Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile
Conforme a los Artículos 40bis a 40bis F del Código del Trabajo (DFL No. 1/2003)
CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
Celebrado conforme a los Artículos 40bis a 40bis F del Código del Trabajo (DFL No. 1/2003)
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
EMPLEADOR:
Razón Social: [Nombre Empleador]
RUT: [RUT Empleador]
Domicilio: [Domicilio Empleador]
Representante Legal: [Representante Legal]
TRABAJADOR/A:
Nombre Completo: [Nombre Trabajador]
RUT: [RUT Trabajador]
Fecha de Nacimiento: [Fecha de Nacimiento]
Domicilio: [Domicilio Trabajador]
SEGUNDO: CARGO Y FUNCIONES
El/La trabajador/a desempeñará el cargo de [Cargo], cuyas funciones son:
[Descripción de Funciones]
Lugar de trabajo: [Lugar de Trabajo]
TERCERO: JORNADA DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
El presente contrato se celebra bajo el régimen de jornada a tiempo parcial, conforme al Artículo 40bis del Código del Trabajo.
Horas Semanales Pactadas: [Horas Semanales]
Distribución de Jornada: [Distribución de Jornada]
Las horas extraordinarias en contratos a tiempo parcial solo podrán pactarse a partir de las horas que excedan la jornada convenida, conforme al Artículo 40bis C del Código del Trabajo, con el recargo legal del 50%.
CUARTO: DURACIÓN DEL CONTRATO
Tipo de Contrato: [Tipo de Contrato]
Fecha de Inicio: [Fecha de Inicio]
Fecha de Término (si aplica): [Fecha de Término]
QUINTO: REMUNERACIÓN
El/La empleador/a pagará al/a la trabajador/a una remuneración mensual bruta de [Remuneración], pagadera el [Día de Pago].
La remuneración ha sido calculada proporcionalmente a las horas convenidas respecto de la jornada completa, conforme al Artículo 40bis B del Código del Trabajo. En ningún caso la remuneración diaria podrá ser inferior al equivalente proporcional del Ingreso Mínimo Mensual vigente.
Gratificación Legal: [Gratificación]
De la remuneración bruta se descontarán las cotizaciones previsionales obligatorias (AFP, salud, AFC) y el Impuesto Único de Segunda Categoría conforme al DL 824/1974.
SEXTO: FERIADO ANUAL PROPORCIONAL
El/La trabajador/a tendrá derecho a feriado anual calculado proporcionalmente a las horas trabajadas, conforme al Artículo 40bis D del Código del Trabajo. Cumplido un año de servicio, el feriado será de quince días hábiles con remuneración íntegra, en proporción a la jornada parcial pactada.
SÉPTIMO: PREVISIÓN SOCIAL
AFP: [AFP] (DL 3.500/1980 — cotización del 10% sobre remuneración imponible)
Salud: [Salud] (cotización del 7%)
Seguro de Cesantía: AFC Chile (Ley 19.728/2001)
Seguro contra Accidentes del Trabajo: Ley 16.744/1968 — cotización a cargo del empleador.
OCTAVO: TÉRMINO DEL CONTRATO
El presente contrato podrá terminar por las causales establecidas en los Artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo. Tratándose de contrato a plazo fijo, terminará en la fecha convenida sin necesidad de aviso previo. En caso de despido por necesidades de la empresa, el/la trabajador/a tendrá derecho a la indemnización por años de servicio conforme al Artículo 163, calculada sobre la base de la última remuneración mensual.
NOVENO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código del Trabajo (DFL No. 1/2003), con aplicación especial de los Artículos 40bis a 40bis F sobre contratos a tiempo parcial. Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Letras del Trabajo competentes, conforme al procedimiento de aplicación general (Arts. 425–459 del CT).
FIRMAS
En [Ciudad de Firma], a [Fecha de Firma].
EL/LA EMPLEADOR/A:
[Nombre Empleador]
Representado/a por: [Representante Legal]
RUT: [RUT Empleador]
Firma: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A:
[Nombre Trabajador]
RUT: [RUT Trabajador]
Firma: _________________________
Se deja constancia que el/la trabajador/a recibió un ejemplar íntegro del presente contrato, conforme al Artículo 11 del Código del Trabajo.
