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Nota Crédito Electrónica Colombia

Credit Note Colombia (Nota Crédito Electrónica)

NOTA CRÉDITO ELECTRÓNICA

Decreto 358 de 2020 — DIAN Resolución 000042 de 2020

Nota Crédito No.: [Credit Note Number]

Fecha de Emisión: [Credit Note Date]

EMISOR (FACTURADOR ELECTRÓNICO)

Razón Social: [Issuer Name]

NIT: [Issuer NIT]

Dirección Fiscal: [Issuer Address]

Teléfono: [Issuer Phone]

Correo Electrónico: [Issuer Email]

Régimen Tributario: [Tax Regime]

ADQUIRENTE (COMPRADOR)

Razón Social / Nombre: [Buyer Name]

NIT / Cédula: [Buyer NIT]

Dirección: [Buyer Address]

Correo Electrónico: [Buyer Email]

FACTURA ELECTRÓNICA REFERENCIADA

Número de Factura Original: [Original Invoice Number]

Fecha de Factura Original: [Original Invoice Date]

CUFE: [CUFE]

CONCEPTO DE CORRECCIÓN

Concepto: [Adjustment Reason]

Descripción Detallada: [Adjustment Description]

DETALLE DE ÍTEMS ACREDITADOS

[Credit Items]

RESUMEN DE VALORES

Subtotal antes de impuestos: [Subtotal Amount]

Tarifa de IVA aplicable: [IVA Rate]

Valor del IVA acreditado: [IVA Amount]

Moneda: [Currency]

VALOR TOTAL NOTA CRÉDITO: [Total Credit Amount]

FUNDAMENTO LEGAL

La presente nota crédito electrónica se emite de conformidad con el Estatuto Tributario — Decreto 624 de 1989 — Artículos 615 a 618-3, el Decreto 358 de 2020 (sistema de facturación electrónica), y la Resolución 000042 de 2020 de la DIAN (especificaciones técnicas de facturación electrónica). El valor acreditado reduce la obligación tributaria del emisor respecto al IVA generado (Artículo 484 del ET) y el IVA descontable del adquirente (Artículo 485 del ET) para el período gravable correspondiente.

FIRMAS

EMISOR:

[Issuer Name]

NIT: [Issuer NIT]

Firma Autorizada: _________________________

ADQUIRENTE (Acuse de Recibo):

[Buyer Name]

NIT / Cédula: [Buyer NIT]

Firma: _________________________

Fecha de Recepción: _________________________

Issuer (Emisor)

________________

Signature

Buyer (Adquirente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Nota Crédito Electrónica Colombia

La Nota Crédito Electrónica Colombia es un documento fiscal emitido por el facturador electrónico para ajustar a la baja el valor de una factura electrónica de venta previamente emitida, regulada por el Estatuto Tributario (ET) — Decreto 624 de 1989 — artículos 615 a 618-3, el Decreto 358 de 2020 que regula el sistema de facturación electrónica, y la Resolución DIAN 000042 de 2020 que establece las especificaciones técnicas para la generación, transmisión, validación y entrega de los documentos de facturación electrónica.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) administra el mandato de facturación electrónica de Colombia a través de su plataforma de validación de documentos electrónicos. Conforme al artículo 616-1 del ET modificado por la Ley 1943 de 2018 (Ley de Financiamiento) y la Ley 2010 de 2019 (Ley de Crecimiento Económico), la factura electrónica de venta constituye el documento principal que soporta las transacciones de venta para efectos del impuesto de renta y el IVA. La nota crédito electrónica sirve como documento complementario que reduce o anula los montos originalmente facturados.

Conforme al artículo 25 del Decreto 358 de 2020, la nota crédito debe referenciar la factura electrónica específica que se ajusta, identificándola por su CUFE (Código Único de Factura Electrónica — el código único asignado durante la validación DIAN). La nota crédito debe generarse en formato XML conforme al estándar UBL 2.1 (Universal Business Language) adoptado por Colombia mediante la Resolución DIAN 000042 de 2020 Anexo Técnico 1.9, transmitirse a la DIAN para validación y entregarse al adquirente una vez validada.

