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Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

Harvest Sale Agreement Chile / Forward (Contrato de Compraventa de Cosecha)

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE COSECHA (FORWARD)

Celebrado conforme a los Artículos 1793 y 1461 del Código Civil de Chile

Ley de Sanidad Vegetal — SAG — INDAP Ley 18.910 — ASOEX

PRIMERA: PARTES

EL PRODUCTOR / VENDEDOR:

Nombre / Razón Social: [Grower Name]

RUT: [Grower RUT]

Domicilio / Predio: [Grower Address]

EL COMPRADOR:

Nombre / Razón Social: [Buyer Name]

RUT: [Buyer RUT]

Domicilio: [Buyer Address]

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO — DESCRIPCIÓN DE LA COSECHA FUTURA

Conforme al Artículo 1461 del Código Civil, el objeto del presente contrato es una cosa futura (cosecha futura). El Productor / Vendedor vende y el Comprador compra la siguiente cosecha futura:

Tipo de cultivo: [Crop Type]

Variedad: [Crop Variety]

Temporada de producción: [Production Season]

Superficie: [Production Area]

Volumen estimado: [Estimated Volume]

Normas de calidad: [Quality Standards]

TERCERA: NATURALEZA DEL CONTRATO — CONDICIÓN DE EXISTENCIA

Estructura del contrato: [Contract Structure].

Volumen mínimo de entrega: [Minimum Volume]

Las partes declaran haber tomado conocimiento de las disposiciones de los Artículos 1813 y 1461 del Código Civil relativas a la venta de cosas futuras y la condición de existencia, y manifiestan su voluntad de obligarse conforme a la estructura seleccionada.

CUARTA: PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO

Mecanismo de precio: [Pricing Mechanism]

Detalle del precio: [Price Details]

Anticipo: [Advance Payment]

Liquidación final: [Final Payment Terms]

QUINTA: ENTREGA, COSECHA Y REQUISITOS FITOSANITARIOS SAG

Período estimado de cosecha: [Harvest Calendar]

Punto de entrega: [Delivery Point]

Requisitos fitosanitarios SAG: [Phytosanitary Requirements]

El Productor se obliga a obtener y mantener vigentes todos los Certificados Fitosanitarios SAG requeridos para la comercialización y/o exportación de la cosecha, conforme a la Ley Fitosanitaria (Decreto Supremo N° 3/1979 del Ministerio de Agricultura) y los protocolos SAG aplicables al mercado de destino. Los costos de inspección y certificación SAG serán de cargo de la parte indicada en el detalle del precio.

SEXTA: FUERZA MAYOR — PÉRDIDA DE COSECHA

Para los efectos del Artículo 45 del Código Civil, las partes consideran como caso fortuito o fuerza mayor los siguientes eventos que impidan total o parcialmente la producción de la cosecha objeto de este contrato: helada (helada), granizo (granizo), sequía (sequía), lluvia excesiva, terremoto, erupción volcánica, cuarentena fitosanitaria ordenada por el SAG bajo la Ley 18.755, o prohibición de importación impuesta por el organismo de protección vegetal del país de destino. En tales eventos, se aplicará la estructura de contrato indicada en la cláusula Tercera.

Las partes se comprometen a suscribir los seguros agrícolas disponibles a través del Programa de Seguro Agrícola del Ministerio de Agricultura (AGROSEGUROS) conforme a la Ley 20.062, en la medida que sean aplicables al cultivo objeto de este contrato.

SÉPTIMA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por los Artículos 1793 y 1461 del Código Civil de Chile y por las normas de la Ley Fitosanitaria (Decreto Supremo N° 3/1979 del Ministerio de Agricultura), la Ley INDAP N° 18.910, y demás disposiciones agrícolas y comerciales aplicables. Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Letras en lo Civil competentes del domicilio del Productor / Vendedor.

FIRMAS

En [Contract City], a [Contract Date], las partes firman el presente Contrato de Compraventa de Cosecha en dos ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.

