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Contrato de Factoring (España)

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 25 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 2
Contrato de Factoring
Factoring Agreement Spain (Contrato de Factoring)

Cesión de Créditos Comerciales — Factoring Agreement

Regulado por los artículos 1255 y 1526–1536 del Código Civil; supervisado por el Banco de España

1. PARTES

EMPRESA CLIENTE / CEDENTE:

Denominación: [Cedente Name]

NIF/CIF: [Cedente NIF]

Domicilio social: [Cedente Address]

EMPRESA DE FACTORING / FACTOR:

Denominación: [Factor Name]

NIF/CIF: [Factor NIF]

2. ESTRUCTURA DEL FACTORING

Tipo de factoring: [Factoring Type]

Notificación al deudor: [Notification Type]

En virtud de este Contrato, [Cedente Name] (Cedente) cede a [Factor Name] (Factor) sus créditos comerciales a corto plazo derivados de la venta de bienes o la prestación de servicios, mediante cesión de créditos conforme a los artículos 1526–1536 del Código Civil. La cesión no requiere el consentimiento de los deudores cedidos — los deudores serán notificados mediante [Notification Type], de conformidad con el artículo 1527 CC.

3. CONDICIONES FINANCIERAS

Línea de factoring total: [Credit Line]

Tasa de anticipo: [Advance Rate]

Plazo máximo de pago de los créditos: [Max Payment Term]

Comisión de gestión: [Management Commission] — sujeta a IVA al 21% conforme a la Ley 37/1992.

Tipo de interés o de descuento: [Financing Rate] — exento de IVA conforme al artículo 20.Uno.18 de la Ley 37/1992 por tratarse de un servicio financiero.

4. MANIFESTACIONES DEL CEDENTE

[Cedente Name] manifiesta y garantiza que cada crédito cedido: (a) es genuino, legalmente exigible y deriva de la entrega efectiva de bienes o de la prestación efectiva de servicios; (b) está libre de litigios, reconvenciones y cargas; (c) no ha sido cedido previamente a ningún tercero; y (d) cumple los criterios de elegibilidad establecidos por [Factor Name].

[Cedente Name] notificará de inmediato a [Factor Name] cualquier litigio con el deudor o cualquier hecho que pueda menoscabar un crédito cedido.

5. DISPOSICIONES CONCURSALES

Este Contrato y las cesiones realizadas en su virtud se han redactado con la finalidad de cumplir el artículo 200 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC — RDL 1/2020). Los créditos cedidos válidamente a [Factor Name] con anterioridad a la declaración de concurso de acreedores de [Cedente Name] no formarán parte de la masa activa de dicho concurso.

6. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este Contrato se rige por el derecho español — los artículos 1255 y 1526–1536 del Código Civil y el marco de supervisión aplicable del Banco de España. Las controversias se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil de [Signing City].

FIRMAS

CEDENTE:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

FACTOR:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Cedente (Empresa Cliente)

________________

Signature

Factor (Empresa de Factoring)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Factoring (España)

El Contrato de Factoring es, en España, el contrato escrito regulado por Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), art. 1255; Ley 1/1999 de Entidades de Capital-Riesgo, que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.

El sector del factoring en España está representado por la Asociación Española de Factoring (AEF) y opera bajo la supervisión del Banco de España, ya que las actividades de factoring son realizadas habitualmente por entidades de crédito (bancos) o entidades de pago reguladas conforme a la Ley 16/2009 de Servicios de Pago. Los principales factores españoles son CaixaBank Factoring, Santander Factoring, BBVA Factoring, Sabadell Factoring, Bankinter Factoring y factores no bancarios especializados. El Registro Mercantil mantiene los datos de las sociedades cedentes y factores que operan como sociedades anónimas o sociedades limitadas.

Existen dos estructuras principales en el mercado español de factoring. El factoring sin recurso transfiere el riesgo de insolvencia del deudor del cedente al factor — si el deudor cedido no paga el crédito cedido por insolvencia, el factor asume la pérdida sin poder recuperar el anticipo del cedente. Esta estructura permite dar de baja los créditos del balance del cedente a efectos contables conforme a la NRV 23 del Plan General Contable (PGC — Real Decreto 1514/2007) y la NIIF 9. El factoring con recurso mantiene el riesgo de crédito en el cedente — si el deudor impaga, el factor puede reclamar al cedente la devolución del anticipo. Esta estructura se asemeja más a un préstamo garantizado sobre créditos y no permite la baja en balance conforme al PGC.

