Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios)
CARTA DE INVITACIÓN DE NEGOCIOS
Conforme a la Ley de Migración, Artículo 40, Fracción I
[Letter City], a [Letter Date]
A QUIEN CORRESPONDA
Embajada / Consulado de México — Sección Consular
Instituto Nacional de Migración (INM)
Por medio de la presente, [Inviting Company Name], con RFC [Inviting Company RFC], con domicilio en [Inviting Company Address], por conducto de su representante [Signatory Name], se permite dirigirse a usted para expedir la presente CARTA DE INVITACIÓN DE NEGOCIOS en favor del ciudadano/a [Invitee Name], de nacionalidad [Invitee Nationality], con pasaporte [Invitee Passport], quien desempeña el cargo de [Invitee Job Title].
La relación comercial entre nuestra empresa y el invitado es la siguiente: [Business Relationship].
OBJETO Y MOTIVO DE LA VISITA
[Visit Purpose]
La visita está programada del [Arrival Date] al [Departure Date], con actividades en [Visit Location].
DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES Y RÉGIMEN MIGRATORIO
Hacemos constar que el visitante [Invitee Name] ingresará a México en calidad de visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas, conforme al Artículo 40 Fracción I de la Ley de Migración. El visitante NO recibirá remuneración de fuente mexicana alguna, NO prestará servicios profesionales retribuidos en territorio nacional, y NO establecerá relación laboral subordinada con empresa mexicana durante su estancia.
RESPONSABILIDAD DE GASTOS
[Financial Responsibility].
Hospedaje durante la visita: [Accommodation Address].
Para cualquier verificación sobre la presente carta o sobre nuestra empresa, puede comunicarse con [Signatory Name] al teléfono [Signatory Phone] o al correo electrónico [Signatory Email].
Atentamente,
[Inviting Company Name]
[Signatory Name]
RFC empresa: [Inviting Company RFC]
Teléfono: [Signatory Phone] | Email: [Signatory Email]
Firma y Sello: _________________________
Authorized Representative (Representante Legal)
________________
Signature
What Is a Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios)?
A Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios) is a formal document issued by a Mexican company, institution, or individual inviting a foreign national to visit Mexico for business purposes, supporting the visitor's visa application at a Mexican embassy or consulate abroad or their entry request at a Mexican port of entry administered by the Instituto Nacional de Migración (INM). The document is used in the context of the Ley de Migración (published in the DOF on 25 May 2011) and its Reglamento (RLMIGR), which establish the legal framework for all migratory categories in Mexico.
Under Ley de Migración Article 40 fracción I, foreign nationals entering Mexico for business activities — including attending meetings, negotiations, training sessions, conferences, trade fairs (ferias comerciales), or fact-finding visits — may enter under the visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas category (business visitor without work permit) if their activities do not constitute the direct provision of paid services to a Mexican entity. Foreign nationals who will receive remuneration from a Mexican source for services rendered in Mexican territory require a different migratory category — visitante con permiso para realizar actividades lucrativas — under Ley de Migración Article 40 fracción II.
The carta de invitación de negocios is not a visa in itself — it is a supporting document that substantiates the purpose and legitimacy of the visit for the reviewing consular officer or INM border official. Mexican embassies and consulates abroad review the invitation letter as part of the visa application package to assess whether the applicant's stated business purpose is credible, whether the inviting Mexican entity is legally constituted and active (registered in the Registro Público de Comercio and with active RFC before the SAT), and whether the visitor is likely to return to their country of residence after the visit.
The Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), through its consular network, processes visa applications for foreign nationals requiring a visa to enter Mexico — nationals of countries that do not have visa exemption agreements with Mexico must obtain a Mexican visa before travel. The Acuerdo por el que se establece la lista de países cuyos nacionales requieren visa para ingresar a México (updated periodically by SRE) determines which nationalities require a Mexican visa. The INM, operating under the Secretaría de Gobernación (SEGOB), controls the actual entry and controls the 180-day maximum stay for visitantes under Ley de Migración Article 52.
For business visitors from countries with diplomatic or commercial ties with Mexico, the carta de invitación de negocios from a legitimate Mexican host company significantly strengthens the visa application. The inviting company's RFC registration with the SAT, its Registro Público de Comercio entry, and its track record of previous valid business invitations all support the credibility of the invitation. Mexican companies should maintain a register of business invitations issued to foreign visitors as part of their compliance obligations under the Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI — anti-money laundering law).
