Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
Ley N° 4.808 Art. 44; Ley N° 19.947/2004
SOLICITUD DE CERTIFICADO DE MATRIMONIO
Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile
Conforme al Artículo 44 de la Ley N° 4.808 y la Ley N° 19.947/2004
Fecha: [Fecha Solicitud]
I. DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre completo: [Nombre Solicitante]
RUN (Cédula de Identidad): [RUN Solicitante]
Domicilio: [Domicilio Solicitante]
Teléfono: [Teléfono Solicitante] | Correo electrónico: [Email Solicitante]
II. DATOS DEL MATRIMONIO CUYO CERTIFICADO SE SOLICITA
Nombre del primer contrayente: [Nombre Contrayente 1]
Nombre del segundo contrayente: [Nombre Contrayente 2]
Fecha de celebración del matrimonio: [Fecha Matrimonio]
Circunscripción del Registro Civil donde se celebró: [Circunscripción Matrimonio]
Número de acta de matrimonio (si se conoce): [N° Acta Matrimonio]
III. TIPO DE CERTIFICADO Y FINALIDAD
Tipo de certificado solicitado: [Tipo Certificado]
Finalidad del trámite: [Finalidad Trámite] [Otra Finalidad]
Número de copias originales requeridas: [Número Copias]
¿Requiere apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores?: [Requiere Apostilla]
IV. DECLARACIÓN
El suscrito, [Nombre Solicitante], RUN [RUN Solicitante], declara bajo su responsabilidad que los datos proporcionados son fidedignos y que la información solicitada será utilizada exclusivamente para la finalidad indicada en el apartado anterior, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada.
V. FIRMA DEL SOLICITANTE
_________________________________
[Nombre Solicitante]
RUN: [RUN Solicitante]
Fecha: [Fecha Solicitud]
USO OFICIAL — REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Recibida por: __________________________ | Fecha: ______________
N° de folio: __________________________ | Circunscripción: ______________
Observaciones: ______________________________________________________________
Solicitante
[Nombre Solicitante]
Signature
Date: ________________
Qué es Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
La Solicitud de Certificado de Matrimonio en Chile es la petición, regida por el artículo 44 de la Ley 4.808 de 1930 del Registro Civil y la Ley 19.947 de 2004, mediante la cual el interesado requiere al Servicio de Registro Civil el documento que acredita la celebración y vigencia de un matrimonio.
El matrimonio en Chile se rige por la Ley N.º 19.947 de Matrimonio Civil, vigente desde el 17 de noviembre de 2004, que derogó la antigua Ley de Matrimonio Civil de 1884. Conforme al artículo 4 de esta ley, el matrimonio sólo puede celebrarse ante el Oficial del Registro Civil competente, quien levanta el acta correspondiente e inscribe el matrimonio en el Registro Civil. La Ley N.º 21.400 de 2021, que modificó la Ley N.º 19.947, extendió el matrimonio a parejas del mismo sexo, ampliando el universo de matrimonios inscritos en los registros del Servicio de Registro Civil e Identificación.
El certificado de matrimonio puede solicitarse en modalidad de extracto —que contiene los datos esenciales del matrimonio— o como copia íntegra del acta de matrimonio, que incluye todos los datos registrados en el momento de la inscripción, incluidas las subinscripciones posteriores como sentencias de nulidad, divorcio o reconciliación. Conforme al artículo 24 del Decreto con Fuerza de Ley N.º 2.128 de 1930, Reglamento Orgánico del Registro Civil, las copias de inscripciones tienen valor de instrumento público y hacen plena fe respecto de los hechos en ellas consignados.
El Servicio de Registro Civil e Identificación —creado por la Ley N.º 4.808 de 1930 sobre Registro Civil— administra los libros de matrimonio distribuidos en todas sus oficinas a lo largo del país. Las inscripciones se realizan en la circunscripción correspondiente al lugar de celebración del matrimonio, aunque actualmente el sistema informático del Registro Civil permite obtener certificados de cualquier matrimonio inscrito en el país, independientemente del lugar de inscripción, a través de las oficinas presenciales, del sitio web www.registrocivil.cl, o de la Clave Única del Estado.
