Contrato de Arriendo de Vivienda Chile
Datos clave
Ley N° 18.101 — Código Civil Arts. 1915–1977
CONTRATO DE ARRIENDO DE VIVIENDA
Regido por la Ley N° 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos y los Artículos 1915–1977 del Código Civil de Chile
COMPARECIENTES
En la ciudad de Santiago, República de Chile, en la fecha indicada, comparecen las siguientes partes y celebran el presente Contrato de Arriendo de Vivienda:
ARRENDADOR: [Landlord Name], RUT [Landlord RUT], nacionalidad [Landlord Nationality], estado civil [Marital Status], domiciliado(a) en [Landlord Address], en adelante el "Arrendador".
ARRENDATARIO: [Tenant Name], RUT [Tenant RUT], nacionalidad [Tenant Nationality], estado civil [Marital Status], domiciliado(a) en [Tenant Address], correo electrónico [Tenant Email], en adelante el "Arrendatario".
CLÁUSULA PRIMERA — DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE
El Arrendador es dueño del siguiente inmueble destinado a habitación: [Property Type] ubicado en [Property Address], con rol de avalúo del SII N° [Rol de Avalúo], inscrito en el Conservador de Bienes Raíces bajo [CBR Data].
El inmueble tiene una superficie construida de [Property Area], con [Bedrooms] dormitorio(s), [Bathrooms] baño(s) y [Parking Spaces] estacionamiento(s).
El Arrendador hace entrega del inmueble en buen estado, apto para habitación, en conformidad con la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC — DFL N° 458) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Ambas partes suscribirán un acta de entrega detallada al momento de la entrega.
CLÁUSULA SEGUNDA — PLAZO DEL ARRIENDO
El arriendo comienza el [Start Date] y termina el [End Date], constituyendo un plazo [Lease Type].
Tratándose de arriendos a plazo fijo superior a un año, si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de ponerle término mediante aviso escrito con al menos dos (2) meses de anticipación a la fecha de vencimiento, este se renovará automáticamente mes a mes por tácita reconducción, conforme al Artículo 1956 del Código Civil y al Artículo 4 de la Ley N° 18.101.
Tratándose de arriendos a plazo indefinido, cualquiera de las partes podrá poner término al contrato mediante desahucio, dando aviso por escrito con al menos dos (2) meses de anticipación, notificado judicialmente por el Juzgado competente conforme al Artículo 3 de la Ley N° 18.101.
CLÁUSULA TERCERA — RENTA Y FORMA DE PAGO
La renta mensual será de [Monthly Rent], denominada en [Currency], pagadera [Payment Due Date] de cada mes mediante [Payment Method].
Datos de la cuenta bancaria para el pago de la renta: [Bank Details].
El atraso en el pago de la renta devengará un interés por mora equivalente a la tasa máxima convencional (TMC) publicada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) conforme a la Ley N° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, calculado diariamente desde la fecha de vencimiento hasta la fecha del pago efectivo.
El Arrendador emitirá un recibo de pago por cada renta percibida, indicando el mes correspondiente, el valor de la UF aplicado (si procede) y el monto en pesos chilenos (CLP) recibido.
CLÁUSULA CUARTA — GARANTÍA
El Arrendatario entregará al Arrendador una garantía de [Deposit Amount] al momento de la suscripción del presente contrato.
La garantía será restituida al Arrendatario dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la restitución del inmueble, deducidos los montos que correspondan por rentas impagas, cuentas de servicios pendientes o daños al inmueble debidamente acreditados que excedan el deterioro por uso normal, conforme al Artículo 1947 del Código Civil.
CLÁUSULA SEXTA — OBLIGACIONES DE LAS PARTES
El Arrendador deberá: (a) entregar el inmueble en condiciones aptas para habitación conforme al Artículo 1924 del Código Civil; (b) efectuar todas las reparaciones necesarias, incluyendo las de carácter estructural, sanitario y eléctrico, conforme al Artículo 1927 del Código Civil; (c) garantizar el goce tranquilo del inmueble por parte del Arrendatario; y (d) mantener el cumplimiento de los estándares de habitabilidad de la LGUC y la OGUC.
