Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje)
CONTRATO DE ALMACENAJE
Celebrado conforme al Código de Comercio Artículo 75, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Artículo 11, y el Código Civil Federal Artículos 2516–2547
I. PARTES CONTRATANTES
ALMACENISTA (DEPOSITARIO):
Nombre: [Operator Name]
RFC: [Operator RFC]
Domicilio Fiscal: [Operator Address]
Autorización CNBV (AGD): [AGD Authorisation]
DEPOSITANTE:
Nombre: [Depositor Name]
RFC: [Depositor RFC]
Domicilio Fiscal: [Depositor Address]
Las partes celebran el presente Contrato de Almacenaje conforme al Código de Comercio (CCom) Artículo 75, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) Artículo 11, la Ley de Almacenes Generales de Depósito, y el Código Civil Federal (CCF) Artículos 2516 a 2547 en materia de depósito.
II. INSTALACIONES Y MERCANCÍAS
Domicilio de la Bodega: [Facility Address]
Área de Almacenamiento Asignada: [Storage Area]
Descripción de Mercancías: [Goods Description]
Condiciones Especiales: [Storage Conditions]
Certificación OEA/C-TPAT: [OEA Certification]
III. SERVICIOS DE ALMACENAJE
El Almacenista se obliga a prestar los siguientes servicios: (a) Recepción y descarga de mercancías; (b) Almacenamiento en las condiciones acordadas; (c) Control de inventarios con reportes periódicos; (d) Picking y despacho de mercancías; (e) Supervisión de seguridad del área asignada. El Almacenista mantendrá sistemas de inventario que permitan la verificación en todo momento por parte del Depositante y de las autoridades competentes.
IV. TARIFAS Y CONDICIONES DE PAGO
Tarifa de Almacenaje: [Storage Fee], más el 16% de IVA conforme a la LIVA.
Cargos de Manejo: [Handling Fee], más el 16% de IVA.
Los pagos se realizarán mensualmente, dentro de los 15 días naturales siguientes a la recepción del CFDI correspondiente. El Almacenista emitirá CFDI por todos los conceptos facturados. En caso de mora se causarán intereses a la tasa pactada.
V. RESPONSABILIDAD Y SEGUROS
Conforme al CCF Artículo 2530, el Almacenista es responsable de la pérdida, deterioro o daño de las mercancías causados por su negligencia o la de sus empleados, o por incumplimiento de las condiciones de almacenamiento pactadas. El Almacenista no responde por caso fortuito o fuerza mayor. Límite de responsabilidad por evento: [Liability Limit].
Merma Permitida: [Shrinkage Allowance]. Pérdidas que excedan este límite serán reclamables al Almacenista conforme a sus términos de responsabilidad.
El Almacenista mantendrá un seguro de almacén que cubra los riesgos de incendio, robo, inundación y colapso. El Depositante deberá mantener su propio seguro de carga (seguro de mercancías) por el valor total de las mercancías almacenadas.
VI. CONTROL DE INVENTARIOS E INFORMES
El Almacenista realizará conteos de inventario periódicos e informará al Depositante mensualmente. El Depositante tendrá derecho a auditar el inventario físico con aviso previo de 48 horas. Las discrepancias serán reportadas al Depositante de inmediato. Ambas partes conservarán todos los registros de operaciones durante el plazo de prescripción de 5 años conforme al CFF Artículo 67, y cooperarán en visitas de verificación del SAT y la ANAM.
VII. VIGENCIA Y TERMINACIÓN
El presente contrato entra en vigor el [Start Date] y tendrá una duración de [Contract Duration]. Cualquiera de las partes podrá darlo por terminado mediante aviso escrito con [Termination Notice] de anticipación. A la terminación, el Almacenista entregará todas las mercancías dentro de los plazos acordados y realizará un inventario final de reconciliación.
