Contrato de Compraventa de Acciones Chile
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES
Conforme a la Ley 18.046/1981 Art. 14 y Código Civil Art. 1793
PRIMERO: PARTES
VENDEDOR:
Nombre / Razón Social: [Nombre Vendedor]
RUT: [RUT Vendedor]
Domicilio: [Domicilio Vendedor]
Representante Legal: [Representante Vendedor]
COMPRADOR:
Nombre / Razón Social: [Nombre Comprador]
RUT: [RUT Comprador]
Domicilio: [Domicilio Comprador]
SEGUNDO: OBJETO — ACCIONES VENDIDAS
El Vendedor vende, cede y transfiere al Comprador, quien compra y acepta, [Número de Acciones] acciones [Serie Acciones], equivalentes al [Porcentaje Participación] del capital social total, emitidas por la sociedad:
Razón Social: [Razón Social Sociedad]
RUT: [RUT Sociedad]
Tipo: [Tipo SA]
Capital Social Total: [Capital Total]
Certificado(s) de Acciones: [Número Certificado]
TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio total de la compraventa es de [Precio Total], pagadero de la siguiente forma: [Forma de Pago].
Las partes declaran que el precio acordado corresponde al valor de mercado de las acciones transferidas, en cumplimiento del Artículo 17 N° 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824/1974).
CUARTO: DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL VENDEDOR
El Vendedor declara y garantiza que: (a) es el legítimo propietario de las acciones vendidas, libres de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, prohibiciones o litigios; (b) las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; (c) no existen acuerdos de accionistas, derechos de preferencia ni restricciones estatutarias que impidan la presente transferencia, o si los hay, han sido debidamente respetados o renunciados; (d) la sociedad emisora no tiene obligaciones tributarias vencidas ante el SII a la fecha de firma; y (e) el Vendedor tiene plena capacidad legal para celebrar este contrato.
QUINTO: INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE ACCIONISTAS
El Comprador queda autorizado para notificar al gerente o secretario de [Razón Social Sociedad] la presente transferencia y solicitar la inscripción en el Registro de Accionistas conforme al Artículo 12 de la Ley 18.046/1981 y el DS 702/2012 (Reglamento de SA). La transferencia producirá plenos efectos frente a la sociedad y terceros desde dicha inscripción. El Vendedor se obliga a cooperar en todos los trámites necesarios para completar la inscripción.
SEXTO: LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
El presente contrato se rige por la Ley 18.046/1981, el Código Civil de Chile (Art. 1793 y siguientes), el DS 702/2012 y la legislación chilena aplicable. Las disputas se someterán a los Juzgados de Letras en lo Civil del domicilio del demandado, o al arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago) si las partes así lo acuerdan por escrito.
FIRMAS
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].
EL VENDEDOR:
[Nombre Vendedor] — RUT [RUT Vendedor]
Firma: _________________________
EL COMPRADOR:
[Nombre Comprador] — RUT [RUT Comprador]
Firma: _________________________
Vendedor de Acciones
________________
Signature
Comprador de Acciones
________________
Signature
Qué es Contrato de Compraventa de Acciones Chile
El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile es el acuerdo, regido por el artículo 14 de la Ley 18.046 de 1981 de Sociedades Anónimas y el artículo 1793 del Código Civil, mediante el cual el accionista vende sus acciones a un comprador, perfeccionándose la transferencia con su inscripción en el Registro de Accionistas.
La compraventa de acciones constituye un acto de enajenación de valores mobiliarios que produce efectos inmediatos entre las partes una vez perfeccionado el contrato mediante el consentimiento y el pago del precio acordado. Para las sociedades anónimas cerradas, la transferencia debe inscribirse en el Registro de Accionistas que lleva la propia compañía, conforme al artículo 12 de la Ley N°18.046. En las sociedades anónimas abiertas inscritas en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la transferencia se efectúa a través del sistema de anotaciones en cuenta del Depósito Central de Valores S.A. (DCV), regulado por la Ley N°18.876.
