Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria)
Conforme al Código de Comercio Arts. 130–160 y Código Civil Arts. 1793–1896
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MAQUINARIA
Código de Comercio Arts. 130–160 — Código Civil Arts. 1793–1896
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
VENDEDOR:
Nombre / Razón Social: [Nombre Vendedor]
RUT: [RUT Vendedor]
Domicilio: [Domicilio Vendedor]
Representante Legal: [Representante Vendedor]
COMPRADOR:
Nombre / Razón Social: [Nombre Comprador]
RUT: [RUT Comprador]
Domicilio: [Domicilio Comprador]
Representante Legal: [Representante Comprador]
SEGUNDO: OBJETO DE LA COMPRAVENTA
El vendedor vende, cede y transfiere al comprador, quien compra y acepta para sí, la siguiente maquinaria: [Descripción Maquinaria]. Estado al momento de la venta: [Estado Maquinaria]. Se incluyen los siguientes accesorios, herramientas y documentos: [Accesorios Incluidos].
La presente compraventa de maquinaria (bien mueble) tiene carácter mercantil conforme a los Artículos 130 y siguientes del Código de Comercio, aplicándose supletoriamente las disposiciones del Código Civil sobre compraventa (Artículos 1793 a 1896). La tradición del dominio se perfecciona con la entrega material de la maquinaria al comprador conforme al Artículo 684 del Código Civil.
TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio total de la presente compraventa es de [Precio Total], pagadero de la siguiente forma: [Forma de Pago]. En garantía del pago del precio: [Garantía de Pago].
El vendedor emitirá la factura electrónica correspondiente conforme a la Ley N° 20.727 sobre Factura Electrónica, con el desglose del IVA (19%) cuando proceda, conforme a las normas del DL 825/1974 (Ley del IVA). La factura electrónica constituye título ejecutivo conforme al Artículo 434 N° 4 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: ENTREGA Y TRANSFERENCIA DE RIESGO
El vendedor se obliga a entregar la maquinaria al comprador en [Lugar de Entrega], el [Fecha de Entrega]. Los gastos de transporte y flete son: [Gastos de Transporte]. El riesgo de pérdida o deterioro fortuito de la maquinaria se transfiere al comprador desde el momento de la entrega material, conforme al Artículo 1820 del Código Civil.
La entrega se documentará mediante un Acta de Entrega y Recepción que ambas partes suscribirán en el momento de la entrega, dejando constancia del estado de la maquinaria, accesorios recibidos y horómetro o kilometraje al momento de la entrega.
QUINTO: GARANTÍAS Y VICIOS REDHIBITORIOS
El vendedor responde por los vicios redhibitorios de la maquinaria conforme a los Artículos 1857 y siguientes del Código Civil — esto es, los vicios ocultos que hacen que la maquinaria sea impropia para su uso natural o que disminuyen de tal modo su utilidad que el comprador, de haberlos conocido, no la hubiera comprado o la hubiera comprado a un precio inferior. Para maquinaria nueva, el vendedor extiende la garantía del fabricante conforme a sus términos y condiciones. Para maquinaria usada, la responsabilidad por vicios redhibitorios se limita a los vicios que el vendedor conocía o debía conocer al momento de la venta conforme al Artículo 1861 del Código Civil.
SEXTO: DOMINIO Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO
El dominio de la maquinaria se transfiere al comprador en el momento de la entrega material, conforme al Artículo 684 del Código Civil. En caso de precio diferido o pago en cuotas, el vendedor podrá constituir prenda sin desplazamiento sobre la maquinaria a su favor, conforme a la Ley N° 20.190/2007 (Ley de Prenda Sin Desplazamiento), la que deberá inscribirse en el Registro de Prendas Sin Desplazamiento del Conservador de Bienes Raíces respectivo para ser oponible a terceros.
SÉPTIMO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código de Comercio de Chile (Arts. 130–160) y supletoriamente por el Código Civil (Arts. 1793 y ss.), la Ley N° 20.190 sobre Prenda Sin Desplazamiento, la Ley N° 20.727 sobre Factura Electrónica, y el DL 825/1974 (IVA). Cualquier controversia se somete a los Juzgados de Letras del domicilio del demandado, o a arbitraje ante el CAM Santiago si así lo acuerdan las partes por escrito.
