Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México (CCF art. 2606)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS
Legal Services Retainer Agreement (Iguala Profesional)
Celebrado conforme al Artículo 2606 del Código Civil Federal y la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional
I. PARTES
PRESTADOR DEL SERVICIO (ABOGADO / DESPACHO JURÍDICO):
Nombre / Razón Social: [Attorney Name]
RFC: [Attorney RFC]
Cédula Profesional (DGP-SEP): [Cédula Profesional]
Colegio de Abogados / BMA: [Bar Association]
Domicilio: [Attorney Address]
CLIENTE:
Nombre / Razón Social: [Client Name]
RFC: [Client RFC]
Domicilio: [Client Address]
Representante Legal: [Client Representative]
Las Partes celebran el presente Contrato de Prestación de Servicios Jurídicos conforme a las siguientes cláusulas:
II. OBJETO DEL CONTRATO — ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Tipo de contratación: [Legal Service Type].
Servicios incluidos en la iguala: [Services Scope]
Asuntos excluidos de la iguala (requieren honorarios adicionales acordados por escrito): [Excluded Matters]
Alcance de representación procesal: [Representation Scope].
III. HONORARIOS — IGUALA Y PAGO
Iguala mensual: [Monthly Retainer], más IVA al 16% conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). El Abogado emitirá CFDI por cada pago recibido conforme al Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Fecha de pago: [Payment Due Date] de cada mes, mediante transferencia bancaria (SPEI) o el método acordado.
Cuota horaria para asuntos adicionales fuera del alcance: [Hourly Rate].
Cuota de éxito / cuota litis (si aplica): [Contingency Fee]. En su caso, el porcentaje de cuota de éxito pactado es considerado proporcional al servicio prestado y acordado libremente por las Partes conforme al Artículo 2606 CCF.
IV. SECRETO PROFESIONAL Y CONFIDENCIALIDAD
El Abogado se obliga a mantener en estricta confidencialidad toda la información del Cliente a la que tenga acceso en virtud del presente contrato, conforme al Artículo 2606 CCF y al Código de Ética Profesional de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA). Las comunicaciones entre el Abogado y el Cliente están protegidas por el secreto profesional, reconocido en el Artículo 36 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para asuntos penales.
El Abogado declara que cumplirá con las obligaciones de identificación del cliente (KYC) y reporte de actividades vulnerables ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, cuando los servicios prestados así lo requieran conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
V. VIGENCIA Y TERMINACIÓN
El presente contrato inicia el [Contract Start Date] y tendrá la siguiente vigencia: [Contract Term].
Aviso de terminación: [Termination Notice]. Conforme al Artículo 2606 CCF, el Cliente podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier momento, sujeto al pago de los honorarios correspondientes a los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de terminación. El Abogado podrá retirarse del asunto por falta de pago, conflicto de interés, o instrucción del Cliente de actuar en forma contraria a la ética, con aviso previo suficiente para que el Cliente pueda contratar asesoría sustituta sin menoscabo de sus derechos.
VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil Federal (CCF), la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional, y las normas éticas de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), todos de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las Partes se someten a los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal competentes.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
ABOGADO / DESPACHO JURÍDICO:
[Attorney Name]
Cédula Profesional: [Cédula Profesional]
Firma: _________________________
CLIENTE:
[Client Name]
Representado por: [Client Representative]
Firma: _________________________
Attorney / Law Firm (Abogado / Despacho Jurídico)
________________
Signature
Client (Cliente)
________________
Signature
Qué es Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México (CCF art. 2606)
El Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala en México es un documento legal conforme al Código Civil Federal Artículo 2606 y la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional. Define el alcance de la representación legal, asesoría jurídica corporativa, honorarios e iguala mensual entre Licenciado en Derecho y cliente.
El marco jurídico fundamental de la relación abogado-cliente en México deriva del Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que protege la libertad de ejercicio de profesiones liberales (libertad de trabajo profesional). La Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional regula los requisitos para el ejercicio profesional: todos los abogados deben contar con Cédula Profesional de Licenciado en Derecho expedida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP). El ejercicio de la abogacía sin cédula profesional vigente constituye el delito federal de ejercicio ilegal de profesión bajo el Artículo 250 del Código Penal Federal.
