación Anual actualizado se requiere cuando un patrón modifica sus programas de capacitación (agregar nuevos cursos, cambiar de proveedores, ampliar la elegibilidad a nuevas categorías de trabajadores o responder a nuevos requisitos de las NOM). La ventana de presentación de modificaciones de 15 días se aplica de manera estricta, y la capacitación impartida bajo planes no registrados o modificados no califica para el crédito de cumplimiento ante la STPS. Los certificados emitidos por capacitación fuera del plan registrado pueden invalidarse durante las inspecciones.

El Plan de Capacitación Anual se necesita de manera específica cuando una empresa entra en una negociación colectiva con un sindicato. Conforme al artículo 394 de la LFT, los contratos colectivos de trabajo deben incluir disposiciones sobre la capacitación, y el Plan de Capacitación Anual es el documento base referido en el capítulo de capacitación del contrato colectivo. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) puede revisar el cumplimiento del plan de capacitación al conciliar controversias laborales que involucran reclamaciones relacionadas con la capacitación conforme a los artículos 153-V y 159 de la LFT.

Las empresas que solicitan la revisión de su clasificación ante el IMSS (revisión de siniestralidad) conforme al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación deben demostrar una capacitación eficaz en seguridad en el trabajo (documentada a través del Plan de Capacitación Anual) para sustentar los argumentos a favor de clasificaciones de prima de riesgo más bajas conforme al artículo 74 de la LSS. El equipo de revisión actuarial del IMSS acepta los planes de capacitación registrados y validados como evidencia de las medidas de reducción de riesgo.

Las empresas extranjeras que operan en México a través de maquiladoras o de programas IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) enfrentan un escrutinio reforzado de la STPS y deben mantener Planes de Capacitación Anual plenamente documentados para todos los programas de capacitación de producción, calidad y seguridad a fin de satisfacer tanto los requisitos de la STPS como los requisitos de auditoría de la cadena de suministro de las organizaciones de compras multinacionales.

Qué incluir en tu Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual México

Un Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual en México conforme a los artículos 153-A y 153-N de la LFT debe contener los siguientes elementos estructurales para ser aceptado por la STPS, aprobado por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento y usado como base para la emisión de los Certificados de Capacitación.

Encabezado de identificación del patrón: el nombre legal completo (razón social), el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), el número de Registro Patronal del IMSS, la actividad económica principal (según se clasifica en la tabla de riesgo del IMSS), el domicilio fiscal y el número total de trabajadores cubiertos por el plan. También deben aparecer el nombre, el cargo y el RFC del representante legal que presenta el plan.

Periodo del plan y referencia de registro: el año calendario que cubre el plan (por lo general, del 1 de enero al 31 de diciembre), la fecha de preparación y presentación y el número de registro del plan ante la STPS una vez asignado. Para las empresas que presentan por primera vez, el plan señala que el registro está en trámite y refiere la fecha de presentación.

Bloque de aprobación de la Comisión Mixta: el número de resolución, la fecha y los nombres y las firmas del presidente y del secretario de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento que aprueban el plan conforme al artículo 153-L de la LFT. Debe aparecer el número de registro de la Comisión Mixta ante la STPS, que confirma que la propia Comisión se registró de manera adecuada conforme al artículo 153-I.

Catálogo de programas de capacitación: por cada programa de capacitación incluido en el plan: (a) el nombre y la descripción del programa; (b) los objetivos de aprendizaje alineados con los perfiles ocupacionales; (c) la duración total en horas; (d) la modalidad de capacitación (presencial, en línea, mixta, en el centro de trabajo); (e) la población de trabajadores objetivo por departamento, categoría de puesto o cargo; (f) las fechas programadas o la frecuencia; (g) el agente capacitador autorizado (nombre y credenciales del instructor interno, o nombre y número de registro ante la STPS del agente capacitador externo); y (h) el código de la NTCL del CONOCER si el programa está alineado por competencias.

Metodología de evaluación: por cada programa, el método de evaluación (examen escrito, práctica demostrativa, evaluación de desempeño o portafolio) y el estándar mínimo de aprobación. Conforme al artículo 153-T de la LFT, todos los métodos de evaluación deben ser objetivos, estar documentados y comunicarse a los trabajadores con anticipación. Los programas sin criterios de evaluación documentados se tratan como de solo asistencia y no generan derechos exigibles a certificado conforme al artículo 153-V de la LFT.

Tabla de cobertura de trabajadores: una tabla que enliste todos los puestos o departamentos cubiertos por el plan, el número de trabajadores de cada categoría y los programas específicos asignados a cada categoría. Esta tabla demuestra que todos los trabajadores (no solo la dirección) tienen acceso a la capacitación, según lo exige la obligación de capacitación universal del artículo 153-A de la LFT.

Presupuesto y recursos: una asignación presupuestal indicativa para las actividades de capacitación, que identifique los recursos del patrón comprometidos con el plan: las instalaciones de capacitación, el equipo, el tiempo de los instructores y las cuotas de los cursos externos. Este elemento respalda la deducibilidad de los gastos de capacitación conforme al artículo 25 de la LISR y demuestra el compromiso genuino del patrón con la obligación de capacitación durante las inspecciones de la STPS.

Listado de capacitación de cumplimiento de NOM: una sección dedicada que identifique todos los requisitos de capacitación obligatorios de las NOM aplicables a la industria del patrón, incluidas la NOM-035-STPS-2018 (riesgo psicosocial), la NOM-030-STPS-2009 (programas de prevención), la NOM-019-STPS-2011 (comisiones de seguridad), la NOM-017-STPS-2008 (equipo de protección personal) y cualquier NOM específica del sector, con referencia cruzada al programa correspondiente del catálogo de capacitación.

Apartado de firmas y certificación de presentación: las firmas del representante legal del patrón, del presidente y del secretario de la Comisión Mixta y una declaración de certificación de que el plan se ha comunicado a todos los trabajadores cubiertos. Deben señalarse la fecha de presentación ante la STPS y el medio de presentación (presencial en la oficina regional de la STPS o electrónico a través del portal de la STPS en stps.gob.mx).

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual en México como un punto de partida práctico para cumplir las obligaciones del artículo 153-N de la LFT. Los patrones deben coordinarse con un Licenciado en Derecho laboral y con la oficina regional de la STPS para confirmar los requisitos vigentes del formato de presentación, ya que la STPS actualiza de manera periódica sus formatos de presentación de planes registrados y las especificaciones de su portal de presentación electrónica.

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Forms Legal. (2026). Plan de Capacitación y Adiestramiento Anual México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/employment/hr-forms/plan-capacitacion-anual-mexico

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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