FIRMAS
En [Ciudad de Firma], a [Fecha de Firma], firman las partes en dos ejemplares del mismo tenor y valor, quedando uno en poder de cada contratante.
VENDEDOR:
[Nombre Vendedor]
RUT: [RUT Vendedor]
Representante: [Representante Vendedor]
Firma: _________________________
COMPRADOR:
[Nombre Comprador]
RUT: [RUT Comprador]
Representante: [Representante Comprador]
Firma: _________________________
Vendedor / Representante Legal
________________
Signature
Comprador / Representante Legal
________________
Signature
What Is a Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria)?
A Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria) is a legally binding commercial contract governed by Articles 130–160 of the Código de Comercio (enacted 23 November 1865) and Articles 1793–1896 of the Código Civil (enacted 14 December 1855, in force 1 January 1857), through which a seller (vendedor) transfers ownership of industrial, agricultural, construction, or mining machinery to a buyer (comprador) in exchange for a price (precio) agreed in Chilean pesos (CLP) or Unidades de Fomento (UF). Article 130 of the Código de Comercio classifies the commercial purchase and sale of movable goods (bienes muebles) for business purposes as a mercantile act (acto mercantil), making machinery sales between commercial entities subject to both the Código de Comercio and the Código Civil in Chile's unitary legal system, with the Juzgados de Letras en lo Civil exercising first-instance jurisdiction and the Cortes de Apelaciones hearing appeals.
The legal framework for machinery sales in Chile integrates multiple statutory sources beyond the core commercial codes. For large industrial machinery used in Chile's dominant extractive sectors, the Código de Minería (Ley 18.248 of 28 September 1983) and the regulations of the Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) govern specific categories of mining equipment. Machinery used in Chile's agricultural sector operates under the framework of the Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) and may be subject to import controls under the Servicio Nacional de Aduanas (Aduanas) when machinery is acquired from foreign manufacturers. Construction equipment is regulated by the Ministerio de Obras Públicas (MOP) framework when used on public infrastructure projects, and by Decreto Supremo No. 10/2003 of the Ministerio del Trabajo (Reglamento de Seguridad Minera) for underground mining operations.
The critical commercial law provisions for machinery sales include: Article 131 of the Código de Comercio, which establishes that in commercial purchases the buyer may demand delivery of the goods and payment or return of the price if the other party fails to fulfill; Article 137 of the Código de Comercio, governing the place and time of delivery (entrega) for commercial goods; Articles 1796–1814 of the Código Civil, which establish the capacity requirements, price determination rules, and formation requirements for valid sale contracts; and Articles 1857–1870 of the Código Civil, which govern the seller's warranty against hidden defects (vicios redhibitorios) — defects that existed at the time of sale but were not apparent to the buyer and that would have led the buyer not to have purchased or to have paid a lower price.
For high-value machinery acquisitions, Chilean commercial practice employs prenda sin desplazamiento (non-possessory pledge) under Ley 4.702/1929 (as superseded by the Ley sobre Prenda Sin Desplazamiento, Ley 18.112 of 16 April 1982, further modified by the Ley 20.190/2007 establishing the Registro de Prendas Sin Desplazamiento at the Servicio de Registro Civil e Identificación) as a security mechanism allowing the buyer to take possession of the machinery while the seller or financing bank retains a registered security interest (prenda) until full payment. The prenda sin desplazamiento must be registered in the Registro de Prendas Sin Desplazamiento maintained by the SRCEI to be effective against third parties under Article 24 of Ley 20.190/2007.
Import of machinery from foreign markets — particularly from suppliers in Germany, the United States, Japan, South Korea, China, and Italy — requires compliance with the Ordenanza de Aduanas (DFL No. 30/2004) under the Servicio Nacional de Aduanas, with customs duties potentially reducible under Chile's free trade agreements: the TLC Chile–European Union (2003), the TLC Chile–United States (2004), the TLC Chile–China (2006, one of Chile's largest trading partners), the TLC Chile–Japan (2007), the TLC Chile–South Korea (2004), and others administered by the Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON).
When Do You Need a Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria)?