El Arrendatario deberá: (a) pagar la renta puntualmente en las fechas convenidas; (b) destinar el inmueble exclusivamente a fines habitacionales; (c) efectuar las reparaciones locativas derivadas del uso normal, conforme al Artículo 1940 del Código Civil; (d) abstenerse de realizar modificaciones estructurales sin el consentimiento previo y por escrito del Arrendador; y (e) restituir el inmueble al término del arriendo en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro por uso normal.
Responsabilidad por los gastos comunes: [Common Expenses]. En inmuebles acogidos a copropiedad inmobiliaria conforme a la Ley N° 21.442, los gastos comunes ordinarios comprenden el aseo, la seguridad y la mantención de los espacios comunes; los gastos comunes extraordinarios comprenden las mejoras de capital.
CLÁUSULA SÉPTIMA — RESTRICCIONES DE USO
Mascotas permitidas: [Pets Allowed]. Si se permiten mascotas, el Arrendatario asume plena responsabilidad por cualquier daño causado por animales al inmueble o a los espacios comunes.
Subarriendo permitido: [Subletting Allowed]. Conforme al Artículo 1946 del Código Civil, todo subarriendo realizado sin autorización expresa y por escrito del Arrendador constituirá un incumplimiento grave que facultará al Arrendador para poner término al contrato.
CLÁUSULA OCTAVA — TERMINACIÓN Y RESTITUCIÓN
El Arrendador podrá poner término al presente contrato e iniciar un juicio de arrendamiento ante el Juzgado competente conforme a la Ley N° 18.101 por las siguientes causales: (a) no pago de la renta por dos o más meses consecutivos; (b) deterioro culpable del inmueble; (c) destinar el inmueble a fines distintos de la habitación; o (d) subarriendo no autorizado.
El juicio de arrendamiento se sustanciará conforme al procedimiento sumario establecido en los Artículos 680 a 692 del Código de Procedimiento Civil (CPC), ante el Juzgado de Policía Local o el Juzgado de Letras en lo Civil con competencia territorial.
CLÁUSULA NOVENA — CLÁUSULAS ADICIONALES
CLÁUSULA DÉCIMA — JURISDICCIÓN
Toda controversia que surja del presente contrato de arriendo será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la comuna en que se ubica el inmueble, de conformidad con la Ley N° 18.101 y el Código Orgánico de Tribunales (COT).
El presente contrato se otorga en dos ejemplares idénticos de igual valor legal, uno para cada parte.
Arrendador
[Landlord Name]
Signature
Date: ________________
Arrendatario
[Tenant Name]
Signature
Date: ________________
Codeudor Solidario
[Guarantor Name]
Signature
Date: ________________
Qué es Contrato de Arriendo de Vivienda Chile
El Contrato de Arriendo de Vivienda en Chile es el acuerdo, regido por la Ley 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos, mediante el cual el arrendador cede el uso de una vivienda al arrendatario a cambio de una renta mensual, con las protecciones legales de restitución y reajuste.
El Artículo 1915 del Código Civil define el arrendamiento como el contrato por el cual dos partes se obligan recíprocamente — una a conceder el goce de una cosa, y la otra a pagar un precio determinado por ese goce. Para las propiedades urbanas residenciales, la Ley N° 18.101 establece protecciones obligatorias que prevalecen sobre estipulaciones contractuales contrarias, incluyendo plazos mínimos de aviso para la terminación del arrendamiento, restricciones a los procedimientos de desalojo, y derechos del arrendatario durante el proceso de restitución ante el Juzgado de Letras en lo Civil o el Juzgado de Policía Local con competencia bajo el Artículo 1 de la Ley N° 18.101.
