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Estado de Cuenta por Cobrar Colombia

Accounts Receivable Statement Colombia (Estado de Cuenta por Cobrar)

ESTADO DE CUENTA POR COBRAR

(Accounts Receivable Statement)

CCo Art. 48 — Ley 1231 de 2008 — NIIF/IFRS (Ley 1314 de 2009)

Estado de cuenta No.: [Statement Number]

Fecha de emisión: [Sign Date]

Ciudad: [Sign City]

Período: [Period Start] al [Period End]

ACREEDOR (EMISOR DEL ESTADO DE CUENTA):

[Creditor Name]

NIT: [Creditor NIT]

Dirección: [Creditor Address]

Contacto: [Creditor Contact]

Teléfono: [Creditor Phone] — Email: [Creditor Email]

DEUDOR (DESTINATARIO):

[Debtor Name]

NIT/C.C.: [Debtor NIT]

Dirección: [Debtor Address]

Contacto: [Debtor Contact]

DETALLE DE FACTURAS PENDIENTES

[Invoice Details]

ANTIGÜEDAD DE CARTERA

Vigente (al día): [Aging Current]

1 a 30 días vencido: [Aging 1-30]

31 a 60 días vencido: [Aging 31-60]

61 a 90 días vencido: [Aging 61-90]

Más de 90 días vencido: [Aging Over 90]

RESUMEN DE SALDOS

Total facturado: [Total Invoiced]

Total IVA: [Total IVA]

Total retenciones (Ret. Fuente + Rete-ICA + Rete-IVA): [Total Retentions]

Total pagos recibidos: [Total Payments]

SALDO NETO POR COBRAR: [Total Balance]

INSTRUCCIONES DE PAGO

Favor consignar o transferir a:

Banco: [Bank Name]

Tipo de cuenta: [Account Type]

Número de cuenta: [Account Number]

Titular: [Account Holder]

Al realizar el pago, favor enviar soporte de la transacción al correo [Creditor Email] indicando el número de factura(s) que cancela.

NOTA LEGAL

El presente estado de cuenta se emite conforme a las obligaciones contables del Artículo 48 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas por la Ley 1314 de 2009. Las facturas referenciadas constituyen títulos valores conforme a la Ley 1231 de 2008 cuando han sido aceptadas por el deudor. El no pago dentro de los plazos establecidos generará intereses moratorios conforme al Artículo 884 del Código de Comercio (una y media veces el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia) y podrá dar lugar a cobro judicial mediante proceso ejecutivo conforme a los Artículos 422 a 472 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).

ELABORADO POR:

[Creditor Name]

NIT: [Creditor NIT]

Contacto: [Creditor Contact]

Firma: _________________________

RECIBIDO POR:

[Debtor Name]

NIT/C.C.: [Debtor NIT]

Firma: _________________________

Fecha de recepción: _________________________

Acreedor (Creditor)

________________

Signature

Deudor (Debtor)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Estado de Cuenta por Cobrar Colombia

El Estado de Cuenta por Cobrar Colombia es el documento regulado por CCo art. 48 y Ley 1231/2008 que refleja la situación financiera o de cuenta con efectos probatorios entre las partes en Colombia.

El Artículo 48 del Código de Comercio establece que todo comerciante debe llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a la ley, que refleje fielmente la situación financiera de la empresa. El Artículo 49 especifica que los libros y registros contables deben cumplir los principios y normas técnicas establecidas por el gobierno — actualmente las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS) adoptadas mediante la Ley 1314 de 2009 y los Decretos 2420 de 2015 y 2496 de 2015 (Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad). El estado de cuenta por cobrar es un documento de control derivado de los registros contables del comerciante.

