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Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

Ley 4.808/1930 Art. 44; Decreto Supremo 3.392/1980

SOLICITUD DE CERTIFICADO DE NACIMIENTO

SOLICITUD DE CERTIFICADO DE NACIMIENTO

Ley 4.808/1930 Art. 44 | Decreto Supremo 3.392/1980

DESTINATARIO

A: SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Oficina: [Oficina SRCeI]

IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE

IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE

Nombre: [Nombre Solicitante]

RUN: [RUN Solicitante]

Domicilio: [Domicilio Solicitante]

Correo electrónico: [Email Solicitante]

Calidad en que actúa: [Calidad Solicitante]

DATOS DEL TITULAR

DATOS DEL TITULAR DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO SOLICITADO

Nombre completo: [Nombre Titular]

RUN: [RUN Titular]

Fecha de nacimiento: [Fecha Nacimiento Titular]

Lugar de nacimiento: [Lugar Nacimiento Titular]

Nombre del padre: [Nombre Padre]

Nombre de la madre: [Nombre Madre]

Número de inscripción (si se conoce): [Número Inscripción]

TIPO DE CERTIFICADO

TIPO Y CANTIDAD DE CERTIFICADO SOLICITADO

Tipo de certificado: [Tipo Certificado]

Cantidad de ejemplares: [Cantidad Ejemplares]

¿Requiere apostilla para uso en el extranjero (Decreto 1.649/2016)?: [Requiere Apostilla]

FINALIDAD

FINALIDAD DEL CERTIFICADO

Finalidad: [Finalidad Certificado]

Institución o entidad destinataria: [Institución Destinataria]

DECLARACIÓN

DECLARACIÓN DEL SOLICITANTE

El/La suscrito/a, [Nombre Solicitante], RUN [RUN Solicitante], declara que los antecedentes proporcionados en esta solicitud son verídicos y que el certificado será utilizado exclusivamente para la finalidad indicada conforme a la Ley 19.628/1999 sobre Protección de la Vida Privada y la Ley 4.808/1930.

Fecha: [Fecha Solicitud]

FIRMA

_______________________________

[Nombre Solicitante]

RUN: [RUN Solicitante]

SOLICITANTE

Solicitante

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

La Solicitud de Certificado de Nacimiento en Chile es la petición, regida por el artículo 44 de la Ley 4.808 de 1930 del Registro Civil y el Decreto Supremo 3.392 de 1980, mediante la cual el interesado requiere al Servicio de Registro Civil el documento que acredita el nacimiento y la identidad de una persona.

El Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, creado mediante la Ley N° 4.808 de 1930 y reorganizado por la Ley N° 19.477 de 1996, es el organismo público encargado de mantener los registros de nacimiento, matrimonio y defunción de todos los chilenos y extranjeros nacidos o fallecidos en el territorio nacional. Este servicio emite distintos tipos de certificados de nacimiento según el propósito para el que se requieren: certificado de nacimiento para todos los efectos legales, certificado de nacimiento con subinscripciones, y certificado de nacimiento para asignación familiar, entre otros.

La inscripción del nacimiento en el Registro Civil es obligatoria en Chile y debe realizarse dentro del plazo de sesenta días desde el nacimiento, conforme al artículo 28 de la Ley N° 4.808. La falta de inscripción dentro del plazo legal genera procedimientos especiales de inscripción tardía que requieren resolución judicial o administrativa, según lo contemplado en el Decreto Supremo N° 2.128 de 1930 que aprueba el Reglamento Orgánico del Registro Civil. Los certificados que se emiten reflejan fielmente el contenido de la inscripción original y sus subinscripciones posteriores, incluyendo cambios de nombre, reconocimientos de filiación, adopciones y rectificaciones.

El artículo 44 de la Ley N° 19.477 establece que el Servicio de Registro Civil puede emitir los certificados a través de sus oficinas presenciales distribuidas en todas las comunas del país, mediante el portal web www.registrocivil.cl, en sucursales de ChileAtiende habilitadas para este efecto, y a través de plataformas digitales como la Clave Única del Estado. La gratuidad de los certificados en línea fue establecida mediante la Ley N° 20.523 de 2011, que eliminó los cobros por certificados emitidos electrónicamente, aunque los certificados en papel emitidos en oficina mantienen aranceles según el Decreto Supremo N° 291 de 2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Los certificados de nacimiento son exigidos por múltiples organismos públicos y privados para los más diversos trámites: obtención de cédula de identidad ante el propio Registro Civil, matrícula escolar ante el MINEDUC, solicitudes ante el IPS (Instituto de Previsión Social), AFC (Administradora de Fondos de Cesantía), AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), registros de propiedad ante el Conservador de Bienes Raíces, trámites notariales, solicitudes de beneficios del Fondo Nacional de Salud (FONASA), y numerosos procedimientos ante tribunales de familia regulados por la Ley N° 19.968. La vigencia del certificado varía según la institución solicitante, siendo habitual un plazo máximo de noventa días desde su emisión.