A Machinery Sale Agreement Chile is needed whenever a Chilean company or individual acquires or disposes of industrial, agricultural, construction, or mining machinery in a commercial transaction governed by the Código de Comercio and the Código Civil.
Industrial and manufacturing sector: Chilean manufacturing companies — regulated by the Ministerio de Economía, Fomento y Turismo and the Servicio Nacional de Aduanas for imported equipment — purchase machinery for food processing, textile production, metalworking, and chemical manufacturing under formal Contrato de Compraventa de Maquinaria agreements that establish delivery terms, commissioning obligations, technical acceptance (acta de recepción conforme), and warranty periods. CORFO (Corporación de Fomento de la Producción de Chile) loan programs — including CORFO's Línea de Crédito para la Adquisición de Equipos y Maquinaria — require documented machinery purchase contracts as supporting documentation.
Mining sector: Chile's mining sector — which includes the world's largest copper mine (Chuquicamata, operated by CODELCO) and numerous lithium, gold, silver, and iron operations regulated by SERNAGEOMIN under the Código de Minería (Ley 18.248/1983) — generates enormous demand for specialized machinery purchases including excavators, haul trucks, crushers, processing plants, and underground development equipment. Mining company machinery purchases typically involve multi-million-dollar transactions requiring notarized Contratos de Compraventa de Maquinaria under Chilean law, with prenda sin desplazamiento security under Ley 20.190/2007 for vendor-financed or bank-financed acquisitions.
Agricultural sector: The SAG (Servicio Agrícola y Ganadero) under the Ministerio de Agricultura and INDAP (Instituto de Desarrollo Agropecuario) support agricultural equipment financing for Chilean farmers. Agricultural machinery purchases — tractors, harvesters, irrigation equipment, and processing machinery — require formal Contratos de Compraventa de Maquinaria for access to INDAP credit lines and SAG subsidy programs under Ley 18.910/1990 (Ley Orgánica del INDAP). Agricultural equipment subject to plant health (fitosanitario) or animal health (zoosanitario) controls under SAG regulations must include compliance certifications in the purchase contract.
Construction and infrastructure: Chilean construction companies bidding on MOP (Ministerio de Obras Públicas) concession projects, SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanización) housing developments, or private real estate developments under the Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL No. 458/1976) require heavy construction equipment — excavators, cranes, concrete pumps, formwork systems — acquired under formal machinery purchase contracts. Used machinery acquisitions from international sellers require import documentation under the Ordenanza de Aduanas and customs duty assessment by the Servicio Nacional de Aduanas.
Second-hand machinery: The Chilean market for used industrial machinery — operated through specialized auctions by companies such as Ritchie Bros. (now RB Global), Iron Planet, and local Chilean auctioneers registered with the Ministerio de Economía — requires formal Contrato de Compraventa de Maquinaria documentation regardless of whether the machinery is new or used, with appropriate warranty limitations for second-hand equipment and provisions for technical inspection by the buyer before purchase.
What to Include in Your Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria)
A valid Machinery Sale Agreement Chile under Código de Comercio Articles 130–160 and Código Civil Articles 1793–1896 must contain the following critical elements to ensure legal enforceability, regulatory compliance, and commercial certainty:
Party Identification: Full legal identification of seller (vendedor) and buyer (comprador), including complete legal names, RUT (Rol Único Tributario assigned by the SII), Registro de Comercio inscription for corporate entities, registered addresses, and authorized signatories with valid powers of attorney (mandato) under Código Civil Articles 2116–2173. For Sociedades Anónimas (SA) under Ley 18.046/1981, the signatory requires a board resolution (acuerdo de directorio); for SpAs under Articles 424–446 of the Código de Comercio, authority under the company's estatutos.
Machinery Description: Precise technical identification of the machinery subject to the sale: make, model, serial number, year of manufacture; technical specifications (potencia, capacidad, dimensiones, peso); current operational condition; hours of operation (horas de uso) for used equipment; applicable safety certifications under the Ministerio del Trabajo's Decreto Supremo No. 594/1999 (Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo) or Decreto Supremo No. 10/2003 for mining environments; and customs clearance documentation (declaración de importación, número de aceptación aduanera) for imported machinery processed through the Servicio Nacional de Aduanas under the Ordenanza de Aduanas (DFL No. 30/2004).
