Employment History Report Request Colpensiones Colombia
Solicitud formal ante Colpensiones para obtención del reporte de historia laboral y semanas cotizadas al sistema de pensión de prima media con prestación definida
SOLICITUD DE HISTORIA LABORAL Y SEMANAS COTIZADAS
Colpensiones — Administradora Colombiana de Pensiones
Ley 100 de 1993 — Decreto 1730 de 2001 — Ley 797 de 2003
[Ciudad], [Fecha]
Señores
COLPENSIONES — ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
Ciudad
Referencia: Solicitud de [Tipo de Solicitud]
Yo, [Nombre], identificado/a con cédula de ciudadanía No. [Cédula], fecha de nacimiento [Fecha Nacimiento], domiciliado/a en [Dirección], teléfono [Teléfono], correo [Correo], afiliado/a al régimen de prima media con prestación definida administrado por Colpensiones, presento la siguiente solicitud:
SOLICITUD: [Tipo de Solicitud]
Finalidad: [Finalidad].
Período requerido: [Período].
Empleadores específicos (si aplica): [Empleadores].
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 13 y 48 de la Constitución Política (derecho a la seguridad social). Artículo 33 de la Ley 100 de 1993, que reconoce el derecho del afiliado a conocer su historial de semanas cotizadas para efectos del reconocimiento pensional. Decreto 1730 de 2001, artículo 12 (derecho de petición ante entidades de seguridad social). Ley 797 de 2003 (reforma pensional). Circular 049 de 2013 de la Superintendencia Financiera de Colombia sobre registro de historias laborales.
Solicito respuesta dentro del término legal de derecho de petición (15 días hábiles, Ley 1437 de 2011, art. 14), o treinta (30) días hábiles para documentos (art. 15).
Adjunto: fotocopia de cédula de ciudadanía y demás documentos requeridos.
Atentamente,
Firma: _________________________
[Nombre]
C.C.: [Cédula]
Teléfono: [Teléfono]
Correo: [Correo]
Colpensiones Affiliate (Afiliado/a)
________________
Signature
What Is a Employment History Report Request Colpensiones Colombia?
The Employment History Report Request Colpensiones Colombia (Solicitud de Historia Laboral ante Colpensiones) is the formal written request a worker, pensioner, or authorized representative submits to Colpensiones — the public entity managing the Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) under Ley 100 de 1993 — to obtain a certified Historia Laboral. The Historia Laboral is the official certified record of all pension contributions (aportes pensionales) made on behalf of the worker throughout their working life in Colombia, including: the names and NITs of all employers (empleadores) who reported contributions; the monthly IBC (Ingreso Base de Cotización) for each period; the number of contribution weeks (semanas cotizadas) per year; any periods of voluntary contributions by independent workers; and any gaps (periodos sin cotización) in the contribution record.
Colpensiones was created by Decreto 4121 de 2011 as the successor to the pension management functions of the Instituto de Seguros Sociales (ISS), which had operated since 1946 under Ley 90 de 1946. The UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales), created by Ley 1151 de 2007, assumed ISS's enforcement and collection functions, while Colpensiones took over the administration of the RPM pension regime. The Historia Laboral maintained by Colpensiones consolidates records from three eras: pre-ISS records (from employer-submitted carné de cotizaciones), ISS digital records (from the national SISS database), and post-2007 PILA records (from the electronic PILA platform).
The Historia Laboral is the critical document for calculating pension entitlement under Article 33 of Ley 100 de 1993 as amended by Article 9 of Ley 797 de 2003, which requires workers to have contributed at least 1,300 weeks (approximately 26 years) to receive the retirement pension (pensión de vejez) under RPM — a threshold phased in from 1,000 weeks in 2005 to 1,300 weeks by 2015. The Historia Laboral also determines the Ingreso Base de Liquidación (IBL) — the average monthly salary over the last 10 years of contributions or the entire contribution history if shorter under Article 21 of Ley 100, as modified by Article 10 of Ley 797 de 2003.
