Lease with Purchase Option Mexico
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA
Conforme a los Artículos 2398 y 2243 del Código Civil Federal
PARTES
En [Signing City], a [Signing Date], comparecen:
ARRENDADOR-VENDEDOR: [Landlord Name], RFC: [Landlord RFC], con domicilio en [Landlord Address].
ARRENDATARIO-COMPRADOR: [Tenant Name], RFC: [Tenant RFC], con domicilio en [Tenant Address].
PRIMERA. INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO
El Arrendador-Vendedor da en arrendamiento con opción de compra al Arrendatario-Comprador el siguiente inmueble:
Domicilio: [Property Address]
Descripción: [Property Description]
SEGUNDA. TÉRMINOS DEL ARRENDAMIENTO
Renta Mensual: [Monthly Rent]
Depósito en Garantía: [Security Deposit]
Crédito de Renta Mensual al Precio de Compra: [Rent Credit Amount]
Fecha de Inicio: [Lease Start Date]
Fecha de Término: [Lease End Date]
Día de Pago: [Payment Day]
El Arrendatario se obliga a pagar la renta mensual puntualmente, a conservar el inmueble con diligencia de buen padre de familia, y a no subarrendar ni ceder el contrato sin autorización escrita previa del Arrendador, conforme a los Artículos 2398–2496 del Código Civil Federal.
TERCERA. OPCIÓN DE COMPRA
El Arrendador-Vendedor otorga al Arrendatario-Comprador una opción irrevocable de compra conforme al Artículo 2243 del Código Civil Federal, en los siguientes términos:
Precio de Opción de Compra: [Option Price]
Fecha Límite para Ejercer la Opción: [Option Period End]
Plazo para Formalización ante Notario: [Closing Period] a partir de la notificación de ejercicio de opción.
El crédito de renta acumulado hasta la fecha de ejercicio de la opción se descontará del Precio de Opción de Compra. Si la opción no es ejercida antes de la Fecha Límite, el crédito acumulado queda en favor del Arrendador como compensación por el otorgamiento de la opción.
El Arrendador-Vendedor no podrá enajenar, gravar ni comprometer el inmueble a favor de terceros durante el período de vigencia de la opción, conforme al Artículo 2247 CCF.
CUARTA. MECANISMO DE EJERCICIO DE LA OPCIÓN
Para ejercer la opción de compra, el Arrendatario-Comprador deberá notificar su decisión al Arrendador-Vendedor mediante carta certificada con acuse de recibo o notificación notarial, antes de la Fecha Límite establecida en la Cláusula Tercera. Dentro del plazo acordado, ambas partes comparecerán ante Notario Público para formalizar la compraventa mediante escritura pública, misma que deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.
QUINTA. GASTOS, IMPUESTOS Y HONORARIOS
Los honorarios notariales, el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), y los derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad serán cubiertos por el Arrendatario-Comprador. El ISR sobre la plusvalía de la enajenación corresponde al Arrendador-Vendedor conforme al Artículo 126 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
SEXTA. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil Federal, Artículos 2398, 2243, y disposiciones aplicables. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes del lugar de ubicación del inmueble.
FIRMAS
ARRENDADOR-VENDEDOR:
[Landlord Name]
Firma: _________________________
ARRENDATARIO-COMPRADOR:
[Tenant Name]
Firma: _________________________
TESTIGO 1: _________________________ Firma: _________________________
TESTIGO 2: _________________________ Firma: _________________________
Landlord-Seller (Arrendador-Vendedor)
________________
Signature
Tenant-Buyer (Arrendatario-Comprador)
________________
Signature
What Is a Lease with Purchase Option Mexico?
A Lease with Purchase Option (Arrendamiento con Opción de Compra de Inmueble) Mexico is a hybrid contract that combines two distinct legal instruments: an arrendamiento (lease) governed by Article 2398 of the Código Civil Federal (CCF), and a promesa unilateral de venta or opción de compra (purchase option) governed by Article 2243 CCF and Articles 2244–2247 CCF on promises to contract. Under the combined instrument, the arrendador (landlord-seller) leases the property to the arrendatario (tenant-buyer) for a fixed monthly rent and simultaneously grants the tenant an irrevocable right to purchase the property at a predetermined price within a specified option period.
The opción de compra under Article 2243 CCF is a unilateral promise by the property owner — once granted, the option is irrevocable during the option period and the owner cannot sell the property to any third party without first offering the tenant the opportunity to exercise the option. Mexican courts have consistently held that a valid opción de compra creates a real right (derecho real) against the property, exercisable by the option holder through a notarial act of compraventa (purchase deed) without any further consent from the grantor required beyond that already given in the option contract.
