Addendum al Contrato de Arrendamiento México
ADDENDUM AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Conforme al Código Civil Federal Artículo 2478 y principios de modificación contractual (CCF arts. 2213–2218)
I. PARTES Y CONTRATO OBJETO DE MODIFICACIÓN
El presente Addendum es celebrado por y entre:
ARRENDADOR: [Arrendador Name] | RFC: [Arrendador RFC]
ARRENDATARIO: [Arrendatario Name] | RFC: [Arrendatario RFC]
Con relación al Contrato de Arrendamiento celebrado el [Original Lease Date], sobre el inmueble ubicado en: [Property Address] (en adelante, el 'Contrato Original'), con una renta mensual vigente de [Current Monthly Rent].
II. MODIFICACIONES ACORDADAS
Tipo de Modificación: [Modification Type]
Las Partes acuerdan las siguientes modificaciones al Contrato Original, con vigencia a partir del [Effective Date]:
[Modification Description]
Nueva Fecha de Vencimiento del Plazo (si aplica prórroga): [New Term End Date]
Nueva Renta Mensual (si aplica modificación de renta): [New Monthly Rent]
III. CLÁUSULA DE NO NOVACIÓN
Las Partes expresamente declaran que el presente Addendum NO constituye una novación en los términos de los artículos 2213 y 2214 del Código Civil Federal. El Contrato Original permanece en plena vigencia en todos sus términos y condiciones que no sean específicamente modificados por el presente Addendum. Todas las obligaciones accesorias, fianzas, depósitos en garantía y garantías constituidas bajo el Contrato Original continúan en plena vigencia sin modificación alguna.
IV. TÉRMINOS VIGENTES DEL CONTRATO ORIGINAL
Todos los términos, condiciones, obligaciones, restricciones y derechos establecidos en el Contrato Original que no sean expresamente modificados por el presente Addendum permanecen inalterados y en plena vigencia. En caso de conflicto entre el Contrato Original y el presente Addendum, prevalecerán las disposiciones del Addendum en la materia específicamente modificada.
V. IMPLICACIONES FISCALES (SAT)
Para las modificaciones de renta, el Arrendador se obliga a actualizar sus CFDIs de arrendamiento a partir de la fecha de entrada en vigor para reflejar la nueva renta acordada, y a actualizar sus pagos provisionales mensuales de ISR ante el SAT conforme al artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). No se requiere registro del presente Addendum ante el SAT, pero los registros de pago deben ser consistentes con los términos modificados.
FIRMAS
En [Addendum City], a [Addendum Date].
EL ARRENDADOR:
[Arrendador Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL ARRENDATARIO:
[Arrendatario Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Landlord (Arrendador)
________________
Signature
Tenant (Arrendatario)
________________
Signature
Qué es Addendum al Contrato de Arrendamiento México
El Addendum al Contrato de Arrendamiento en México es un documento legal conforme al Código Civil Federal artículo 2478, que modifica o complementa un contrato de arrendamiento vigente. Cubre modificación de renta, prórroga del plazo, adición de cláusulas y cláusula de no novación para preservar las garantías del fiador. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.
El artículo 2478 CCF establece la regla base para los plazos del arrendamiento: cuando no se fija un término, el arrendamiento se presume de tiempo indeterminado y puede darse por terminado con aviso igual al período de pago de renta. Cuando las partes hayan pactado un plazo forzoso y deseen prorrogarlo, el artículo 2478 CCF rige la base legal de la prórroga — un addendum escrito firmado por ambas partes que extiende el plazo forzoso evita la ambigüedad de la tácita reconducción que de otra manera surgiría si el arrendatario continúa en posesión del inmueble sin nuevo acuerdo.