VIII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código de Comercio, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, el Código Civil Federal y demás disposiciones aplicables de los Estados Unidos Mexicanos. Las controversias se someterán al Juzgado Mercantil competente del lugar donde se ubique la bodega.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL ALMACENISTA (DEPOSITARIO):
[Operator Name]
RFC: [Operator RFC]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL DEPOSITANTE:
[Depositor Name]
RFC: [Depositor RFC]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Warehouse Operator / Almacenista (Depositario)
________________
Signature
Depositor / Depositante
________________
Signature
What Is a Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje)?
A Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje) is a commercial contract by which a warehouse operator (almacenista or depositario) agrees to receive, store, handle, and return goods (mercancías) belonging to a depositor (depositante) at a designated storage facility in exchange for a storage fee (tarifa de almacenaje), subject to the obligations established in the Código de Comercio (CóCom) Article 75, the Código Civil Federal (CCF) Articles 2516 through 2547 on the deposit contract (contrato de depósito), and — where the warehouse is authorised as an almacén general de depósito — the Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) Article 11 and the Ley de Almacenes Generales de Depósito.
Mexican warehousing law distinguishes between two fundamentally different types of commercial storage operations. An almacén general de depósito (AGD) is a specialised financial institution authorised by the Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) under the LGOAAC to issue bonos de prenda (pledge bonds) and certificados de depósito (warehouse receipts) that function as negotiable instruments representing title to the stored goods. The certificado de depósito issued by an AGD can be pledged to a Mexican bank or financial institution as collateral for a commercial credit under the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), making the AGD a key instrument of Mexican agricultural and trade finance administered under CNBV supervision. An ordinary commercial warehouse (bodega o almacén comercial) operates under the general Código de Comercio and CCF deposit provisions without AGD authorisation, handling storage for industrial, distribution, and retail clients without issuing negotiable warehouse receipts.
The Código de Comercio Article 75 Fraction XI classifies warehousing contracts as commercial acts (actos de comercio) when they involve storage of goods held for commercial purposes — this commercial classification means that disputes arising from warehousing contracts are subject to commercial procedure (procedimiento mercantil) before Juzgados de Distrito en Materia Mercantil or Juzgados de lo Mercantil of the relevant state, rather than civil courts. The Tribunales Colegiados de Circuito have confirmed that CóCom Article 75 governs the entire warehousing relationship, including liability allocation, when both parties are merchants.
The warehouse operator's liability for goods in storage is governed by CCF deposit provisions and the Código de Comercio. Article 2530 CCF establishes that the depositario must return the same goods deposited in the same condition — ordinary wear excluded — and is liable for deterioration, loss, or damage caused by negligencia (negligence), dolo (willful misconduct), or failure to maintain the agreed storage conditions. Mexican commercial courts have applied the responsabilidad subjetiva (fault-based liability) standard to warehouse operators. The CNBV's Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito impose additional liability standards on authorised AGDs beyond the general CCF rules.
For bonded warehousing (almacenamiento fiscal) — storage of goods under customs bond (mercancías bajo custodia aduanera) in recintos fiscalizados or recintos fiscalizados estratégicos — the Ley Aduanera and the Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) regulations impose additional requirements on the warehouse operator. Registration as a recinto fiscalizado operator, maintenance of ANAM-approved inventory control systems, and specific liability for customs duties on goods lost while in bonded storage are all mandatory. The Servicio de Administración Tributaria (SAT) conducts audits of bonded warehouse inventory records under the Código Fiscal de la Federación (CFF) Articles 42–46, and discrepancies expose operators to surcharges (actualizaciones y recargos) and penalties.
The IMMEX Programme (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, Decreto DOF 1 November 2006) creates a specific warehousing compliance layer for maquiladora operators. Temporarily imported goods (mercancías de importación temporal) stored at third-party facilities must be governed by a written Contrato de Almacenaje referencing the IMMEX temporary import status and maintaining the SAT-approved inventory control records required by the Secretaría de Economía.
The logistics industry in Mexico is served by major distribution centres (centros de distribución) and almacenes de valor agregado (value-added warehouses) that provide services beyond simple storage — including cross-docking, kitting, labelling, quality inspection, and last-mile fulfilment — all governed by a detailed Contrato de Almacenaje covering both storage and value-added service components under CóCom Article 75. The growth of cross-border e-commerce under T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá) and the expansion of nearshoring operations in Mexico have significantly increased demand for sophisticated warehousing frameworks that address ANAM customs compliance, SAT fiscal requirements, and IMSS-registered labour obligations simultaneously.