El precio de las acciones puede fijarse libremente entre los contratantes, aunque los estatutos sociales pueden establecer mecanismos de valoración preferenciales, derechos de primera opción o cláusulas de tag-along y drag-along que condicionan la libre transferibilidad. Las acciones de las sociedades abiertas tienen un precio de referencia en la Bolsa de Comercio de Santiago o la Bolsa Electrónica de Chile, lo que otorga un parámetro objetivo de valoración.
En el marco del contrato, el vendedor garantiza la titularidad legítima de las acciones, la inexistencia de gravámenes, prendas, medidas precautorias o cualquier restricción que limite la libre disposición de los títulos. El comprador, por su parte, adquiere todos los derechos inherentes a la calidad de accionista: derecho a voto, derecho a dividendos, derecho de suscripción preferente y derecho a la cuota de liquidación, desde el momento de la transferencia efectiva.
forms-legal.com ofrece este modelo de contrato adaptado a la normativa chilena vigente, permitiendo a empresarios, inversionistas y asesores legales documentar correctamente las operaciones de compraventa de participaciones societarias con plena seguridad jurídica.
Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Acciones Chile
El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile resulta necesario en toda operación de transferencia de participaciones societarias, con independencia del volumen de la transacción o del número de acciones involucradas. La primera situación que exige este contrato es la salida de un socio de una sociedad anónima cerrada, ya sea por acuerdo entre accionistas, por ejercicio de una opción de compra o de venta pactada en un pacto de accionistas, o por decisión unilateral del titular dentro de los límites estatutarios.
Las fusiones y adquisiciones de empresas en Chile —operaciones denominadas M&A— requieren invariablemente un contrato de compraventa de acciones como instrumento central de la transacción, acompañado de un proceso de due diligence y de declaraciones y garantías (representations and warranties) que protegen al comprador de contingencias no reveladas. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) debe ser notificada cuando la operación supera los umbrales establecidos en el artículo 48 del Decreto Ley N°211 sobre Libre Competencia.
También se requiere este contrato cuando un inversionista privado o un fondo de capital de riesgo adquiere participación en una startup o empresa emergente chilena, estructurando la entrada mediante acciones ordinarias o preferidas con derechos económicos y políticos diferenciados. Las plataformas de equity crowdfunding reguladas por la Comisión para el Mercado Financiero bajo la Ley N°21.314 (Ley Fintec) también instrumentalizan estas inversiones mediante contratos de compraventa de acciones.
La sucesión hereditaria que incluye acciones societarias puede requerir un contrato de compraventa cuando los herederos deciden ceder sus derechos hereditarios sobre los títulos a uno de ellos o a un tercero, regularizando así la propiedad de las acciones y facilitando la gestión continua de la empresa. Asimismo, los planes de compensación en acciones para empleados y ejecutivos, los management buyouts y las operaciones de leveraged buyout requieren documentar cada transferencia de acciones mediante este instrumento.
Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile
El Contrato de Compraventa de Acciones en Chile debe contener los siguientes elementos para tener plena eficacia jurídica y proteger adecuadamente los intereses de ambas partes.
**Identificación completa de las partes.** El contrato debe individualizar al vendedor y al comprador con nombre completo o razón social, RUT, domicilio y, cuando corresponda, los datos del representante legal y la escritura de constitución o poder notarial que acredite la personería. En operaciones entre personas jurídicas, la vigencia de la sociedad debe verificarse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
**Descripción precisa de las acciones.** Debe indicarse el nombre de la sociedad emisora, su RUT, la serie de acciones (ordinarias, preferidas, serie A, B, etc.), el número exacto de acciones objeto de la transferencia, el valor nominal si lo tuvieren, y el porcentaje de participación en el capital social que representan. El artículo 14 de la Ley N°18.046 establece que las acciones deben estar íntegramente suscritas y pagadas para poder transferirse válidamente, salvo pacto en contrario establecido en los estatutos.