La ética profesional del abogado mexicano se rige principalmente por el Código de Ética Profesional de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) — la asociación colegial voluntaria más destacada del país — y por el Código de Ética del Consejo de la Judicatura Federal para abogados que comparecen ante tribunales federales. A diferencia de las jurisdicciones del common law, México no cuenta con colegiación obligatoria — la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en el Amparo en Revisión 2021/2009 que la membresía obligatoria viola el Artículo 5 constitucional.
Para servicios de litigio, los abogados que representan a clientes ante tribunales federales — Juzgados de Distrito, Tribunales Colegiados de Circuito y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) — deben cumplir con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) y el Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC). El litigio ante tribunales estatales se rige por los Códigos de Procedimientos Civiles Estatales. Para procedimientos penales, el abogado debe cumplir con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI, DOF 17 de octubre de 2012) designa como actividades vulnerables ciertos servicios jurídicos — operaciones inmobiliarias, administración de personas morales, fideicomisos y vehículos de inversión. Para estos servicios, los abogados deben identificar al cliente (conoce a tu cliente — KYC), conservar registros de identificación y presentar reportes de actividades vulnerables ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP cuando las operaciones superen los umbrales monetarios definidos. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes.
Cuándo necesitas Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México (CCF art. 2606)
El Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala en México es necesario cada vez que una empresa o persona contrata a un abogado mexicano o despacho jurídico para asesoría legal continua, representación en litigios, soporte jurídico corporativo o un proyecto legal definido — y es práctica exigida por el Artículo 2606 del CCF para documentar la relación de servicios profesionales.
El contrato de iguala es indispensable para empresas que requieren servicios de asesoría jurídica corporativa — incluyendo revisión y elaboración de contratos, cumplimiento de gobierno corporativo bajo la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), trámites ante el Registro Público de Comercio (RPC) y asesoría en materia laboral bajo la Ley Federal del Trabajo (LFT). Las empresas emergentes y pequeñas y medianas empresas (Pymes) en Monterrey, Guadalajara, Querétaro y Ciudad de México contratan despachos jurídicos mediante iguala mensual para contar con soporte legal de costo predecible.
Las empresas extranjeras que establecen operaciones en México mediante subsidiaria registrada como S.A. de C.V. o SAPI de C.V. bajo la LGSM, o mediante sucursal u oficina de representación, requieren contrato de iguala con un despacho mexicano para: cumplimiento fiscal ante el SAT y la SHCP; obligaciones patronales ante el IMSS e INFONAVIT; trámites ante la Secretaría de Economía (SE) bajo la Ley de Inversión Extranjera (LIE); y obligaciones de notificación de concentraciones ante la COFECE (Comisión Federal de Competencia Económica) bajo la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
Las empresas sujetas a cumplimiento regulatorio continuo — instituciones financieras supervisadas por la CNBV, aseguradoras reguladas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), afores supervisadas por la CONSAR — requieren contratos de iguala con abogados especializados para gestionar presentaciones regulatorias, renovaciones de licencia y respuestas a visitas de inspección.
El contrato de iguala es necesario para operaciones inmobiliarias — adquisición de bienes inmuebles bajo la Ley General de Bienes Nacionales y los códigos civiles estatales, conversión de tierra ejidal (regularización de ejidos) bajo la Ley Agraria, y arrendamientos comerciales regidos por los códigos civiles estatales — donde el soporte jurídico continuo justifica la estructura de iguala en lugar de un encargo por asunto. La asesoría de un abogado con experiencia en derecho mexicano resulta recomendable para verificar que el documento cumpla con todos los requisitos legales aplicables al caso concreto.
Qué incluir en tu Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México (CCF art. 2606)
El Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala válido en México conforme al Artículo 2606 del CCF y la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional debe incluir los siguientes elementos esenciales para el cumplimiento profesional y su exigibilidad.
