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Acta de Asamblea de Corporación Chile

Acta de Asamblea de Corporación

Código Civil Art. 549 — DL 2.757/1979

ACTA DE ASAMBLEA

ACTA DE ASAMBLEA [Tipo Asamblea]

[Nombre Corporación]

RUT: [RUT Corporación]

Conforme al Código Civil Art. 549 y DL 2.757 de 1979

PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LA CORPORACIÓN

Nombre: [Nombre Corporación]

RUT: [RUT Corporación]

Domicilio social: [Domicilio Corporación]

Inscripción Ministerio de Justicia: [Número Inscripción]

SEGUNDO: LUGAR, FECHA Y HORA

En [Ciudad Asamblea], a [Fecha Asamblea], siendo las [Hora Asamblea], se reunió en [Lugar Asamblea] la Asamblea [Tipo Asamblea] de la corporación [Nombre Corporación].

Convocatoria: [Convocatoria]

TERCERO: QUÓRUM DE INSTALACIÓN

Conforme al padrón vigente, la corporación cuenta con [Total Miembros] miembros con derecho a voto. Se registró la asistencia de [Miembros Presentes] miembros, constituyendo quórum de instalación conforme al Artículo 550 del Código Civil (mayoría de los miembros con derecho a voto).

Presidió la asamblea: [Nombre Presidente], Presidente de la Corporación.

Actuó como Secretario: [Nombre Secretario].

CUARTO: ORDEN DEL DÍA

La asamblea aprobó tratar los siguientes puntos del orden del día:

[Orden del Día]

QUINTO: DESARROLLO Y ACUERDOS

[Acuerdos Adoptados]

SEXTO: CIERRE

No habiendo otros asuntos que tratar, se levantó la sesión a las [Hora Término] del día [Fecha Asamblea], en [Ciudad Asamblea].

El presente acta fue aprobada en la misma sesión, quedando en el libro de actas de la corporación a disposición de los miembros y de los organismos fiscalizadores conforme al Decreto Supremo N° 110 de 1979 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

FIRMAS

[Nombre Presidente]

Presidente de la Asamblea

Firma: _________________________

[Nombre Secretario]

Secretario de la Asamblea

Firma: _________________________

Presidente de la Asamblea

________________

Signature

Secretario de la Asamblea

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acta de Asamblea de Corporación Chile

El Acta de Asamblea de Corporación Chile es el documento oficial que registra los acuerdos, deliberaciones y resoluciones adoptadas por los miembros de una corporación de derecho privado sin fines de lucro durante una sesión de asamblea, conforme al Código Civil Artículo 549 y el Decreto Ley 2.757 de 1979 que regula las asociaciones gremiales y corporaciones en Chile.

Las corporaciones en Chile son personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro constituidas conforme al Título XXXIII del Libro I del Código Civil, específicamente los Artículos 545 a 564. El Artículo 545 del Código Civil define la corporación como una persona jurídica formada por una reunión de personas en torno a un objeto de interés general. La personalidad jurídica de las corporaciones se adquiere mediante el registro ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos conforme al Decreto Supremo 110 de 1979, que regula el procedimiento de constitución y modificación de corporaciones y fundaciones.

El Acta de Asamblea es el instrumento que da fe pública interna de las decisiones de la corporación. Conforme al Artículo 549 del Código Civil, los acuerdos de una corporación se toman por mayoría de votos de los miembros presentes con derecho a voto, salvo que los estatutos establezcan un quórum diferente. El Artículo 550 establece que la mayoría de los miembros de una corporación que tengan derecho a votar constituye quórum para las deliberaciones. Para las reformas de estatutos y la disolución de la corporación, el Artículo 559 del Código Civil exige la aprobación de la mayoría calificada establecida en los estatutos.