El Conservador de Bienes Raíces (CBR) mantiene el Registro de Propiedad donde se inscriben los títulos de dominio bajo el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces. Aunque los contratos de arriendo residencial no requieren inscripción en el CBR para ser válidos entre las partes, los arrendadores deben verificar su título de propiedad mediante el certificado de dominio vigente emitido por el CBR antes de suscribir el contrato. El Servicio de Impuestos Internos (SII) asigna a cada propiedad un rol de avalúo (número de tasación fiscal) utilizado para el cálculo del impuesto territorial (contribuciones de bienes raíces) bajo el Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales.
El Artículo 2 de la Ley N° 18.101 establece que los contratos de arrendamiento residencial con renta mensual que no exceda el equivalente a una Unidad de Fomento quedan excluidos del ámbito de la ley y se rigen únicamente por las reglas del Código Civil. Para los arrendamientos por encima de este umbral — la gran mayoría de los arrendamientos residenciales urbanos en Santiago, Valparaíso, Concepción, Antofagasta, Temuco y otras ciudades — la Ley N° 18.101 brinda protecciones obligatorias al arrendatario que no pueden renunciarse contractualmente. El Artículo 3 de la Ley N° 18.101 exige que la terminación del arrendamiento por parte del arrendador siga plazos de aviso específicos: dos meses para contratos con plazos de un año o más, y dos meses para contratos de plazo indefinido, contados desde la fecha de notificación judicial a través del Juzgado competente.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) regula los estándares de habitabilidad aplicables a las viviendas arrendadas bajo la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC — Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1975) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Los arrendadores deben entregar propiedades que cumplan con los estándares de habitabilidad del LGUC, incluyendo seguridad estructural, instalaciones sanitarias aprobadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), y sistemas eléctricos certificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Los pagos de renta en Chile se denominan comúnmente en Unidades de Fomento (UF) — una unidad de cuenta diaria ajustada por inflación mantenida por el Banco Central de Chile bajo el Decreto Supremo N° 613 del Ministerio de Economía — para proteger a ambas partes contra la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Los contratos de arrendamiento típicamente especifican la renta en UF con pago en CLP al valor de la UF en la fecha de pago, preservando el valor real a lo largo del plazo del arrendamiento. La Asociación Chilena de Administradoras de Fondos de Inversión (ACAFI) reporta que los arrendadores institucionales que operan edificios multifamily en el área metropolitana de Santiago utilizan contratos estandarizados que cumplen con los requisitos de la Ley N° 18.101.
Cuándo necesitas Contrato de Arriendo de Vivienda Chile
El Contrato de Arriendo de Vivienda en Chile se necesita cada vez que un propietario concede la ocupación temporal de una vivienda a un arrendatario bajo el marco de la Ley N° 18.101 y los Artículos 1915 a 1977 del Código Civil, estableciendo obligaciones exigibles para ambas partes respecto al pago de la renta, el mantenimiento de la propiedad y los procedimientos de terminación del arrendamiento ante los tribunales chilenos.
Los arrendadores que arrienden departamentos en Santiago — especialmente en comunas como Providencia, Las Condes, Ñuñoa, Santiago Centro y Vitacura — requieren un contrato de arriendo escrito para establecer el monto mensual de la renta en UF o CLP, el depósito de garantía (garantía o mes de garantía) equivalente típicamente a un mes de renta, y la duración del arrendamiento. Las plataformas digitales como Portal Inmobiliario (de Mercado Libre), TocToc y Yapo.cl facilitan transacciones de arriendo que requieren contratos escritos estandarizados que protegen los intereses tanto del arrendador como del arrendatario bajo la Ley N° 18.101 y el Código Civil.
