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Acuerdo de Exclusividad España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 27 may 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 2
Acuerdo de Exclusividad
Exclusivity Agreement Spain (Acuerdo de Exclusividad)

Acuerdo de Distribución Exclusiva — Exclusivity Agreement

Regulado por el artículo 1255 del Código Civil; la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia; el Reglamento UE VBER 2022/720

1. PARTES

CONCEDENTE:

NIF/CIF: [Grantor NIF]

PARTE BENEFICIARIA DE LA EXCLUSIVIDAD (DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO):

2. CONCESIÓN DE EXCLUSIVIDAD

Tipo de exclusividad: [Exclusivity Type]

Territorio exclusivo: [Exclusive Territory]

Productos/servicios exclusivos: [Exclusive Products]

Referencia de marca: [Trademark Reference]

Duración: [Agreement Term], con inicio el [Signing Date].

3. OBLIGACIONES DE LA PARTE BENEFICIARIA DE LA EXCLUSIVIDAD

Compromiso mínimo de compra: [Minimum Purchase] por año natural. El incumplimiento del compromiso mínimo durante dos años consecutivos facultará al Concedente, a su elección, a convertir este Acuerdo en un régimen no exclusivo mediante preaviso escrito de 60 días, sin perjuicio de cualquier reclamación de daños y perjuicios.

La parte beneficiaria de la exclusividad deberá: promover y comercializar activamente los productos exclusivos dentro del territorio exclusivo; mantener niveles adecuados de existencias; no vender productos competidores sin el consentimiento previo por escrito del Concedente (si aplica la exclusividad bilateral); y mantener los estándares de atención al cliente exigidos por el Concedente.

4. CUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA

Este Acuerdo se ha redactado con la finalidad de cumplir el Reglamento UE de Exención por Categorías de Restricciones Verticales 2022/720 (VBER) y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Ninguna de las partes impondrá a la otra precios de reventa mínimos — la imposición de precios de reventa constituye una restricción especialmente grave conforme al artículo 4(a) del VBER y está prohibida. La parte beneficiaria de la exclusividad conserva el derecho a vender online en toda la UE — las restricciones a las ventas pasivas online constituyen una restricción especialmente grave conforme al artículo 4(b) del VBER y están prohibidas.

Si la cuota de mercado de cualquiera de las partes en el mercado relevante supera el 30%, las partes revisarán este Acuerdo para verificar su cumplimiento individual del derecho de la competencia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), conforme a la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia.

5. RESOLUCIÓN

Cualquiera de las partes podrá resolver este Acuerdo: (a) por incumplimiento esencial no subsanado en el plazo de 30 días desde el requerimiento por escrito; (b) por declaración de concurso de acreedores de la otra parte; o (c) por cambio de control de la otra parte sin consentimiento previo por escrito.

Para los contratos de agencia comercial regulados por la Ley 12/1992 de Contrato de Agencia: la indemnización por clientela del agente (artículo 28) y los plazos mínimos de preaviso (artículo 25) resultan de aplicación en caso de resolución y no pueden renunciarse contractualmente.

6. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este Acuerdo se rige por el derecho español — el artículo 1255 del Código Civil, la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y, en su caso, la Ley 12/1992 de Contrato de Agencia. Las controversias se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil de [Signing City] o mediante arbitraje conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje.

FIRMAS

CONCEDENTE:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

PARTE BENEFICIARIA DE LA EXCLUSIVIDAD:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Concedente

________________

Signature

Parte Beneficiaria de la Exclusividad

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Exclusividad España

El Acuerdo de Exclusividad en España es el contrato mediante el cual una o ambas partes se comprometen a no realizar determinadas actividades comerciales, contractuales o profesionales con terceros durante un período pactado, reservando esa posición exclusiva a la otra parte. Regulado por el principio de autonomía de la voluntad del Artículo 1255 del Código Civil y las disposiciones del Código de Comercio sobre contratos mercantiles, el acuerdo de exclusividad se emplea en relaciones de distribución, agencia, suministro, colaboración comercial, arrendamiento y contratación laboral.

