Contrato de Servicios de Contabilidad México
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONTABILIDAD
Accounting Services Contract
Celebrado conforme al Artículo 2606 del Código Civil Federal y el Artículo 85 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
I. PARTES CONTRATANTES
PRESTADOR DEL SERVICIO (CONTADOR / DESPACHO CONTABLE):
Nombre / Razón Social: [Accountant Name]
RFC: [Accountant RFC]
Cédula Profesional (DGP-SEP): [Cédula Profesional]
IMCP / CPC: [IMCP/CPC Number]
Domicilio: [Accountant Address]
CLIENTE:
Nombre / Razón Social: [Client Name]
RFC: [Client RFC]
Domicilio: [Client Address]
Representante Legal: [Client Representative]
Régimen Fiscal SAT: [Tax Regime]
En adelante denominados conjuntamente como las 'Partes', celebran el presente Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad, al tenor de las siguientes cláusulas:
II. OBJETO DEL CONTRATO — SERVICIOS INCLUIDOS
El Contador se obliga a prestar al Cliente los siguientes servicios de contabilidad profesional, conforme al Artículo 2606 del Código Civil Federal (CCF):
[Services Scope]
Representación ante el SAT (e.firma / poder notarial bajo CFF Artículo 19): [SAT Representation]
Los servicios no comprendidos en el alcance anterior serán facturados por separado conforme a honorarios adicionales acordados por escrito entre las Partes.
III. OBLIGACIONES DEL CLIENTE — ENTREGA DE INFORMACIÓN
El Cliente se obliga a proporcionar al Contador, de manera completa y oportuna, toda la información y documentación necesaria para la prestación de los servicios, incluyendo estados de cuenta bancarios, facturas CFDI emitidas y recibidas, comprobantes de gastos, contratos con terceros, y cualquier notificación del SAT recibida a través del Buzón Tributario.
Plazo de entrega de información: El Cliente entregará la documentación del mes anterior a más tardar [Info Deadline].
Consecuencia de información tardía o incompleta: [Penalty for Incomplete Info]. El Cliente reconoce que es el contribuyente responsable ante el SAT de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, y que las multas y recargos por errores derivados de información incompleta o incorrecta son de su responsabilidad.
IV. HONORARIOS Y FORMA DE PAGO
El Cliente pagará al Contador un honorario mensual de [Monthly Fee], más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 16% conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Fecha de pago: [Payment Due Date].
Método de pago: [Payment Method].
El Contador emitirá un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) por cada pago recibido, conforme al Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Los honorarios son deducibles para el Cliente conforme al Artículo 85 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), sujeto a que el CFDI se encuentre timbrado y los pagos se realicen a través de medios bancarizados.
V. CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL
El Contador se obliga a mantener estricta confidencialidad respecto de toda la información financiera, fiscal y comercial del Cliente a la que tenga acceso en virtud del presente contrato, conforme al Artículo 2606 CCF y al Código de Ética Profesional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). La obligación de confidencialidad subsistirá por un plazo de cinco (5) años contados a partir de la terminación del presente contrato.
VI. RESPONSABILIDAD POR ERRORES Y SANCIONES SAT
El Cliente reconoce que es el contribuyente responsable primario ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por todas sus obligaciones fiscales, conforme al Código Fiscal de la Federación. El Contador será responsable civil ante el Cliente por los errores atribuibles directamente a su negligencia profesional, bajo el estándar de la diligencia profesional exigida por el Artículo 2606 CCF y el Código de Ética del IMCP, siempre que el Cliente haya proporcionado información completa y oportuna conforme a la Cláusula III del presente contrato.
Las multas, recargos y actualizaciones del SAT derivados de información incompleta, incorrecta o entregada fuera del plazo por el Cliente son responsabilidad exclusiva del Cliente.
VII. VIGENCIA Y TERMINACIÓN
El presente contrato inicia el [Contract Start Date] y tendrá una vigencia de [Contract Term].
Aviso de terminación: Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el contrato mediante aviso escrito con [Termination Notice]. El Cliente podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento conforme al Artículo 2606 CCF, sujeto al pago de los honorarios correspondientes a los servicios prestados hasta la fecha de terminación.
A la terminación del contrato, el Contador entregará al Cliente toda la documentación, archivos contables y accesos electrónicos del SAT en su poder, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la terminación.