EL PRODUCTOR / VENDEDOR:

[Grower Name]

RUT: [Grower RUT]

Firma: _________________________

EL COMPRADOR:

[Buyer Name]

RUT: [Buyer RUT]

Firma: _________________________

Grower / Producer (Productor / Vendedor)

________________

Signature

Buyer / Comprador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

El Contrato de Compraventa de Cosecha en Chile es el acuerdo, regido por los artículos 1793 y 1461 del Código Civil sobre cosas futuras, mediante el cual el productor vende anticipadamente los frutos de una cosecha aún pendiente a cambio de un precio determinado o determinable.

La agricultura es uno de los pilares económicos de Chile, y los contratos de compraventa de cosechas —también denominados contratos de preventa agrícola o forward agrícola— son instrumentos habituales en el sector frutícola, vitivinícola, cerealero y hortícola. La Región de O'Higgins, la Región de Maule y la Región de Coquimbo concentran gran parte de la producción exportable de uva de mesa, manzanas, arándanos y palta que se comercializa bajo estas modalidades contractuales.

Cuando la compraventa se perfecciona sobre la cosecha futura como expectativa, el artículo 1813 del Código Civil permite pactar el precio independientemente de si la cosecha efectivamente se produce, salvo que el comprador haya comprado únicamente en la medida en que la cosa llegue a existir. Esta distinción es fundamental para asignar correctamente el riesgo de pérdida de la cosecha por caso fortuito o fuerza mayor, como heladas, sequías, plagas o eventos climáticos extremos que afectan frecuentemente la producción agrícola nacional.

El precio puede fijarse en pesos chilenos por unidad de peso, volumen o caja, quedando la cantidad definitiva sujeta al rendimiento efectivo de la cosecha. Alternativamente, puede pactarse un precio global o un precio por tonelada métrica referenciado a valores de exportación FOB o a índices de mercado establecidos por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA) del Ministerio de Agricultura.

forms-legal.com ofrece este modelo de contrato diseñado para la realidad agrícola chilena, facilitando a productores y compradores la documentación segura de sus operaciones de preventa de cosechas con plena eficacia jurídica.

Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

El Contrato de Compraventa de Cosecha en Chile se utiliza en múltiples situaciones que caracterizan la cadena agrícola y agroexportadora del país. La primera y más frecuente es la preventa de fruta destinada a exportación, mediante la cual el productor asegura precio y mercado antes de la temporada de cosecha. Exportadoras como David del Curto, Copefrut y las asociadas a la Asociación de Exportadores de Chile A.G. (Asoex) utilizan habitualmente estos contratos para programar la oferta exportable con meses de anticipación.

Las empresas vitivinícolas de los valles de Colchagua, Maipo, Casablanca y Cachapoal compran uva bajo contratos de temporada que fijan precio, variedad, calibre, grados Brix mínimos y condiciones de entrega en la bodega o en el viñedo. Viña Concha y Toro, Viña Santa Rita, Viña San Pedro y cientos de productores medianos utilizan estos contratos como herramienta de planificación productiva y financiera.

Los agricultores que solicitan crédito al Banco Estado, al Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) o a la banca privada frecuentemente respaldan el financiamiento con contratos de compraventa de cosecha que acreditan flujos futuros. Las cooperativas agrícolas como Coagra y Cooprinsem intermedian entre productores y compradores, utilizando contratos colectivos que luego se individualizan por cada predio.

La compraventa de cosecha de cereales —trigo, maíz, cebada maltera— para la industria molinera y cervecera requiere documentar las condiciones de calidad exigidas por compradores industriales como Carozzi, Empresas Lala y la Compañía Cervecerías Unidas (CCU). Los contratos especifican humedad, proteína, peso hectolítrico y ausencia de micotoxinas, condicionando el precio final a los análisis de laboratorio al momento de la entrega.

Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

El Contrato de Compraventa de Cosecha en Chile debe contener los siguientes elementos para que sea jurídicamente eficaz y cubra adecuadamente las particularidades del negocio agrícola.