Los arrendatarios que se reubican por motivos laborales necesitan un contrato de arriendo formal para establecer domicilio legal para efectos del Servicio de Registro Civil e Identificación, la inscripción electoral ante el Servicio Electoral (SERVEL), la matriculación escolar a través del Ministerio de Educación (MINEDUC) y la afiliación al seguro de salud con FONASA (Fondo Nacional de Salud) o una ISAPRE (Institución de Salud Previsional) regulada por la Superintendencia de Salud.
Los propietarios de Valparaíso, Concepción, Antofagasta, Temuco y otras capitales regionales que arrienden casas o departamentos requieren contratos escritos que especifiquen cuál parte es responsable de los gastos comunes en condominios regidos por la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria de 2022, las conexiones de suministros con empresas como Enel Distribución Chile, Aguas Andinas, o CGE (Compañía General de Electricidad), y las obligaciones de mantenimiento de la propiedad bajo el Artículo 1927 del Código Civil.
Los extranjeros residentes en Chile bajo categorías de visa administradas por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior — incluyendo visa de residencia temporaria, visa sujeta a contrato y la visa de responsabilidad democrática — necesitan un contrato de arriendo notariado (autorizado ante Notario Público bajo los Artículos 399 a 446 del Código Orgánico de Tribunales) como documentación de respaldo para solicitudes y renovaciones de visa ante el DEM. La Ley de Migración N° 21.325 de 2021 regula las categorías migratorias y los requisitos de documentación para extranjeros en Chile.
Los estudiantes universitarios matriculados en instituciones como la Pontificia Universidad Católica de Chile (UC), la Universidad de Chile, la Universidad de Concepción o la Universidad de Santiago de Chile (USACH) que arrienden habitaciones o departamentos en ciudades universitarias necesitan contratos escritos que cumplan con la Ley N° 18.101 para documentar su domicilio y obtener beneficios estudiantiles del JUNAEB (Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas) y el MINEDUC.
Qué incluir en tu Contrato de Arriendo de Vivienda Chile
Un Contrato de Arriendo de Vivienda válido en Chile bajo la Ley N° 18.101 y los Artículos 1915 a 1977 del Código Civil debe contener los siguientes elementos esenciales para establecer un arrendamiento habitacional exigible con protecciones adecuadas para arrendador y arrendatario:
Identificación de las Partes: Nombres completos, RUT (Rol Único Tributario emitido por el Servicio de Impuestos Internos — SII), nacionalidad, estado civil, profesión y domicilio del arrendador y del arrendatario. Para arrendadores personas jurídicas, incluir la razón social, RUT, nombre del representante legal con su poder vigente (mandato), e inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces. Si un codeudor solidario o fiador garantiza las obligaciones del arrendatario, incluir su identificación completa y aceptación expresa de la solidaridad bajo el Artículo 1511 del Código Civil. Los extranjeros deben presentar su cédula de identidad para extranjeros o cédula de extranjería emitida por el Registro Civil e Identificación, o pasaporte con visa vigente bajo la Ley de Migración N° 21.325 de 2021.
Descripción de la Propiedad: Identificación precisa del inmueble arrendado — dirección, número de departamento o unidad, comuna, ciudad y región; el rol de avalúo fiscal del SII; los datos de inscripción en el CBR (foja, número y año de la inscripción de dominio en el Conservador de Bienes Raíces); superficie construida total en metros cuadrados; número de dormitorios, baños y estacionamientos; y el estado actual del inmueble documentado en un acta de entrega o inventario firmado por ambas partes al inicio del arrendamiento. El certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces confirma la titularidad y la ausencia de prohibiciones o hipotecas que afecten al inmueble.
Plazo y Renovación: La duración del arrendamiento — ya sea un plazo fijo con fechas de inicio y término en formato DD/MM/AAAA, o un plazo indefinido. Para contratos de plazo fijo, especificar si aplica la renovación automática (renovación automática) al término bajo las mismas condiciones, o si el contrato termina y requiere uno nuevo. El Artículo 4 de la Ley N° 18.101 establece que los contratos de plazo fijo superiores a un año no terminados mediante aviso oportuno se entienden renovados de forma mensual (tácita reconducción) conforme al Artículo 1956 del Código Civil.