Para trámites ante instituciones extranjeras, el certificado debe someterse al proceso de apostilla conforme al Convenio de La Haya de 1961 —del cual Chile es signatario desde 1975— que consiste en la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile mediante el sello de apostilla, que autentica la firma del funcionario del Registro Civil ante autoridades extranjeras sin necesidad de legalización consular adicional. La plataforma forms-legal.com ofrece modelos de solicitud que incluyen todas las especificaciones requeridas por el Registro Civil para la obtención del certificado en sus distintas modalidades, tanto para uso nacional como internacional.
Cuándo necesitas Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
La Solicitud de Certificado de Matrimonio en Chile es requerida en múltiples situaciones jurídicas, administrativas y personales donde se debe acreditar la existencia y vigencia del vínculo matrimonial inscrito en los registros del Servicio de Registro Civil e Identificación.
El escenario más frecuente ocurre en trámites de derecho de familia ante los Tribunales de Familia, creados por la Ley N.º 19.968 de 2004, donde el certificado de matrimonio es un antecedente indispensable para iniciar demandas de divorcio conforme al Título III de la Ley N.º 19.947, demandas de alimentos conforme a la Ley N.º 14.908 sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, procedimientos de tuición o cuidado personal, y solicitudes de autorización de salida al extranjero de hijos menores.
En el ámbito sucesorio, el certificado de matrimonio es requerido obligatoriamente en la solicitud de posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil conforme a la Ley N.º 19.903 de 2003, ya que acredita la calidad de cónyuge sobreviviente como heredero del primer orden conforme al artículo 988 del Código Civil chileno. Sin este certificado, el Registro Civil no puede completar el inventario de herederos ni dictar la resolución de posesión efectiva.
Para trámites de inmigración y residencia, el certificado de matrimonio es exigido por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), creado por la Ley N.º 21.325 de Migración e Inmigración de 2021, cuando el extranjero solicita visado de residencia temporal o permanente fundado en su vínculo matrimonial con ciudadano chileno o extranjero con residencia definitiva. La presentación debe acompañarse de la apostilla cuando el matrimonio se celebró en Chile y el trámite se efectúa ante autoridades extranjeras.
Las instituciones previsionales —AFP y el Instituto de Previsión Social (IPS)— requieren el certificado de matrimonio para acreditar la calidad de cónyuge o conviviente civil beneficiario de la pensión de sobrevivencia, regulada en el artículo 5 del Decreto Ley N.º 3.500, ya que este beneficio está restringido a personas con vínculo acreditado mediante instrumento público del Registro Civil.
En el ámbito notarial, toda escritura pública que involucre bienes del matrimonio —compraventa de inmuebles, constitución de hipotecas, capitulaciones matrimoniales conforme al artículo 1715 del Código Civil— requiere que el Notario Público identifique el régimen patrimonial del matrimonio, para lo cual el certificado de matrimonio que indica el régimen vigente es un antecedente esencial. También se exige en trámites de cambio de régimen matrimonial ante Notario Público conforme al artículo 1723 del Código Civil.
Qué incluir en tu Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
La Solicitud de Certificado de Matrimonio ante el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile debe contener elementos precisos que permitan la localización del acta de matrimonio en los registros correspondientes y la emisión del certificado en la modalidad solicitada. Un formulario incompleto puede resultar en la entrega de un certificado erróneo o en la imposibilidad de encontrar la inscripción.
El primer elemento esencial es la identificación de los cónyuges: nombre completo de ambos contrayentes según figura en la cédula de identidad o pasaporte, y RUT (Rol Único Tributario) de cada uno. Si alguno de los cónyuges es extranjero y no tiene RUT, debe indicarse el número de pasaporte y la nacionalidad. El Servicio de Registro Civil e Identificación utiliza el RUT como identificador primario en su sistema informático para localizar la inscripción matrimonial.