The Código Civil Federal Articles 2398 through 2496 govern the arrendamiento component, establishing the rights and obligations of arrendador and arrendatario regarding rent payment, property maintenance, repairs, subletting restrictions, and termination. The lease component is subject to all mandatory protections applicable to residential arrendamiento in Mexico, including the prohibition on arbitrary rent increases beyond agreed terms and the right of the tenant to continued occupation during the lease term absent breach.
The compraventa component — activated when the tenant exercises the purchase option — is governed by Articles 2248–2322 CCF on compraventa. The exercise of the option triggers an automatic contract of sale (contrato de compraventa) between the parties at the agreed option price, which must then be formalised through escritura pública ante Notario Público and registered in the Registro Público de la Propiedad for the property title to transfer to the buyer.
Rent credits (abonos al precio de compra or crédito de rentas) are a common feature of Mexican arrendamiento con opción de compra arrangements — a portion of each monthly rent payment is credited toward the purchase price if the tenant exercises the option. This feature makes the instrument particularly attractive for tenants who are building a down payment (enganche) toward a mortgage or full purchase, and for sellers who want to attract buyers who cannot immediately qualify for bank financing (crédito hipotecario).
For SAT and LISR purposes, rent income received by the arrendador-seller is subject to ISR as ingresos por arrendamiento under Chapter III of Title IV LISR. If rent credits are applied toward the purchase price, the SAT may characterise a portion of the rent as a deposit or advance payment (anticipo del precio de compra) subject to different ISR treatment. A tax advisor familiar with real estate transactions under the LISR should review the tax implications of the rent credit structure before the contract is signed.
When Do You Need a Lease with Purchase Option Mexico?
A Lease with Purchase Option Mexico is needed whenever a property owner and a prospective buyer in Mexico want to structure a transaction that allows the buyer to occupy the property immediately as a tenant, build equity through rent payments, and exercise a right to purchase the property at a fixed price within a defined window of time.
The instrument is particularly useful for buyers who cannot currently qualify for a crédito hipotecario (mortgage loan) from a bank or SOFOM (Sociedad Financiera de Objeto Múltiple) because they lack the credit history, enganche (down payment), or employment stability required by Mexican financial institutions but expect to qualify within one to three years. During the lease period the tenant builds credit history and saves the required enganche while already living in the property.
Sellers use the arrendamiento con opción de compra when they want to lock in a buyer at a fixed price, generate rental income during a transition period, and avoid the uncertainty of marketing the property while vacant. In a slow real estate market, granting a purchase option to a qualified tenant provides the seller with both occupancy income and a committed buyer.
The instrument is essential in rent-to-own programs (programas de renta con opción a compra) promoted by real estate developers (desarrolladoras inmobiliarias) and housing funds such as INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) and FOVISSSTE (Fondo de la Vivienda del ISSSTE). Under INFONAVIT's programs, workers can apply their INFONAVIT credit toward exercising a purchase option after a qualifying rental period.
Corporate relocation cases also generate demand for this instrument — a company relocating an executive to a new city may structure a lease with purchase option so the executive can evaluate the city and property before committing to a purchase, while the landlord benefits from a committed tenant who has financial incentive to maintain the property.
Under Article 2243 CCF the option must be for a fixed term — the option period must be specified and cannot be indefinite. Both the lease term and the option exercise window must be clearly defined to avoid disputes about whether the option has expired or remains exercisable.
What to Include in Your Lease with Purchase Option Mexico
A valid Contrato de Arrendamiento con Opción de Compra Mexico under Articles 2398 and 2243 of the Código Civil Federal must contain the following essential elements:
Identification of Parties: Full legal names, RFCs, and addresses of the arrendador-vendedor (landlord-seller) and arrendatario-comprador (tenant-buyer). Both parties must have full legal capacity (capacidad legal plena) under Articles 1798–1803 CCF. If either party is a persona moral, include corporate data and representante legal authority.
Property Description (Descripción del Inmueble): Complete legal description of the property including address, municipality (municipio), cadastral key (clave catastral), Registro Público de la Propiedad folio number, surface area, and improvements. The description must be precise enough to identify the exact property being leased and optioned.
Monthly Rent (Renta Mensual): The monthly rent amount in MXN, payment date, and payment method. Under Article 2448-D CCF (applicable in Mexico City and analogous state provisions), rent increases cannot exceed the increase in the consumer price index (Índice Nacional de Precios al Consumidor — INPC) published by INEGI during the preceding twelve months.