When Do You Need a Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje)?
A Warehousing Agreement Mexico is required whenever a manufacturer, importer, distributor, or retailer stores goods at a third-party commercial warehouse facility in Mexico and needs to establish a formal legal framework governing the custodial relationship, storage conditions, liability, insurance, and access rights under the Código de Comercio and the Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
The contract is needed by importers using bonded warehouses (recintos fiscalizados) operated near Mexican customs ports of entry — goods arriving at the Port of Manzanillo, Veracruz, Lázaro Cárdenas, or at the Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) are typically transferred to a bonded warehouse while customs clearance (despacho aduanal) is processed through the VUCEM (Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano) electronic system, and the warehousing relationship must be formalised under both the Ley Aduanera and CóCom Article 75.
A Contrato de Almacenaje is required by IMMEX Programme operators storing temporarily imported goods at third-party logistics facilities. The SAT and ANAM require documentary evidence that temporarily imported goods are physically located at an authorised facility between import and their transformation or re-export within the periods established in the Decreto IMMEX. Loss or unaccounted disposal of IMMEX goods triggers automatic SAT assessment of import duties plus surcharges under the Código Fiscal de la Federación.
The agreement is needed by agricultural commodity traders using Almacenes Generales de Depósito (AGDs) authorised by the CNBV. The AGD issues certificados de depósito and bonos de prenda against stored grain, oilseeds, or other agricultural commodities, enabling the depositor to obtain financing from banks or FIRA (Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura) using the stored commodity as collateral under the Ley de Almacenes Generales de Depósito.
A formal warehousing agreement is needed by e-commerce operators using third-party fulfilment centres (centros de fulfillment) in Mexico for last-mile delivery. The increasing volume of cross-border e-commerce under T-MEC and the growth of marketplace logistics operated by companies including Amazon, Mercado Libre, and Walmart de México require clear contractual frameworks governing inventory ownership, shrinkage allowances, security procedures, and liability for missing items.
For pharmaceutical, food, and chemical goods regulated by the Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a written Contrato de Almacenaje specifying the applicable NOM temperature control standards (including NOM-059-SSA1-2015 for pharmaceutical cold chain) is essential for maintaining COFEPRIS storage authorisations.
Under CóCom Article 75, LGOAAC Article 11, and CCF Articles 2516–2547, companies storing goods at third-party warehouses must formalise the relationship in a written Contrato de Almacenaje. Without a written agreement, the allocation of liability for cargo loss, the applicable insurance, access rights, and termination procedures are governed only by default statutory provisions that may not reflect commercial expectations or sector-specific regulatory requirements.
What to Include in Your Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje)
A valid Warehousing Agreement Mexico under the Código de Comercio Article 75 and the Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito must contain the following essential elements to be commercially effective and to satisfy CNBV, ANAM, SAT, and COFEPRIS regulatory requirements where applicable.
Identification of Parties: Full legal name, RFC (Registro Federal de Contribuyentes assigned by the SAT), and domicilio of the warehouse operator (almacenista or depositario) — including the CNBV authorisation number if operating as an Almacén General de Depósito under the LGOAAC, or the Secretaría de Economía NOM compliance registration for commercial warehouses — and the depositor (depositante) with RFC and contact details. Both parties' status as comerciantes inscriptos in the Registro Público de Comercio (RPC) should be confirmed.
Description of Facility and Storage Space: Physical address of the warehouse (bodega), specific storage areas assigned (metros cuadrados designados, rack positions, refrigerated chambers), access controls, security systems (CCTV, guards, access control logs), fire suppression systems compliant with NOM-002-STPS-2010, and relevant certifications including ISO 9001, CTPAT, and OEA (Operador Económico Autorizado) certification from ANAM for secure supply chain participants.