El segundo componente es la fecha y lugar de celebración del matrimonio: día, mes y año de la ceremonia nupcial, y la comuna y región donde se celebró ante el Oficial del Registro Civil. Esta información permite al sistema del Registro Civil identificar el libro y el número de inscripción correspondiente en la circunscripción civil competente. En matrimonios celebrados antes de la informatización del sistema —anterior a la década de 1990— el lugar de inscripción es especialmente relevante para la búsqueda manual en los archivos físicos.
El tercer elemento es la modalidad del certificado requerido, que puede ser: certificado de matrimonio vigente (extracto con datos esenciales, precio $710 pesos); copia íntegra del acta de matrimonio (que incluye todas las subinscripciones, precio $1.300 pesos); o certificado con todas las anotaciones (que muestra el régimen patrimonial, subinscripciones de capitulaciones, cambios de régimen, etc.). La elección incorrecta de la modalidad puede hacer inadmisible el documento ante la institución de destino.
El cuarto componente es el propósito del certificado, especialmente cuando se solicita para uso en el extranjero. Para trámites internacionales, debe indicarse que se requiere apostilla —certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile conforme al Convenio de La Haya de 1961— lo que implica un trámite adicional al de la simple emisión del certificado. El costo de la apostilla en el Ministerio de Relaciones Exteriores es de aproximadamente $15.000 pesos según el arancel consular vigente.
El quinto elemento es la identificación del solicitante y su calidad jurídica: nombre completo, RUT, domicilio, y la relación que tiene con los cónyuges que justifica su interés legítimo en obtener el documento. Conforme al artículo 3 de la Ley N.º 4.808, los certificados del Registro Civil son públicos y pueden solicitarlos terceros cuando acrediten interés legítimo, aunque en la práctica el sistema en línea de www.registrocivil.cl permite obtenerlos a cualquier persona con Clave Única del Estado sin acreditar interés.
El sexto componente —relevante para solicitudes presenciales en oficinas del Registro Civil— es el número de copias requeridas, ya que cada copia adicional tiene costo arancelario independiente conforme al artículo 7 de la Ley N.º 4.808. Para trámites que requieren dos o más instituciones destinatarias, solicitar las copias necesarias en una sola gestión evita desplazamientos adicionales. forms-legal.com incluye en su modelo todos estos elementos con las instrucciones específicas para cada modalidad de certificado.
Cómo completar tu Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
Obtener un Certificado de Matrimonio en Chile es un trámite que puede realizarse de forma presencial o en línea, pero requiere contar con la información correcta para localizar la inscripción en el registro correspondiente.
El primer paso es reunir los datos necesarios para identificar la inscripción: nombre completo de ambos cónyuges, RUT de al menos uno de ellos, fecha aproximada de celebración del matrimonio y la comuna donde se celebró. Con la modernización del sistema informático del Servicio de Registro Civil e Identificación, bastará con el RUT de uno de los cónyuges para localizar la inscripción en el sistema nacional centralizado, sin necesidad de conocer la oficina específica donde se realizó la inscripción.
El segundo paso es elegir el canal de obtención. Para el canal en línea —disponible en www.registrocivil.cl las 24 horas— se requiere Clave Única del Estado vigente. El sistema permite obtener el certificado de matrimonio en formato PDF con firma electrónica avanzada conforme a la Ley N.º 19.799, que tiene el mismo valor que el certificado físico para todos los efectos legales en Chile desde la modificación del artículo 3 de la Ley N.º 4.808 introducida por la Ley N.º 21.180 de transformación digital del Estado. El costo en línea es de $710 pesos para el extracto básico.
El tercer paso para obtención presencial es concurrir a cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en el país, llevar la cédula de identidad vigente, y solicitar el certificado en la ventanilla de Estado Civil. En las oficinas de mayor concurrencia como las de Santiago Centro, Providencia o Las Condes, puede utilizarse el sistema de citas previas disponible en el sitio web del Registro Civil para evitar largas esperas. Los horarios de atención son generalmente de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas, aunque varían según la oficina regional.