El acuerdo de exclusividad puede revestir diversas modalidades según la relación jurídica en la que se inserta. En los contratos de distribución exclusiva, el fabricante o proveedor se compromete a no designar a otros distribuidores en un territorio determinado, conforme a la normativa española de competencia recogida en la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y el Reglamento (UE) 330/2010 de exención por categorías para acuerdos verticales. En los contratos de agencia regulados por la Ley 12/1992 sobre el Contrato de Agencia, el agente puede ostentar exclusividad territorial sobre la cartera de clientes asignada. En los contratos laborales, el pacto de exclusividad impide al trabajador prestar servicios para otros empleadores durante la vigencia del contrato conforme al Artículo 21.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET, Real Decreto Legislativo 2/2015).

Desde la perspectiva del derecho de la competencia, los acuerdos de exclusividad entre empresas están sujetos al Artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y al Artículo 1 de la Ley 15/2007, que prohíben los acuerdos restrictivos de la competencia en el mercado español o europeo. Sin embargo, los acuerdos verticales de exclusividad entre empresas con cuotas de mercado inferiores al 30% quedan exentos por el Reglamento (UE) 330/2010, siempre que no contengan restricciones especialmente graves como la fijación de precios de reventa o las restricciones de territorio absolutas.

La duración del acuerdo de exclusividad debe ser razonable y proporcional al objeto del negocio. Cláusulas de exclusividad de duración indefinida o excesivamente prolongada pueden ser declaradas nulas por vulnerar el derecho de la competencia o la libertad de empresa del Artículo 38 de la Constitución Española de 1978. Los Juzgados de lo Mercantil y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) son los órganos competentes para el control de estos acuerdos en España.

El acuerdo debe especificar con precisión el ámbito objetivo de la exclusividad (productos, servicios, territorio, canales de distribución), la duración pactada, la contraprestación económica por la exclusividad si la hay, las consecuencias del incumplimiento (penalización, resolución), y el régimen de resolución anticipada del acuerdo. Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Exclusividad como punto de partida para formalizar relaciones comerciales exclusivas en España con plena seguridad jurídica, recomendando la revisión por abogado especializado en derecho mercantil y de la competencia cuando el valor económico de la exclusividad sea significativo. El incumplimiento del acuerdo de exclusividad por cualquiera de las partes genera el derecho a exigir el cumplimiento forzoso, la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios conforme al Artículo 1124 del Código Civil, o la solicitud de medidas cautelares ante el Juzgado de lo Mercantil competente para evitar que el infractor continúe vulnerando la exclusividad pactada mientras se sustancia el litigio principal.

Cuándo necesitas Acuerdo de Exclusividad España

El Acuerdo de Exclusividad en España es necesario en diversas situaciones comerciales y laborales en las que una parte requiere la dedicación o preferencia exclusiva de la otra como condición para la relación contractual.

Es necesario cuando un fabricante o proveedor español desea designar a un único distribuidor en una zona geográfica determinada, evitando la competencia intragrupo y garantizando al distribuidor la recuperación de su inversión en la red comercial conforme a las directrices del Reglamento (UE) 330/2010 de acuerdos verticales y la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia.

Es requerido en contratos de agencia comercial regulados por la Ley 12/1992 sobre el Contrato de Agencia, cuando el principal desea que el agente represente exclusivamente sus productos en un territorio o sector específico, y el agente acepta a cambio de una remuneración superior o de garantías de volumen mínimo de negocio.

El acuerdo es necesario en relaciones laborales cuando la empresa contrata a un trabajador que podría prestar servicios similares para competidores, pactando la exclusividad conforme al Artículo 21.1 ET mediante compensación económica adecuada que justifique la restricción de la libertad del trabajador para trabajar en otros empleos durante la vigencia del contrato.

Es necesario cuando una startup o empresa tecnológica negocia con un socio estratégico (inversor, cliente ancla, proveedor de tecnología) que exige exclusividad como condición para invertir o colaborar, necesitando delimitar claramente el alcance y la duración de la exclusividad para evitar restricciones desproporcionadas a la libertad de empresa del Artículo 38 de la Constitución Española.