**Identificación de las partes y del predio.** El contrato debe individualizar al productor-vendedor y al comprador con nombre o razón social, RUT y domicilio. Además, debe identificarse el predio agrícola con su rol de avalúo del Servicio de Impuestos Internos (SII), la ubicación comunal, la superficie plantada y el tipo de cultivo. En operaciones con INDAP, debe incluirse el número de expediente del crédito de enlace vinculado a la cosecha.

**Descripción del producto agrícola.** La cosecha debe describirse con precisión indicando: especie y variedad (p. ej. uva cv. Thompson Seedless, manzana cv. Gala, trigo harinero variedad Pandora), período estimado de cosecha, rendimiento esperado por hectárea y condiciones mínimas de calidad aceptables para el comprador. Las fichas técnicas de Asoex y los protocolos GlobalG.A.P. son referencias habituales para definir los estándares de calidad en la fruta de exportación.

**Precio y mecanismo de valoración.** El precio por unidad ($/kg, $/caja, $/tonelada métrica) debe quedar claramente establecido. Si el precio es variable en función de calidad o mercado de destino, el contrato debe describir el mecanismo de liquidación, los plazos de pago y los descuentos por fruta fuera de estándar. La referencia al tipo de cambio para cosechas de exportación puede hacerse al dólar observado del Banco Central de Chile.

**Asignación del riesgo por pérdida de cosecha.** La cláusula de riesgo es fundamental en este contrato. Conforme al artículo 1813 del Código Civil, si la venta se hizo de la cosecha futura como expectativa, el comprador debe el precio aunque la cosecha no se produzca. Si en cambio se condicionó a que la cosecha llegara a existir, la pérdida total exime al vendedor de entregar y al comprador de pagar. El contrato debe especificar expresamente cuál de las dos modalidades rige.

**Seguro agrícola.** Para operaciones de cierta magnitud, el contrato suele exigir al productor contratar un seguro agrícola con la Comisión Nacional de Riego o a través de los seguros subsidiados bajo la Ley N°18.755 del SAG (Servicio Agrícola y Ganadero), que cubre riesgos climáticos como heladas, granizo, exceso de lluvia y sequía. La póliza debe cederse al comprador como garantía en operaciones con pago anticipado.

**Condiciones de entrega.** El contrato debe establecer si la entrega se efectúa en el predio (en portón), en el packing del comprador o en puerto de embarque. Las condiciones de cosecha —modalidad manual o mecánica, envases, etiquetado, temperatura de prefrío— deben quedar descritas. Las penalidades por retraso en la cosecha o por entrega de producto fuera de estándar protegen al comprador industrial o exportador.

**Financiamiento anticipado y retención.** En la práctica chilena es frecuente que el comprador otorgue financiamiento al productor para los costos de temporada (fertilizantes, mano de obra, fumigación) a cuenta del precio de la cosecha. El contrato debe establecer el monto del anticipo, la tasa de interés o el costo de oportunidad que se descontará de la liquidación final, y las condiciones de la retención del saldo hasta la entrega total conforme.

**Resolución de disputas sobre calidad.** Los contratos con grandes compradores industriales incluyen protocolos de muestreo y análisis de laboratorio cuyos resultados son vinculantes para determinar el precio final. La designación de un laboratorio certificado por el SAG o por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) aporta objetividad al proceso de determinación de calidad y reduce la conflictividad entre las partes.

forms-legal.com proporciona un modelo de contrato de compraventa de cosecha que incorpora todos estos elementos, adaptado a los ciclos productivos y a la normativa agrícola chilena vigente.

Cómo completar tu Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

Para completar el Contrato de Compraventa de Cosecha en Chile, siga los siguientes pasos considerando las particularidades del negocio agrícola.

**Paso 1: Identificar el predio y la cosecha.** Ingrese el rol de avalúo SII del predio, la superficie total plantada de la variedad objeto del contrato, y la temporada de cosecha (ej. temporada 2025-2026). Si el predio tiene múltiples cuarteles con distintas variedades, especifique exactamente cuáles quedan cubiertos por el contrato y cuáles quedan excluidos.