VIII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil Federal (CCF), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), el Código Fiscal de la Federación (CFF), y la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional, todos de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia derivada del presente contrato, las Partes se someten a los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal competentes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
CONTADOR / DESPACHO CONTABLE:
[Accountant Name]
Cédula Profesional: [Cédula Profesional]
Firma: _________________________
CLIENTE:
[Client Name]
Representado por: [Client Representative]
Firma: _________________________
Accountant / Firm (Contador / Despacho Contable)
________________
Signature
Client (Cliente)
________________
Signature
Qué es Contrato de Servicios de Contabilidad México
El Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad en México es un acuerdo escrito de servicios profesionales regulado por el artículo 2606 del Código Civil Federal (CCF) y por el artículo 85 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), por el cual un Contador Público Certificado (CPC) o un despacho contable se obliga a prestar servicios de teneduría de libros, cumplimiento fiscal, procesamiento de nómina, elaboración de estados financieros y servicios contables relacionados a un cliente (persona física o moral) a cambio de los honorarios profesionales pactados.
El marco legal del ejercicio de la contaduría en México se estructura en varias leyes. El artículo 2606 del Código Civil Federal establece el contrato de prestación de servicios profesionales como la forma rectora de los arreglos entre los profesionales con cédula y sus clientes, e impone obligaciones de diligencia profesional, confidencialidad y desempeño personal. El artículo 85 de la LISR establece el tratamiento fiscal de los honorarios profesionales pagados a los contadores; la deducibilidad para el cliente requiere que los pagos estén respaldados por un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) válido emitido por el despacho contable conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Los contadores en México deben ser Contadores Públicos Certificados (CPC) registrados ante el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y contar con una cédula profesional vigente expedida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP) conforme a la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional. El IMCP certifica a los CPC que mantienen su certificación mediante la educación profesional continua. Para el trabajo de auditoría legal (auditoría de estados financieros), los despachos contables deben estar registrados ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) como auditores externos autorizados si auditan a entidades financieras reguladas.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) (la autoridad fiscal federal de México de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP) regula de manera amplia las obligaciones contables. El artículo 28 del CFF exige que todas las personas morales y muchas personas físicas lleven contabilidad electrónica a través del Sistema de Contabilidad Electrónica aprobado por el SAT. Las declaraciones fiscales mensuales y anuales deben presentarse a través del portal del SAT, y los despachos contables suelen actuar como representante legal fiscal autorizado del cliente para estas presentaciones.
Para los servicios contables relacionados con la nómina, el despacho contable debe estar familiarizado con el SUA (Sistema Único de Autodeterminación) del IMSS para calcular y presentar las cuotas patronales de seguridad social mensuales, las obligaciones de reporte bimestral del INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) y los requisitos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para el registro electrónico de nómina. Los artículos 15 y 38 de la Ley del Seguro Social (LSS) imponen plazos estrictos a los patrones para el registro y el pago de las cuotas del IMSS; los errores contables que causan el pago tardío derivan en recargos y actualizaciones conforme al CFF.
El artículo 85 de la LISR sobre la contabilidad de los ingresos profesionales (ingresos por actividad profesional) rige de manera específica cómo declaran los despachos contables su propio ingreso por honorarios profesionales, una distinción relevante al negociar el tratamiento fiscal del honorario mensual. Para efectos del IVA, los servicios contables profesionales están sujetos a la tasa estándar del IVA del 16% conforme al artículo 14 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), y el despacho contable debe emitir un CFDI con el IVA separado del honorario base.
Cuándo necesitas Contrato de Servicios de Contabilidad México
El Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad en México se requiere siempre que un negocio (persona moral) o una persona física (con actividad empresarial o en el régimen simplificado de confianza) contrata a un Contador Público Certificado o a un despacho contable para gestionar su cumplimiento fiscal, su teneduría de libros, su nómina o sus obligaciones de información financiera conforme al derecho mexicano.
El contrato lo necesitan las Sociedades Anónimas de Capital Variable (S.A. de C.V.) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.) de nueva constitución registradas en el Registro Público de Comercio (RPC); todas las personas morales deben llevar registros contables conformes a las Normas de Información Financiera (NIF) emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) y presentar las declaraciones mensuales del SAT desde la fecha del registro fiscal (alta ante el SAT) en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes).
Las personas físicas que operan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) introducido por el Decreto del DOF del 12 de noviembre de 2021 requieren apoyo contable para mantener su elegibilidad a las tasas de ISR reducidas (del 1% al 2.5% para el ingreso profesional inferior a $3.5 millones M.N. anuales); los errores en la presentación del RESICO que hacen que el contribuyente exceda los umbrales de ingreso pueden derivar en la migración forzada al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, más complejo, con una mayor exposición a la auditoría del SAT.
