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Contrato de Compraventa de Acciones Chile

Contrato de Compraventa de Acciones Chile

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES

Conforme a la Ley 18.046/1981 Art. 14 y Código Civil Art. 1793

PRIMERO: PARTES

VENDEDOR:

Nombre / Razón Social: [Nombre Vendedor]

RUT: [RUT Vendedor]

Domicilio: [Domicilio Vendedor]

Representante Legal: [Representante Vendedor]

COMPRADOR:

Nombre / Razón Social: [Nombre Comprador]

RUT: [RUT Comprador]

Domicilio: [Domicilio Comprador]

SEGUNDO: OBJETO — ACCIONES VENDIDAS

El Vendedor vende, cede y transfiere al Comprador, quien compra y acepta, [Número de Acciones] acciones [Serie Acciones], equivalentes al [Porcentaje Participación] del capital social total, emitidas por la sociedad:

Razón Social: [Razón Social Sociedad]

RUT: [RUT Sociedad]

Tipo: [Tipo SA]

Capital Social Total: [Capital Total]

Certificado(s) de Acciones: [Número Certificado]

TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO

El precio total de la compraventa es de [Precio Total], pagadero de la siguiente forma: [Forma de Pago].

Las partes declaran que el precio acordado corresponde al valor de mercado de las acciones transferidas, en cumplimiento del Artículo 17 N° 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824/1974).

CUARTO: DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL VENDEDOR

El Vendedor declara y garantiza que: (a) es el legítimo propietario de las acciones vendidas, libres de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, prohibiciones o litigios; (b) las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; (c) no existen acuerdos de accionistas, derechos de preferencia ni restricciones estatutarias que impidan la presente transferencia, o si los hay, han sido debidamente respetados o renunciados; (d) la sociedad emisora no tiene obligaciones tributarias vencidas ante el SII a la fecha de firma; y (e) el Vendedor tiene plena capacidad legal para celebrar este contrato.

QUINTO: INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE ACCIONISTAS

El Comprador queda autorizado para notificar al gerente o secretario de [Razón Social Sociedad] la presente transferencia y solicitar la inscripción en el Registro de Accionistas conforme al Artículo 12 de la Ley 18.046/1981 y el DS 702/2012 (Reglamento de SA). La transferencia producirá plenos efectos frente a la sociedad y terceros desde dicha inscripción. El Vendedor se obliga a cooperar en todos los trámites necesarios para completar la inscripción.

SEXTO: LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

El presente contrato se rige por la Ley 18.046/1981, el Código Civil de Chile (Art. 1793 y siguientes), el DS 702/2012 y la legislación chilena aplicable. Las disputas se someterán a los Juzgados de Letras en lo Civil del domicilio del demandado, o al arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago) si las partes así lo acuerdan por escrito.

FIRMAS

En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].

EL VENDEDOR:

[Nombre Vendedor] — RUT [RUT Vendedor]

Firma: _________________________

EL COMPRADOR:

[Nombre Comprador] — RUT [RUT Comprador]

Firma: _________________________

Vendedor de Acciones

________________

Signature

Comprador de Acciones

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Compraventa de Acciones Chile

El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile es el acuerdo, regido por el artículo 14 de la Ley 18.046 de 1981 de Sociedades Anónimas y el artículo 1793 del Código Civil, mediante el cual el accionista vende sus acciones a un comprador, perfeccionándose la transferencia con su inscripción en el Registro de Accionistas.

La compraventa de acciones constituye un acto de enajenación de valores mobiliarios que produce efectos inmediatos entre las partes una vez perfeccionado el contrato mediante el consentimiento y el pago del precio acordado. Para las sociedades anónimas cerradas, la transferencia debe inscribirse en el Registro de Accionistas que lleva la propia compañía, conforme al artículo 12 de la Ley N°18.046. En las sociedades anónimas abiertas inscritas en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la transferencia se efectúa a través del sistema de anotaciones en cuenta del Depósito Central de Valores S.A. (DCV), regulado por la Ley N°18.876.

El precio de las acciones puede fijarse libremente entre los contratantes, aunque los estatutos sociales pueden establecer mecanismos de valoración preferenciales, derechos de primera opción o cláusulas de tag-along y drag-along que condicionan la libre transferibilidad. Las acciones de las sociedades abiertas tienen un precio de referencia en la Bolsa de Comercio de Santiago o la Bolsa Electrónica de Chile, lo que otorga un parámetro objetivo de valoración.

En el marco del contrato, el vendedor garantiza la titularidad legítima de las acciones, la inexistencia de gravámenes, prendas, medidas precautorias o cualquier restricción que limite la libre disposición de los títulos. El comprador, por su parte, adquiere todos los derechos inherentes a la calidad de accionista: derecho a voto, derecho a dividendos, derecho de suscripción preferente y derecho a la cuota de liquidación, desde el momento de la transferencia efectiva.

forms-legal.com ofrece este modelo de contrato adaptado a la normativa chilena vigente, permitiendo a empresarios, inversionistas y asesores legales documentar correctamente las operaciones de compraventa de participaciones societarias con plena seguridad jurídica.

Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Acciones Chile

El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile resulta necesario en toda operación de transferencia de participaciones societarias, con independencia del volumen de la transacción o del número de acciones involucradas. La primera situación que exige este contrato es la salida de un socio de una sociedad anónima cerrada, ya sea por acuerdo entre accionistas, por ejercicio de una opción de compra o de venta pactada en un pacto de accionistas, o por decisión unilateral del titular dentro de los límites estatutarios.

Las fusiones y adquisiciones de empresas en Chile —operaciones denominadas M&A— requieren invariablemente un contrato de compraventa de acciones como instrumento central de la transacción, acompañado de un proceso de due diligence y de declaraciones y garantías (representations and warranties) que protegen al comprador de contingencias no reveladas. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) debe ser notificada cuando la operación supera los umbrales establecidos en el artículo 48 del Decreto Ley N°211 sobre Libre Competencia.

También se requiere este contrato cuando un inversionista privado o un fondo de capital de riesgo adquiere participación en una startup o empresa emergente chilena, estructurando la entrada mediante acciones ordinarias o preferidas con derechos económicos y políticos diferenciados. Las plataformas de equity crowdfunding reguladas por la Comisión para el Mercado Financiero bajo la Ley N°21.314 (Ley Fintec) también instrumentalizan estas inversiones mediante contratos de compraventa de acciones.

La sucesión hereditaria que incluye acciones societarias puede requerir un contrato de compraventa cuando los herederos deciden ceder sus derechos hereditarios sobre los títulos a uno de ellos o a un tercero, regularizando así la propiedad de las acciones y facilitando la gestión continua de la empresa. Asimismo, los planes de compensación en acciones para empleados y ejecutivos, los management buyouts y las operaciones de leveraged buyout requieren documentar cada transferencia de acciones mediante este instrumento.

Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile

El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile debe contener los siguientes elementos para tener plena eficacia jurídica y proteger adecuadamente los intereses de ambas partes.

**Identificación completa de las partes.** El contrato debe individualizar al vendedor y al comprador con nombre completo o razón social, RUT, domicilio y, cuando corresponda, los datos del representante legal y la escritura de constitución o poder notarial que acredite la personería. En operaciones entre personas jurídicas, la vigencia de la sociedad debe verificarse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

**Descripción precisa de las acciones.** Debe indicarse el nombre de la sociedad emisora, su RUT, la serie de acciones (ordinarias, preferidas, serie A, B, etc.), el número exacto de acciones objeto de la transferencia, el valor nominal si lo tuvieren, y el porcentaje de participación en el capital social que representan. El artículo 14 de la Ley N°18.046 establece que las acciones deben estar íntegramente suscritas y pagadas para poder transferirse válidamente, salvo pacto en contrario establecido en los estatutos.

**Precio y condiciones de pago.** El precio debe expresarse en pesos chilenos o en moneda extranjera con referencia al tipo de cambio oficial del Banco Central de Chile. Las condiciones de pago —al contado, en cuotas, con garantía bancaria o con retención de precio (escrow)— deben quedar claramente establecidas. Los ajustes de precio post-cierre basados en estados financieros auditados (earn-out, net working capital adjustment) son comunes en transacciones de M&A y deben describirse con precisión.

**Declaraciones y garantías del vendedor.** El vendedor debe declarar que es el legítimo propietario de las acciones, que estas se encuentran libres de gravámenes, prendas sin desplazamiento, medidas cautelares o cualquier restricción a la libre disposición, y que no existen compromisos previos de venta a terceros. También debe declarar que la sociedad emisora no tiene contingencias tributarias, laborales, medioambientales o judiciales no reveladas que afecten significativamente su valor.

**Inscripción en el Registro de Accionistas.** Para que la transferencia produzca efectos frente a la sociedad y a terceros, debe inscribirse en el Registro de Accionistas de la compañía conforme al artículo 12 de la Ley N°18.046. El contrato debe establecer quién es responsable de gestionar dicha inscripción y en qué plazo, así como la obligación del gerente o administrador de la sociedad de practicarla.

**Pacto de no competencia.** En operaciones donde el vendedor tenía participación activa en la gestión de la empresa, es habitual incluir una cláusula de no competencia por un período razonable —generalmente dos a tres años— y en un ámbito geográfico y de actividad determinado, conforme a los principios generales de la autonomía de la voluntad y los límites del artículo 1461 del Código Civil sobre el objeto lícito.