Identificación de las partes y credenciales profesionales: Nombre completo, RFC y domicilio tanto del abogado o despacho jurídico (prestador del servicio) como del cliente (persona física o moral). El contrato debe incluir el número de Cédula Profesional de Licenciado en Derecho expedida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la SEP — la licencia profesional que autoriza el ejercicio de la abogacía bajo la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional. Para despachos organizados como sociedades civiles o asociaciones civiles, debe identificarse la cédula del socio responsable del encargo. De manera opcional pero recomendable: número de membresía en la BMA o en el colegio de abogados estatal.
Alcance de los servicios jurídicos: Definición precisa de los asuntos cubiertos por la iguala — asesoría jurídica corporativa, redacción y revisión de contratos, cumplimiento laboral, representación en litigios ante tribunales específicos, trámites regulatorios, o una combinación. La cláusula de alcance debe identificar expresamente los asuntos excluidos de la iguala (por ejemplo, defensa penal, procedimientos aduaneros o registro de propiedad intelectual) que requerirán un encargo separado.
Iguala y facturación: La iguala mensual en MXN, el IVA (16% conforme a la LIVA) indicado por separado, la fecha límite de pago y la cuenta bancaria para transferencia SPEI. La obligación de emisión de CFDI bajo el Artículo 29 del CFF. Para asuntos de litigio o proyectos facturados por separado de la iguala, la cuota horaria o el honorario por proyecto y el ciclo de facturación. Disposiciones para gastos y erogaciones — aranceles judiciales, honorarios notariales, honorarios de peritos — facturados al costo más cargo administrativo.
Limitaciones del alcance y conflictos de interés: La obligación del abogado de notificar al cliente de inmediato al detectar un conflicto de interés (conflicto de interés) conforme al Código de Ética de la BMA — y de retirarse del encargo si el conflicto no puede resolverse con consentimiento del cliente. El derecho del abogado a declinar asuntos fuera de su área de especialización (especialidad profesional) con referencia a abogados competentes.
Secreto profesional y confidencialidad: Reconocimiento de que todas las comunicaciones entre el abogado y el cliente están protegidas por el secreto profesional bajo el Artículo 2606 CCF, el Código de Ética de la BMA y el Artículo 36 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para asuntos penales. Obligaciones de prevención de lavado de dinero conforme a la LFPIORPI — la obligación del abogado de realizar debida diligencia del cliente (KYC) y, en casos definidos, presentar reportes de actividades vulnerables ante la UIF.
Autorización de representación y poder notarial: Si la iguala otorga al abogado autorización para representar al cliente ante tribunales y autoridades administrativas, o se limita a servicios de asesoría. La representación procesal ante tribunales mexicanos requiere poder notarial o poder ante testigos bajo el Artículo 310 del CFPC o el código procesal estatal aplicable.
Arreglos de contingencia y cuota de éxito: Cuando alguna parte de los honorarios sea contingente al resultado (cuota de éxito o cuota litis), el porcentaje o la fórmula de cálculo deben acordarse por escrito. Los tribunales mexicanos han reconocido la facultad judicial de reducir arreglos de cuota litis superiores al 30% de la recuperación cuando se consideran excesivos.