El DL 2.757 de 1979, que regula las asociaciones gremiales, establece en su Artículo 6 que los libros de actas de las asambleas deben mantenerse al día y estar disponibles para la fiscalización de la Dirección del Trabajo. Para corporaciones de otro carácter, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ejerce la supervisión mediante la Unidad de Personas Jurídicas, que puede solicitar actas y registros conforme al Decreto Supremo 110.

El acta debe ser redactada por el Secretario de la corporación y firmada por el Presidente, el Secretario y los miembros del directorio o junta directiva presentes en la sesión. La validez del acta depende del cumplimiento de los requisitos de quórum y procedimiento establecidos en los estatutos vigentes de la corporación y en los artículos pertinentes del Código Civil.

El Registro Civil e Identificación de Chile mantiene el registro de personas jurídicas de derecho privado. Las modificaciones de estatutos aprobadas en asamblea deben ser inscritas ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dentro de los plazos que establece el Decreto Supremo 110 para tener efecto frente a terceros. El Servicio de Impuestos Internos (SII) reconoce la exención tributaria de las corporaciones sin fines de lucro conforme al Artículo 4° letra f) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824/1974), siendo el acta el documento que acredita la actividad de la corporación ante el SII.

En materia de corporaciones municipales y de desarrollo, el Artículo 129 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley 18.695) establece reglas especiales para las corporaciones municipales, que también deben llevar actas de sus sesiones de consejo y asambleas. La Contraloría General de la República puede auditar las actas de corporaciones que reciban fondos públicos conforme a la Ley 10.336.

Desde la reforma introducida por la Ley 20.500 de 2011 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana, las corporaciones de interés público deben registrarse en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro del Ministerio de Justicia. El acta de asamblea es el documento clave que acredita el funcionamiento democrático de la corporación y el cumplimiento de sus obligaciones estatutarias ante este Registro.

Cuándo necesitas Acta de Asamblea de Corporación Chile

El Acta de Asamblea de Corporación Chile se requiere cada vez que la corporación celebre una sesión de asamblea ordinaria o extraordinaria en que se adopten acuerdos con efecto jurídico para la organización o sus miembros.

Las asambleas ordinarias se realizan con la periodicidad establecida en los estatutos — generalmente una o dos veces al año — para aprobar la memoria anual, el balance y el presupuesto del ejercicio siguiente, renovar autoridades y revisar el cumplimiento del plan de actividades. El Artículo 549 del Código Civil exige que estos acuerdos queden registrados en actas para ser oponibles a los miembros y a terceros.

Las asambleas extraordinarias se convocan para tratar materias que requieren aprobación especial de los miembros: reforma de estatutos, disolución voluntaria de la corporación, enajenación de bienes raíces de la corporación, aprobación de endeudamientos superiores al límite estatutario, o cualquier otra materia que los estatutos reserven a la asamblea. Para estas materias, el Artículo 559 del Código Civil exige los quórums calificados que establezcan los estatutos, y la ausencia del acta que registre el quórum logrado vicia de nulidad los acuerdos adoptados.

El acta es indispensable cuando la corporación debe acreditar ante organismos públicos la existencia de acuerdos específicos: ante el Ministerio de Justicia para inscribir reformas de estatutos, ante el SII para acreditar exenciones tributarias, ante la Dirección del Trabajo para acreditar la representación de los trabajadores en sindicatos y asociaciones gremiales, o ante la Municipalidad correspondiente para renovar o actualizar el reconocimiento de la personalidad jurídica.

Cuando la corporación gestiona fondos concursables del Estado — FONDART del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, fondos del FOSIS, SERCOTEC, CONAF, CORFO u otros organismos del Gobierno de Chile — el acta de la asamblea que designa al representante legal y aprueba la postulación es un requisito obligatorio de la documentación de postulación.

En el ámbito deportivo, las corporaciones deportivas afiliadas al Instituto Nacional de Deportes (IND) bajo la Ley 19.712 (Ley del Deporte) deben presentar actas de asamblea para renovar su reconocimiento ante el IND, acceder a fondos del programa Chile Deportes y participar en federaciones deportivas nacionales reconocidas por el Ministerio del Deporte.