Workers in the RAIS (private AFP) who previously contributed to RPM-ISS/Colpensiones also need the Historia Laboral to verify contribution history transferred to their AFP account, as Decreto 1406 de 1999 established the rules for crediting pre-RAIS ISS contributions to individual AFP accounts. The Colpensiones Historia Laboral is also required when claiming traslado de régimen, pension de invalidez, indemnización sustitutiva, or any benefit that depends on the verified RPM contribution record.
When Do You Need a Employment History Report Request Colpensiones Colombia?
The Employment History Report Request Colpensiones Colombia must be submitted in the following circumstances under Ley 100 de 1993 and Ley 797 de 2003.
Pension Eligibility Verification: When a worker approaching retirement age (57 for women, 62 for men under Ley 797 de 2003) wishes to verify whether they have accumulated the minimum 1,300 contribution weeks required for the pensión de vejez under Article 33 of Ley 100 de 1993, or whether they qualify under the régimen de transición provisions of Article 36 with fewer weeks under prior law.
Disability Pension Claim: When filing a solicitud de pensión de invalidez, the Historia Laboral is required to verify the minimum 50-week contribution requirement in the three years before the fecha de estructuración under Article 39 of Ley 100 as modified by Ley 860 de 2003.
AFP Transfer Application: When a worker is applying to transfer from Colpensiones RPM to a private AFP RAIS under Article 15 of Ley 100, the receiving AFP requires the Historia Laboral to determine the equivalent weeks and IBC to be credited in the new individual account.
Contribution Gap Investigation: When the worker suspects their employer failed to pay PILA contributions for certain periods — a violation subject to UGPP enforcement under Ley 1151 de 2007 — the Historia Laboral identifies the gaps so the worker can file a complaint with the UGPP for retroactive collection.
Indemnización Sustitutiva: When a worker does not meet the minimum contribution weeks for a full pension and wishes to claim the lump-sum indemnización sustitutiva (substitute indemnity) under Article 37 of Ley 100 de 1993, the Historia Laboral documents the accumulated contributions to calculate the indemnity amount.
Legal or Judicial Proceedings: When a labor court proceeding (Juzgado Laboral del Circuito) or an administrative proceeding before the UGPP requires certified evidence of the worker's contribution history — for example, in a tutela action against Colpensiones for delayed pension recognition.
What to Include in Your Employment History Report Request Colpensiones Colombia
A complete Employment History Report Request Colpensiones Colombia under Ley 100 de 1993 and Decreto 1406 de 1999 must include the following essential elements.
Applicant Identification: Full legal name; cédula de ciudadanía number and date of issue; date of birth; home address; telephone; email; and Colpensiones affiliation number (número de afiliación a Colpensiones or former ISS número de afiliación) if known.
Type of Historia Laboral Requested: The request should specify whether the worker requires: (a) a full Historia Laboral covering the entire contribution history from the worker's first employer to the present; (b) a partial Historia Laboral covering a specific period (e.g., 1995–2010) for a specific purpose; or (c) a certified translation or apostille of the Historia Laboral for use abroad — which requires a separate request through the Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería).
Purpose of the Request: Statement of the intended use — pension claim (pensión de vejez, invalidez, or sobrevivientes), AFP transfer, labor litigation, UGPP contribution gap investigation, or personal record review. Stating the purpose helps Colpensiones prioritize urgent requests.
Request for Discrepancy Review: If the worker is aware of specific contribution periods that are missing from their Colpensiones record — for example, because their employer paid PILA but the record was not updated — the request should specifically identify those periods and the relevant employers, initiating a discrepancy investigation (proceso de conciliación de historia laboral) under Decreto 1406 de 1999.
Authorized Representative Details: If the request is filed by a legal representative (apoderado), attorney (abogado), or family member — rather than the worker directly — the request must include a power of attorney (poder especial) and the representative's cédula de ciudadanía and contact information.
Submission Method: Workers may request the Historia Laboral: (a) in person at any Colpensiones regional service center (punto de atención) — available at colpensiones.gov.co; (b) online through the Colpensiones virtual portal (Mi Colpensiones); or (c) by certified mail (correo certificado) to the Colpensiones headquarters in Bogotá D.C. Under Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo — CPACA), Colpensiones must respond within 15 business days of a formally filed petition.