Las empresas con empleados requieren servicios de contabilidad de nómina para calcular y presentar las cuotas patronales mensuales del IMSS, las aportaciones bimestrales del INFONAVIT, las declaraciones anuales de retenciones de ISR y los cálculos del reparto de utilidades (PTU, Participación de los Trabajadores en las Utilidades) conforme al artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
Los negocios de sectores regulados (farmacias, fabricantes de alimentos, importadores y exportadores) requieren servicios contables para gestionar las reglas específicas de acreditamiento de IVA, las valuaciones aduaneras, las obligaciones del IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) y la documentación de cumplimiento de las NOM (Normas Oficiales Mexicanas) que forman parte de la declaración anual ante el SAT.
Un Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad escrito también se necesita cuando una empresa está sujeta a una auditoría del SAT (revisión de gabinete o visita domiciliaria); documenta el alcance del mandato del contador, protege a ambas partes respecto de la integridad de la información proporcionada y establece la asignación de responsabilidad por cualquier sanción derivada de los ajustes de la auditoría del SAT.
Qué incluir en tu Contrato de Servicios de Contabilidad México
Un Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad en México válido conforme al artículo 2606 del Código Civil Federal (CCF) y al artículo 85 de la LISR debe incluir los siguientes elementos esenciales para ser profesionalmente conforme y exigible:
Identificación de las partes y credenciales profesionales: el nombre legal completo, el RFC y el domicilio tanto del despacho contable o del CPC (prestador del servicio) como del cliente (persona física o moral). El contrato debe incluir el número de cédula profesional del contador expedida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la SEP y el número de membresía del IMCP o de certificación CPC. Para los servicios de auditoría, debe incluirse el número de registro de auditor ante la CNBV.
Alcance de los servicios contables: la descripción precisa de cada servicio incluido: la contabilidad mensual conforme al marco de las NIF; la contabilidad electrónica del SAT conforme al artículo 28 del CFF; las declaraciones mensuales provisionales de ISR e IVA; la declaración anual de ISR e IEPS; el procesamiento de nómina, incluidos los cálculos del SUA del IMSS y las presentaciones bimestrales del INFONAVIT; y la elaboración de los estados financieros (Balance General, Estado de Resultados y Estado de Flujos de Efectivo) conforme a las NIF aplicables.
Responsabilidades y obligaciones de información del cliente: la obligación del cliente de proporcionar información completa, exacta y oportuna (estados de cuenta, facturas CFDI, comprobantes de gastos, contratos de los empleados y notificaciones fiscales del SAT) dentro de los plazos pactados. Una asignación clara de responsabilidad que señale que las inexactitudes contables causadas por información incompleta del cliente son responsabilidad del cliente y no del contador.
Plazos y calendario de cumplimiento ante el SAT: un calendario de los plazos de presentación del SAT aplicables al cliente: las declaraciones provisionales mensuales de IVA e ISR (por lo general, a más tardar el día 17 del mes siguiente); las cuotas mensuales del IMSS (a más tardar el día 17 de cada mes); las aportaciones bimestrales del INFONAVIT; la declaración anual de ISR (a más tardar el 31 de marzo para las personas morales y el 30 de abril para las personas físicas). La obligación del contador de notificar al cliente las notificaciones del SAT, las órdenes de auditoría y las solicitudes de revisión electrónica recibidas a través del Buzón Tributario del SAT.
Facultades de representación: si el despacho contable está autorizado como representante legal fiscal del cliente ante el SAT, el IMSS, el INFONAVIT y las autoridades fiscales estatales (Secretarías de Finanzas estatales), y el alcance de esa facultad. Puede requerirse un poder notarial por separado o una delegación de la e.firma para la representación plena ante el SAT.
Honorarios profesionales, CFDI y pago: el honorario mensual o la estructura de honorarios por servicio en pesos, el IVA (16%) separado conforme a la LIVA, la obligación de emisión de CFDI conforme al artículo 29 del CFF y las fechas de vencimiento del pago. Los mecanismos de ajuste por inflación (INPC, Índice Nacional de Precios al Consumidor) y por los servicios adicionales más allá del alcance pactado.
Confidencialidad: el deber de secreto profesional del contador conforme al Código de Ética Profesional del IMCP, que se extiende a toda la información financiera, fiscal y de negocio del cliente. La obligación de confidencialidad sobrevive a la terminación del contrato y continúa durante al menos cinco años después de su terminación.