Un Addendum al Contrato de Arrendamiento en México puede servir varios propósitos distintos: prórroga del plazo; ajuste de la renta mensual (modificación fuera del mecanismo original o ajuste al índice vinculado al INPC); adición de nuevas cláusulas (permiso de mascotas, uso de oficina en casa, autorización de subarrendamiento bajo el artículo 2480 CCF, modificación de cajón de estacionamiento); corrección de errores en el contrato original; o modificación del depósito en garantía.
Para efectos fiscales, conforme al artículo 114 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), un addendum que modifique la renta mensual obliga al arrendador a actualizar sus cálculos de pagos provisionales mensuales de ISR ante el SAT para reflejar el nuevo monto, y a continuar emitiendo Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en el monto revisado con referencia a la fecha del addendum.
En el contexto de arrendamientos comerciales — regidos también por el Código de Comercio (CCom) — los addenda que modifiquen la renta, prorroguen el plazo o cambien el uso permitido deben redactarse cuidadosamente para evitar crear una novación que extinga el contrato original y las fianzas o depósitos. Conforme a los artículos 2213 y 2214 CCF, la novación extingue la obligación original y todas las garantías accesorias, salvo que las partes acuerden expresamente que las garantías sobreviven a la modificación. Todo addendum bien redactado debe establecer expresamente que no constituye una novación. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Addendum al Contrato de Arrendamiento México
El Addendum al Contrato de Arrendamiento México se requiere cada vez que el arrendador y el arrendatario acuerden mutuamente modificar cualquier cláusula de un contrato de arrendamiento vigente — ya sea habitacional o comercial — sin terminar y sustituir el contrato completo. El addendum preserva la continuidad de la relación arrendaticia, manteniendo el depósito en garantía, la fianza y todas las obligaciones accesorias, mientras documenta los cambios acordados con la misma formalidad que el contrato original.
El Addendum al Contrato de Arrendamiento es necesario cuando un arrendamiento de plazo forzoso vence y ambas partes desean prorrogar el arrendamiento sin celebrar un nuevo contrato completo — un addendum de prórroga de plazo evita la ambigüedad de la tácita reconducción bajo el artículo 2478 CCF, que convertiría el arrendamiento de plazo forzoso en uno de tiempo indeterminado terminable con aviso de 30 días.
El addendum se requiere cuando las partes negocian un ajuste de renta fuera del mecanismo original — por ejemplo, un incremento por debajo del INPC acordado durante una crisis económica, o una reducción de renta a cambio de que el arrendatario se comprometa a un plazo forzoso ampliado. El addendum escrito que documenta el nuevo monto de renta permite al arrendador actualizar la emisión de CFDI y los cálculos de pagos provisionales de ISR ante el SAT conforme al artículo 114 de la LISR.
También se requiere cuando el arrendador desea agregar una cláusula que no estaba en el contrato original — como la autorización de subarrendamiento requerida por el artículo 2480 CCF (que exige el consentimiento escrito expreso del arrendador), el permiso para una actividad comercial en domicilio que modifique la restricción de uso habitacional original bajo el artículo 2416 CCF, o la adición de un fiador cuando el contrato original no incluyó uno.
Conforme al artículo 2478 CCF y los principios generales de modificación contractual establecidos en los artículos 2213 a 2218 CCF, ambas partes se benefician de un addendum escrito que identifique claramente el contrato original que se modifica, establezca la fecha de entrada en vigor de cada modificación, confirme expresamente que todos los términos no modificados del contrato original permanecen vigentes, y declare que el addendum no constituye una novación — protegiendo todas las garantías accesorias y fianzas de la extinción inadvertida.
Qué incluir en tu Addendum al Contrato de Arrendamiento México
El Addendum al Contrato de Arrendamiento México válido conforme al artículo 2478 CCF y los códigos civiles estatales aplicables debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutable y para integrarse correctamente al contrato de arrendamiento vigente.
Identificación del Contrato Original: Identificación precisa del contrato de arrendamiento que se modifica — fecha del contrato original, nombres del arrendador y arrendatario tal como constan en el contrato original, domicilio del inmueble y número de referencia o folio del contrato si es aplicable. Esta referencia cruzada vincula el addendum al contrato principal y confirma qué arrendamiento se está modificando.