Forms-legal.com provides this Employment History Report Request Colpensiones Colombia as a reference template to help workers document their pension contribution history accurately.
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}Frequently Asked Questions
Los trabajadores pueden solicitar su Historia Laboral a Colpensiones a través de tres canales oficiales. Primero, en línea a través del portal virtual Mi Colpensiones en colpensiones.gov.co — los trabajadores deben registrarse con su cédula de ciudadanía y crear una cuenta digital para acceder y descargar su Historia Laboral en formato PDF sin costo alguno. Este canal es el más rápido y permite obtener el documento de inmediato. Segundo, en persona en cualquier punto de atención de Colpensiones — las citas se pueden programar en el sitio web de Colpensiones o llamando a la línea nacional de servicio (01 8000 114 466). Este canal es recomendable para trabajadores con registros complejos o con cotizaciones pre-PILA que requieren conciliación. Tercero, presentando una petición escrita formal conforme a la Ley 1437 de 2011 (CPACA), dirigida a la Gerencia de Reconocimiento de Colpensiones, presentada por correo certificado o en un punto de atención. Conforme al Artículo 14 del CPACA, Colpensiones debe responder dentro de los 15 días hábiles siguientes a una petición formal. Los trabajadores con cotizaciones del ISS anteriores a 1994, múltiples empleadores o brechas en el registro deben solicitar una cita presencial para una revisión supervisada de la historia laboral.
Las semanas de cotización faltantes en la Historia Laboral de Colpensiones son un problema común — particularmente para cotizaciones realizadas antes de 2007 cuando se implementó el sistema electrónico PILA. Los trabajadores con semanas faltantes tienen varios remedios. Primero, solicitar un proceso de conciliación de historia laboral a Colpensiones directamente, proporcionando evidencia de las cotizaciones faltantes — como colillas de pago, certificados laborales, contratos de trabajo o recibos de cotización emitidos por el empleador. Colpensiones cuenta con un equipo dedicado a reconciliar registros pre-PILA del ISS. Segundo, presentar una denuncia ante la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) en ugpp.gov.co — la UGPP puede obligar a los empleadores que no pagaron cotizaciones a remitir pagos retroactivos con penalidades e intereses de mora conforme a la Ley 1151 de 2007. La UGPP tiene amplias facultades de fiscalización y puede iniciar procesos de cobro coactivo contra empleadores morosos. Tercero, si el empleador ya no existe (liquidado o en quiebra), Colpensiones tiene procedimientos especiales para reconocer períodos de cotización huérfanos mediante la declaración del trabajador corroborada con cualquier evidencia documental disponible. Los trabajadores que no pueden recuperar las semanas faltantes aún pueden calificar para la indemnización sustitutiva conforme al Artículo 37 de la Ley 100 o para el reconocimiento de semanas de cotización de períodos anteriores conforme al Decreto 1406 de 1999.
Conforme al Artículo 33 de la Ley 100 de 1993 modificado por el Artículo 9 de la Ley 797 de 2003, los trabajadores en el régimen RPM (Colpensiones) deben acumular un mínimo de 1.300 semanas de cotización (aproximadamente 26 años de cotizaciones completas) para calificar a la pensión de vejez. Este umbral fue implementado gradualmente: 1.000 semanas hasta 2005, aumentando 25 semanas por año hasta alcanzar 1.300 semanas en 2015. Los trabajadores que se benefician del régimen de transición del Artículo 36 de la Ley 100 — quienes tenían 35 años o más (mujeres) o 40 años o más (hombres) al 1 de abril de 1994, o tenían 15 o más años de cotizaciones previas — pueden calificar bajo las normas anteriores más favorables, que en algunos casos requerían solo 500–1.000 semanas dependiendo del fondo preexistente (Cajanal, ISS, Foncolpuertos, entre otros). Los trabajadores que no alcanzan las 1.300 semanas pueden reclamar la indemnización sustitutiva (devolución en suma global de sus cotizaciones RPM más intereses) o acceder al programa Colombia Mayor de pensión asistencial para adultos mayores vulnerables conforme al Decreto 3771 de 2007, si tienen 54 años o más (mujeres) o 59 años o más (hombres) y tienen ingresos muy bajos.