**Precio y condiciones de pago.** El precio debe expresarse en pesos chilenos o en moneda extranjera con referencia al tipo de cambio oficial del Banco Central de Chile. Las condiciones de pago —al contado, en cuotas, con garantía bancaria o con retención de precio (escrow)— deben quedar claramente establecidas. Los ajustes de precio post-cierre basados en estados financieros auditados (earn-out, net working capital adjustment) son comunes en transacciones de M&A y deben describirse con precisión.
**Declaraciones y garantías del vendedor.** El vendedor debe declarar que es el legítimo propietario de las acciones, que estas se encuentran libres de gravámenes, prendas sin desplazamiento, medidas cautelares o cualquier restricción a la libre disposición, y que no existen compromisos previos de venta a terceros. También debe declarar que la sociedad emisora no tiene contingencias tributarias, laborales, medioambientales o judiciales no reveladas que afecten significativamente su valor.
**Inscripción en el Registro de Accionistas.** Para que la transferencia produzca efectos frente a la sociedad y a terceros, debe inscribirse en el Registro de Accionistas de la compañía conforme al artículo 12 de la Ley N°18.046. El contrato debe establecer quién es responsable de gestionar dicha inscripción y en qué plazo, así como la obligación del gerente o administrador de la sociedad de practicarla.
**Pacto de no competencia.** En operaciones donde el vendedor tenía participación activa en la gestión de la empresa, es habitual incluir una cláusula de no competencia por un período razonable —generalmente dos a tres años— y en un ámbito geográfico y de actividad determinado, conforme a los principios generales de la autonomía de la voluntad y los límites del artículo 1461 del Código Civil sobre el objeto lícito.
**Condiciones suspensivas o resolutorias.** La compraventa puede quedar sujeta al cumplimiento de condiciones previas (conditions precedent) tales como la aprobación de la FNE, la obtención de autorizaciones regulatorias, la aprobación de la junta de accionistas o el levantamiento de derechos de preferencia de otros accionistas. El artículo 1474 del Código Civil regula la condición suspensiva, estableciendo que el derecho del comprador solo nace cuando la condición se cumple.
**Mecanismo de solución de controversias.** Dada la complejidad técnica y financiera de estas operaciones, las partes frecuentemente pactan arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago o ante árbitros independientes designados conforme al Código Orgánico de Tribunales, con sede en Santiago de Chile y aplicación del derecho sustantivo chileno.
forms-legal.com incluye en su modelo todos estos elementos con cláusulas redactadas en lenguaje claro y conforme al derecho societario chileno vigente.
Cómo completar tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile
Para completar correctamente el Contrato de Compraventa de Acciones en Chile, siga los siguientes pasos en orden.
**Paso 1: Verificar la titularidad de las acciones.** Antes de completar cualquier campo, el vendedor debe obtener un certificado de acciones vigente emitido por el gerente o secretario de la sociedad emisora, que acredite el número de acciones a nombre del vendedor, la serie y el estado de pago. Este certificado es la base para completar con exactitud la sección descriptiva del contrato.
**Paso 2: Completar los datos de las partes.** Ingrese el nombre completo o razón social, RUT, domicilio y representación legal de vendedor y comprador. Si alguna parte es una sociedad, verifique la vigencia de la empresa en el Conservador de Bienes Raíces y la vigencia del poder del representante mediante notaría.
**Paso 3: Describir las acciones con precisión.** Complete la denominación social de la empresa emisora, su RUT, la serie de acciones, el número de acciones transferidas y el porcentaje de participación resultante. Si existen restricciones estatutarias a la transferencia —como derechos de primera opción de otros accionistas— indique si han sido renunciados o si el procedimiento de oferta previa ha sido cumplido.
**Paso 4: Establecer el precio y el pago.** Fije el precio total de las acciones y la forma de pago: transferencia bancaria, vale vista o depósito a plazo cedido. Si hay pago diferido o ajuste de precio, describa el mecanismo con claridad indicando fechas y condiciones. Conserve el comprobante de la transferencia bancaria como respaldo del pago efectivo.
**Paso 5: Incluir las declaraciones del vendedor.** Complete las declaraciones sobre la inexistencia de gravámenes, litigios, compromisos previos de venta o restricciones a la libre transferencia de las acciones. Estas declaraciones tienen valor jurídico como garantías contractuales exigibles ante el tribunal arbitral o civil competente.