Para corporaciones que administran bienes en comunidad — como corporaciones de propietarios, comités de vivienda o agrupaciones territoriales — el acta de asamblea es el instrumento que autoriza la administración de fondos comunes, la contratación de servicios y la representación ante el Conservador de Bienes Raíces para inscribir actos sobre bienes raíces de la corporación.

Qué incluir en tu Acta de Asamblea de Corporación Chile

Un Acta de Asamblea de Corporación válida en Chile conforme al Código Civil y el DL 2.757 de 1979 debe contener los siguientes elementos para ser jurídicamente eficaz y cumplir con las exigencias de los organismos fiscalizadores.

Identificación de la Corporación: Nombre completo de la corporación, número de RUT otorgado por el SII, número de inscripción en el Registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y domicilio social conforme a los estatutos vigentes. El Decreto Supremo 110 de 1979 exige que estos datos aparezcan en el encabezado del acta para identificar inequívocamente la persona jurídica.

Tipo y Fecha de Asamblea: Indicación expresa de si se trata de una asamblea ordinaria o extraordinaria, la fecha, hora y lugar de celebración. Las asambleas extraordinarias deben haber sido convocadas con la anticipación y mediante los medios que establezcan los estatutos, y el acta debe dejar constancia de la convocatoria efectuada.

Registro de Asistentes y Quórum: Nómina completa de los miembros asistentes con derecho a voto, número de miembros en padrón vigente, y verificación del quórum de instalación conforme al Artículo 550 del Código Civil — la mayoría de los miembros con derecho a voto. Para asambleas extraordinarias que traten materias de quórum calificado, debe dejarse constancia del número de votos favorables, contrarios y abstenciones para cada acuerdo.

Orden del Día: Lista de materias a tratar aprobada por la asamblea al inicio de la sesión. El Artículo 549 del Código Civil establece que los acuerdos sólo son válidos respecto de las materias incluidas en la convocatoria, con la excepción de las situaciones de urgencia que los estatutos puedan contemplar.

Desarrollo de la Sesión: Resumen de las deliberaciones para cada punto del orden del día, incluyendo intervenciones relevantes de los miembros, informes presentados por el directorio o comisiones, y el resultado de cada votación con indicación del método empleado (mano alzada o votación secreta según los estatutos).

Acuerdos Adoptados: Redacción precisa de cada acuerdo adoptado, con indicación del quórum obtenido, los votos a favor, en contra y abstenciones, y la referencia al artículo estatutario o del Código Civil que exige el quórum aplicado. Los acuerdos que requieren inscripción ante el Ministerio de Justicia — como reformas de estatutos bajo el Artículo 559 del Código Civil — deben transcribirse íntegramente en el acta.

Elección de Autoridades: Cuando la asamblea elige o renueva al directorio, junta directiva o comisión revisora de cuentas, el acta debe incluir los nombres completos, RUT y cargos de los elegidos, el número de votos obtenidos por cada candidato, y la declaración de aceptación del cargo. La inscripción de estos cambios ante el Ministerio de Justicia es obligatoria conforme al Decreto Supremo 110.

Firmas y Certificación: El acta debe ser firmada por el Presidente de la asamblea (o quien presidió la sesión) y el Secretario de la corporación, quienes dan fe de la veracidad de su contenido. El Código Civil Artículo 551 establece que el directorio es el órgano que representa a la corporación y que sus actuaciones deben constar en actas debidamente firmadas.

Forms-legal.com pone a disposición este modelo de Acta de Asamblea de Corporación Chile como herramienta práctica para documentar el funcionamiento democrático de su organización. Toda corporación debe consultar a un Abogado para verificar el cumplimiento de sus estatutos específicos, del Código Civil y de los requerimientos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aplicables a su categoría. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 18.695AR official
  2. Ley 10.336AR official
  3. Ley 20.500AR official
  4. Ley 19.712AR official

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Preguntas Frecuentes

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