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Acuerdo de Servicios Freelance España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 3 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 1
Acuerdo de Servicios Freelance
Freelance Services Agreement Spain (Acuerdo de Servicios Freelance)

ACUERDO DE SERVICIOS FREELANCE

Regulado por el artículo 11 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, y por los artículos 1583 a 1587 del Código Civil.

Partes

1. PARTES

AUTÓNOMO (TRABAJADOR AUTÓNOMO): [Freelancer Name], DNI/NIE [Freelancer DNI], domicilio: [Freelancer Address], n.º RETA [RETA Number], código IAE: [IAE Code]. Condición TRADE: [TRADE Status].

CLIENTE: [Client Name], NIF [Client NIF], domicilio: [Client Address], representado por [Client Representative].

Declaración de Independencia

2. INDEPENDENCIA Y NATURALEZA DE LA RELACIÓN

El Autónomo presta los servicios como profesional autónomo independiente, con su propia organización, horario y métodos de trabajo. El Autónomo no está sujeto a la autoridad organizativa ni a la dirección (dependencia) del Cliente. Este Acuerdo no constituye un contrato de trabajo conforme al artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015). El Autónomo utiliza sus propias herramientas y medios materiales y asume el riesgo económico de su actividad profesional.

Servicios

3. SERVICIOS Y ENTREGABLES

Entregables principales: [Deliverables]

Período contractual: del [Start Date] al [End Date].

Honorarios y Pago

4. HONORARIOS Y PAGO

Honorarios: [Fee Amount] EUR (sin IVA) en concepto de [Fee Structure]. Se añadirá el IVA al [VAT Rate]% a cada factura.

Retención de IRPF: El Cliente aplicará una retención del [IRPF Withholding]% sobre el importe de cada factura y la ingresará ante la AEAT mediante el Modelo 111, conforme a lo exigido por el artículo 95 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007).

Condiciones de pago: [Payment Terms]. Los intereses de demora se devengarán a un tipo de 8 puntos porcentuales por encima del tipo de referencia del BCE, conforme a la Ley 3/2004 de morosidad.

Propiedad Intelectual

5. PROPIEDAD INTELECTUAL

Régimen de propiedad intelectual: [IP Arrangement]. Cualquier cesión de derechos de propiedad intelectual estará sujeta a los requisitos del artículo 43 de la Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996) y solo comprenderá los derechos conocidos en la fecha de este Acuerdo. Los derechos morales previstos en los artículos 14 a 16 de la LPI son irrenunciables e intransmisibles.

Confidencialidad

6. CONFIDENCIALIDAD

El Autónomo mantendrá estricta confidencialidad sobre toda la información empresarial, secretos empresariales y datos del Cliente durante [Confidentiality Period] años tras la finalización del contrato. Los secretos empresariales están protegidos por la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

Terminación

7. TERMINACIÓN

Cualquiera de las partes podrá resolver este Acuerdo mediante preaviso por escrito de 30 días. Se permite la resolución inmediata en caso de incumplimiento grave. Tras la terminación, el Cliente abonará todos los honorarios por el trabajo realizado hasta la fecha de terminación. Para los trabajadores TRADE, se aplicarán los plazos mínimos de preaviso previstos en el artículo 15 de la Ley 20/2007.

Ley Aplicable

8. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este Acuerdo se rige por el derecho español. Las controversias se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil competente (para disputas mercantiles) o ante el Juzgado de lo Social (para disputas de recalificación laboral) del domicilio del Cliente.

Firmas

9. FIRMAS

Firmado el [Start Date].

Autónomo

[Freelancer Name]

Cliente

[Client Name]

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Servicios Freelance España

El Acuerdo de Servicios Freelance en España es un contrato escrito entre un trabajador autónomo y un cliente que establece las condiciones de prestación de servicios profesionales independientes, regulado principalmente por la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA), y complementado por los artículos 1583 a 1587 del Código Civil (contrato de servicios) y los artículos 1544 a 1603 (contrato de obra). El Artículo 11 de la LETA regula específicamente los contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE), imponiendo forma escrita obligatoria y protecciones reforzadas.