Responsabilidad por errores y sanciones del SAT: la asignación de la responsabilidad por las sanciones (multas), los recargos y las actualizaciones del SAT derivados de errores contables, ya sean causados por la negligencia del contador o por información incompleta del cliente. Los requisitos del seguro de responsabilidad profesional.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Contrato de Prestación de Servicios de Contabilidad en México como un punto de partida práctico. Los contratos que involucran trabajo de auditoría legal, representación en controversias ante el SAT o cumplimiento fiscal transfronterizo deben ser revisados por un CPC especializado en impuestos corporativos antes de su otorgamiento para confirmar el cumplimiento de los criterios vigentes del SAT y de las normas NIF.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Servicios de Contabilidad México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/business/services/contrato-servicios-contabilidad-mexico
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}Preguntas Frecuentes
Los contadores que prestan servicios profesionales de contabilidad en México deben contar con una Licenciatura en Contaduría Pública de una universidad reconocida por la SEP y con una Cédula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP) conforme a la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional. Para la designación de CPC (Contador Público Certificado) — la credencial profesional de mayor nivel — el contador debe ser miembro de un colegio afiliado al Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y aprobar el examen de certificación. Los CPC deben completar la educación profesional continua anual para mantener su certificación. Para el trabajo de auditoría externa estatutaria de entidades reguladas (bancos, aseguradoras, casas de bolsa), el despacho contable también debe estar registrado ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) como auditor externo autorizado. El contrato de servicios debe exigir al contador mantener y proporcionar la prueba de la Cédula Profesional y la certificación CPC vigentes durante todo el encargo.
La contabilidad electrónica es el sistema obligatorio de registro contable electrónico establecido por el Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que exige a las personas morales y a ciertas personas físicas mantener sus registros contables en formato XML utilizando software de contabilidad aprobado por el SAT (sistemas de contabilidad electrónica). El SAT exige la presentación mensual de: el Catálogo de Cuentas (en formato XML del SAT); la Balanza de Comprobación (al cierre de cada mes); y, a solicitud o al presentar una declaración de impuestos, los Auxiliares de Cuenta (libros mayores detallados de cuentas) y las Pólizas de Diario (asientos contables con las referencias de CFDI asociadas). La contabilidad electrónica debe cargarse a través del portal del SAT a más tardar el día 25 del mes siguiente al periodo reportado (aunque el SAT periódicamente suspende este requisito para periodos específicos). La falta de mantenimiento o presentación de los registros contables electrónicos exigidos activa sanciones del SAT conforme al Artículo 83 del CFF — multas que van de $230 a $23,000 MXN por infracción. El contrato de servicios contables debe incluir expresamente el mantenimiento de la contabilidad electrónica y su presentación ante el SAT como un entregable central.
Conforme al derecho mexicano, el contribuyente (el cliente — persona física o moral) sigue siendo el principal responsable ante el SAT de todas las obligaciones fiscales, sin importar que haya contratado a un contador. El SAT determina las sanciones (multas), los recargos (1.47% mensual conforme al Artículo 21 del CFF) y las actualizaciones (con base en el INPC) contra el contribuyente — no contra el contador. El contribuyente no puede transferir su responsabilidad ante el SAT al contador. Sin embargo, el contribuyente puede reclamar al contador los daños civiles conforme al Artículo 2606 del CCF si la sanción resultó de la negligencia o el error profesional del contador — siempre que el cliente haya proporcionado información completa y exacta a tiempo. El contrato de servicios contables debe incluir una cláusula de asignación de responsabilidad que distinga las sanciones causadas por el error del contador (responsabilidad del contador) de las causadas por la información incompleta o inexacta proporcionada por el cliente (responsabilidad del cliente). El seguro de responsabilidad profesional y los topes contractuales de indemnización brindan el mecanismo práctico de recuperación. El Código de Ética del IMCP impone disciplina profesional a los CPC por la contabilidad negligente — las sanciones del IMCP incluyen la censura, la suspensión y la expulsión de la membresía del IMCP.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) introducido por el Decreto del DOF del 12 de noviembre de 2021 — vigente desde el 1 de enero de 2022 — es un régimen fiscal simplificado para personas físicas con ingresos anuales por actividad profesional o empresarial que no excedan $3.5 millones MXN y para personas morales pequeñas elegibles que no excedan $35 millones MXN de ingresos anuales. Las personas físicas en RESICO pagan ISR a tasas reducidas del 1% al 2.5% sobre el ingreso bruto (en lugar de tasas progresivas de hasta el 35%) con declaraciones simplificadas. Un contador ayuda a los clientes en RESICO a: monitorear la acumulación de ingresos anuales frente al umbral de $3.5 millones para evitar la migración involuntaria al Régimen completo de Actividades Empresariales y Profesionales; presentar las declaraciones mensuales del RESICO a través del portal del SAT; asegurar que todos los ingresos estén soportados por CFDI emitidos (el régimen RESICO tiene requisitos estrictos de CFDI); gestionar las declaraciones de IVA (los clientes en RESICO pagan el IVA estándar del 16% aunque el ISR sea a tasas reducidas); y preparar la declaración anual ante el SAT. El contrato de servicios contables para clientes en RESICO debe identificar específicamente estas obligaciones simplificadas y los protocolos de alerta ante la cercanía del umbral.