Monto de la Renta y Condiciones de Pago: El monto mensual de la renta denominado en Unidades de Fomento (UF) o Pesos Chilenos (CLP), la fecha de vencimiento del pago (típicamente los primeros cinco días hábiles del mes), el método de pago (transferencia bancaria a cuenta en Banco de Chile, BancoEstado, Banco Santander Chile, Banco BCI u otra institución regulada por la Comisión para el Mercado Financiero — CMF), y las consecuencias del pago tardío incluyendo intereses por mora calculados a la tasa máxima convencional (TMC) publicada por la CMF bajo la Ley N° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero.
Depósito de Garantía (Garantía): El monto del depósito de garantía — típicamente un mes de renta (un mes de garantía) — las condiciones para su retención al término del arrendamiento (descuentos por rentas impagas, daños al inmueble más allá del deterioro por uso normal bajo el Artículo 1947 del Código Civil), y el plazo de devolución después de que el arrendatario desocupe la propiedad. El depósito debe estar denominado en la misma unidad que la renta (UF o CLP) para preservar su valor real frente al IPC del INE.
Obligaciones de Mantenimiento y Reparación: Distribución de responsabilidades de mantenimiento entre arrendador y arrendatario bajo los Artículos 1927 y 1940 del Código Civil — el arrendador es responsable de las reparaciones mayores o necesarias (estructurales, techumbre, fundaciones, instalaciones sanitarias aprobadas por la SISS y sistemas eléctricos certificados por la SEC), mientras el arrendatario es responsable de las reparaciones locativas derivadas del uso normal. Especificar las obligaciones sobre gastos comunes en edificios en condominio regidos por la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria de 2022 — típicamente el arrendatario paga los gastos comunes ordinarios mientras el arrendador paga los gastos comunes extraordinarios.
Restricciones de Uso y Subarriendo: El inmueble debe usarse exclusivamente como vivienda (destino exclusivamente habitacional). Prohibición o condiciones para el subarriendo (subarriendo) bajo el Artículo 1946 del Código Civil — el subarriendo requiere autorización escrita expresa del arrendador. Restricciones sobre tenencia de mascotas, ejercicio de actividades comerciales y modificaciones estructurales sin consentimiento escrito del arrendador.
Terminación y Procedimientos de Desalojo: Los plazos de aviso requeridos para la terminación del arrendamiento bajo la Ley N° 18.101 — el arrendador debe otorgar al menos dos meses de aviso anticipado (desahucio) para contratos mensuales o de plazo indefinido, notificado judicialmente por el Juzgado de Policía Local o el Juzgado de Letras en lo Civil. El juicio de arrendamiento sigue el procedimiento sumario de los Artículos 680 a 692 del Código de Procedimiento Civil (CPC), con la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) brindando asistencia legal gratuita a arrendatarios de bajos ingresos.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Arriendo de Vivienda para Chile como documento de referencia completo para arrendadores y arrendatarios. Ambas partes deben verificar el valor actual de la UF a través del Banco Central de Chile y confirmar la titularidad de la propiedad mediante un certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces antes de suscribir el acuerdo. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
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Preguntas Frecuentes
Bajo la Ley N° 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos, el arrendador debe otorgar un aviso escrito anticipado (desahucio) para terminar un arrendamiento residencial en Chile. Para los contratos de plazo indefinido, el Artículo 3 de la Ley N° 18.101 exige un mínimo de dos meses de aviso contados desde la fecha en que el arrendatario recibe la notificación judicial (notificación judicial) a través del Juzgado de Policía Local o el Juzgado de Letras en lo Civil competente. Para los contratos de plazo fijo que excedan un año, el arrendador debe otorgar aviso al menos dos meses antes de la fecha de vencimiento contractual — el incumplimiento del aviso oportuno resulta en renovación automática de forma mensual (tácita reconducción) bajo el Artículo 1956 del Código Civil. El arrendatario tiene derecho a un período adicional de dos meses desde la fecha de notificación para desocupar el inmueble (plazo de restitución), durante el cual las obligaciones de renta continúan. El desahucio debe tramitarse judicialmente ante el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentra el inmueble o ante el Juzgado de Letras en lo Civil para arrendamientos de mayor valor. La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, brinda asistencia legal gratuita a arrendatarios que enfrentan procedimientos de desalojo y cumplen criterios de ingreso establecidos por esa institución.