La distinción jurídica fundamental entre un acuerdo freelance y un contrato de trabajo en España radica en la ausencia de las tres notas características de la relación laboral conforme al Artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015): trabajo personal, retribución y subordinación bajo la dirección y control del empresario (dependencia y ajenidad). El contrato freelance presupone independencia y la propia organización del tiempo, métodos y recursos del trabajador. Los tribunales españoles —principalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo— aplican un análisis multifactorial examinando la conducta efectiva de las partes, más que la etiqueta contractual, conforme a la doctrina de la primacía de la realidad.

La LETA distingue entre autónomos ordinarios y trabajadores TRADE. Un trabajador TRADE es un profesional autónomo que percibe el 75 % o más de sus ingresos anuales de un solo cliente conforme al Artículo 11.1 de la LETA. El estatus TRADE otorga protecciones legales similares al empleo: mínimo 18 días laborables de vacaciones anuales, máximo 12 horas de actividad diaria efectiva y derecho a resolver el contrato por incumplimiento grave del cliente sin pérdida de honorarios pendientes. Los contratos TRADE deben registrarse ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en los 10 días hábiles siguientes a su formalización.

Todos los profesionales freelance que desarrollen su actividad en España deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en los 60 días anteriores al inicio de la actividad conforme al Artículo 7.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015), y registrar su actividad económica (alta en el IAE) ante la Agencia Tributaria. Los autónomos deben presentar también declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303) y pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130 en estimación directa o Modelo 131 en estimación objetiva —módulos—) conforme a la Ley 35/2006 del IRPF.

La Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y el Real Decreto-Ley 13/2022 modificaron significativamente el sistema de cotización al RETA, introduciendo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales implantado progresivamente desde 2023, que sustituye al anterior sistema de bases fijas. Con el nuevo sistema, los autónomos cotizan según sus rendimientos netos mensuales estimados en una de 15 tramos de ingresos, con cuotas mensuales de entre 230 € y 590 € para 2024, pudiendo cambiar de tramo hasta 6 veces al año a través del sistema Import@ss de la TGSS.

Cuándo necesitas Acuerdo de Servicios Freelance España

El Acuerdo de Servicios Freelance en España es necesario cuando un trabajador autónomo se compromete a prestar servicios a un cliente de forma puntual o continuada, y las partes desean documentar su relación comercial, definir los entregables, honorarios y derechos de propiedad intelectual, y protegerse frente a disputas relativas al alcance, los pagos o la resolución del contrato.

Se precisa cuando un profesional creativo —diseñador gráfico, redactor, fotógrafo, desarrollador web o consultor— presta servicios a una empresa española (sociedad limitada o sociedad anónima) y el cliente necesita un contrato escrito para la documentación de cuentas por pagar, la deducibilidad fiscal de los honorarios conforme a la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y la acreditación de la naturaleza independiente (no laboral) de la relación.

El acuerdo se requiere cuando un profesional freelance extranjero presta servicios de forma remota a un cliente español —el acuerdo establece la ley aplicable y el fuero, habitualmente tribunales españoles conforme al Reglamento (UE) 1215/2012 (Bruselas I bis) para contratistas domiciliados en la UE, y documenta la prestación transfronteriza a efectos del IVA bajo el mecanismo de inversión del sujeto pasivo del Artículo 69 de la Ley 37/1992 del IVA—.

El acuerdo es necesario cuando existe una relación TRADE —el freelancer percibe el 75 % o más de sus ingresos de un solo cliente—, exigiendo forma escrita obligatoria y registro ante el SEPE conforme al Artículo 12 de la Ley 20/2007. Sin contrato escrito firmado, el trabajador TRADE no puede invocar las protecciones legales y el Juzgado de lo Social puede recalificar la relación como laboral.

Se requiere cuando el encargo implica la creación de propiedad intelectual —software, diseños, contenidos escritos u obras audiovisuales— regida por el Real Decreto Legislativo 1/1996 (Ley de Propiedad Intelectual — LPI). El acuerdo debe abordar expresamente la cesión o licencia de los derechos de propiedad intelectual, ya que el derecho de autor español presume que los derechos permanecen en el autor salvo cesión expresa por escrito conforme al Artículo 43 de la LPI.