Purchase Price and Payment Terms: Precise statement of the purchase price denominated in CLP or UF (Unidades de Fomento, indexed daily by the SII), specifying: whether the price is quoted exclusive or inclusive of IVA at 19% under DL 825/1974; the payment modality — cash (contado), installment plan (cuotas) with or without a pagaré notarial under Ley 18.092/1982, documentary credit (crédito documentario), or CORFO credit line financing; payment milestones tied to delivery, installation, and acceptance events; and late payment interest at a rate not exceeding the Tasa Máxima Convencional (TMC) established quarterly by the CMF under Ley 18.010/1981.
Delivery Terms and Risk Transfer: Specific delivery terms including: the place of delivery (lugar de entrega) — ex works (en fábrica), delivered to a named Chilean port or address, or installed on-site; the delivery date or lead time; the party responsible for transportation and insurance during transit; and — critically — the moment at which risk of loss or damage transfers from seller to buyer. Under Article 1820 of the Código Civil (risk rules for sale contracts), risk transfers to the buyer upon contract perfection (perfeccionamiento del contrato) for specific goods (bienes ciertos y determinados), but parties to commercial contracts regularly modify this default rule under Article 1547 of the Código Civil by specifying that risk transfers on delivery and acceptance. Incoterms 2020 (ICC publication) are commonly incorporated in Chilean commercial contracts to define delivery and risk transfer for international machinery purchases, with the specific Incoterm (FOB, CIF, DAP, DDP) stated explicitly.
Installation, Commissioning, and Acceptance: For complex industrial machinery, the contract must address: the seller's obligation (if any) to provide installation and commissioning services; the technical acceptance procedure — typically a formal acta de recepción conforme signed by both parties after a commissioning test demonstrating that the machinery operates in accordance with technical specifications; training obligations for the buyer's operators under Decreto Supremo No. 40/1969 (Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, administered by the Mutual de Seguridad and the ACHS under the Ministerio del Trabajo); and the consequences of technical acceptance failure (recha zo del equipo) triggering the buyer's right to demand repair, replacement, or price reduction under Article 1873 of the Código Civil.
Warranties (Garantías): Specification of warranty obligations including: the seller's warranty against hidden defects (vicios redhibitorios) under Código Civil Articles 1857–1870 — defects that existed at the time of sale, were not apparent to the buyer through ordinary examination, and would have led the buyer not to purchase or to pay less; the duration of the redhibitory action (acción redhibitoria) under Article 1866 of the Código Civil (six months from delivery for movable goods under the default rule, extendable by contract); commercial warranty (garantía comercial) terms for new machinery specifying scope, duration, excluded defects, warranty service locations in Chile, and spare parts availability through the manufacturer's authorized dealer network in Chile.
Prenda Sin Desplazamiento (Non-Possessory Pledge): For vendor-financed or bank-financed machinery purchases, the Contrato de Compraventa de Maquinaria should include prenda sin desplazamiento provisions under Ley 18.112/1982 and Ley 20.190/2007 (which established the centralized Registro de Prendas Sin Desplazamiento at the SRCEI). The prenda must be: constituted in a public instrument (escritura pública) or private instrument authorized by a Notario Público; registered in the RNVM (for machinery classified as a motor vehicle) or the Registro de Prendas Sin Desplazamiento of the SRCEI for other machinery; precisely identify the pledged machinery; specify the secured obligation and the pledge duration; and include default provisions consistent with Articles 14–22 of Ley 20.190/2007 governing prenda enforcement by the pledge holder.
Forms-legal.com provides this Machinery Sale Agreement Chile template as a baseline for industrial equipment purchase transactions. Every high-value machinery acquisition should be reviewed by a licensed Chilean abogado with expertise in commercial law (derecho comercial) and, for imported machinery, by a licensed customs agent (agente de aduanas) registered with the Servicio Nacional de Aduanas under DFL No. 30/2004. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 18.248AR official
- Ley 18.112AR official
- Ley 20.190AR official
- Ley 18.910AR official
- Ley 18.046AR official
- Ley 18.092AR official
- Ley 18.010AR official
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Forms Legal. (2026). Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/business/bills-of-sale/machinery-sale-agreement-chile
"Machinery Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Maquinaria) (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/chile/business/bills-of-sale/machinery-sale-agreement-chile.