Firma de recepción: _________________________ Fecha: _________________________
Empleador / Representante Legal
________________
Signature
Trabajador/a a Tiempo Parcial
________________
Signature
Qué es Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile
El Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial en Chile es el contrato laboral, regido por los artículos 40 bis a 40 bis D del Código del Trabajo (DFL 1 de 2003), mediante el cual el trabajador cumple una jornada que no supera dos tercios de la jornada ordinaria, con derechos proporcionales. Define funciones, salario, jornada, vacaciones y procedimientos de extinción que vinculan al empresario y al trabajador.
El Artículo 40bis del Código del Trabajo define el contrato a tiempo parcial: es aquel en el que la jornada semanal pactada no supera los dos tercios de la jornada máxima semanal ordinaria aplicable a tiempo completo. Dado que el máximo actual conforme a la Ley 21.561 de 2024 (Ley de las 40 Horas) es de 44 horas semanales (reduciéndose progresivamente a 40 horas), dos tercios de 44 equivalen aproximadamente a 29,3 horas — estableciendo el umbral de 30 horas como el límite legal para el empleo a tiempo parcial.
El Artículo 40bis A establece que la remuneración de los trabajadores a tiempo parcial debe ser proporcional a sus horas contratadas respecto de un trabajador a tiempo completo que realiza trabajo equivalente. El Ingreso Mínimo Mensual (IMM — CLP 500.000 en 2025) se aplica proporcionalmente: un trabajador contratado por 20 horas semanales (respecto de la jornada estándar de 44 horas) recibe un mínimo proporcional de aproximadamente CLP 227.000. El Artículo 40bis F establece que todos los beneficios obligatorios del Código del Trabajo se aplican proporcionalmente a los trabajadores a tiempo parcial, incluyendo feriado anual, gratificación legal e indemnización por años de servicio.
La Ley 21.561 de 2024 (Ley de las 40 Horas), promulgada en abril de 2024 por el Congreso Nacional de Chile, establece la reducción gradual de la jornada máxima ordinaria desde 45 a 40 horas semanales en un período de cinco años. Desde abril de 2024 el máximo es 44 horas; desde abril de 2026 será 42 horas; y desde abril de 2028 será 40 horas. Esta reducción gradual tiene impacto directo en el umbral de la jornada parcial: el límite de 30 horas para el tiempo parcial se calcula como dos tercios de la jornada máxima vigente, por lo que reducirá correlativamente a medida que se implementa la Ley 21.561. Los empleadores deben actualizar sus contratos a tiempo parcial existentes para reflejar los nuevos umbrales a medida que se implementan.
La Ley 21.645 de 2023, sobre conciliación de la vida laboral, familiar y personal, fortaleció el derecho de los trabajadores con responsabilidades de cuidado a solicitar modalidades de trabajo flexible, incluyendo reducción a jornada parcial. El empleador debe responder la solicitud dentro de 30 días hábiles, y la negativa injustificada puede ser impugnada ante los Juzgados de Letras del Trabajo. El SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo) y el SERNAM (hoy SERNAMEG — Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género) promueven el trabajo a tiempo parcial como medida de conciliación laboral para cuidadores de hijos menores, personas con discapacidad y adultos mayores. forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile actualizado a los estándares de los Artículos 40bis a 40bis F del CT y de la Ley 21.561 vigentes en 2025.
Cuándo necesitas Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile
El Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial en Chile se requiere cuando un empleador chileno contrata a un trabajador cuya jornada semanal acordada es de treinta horas o menos, independientemente de si la modalidad a tiempo parcial se combina con una forma contractual indefinida, a plazo fijo o por obra o faena conforme al Artículo 40bis B.
El contrato es necesario cuando una empresa del comercio al por menor (supermercados, tiendas por departamento bajo las inspecciones especiales de la Dirección del Trabajo), un negocio de hospitalidad, restaurante o café contrata personal de servicio para turnos específicos. Los contratos a tiempo parcial son apropiados para trabajadores estudiantes que necesitan limitar su jornada para compatibilizar con compromisos académicos. Trabajadores con discapacidad registrados en el Registro Nacional de la Discapacidad (mantenido por el Servicio de Registro Civil e Identificación bajo la Ley 20.422) frecuentemente prefieren modalidades a tiempo parcial. Los empleadores con 100 o más trabajadores deben contratar al menos el 1% de su fuerza laboral entre personas con discapacidad conforme a la Ley 21.015 de 2017.