**Paso 6: Gestionar la inscripción registral.** Una vez firmado el contrato, presente copia ante el gerente de la sociedad emisora para que proceda a la inscripción en el Registro de Accionistas. Sin esta inscripción, el comprador no puede ejercer sus derechos de voto ni recibir dividendos. En sociedades abiertas inscritas en la CMF, siga los procedimientos del DCV para la anotación en cuenta.
Requisitos legales para Contrato de Compraventa de Acciones Chile
La compraventa de acciones en Chile está sujeta a los siguientes requisitos legales que deben cumplirse para que la transferencia sea válida y oponible.
**Consentimiento libre de vicios.** Conforme a los artículos 1445 y 1451 del Código Civil, el contrato requiere que el consentimiento de ambas partes esté libre de error, fuerza y dolo. En operaciones de M&A, las declaraciones y garantías falsas del vendedor pueden dar lugar a demanda de indemnización de perjuicios por dolo o culpa grave.
**Inscripción en el Registro de Accionistas.** El artículo 12 de la Ley N°18.046 exige que toda transferencia de acciones de sociedades anónimas cerradas se inscriba en el Registro de Accionistas que lleva la sociedad. Sin esta inscripción, la transferencia no produce efectos frente a la sociedad ni ante terceros. El plazo para practicar la inscripción debe quedar establecido en el contrato.
**Notificación a la CMF para sociedades abiertas.** Las transferencias de acciones de sociedades abiertas que superen el 10% del capital o impliquen adquisición de control deben notificarse a la Comisión para el Mercado Financiero conforme a la Ley N°18.045 sobre Mercado de Valores y a las normas de la Circular CMF N°3.168.
**Aprobación de la FNE en operaciones de concentración.** El artículo 48 del Decreto Ley N°211 obliga a notificar a la Fiscalía Nacional Económica las operaciones de concentración que superen los umbrales de facturación establecidos, actualmente 1.800.000 UF en ventas combinadas y 290.000 UF de la empresa adquirida.
**Tributación de la ganancia de capital.** El artículo 17 N°8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL N°824) grava el mayor valor obtenido en la enajenación de acciones. La tasa depende del tipo de sociedad, del período de tenencia y de si el enajenante es habitual. El SII puede cuestionar el precio pactado si difiere del valor de mercado, aplicando el artículo 64 del Código Tributario.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Compraventa de Acciones Chile
Los siguientes errores son frecuentes en la compraventa de acciones en Chile y pueden acarrear consecuencias legales y tributarias graves.
**No verificar las restricciones estatutarias antes del contrato.** Muchas sociedades anónimas cerradas tienen estatutos que exigen ofrecer preferentemente las acciones a los demás accionistas antes de venderlas a terceros. Omitir este trámite puede hacer que la venta sea inoponible a la sociedad o que los demás accionistas puedan ejercer su derecho de rescate conforme al artículo 14 de la Ley N°18.046 y los estatutos sociales.
**No inscribir la transferencia en el Registro de Accionistas.** El contrato de compraventa por sí solo no transfiere la calidad de accionista frente a la sociedad. Sin la inscripción en el Registro de Accionistas, el comprador no puede votar en juntas, cobrar dividendos ni ejercer el derecho de opción en aumentos de capital.
**No declarar ni cubrir el impuesto a la ganancia de capital.** El mayor valor en la venta de acciones puede estar gravado con impuesto de primera categoría o global complementario bajo el DL N°824. Omitir la declaración ante el SII expone al vendedor a multas, reajustes e intereses penales. Conviene consultar con un contador o abogado tributario antes de firmar el contrato.
**Redactar declaraciones y garantías ambiguas.** Las declaraciones del vendedor deben ser precisas y exhaustivas. Términos vagos como "sin cargas conocidas" o "sin deudas significativas" dejan espacio para disputas. Cada declaración debe ser específica, con fecha de referencia y respaldada por documentos que el vendedor entregue al comprador en el momento del cierre.