El cuarto paso, cuando se requiere el certificado para uso en el extranjero, es gestionar la apostilla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. La apostilla puede solicitarse presencialmente en la Dirección de Asuntos Consulares y de Inmigración ubicada en Teatinos 180, Santiago, o en las Gobernaciones Provinciales que tienen delegación de esta función. El trámite toma entre uno y tres días hábiles. Alternativamente, puede contratarse el servicio apostilla exprés por un costo adicional si el trámite es urgente.
El quinto paso es verificar que el certificado emitido contenga todos los datos requeridos por la institución de destino antes de presentarlo. Debe verificarse que figuren: nombres completos de ambos cónyuges, RUT de ambos, fecha exacta del matrimonio, régimen patrimonial del matrimonio (sociedad conyugal, separación de bienes o participación en los gananciales conforme al artículo 135 del Código Civil), y las subinscripciones que correspondan. Si falta algún dato, debe solicitarse la modalidad de copia íntegra del acta en lugar del extracto básico.
Requisitos legales para Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
La Solicitud de Certificado de Matrimonio en Chile está regulada por un conjunto de normas que establecen la autenticidad de los certificados, los derechos de acceso a la información del Registro Civil y los requisitos para su uso en el extranjero.
La Ley N.º 4.808 de 1930 sobre Registro Civil, modificada en múltiples oportunidades, establece en su artículo 3 que los libros del Registro Civil son públicos y que cualquier persona puede solicitar certificados de las inscripciones contenidas en ellos. El artículo 7 establece el arancel de los certificados, que es fijado por resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, siendo actualmente de $710 pesos para el extracto y $1.300 pesos para la copia íntegra del acta.
La Ley N.º 19.947 de Matrimonio Civil de 2004, en su artículo 4, establece que el matrimonio debe celebrarse ante el Oficial del Registro Civil competente, quien levanta el acta e inscribe el matrimonio en el registro correspondiente. La Ley N.º 21.400 de 2021 modificó la definición de matrimonio para incluir a parejas del mismo sexo, por lo que los certificados de matrimonios celebrados desde el 28 de noviembre de 2021 pueden referirse a contrayentes del mismo género.
El Decreto con Fuerza de Ley N.º 2.128 de 1930, Reglamento Orgánico del Registro Civil, establece en su artículo 24 que las copias de inscripciones del Registro Civil, autorizadas por el Oficial correspondiente, hacen plena fe y tienen valor de instrumento público conforme al artículo 1699 del Código Civil chileno. Esta disposición es la base legal que otorga al certificado de matrimonio su fuerza probatoria plena ante cualquier institución pública o privada en Chile.
Para el uso del certificado en el extranjero, el Convenio de La Haya de 1961 sobre la Apostilla —del cual Chile es signatario desde el 30 de agosto de 1975, aprobado por Decreto Supremo N.º 142 del Ministerio de Relaciones Exteriores— establece el procedimiento de apostilla que reemplaza la legalización consular para documentos destinados a países signatarios del convenio. El artículo 3 del Convenio establece que la única formalidad que podrá exigirse para certificar la autenticidad de la firma del Oficial del Registro Civil es la apostilla emitida por la autoridad competente del Estado del que emane el documento, que en Chile es el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La Ley N.º 21.180 de transformación digital del Estado de 2019, modificatoria de la Ley N.º 4.808, establece en su artículo único que los certificados del Registro Civil emitidos con firma electrónica avanzada tienen el mismo valor legal que los certificados físicos, eliminando cualquier distinción entre el certificado obtenido en línea y el obtenido presencialmente.
Errores comunes a evitar en tu Solicitud Certificado de Matrimonio Chile
Conocer los errores más frecuentes al solicitar un Certificado de Matrimonio en Chile permite evitar retrasos en trámites legales, sucesorios o migratorios que dependen de este documento.