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}Frequently Asked Questions
La garantía contra vicios redhibitorios en la venta de maquinaria chilena está regida por los Artículos 1857–1870 del Código Civil y los Artículos 160–167 del Código de Comercio. Bajo el Artículo 1858 del Código Civil, un defecto califica como redhibitorio cuando: (1) existía al momento de la venta; (2) no era aparente al comprador mediante examen ordinario; y (3) es suficientemente grave como para que el comprador no hubiera comprado o hubiera pagado significativamente menos de haberlo conocido. Los remedios principales bajo el Artículo 1860 son: la acción redhibitoria (rescisión de la venta y devolución de la maquinaria contra reembolso del precio) o la acción cuanti minoris/estimatoria (reducción de precio proporcional al defecto). Bajo el Artículo 1861, si el vendedor conocía el defecto y lo ocultó, también es responsable de daños bajo los Artículos 1556–1558 del Código Civil. El plazo de prescripción es de seis meses desde la entrega de bienes muebles bajo el Artículo 1866, pero los contratos comerciales chilenos regularmente extienden este plazo contractualmente a uno o dos años para maquinaria nueva industrial. Para maquinaria usada, los vendedores frecuentemente restringen o excluyen la garantía redhibitoria para condiciones claramente observables, exclusiones válidas bajo el Artículo 1859 siempre que el vendedor no conociera el defecto.
La prenda sin desplazamiento es el instrumento de garantía primario utilizado en el financiamiento de maquinaria en Chile, permitiendo al comprador tomar posesión física y usar la maquinaria mientras el acreedor —ya sea el vendedor bajo un acuerdo de financiamiento del proveedor o un banco— retiene un interés de garantía registrado hasta el pago completo del precio. El marco legal está establecido por la Ley 18.112 de 16 de abril de 1982, reformada sustancialmente por la Ley 20.190/2007, que creó el Registro de Prendas Sin Desplazamiento centralizado y electrónico administrado por el SRCEI. La prenda debe constituirse en instrumento privado autorizado ante Notario Público o escritura pública y registrarse en el SRCEI para ser oponible a terceros. El registro crea un derecho de preferencia para el titular de la prenda sobre otros acreedores en procedimientos concursales bajo la Ley 20.720/2014, clasificado como crédito preferente de primera clase bajo el Artículo 2472 del Código Civil. Ante el incumplimiento del comprador, el titular puede ejecutar la prenda judicialmente bajo los Artículos 434–472 del Código de Procedimiento Civil o extrajudicialmente mediante el procedimiento rápido de los Artículos 14–22 de la Ley 20.190/2007, que permite proceder a la subasta de la maquinaria prendada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación al deudor moroso.
Los Incoterms (International Commercial Terms), publicados por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) —actualmente en la edición Incoterms 2020— son términos comerciales estandarizados que definen la asignación de obligaciones de entrega, costos y transferencia de riesgo entre vendedor y comprador en contratos comerciales internacionales. Los tribunales chilenos y paneles de arbitraje han reconocido consistentemente los Incoterms 2020 como términos contractuales válidos incorporados por referencia bajo el Artículo 1545 del Código Civil y el Artículo 4 del Código de Comercio (costumbre mercantil), siempre que el contrato indique expresamente el Incoterm aplicable y la edición. Los Incoterms más relevantes para importaciones de maquinaria a Chile son: FOB (riesgo y costos se transfieren al comprador chileno cuando la maquinaria es cargada en el buque); CIF (el vendedor paga el flete marítimo y el seguro hasta el puerto chileno de destino, típicamente San Antonio, Valparaíso, Iquique o San Vicente/Talcahuano del sistema Empresa Portuaria de Chile); DAP (el vendedor asume todos los costos y riesgos hasta la entrega en el lugar designado en Chile, excluyendo el despacho aduanero); y DDP (el vendedor asume todos los costos incluyendo derechos aduaneros bajo la Ordenanza de Aduanas e IVA a la importación). Para maquinaria importada bajo los TLC de Chile (TLC Chile–China 2006; TLC Chile–UE 2003; TLC Chile–EE.UU. 2004; TLC Chile–Japón 2007), las tasas arancelarias pueden reducirse al 0%.