El certificado de nacimiento con subinscripciones incluye todas las anotaciones marginales realizadas en el acta original, tales como reconocimientos de filiación conforme a la Ley N° 19.585 de 1998 que reformó el régimen de filiación, acuerdos de unión civil inscritos según la Ley N° 20.830 de 2015, cambios de nombre autorizados por la Ley N° 17.344, adopciones reguladas por la Ley N° 19.620, y rectificaciones de sexo registral conforme a la Ley N° 21.120 de 2018 sobre identidad de género. forms-legal.com facilita la correcta preparación de la solicitud de certificado de nacimiento, indicando el tipo de certificado requerido según el trámite específico que se desea realizar.

Cuándo necesitas Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

La Solicitud de Certificado de Nacimiento en Chile es necesaria en prácticamente todas las etapas de la vida de una persona, dado que este documento acredita los datos de identidad más fundamentales reconocidos por el Estado chileno. La primera ocasión en que se requiere de manera urgente ocurre al tramitar la cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil: tanto para la primera cédula de los recién nacidos como para las renovaciones, el Registro Civil puede exigir la presentación del certificado de nacimiento para verificar la exactitud de los datos registrados.

Se necesita al inscribir a un niño en establecimientos educacionales, desde sala cuna y jardín infantil hasta la educación básica y media. La Ley General de Educación N° 20.370 y los reglamentos del MINEDUC establecen la obligatoriedad de presentar el certificado de nacimiento en el proceso de matrícula escolar. Los establecimientos municipales, particulares subvencionados y particulares pagados coinciden en esta exigencia, que tiene por objeto verificar la edad del postulante y su filiación para efectos de asignación de beneficios del Estado.

Resulta indispensable para acceder a los beneficios del sistema de salud chileno, incluyendo la inscripción en FONASA y la asignación de médico de cabecera en el Centro de Salud Familiar (CESFAM) de la comuna de residencia. Las cajas de compensación afiliadas a la Ley N° 18.833, como La Araucana, Los Andes y Los Héroes, exigen el certificado de nacimiento de los hijos del trabajador para acreditar la calidad de causante de asignación familiar conforme a la Ley N° 18.987. El IPS (Instituto de Previsión Social) también lo requiere para el pago de pensiones de orfandad del Sistema de Pensiones Solidarias.

Los trámites notariales de toda índole exigen presentar el certificado de nacimiento. Las escrituras de compraventa, mandatos, poderes, capitulaciones matrimoniales y contratos en general que se suscriben ante notario público requieren que el compareciente acredite su identidad mediante cédula y, en ciertos casos, el notario puede pedir el certificado de nacimiento para verificar el nombre completo conforme al Registro Civil. Los tribunales de familia exigen el certificado de nacimiento de los hijos menores de edad en todas las causas de alimentos, cuidado personal, régimen comunicacional y violencia intrafamiliar regidas por la Ley N° 20.066.

Para trámites de migración y consulados extranjeros, el certificado de nacimiento chileno apostillado es exigido frecuentemente cuando un ciudadano chileno solicita visa, residencia o ciudadanía en otro país. Los consulados de España, Italia, Francia, Alemania y otros países exigen el certificado de nacimiento para tramitar doble ciudadanía por ascendencia. Los procesos de adopción, tanto nacionales como internacionales regulados por la Ley N° 19.620, requieren el certificado de nacimiento del adoptado y de los adoptantes en diversas etapas del procedimiento ante el SENAME y los tribunales de familia.

Asimismo, se requiere el certificado de nacimiento para acreditar el parentesco en procesos sucesorios ante el Registro Civil, para la solicitud de posesión efectiva de herencias, para la inscripción en registros electorales ante el SERVEL, y para acceder a programas de beneficios del Estado administrados por el IPS, JUNAEB, JUNJI e IND, entre otros organismos públicos que integran la red de protección social chilena establecida en la Ley N° 20.595 de 2012.