Description of Goods (Descripción de Mercancías): Nature, type, and characteristics of the goods to be stored — including special requirements such as temperature controls (cadena de frío), controlled atmosphere, humidity limits, dangerous goods handling per NOM-002-SCT/2011 and STPS NOM-005 regulations for hazardous materials, pharmaceutical cold chain requirements under COFEPRIS and NOM-059-SSA1-2015, or food safety requirements under NOM-251-SSA1-2009.
Storage Services and Value-Added Services: Precise description of all services — receiving (recepción), unloading (descarga), storage (almacenamiento), inventory management (control de inventarios), picking and packing, cross-docking, kitting, labelling, quality inspection (inspección de calidad), and dispatch (despacho). For IMMEX Programme goods, the inventory control system must comply with SAT and Secretaría de Economía IMMEX requirements.
Storage Fees and Payment Terms (Tarifas y Pagos): Agreed storage tariff per pallet position per month, per m², or per unit; handling fees (cargos de manejo); value-added service fees; minimum monthly billing; payment due dates; late payment interest rate at the TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio published by Banco de México) plus agreed margin; and indexation mechanism. CFDI fiscal receipts must be issued by the warehouse operator for all fees charged, with the applicable SAT ClaveProdServ code for logistics services.
Warehouse Operator Liability and Insurance: Scope of the warehouse operator's liability for cargo loss, damage, or deterioration — specifying whether liability is capped per event, per kilogram, or per pallet; the claims notification period; and evidence requirements for cargo damage claims. Mandatory warehouse insurance (seguro de almacén) covering fire, theft, flood, and collapse regulated by the Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) under the Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, with the depositor named as additional insured. For AGD operations, the CNBV prescribes minimum insurance amounts through the Disposiciones de carácter general.
Inventory Control and Reporting: Frequency of inventory counts (inventarios físicos), reporting format, cycle count procedures, shrinkage allowance (merma permitida), and the depositor's right to audit inventory at reasonable notice. For AGD operations, the certificado de depósito issuance procedure and bono de prenda endorsement process under the Ley de Almacenes Generales de Depósito.
Access and Security: The depositor's access rights to inspect goods; the warehouse's access control procedures; procedures for third-party access by ANAM customs inspectors, COFEPRIS health inspectors, or SAT auditors; and security incident notification obligations.
Term and Termination: Contract duration (typically one to three years with automatic renewal), minimum storage period per deposited lot, termination notice period (typically 30 to 90 days), and obligations upon termination including return of all goods within a specified period and final inventory reconciliation.
Forms-legal.com provides this Warehousing Agreement Mexico template as a practical starting point. Companies storing high-value goods, pharmaceutical products under COFEPRIS regulation, food items under NOM-251-SSA1-2009, or goods under IMMEX temporary import status should have the agreement reviewed by a Licenciado en Derecho specialised in derecho mercantil and comercio exterior before execution.
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Forms Legal. (2026). Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/business/shipping/warehousing-agreement-mexico
"Warehousing Agreement Mexico (Contrato de Almacenaje) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/business/shipping/warehousing-agreement-mexico.
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Frequently Asked Questions
Un Almacén General de Depósito (AGD) es una institución financiera especializada autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) conforme a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) para prestar servicios de almacenaje con la facultad adicional de emitir instrumentos financieros negociables: el certificado de depósito (que representa la titularidad de las mercancías almacenadas) y el bono de prenda (que permite que las mercancías sirvan como garantía financiera). Estos dos instrumentos permiten a un depositante obtener crédito bancario comercial, financiamiento agrícola de FIRA (Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura) o financiamiento de cadena de suministro de instituciones financieras conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, usando las mercancías almacenadas como garantía sin moverlas físicamente. La CNBV mantiene un registro público de todos los AGD autorizados en México y supervisa sus operaciones a través de las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, que imponen requisitos de capital mínimo, seguro obligatorio y estándares prudenciales. Una bodega comercial regular opera exclusivamente conforme al artículo 75 del Código de Comercio y a las disposiciones de depósito del Código Civil Federal, presta servicios de almacenamiento y manejo, y no puede emitir certificados de depósito negociables. Para el financiamiento de materias primas, el almacenaje de productos agrícolas —en particular granos (maíz, sorgo, trigo) y oleaginosas (soya, cártamo) en estados como Sinaloa, Sonora, Jalisco y Tamaulipas— y las operaciones de financiamiento de cadena de suministro, usar un AGD es esencial. Para las operaciones puras de logística y distribución sin componente de financiamiento, basta un contrato de almacenaje comercial regular.
