Acta de Junta de Socios SRL Chile (Sociedad de Responsabilidad Limitada)
Ley N° 3.918/1923 — Código Civil Arts. 2081 et seq.
ACTA DE JUNTA DE SOCIOS
[Razón Social]
RUT: [RUT Empresa] | Domicilio: [Domicilio Social]
I. CONVOCATORIA Y APERTURA
En [Lugar de la Junta], a [Fecha] a las [Hora] horas, se celebra Junta [Tipo de Junta] de Socios de la sociedad [Razón Social], RUT [RUT Empresa], con domicilio en [Domicilio Social], conforme a la Ley N° 3.918 de 14 de marzo de 1923 y los estatutos sociales.
Preside la junta don/doña [Presidente] y actúa como Secretario/a don/doña [Secretario].
II. ASISTENCIA Y QUÓRUM
Se acredita la asistencia de los siguientes socios:
1. [Socio 1], RUT [RUT Socio 1], titular del [% Capital Socio 1] del capital social.
2. [Socio 2], RUT [RUT Socio 2], titular del [% Capital Socio 2] del capital social.
Capital total presente o representado: [Total Capital Representado].
El Presidente constata que se encuentra reunido el quórum necesario para sesionar válidamente y declara abierta la junta.
III. TABLA O AGENDA
Se procede a tratar la siguiente tabla:
[Puntos de Tabla]
IV. DELIBERACIONES Y ACUERDOS
Acuerdo N° 1
[Acuerdo 1]
Votación: [Votación Acuerdo 1].
Acuerdo N° 2
[Acuerdo 2]
Votación: [Votación Acuerdo 2].
Detalle de distribución de utilidades (si corresponde): [Detalle Distribución]
V. CIERRE
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las [Hora de Término] horas.
Observaciones: [Notas Adicionales]
La presente acta es leída, aprobada y firmada por todos los socios asistentes en señal de conformidad.
[Presidente] Presidente de la Junta
[Secretario] Secretario/a de la Junta
[Socio 1] Socio — RUT [RUT Socio 1]
[Socio 2] Socio/a — RUT [RUT Socio 2]
Qué es Acta de Junta de Socios SRL Chile (Sociedad de Responsabilidad Limitada)
La Acta de Junta de Socios SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) en Chile es el documento que deja constancia oficial y escrita de lo acordado, deliberado o verificado en la actuación que reseña. Se rige por Ley N° 3.918/1923 y Código Civil Arts. 2081–2115.
La Ley N° 3.918, compuesta por siete artículos, establece la Limitada como entidad híbrida que combina elementos de la sociedad civil del Artículo 2053 del Código Civil con la sociedad colectiva comercial del Artículo 348 del Código de Comercio. El Artículo 2 de la Ley N° 3.918 limita la responsabilidad de cada socio al monto de su aporte de capital, creando la característica definitoria de responsabilidad limitada que distingue a la Limitada de la sociedad colectiva donde los socios responden ilimitadamente con su patrimonio personal. La SRL requiere entre dos y cincuenta socios conforme al Artículo 1 de la Ley N° 3.918, a diferencia de la SpA que admite un único accionista.
El Acta de Junta de Socios constituye el registro societario que documenta el ejercicio del gobierno de la sociedad. El Artículo 2081 del Código Civil establece la regla supletoria de que cada socio tiene derecho a participar en las decisiones de administración, con modificaciones permitidas mediante la escritura de constitución ante Notario Público. A falta de administrador designado, todos los socios administran conjuntamente y deben alcanzar acuerdo unánime para actos fuera del giro ordinario — requisito que subraya la importancia del acta como evidencia del consentimiento colectivo.
El Registro de Empresas y Sociedades (RES), administrado por el Ministerio de Economía bajo la Ley N° 20.659, mantiene el registro electrónico oficial de las Limitadas chilenas y sus modificaciones. Las modificaciones societarias — cambios de socios, aumentos o reducciones de capital, modificaciones al objeto social y cambios de administración — deben registrarse en el RES a través del portal tuempresaenundia.cl o por la vía tradicional que involucra Notario Público, publicación en el Diario Oficial e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. El Acta de Junta que aprueba dichas modificaciones sirve como documento fuente para la escritura de modificación posterior.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) exige a las SRL mantener documentación societaria adecuada como parte de sus obligaciones contables bajo el Código Tributario (Decreto Ley N° 830). Los acuerdos de distribución de utilidades registrados en Actas de Junta inciden directamente en el tratamiento tributario de los socios — las utilidades distribuidas fluyen a la base imponible individual de cada socio bajo la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR — Decreto Ley N° 824), y el SII puede auditar los registros societarios subyacentes para verificar la correcta atribución. La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) no supervisa las SRL ordinarias, pero monitorea a aquellas que participan en mercados regulados como intermediación de seguros o actividades con valores.