Rent Credits (Crédito de Rentas): If a portion of each monthly rent is to be credited toward the purchase price upon exercise of the option, the contract must specify: the percentage or fixed amount of each rent payment credited; the maximum total credit accumulation; and the condition that the credit applies only if the option is actually exercised. If the option expires without exercise, the credited amounts are retained by the landlord as compensation for the option grant.
Option Price (Precio de Opción de Compra): The fixed purchase price at which the tenant may buy the property if the option is exercised — expressed in MXN in numerals and words. Under Article 2243 CCF, the price must be determined or determinable at the time the option is granted. Many contracts index the option price to the INPC to protect the seller against inflation during a long option period.
Option Period (Plazo de la Opción): The specific period during which the tenant may exercise the purchase option — for example, the first 36 months of the lease, or any time during the lease term with 30 days' prior written notice. The option period cannot be indefinite under Article 2243 CCF; it must have a fixed expiry date or determinable end event.
Option Exercise Mechanism (Mecanismo de Ejercicio de la Opción): The written notice procedure by which the tenant communicates their decision to purchase — typically a carta documento (certified letter) or notarial notification (notificación notarial). Upon exercise, the parties have an agreed period (e.g., 60 days) to formalise the compraventa before a Notario Público and register the deed in the Registro Público de la Propiedad.
Lease Obligations: All standard lease obligations under Articles 2398–2496 CCF including maintenance responsibilities, subletting restrictions, return of property in original condition, and causes for termination.
Notarial Formalisation Clause: The contract should specify that upon exercise of the option, both parties will appear before a Notario Público within the agreed period to execute the escritura pública de compraventa and pay associated notarial fees (honorarios notariales), Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), and registration fees.
Forms-legal.com provides this Contrato de Arrendamiento con Opción de Compra template as a reference. Given the complex interaction between lease law and property purchase law, this contract should be reviewed by a Licenciado en Derecho with expertise in real estate transactions and ideally protocolised ante Notario Público before execution.
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}Frequently Asked Questions
Sí. Una vez otorgada por escrito, la opción de compra bajo el Artículo 2243 del Código Civil Federal crea un derecho vinculante e irrevocable a favor del arrendatario durante el plazo de la opción. El arrendador-vendedor no puede retirar unilateralmente la opción, vender el inmueble a un tercero sin el consentimiento del arrendatario, ni imponer condiciones adicionales para el ejercicio de la opción. Si el arrendador intenta vender a un tercero en incumplimiento de la opción, el arrendatario puede demandar el cumplimiento forzoso o los daños y perjuicios bajo el Artículo 2247 CCF. Para máxima protección, la opción debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad — ya sea mediante la protocolización del contrato completo ante Notario Público, o mediante una anotación preventiva por separado — de modo que los terceros adquirentes tengan conocimiento de los derechos del titular de la opción. Los tribunales mexicanos han sostenido que una opción inscrita crea un derecho real oponible a cualquier adquirente posterior del inmueble.
Si el plazo de la opción vence sin que el arrendatario ejerza la opción de compra, la opción caduca automáticamente y el propietario queda libre para vender a cualquier tercero sin restricción. El contrato de arrendamiento continúa vigente por el plazo restante, independientemente de si la opción se ejerce o caduca — los dos componentes (arrendamiento y opción) son obligaciones jurídicamente independientes. Los créditos de renta acumulados durante el plazo de la opción generalmente los retiene el arrendador como contraprestación por haber otorgado la opción — el contrato debe señalar expresamente si los montos acreditados se reembolsan o se pierden al caducar. La decisión del arrendatario de no ejercer la opción no genera ninguna responsabilidad frente al arrendador, siempre que se hayan cumplido la renta y las demás obligaciones del arrendamiento. Si el arrendatario desea dar por terminados tanto el arrendamiento como la opción de manera conjunta, se requiere un convenio escrito formal de rescisión del contrato, que regule la devolución de cualquier depósito en garantía y el estado del inmueble al momento de la entrega.
Sí, cuando el contrato prevé expresamente los créditos de renta (crédito de rentas o abonos al precio). El mecanismo funciona de la siguiente manera: cada mes, una porción determinada de la renta — frecuentemente del 20% al 50% de la renta mensual — se destina como abono al precio de compra. Estos créditos se acumulan en una cuenta o se registran en la tabla de amortización del contrato. Si el arrendatario ejerce la opción de compra, el total de los créditos acumulados se deduce del precio de opción pactado. El saldo del precio restante lo paga entonces el arrendatario en efectivo, mediante un crédito hipotecario de un banco, o con un crédito INFONAVIT aplicado al saldo. El SAT trata los créditos de renta como anticipos del precio de la compraventa — lo que significa que el vendedor puede causar ISR sobre las porciones acreditadas conforme se devengan, no solo al momento del ejercicio. El contrato debe señalar con claridad el monto del crédito mensual, el crédito total máximo y el mecanismo contable, para evitar controversias sobre el saldo adeudado al momento de la compra.