Vigencia, renovación y terminación: Plazo inicial de la iguala, condiciones de renovación y períodos de aviso para terminación por cualquiera de las partes bajo el Artículo 2606 CCF — que permite al cliente dar por terminados los servicios profesionales en cualquier momento, sujeto al pago de los servicios prestados. El derecho del abogado a retirarse por impago, conducta indebida del cliente o conflicto de interés, con notificación oportuna.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México como punto de partida práctico. Las igualas para litigios de alto valor, encargos transfronterizos y asuntos ante la SCJN o los Tribunales Colegiados de Circuito deben documentarse con el apoyo de un Licenciado en Derecho de trayectoria familiarizado con los requisitos procesales federales y las normas éticas de la BMA.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Servicios Jurídicos con Iguala México (CCF art. 2606) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/business/services/contrato-servicios-juridicos-iguala-mexico
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Los honorarios profesionales es el término general para los honorarios cobrados por un abogado en México — típicamente por un asunto específico o facturados por hora por el trabajo realizado. La iguala es un honorario periódico de retención — generalmente mensual — pagado a un abogado o despacho jurídico a cambio de un alcance definido de servicios jurídicos continuos disponibles durante el período de la iguala. La iguala es común entre las empresas mexicanas que requieren soporte legal continuo para revisión de contratos, asuntos laborales, cumplimiento regulatorio y gobierno corporativo del día a día sin contratar a un abogado diferente para cada asunto. El monto de la iguala se acuerda en el contrato y no fluctúa según el volumen de trabajo efectivamente realizado dentro del alcance acordado. Los asuntos fuera del alcance definido — litigios de gran envergadura, procedimientos regulatorios ante la COFECE o la CNBV, o transacciones de fusiones y adquisiciones — típicamente se facturan por separado a tarifas de honorarios acordadas o mediante honorario por proyecto. Tanto la iguala como los honorarios deben estar amparados por CFDI expedido por el abogado bajo el Artículo 29 del CFF, y se aplica IVA al 16% bajo el Artículo 14 de la Ley del IVA.
El secreto profesional del abogado (secreto profesional o privilegio abogado-cliente) está protegido bajo el derecho mexicano mediante múltiples fuentes. El Artículo 2606 del Código Civil Federal impone un deber de confidencialidad a todos los profesionales — incluyendo abogados — respecto a la información recibida en el ejercicio de sus servicios. El Código de Ética Profesional de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) prohíbe a los abogados divulgar información del cliente sin su consentimiento. El Artículo 36 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) prohíbe expresamente usar como prueba cualquier comunicación entre un abogado defensor y su cliente. Sin embargo, el secreto profesional mexicano no es absoluto — no protege las comunicaciones realizadas para cometer un delito futuro (la excepción de actividad delictiva) y no exime a los abogados de las obligaciones de reporte antilavado bajo la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), que exige a los abogados presentar reportes de actividades vulnerables ante la UIF para ciertas operaciones definidas que involucren bienes raíces, reestructuras corporativas y servicios fiduciarios.
Bajo el Artículo 2606 del Código Civil Federal, un cliente puede dar por terminado un contrato de servicios profesionales — incluyendo una iguala de servicios jurídicos — en cualquier momento, sujeto al pago al abogado de los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de terminación. El CCF no permite cláusulas penales que efectivamente prohíban al cliente ejercer este derecho de terminación, ya que ello violaría el principio de libertad de ejercicio profesional del Artículo 5 de la Constitución. Sin embargo, el contrato de iguala puede incluir un período de aviso (típicamente 30 a 60 días) para la terminación, durante el cual ambas partes continúan con sus obligaciones — lo que proporciona al abogado certeza de ingresos durante la transición y da al cliente tiempo para contratar abogado sustituto sin una brecha en la cobertura jurídica. El abogado también tiene derecho a retirarse del encargo bajo el Código de Ética de la BMA por impago, conflicto de interés irreconciliable o instrucción del cliente de actuar de manera no ética — sujeto a proporcionar al cliente aviso anticipado razonable y sin abandonar asuntos de litigio en curso en un momento crítico.
Los abogados mexicanos quedan designados como 'actividades vulnerables' conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI, DOF 17 de octubre de 2012) cuando prestan servicios que involucran: operaciones inmobiliarias (compraventa de inmuebles); la administración de personas morales, fideicomisos o vehículos de inversión; y la administración de fondos o activos de clientes. Para estos servicios, los abogados deben: realizar la debida diligencia del cliente (identificación del cliente — KYC) obteniendo identificación oficial, RFC e información del beneficiario controlador; conservar los registros de identificación del cliente durante cinco años; y presentar reportes de actividades vulnerables ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP cuando las operaciones alcancen los umbrales monetarios definidos (típicamente $7,490,000 MXN para inmuebles, o cualquier operación que involucre a personas políticamente expuestas — PEP). El incumplimiento de las obligaciones de la LFPIORPI expone al abogado a multas administrativas del SAT (que administra la LFPIORPI para la profesión jurídica) de $200 a $2,000,000 MXN. El contrato de iguala jurídica debe incluir una cláusula de consentimiento del cliente para la recopilación de datos KYC de la LFPIORPI y reconocer las obligaciones de reporte del abogado.