Notarios Públicos en la Región Metropolitana (Santiago), Región de Valparaíso, Región del Biobío (Concepción) y otras regiones frecuentemente autentican Actas de Junta de Socios cuando los acuerdos producen efectos jurídicos que requieren certificación oficial — por ejemplo, al otorgar mandatos a terceros, aprobar modificaciones a la escritura de constitución, o autorizar operaciones inmobiliarias que involucren bienes del SRL inscritos en el Conservador de Bienes Raíces.
Cuándo necesitas Acta de Junta de Socios SRL Chile (Sociedad de Responsabilidad Limitada)
Un Acta de Junta de Socios SRL es necesaria siempre que los socios de una Sociedad de Responsabilidad Limitada se reúnan formalmente para adoptar acuerdos sobre materias que afecten el gobierno, las finanzas o la estructura jurídica de la empresa bajo la Ley N° 3.918/1923 y el Código Civil.
Las juntas anuales de distribución de utilidades requieren Actas de Junta formales para registrar el acuerdo de aprobación del balance general, el estado de resultados y la distribución de utilidades para cada ejercicio que termina el 31 de diciembre. El Servicio de Impuestos Internos (SII) examina estos registros durante auditorías para verificar que los montos distribuidos coincidan con las cifras declaradas en el Formulario 22 anual de impuesto a la renta.
Las juntas de aumento de capital ocurren cuando los socios acuerdan inyectar capital adicional para financiar la expansión del negocio, adquirir activos o fortalecer el balance. Un aumento de capital en una SRL requiere el consentimiento unánime de todos los socios salvo que la escritura de constitución establezca un quórum diferente — el Acta documenta este consentimiento y sirve de base para la escritura de modificación posterior ante Notario Público e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
Las juntas de cambio de administración se convocan cuando los socios votan para nombrar un nuevo administrador, revocar los poderes de un administrador existente, modificar el alcance de las facultades de administración, o establecer un comité de administradores. Estos cambios alteran la representación legalmente registrada de la sociedad y requieren inscripción en el Registro de Empresas y Sociedades (RES).
Las juntas de ingreso y salida de socios documentan la cesión de participaciones de un socio a otro o a un tercero. Bajo la Ley N° 3.918, la cesión requiere el consentimiento de todos los socios restantes salvo disposición contraria en la escritura de constitución — el Acta registra este consentimiento e identifica al socio entrante, al saliente, la contraprestación pagada y los nuevos porcentajes de capital.
Las juntas extraordinarias abordan materias urgentes — aprobación de contratos de gran cuantía, autorización de préstamos o cauciones a partes relacionadas, ratificación de actos realizados por administradores fuera de su mandato, y aprobación de reorganizaciones societarias incluyendo fusión, división o transformación.
Bancos e instituciones financieras reguladas por la CMF exigen sistemáticamente Actas de Junta de Socios para autorizar solicitudes de líneas de crédito, créditos hipotecarios para inmuebles de la empresa y contratos de leasing. BancoEstado, Banco de Chile, Banco Santander Chile y otros bancos comerciales requieren estos registros como parte de su documentación de debida diligencia.
Qué incluir en tu Acta de Junta de Socios SRL Chile (Sociedad de Responsabilidad Limitada)
Un Acta de Junta de Socios SRL válida en Chile debe contener los siguientes elementos esenciales para servir como evidencia autorizada de los acuerdos societarios bajo la Ley N° 3.918/1923 y el Código Civil:
Identificación de la Junta: La razón social completa de la SRL y su RUT (Rol Único Tributario asignado por el Servicio de Impuestos Internos), el tipo de junta (ordinaria para materias anuales o extraordinaria para materias específicas fuera del orden regular), la fecha, hora y lugar de la reunión, y el fundamento legal de la convocatoria — conforme a la escritura de constitución, acuerdo unánime de los socios, u orden judicial.
Asistencia y Quórum: Identificación completa de cada socio presente — nombre, RUT y porcentaje de participación en el capital social — y de cada socio representado por apoderado con referencia al mandato que autoriza la representación. El porcentaje total de capital presente o representado debe indicarse para acreditar el quórum exigido por la escritura de constitución o, en su defecto, por el Artículo 2054 del Código Civil.
Tabla o Agenda: Enumeración clara de todos los puntos a discutir y votar. Los asuntos fuera de la tabla no pueden resolverse válidamente salvo que todos los socios con derecho a voto estén presentes y acuerden unánimemente incluirlos. La tabla debe referenciar las disposiciones legales que autorizan cada acción.