**Paso 2: Describir el producto con parámetros de calidad.** Complete la especie, variedad, calibre mínimo, grados Brix mínimos, porcentaje máximo de fruta dañada o con residuos de plaguicidas fuera de norma, y referencias al protocolo de calidad aplicable (GlobalG.A.P., Asoex, protocolo propio del comprador). Estos parámetros determinan el precio final en contratos con diferenciación por calidad.

**Paso 3: Establecer el precio y la liquidación.** Indique el precio base por unidad de peso o volumen y el mecanismo de ajuste según calidad y destino de mercado. Si hay financiamiento anticipado, detalle el monto del adelanto, el período de financiamiento y la tasa de descuento que se aplicará en la liquidación final. Las liquidaciones parciales deben contemplarse para cosechas con múltiples pasadas.

**Paso 4: Precisar la asignación del riesgo.** Indique expresamente si la compraventa es de la cosecha como expectativa (riesgo para el comprador si no hay cosecha) o condicionada a la existencia de la cosecha (riesgo para ambas partes según el artículo 1813 del Código Civil). Esta cláusula es la más importante del contrato y debe redactarse sin ambigüedad.

**Paso 5: Definir logística y condiciones de entrega.** Complete el punto de entrega (predio, packing, puerto), el tipo de envase o granel, el estado de frío requerido y las penalidades por retraso. Incluya el nombre y contacto del inspector de calidad que realizará la recepción del producto.

**Paso 6: Firmar con testigos o ante notario.** Para contratos de alto valor o con financiamiento INDAP, la firma ante notario público otorga mérito ejecutivo al documento, facilitando el cobro judicial expedito en caso de incumplimiento.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Compraventa de Cosecha Chile

Los siguientes errores son frecuentes en los contratos de compraventa de cosecha en Chile y pueden derivar en pérdidas económicas significativas para productores y compradores.

**No definir claramente quién soporta el riesgo por pérdida de cosecha.** La omisión de la cláusula de riesgo o su redacción ambigua es el error más grave en estos contratos. Si el contrato no señala si la venta es de la cosecha como expectativa o condicionada a su existencia, el artículo 1813 del Código Civil presume que se compra bajo condición de existencia, lo que puede no corresponder a la voluntad real del comprador industrial que necesita asegurar su abastecimiento.

**Fijar precio sin mecanismo de ajuste por calidad.** Un precio fijo por kilogramo sin considerar la variabilidad de la calidad agrícola genera conflictos al momento de la entrega. Sin parámetros objetivos de calidad y sin un mecanismo de descuento por fruta fuera de estándar, las partes quedan en una posición de confrontación que puede terminar en la resolución del contrato o en litigios costosos.

**No prever el efecto de eventos climáticos extremos.** Chile es un país con alta vulnerabilidad a fenómenos climáticos como El Niño, La Niña, heladas tardías y sequías prolongadas. No incluir una cláusula de caso fortuito o fuerza mayor que especifique el procedimiento de comunicación, acreditación y consecuencias jurídicas del evento climático deja a ambas partes sin un protocolo claro de actuación ante emergencias.

**Omitir la certificación fitosanitaria como condición del contrato.** Las cosechas de exportación que no cuenten con la certificación del SAG no pueden salir del país. Si el contrato no condiciona el pago al cumplimiento de los requisitos fitosanitarios, el comprador puede quedar obligado a pagar por una cosecha que no puede exportar ni comercializar conforme a su destino previsto.

**No gestionar el anticipo de temporada con documentación adecuada.** Los adelantos de financiamiento sin contrato o sin pagaré firmado son difíciles de recuperar si el productor no entrega la cosecha comprometida. Todo anticipo debe documentarse como parte integral del contrato de compraventa o mediante un instrumento financiero separado con mérito ejecutivo.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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