El acuerdo es necesario en operaciones de franquicia reguladas por el Real Decreto 201/2010 sobre el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia, donde el franquiciador otorga al franquiciado exclusividad territorial como parte integrante del sistema de franquicia.

Es necesario también cuando un creador de contenido digital, influencer o profesional del marketing firma con una marca o agencia un contrato de colaboración exclusiva que le impide trabajar con marcas de la competencia durante la vigencia del acuerdo, siendo fundamental delimitar el ámbito de la exclusividad para no generar restricciones excesivas.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Exclusividad como herramienta práctica para formalizar relaciones de exclusividad en España, garantizando la validez del acuerdo conforme al Código Civil, el Código de Comercio, la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, y el derecho de la Unión Europea.

Qué incluir en tu Acuerdo de Exclusividad España

Un Acuerdo de Exclusividad válido y conforme con el Derecho de la competencia en España, regulado por el Artículo 1255 del Código Civil y el VBER 2022/720, debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutable y quedar amparado por la exención por categorías del Artículo 101 TFUE.

Identificación de las partes: nombre completo, NIF/CIF, datos registrales del Registro Mercantil, domicilio social y firmante autorizado de ambas partes. Para los contratos de agencia, confirmación del estatuto del agente como contratista independiente (agente independiente) conforme al Artículo 1 de la Ley 12/1992 — la clasificación errónea expone al principal a cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y a reclamaciones laborales ante el Juzgado de lo Social.

Ámbito de la exclusividad: definición precisa del territorio exclusivo — Comunidades Autónomas, provincias o códigos postales específicos —; la categoría de producto o servicio exclusiva — definida por referencia a SKUs específicos, registros de marcas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o especificaciones de servicio —; el segmento de clientes (si se concede exclusividad de clientes en lugar de exclusividad territorial); y si la exclusividad es bilateral — el concedente también se compromete a no competir en el territorio — o unilateral — solo el beneficiario está restringido —.

Duración: el plazo de la concesión de exclusividad, incluyendo fecha de inicio y mecanismo de vencimiento o renovación. Las obligaciones de no competencia superiores a cinco años quedan fuera de la exención del VBER 2022/720 conforme al Artículo 5.1.a y requieren evaluación individual de compatibilidad con el Derecho de la competencia por la CNMC o la Comisión Europea. Las partes deben confirmar que sus cuotas de mercado son inferiores al umbral del 30% del VBER en el momento de contratar.

Obligaciones de la parte exclusiva: compromisos mínimos de compra u objetivos mínimos de ventas — indicadores clave de rendimiento que, de no alcanzarse, pueden activar el derecho del concedente a resolver la exclusividad o a convertir el acuerdo en no exclusivo. Obligaciones de información, compromisos de inversión en marketing y estándares de atención al cliente conformes con las directrices de marca del concedente.

Precios y condiciones comerciales: la estructura de precios (lista de precios, rappel por volumen), las condiciones de pago y — de forma determinante — la confirmación de que ninguna de las partes impondrá a la otra precios mínimos de reventa (el mantenimiento de precios de reventa es una restricción nuclear conforme al Artículo 4.a VBER, sancionable por la CNMC conforme al Artículo 63 de la Ley 15/2007).

Derechos de venta online: conforme a los artículos 8 y 9 del VBER 2022/720, el distribuidor exclusivo tiene derecho a vender por internet en toda la UE. Las restricciones a las ventas online — en particular, las que prohíban las ventas por internet a clientes pasivos fuera del territorio — son restricciones nucleares. El acuerdo debe precisar el ámbito territorial de las ventas activas online permitidas y los posibles sistemas de doble precio autorizados conforme al Artículo 8.h del VBER 2022/720. Las restricciones de venta en marketplaces (que prohíban ventas en Amazon.es o Rakuten) deben estar justificadas y están sujetas al análisis de la regla de la razón por la CNMC.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Exclusividad España como punto de partida. Cualquier acuerdo de exclusividad con cuotas de mercado próximas al 30% debe ser revisado por un abogado especialista en Derecho de la competencia para evaluar el cumplimiento del VBER 2022/720 y las posibles obligaciones de notificación ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en mayo de 2026

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