Acuerdos Adoptados: Por cada punto de tabla, el Acta debe registrar: (a) la deliberación; (b) el voto de cada socio con su nombre, porcentaje de capital y si votó a favor, en contra o se abstuvo; (c) los porcentajes totales a favor y en contra; (d) si el acuerdo fue aprobado o rechazado; y (e) el texto preciso del acuerdo adoptado. Los acuerdos deben cumplir los quórumes de la escritura de constitución o, supletoriamente, la unanimidad del Artículo 2054 del Código Civil para actos fuera del giro.
Acuerdo de Distribución de Utilidades: Cuando la junta aprueba distribución de utilidades, el Acta debe especificar: las utilidades líquidas del período certificadas por el contador auditor; la porción retenida como reservas; la porción distribuida a los socios; el monto por socio proporcional a su participación de capital; el medio de pago; y la imputación tributaria bajo el Régimen Pro-Pyme (Art. 14 D LIR) o el Régimen Semi-Integrado (Art. 14 A LIR).
Nombramiento o Revocación de Administrador: El Acta debe incluir: nombre completo, RUT, nacionalidad, profesión y domicilio del administrador; alcance de las facultades de administración — especificando representación judicial, extrajudicial, facultad para celebrar contratos, abrir y operar cuentas bancarias, representar a la sociedad ante el SII, la CMF, el Conservador de Bienes Raíces y demás organismos públicos; y la fecha de vigencia del nombramiento o revocación.
Aprobación y Firmas: El Acta debe ser leída o circulada a todos los socios antes de la firma, incluir una declaración de aprobación como registro fiel de la junta, y llevar las firmas originales de todos los socios presentes o sus apoderados, junto a las del presidente y secretario de la junta. Para actas que autoricen modificaciones a la escritura de constitución, el documento debe reducirse a escritura pública ante Notario Público e inscribirse en el Registro de Empresas y Sociedades.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Acta de Junta de Socios SRL Chile como referencia para propietarios de empresas y profesionales jurídicos que documentan el gobierno corporativo de las Limitadas chilenas. Los acuerdos que afecten los estatutos, la estructura de capital o la composición de socios deben formalizarse ante Notario Público e inscribirse en el RES a través del portal tuempresaenundia.cl para producir pleno efecto frente a terceros. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
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Un Acta de Junta de Socios SRL no requiere notarización para su validez corporativa interna bajo la Ley N° 3.918/1923 y el Código Civil — el documento surte efecto entre los socios por virtud de sus firmas. Sin embargo, la notarización ante Notario Público es legalmente exigida cuando el Acta autoriza modificaciones a la escritura de constitución de la Limitada. Por la vía tradicional, los acuerdos del Acta deben reducirse a escritura pública de modificación, publicarse como extracto en el Diario Oficial dentro de sesenta días corridos e inscribirse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en el mismo plazo — so pena de inoponibilidad frente a terceros. Por la vía electrónica del Registro de Empresas y Sociedades (tuempresaenundia.cl) según la Ley N° 20.659, la modificación se inscribe directamente en línea. Para fines operativos — apertura de cuentas en BancoEstado o Banco de Chile, autorización de líneas de crédito, o representación ante el SII — los bancos e instituciones frecuentemente solicitan el Acta con firmas autorizadas ante Notario Público para verificar autenticidad.
La mayoría requerida para adoptar acuerdos en una junta de socios SRL en Chile depende principalmente de lo que establezca la escritura de constitución de la sociedad. El derecho societario chileno bajo la Ley N° 3.918/1923 y el Código Civil otorga amplia flexibilidad a los socios para establecer sus propias reglas de quórum y mayoría en los estatutos. A falta de disposiciones específicas, se aplican las reglas supletorias: el Artículo 2054 del Código Civil exige consentimiento unánime de todos los socios para actos fuera del giro ordinario, mientras que los actos dentro del giro ordinario pueden decidirse por mayoría simple de participación en el capital. Para modificaciones a la escritura de constitución — aumentos o reducciones de capital, cambios en el objeto social, incorporación o exclusión de socios, y nombramiento o remoción de administradores — el Artículo 5 de la Ley N° 3.918 exige el consentimiento de todos los socios (unanimidad) salvo que la escritura establezca un quórum inferior. La distribución de utilidades del ejercicio es ordinariamente una materia de junta ordinaria decidida por mayoría, con el SII monitoreando que las distribuciones concuerden con los resultados contables declarados en el Formulario 22.