Identificación de las Partes: Confirmación del arrendador y arrendatario actuales — con sus RFC, números de documento de identidad oficial (INE, pasaporte o Tarjeta de Residencia) y domicilios vigentes. Si ha habido cesión del interés del arrendador o arrendatario desde la celebración del contrato original, el addendum debe documentar la autoridad de la parte actual para celebrar la modificación.
Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación: La fecha específica a partir de la cual entra en vigor cada modificación. Algunos cambios — como un incremento de renta — pueden entrar en vigor al inicio del siguiente período de pago; otros — como una prórroga del plazo — pueden entrar en vigor desde la fecha de vencimiento del contrato original. Varias modificaciones con distintas fechas de entrada en vigor pueden incluirse en un solo addendum si se etiquetan claramente.
Descripción de las Modificaciones: Cada modificación redactada por separado y con precisión. Modificaciones comunes incluyen: (a) Prórroga del Plazo — nueva fecha de vencimiento, confirmando que el plazo forzoso se extiende hasta la nueva fecha y que se excluye la tácita reconducción bajo el artículo 2478 CCF; (b) Modificación de Renta — nuevo monto mensual en MXN, fecha de entrada en vigor y mecanismo de ajuste actualizado; (c) Autorización de Subarrendamiento — consentimiento escrito expreso requerido por el artículo 2480 CCF, identificando nombre y RFC del subarrendatario autorizado; (d) Ajuste del Depósito en Garantía — nuevo monto del depósito y saldo por pagar o por devolver.
Cláusula de No Novación: Declaración expresa de que el addendum no constituye una novación conforme a los artículos 2213 y 2214 CCF — el contrato original permanece vigente en su totalidad salvo lo específicamente modificado, y todas las obligaciones accesorias, fianzas, depósitos en garantía y garantías otorgadas bajo el contrato original continúan en plena vigencia sin modificación alguna. Esta cláusula es esencial cuando el arrendatario ha otorgado una fianza solidaria — sin la cláusula de no novación, la modificación de la renta o la prórroga del plazo podría extinguir la obligación del fiador bajo el artículo 2218 CCF.
Confirmación de Términos Vigentes: Declaración expresa de que todos los términos y condiciones del contrato original que no sean específicamente modificados por el addendum permanecen inalterados y en plena vigencia.
Implicaciones SAT y CFDI: Para modificaciones de renta, nota de que el arrendador emitirá CFDIs actualizados que reflejen el nuevo monto de renta y actualizará los pagos provisionales mensuales de ISR ante el SAT conforme al artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Addendum al Contrato de Arrendamiento México como punto de partida práctico. La ley mexicana de modificación de arrendamientos — en particular los riesgos de novación, la supervivencia de las obligaciones del fiador, las modificaciones de arrendamientos comerciales bajo el Código de Comercio y los informes al SAT de cambios de renta — varía por estado y tipo de arrendamiento. Todo arrendador y arrendatario debe consultar a un Licenciado en Derecho y a un contador público autorizado familiarizado con el código civil estatal aplicable antes de celebrar cualquier addendum en México. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Addendum al Contrato de Arrendamiento México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/real-estate/leases/addendum-contrato-arrendamiento-mexico
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}Preguntas Frecuentes
Un addendum al contrato de arrendamiento corre el riesgo de extinguir la obligación del fiador si constituye una novación conforme a los artículos 2213 y 2214 del Código Civil Federal (CCF) — es decir, la sustitución de una obligación contractual original por una nueva. El artículo 2218 del CCF establece que la novación extingue todas las obligaciones accesorias, incluidas las fianzas (fianzas de afianzamiento), salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario. Los tribunales mexicanos han determinado que las modificaciones sustanciales a los términos del arrendamiento — en particular, incrementos al monto de la renta o prórroga del plazo — pueden constituir una novación si no se estructuran correctamente. Para evitar la extinción involuntaria de la obligación del fiador, todo addendum al contrato de arrendamiento en México debe incluir una cláusula de no novación expresa, en la que se declare que la modificación no constituye novación y que todas las fianzas y garantías del contrato original permanecen en plena vigencia. Es también una buena práctica obtener la firma del fiador en el addendum, confirmando expresamente su consentimiento a las condiciones modificadas y su solidaridad continua conforme a los artículos 2794 a 2855 del CCF. Un fiador que no firme el addendum podrá argumentar posteriormente que la modificación excedió el alcance de la fianza original y que su obligación de garantía quedó extinguida por la modificación. Los arrendadores con garantías fiduciarias significativas deben consultar a un Licenciado en Derecho antes de ejecutar cualquier addendum de incremento de renta o prórroga del plazo.