Qué incluir en tu Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

La Solicitud de Certificado de Nacimiento en Chile requiere comprender los distintos tipos de certificado disponibles y sus usos específicos. El certificado de nacimiento para todos los efectos legales es el tipo más completo e incluye todos los datos básicos de la inscripción: nombre completo, RUN (Rol Único Nacional), fecha de nacimiento, lugar de nacimiento (región y comuna), nombres y RUN de los progenitores, y tipo de filiación (matrimonial, no matrimonial, adoptiva). Este tipo es el más solicitado para trámites generales y es el que acepta la mayoría de los organismos públicos y privados en Chile.

El certificado de nacimiento con subinscripciones incluye además todas las anotaciones marginales posteriores a la inscripción original, tales como reconocimientos de paternidad o maternidad, adopciones conforme a la Ley N° 19.620, cambios de nombre autorizados por la Ley N° 17.344, acuerdos de unión civil inscritos según la Ley N° 20.830, y rectificaciones de sexo registral conforme a la Ley N° 21.120. Este tipo de certificado es exigido en trámites judiciales, sucesorios y migratorios donde es relevante conocer el historial completo de las subinscripciones del acta de nacimiento.

El número de RUN (Rol Único Nacional) asignado por el Servicio de Registro Civil e Identificación es el elemento de identificación universal de toda persona natural en Chile, utilizado por el SII, las AFP, FONASA, las instituciones bancarias, los registros electorales del SERVEL y todos los organismos del Estado. El RUN aparece en todos los tipos de certificados de nacimiento y constituye el nexo que vincula todas las bases de datos públicas y privadas que contienen información sobre el titular. La correcta verificación del RUN en el certificado es fundamental para evitar homónimos y confusiones en trámites administrativos.

La plataforma de ChileAtiende es uno de los canales oficiales para solicitar el certificado de nacimiento, disponible tanto en sus sucursales físicas distribuidas en todo el país como en su portal web www.chileatiende.gob.cl. Para la solicitud en línea se requiere la Clave Única del Estado, sistema de autenticación digital regulado por el artículo 9° de la Ley N° 19.477, que permite a los ciudadanos acceder a más de 900 trámites del Estado en forma remota. Los certificados emitidos electrónicamente tienen la misma validez legal que los emitidos en papel, conforme al artículo 3° de la Ley N° 20.523 de 2011.

La vigencia del certificado es un elemento crítico que varía según el trámite al que se destina. El SERMIG acepta certificados de nacimiento con no más de noventa días de emisión para trámites de visas y residencia. Los bancos y compañías de seguros habitualmente exigen certificados con no más de tres meses de antigüedad. Las notarías públicas generalmente aceptan certificados sin restricción de plazo cuando se trata de acreditar datos de identidad básicos que no varían, como fecha de nacimiento o nombres. Es fundamental consultar el plazo máximo exigido con la entidad receptora antes de solicitar el certificado.

Para menores de edad, la solicitud del certificado puede ser realizada directamente por sus padres o guardadores legales con cualquier cédula de identidad vigente, sin necesidad de acreditar parentesco en forma especial. Para adultos mayores con dificultades de movilidad, el Servicio de Registro Civil ofrece el servicio de atención preferente y, en casos de personas postradas, los funcionarios del Registro Civil pueden desplazarse al domicilio del titular para la emisión del certificado. El Programa de Atención Domiciliaria del Registro Civil está regulado por la Resolución Exenta N° 5.892 de 2021.

Las personas nacidas en Chile pero inscritas en el extranjero —hijos de chilenos nacidos fuera del país que ejercieron el derecho de inscripción en el consulado chileno— pueden obtener su certificado de nacimiento a través del Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores. Una vez reinscritos en Chile, pueden obtener su certificado en cualquier oficina del Registro Civil. forms-legal.com proporciona el formulario de solicitud con las instrucciones detalladas sobre el tipo de certificado requerido según el trámite específico, evitando solicitar el tipo incorrecto y tener que repetir el proceso.

Cómo completar tu Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

Para completar correctamente la Solicitud de Certificado de Nacimiento en Chile, el primer paso es determinar el tipo de certificado que se necesita, ya que el Servicio de Registro Civil e Identificación ofrece distintas modalidades con diferentes propósitos. El certificado de nacimiento ordinario indica nombre completo, fecha, lugar y hora de nacimiento, filiación y número de inscripción. El certificado de nacimiento con subinscripciones incluye anotaciones marginales posteriores a la inscripción, como reconocimientos de paternidad, cambios de nombre conforme a la Ley N.º 17.344, adopciones tramitadas ante el Segundo Juzgado de Familia de Santiago u otro tribunal de familia competente, o inscripciones de matrimonio y divorcio. El certificado de nacimiento para fines específicos (pensión de alimentos, trámites de Notaría, postulación de becas JUNAEB) puede requerir la modalidad con vigencia máxima de noventa días.