El Consejo de Estado — Sección Cuarta (Sala de lo Contencioso Administrativo, sección tributaria) — tiene jurisdicción sobre las controversias sobre la validez fiscal de los documentos de facturación electrónica, incluidas las impugnaciones a las sanciones DIAN por incumplimiento de los requisitos de facturación electrónica conforme al artículo 684-2 del ET. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) supervisa los aspectos de protección al consumidor de las prácticas de facturación comercial.

La legislación tributaria colombiana exige que las notas crédito se emitan dentro del mismo período gravable que la factura original siempre que sea posible para garantizar una declaración adecuada del IVA. Conforme al artículo 484 del ET, el crédito de IVA derivado de una nota crédito debe reflejarse en la declaración de IVA presentada bimestralmente o trimestralmente ante la DIAN. El facturador debe conservar la nota crédito y su archivo XML asociado por el período de prescripción de cinco años conforme al artículo 632 del ET para efectos de auditoría tributaria.

El proceso de validación técnica de la DIAN verifica que el XML de la nota crédito contenga todos los campos obligatorios especificados en la Resolución 000042 de 2020: el NIT del emisor, la identificación del adquirente, el CUFE referenciado, el código del concepto de corrección, los valores detallados, las tarifas de IVA aplicables y el certificado de firma digital emitido por una entidad de certificación digital autorizada por la DIAN. Una nota crédito que no supere la validación DIAN no puede utilizarse como documento soporte para deducciones tributarias.

Cuándo necesitas Nota Crédito Electrónica Colombia

La Nota Crédito Electrónica Colombia se necesita cuando el facturador electrónico debe reducir el monto originalmente facturado en una factura electrónica de venta que ya ha sido validada por la DIAN. Conforme al régimen de facturación electrónica establecido por el Decreto 358 de 2020, la factura electrónica original no puede modificarse ni eliminarse después de la validación DIAN — la nota crédito es el único mecanismo legalmente autorizado para ajustar a la baja el monto facturado.

La nota crédito se necesita cuando el comprador devuelve mercancías conforme a las disposiciones de garantía comercial de los artículos 931 a 935 del Código de Comercio (C.Co.) o los derechos de protección al consumidor del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011, artículos 8 a 18). La nota crédito debe especificar los artículos devueltos, las cantidades y los valores unitarios correspondientes a la factura original.

Se requiere una nota crédito cuando el vendedor otorga descuentos postventa — descuentos por volumen (rappels), descuentos por pronto pago o rebajas comerciales — que no se reflejaron en la factura original. Conforme al artículo 454 del ET, los descuentos otorgados después de la facturación reducen la base gravable para efectos del IVA y deben documentarse mediante una nota crédito que referencie el CUFE original.

El documento se necesita cuando la factura electrónica original contiene errores de facturación — precios incorrectos, cantidades equivocadas, errores aritméticos o tarifas de IVA incorrectas — que resultaron en un cobro excesivo al comprador. El artículo 25 del Decreto 358 de 2020 exige que las correcciones de facturación que reduzcan el monto facturado se tramiten mediante nota crédito en lugar de la anulación de la factura.

La nota crédito se necesita cuando un contrato de servicios se termina parcialmente o se reduce en alcance, requiriendo una reducción proporcional del monto facturado. Conforme al artículo 870 del Código de Comercio (principio de buena fe comercial), las partes comerciales deben documentar los ajustes de precio a través del sistema de facturación electrónica.

La nota crédito se requiere cuando el IVA se aplicó incorrectamente — por ejemplo, cuando una transacción califica para exclusión de IVA conforme al artículo 424 del ET (bienes excluidos) o exención de IVA conforme al artículo 477 del ET (bienes exentos exportados) pero se facturó con IVA. La nota crédito corrige el tratamiento tributario y permite al comprador ajustar su IVA descontable.