La tácita reconducción es la renovación tácita del contrato de arrendamiento conforme al artículo 2478 del Código Civil Federal (CCF), que opera cuando un arrendamiento a plazo forzoso vence y el arrendatario continúa ocupando el inmueble sin que ninguna de las partes celebre un nuevo contrato escrito ni exija formalmente la desocupación. Bajo la tácita reconducción, el arrendamiento se considera automáticamente renovado como arrendamiento por tiempo indeterminado, en los mismos términos del contrato original de plazo forzoso, salvo que cualquiera de las partes puede terminarlo con un aviso equivalente al período de pago de renta — normalmente 30 días de preaviso para rentas mensuales. Para los arrendadores, la tácita reconducción es indeseable porque elimina la certeza de una fecha de vencimiento fija y la posibilidad de condicionar la renovación a un incremento de renta. Un addendum que prorroga el plazo forzoso (prórroga del plazo) previene la tácita reconducción al acordar formalmente un nuevo plazo forzoso antes de que venza el plazo original, garantizando que el arrendamiento continúe en los nuevos términos negociados — incluyendo cualquier incremento de renta acordado. El addendum debe ejecutarse y firmarse por ambas partes antes de la fecha de vencimiento del plazo forzoso original. Los códigos civiles estatales varían ligeramente en su tratamiento de la tácita reconducción — en la Ciudad de México, el Código Civil para la Ciudad de México artículos 2448-A a 2448-I establece protecciones adicionales al inquilino que pueden afectar la operación de la tácita reconducción en arrendamientos habitacionales en la capital.
Sí — el addendum al contrato de arrendamiento es el instrumento adecuado para que el arrendador otorgue su consentimiento escrito expreso para el subarrendamiento, conforme al artículo 2480 del CCF. Si el contrato original no autoriza el subarrendamiento — o lo prohíbe expresamente, como la mayoría de los contratos de arrendamiento habitacional estándar en México — el arrendatario no puede subarrendar legalmente sin obtener primero el consentimiento escrito del arrendador. Un addendum que documente ese consentimiento, identifique al subarrendatario autorizado por nombre y RFC, y especifique el período y las condiciones del subarrendamiento cumple con el requisito del artículo 2480 del CCF. El addendum debe abordar también: si la renta del subarrendatario puede superar la del arrendatario principal; si el consentimiento del arrendador es específico para el subarrendatario nombrado o general; si el addendum se extiende a cualquier prórroga del contrato principal; y cómo se afectan las obligaciones del arrendatario principal durante el período de subarrendamiento — el arrendatario principal (subarrendador) permanece totalmente responsable ante el arrendador bajo el contrato principal durante todo el subarrendamiento, conforme al artículo 2483 del CCF. Sin un addendum escrito debidamente celebrado que documente el consentimiento del arrendador, cualquier subarrendamiento es inválido bajo el artículo 2480 del CCF y constituye causal de rescisión conforme al artículo 2489 del CCF.