Sí. Los trabajadores independientes que han cotizado voluntaria u obligatoriamente a Colpensiones (RPM) en cualquier momento de su carrera tienen derecho a solicitar una Historia Laboral que refleje esas cotizaciones. Conforme al Decreto 1273 de 2018 y el Decreto 1601 de 2022, los trabajadores independientes que ganan más de un SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) por mes están obligados a cotizar al sistema pensional — ya sea al RPM de Colpensiones o al RAIS de una AFP privada — procesando sus propios pagos PILA mensualmente. Las cotizaciones realizadas por trabajadores independientes aparecen en la Historia Laboral de Colpensiones bajo la propia cédula o NIT del trabajador como 'empleador' para efectos del PILA. Si un trabajador independiente contribuyó previamente al ISS antes de la creación de Colpensiones en 2012, esos registros del ISS deben aparecer también en la Historia Laboral de Colpensiones tras la migración de registros realizada entre 2012 y 2014. Los trabajadores independientes que consideren que las cotizaciones al ISS no fueron transferidas a Colpensiones deben presentar una solicitud de proceso de conciliación de historia laboral con la documentación que acredite las cotizaciones realizadas.
La Historia Laboral de Colpensiones refleja únicamente las cotizaciones realizadas al régimen RPM administrado por Colpensiones (y su predecesor el ISS). Las cotizaciones realizadas a cuentas de AFP privadas bajo el régimen RAIS — como Porvenir, Protección, Colfondos o Old Mutual — se registran en el extracto de cuenta individual de AFP, disponible en la AFP del trabajador, no en Colpensiones. Los trabajadores que han cotizado a ambos regímenes en diferentes momentos de su carrera — por ejemplo, quienes se trasladaron del RPM al RAIS o viceversa — tendrán un registro de cotizaciones dividido: sus cotizaciones RPM aparecen en la Historia Laboral de Colpensiones, mientras que sus cotizaciones RAIS aparecen en el extracto de cuenta AFP. Al calcular el total de semanas cotizadas para efectos de pensión para trabajadores con registros mixtos, Colpensiones o la AFP deben conciliar ambos registros conforme al Decreto 1406 de 1999 y las reglas de reconocimiento de semanas de cotización de períodos anteriores. Para las solicitudes de traslado a AFP, la AFP receptora utiliza la Historia Laboral de Colpensiones para determinar las semanas RPM que se acreditarán en la nueva cuenta individual como cotizaciones equivalentes.
Si Colpensiones no responde a una solicitud formal de Historia Laboral dentro de los 15 días hábiles exigidos por el Artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), el trabajador cuenta con varios remedios legales. Primero, presentar una queja disciplinaria contra Colpensiones ante la Procuraduría General de la Nación o la Defensoría del Pueblo, que pueden intervenir para obligar a Colpensiones a cumplir su obligación legal. Segundo, presentar una acción de tutela ante cualquier juzgado civil o laboral con competencia, invocando el derecho fundamental de petición (Artículo 23 de la Constitución Política de 1991) y el derecho fundamental a la seguridad social (Artículo 48 de la Constitución). La Corte Constitucional ha concedido sistemáticamente tutelas ordenando a Colpensiones entregar documentos de Historia Laboral cuando el mínimo vital del trabajador está en juego, como lo establece la Sentencia T-386 de 2013. Tercero, presentar una queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia, que supervisa la conducta administrativa de Colpensiones. Cuarto, si el retraso está causando un perjuicio económico inminente — por ejemplo, impidiendo que el trabajador cumpla un plazo para presentar su solicitud de pensión — el trabajador puede solicitar medidas cautelares ante el Juzgado Administrativo conforme al Artículo 229 del CPACA.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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