When Do You Need a Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios)?
A Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico is needed whenever a Mexican company or individual invites a foreign national to visit Mexico for business purposes and the visitor requires documentary support for their visa application or INM entry process.
The letter is required when a foreign client, supplier, partner, investor, or counterparty from a country that requires a Mexican visa needs to attend meetings, contract negotiations, site inspections, due diligence visits, or product demonstrations at the Mexican host company's facilities. The inviting company must provide the carta de invitación to substantiate the business purpose before the SRE consular officer.
The document is needed when a foreign national from a visa-exempt country — who does not need a visa before travel — is asked by an INM border official at a Mexican port of entry to demonstrate the nature and legitimacy of their business visit. Although visa-exempt nationals may enter without prior visa processing, INM border agents retain discretion to request supporting documentation under Ley de Migración Article 88, and a carta de invitación significantly reduces risk of entry denial.
The letter is required when a multinational corporation sends an employee from a foreign affiliate to visit the Mexican subsidiary for training, knowledge transfer, project review, or corporate governance activities — even intra-group visits require proper immigration documentation to avoid reclassification as undocumented work under Ley de Migración Article 159 (migratory violations by employers).
The carta de invitación de negocios is also needed when a foreign academic, researcher, or professional attends a conference, trade fair (like Expo ANTAD in Guadalajara or Expo ManufacturaTec in Monterrey), or technical symposium hosted by a Mexican organisation — the inviting organisation should issue the letter and confirm the professional or non-lucrative nature of the activity.
Under Ley de Migración Article 40 and the RLMIGR Articles 62–70, the maximum permitted stay for a visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas is 180 days, non-extendable within the same migratory year — the carta de invitación should specify the expected duration of the visit and confirm it falls within the legally permitted period.
The carta de invitacion de negocios is also required when a Mexican company sponsors a foreign supplier's factory audit visit — particularly in manufacturing sectors under the IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportacion) programme, where foreign principal companies send compliance auditors to verify Mexican contract manufacturers' quality and labour standards. The INM-registered IMMEX company's invitation letter confirms the audit's legitimate business purpose and the auditor's non-lucrative visitante status under Ley de Migracion Article 40 fraccion I.
What to Include in Your Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios)
A valid Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico under Ley de Migración Article 40 must contain the following essential elements to satisfy INM and consular requirements:
Inviting Entity Identification: Full legal name (razón social) of the Mexican company or individual issuing the invitation; RFC (Registro Federal de Contribuyentes) as registered with SAT; full registered address; telephone and email contact; and the name and title of the authorised signatory. The inviting company's active RFC status can be verified through the SAT portal — consular officers routinely perform this verification.
Invited Person Identification: Full name as it appears in the foreign national's passport; passport number, issuing country, and expiry date; nationality; date of birth; occupation and employer (if applicable); country of residence; and email contact. The invitation must match the passport details exactly to avoid processing delays.
Purpose and Nature of Visit: A clear, specific description of the business activities to be conducted — for example, negotiating a supply agreement, attending the quarterly board meeting, inspecting manufacturing facilities, participating in a technical training programme, or closing a commercial transaction. The letter should confirm that the visit is for business consultation, negotiation, or observation purposes only, and does not involve the direct performance of paid services in Mexican territory.
Dates of Visit: Proposed arrival and departure dates, or the expected duration of the visit (e.g., five business days, two weeks). The total planned stay must not exceed 180 days under Ley de Migración Article 52. For visa applications, the proposed travel dates should be consistent with the visa validity period requested.
Financial Responsibility Declaration: A statement confirming who will bear the costs of the visit — whether the inviting Mexican entity covers accommodation, transportation, and per diem expenses, or whether the visitor self-funds the visit. This declaration is reviewed by consular officers to assess the visitor's intent to depart Mexico after the visit.
No Employment Relationship Confirmation: An explicit statement that the foreign visitor will not receive remuneration from a Mexican source for services rendered in Mexico, will not be in a subordinate employment relationship (relación laboral) with a Mexican entity, and will not perform activities requiring a work permit under Ley de Migración Article 40 fracción II or the Ley Federal del Trabajo.