Múltiples impuestos aplican a un contrato de arrendamiento con opción de compra en México. Durante el plazo del arrendamiento: ISR sobre ingresos por arrendamiento — el arrendador paga ISR sobre las rentas mensuales recibidas como ingresos por arrendamiento conforme al Capítulo III del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; IVA — los arrendamientos de inmuebles de uso habitacional están exentos de IVA bajo el Artículo 9 de la LIVA, pero los arrendamientos de inmuebles comerciales causan el 16% de IVA; y el arrendatario puede deducir la renta del ISR si el inmueble se utiliza para fines empresariales. Al ejercerse la opción de compra: ISR sobre la enajenación de bienes — el vendedor paga ISR sobre la ganancia de capital derivada de la venta bajo el Artículo 126 de la LISR; ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles) — un impuesto estatal pagado por el comprador que va del 2% al 4% del precio de compra según el estado; Impuesto Predial — el comprador asume la responsabilidad de los pagos futuros del predial tras el cierre. Los honorarios notariales y los derechos de inscripción de la escritura pública y la inscripción en el Registro Público son costos adicionales que, conforme a la práctica mexicana, suele asumir el comprador.
La protocolización del arrendamiento con opción de compra en sí no es estrictamente requerida para que el contrato sea válido entre las partes conforme al derecho civil mexicano — un documento privado por escrito es suficiente para las obligaciones recíprocas de las partes. Sin embargo, la protocolización ante Notario Público es altamente recomendable por varias razones. Primera, solo un contrato protocolizado (escritura pública) o una anotación preventiva protocolizada por separado puede inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para dar a la opción oponibilidad frente a terceros. Segunda, el ejercicio de la opción de compra y la compraventa de inmueble resultante deben formalizarse mediante escritura pública bajo el Artículo 2317 CCF — la transmisión de la propiedad de bienes inmuebles en México requiere escritura notarial. Tercera, la inscripción en el Registro Público otorga al comprador fecha cierta y prelación frente a acreedores o compradores posteriores. Los honorarios notariales por protocolizar el contrato son modestos en comparación con la protección jurídica que brindan, especialmente para inmuebles de alto valor o plazos de opción de largo plazo.
Sí. Indexar el precio de la opción al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es un mecanismo común y jurídicamente válido en los contratos mexicanos bajo el principio de libre contratación (libertad contractual) del Artículo 1796 CCF. Un precio de opción indexado al INPC protege al vendedor contra la pérdida del poder adquisitivo durante un plazo de opción de varios años, a la vez que otorga al comprador previsibilidad de precio con base en un índice gubernamental publicado. El contrato debe especificar: el valor base del INPC a la fecha de firma del contrato; la fórmula para calcular el precio de opción ajustado (por ejemplo, precio base × INPC a la fecha de ejercicio / INPC a la fecha de firma); la fuente de publicación del INPC (gaceta oficial del INEGI); y la convención de redondeo del precio ajustado. De manera alternativa, algunos contratos pactan una tasa de escalamiento fija (por ejemplo, 5% anual) como opción más simple a la indexación con INPC. Conforme a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, el pago en MXN es obligatorio para las operaciones inmobiliarias internas, sin importar cualquier denominación en dólares pactada para el precio de la opción.
Cuando el arrendatario ejerce la opción de compra y la compraventa se perfecciona posteriormente ante Notario Público y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad, el arrendamiento se confunde con la compraventa y se extingue por ella — el arrendatario se convierte en propietario del inmueble y cesa la relación arrendador-arrendatario. El contrato debe prever un periodo de transición entre el aviso de ejercicio de la opción y el cierre formal de la venta — típicamente de 30 a 90 días — durante el cual el arrendatario continúa pagando la renta y cumpliendo las obligaciones del arrendamiento hasta que se firme la escritura pública y se transmita la propiedad. Si las partes no concluyen la compraventa dentro del plazo de cierre pactado tras el ejercicio de la opción (por ejemplo, porque el arrendatario no logra obtener financiamiento), el contrato debe especificar las consecuencias: típicamente, la opción caduca por incumplimiento y el arrendador puede dar por terminado el arrendamiento u otorgar un periodo de prórroga. Cualquier depósito en garantía en poder del arrendador suele aplicarse al precio de compra en el cierre, o devolverse al comprador si el arrendador es responsable de que la operación no se concrete.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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