La maquinaria adquirida por empresas chilenas se clasifica como activo fijo bajo la Ley de Impuesto a la Renta (LIR, DL 824/1974) y está sujeta a reglas de depreciación tributaria administradas por el SII. El SII establece tablas de vida útil para categorías de activos fijos bajo la Resolución Ex. N.° 43/2002 —la maquinaria industrial típicamente tiene vidas útiles de 5–15 años según el tipo de equipo, con maquinaria minera y de construcción especializada frecuentemente con vidas de 3–7 años. Bajo el Artículo 31 N.° 5 del LIR, las empresas pueden elegir entre: (1) depreciación normal (línea recta sobre la vida útil establecida por el SII); (2) depreciación acelerada (línea recta sobre un tercio de la vida útil normal); y (3) depreciación instantánea (deducción del 100% del costo de adquisición en el ejercicio fiscal de compra), disponible para PYMEs bajo el régimen tributario PYME del Artículo 14 D del LIR, modificado por la Ley 21.210/2020 (Ley de Modernización Tributaria). Para el IVA, la maquinaria adquirida como activo fijo permite la recuperación del crédito fiscal del IVA bajo el Artículo 27 bis del DL 825/1974 para empresas contribuyentes del IVA. Las consideraciones de precios de transferencia bajo el Artículo 41-E del LIR aplican cuando la maquinaria se vende o transfiere entre partes relacionadas.
La maquinaria industrial utilizada en los lugares de trabajo chilenos está sujeta a requisitos de seguridad y salud ocupacional administrados por la SUSESO, las mutualidades de empleadores (ACHS, Mutual de Seguridad CChC e IST) y autoridades regulatorias sectoriales. El marco regulatorio primario incluye: DS N.° 594/1999 del Ministerio de Salud (límites máximos de ruido, vibración, polvo y exposición química); DS N.° 40/1969 del Ministerio del Trabajo (programas de prevención de riesgos y capacitación en seguridad de maquinaria bajo la Ley 16.744/1968); DS N.° 54/1969 (Comités Paritarios de Higiene y Seguridad). Para maquinaria eléctrica, la SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustibles) bajo la Ley 18.410/1985 requiere certificación SEC. La maquinaria minera requiere autorización de SERNAGEOMIN bajo el DS N.° 132/2002 (Reglamento de Seguridad Minera). El Contrato de Compraventa debe especificar qué certificaciones están incluidas en la venta y las obligaciones del vendedor de proporcionar documentación (manuales, marcado CE para equipos de fabricación europea, certificación UL para equipos americanos) y apoyar el cumplimiento regulatorio chileno del comprador.
En Chile, la verificación de cargas sobre maquinaria industrial requiere revisar el Registro de Prendas Sin Desplazamiento administrado conforme a la Ley 20.190 de 2007. Las prendas sin desplazamiento sobre bienes muebles se inscriben en el Conservador de Bienes Raíces del domicilio del constituyente de la prenda, y son oponibles a terceros adquirentes desde la fecha de inscripción. El comprador debe solicitar un certificado de gravámenes de prendas ante el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, identificando el bien por número de serie o las características que lo individualizan en el Registro. Adicionalmente, si el vendedor es una empresa en proceso de reorganización o liquidación concursal bajo la Ley 20.720, el comprador debe verificar ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIRE) que el Liquidador tiene autorización para vender los activos de la empresa y que la venta cumple con los procedimientos de la Ley 20.720. La compra de maquinaria con prendas no alzadas es inoponible al acreedor prendario: el acreedor prendario puede hacer efectiva la prenda sobre la maquinaria aunque esté en manos del comprador, lo que convierte la verificación previa de cargas en un paso indispensable antes de cualquier compraventa de maquinaria de alto valor en Chile. La Ley 19.496 de Protección al Consumidor (SERNAC) otorga al comprador consumidor el derecho a exigir saneamiento de evicción si la maquinaria es objeto de un juicio reivindicatorio posterior a la compra, con responsabilidad del vendedor por los daños sufridos conforme al Artículo 1843 del Código Civil.
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