La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) bajo la Ley N° 3.918/1923 y la Sociedad por Acciones (SpA) bajo los Artículos 424 a 446 del Código de Comercio difieren en aspectos importantes respecto a las juntas de socios y el gobierno. La SRL no cuenta con un marco legal que exija juntas anuales — el gobierno se rige enteramente por la escritura de constitución y las reglas supletorias del Código Civil, lo que significa que los socios pueden adoptar acuerdos por consentimiento escrito unánime sin junta formal si la escritura lo permite. La SpA, en cambio, se rige supletoriamente por el marco de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas cuando sus estatutos guardan silencio, lo que puede exigir procedimientos más formalizados de junta de accionistas. En la SRL, los derechos de voto son típicamente proporcionales a la participación en el capital, mientras que en la SpA pueden diferenciarse por serie de acciones conforme al Artículo 434 del Código de Comercio. El Acta de Junta de Socios de la SRL cumple la misma función probatoria que el Acta de Junta de Accionistas de la SpA, pero regula participaciones en lugar de acciones. Ambos tipos de entidades pueden modificarse a través del Registro de Empresas y Sociedades (RES) en tuempresaenundia.cl bajo la Ley N° 20.659.
La exclusión de un socio de una Sociedad de Responsabilidad Limitada chilena es una materia compleja regida por la Ley N° 3.918/1923, las disposiciones del Código Civil sobre sociedades (Artículos 2053 a 2115) y la escritura de constitución. El derecho chileno no prevé un mecanismo automático de exclusión para las SRL. Una exclusión requiere: (1) una causal prevista en la escritura de constitución (incumplimiento grave de deberes fiduciarios, incapacidad, insolvencia o conducta perjudicial para la sociedad); (2) un acuerdo de junta de socios que adopte la exclusión con la mayoría exigida por los estatutos o unanimidad conforme al Artículo 2054 del Código Civil si no se especifica; y (3) formalización de la consecuente reducción de capital y modificación mediante escritura de modificación ante Notario Público, publicación en el Diario Oficial e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. El socio excluido conserva el derecho a revisión judicial ante los Tribunales de Justicia chilenos bajo el Código de Procedimiento Civil. El Acta de Junta debe documentar meticulosamente el fundamento legal de la exclusión y los votos de todos los socios para resistir el escrutinio judicial.
Cuando un socio SRL está en desacuerdo con un acuerdo adoptado en una junta en Chile, existen varios remedios legales disponibles bajo el Código Civil, la Ley N° 3.918/1923 y el derecho procesal chileno. En primer lugar, el socio disidente debe tener su voto en contra o abstención claramente registrado en el Acta de Junta, ya que esto preserva su legitimación activa para impugnar el acuerdo. Bajo los Artículos 2093 y 2095 del Código Civil, un socio puede solicitar la nulidad judicial de acuerdos adoptados en violación de la escritura de constitución o contrarios a normas legales imperativas. Los Juzgados de Letras en lo Civil con jurisdicción sobre el domicilio social de la empresa en Santiago, Concepción, Valparaíso u otra ciudad conocen de estas disputas comerciales. El socio disidente también puede invocar el Artículo 2108 del Código Civil — que reconoce el derecho a retiro bajo ciertas circunstancias — para exigir la liquidación de su participación a valor de mercado. Adicionalmente, si el acuerdo constituye un abuso de mayoría en perjuicio del socio minoritario, los tribunales chilenos han reconocido fundamentos para indemnización de perjuicios conforme a los Artículos 1556 y 2329 del Código Civil.
La documentación adecuada de la distribución de utilidades en el Acta de Junta de Socios SRL es esencial para cumplir con los requisitos del Servicio de Impuestos Internos (SII) bajo la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR — Decreto Ley N° 824) y el Código Tributario (Decreto Ley N° 830). El Acta debe especificar: (1) el período contable cubierto (ejercicio tributario, típicamente 1 de enero a 31 de diciembre); (2) las utilidades tributables determinadas del Registro de Rentas Empresariales (RRE) bajo el Artículo 14 de la LIR; (3) el régimen tributario de la empresa — Régimen Pro-Pyme (Art. 14 D N° 3 LIR para SRLs con ingresos brutos anuales inferiores a 75.000 UF) o Régimen General Semi-Integrado (Art. 14 A LIR para empresas más grandes); (4) el monto distribuido a cada socio en pesos chilenos (CLP) y como porcentaje de participación en el capital; (5) los impuestos corporativos imputables que los socios pueden acreditar contra su Impuesto Global Complementario (IGC) conforme al Artículo 20 de la LIR; y (6) la retención del impuesto de Segunda Categoría (cuando corresponda) para socios trabajadores. Las distribuciones que no aparezcan en el Acta pueden ser tratadas como retiros no autorizados, generando impuestos adicionales y multas bajo el Artículo 97 del Código Tributario.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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