Conforme a los artículos 2530 a 2535 del Código Civil Federal (CCF) y al Código de Comercio, el operador de la bodega (depositario o almacenista) es responsable de la pérdida, el robo o el deterioro de las mercancías causados por su propia negligencia o la de sus empleados, o por no mantener las condiciones de almacenaje pactadas, como temperatura, humedad, seguridad y control de plagas. El estándar de responsabilidad conforme al derecho mexicano para el almacenaje comercial es la responsabilidad subjetiva (basada en culpa): el depositante debe probar que el operador de la bodega fue negligente o incumplió sus obligaciones contractuales. El operador no es responsable de las pérdidas causadas exclusivamente por caso fortuito o fuerza mayor —eventos imprevisibles, incluidos sismos, inundaciones o actos de terceros fuera del control del operador—, siempre que el operador haya implementado todas las medidas razonables de seguridad y protección. En la práctica, el contrato de almacenaje suele limitar la responsabilidad máxima del operador por evento a un monto específico por kilogramo o por posición de tarima; esta limitación por lo general es exigible conforme al derecho mexicano, pero debe expresarse con claridad y está sujeta al deber de buena fe del CCF. Para las operaciones de AGD, la CNBV, a través de las Disposiciones de carácter general para los almacenes generales de depósito, impone montos mínimos obligatorios de seguro: el AGD debe mantener un seguro de almacén que cubra las mercancías almacenadas y debe mantener una capitalización financiera adecuada para cubrir posibles reclamaciones de responsabilidad. Las controversias por pérdida de carga suelen resolverse mediante arbitraje de la CANACO (Cámara Nacional de Comercio) o ante los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil por la vía ejecutiva mercantil de los artículos 1391 a 1428 del Código de Comercio.
La certificación de Operador Económico Autorizado (OEA) es un programa de acreditación de seguridad administrado por la ANAM (Agencia Nacional de Aduanas de México) con base en el Marco Normativo SAFE de la Organización Mundial de Aduanas. Las empresas mexicanas de la cadena de suministro —incluidos importadores, exportadores, agentes aduanales, transportistas y operadores de bodegas— pueden solicitar la certificación OEA demostrando el cumplimiento de estándares específicos de seguridad y cumplimiento: seguridad física adecuada de las instalaciones (bardas perimetrales, CCTV, controles de acceso); verificación de antecedentes de todos los empleados con acceso a las áreas de carga; procedimientos documentados de manejo de carga y control de inventario; historial de cumplimiento aduanero (sin infracciones graves en los últimos tres años conforme a la Ley Aduanera); y solvencia financiera. Los operadores certificados OEA reciben: semáforo verde automático en el despacho aduanero sin inspección física en la mayoría de los casos; trámite prioritario en los puntos de entrada mexicanos; procedimientos aduaneros expeditos conforme al acuerdo de reconocimiento mutuo C-TPAT (Customs-Trade Partnership Against Terrorism) vinculado al T-MEC con la CBP de Estados Unidos; y una menor frecuencia de visitas de verificación de la ANAM. La ANAM publica la lista de operadores certificados OEA en su sitio web, y la certificación está sujeta a renovación anual. Para las bodegas que manejan carga internacional o mercancías del Programa IMMEX, los clientes multinacionales y las aseguradoras exigen cada vez más la certificación OEA como evidencia del cumplimiento de la seguridad en la cadena de suministro.