La renta residencial en Chile puede denominarse legalmente en Unidades de Fomento (UF) — una unidad de cuenta diaria ajustada por inflación mantenida por el Banco Central de Chile bajo el Decreto Supremo N° 613 del Ministerio de Economía. Denominar la renta en UF es práctica estándar en el mercado inmobiliario chileno, especialmente para propiedades con rentas mensuales superiores a 15 UF (aproximadamente CLP 555.000 en marzo de 2026). El valor de la UF se recalcula mensualmente en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), garantizando que la renta mantenga su poder adquisitivo real durante el plazo del arrendamiento. El arrendatario paga el equivalente en CLP de la renta denominada en UF al valor oficial de la UF en la fecha de pago, que ambas partes pueden verificar en el sitio web del Banco Central de Chile (bcentral.cl) o en el portal del Servicio de Impuestos Internos (sii.cl). Para arrendamientos de menor valor — especialmente los que están por debajo del umbral de la Ley N° 18.101 — la renta se denomina frecuentemente en CLP con cláusulas de ajuste periódico vinculadas al IPC del INE o un porcentaje anual fijo acordado entre las partes. Las plataformas de arriendo como Portal Inmobiliario y TocToc publican precios de referencia tanto en UF como en CLP para facilitar la comparación de mercado en las diferentes comunas de Santiago y otras ciudades del país.
Bajo los Artículos 1924 y 1927 del Código Civil de Chile, el arrendador tiene tres obligaciones fundamentales en un arrendamiento residencial: entregar el inmueble en estado de servir para el uso convenido, mantenerlo en ese estado durante el plazo del arrendamiento, y garantizar el goce pacífico de la cosa arrendada al arrendatario. Específicamente, el arrendador debe realizar todas las reparaciones necesarias (reparaciones mayores) — trabajos estructurales en fundaciones, muros, techumbre, instalaciones sanitarias conforme a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), e instalaciones eléctricas aprobadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) — que no sean causadas por culpa o negligencia del arrendatario. El arrendador también debe garantizar el cumplimiento de los estándares de habitabilidad establecidos por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC — DFL N° 458 de 1975) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) administrada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), incluyendo instalaciones sanitarias funcionales, ventilación adecuada y sistemas eléctricos certificados. Si el arrendador no realiza las reparaciones necesarias después de la notificación escrita del arrendatario, este puede solicitar autorización judicial al Juzgado competente para ejecutar las reparaciones y deducir el costo de los pagos futuros de renta bajo el Artículo 1935 del Código Civil. En los condominios regidos por la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria de 2022, la administración del edificio — supervisada por la Municipalidad y regulada por el reglamento de copropiedad — complementa las obligaciones de mantenimiento del arrendador respecto de las áreas comunes y los servicios del edificio.