El primer error frecuente es solicitar la modalidad incorrecta del certificado. Muchas instituciones —especialmente las AFP y el Registro de Comercio— exigen la copia íntegra del acta, no el extracto básico, cuando necesitan conocer el régimen patrimonial del matrimonio o verificar la existencia de subinscripciones de divorcio o nulidad. Obtener el extracto básico en lugar de la copia íntegra obliga a realizar el trámite nuevamente, duplicando el costo y el tiempo.
El segundo error es olvidar gestionar la apostilla cuando el certificado se destina a trámites en el extranjero. Un certificado del Registro Civil chileno sin apostilla no tiene valor legal en países signatarios del Convenio de La Haya de 1961 —que incluye a la mayoría de los países de destino de emigrantes chilenos. La apostilla debe tramitarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile antes de enviar el documento al extranjero.
El tercer error es proporcionar datos incorrectos sobre la fecha o lugar del matrimonio al solicitar el certificado. Si el solicitante no recuerda la fecha exacta o la comuna de celebración, el sistema puede no encontrar la inscripción o puede devolver la inscripción de otra persona con nombre similar. Verificar los datos con la libreta de matrimonio o el carnet de identidad antiguo antes de hacer la solicitud es indispensable.
El cuarto error es no verificar la vigencia del certificado obtenido. Algunas instituciones exigen certificados emitidos en los últimos treinta o sesenta días, especialmente en trámites judiciales y bancarios. Un certificado de matrimonio obtenido hace varios meses puede ser rechazado por haber sido emitido antes del plazo de vigencia exigido por la institución de destino.
El quinto error es suponer que el certificado obtenido en línea no tiene el mismo valor que el físico. Desde la Ley N.º 21.180 de transformación digital del Estado, el certificado digital del Registro Civil con firma electrónica avanzada tiene pleno valor legal en Chile. Sin embargo, para uso en el extranjero, el certificado digital puede no ser aceptado sin apostilla, por lo que debe coordinarse este requisito con la institución extranjera antes de obtenerlo en esa modalidad.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 19.947AR official
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Forms Legal. (2026). Solicitud Certificado de Matrimonio Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/government/declarations/solicitud-certificado-matrimonio-chile
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}Preguntas Frecuentes
El tiempo de obtención del Certificado de Matrimonio en Chile varía según el canal utilizado. Por el canal en línea de www.registrocivil.cl, el certificado en formato PDF con firma electrónica avanzada está disponible de forma inmediata, las 24 horas del día los 7 días de la semana, siempre que el solicitante cuente con Clave Única del Estado vigente. El costo en línea es de 710 pesos para el extracto básico, pagadero con tarjeta de débito o crédito. Para el canal presencial en oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, el certificado se emite en el acto durante la atención en ventanilla, con tiempos de espera que varían entre 15 minutos en oficinas de menor concurrencia y hasta 2 horas en oficinas del centro de Santiago en días de alta demanda. Cuando se requiere apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores para uso en el extranjero, el proceso completo toma entre 3 y 5 días hábiles adicionales, ya que primero se obtiene el certificado en el Registro Civil y luego se tramita la apostilla en la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en Teatinos 180, Santiago.