La Ley 1231 de 2008 reformó el tratamiento jurídico de la factura de venta en Colombia, otorgándole el carácter de título valor conforme a las condiciones del Artículo 772 del CCo modificado. Bajo el Artículo 1 de la Ley 1231, la factura de venta constituye título valor cuando: el vendedor la entrega al comprador en el momento de la transacción; el comprador la acepta firmándola, por no reclamar dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción (aceptación tácita), o por recibir los bienes o servicios descritos; y la factura cumple los requisitos formales del Artículo 774 del CCo modificado por la Ley 1231. El estado de cuenta por cobrar agrega múltiples facturas — aceptadas y pendientes — proporcionando al deudor y al acreedor una visión consolidada de la relación comercial.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) exige la facturación electrónica conforme al Decreto 358 de 2020 y la Resolución 000042 de 2020, con todas las facturas comerciales transmitidas a través de la plataforma de facturación electrónica de la DIAN. El estado de cuenta por cobrar referencia estas facturas electrónicas mediante su CUFE (Código Único de Factura Electrónica), brindando trazabilidad entre el resumen y los documentos tributarios subyacentes.

Conforme a la Ley 1676 de 2013 (Ley de Garantías Mobiliarias), las cuentas por cobrar son reconocidas como bienes muebles susceptibles de ser otorgados en garantía de operaciones de crédito. El estado de cuenta por cobrar sirve como evidencia documental de la existencia, monto y condiciones de las cuentas por cobrar cuando las partes las utilizan como garantía en el Registro de Garantías Mobiliarias administrado por Confecámaras.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF/IFRS) — específicamente la NIIF 15 (Ingresos de Contratos con Clientes) y la NIIF 9 (Instrumentos Financieros) — rigen el reconocimiento, medición y revelación de las cuentas por cobrar en los estados financieros colombianos. Conforme a la Sección 5.5 de la NIIF 9, las entidades deben reconocer pérdidas crediticias esperadas sobre cuentas por cobrar comerciales, y el estado de cuenta por cobrar proporciona los datos subyacentes para calcular estas provisiones.

Cuándo necesitas Estado de Cuenta por Cobrar Colombia

El Estado de Cuenta por Cobrar en Colombia es necesario siempre que un acreedor deba comunicar formalmente a un deudor el estado actual de las obligaciones pendientes, incluyendo facturas impagas, pagos parciales, ajustes por notas crédito y montos totales adeudados, dentro del marco contable del Artículo 48 del Código de Comercio.

El documento es necesario cuando las empresas realizan conciliaciones periódicas de cuentas con sus contrapartes comerciales. La práctica comercial colombiana — en especial entre las empresas obligadas a llevar contabilidad conforme al Artículo 19 del CCo — exige la conciliación regular de cuentas por cobrar y cuentas por pagar para asegurar que los registros contables de ambas partes reflejen el mismo historial de transacciones. Conforme a las normas NIIF/IFRS adoptadas mediante la Ley 1314 de 2009, las entidades deben confirmar saldos de cartera mediante verificación con terceros, y el estado de cuenta por cobrar es el documento primario de conciliación.

El documento es necesario cuando los acreedores inician gestiones de cobro por facturas vencidas. Antes de acudir al cobro judicial mediante proceso ejecutivo conforme a los Artículos 422 a 472 del Código General del Proceso (CGP — Ley 1564 de 2012), la práctica comercial colombiana y el principio de buena fe (CCo Artículo 863) exigen que el acreedor envíe un estado de cuenta formal que demuestre los montos adeudados, la antigüedad de cada saldo y el historial de pagos.

El estado de cuenta es necesario cuando las empresas preparan estados financieros bajo el marco NIIF/IFRS adoptado por la Ley 1314 de 2009. Conforme a la NIIF 15 y la NIIF 9, las entidades deben evaluar la recuperabilidad de las cuentas por cobrar comerciales y reconocer pérdidas crediticias esperadas — el estado de cuenta por cobrar proporciona el análisis de antigüedad de cartera requerido para estos cálculos.

El documento es necesario cuando las empresas de factoring e instituciones financieras evalúan la compra o descuento de facturas comerciales. Conforme a la Ley 1231 de 2008 y el Decreto 2669 de 2012 (regulación de las operaciones de factoring), el factor debe verificar la existencia, monto y cobrabilidad de las facturas a descontar — el estado de cuenta por cobrar proporciona evidencia consolidada del portafolio de cartera.