Los profesionales que prestan servicios especializados en modalidad parcial — como psicólogos contratados para 10 horas semanales de bienestar laboral, especialistas TI contratados para 15 horas semanales, o asesores legales contratados para horas parciales de consultoría — deben evaluar cuidadosamente si la relación configura subordinación y dependencia laboral conforme al Artículo 7 del CT, o si corresponde a honorarios independientes. La primacía de la realidad aplicada por la Dirección del Trabajo prevalece sobre la denominación formal del contrato: si el profesional cumple horario fijo, recibe instrucciones directas, y depende exclusivamente del empleador para sus ingresos, la DT puede re-calificar la relación como laboral independientemente de que el contrato diga 'honorarios'. La re-calificación obliga al empleador a pagar cotizaciones previsionales retroactivas a la AFP, salud (FONASA/ISAPRE) y AFC, más multas de la DT de hasta 60 UTM por trabajador afectado.
El teletrabajo a tiempo parcial — combinación de la modalidad de teletrabajo regulada por la Ley 21.220 de 2020 (Ley del Teletrabajo) y el contrato a tiempo parcial de los Artículos 40bis a 40bis F del CT — es una modalidad creciente en Chile. El contrato debe cumplir simultáneamente con los requisitos del Artículo 22 bis del CT (teletrabajo) y con los Artículos 40bis y siguientes (tiempo parcial), especificando los días y horarios de trabajo remoto, las herramientas provistas por el empleador, el derecho del trabajador a desconectarse fuera de la jornada pactada, y la cobertura del seguro de accidentes del trabajo bajo la Ley 16.744 en el domicilio del trabajador durante las horas de trabajo remoto acordadas.
Qué incluir en tu Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile
Un Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial válido en Chile conforme a los Artículos 40bis a 40bis F del Código del Trabajo debe contener todos los elementos esenciales del Artículo 10, más disposiciones específicas para tiempo parcial.
Identificación de las Partes: Nombres completos, RUT del SII, cédula de identidad del Registro Civil, nacionalidad y domicilio de ambas partes.
Horas Contratadas — Máximo 30: El contrato debe establecer expresamente las horas semanales, que no pueden superar las 30. Este umbral activa los Artículos 40bis a 40bis F. Las horas deben distribuirse especificando días y horarios conforme al Artículo 10 No. 5.
Remuneración Proporcional: Conforme al Artículo 40bis A, la remuneración debe ser proporcional a las horas contratadas. El empleador debe calcular el salario mínimo proporcional: (horas contratadas / 44) × CLP 500.000 IMM.
Gratificación Legal Proporcional: Conforme al Artículo 40bis F y los Artículos 47 a 52, los trabajadores a tiempo parcial reciben gratificación proporcional.
Feriado Anual: Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho al feriado anual conforme a los Artículos 67 a 76, con el mínimo de quince días (veinte para regiones del sur) después de un año de servicio.
AFC Seguro de Cesantía: Los trabajadores a tiempo parcial bajo contratos indefinidos reciben la misma estructura AFC que los trabajadores a tiempo completo bajo la Ley 19.728.
Forms-legal.com proporciona este modelo de Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial en Chile como punto de partida práctico para documentar relaciones laborales a tiempo parcial. Todo contrato debe ser revisado por un Abogado habilitado. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
**Teletrabajo parcial:** Si el contrato a tiempo parcial combina modalidad de teletrabajo conforme a la Ley 21.220/2020, debe indicar: días y horarios de trabajo presencial vs. remoto; herramientas y equipos provistos por el empleador; derecho a desconexión fuera de la jornada parcial pactada; cobertura del seguro de accidentes del trabajo de la Ley 16.744 en el domicilio durante horas de trabajo remoto; y protección de datos del empleador procesados en equipos del trabajador conforme a la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales.