Las mercancías importadas bajo el Programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, Decreto DOF del 1 de noviembre de 2006) gozan de importación temporal sin pago de aranceles ni IVA mientras se usen en el proceso de manufactura y se exporten o transformen después dentro de los plazos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto IMMEX —por lo general 18 meses para materias primas y componentes—. Cuando las mercancías del Programa IMMEX se almacenan en una bodega de un tercero entre la importación y la entrega a la planta de producción del operador IMMEX, el SAT y la ANAM imponen requisitos específicos: la bodega debe ubicarse en el domicilio autorizado del operador IMMEX, o el operador IMMEX debe haber obtenido autorización del SAT para usar la bodega del tercero como extensión de su domicilio autorizado; la bodega debe mantener registros de inventario aprobados por IMMEX (inventario IMMEX) auditables por el SAT en cualquier momento conforme a los artículos 42 a 46 del CFF; y el Contrato de Almacenaje debe identificar con claridad que las mercancías están bajo el estatus de importación temporal de IMMEX. Desde enero de 2022, los traslados de transporte nacional de mercancías IMMEX deben acompañarse del documento electrónico CFDI con complemento Carta Porte conforme al SAT. Las pérdidas de mercancías IMMEX en la bodega que el sistema de inventario no pueda justificar dan lugar a la determinación automática del SAT de que las mercancías se consumieron en México, lo que genera la determinación de aranceles más recargos y sanciones conforme al Código Fiscal de la Federación.
El plazo de aviso previo requerido para retirar mercancías (retiro de mercancías) de una bodega comercial mexicana es una cuestión contractual regida por el Contrato de Almacenaje: el derecho mexicano, conforme al Código de Comercio y al CCF, no prescribe un plazo de aviso obligatorio para el almacenaje comercial ordinario, dejando a las partes en libertad de pactar los requisitos operativos que convengan a su relación de negocio. En la práctica, los contratos de almacenaje comercial en México por lo general exigen: aviso previo por escrito o electrónico de 24 a 48 horas (aviso de retiro) para las mercancías paletizadas estándar; aviso de 48 a 72 horas para las mercancías a granel que requieran equipo de manejo especial; y aviso de 5 a 7 días hábiles para las mercancías que requieran preparación especial (kitting, reetiquetado, preacondicionamiento de temperatura). El plazo de aviso permite a la bodega preparar las mercancías para su despacho y actualizar el sistema de gestión de inventario. Para las operaciones de AGD que involucran certificados de depósito emitidos conforme a la Ley de Almacenes Generales de Depósito, el depositante debe presentar el certificado de depósito original y cualquier bono de prenda endosado al AGD antes de que las mercancías puedan liberarse; el AGD no puede liberar las mercancías sin la cancelación del certificado, para evitar el doble financiamiento. Para las operaciones de recinto fiscalizado reguladas por la ANAM, se requiere la autorización en el sistema VUCEM antes de que las mercancías bajo fianza aduanera puedan retirarse del recinto.
Las operaciones de almacenaje mexicanas requieren múltiples capas de cobertura de seguro, tanto legales como contractuales, reguladas principalmente por la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y supervisadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). El operador de la bodega debe mantener: seguro de daños al inmueble que cubra incendio, explosión, rayo, inundación y sismo; seguro de responsabilidad civil que cubra la responsabilidad legal del operador frente a los depositantes por la pérdida o el daño de la carga causados por negligencia —los montos mínimos de cobertura están sujetos a negociación contractual para las bodegas comerciales ordinarias—; y el seguro de los empleados de la bodega a través de las obligaciones de cuotas patronales obligatorias ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) conforme al artículo 15 de la Ley del Seguro Social (LSS). Para los Almacenes Generales de Depósito (AGD), la CNBV, a través de las Disposiciones de carácter general, prescribe montos mínimos de seguro específicos como condición de la autorización de la CNBV, incluido el seguro de carga que cubre las mercancías almacenadas y los certificados de depósito emitidos. El depositante debe mantener su propio seguro de carga (seguro de carga del depositante) que cubra el valor de reposición de todas las mercancías en almacén. El contrato de almacenaje debe especificar qué parte mantiene cada seguro y exigir a cada parte la evidencia anual del seguro (copia de la póliza vigente).
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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