**No prever el mecanismo de ajuste de precio.** En operaciones de M&A, el precio definitivo suele ajustarse en función del capital de trabajo neto al cierre (net working capital). No establecer los parámetros del ajuste, el período de revisión y el mecanismo de resolución de disputas genera conflictos post-cierre que pueden derivar en arbitrajes costosos y prolongados.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 18.046AR official
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}Preguntas Frecuentes
No es obligatorio para las sociedades anónimas cerradas. El contrato de compraventa de acciones de una sociedad anónima cerrada puede celebrarse por instrumento privado firmado por las partes, sin necesidad de escritura pública notarial. Lo que sí es imprescindible, conforme al artículo 12 de la Ley N°18.046, es inscribir la transferencia en el Registro de Accionistas que lleva la propia compañía, ya que sin esta inscripción la operación no produce efectos frente a la sociedad ni ante terceros. Sin embargo, muchas partes optan por elevar el contrato a escritura pública para otorgarle fecha cierta, mayor fuerza probatoria y mérito ejecutivo en caso de que sea necesario cobrar judicialmente el saldo del precio. Para las sociedades por acciones (SpA) reguladas por el artículo 434 y siguientes del Código de Comercio, rigen normas similares: la transferencia debe constar en el libro de registro de accionistas de la SpA.
La ganancia obtenida en la enajenación de acciones puede estar afecta al Impuesto de Primera Categoría (27% para contribuyentes del artículo 14 A de la Ley de Renta) o al Impuesto Global Complementario (tasas progresivas de hasta 40%) según el régimen tributario del vendedor y la naturaleza de la transacción. El artículo 17 N°8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley N°824) regula la tributación del mayor valor. Las acciones con presencia bursátil vendidas en la Bolsa de Comercio de Santiago o en la Bolsa Electrónica de Chile pueden estar exentas del impuesto bajo ciertas condiciones establecidas en el artículo 107 de la misma ley. El Servicio de Impuestos Internos puede impugnar el precio de venta si difiere del valor de mercado, aplicando las facultades del artículo 64 del Código Tributario para tasar el precio. Se recomienda consultar con un contador o abogado tributario antes de cerrar la operación para determinar la carga fiscal específica.
Si los estatutos de una sociedad anónima cerrada establecen un derecho de primera opción o de preferencia a favor de los demás accionistas y el vendedor no cumplió con el procedimiento de oferta previa, la transferencia puede ser declarada inoponible a la sociedad y a los accionistas que tenían el derecho preferente. El artículo 14 de la Ley N°18.046 y los estatutos sociales regulan las restricciones a la libre cesibilidad de las acciones. En la práctica, el gerente de la sociedad puede negarse a inscribir la transferencia en el Registro de Accionistas si no se acredita el cumplimiento del procedimiento estatutario. Los accionistas perjudicados pueden ejercer una acción judicial para que se les ofrezca la adquisición de las acciones en las mismas condiciones pactadas con el tercero comprador, o para obtener la rescisión de la venta. Por ello, antes de suscribir el contrato, el vendedor debe revisar los estatutos y, si existen restricciones, cumplir el procedimiento o obtener la renuncia expresa de los demás accionistas.
En términos generales, Chile tiene una de las regulaciones más abiertas de América Latina para la inversión extranjera. Los extranjeros pueden comprar acciones de empresas chilenas sin restricciones bajo el marco del Ministerio de Economía y conforme al Decreto Ley N°444 sobre Inversiones Extranjeras. Sin embargo, existen sectores con restricciones específicas: en medios de comunicación, el artículo 16 de la Ley N°19.733 limita la participación extranjera al 49%; en concesiones de obras públicas y en sectores estratégicos de defensa también pueden aplicarse restricciones. Adicionalmente, la compra que implique cambios de control en empresas de sectores regulados como bancos, compañías de seguros, AFP o isapres requiere autorización previa de los respectivos reguladores: CMF, Banco Central o Superintendencia de Pensiones. El inversionista extranjero debe además registrar el capital ingresado ante el Banco Central si supera los umbrales establecidos en el Compendio de Normas de Cambios Internacionales.