Conforme al artículo 2406 del CCF, la forma escrita es obligatoria para arrendamientos habitacionales de seis meses o más, pero la escritura pública ante notario público no es exigida para arrendamientos o addenda cuyo plazo total sea inferior a seis años. En los casos en que el addendum extiende el plazo total del arrendamiento más allá de seis años (incluyendo períodos anteriores), el artículo 2406 del CCF exige que el arrendamiento se formalice ante notario público — lo cual rara vez aplica a arrendamientos habitacionales o comerciales estándar, pero puede ser relevante en arrendamientos comerciales de largo plazo. Incluso cuando la notarización no es legalmente obligatoria, es muy recomendable para addenda que involucren cambios monetarios significativos — incrementos de renta, ajustes al depósito en garantía — o para addenda en contextos de arrendamientos comerciales, ya que la escritura pública proporciona: (a) un instrumento público con presunción de autenticidad y certeza de fecha; (b) el sello notarial que previene disputas posteriores sobre si el addendum fue efectivamente firmado; y (c) la posibilidad de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio para arrendamientos comerciales, lo que hace el addendum oponible a terceros que adquieran derechos sobre el inmueble.
Un addendum que modifica la renta mensual (modificación de la renta) obliga al arrendador a actualizar sus cálculos de pagos provisionales de ISR ante el SAT conforme al artículo 115 de la LISR. Los pagos provisionales de ISR deben realizarse sobre la renta efectivamente percibida — pagar el ISR provisional sobre la renta anterior cuando la renta pactada ya se incrementó constituye un pago insuficiente que genera actualizaciones, recargos (1.13% mensual conforme al artículo 21 del CFF) y posibles multas en una auditoría fiscal. El arrendador debe actualizar su plantilla de CFDI para reflejar el nuevo monto de renta mensual — la descripción del CFDI debe hacer referencia a la fecha del addendum y al nuevo monto mensual para mayor claridad. El arrendador también debe notificar a su contador público autorizado (CPA) sobre el cambio de renta, para que el CPA actualice las declaraciones provisionales mensuales de ISR y, si el arrendador es también contribuyente de IVA (en arrendamientos comerciales donde se cobra IVA), actualice las declaraciones de IVA. Si el arrendatario es una persona moral (empresa) que retiene el 10% de ISR sobre la renta bajo el artículo 116 de la LISR, la empresa arrendataria debe actualizar sus cálculos de retención para aplicar el 10% sobre la nueva renta más alta desde la fecha efectiva del addendum.
Sí — un addendum al contrato de arrendamiento puede modificar el uso permitido del inmueble arrendado, siempre que ambas partes estén de acuerdo y el uso modificado sea legalmente permisible conforme a las disposiciones de uso de suelo aplicables (Programa de Desarrollo Urbano). Conforme al artículo 2416 del CCF, el arrendatario debe destinar el inmueble arrendado para el fin especificado en el contrato — un arrendamiento habitacional limita el uso a casa habitación; un arrendamiento comercial especifica la actividad comercial permitida. Un addendum puede ampliar el uso permitido — por ejemplo, autorizar un negocio en domicilio dentro de un arrendamiento habitacional, convertir un arrendamiento habitacional a uso mixto, o cambiar la actividad comercial específica permitida en un arrendamiento comercial. Sin embargo, la modificación debe cumplir con el Programa de Desarrollo Urbano (PDU) de la Alcaldía o Municipio correspondiente — el uso del inmueble para un fin no autorizado por su clasificación de uso de suelo es ilegal independientemente de lo que establezca el addendum. Las partes deben verificar la designación vigente de uso de suelo del inmueble en la Ventanilla Única de Gestión Urbana (VUGU) de la Alcaldía correspondiente antes de celebrar un addendum de cambio de uso. Para inmuebles en régimen de condominio, el reglamento del condominio también puede restringir los usos permitidos — todo addendum de cambio de uso debe cumplir con el reglamento de condominio y, cuando se requiera, obtener el consentimiento de la administración condominial.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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