**Condiciones suspensivas o resolutorias.** La compraventa puede quedar sujeta al cumplimiento de condiciones previas (conditions precedent) tales como la aprobación de la FNE, la obtención de autorizaciones regulatorias, la aprobación de la junta de accionistas o el levantamiento de derechos de preferencia de otros accionistas. El artículo 1474 del Código Civil regula la condición suspensiva, estableciendo que el derecho del comprador solo nace cuando la condición se cumple.

**Mecanismo de solución de controversias.** Dada la complejidad técnica y financiera de estas operaciones, las partes frecuentemente pactan arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago o ante árbitros independientes designados conforme al Código Orgánico de Tribunales, con sede en Santiago de Chile y aplicación del derecho sustantivo chileno.

forms-legal.com incluye en su modelo todos estos elementos con cláusulas redactadas en lenguaje claro y conforme al derecho societario chileno vigente.

Cómo completar tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile

Para completar correctamente el Contrato de Compraventa de Acciones en Chile, siga los siguientes pasos en orden.

**Paso 1: Verificar la titularidad de las acciones.** Antes de completar cualquier campo, el vendedor debe obtener un certificado de acciones vigente emitido por el gerente o secretario de la sociedad emisora, que acredite el número de acciones a nombre del vendedor, la serie y el estado de pago. Este certificado es la base para completar con exactitud la sección descriptiva del contrato.

**Paso 2: Completar los datos de las partes.** Ingrese el nombre completo o razón social, RUT, domicilio y representación legal de vendedor y comprador. Si alguna parte es una sociedad, verifique la vigencia de la empresa en el Conservador de Bienes Raíces y la vigencia del poder del representante mediante notaría.

**Paso 3: Describir las acciones con precisión.** Complete la denominación social de la empresa emisora, su RUT, la serie de acciones, el número de acciones transferidas y el porcentaje de participación resultante. Si existen restricciones estatutarias a la transferencia —como derechos de primera opción de otros accionistas— indique si han sido renunciados o si el procedimiento de oferta previa ha sido cumplido.

**Paso 4: Establecer el precio y el pago.** Fije el precio total de las acciones y la forma de pago: transferencia bancaria, vale vista o depósito a plazo cedido. Si hay pago diferido o ajuste de precio, describa el mecanismo con claridad indicando fechas y condiciones. Conserve el comprobante de la transferencia bancaria como respaldo del pago efectivo.

**Paso 5: Incluir las declaraciones del vendedor.** Complete las declaraciones sobre la inexistencia de gravámenes, litigios, compromisos previos de venta o restricciones a la libre transferencia de las acciones. Estas declaraciones tienen valor jurídico como garantías contractuales exigibles ante el tribunal arbitral o civil competente.

**Paso 6: Gestionar la inscripción registral.** Una vez firmado el contrato, presente copia ante el gerente de la sociedad emisora para que proceda a la inscripción en el Registro de Accionistas. Sin esta inscripción, el comprador no puede ejercer sus derechos de voto ni recibir dividendos. En sociedades abiertas inscritas en la CMF, siga los procedimientos del DCV para la anotación en cuenta.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile

Los siguientes errores son frecuentes en la compraventa de acciones en Chile y pueden acarrear consecuencias legales y tributarias graves.

**No verificar las restricciones estatutarias antes del contrato.** Muchas sociedades anónimas cerradas tienen estatutos que exigen ofrecer preferentemente las acciones a los demás accionistas antes de venderlas a terceros. Omitir este trámite puede hacer que la venta sea inoponible a la sociedad o que los demás accionistas puedan ejercer su derecho de rescate conforme al artículo 14 de la Ley N°18.046 y los estatutos sociales.

**No inscribir la transferencia en el Registro de Accionistas.** El contrato de compraventa por sí solo no transfiere la calidad de accionista frente a la sociedad. Sin la inscripción en el Registro de Accionistas, el comprador no puede votar en juntas, cobrar dividendos ni ejercer el derecho de opción en aumentos de capital.

**No declarar ni cubrir el impuesto a la ganancia de capital.** El mayor valor en la venta de acciones puede estar gravado con impuesto de primera categoría o global complementario bajo el DL N°824. Omitir la declaración ante el SII expone al vendedor a multas, reajustes e intereses penales. Conviene consultar con un contador o abogado tributario antes de firmar el contrato.

**Redactar declaraciones y garantías ambiguas.** Las declaraciones del vendedor deben ser precisas y exhaustivas. Términos vagos como "sin cargas conocidas" o "sin deudas significativas" dejan espacio para disputas. Cada declaración debe ser específica, con fecha de referencia y respaldada por documentos que el vendedor entregue al comprador en el momento del cierre.

**No prever el mecanismo de ajuste de precio.** En operaciones de M&A, el precio definitivo suele ajustarse en función del capital de trabajo neto al cierre (net working capital). No establecer los parámetros del ajuste, el período de revisión y el mecanismo de resolución de disputas genera conflictos post-cierre que pueden derivar en arbitrajes costosos y prolongados.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 18.046AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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