Las declaraciones y garantías (representations and warranties) son afirmaciones que el vendedor hace al comprador sobre el estado jurídico, financiero, tributario y operacional de la empresa cuyas acciones se venden. Su función es trasladar al vendedor el riesgo de contingencias no reveladas que el comprador no puede detectar fácilmente durante el proceso de due diligence. Por ejemplo, el vendedor puede declarar que la empresa no tiene litigios pendientes superiores a un monto determinado, que los estados financieros auditados reflejan fielmente la situación de la compañía, que no existen deudas tributarias no provisionadas o que todos los contratos clave están vigentes y no son resolubles por la sola transferencia de acciones. Si una declaración resulta falsa y el comprador sufre un perjuicio, puede exigir indemnización conforme a las cláusulas de indemnidad del contrato. En Chile, estas cláusulas se rigen por las normas generales de la responsabilidad contractual del Código Civil, especialmente los artículos 1545 y siguientes sobre el efecto de las obligaciones.
En Chile, las partes tienen libertad para expresar el precio de una compraventa de acciones en moneda extranjera, especialmente en operaciones de cierto tamaño o con participación de inversionistas internacionales. El Decreto Ley N°3.474 y las normas del Banco Central permiten las obligaciones en moneda extranjera entre residentes cuando la operación tiene conexión con el comercio exterior o cuando ambas partes acuerdan libremente utilizar una moneda de referencia como el dólar estadounidense o el euro. El pago efectivo puede realizarse en pesos al tipo de cambio observado del Banco Central publicado el día del pago, o directamente en divisas si se cuenta con las autorizaciones cambiarias pertinentes. Para operaciones de M&A con compradores extranjeros que ingresan divisas al país, el Banco Central exige el registro de la inversión extranjera directa en el Sistema de Información de Inversiones Extranjeras Directas. En contratos con empresas relacionadas, el SII puede revisar que el precio pactado sea de mercado bajo las normas de precios de transferencia del artículo 41-E de la Ley de Renta.
Un pacto de accionistas es un contrato privado celebrado entre todos o algunos accionistas de una sociedad anónima en el que se regulan materias que van más allá de lo establecido en los estatutos sociales: restricciones a la transferencia de acciones, mecanismos de resolución de conflictos entre socios, compromisos de no competencia, derechos de arrastre (drag-along), derechos de acompañamiento (tag-along), cláusulas de primera oferta y opciones de compra o venta. El artículo 14 de la Ley N°18.046 reconoce expresamente los pactos de accionistas como instrumentos válidos para regular la libre transmisibilidad de las acciones. Al momento de celebrar un contrato de compraventa de acciones, las partes deben verificar si existe un pacto de accionistas vigente que imponga condiciones a la operación: plazos de bloqueo, derechos de preferencia, obligaciones de price matching o mecanismos de valoración obligatorios. Ignorar el pacto de accionistas al negociar y firmar el contrato de compraventa puede resultar en un incumplimiento contractual que genere responsabilidad civil frente a los demás signatarios del pacto.
El plazo para inscribir la transferencia de acciones en el Registro de Accionistas depende de la sociedad emisora y no está determinado legalmente con exactitud, aunque el artículo 12 de la Ley N°18.046 impone al directorio la obligación de practicar las inscripciones correspondientes. En la práctica, las sociedades anónimas cerradas bien administradas realizan la inscripción dentro de los cinco a diez días hábiles siguientes a la presentación del contrato de compraventa al gerente o secretario de la compañía. El comprador debe presentar una copia del contrato, el certificado de acciones del vendedor y, si corresponde, el comprobante del pago del precio. La inscripción debe reflejar el nombre del nuevo accionista, el número de acciones transferidas, la fecha de la transferencia y el folio del contrato de compraventa. Para las sociedades anónimas abiertas inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero, la transferencia se procesa a través del Depósito Central de Valores S.A. (DCV) en un plazo de liquidación de dos días hábiles (T+2) conforme a la normativa del mercado de valores chileno.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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