**Conciliación laboral (Ley 21.645/2023):** Si el contrato a tiempo parcial surge de una solicitud de reducción de jornada por razones de cuidado (hijos menores, familiares con discapacidad o adultos mayores dependientes), el empleador debe conservar el anexo de acuerdo de reducción firmado por ambas partes como evidencia del cumplimiento de la Ley 21.645. La negativa injustificada a la solicitud de reducción de jornada puede generar responsabilidad ante los Juzgados de Letras del Trabajo. forms-legal.com recomienda que todo contrato a tiempo parcial sea revisado por un abogado laboral habilitado en el Colegio de Abogados para verificar el cumplimiento de los Artículos 40bis a 40bis F del CT y de la Ley 21.561 de 2024 sobre la reducción gradual de la jornada máxima. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en PDF o DOCX. La Ley 21.561 redujo la jornada ordinaria máxima a 40 horas semanales a partir de 2024, lo que impacta el cálculo de la jornada parcial: el tope del 66% se aplica sobre las 40 horas, equivalente a 26,4 horas semanales. En modalidad de teletrabajo parcial, el Artículo 152 quáter J CT exige que el contrato especifique los días y horarios de trabajo a distancia y los presenciales. La Ley 21.645 incorporó el derecho a la desconexión digital para trabajadores a tiempo parcial que usan tecnología. El SII acepta finiquitos de contratos a tiempo parcial con liquidaciones proporcionales al sueldo base pactado. Descarga el Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile desde forms-legal.com de forma gratuita en PDF o DOCX.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 21.561AR official
- Ley 21.645AR official
- Ley 20.422AR official
- Ley 21.015AR official
- Ley 21.220AR official
- Ley 16.744AR official
- Ley 19.728AR official
- Ley 21.719AR official
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Forms Legal. (2026). Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/employment/contracts/contrato-trabajo-tiempo-parcial-chile
"Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/employment/contracts/contrato-trabajo-tiempo-parcial-chile.
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Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 40bis del Código del Trabajo, un contrato de trabajo a tiempo parcial en Chile se define como aquel en que la jornada semanal pactada no supera los dos tercios de la jornada ordinaria máxima semanal aplicable a tiempo completo. Con el máximo actual de 44 horas semanales (vigente desde abril de 2024 bajo la Ley 21.561 de 2024), dos tercios equivalen a aproximadamente 29,3 horas — estableciendo 30 horas semanales como el umbral legal práctico para el empleo a tiempo parcial. Los trabajadores con una jornada contratada de 30 horas o menos semanales se clasifican como tiempo parcial (jornada parcial) y se benefician de las protecciones especiales de los Artículos 40bis a 40bis F del Código del Trabajo. A medida que el máximo a tiempo completo se reduzca bajo la Ley 21.561 — a 42 horas en abril de 2026 y a 40 horas en abril de 2028 — el umbral de los dos tercios para tiempo parcial se reducirá correspondientemente.
Sí, los trabajadores a tiempo parcial en Chile tienen derecho a un salario mínimo proporcional conforme al Artículo 40bis A del Código del Trabajo. El mínimo proporcional se calcula aplicando la relación entre las horas contratadas del trabajador y el máximo de horas a tiempo completo sobre el Ingreso Mínimo Mensual (IMM) vigente. Para 2025, el IMM es de CLP 500.000 mensuales para trabajadores entre 18 y 65 años. Un trabajador a tiempo parcial contratado por 22 horas semanales (frente al máximo de 44 horas a tiempo completo) tendría derecho a un mínimo de aproximadamente CLP 250.000 mensuales (22/44 × 500.000). La Inspección del Trabajo verifica el cumplimiento del salario mínimo proporcional durante sus visitas de fiscalización, y el incumplimiento expone a los empleadores a multas conforme al Artículo 506 del Código del Trabajo. Los empleadores deben recalcular los mínimos proporcionales cada vez que el IMM nacional sea actualizado por ley, y también a medida que las horas máximas a tiempo completo se reduzcan bajo la Ley 21.561 de 2024.
Sí, los trabajadores a tiempo parcial en Chile pueden trabajar horas extraordinarias conforme al Artículo 40bis C del Código del Trabajo, sujeto a reglas específicas. Las horas extraordinarias para trabajadores a tiempo parcial están limitadas a la diferencia entre las horas contratadas a tiempo parcial y el máximo semanal a tiempo completo. Por ejemplo, un trabajador contratado por 20 horas semanales (bajo el máximo de 44 horas) puede trabajar hasta 24 horas extraordinarias semanales. Al igual que las horas extraordinarias a tiempo completo conforme al Artículo 32 del Código del Trabajo, las horas extraordinarias para tiempo parcial deben acordarse por escrito y responder a situaciones de emergencia o carga laboral inusual. El recargo por horas extraordinarias es del 50% sobre la tarifa horaria del trabajador. El empleador no puede requerir unilateralmente a un trabajador a tiempo parcial que trabaje horas extraordinarias sin su consentimiento escrito.