Sí, conforme a la Ley N.º 21.180 de Transformación Digital del Estado de 2019, que modificó la Ley N.º 4.808 sobre Registro Civil, el certificado de matrimonio obtenido en línea en www.registrocivil.cl tiene exactamente el mismo valor legal que el certificado emitido en formato físico en una oficina del Registro Civil. La validez del certificado digital se sustenta en la firma electrónica avanzada del Servicio de Registro Civil e Identificación, que cumple con todos los requisitos de la Ley N.º 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación. Cualquier institución pública o privada en Chile está obligada a aceptar el certificado digital del Registro Civil con la misma eficacia que el certificado físico. Para verificar la autenticidad de un certificado digital del Registro Civil, puede utilizarse el código de verificación que figura en el documento en el portal del Registro Civil. Para uso en el extranjero, se recomienda consultar con la institución de destino si acepta el formato digital o si requiere el certificado físico con apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Sí, conforme al artículo 3 de la Ley N.º 4.808 sobre Registro Civil, los libros y registros del Registro Civil son públicos y cualquier persona puede solicitar certificados de las inscripciones en ellos contenidas, acreditando un interés legítimo. En la práctica, el sistema en línea de www.registrocivil.cl con Clave Única permite obtener certificados de matrimonio de terceros cuando se ingresan los datos correctos de los cónyuges, sin necesidad de acreditar parentesco o interés. En las oficinas presenciales, cualquier persona que proporcione los datos de identificación de los cónyuges puede solicitar el certificado. Los terceros que con mayor frecuencia solicitan este certificado son: abogados en representación de sus clientes en juicios de familia ante los Tribunales de Familia creados por la Ley N.º 19.968, ejecutivos bancarios en trámites de crédito hipotecario, profesionales de recursos humanos para trámites de carga familiar, y notarios en la preparación de escrituras públicas que involucran bienes del matrimonio.
Si el Certificado de Matrimonio contiene un error en los datos —nombre mal escrito, fecha incorrecta, régimen patrimonial equivocado— debe solicitarse la rectificación de la inscripción correspondiente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. La rectificación puede ser de dos tipos: rectificación administrativa, cuando el error se debe a un lapsus calami del Oficial del Registro Civil en el momento de la inscripción, tramitable directamente ante la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil conforme al artículo 17 de la Ley N.º 4.808 y al artículo 18 del DFL N.º 2.128 de 1930; o rectificación judicial, cuando se trata de un error que implica modificar el fondo de la inscripción, tramitable ante el Juzgado Civil competente mediante procedimiento no contencioso conforme al artículo 816 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. La rectificación administrativa puede demorar entre 30 y 60 días, mientras la judicial puede tomar varios meses. Mientras se tramita la rectificación, algunos trámites pueden realizarse acompañando el certificado con una declaración jurada notarial que explique la discrepancia.
El certificado de matrimonio en la modalidad de extracto básico incluye el régimen patrimonial vigente al momento de la inscripción del matrimonio, que puede ser sociedad conyugal (régimen legal supletorio para matrimonios celebrados en Chile conforme al artículo 135 del Código Civil), separación de bienes (pactada en capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio conforme al artículo 1715 del Código Civil), o participación en los gananciales (opción establecida por la Ley N.º 19.335 de 1994). Sin embargo, si los cónyuges han cambiado de régimen después del matrimonio —lo que es posible por una sola vez conforme al artículo 1723 del Código Civil mediante escritura pública ante Notario— este cambio queda registrado como una subinscripción en el acta. El extracto básico no siempre refleja las subinscripciones posteriores, por lo que instituciones bancarias y notarías exigen la copia íntegra del acta de matrimonio cuando necesitan conocer el régimen patrimonial actual del matrimonio.
Los matrimonios celebrados hace más de 50 años en Chile están igualmente inscritos en los registros del Servicio de Registro Civil e Identificación, aunque las inscripciones antiguas —anteriores a la digitalización del sistema, realizada gradualmente entre la década de 1980 y 1990— pueden estar en registros físicos en la circunscripción civil del lugar donde se celebró el matrimonio. Para matrimonios muy antiguos, es fundamental conocer la ciudad o comuna donde se celebró el matrimonio, ya que el sistema informático centralizado puede no tener disponible esa inscripción para emisión en línea o en cualquier oficina del país. En estos casos, debe concurrirse personalmente a la oficina del Registro Civil de la circunscripción donde se celebró el matrimonio y solicitar que un funcionario realice la búsqueda manual en los libros físicos del archivo histórico. Este proceso puede tomar entre 1 y 5 días hábiles dependiendo del volumen de los archivos. Los documentos de los libros históricos pueden estar en estado de deterioro, por lo que el Registro Civil puede emitir un certificado que indique que la inscripción fue encontrada aunque con datos parcialmente ilegibles.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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