También se precisa para trabajadores de plataformas digitales, especialmente tras la Ley Rider (Real Decreto-Ley 9/2021), que estableció una presunción iuris tantum de laboralidad para los trabajadores de plataformas de reparto —un acuerdo freelance bien estructurado con evidencia real de independencia ayuda a desvirtuar esta presunción donde la relación es genuinamente autónoma—.

El Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) rige los contratos, despidos y condiciones laborales en España. La TGSS administra las cotizaciones a la Seguridad Social. El SEPE gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social supervisa el cumplimiento laboral. Los Juzgados de lo Social resuelven los conflictos conforme a la Ley 36/2011.

Qué incluir en tu Acuerdo de Servicios Freelance España

Un Acuerdo de Servicios Freelance válido en España conforme a la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo y al Código Civil debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las partes: Nombre completo, DNI/NIE/NIF y domicilio del autónomo y del cliente. Para el autónomo, incluir el número de afiliación al RETA, el epígrafe del IAE y, si está dado de alta en IVA, el NIF-IVA. Para el cliente, incluir el NIF y los datos de inscripción en el Registro Mercantil si es persona jurídica.

Objeto de los servicios: Descripción precisa de los servicios a prestar —entregables, especificaciones técnicas, estándares de calidad y exclusiones del alcance—. Las definiciones vagas del alcance son la principal fuente de disputas en las relaciones freelance; el Artículo 1261 del Código Civil exige un objeto determinado para la validez del contrato. En los contratos TRADE, la descripción debe reflejar la independencia y autonomía organizativa del trabajador.

Honorarios y condiciones de pago: Los honorarios acordados —precio cerrado, tarifa horaria o retención mensual—, el calendario de pagos, los métodos de pago aceptados y el tipo de interés de demora aplicable. Los intereses de demora en operaciones comerciales entre profesionales se rigen por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, que fija el tipo legal en 8 puntos porcentuales sobre el tipo de referencia del Banco Central Europeo.

IVA y retenciones fiscales: Si los honorarios se expresan con o sin IVA, el tipo aplicable (21 % para la mayoría de servicios profesionales conforme a la Ley 37/1992) y la obligación del cliente de practicar retención de IRPF al 15 % (7 % para autónomos en sus tres primeros años) conforme al Artículo 95 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007). Deben observarse los requisitos de facturación del Real Decreto 1619/2012.

Entregables y plazos: Entregables específicos con fechas acordadas, calendario de hitos, procedimiento de aceptación y consecuencias de retrasos imputables a cada parte. Para contratos de precio cerrado, un procedimiento claro de órdenes de cambio previene el desvío del alcance.

Cláusulas de independencia: Reconocimiento expreso de que el autónomo presta servicios de forma autónoma e independiente, organiza su propio tiempo de trabajo y métodos, utiliza sus propios medios materiales y no está sujeto al poder directivo del cliente. Estas cláusulas son críticas para acreditar la naturaleza no laboral de la relación ante la Inspección de Trabajo y los Juzgados de lo Social.

Propiedad intelectual: Cesión o licencia de los derechos de propiedad intelectual sobre las obras creadas en ejecución del acuerdo, especificando el alcance, territorio y duración de la licencia. Conforme al Artículo 43 de la Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996), la cesión debe constar por escrito y sólo puede abarcar los derechos conocidos al tiempo de la cesión.

Confidencialidad: Obligación de confidencialidad profesional sobre la información empresarial, secretos comerciales y datos del cliente, con un período de vigencia definido tras la extinción del contrato. Los secretos empresariales están protegidos por la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

Extinción: Causas de resolución por cada parte —incumplimiento esencial, insolvencia y desistimiento unilateral con preaviso—, el período de preaviso aplicable y las consecuencias de la extinción anticipada. Para los trabajadores TRADE, el Artículo 15 de la Ley 20/2007 establece requisitos mínimos de preaviso.

Resolución de disputas: Ley aplicable (derecho español), fuero (Juzgados de lo Mercantil para disputas comerciales; Juzgados de lo Social para conflictos de recalificación) y cualquier mecanismo de resolución alternativa de conflictos acordado (mediación, arbitraje). Forms-legal.com ofrece este modelo de Acuerdo de Servicios Freelance para España como punto de partida; los arreglos complejos entre múltiples partes deben ser revisados por un abogado mercantilista cualificado. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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