La ley chilena no exige un depósito de garantía específico para los arrendamientos residenciales — la Ley N° 18.101 y el Código Civil no prescriben un monto de depósito obligatorio. En la práctica, el uso de mercado estándar en toda Chile es que el arrendador exija un depósito de garantía equivalente a un mes de renta (un mes de garantía), pagadero por el arrendatario al momento de firmar el contrato de arriendo. Algunos arrendadores en comunas premium de Santiago como Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea pueden solicitar dos meses de renta como garantía para propiedades de alto valor. El depósito sirve como garantía para el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario — incluyendo el pago de la renta, cuentas de servicios básicos (agua, luz, gas) y reparación de daños más allá del deterioro por uso normal bajo el Artículo 1947 del Código Civil. Al término del arrendamiento y restitución del inmueble, el arrendador debe devolver el depósito dentro de un período razonable (típicamente 30 a 60 días según lo especificado en el contrato), deduciendo únicamente montos documentados por rentas impagas, cuentas de servicios pendientes con Enel Distribución Chile, Aguas Andinas, CGE u otras empresas de servicios, o daños verificados en el inmueble. Las disputas sobre la retención del depósito se resuelven ante el Juzgado de Policía Local competente bajo el procedimiento sumario de los Artículos 680 a 692 del Código de Procedimiento Civil, con la posibilidad de recurrir a la mediación voluntaria facilitada por la Municipalidad correspondiente.
Bajo el Artículo 1946 del Código Civil de Chile, al arrendatario le está prohibido subarrendar el inmueble arrendado salvo que el arrendador haya autorizado expresamente el subarriendo en el contrato de arriendo o mediante autorización escrita separada. El subarriendo no autorizado constituye incumplimiento material del contrato y faculta al arrendador para poner término al arrendamiento e iniciar procedimientos de desalojo (juicio de arrendamiento) ante el Juzgado de Policía Local o el Juzgado de Letras en lo Civil bajo la Ley N° 18.101. Cuando el subarriendo está autorizado, el arrendatario original permanece solidariamente responsable ante el arrendador por todas las obligaciones del arriendo — incluyendo el pago de la renta, mantenimiento del inmueble y restitución en buen estado. Los derechos del subarrendatario frente al arrendatario original se rigen por el contrato de subarriendo, pero el subarrendatario no tiene relación jurídica directa con el propietario salvo que se establezca expresamente. En edificios en condominio regidos por la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria de 2022, el reglamento de copropiedad adoptado por la asamblea de copropietarios puede imponer restricciones adicionales al subarriendo o a actividades de arriendo a corto plazo, incluyendo restricciones a plataformas como Airbnb que operan bajo la Ley de Turismo administrada por el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), con fiscalización de la Municipalidad correspondiente. Los conflictos de subarriendo no autorizado pueden resolverse también mediante mediación ante el Centro de Mediación del Poder Judicial antes del inicio del procedimiento judicial sumario.
Los conflictos de arriendo en Chile se resuelven a través de procedimientos judiciales especializados establecidos por la Ley N° 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos y el Código de Procedimiento Civil (CPC). Los juicios de arrendamiento — incluyendo acciones de terminación del contrato, restitución del inmueble y cobro de rentas impagas — son conocidos por el Juzgado de Policía Local con jurisdicción territorial sobre la ubicación del inmueble para arrendamientos de renta mensual bajo el umbral legal, o por el Juzgado de Letras en lo Civil para arrendamientos de mayor valor. El procedimiento sumario establecido en los Artículos 680 a 692 del CPC rige estos procedimientos, brindando una resolución más expedita en comparación con el juicio ordinario. El arrendador inicia el procedimiento presentando una demanda de arrendamiento, que el tribunal notifica al arrendatario a través de un receptor judicial del Poder Judicial. El arrendatario tiene cinco días hábiles para contestar la demanda ante el Juzgado competente. La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, brinda representación legal gratuita a arrendatarios que califiquen según criterios de ingreso establecidos por dicha institución. Las apelaciones de las resoluciones del Juzgado de Policía Local son conocidas por la Corte de Apelaciones con jurisdicción territorial bajo el Código Orgánico de Tribunales (COT), con posible recurso de casación ante la Corte Suprema en casos de interés jurídico relevante. La mediación prejudicial ante la Municipalidad o un Centro de Mediación del Poder Judicial puede ser una alternativa menos costosa para resolver disputas menores de arriendo antes de iniciar el procedimiento judicial.
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