La cesión de créditos en el marco del factoring conforme a los artículos 1526–1536 del Código Civil no requiere el consentimiento del deudor — el cedente simplemente notifica al deudor que los pagos futuros deben realizarse al factor. Hasta la notificación, el deudor que paga al cedente extingue válidamente su deuda conforme al Artículo 1527 CC. Los factores españoles utilizan habitualmente el burofax (servicio de comunicación certificada de Correos que acredita la entrega y el contenido) para notificar a los deudores y tener certeza documental de la notificación.

Cuándo necesitas Contrato de Factoring (España)

El Contrato de Factoring en España es necesario cuando una empresa española tiene un volumen significativo de créditos comerciales con plazos de cobro de 30 a 120 días y necesita capital circulante inmediato para financiar sus operaciones, sin incurrir en deuda bancaria tradicional que figurase como pasivo en su balance bajo estructuras de factoring sin recurso.

Se requiere el Contrato de Factoring cuando una empresa que suministra bienes o servicios a grandes cuentas o Administraciones Públicas se enfrenta a plazos de pago prolongados — conforme a la Ley 3/2004 de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, el plazo máximo legal es de 60 días para las operaciones comerciales y 30 días para los pagos de la Administración Pública — y utiliza el factoring para convertir los créditos diferidos en liquidez inmediata.

El Contrato de Factoring es necesario cuando una empresa con una cartera de deudores concentrada (alta concentración de riesgo en pocos clientes) desea transferir el riesgo de crédito de esos deudores al factor mediante factoring sin recurso, protegiendo así su balance frente a un eventual impago catastrófico derivado de la insolvencia de un cliente clave declarado en concurso de acreedores conforme al TRLC.

Se requiere el Contrato de Factoring cuando una empresa exportadora española utiliza el factoring internacional a través del sistema de doble factor de FCI (Factors Chain International) — un factor exportador español y un factor importador extranjero en el país del comprador colaboran para gestionar el riesgo de crédito y los cobros de los créditos transfronterizos.

El factoring también es necesario cuando una empresa española en rápido crecimiento no puede acceder a líneas de crédito bancarias suficientes para financiar su ciclo de capital circulante — la cartera de créditos del cedente sirve como garantía principal de la línea de factoring, con disponibilidad que escala automáticamente con el crecimiento de la facturación sin necesidad de revisiones periódicas de crédito por el banco supervisado por el Banco de España.

Qué incluir en tu Contrato de Factoring (España)

Un Contrato de Factoring válido en España conforme al Artículo 1255 del Código Civil y los usos mercantiles debe contener los siguientes elementos para regular la relación de factoring de forma eficaz y cumplir los requisitos prudenciales del Banco de España.

Identificación de las Partes: Razón social completa, NIF/CIF, domicilio social en el Registro Mercantil y apoderado del cedente (empresa cliente) y del factor (entidad de factoring). El número de registro del Banco de España del factor o su autorización como entidad de pago debe consignarse conforme a la Ley 10/2014 o la Ley 16/2009.

Ámbito de los Créditos: Definición de los créditos cedibles — los criterios que debe cumplir un crédito para ser elegible en la línea de factoring: importe mínimo de factura, plazo máximo de cobro, solvencia del deudor y exclusión de facturas en disputa. El acuerdo debe especificar si el factoring cubre todos los créditos frente a determinados deudores (factoring global) o solo créditos seleccionados (factoring selectivo).

Límites de Crédito por Deudor: El límite de riesgo aprobado por el factor para cada deudor cedido — los importes dentro del límite se aceptan sin recurso; los importes que superan el límite revierten a factoring con recurso.

Recurso o Sin Recurso: Declaración clara de si el factoring es sin recurso (el factor asume el riesgo de crédito de los deudores aprobados dentro de los límites) o con recurso (el cedente responde si el deudor no paga). Para el factoring sin recurso, debe definirse el trigger de insolvencia — habitualmente la declaración de concurso de acreedores del deudor conforme al TRLC.

Tasa de Anticipo y Comisiones: El porcentaje del valor nominal de la factura anticipado por el factor (tasa de anticipo — habitualmente entre el 70% y el 90%), la comisión de gestión (calculada como porcentaje del volumen de facturas) y el tipo de interés o descuento (referenciado al Euríbor más un diferencial o tipo fijo). El tratamiento del IVA de cada componente conforme a la Ley 37/1992 — la comisión de gestión sujeta al 21% de IVA; el componente financiero exento conforme al Artículo 20.Uno.18.

Notificación a los Deudores: El procedimiento de notificación de la cesión a los deudores — si la notificación es inmediata (factoring con notificación) o diferida hasta el impago (factoring confidencial). Para el factoring notificado, el formato de burofax o carta certificada para la notificación al deudor y la facultad de cobro del factor desde el momento de la notificación válida conforme al Artículo 1527 CC.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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