Los trabajadores a tiempo parcial en Chile tienen derecho al feriado anual conforme a los Artículos 67 a 76 y al Artículo 40bis F del Código del Trabajo. Tras un año de servicio, el trabajador a tiempo parcial obtiene el mínimo de quince días hábiles de feriado anual (veinte días para trabajadores en las Regiones XI y XII y Provincia de Palena en la Región X). El cómputo en días hábiles — para trabajadores a tiempo parcial significa los días en que están contractualmente programados para trabajar. La compensación del feriado anual al término del contrato (feriado proporcional conforme al Artículo 73) se calcula sobre la remuneración efectiva del trabajador a tiempo parcial, que ya es proporcional a sus horas. La Dirección del Trabajo fiscaliza los derechos de feriado anual de los trabajadores a tiempo parcial a través de la Inspección del Trabajo.
Los trabajadores a tiempo parcial en Chile están sujetos a las mismas tasas obligatorias de cotizaciones previsionales que los trabajadores a tiempo completo, aplicadas sobre su remuneración imponible proporcional. Las cotizaciones AFP conforme al DL 3.500 de 1980 son del 10% de la remuneración imponible (descontadas del salario del trabajador por planilla) más la comisión AFP. Las cotizaciones de salud son del 7% de la remuneración imponible a FONASA (Ley 18.469) o a la ISAPRE elegida por el trabajador (Ley 18.933). Las cotizaciones AFC conforme a la Ley 19.728 son: empleador 2,4% + trabajador 0,6% para contratos a tiempo parcial indefinidos (a cuenta individual), más empleador 0,8% al fondo solidario; solo empleador 3% para contratos a tiempo parcial a plazo fijo u obra o faena (a cuenta individual). El seguro de accidentes del trabajo conforme a la Ley 16.744 es de cargo exclusivo del empleador a la tasa aplicable según la industria.
Un empleador en Chile no puede reducir unilateralmente la jornada de un trabajador a tiempo completo a tiempo parcial sin el consentimiento expreso y escrito del trabajador. El Artículo 5 del Código del Trabajo prohíbe al empleador alterar unilateralmente las condiciones esenciales del contrato — y las horas semanales acordadas constituyen una condición contractual esencial conforme al Artículo 10 No. 5. Cualquier reducción unilateral de horas por parte del empleador constituye una modificación unilateral del contrato. El trabajador puede: (1) aceptar la modificación bajo protesta y demandar la diferencia de salario y daños correspondientes; o (2) renunciar e invocar el despido indirecto (autodespido) conforme al Artículo 171 del Código del Trabajo, con derecho a las mismas indemnizaciones que el despido injustificado conforme al Artículo 163, más el recargo adicional del 80% sobre la indemnización por años de servicio. Toda reducción voluntaria de jornada a tiempo parcial debe documentarse en un anexo escrito al contrato firmado por ambas partes.
Los Artículos 40bis D y 40bis E del Código del Trabajo establecen reglas especiales para las jornadas alternadas en los contratos de trabajo a tiempo parcial en Chile. Estas disposiciones permiten a empleadores y trabajadores acordar modalidades de tiempo parcial en las que las horas de trabajo alternan entre períodos de mayor y menor intensidad — por ejemplo, trabajar 35 horas en la semana 1 y 25 horas en la semana 2, con un promedio de 30 horas semanales sobre el ciclo. La jornada alternada debe acordarse por escrito, ya sea en el contrato a tiempo parcial original o en un anexo posterior. El acuerdo debe especificar: la duración de cada período del ciclo alternado, el número de horas trabajadas en cada período, los días y horarios de inicio y fin aplicables en cada período, el método de cálculo de la remuneración cuando las horas varían, y el mecanismo de ajuste del horario por mutuo acuerdo. El promedio de horas semanales a lo largo del ciclo alternado no puede superar las 30 horas — si el promedio supera las 30 horas, el trabajador pasa a ser empleado a tiempo completo. La Dirección del Trabajo puede inspeccionar los registros de jornada alternada para verificar el cumplimiento del límite de horas promedio.
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