Los honorarios de los abogados en México no están sujetos a un arancel obligatorio para la mayoría de los servicios jurídicos privados — el principio de libertad contractual (autonomía de la voluntad) del Código Civil Federal permite a las partes pactar cualquier monto de honorarios. Sin embargo, varias fuentes regulatorias inciden en los arreglos de honorarios. Los aranceles estatales — listas de honorarios expedidas por los gobiernos estatales — aplican a actos específicos como los servicios notariales y la mediación anexa a los tribunales, pero generalmente no regulan los honorarios privados de iguala entre abogado y cliente. Para los honorarios de éxito (cuota litis), los tribunales mexicanos han reconocido la facultad judicial de reducir los arreglos de cuota litis excesivos conforme al Artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación cuando se considera que son leoninos o contrarios a la ética profesional. El Código de Ética de la BMA exige que los honorarios de los abogados sean proporcionales a los servicios prestados, la complejidad del asunto, la experiencia del abogado y el beneficio económico para el cliente — los honorarios desproporcionadamente altos pueden ser impugnados ante el comité disciplinario de la BMA (Comisión de Honor y Justicia). Para los asuntos de contratación pública, los honorarios de los abogados por servicios jurídicos a las dependencias federales se rigen por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP).
Un abogado mexicano que cuenta con una Cédula Profesional de Licenciado en Derecho válida de la DGP-SEP puede representar a sus clientes ante todos los tribunales y tribunales administrativos mexicanos — no existe un requisito de admisión a un tribunal por separado, análogo a la admisión a la barra (bar admission) en Estados Unidos. Los tribunales federales incluyen: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); los Tribunales Colegiados de Circuito y los Tribunales Unitarios de Circuito (tribunales federales de apelación intermedios); y los Juzgados de Distrito (tribunales federales de primera instancia) para asuntos civiles, administrativos, penales, laborales y de amparo. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) atiende las controversias fiscales y administrativas federales. Los tribunales estatales — Tribunales Superiores de Justicia de los Estados, Juzgados Civiles, Penales y Familiares — atienden los asuntos de derecho estatal conforme a sus respectivos códigos procesales estatales. La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) — o, desde la reforma a la LFT de 2019, los Tribunales Laborales Federales — resuelven las controversias laborales federales. El contrato de iguala debe especificar los tribunales y jurisdicciones dentro de los cuales el abogado está autorizado a representar al cliente, particularmente para los despachos con oficinas en varios estados.
Un abogado que incumple sus obligaciones profesionales conforme a un contrato de iguala en México enfrenta consecuencias civiles, profesionales y, potencialmente, penales. En cuanto a la responsabilidad civil, el cliente puede ejercer una reclamación por daños y perjuicios (daños reales y consecuenciales) conforme a los Artículos 2606 y 1910 a 1934 del Código Civil Federal, probando que la negligencia o el abandono del asunto por parte del abogado causó un perjuicio específico — por ejemplo, perder un caso por no presentar escritos dentro de los plazos o por no comparecer a una audiencia. La disciplina profesional la atiende la Dirección General de Profesiones (DGP) de la SEP, que puede sancionar, suspender o revocar la Cédula Profesional del abogado por faltas profesionales graves. Si el abogado es miembro de la BMA, la Comisión de Honor y Justicia de la BMA puede imponer sanciones que incluyen la censura pública y la expulsión. La responsabilidad penal puede surgir conforme al Artículo 231 del Código Penal Federal para los abogados que representan intereses opuestos de manera simultánea (representar a clientes en conflicto), abandonan un caso en un momento crítico (abandono del asunto) o engañan fraudulentamente al cliente sobre el estado del procedimiento — el delito de prevaricato se sanciona con prisión de seis meses a cuatro años.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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