La nota crédito se necesita cuando penalidades contractuales, créditos por acuerdos de nivel de servicio (SLA) o cláusulas de ajuste de calidad generan una reducción en el precio pagadero por el comprador conforme a contratos comerciales regulados por los artículos 822 a 831 del C.Co.

Qué incluir en tu Nota Crédito Electrónica Colombia

Una Nota Crédito Electrónica Colombia válida conforme al Decreto 358 de 2020 y la Resolución DIAN 000042 de 2020 debe contener los siguientes elementos obligatorios para superar la validación DIAN y servir como documento fiscal válido para efectos del impuesto de renta y el IVA.

Identificación del Emisor: Nombre completo o razón social del facturador electrónico, NIT (Número de Identificación Tributaria) con dígito de verificación, dirección fiscal, código de municipio DANE, código de actividad económica (CIIU), régimen tributario (Régimen Responsable de IVA o Régimen Simple de Tributación bajo la Ley 2010 de 2019), número de la resolución de autorización DIAN para facturación electrónica y el prefijo y rango de numeración consecutiva autorizado por la DIAN.

Identificación del Adquirente: Nombre completo o razón social del comprador, NIT o cédula de ciudadanía, dirección física y responsabilidades tributarias. Para compradores extranjeros, se debe incluir el número del documento de identificación y el código de país conforme a ISO 3166-1.

Referencia a la Factura Original (Factura Referenciada): El CUFE (Código Único de Factura Electrónica) de la factura electrónica original que se ajusta, el número de la factura original y la fecha de la factura original. Conforme al artículo 25 del Decreto 358 de 2020, toda nota crédito debe referenciar al menos una factura electrónica previamente validada.

Concepto de Corrección: Un código de motivo para la nota crédito conforme a la Resolución DIAN 000042 de 2020 — los códigos estándar incluyen: 1 (devolución parcial de los bienes), 2 (anulación de factura electrónica), 3 (rebaja o descuento parcial o total), 4 (ajuste de precio) y 5 (otros). Una descripción narrativa del motivo del ajuste debe acompañar al código.

Detalle de los Ajustes por Línea: Ítems detallados que muestran los productos o servicios acreditados — descripción, cantidad, unidad de medida (conforme a la codificación DIAN), valor unitario, subtotal por línea, tarifa de IVA aplicable (0%, 5% o 19% conforme al artículo 468 del ET), monto de IVA por línea y cualquier impuesto nacional al consumo aplicable (artículo 512-1 del ET). El monto total del crédito debe ser igual a la suma de todos los ítems.

Resumen Tributario: Desglose del IVA total acreditado por tarifa (base gravable y monto de IVA para cada tarifa aplicable), total del impuesto al consumo si aplica, y total de retenciones si la nota crédito afecta retenciones en la fuente previamente aplicadas conforme a los artículos 392 a 404 del ET.

Firma Digital: El XML de la nota crédito debe ser firmado con un certificado digital emitido por una entidad de certificación digital autorizada por la DIAN conforme a la Ley 527 de 1999 (Ley de Comercio Electrónico) y el Decreto 333 de 2014. La firma digital garantiza la integridad, autenticidad y no repudio del documento electrónico.

Generación del CUDE: La nota crédito recibe un CUDE (Código Único de Documento Electrónico) al ser validada por la DIAN, que sirve como identificador único de la nota crédito en el sistema DIAN. El CUDE se genera mediante el algoritmo especificado en el Anexo Técnico de la Resolución 000042 de 2020.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Nota Crédito Colombia como referencia práctica para los ajustes de facturación electrónica. Toda nota crédito debe generarse a través de software de facturación electrónica autorizado por la DIAN que cumpla con el estándar técnico UBL 2.1. Las empresas deben consultar a un contador público para garantizar el tratamiento adecuado del IVA y el cumplimiento de los plazos de presentación de la declaración de IVA ante la DIAN conforme al artículo 484 del ET.

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Forms Legal. (2026). Nota Crédito Electrónica Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/financial/invoices/nota-credito-electronica-colombia

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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