Un despacho contable que presta servicios de nómina para una empresa mexicana administra obligaciones ante múltiples dependencias y sistemas. Ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), el contador calcula las cuotas patronales mensuales utilizando el SUA (Sistema Único de Autodeterminación) con base en el Salario Diario Integrado (SDI) de cada empleado, presenta los movimientos bimestrales de trabajadores ante el IMSS (altas, bajas, modificaciones salariales) y asegura el pago a más tardar el día 17 de cada mes para evitar los recargos del IMSS. Ante el INFONAVIT, el contador calcula y presenta las aportaciones bimestrales al fondo de vivienda. Para la retención del ISR, el contador calcula el ISR mensual retenido de los salarios de los empleados conforme a las tablas de tarifas del Artículo 96 de la LISR, presenta las declaraciones mensuales de retenciones patronales, emite las constancias anuales de percepciones y retenciones del ISR a los empleados a más tardar el 15 de febrero, y presenta la Declaración Informativa de Retenciones ante el SAT. El cálculo y pago del reparto de utilidades (PTU — Participación de los Trabajadores en las Utilidades) dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la declaración anual del ISR (a más tardar el 31 de mayo para personas morales) también suele incluirse en el alcance de la contabilidad de nómina.
Un despacho contable o un CPC puede actuar como representante fiscal del cliente ante el SAT si se le otorga facultad expresa a través del sistema del portal del SAT (utilizando la e.firma del cliente — Firma Electrónica Avanzada) o mediante un poder notarial para la representación ante el SAT conforme al Artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (CFF). El portal del SAT permite a los clientes agregar representantes autorizados (personas autorizadas) con alcances funcionales específicos — por ejemplo, autorizar al contador a ver y responder las notificaciones del Buzón Tributario, presentar declaraciones y solicitar certificados fiscales (Constancias de Situación Fiscal), sin otorgar una facultad de representación legal completa. Para los asuntos fiscales contenciosos — revisiones del SAT (revisiones de gabinete o visitas domiciliarias), interponer un recurso de revocación ante el SAT, o presentar un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) — debe contratarse a un Licenciado en Derecho con especialización en derecho fiscal (abogado fiscalista) junto con el despacho contable. El contrato de servicios contables debe especificar con claridad el alcance de la facultad de representación ante el SAT otorgada y exigir una autorización escrita separada para cualquier representación en procedimientos contenciosos.
Conforme al Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes deben conservar sus registros contables, la documentación de CFDI y los documentos de soporte por un mínimo de cinco años (el plazo estándar de prescripción de las auditorías del SAT conforme al Artículo 67 del CFF, ampliable a diez años en casos de fraude fiscal o cuando no se presentó una declaración). La pérdida o destrucción de los registros contables por incendio, robo o desastre debe notificarse de inmediato al SAT mediante un aviso de extravío de contabilidad y, si el origen es delictivo, debe presentarse una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) o el Ministerio Público estatal. La falta de notificación al SAT de los registros perdidos puede derivar en que el SAT aplique una determinación presunta de ingresos no declarados conforme al Artículo 55 del CFF, estableciendo una base gravable sobre ingresos estimados — a menudo significativamente mayor que el ingreso real. Los registros electrónicos mantenidos a través del sistema de contabilidad electrónica del SAT (según lo exige el Artículo 28 del CFF) se almacenan en los servidores del SAT, lo que proporciona un respaldo. El contrato de servicios contables debe incluir la obligación del contador de mantener copias de respaldo de todos los registros contables electrónicos y de resguardarlas de manera segura por todo el plazo de conservación del CFF.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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