El estado de cuenta es requerido cuando las empresas son objeto de revisión por el Revisor Fiscal (auditor estatutario exigido para ciertas sociedades conforme al Artículo 203 del CCo), auditores externos o la autoridad tributaria (inspecciones de la DIAN). El estado de cuenta provee un resumen verificable que los auditores pueden cotejar contra las facturas y registros de pago subyacentes.

Qué incluir en tu Estado de Cuenta por Cobrar Colombia

Un Estado de Cuenta por Cobrar válido en Colombia conforme al Artículo 48 del Código de Comercio, la Ley 1231 de 2008 y el marco NIIF/IFRS adoptado mediante la Ley 1314 de 2009 debe contener los siguientes elementos esenciales para servir como documento comercial y contable eficaz.

Identificación del Acreedor: Identificación completa de la parte que emite el estado de cuenta — razón social o nombre completo, NIT (Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN), dirección física y electrónica, teléfono y nombre del contacto en el área de cartera. Para las empresas con Revisor Fiscal conforme al Artículo 203 del CCo, el estado de cuenta puede incluir la certificación del Revisor Fiscal sobre los saldos.

Identificación del Deudor: Identificación completa de la parte receptora del estado de cuenta — razón social o nombre completo, NIT o cédula de ciudadanía, dirección y nombre del contacto en el área de cuentas por pagar. El estado de cuenta debe referenciar la relación comercial subyacente — contrato de suministro, contrato de prestación de servicios u otro acuerdo comercial.

Período del Estado de Cuenta: Especificación clara del rango de fechas cubierto — desde la fecha de inicio hasta la fecha de corte. La práctica comercial colombiana utiliza típicamente períodos mensuales, trimestrales o anuales. La fecha de corte determina qué transacciones se incluyen y establece el punto de referencia para los cálculos de saldo.

Detalle de Facturas: Relación de todas las facturas pendientes dentro del período — para cada factura: número de factura, CUFE (Código Único de Factura Electrónica) para facturas electrónicas conforme a la Resolución DIAN 000042 de 2020, fecha de emisión, fecha de vencimiento, valor original en pesos colombianos (COP), valor del IVA, montos de retenciones (retención en la fuente, rete-ICA, rete-IVA) conforme al Estatuto Tributario, pagos parciales recibidos, notas crédito aplicadas y saldo vigente.

Análisis de Antigüedad de Cartera: Clasificación de las cuentas por cobrar pendientes por categoría de antigüedad — vigente (al día), 1 a 30 días vencido, 31 a 60 días vencido, 61 a 90 días vencido y más de 90 días vencido. Conforme a la Sección 5.5 de la NIIF 9, el análisis de antigüedad apoya el cálculo de pérdidas crediticias esperadas (provisión de cartera) usando el enfoque simplificado permitido para cuentas por cobrar comerciales.

Historial de Pagos: Registro de los pagos recibidos durante el período — fecha, monto, medio de pago (transferencia bancaria, cheque, efectivo) y número de referencia. Conforme al Artículo 48 del CCo, los registros contables deben reflejar fielmente todas las transacciones, y el historial de pagos acredita al deudor que sus pagos anteriores han sido correctamente imputados.

Resumen de Saldos: Saldo total pendiente a la fecha de corte, desglosado en: total facturado, total IVA, total retenciones, total pagos recibidos, total notas crédito y saldo neto por cobrar. El resumen proporciona una cifra clara y de referencia única sobre el monto adeudado.

Instrucciones de Pago: Datos bancarios para el pago — nombre del banco, tipo de cuenta (corriente o ahorros), número de cuenta y nombre del titular. Para transferencias electrónicas, el NIT del beneficiario y los códigos de referencia requeridos. Conforme a la Ley 1231 de 2008, las condiciones de pago pactadas en las facturas originales rigen las fechas de vencimiento.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Estado de Cuenta por Cobrar Colombia como herramienta práctica para administrar la cartera comercial. Todo estado de cuenta debe elaborarse conforme a las normas NIIF/IFRS adoptadas por la Ley 1314 de 2009, y los asuntos de cobro de importancia deben ser revisados por un contador público y un abogado comercialista.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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