El segundo paso es identificar el número de inscripción de nacimiento, dato esencial para la búsqueda en el Registro Civil. Este número aparece en el carnet de identidad chileno, en certificados anteriores emitidos por el Registro Civil, en la libreta de familia si existe, o puede solicitarse directamente en cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación presentando el RUT del titular. Si el nacimiento ocurrió antes de 1990, la inscripción puede estar en registros históricos que requieren búsqueda manual en el archivo físico de la oficina del Registro Civil de la comuna donde ocurrió el nacimiento.

El tercer paso es elegir el canal de solicitud. El Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile ofrece tres canales: en línea a través del sitio web oficial registrocivil.cl, donde se puede obtener el certificado en formato PDF con firma electrónica avanzada que tiene la misma validez legal que el certificado en papel conforme a la Ley N.º 19.799 sobre Documentos Electrónicos; en cualquiera de las oficinas del Registro Civil distribuidas a lo largo del país; o a través de ChileAtiende, el portal de servicios del Estado de Chile, en las sucursales de IPS y en otros puntos habilitados. La opción en línea es gratuita para la mayoría de los certificados y permite descarga inmediata.

El cuarto paso, si la solicitud se hace presencialmente, es presentarse en la oficina del Registro Civil con la cédula de identidad vigente del solicitante y los datos del titular (RUN, nombre completo, fecha de nacimiento aproximada). Si el solicitante es un tercero autorizado —padre, madre, tutor legal, abogado con poder notarial— debe presentar su propia cédula de identidad y el documento que acredita la representación. Los apoderados de menores deben presentar el carnet de identidad propio y del menor o el documento de tutela emitido por el Juzgado de Familia competente bajo la Ley N.º 19.968 de Tribunales de Familia.

El quinto paso es verificar que el certificado obtenido contenga la información correcta: nombre completo sin errores ortográficos, fecha de nacimiento exacta, número de inscripción, nombre de los padres si corresponde y las subinscripciones relevantes. Si existe un error en la inscripción original, debe iniciarse un procedimiento de rectificación ante el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación o ante el Juzgado Civil competente, según la naturaleza del error, conforme a la Ley N.º 4.808 sobre Registro Civil.

Errores comunes a evitar en tu Solicitud Certificado de Nacimiento Chile

El primer error frecuente al solicitar un Certificado de Nacimiento en Chile es no verificar el tipo de certificado necesario antes de solicitarlo. Existen distintas modalidades —ordinario, con subinscripciones, para uso en el extranjero, para rectificación— y presentar un tipo incorrecto en un trámite judicial, notarial o administrativo obliga a repetir el proceso y puede causar demoras significativas. Por ejemplo, un trámite de adopción o de cambio de nombre ante el tribunal de familia requiere el certificado con subinscripciones, que muestra todas las anotaciones marginales de la inscripción original.

El segundo error es solicitar el certificado con demasiada anticipación al trámite para el que se necesita. Muchas instituciones chilenas —Notarías Públicas, el Servicio de Impuestos Internos, los Juzgados de Familia, las universidades del CRUCH y ChileCompra— exigen certificados con una vigencia máxima de noventa días desde su emisión. Un certificado obtenido cuatro meses antes de un trámite puede ser rechazado y obligar a solicitar uno nuevo.

El tercer error es desconocer la posibilidad de obtener el certificado gratuitamente en línea a través del sitio web del Servicio de Registro Civil e Identificación. Muchos ciudadanos chilenos pagan intermediarios innecesarios o concurren presencialmente a oficinas del Registro Civil sin conocer que el certificado en formato PDF con firma electrónica avanzada tiene la misma validez legal que el papel, conforme a la Ley N.º 19.799 sobre Documentos Electrónicos, y puede descargarse de forma gratuita e inmediata desde registrocivil.cl.

El cuarto error, relevante para certificados que serán apostillados para uso en el extranjero, es descargar el certificado en formato PDF electrónico en lugar de obtenerlo en papel con firma manuscrita. El Departamento de Legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile solo apostilla documentos físicos con firmas originales; los certificados electrónicos del Registro Civil no son apostillables y deben reemplazarse por la versión en papel solicitada presencialmente en cualquier oficina del Registro Civil.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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