Inviting Company Credibility Markers: Reference to the company's years of operation in Mexico, its RFC registration date, its Registro Público de Comercio folio, and any relevant certifications (e.g., IMMEX maquiladora programme registration, PROSEC authorisation, OEA certification) — these elements strengthen the letter's credibility with consular officials and INM.
Signature and Company Seal: Handwritten signature of the authorised representative (representante legal) of the inviting entity, company seal (sello empresarial) if available, and the date and place of issuance. For small businesses, a notarised letter (carta notariada) significantly increases acceptance rates at consulates.
Compliance with LFPIORPI: Mexican companies that regularly issue business invitation letters should maintain a register of invitations as part of their anti-money-laundering compliance obligations under the Ley Federal para la Prevencion e Identificacion de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita (LFPIORPI). Invitations to high-risk jurisdictions or for large-value commercial transactions may require enhanced due diligence documentation under LFPIORPI Article 17.
Forms-legal.com provides this Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico template as a starting point. Mexican companies that regularly host foreign business visitors should maintain a formal invitation management process and consult an immigration lawyer (abogado de migracion) for complex cases involving multiple entry visas or longer-term business visit programmes.
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Forms Legal. (2026). Business Visitor Visa Invitation Letter Mexico (Carta de Invitación de Negocios) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/personal/immigration/business-visitor-visa-invitation-letter-mexico
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La Ley de Migración de México distingue entre el visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas (visitante de negocios sin permiso de trabajo) conforme al Artículo 40 Fracción I y el visitante con permiso para realizar actividades lucrativas (visitante con permiso de trabajo) conforme al Artículo 40 Fracción II. La distinción clave es si el extranjero recibirá remuneración de una fuente mexicana por servicios prestados en México. Un visitante de negocios que asiste a reuniones, negociaciones o inspecciones sin recibir pago de ninguna entidad mexicana califica bajo la Fracción I — no se requiere permiso de trabajo y la estancia está limitada a 180 días. Un profesional extranjero que será remunerado por un empleador o cliente mexicano por servicios prestados en territorio mexicano debe obtener autorización del INM bajo la Fracción II o la categoría de residente temporal con permiso para trabajar. La mala clasificación — ingresar como visitante de negocios y realizar trabajo remunerado — constituye una infracción migratoria conforme al Artículo 159 de la Ley de Migración y puede resultar en multas para el empleador y deportación del trabajador.
La lista de países cuyos nacionales requieren visa mexicana es establecida por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a través del Acuerdo por el que se establece la lista de países cuyos nacionales requieren visa para ingresar a México, actualizado periódicamente. Según la publicación más reciente de la SRE, los nacionales de la mayoría de los países de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, Japón, Australia, Corea del Sur y la mayoría de los países latinoamericanos NO requieren visa mexicana de turista o visitante de negocios. Sin embargo, los nacionales de muchos países africanos, de Medio Oriente y del sur y sureste de Asia SÍ requieren visa previa. Adicionalmente, los nacionales de países que normalmente no requieren visa pueden verse obligados a obtenerla en circunstancias específicas — por ejemplo, si portan un documento de viaje distinto al pasaporte nacional, o si han tenido infracciones migratorias previas en México. Los anfitriones de negocios mexicanos deben verificar el requisito de visa actual para la nacionalidad de su visitante extranjero en el sitio web consular de la SRE antes de asumir una exención de visa.
Conforme al Artículo 52 de la Ley de Migración, un visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas puede permanecer en México un máximo de 180 días naturales por visita, según lo autorice el agente del INM en el punto de entrada. La estancia autorizada real se sella en el pasaporte y se registra en la Forma Migratoria Múltiple (FMM) — el documento de ingreso emitido en la frontera. El máximo de 180 días no se otorga automáticamente; el agente del INM determina la estancia adecuada con base en el propósito declarado, la documentación presentada y la evaluación del agente sobre la intención de regreso del visitante. Los visitantes de negocios deben portar la carta de invitación de negocios y otros documentos de respaldo para justificar la duración de estancia solicitada. La estancia no puede prorrogarse dentro de México sin cambiar de categoría migratoria — un visitante cuyas necesidades de negocios se extienden más allá del período autorizado debe salir de México y reingresar con una nueva autorización, o solicitar una residencia temporal a través del INM. Exceder el período de estancia autorizado constituye una infracción migratoria conforme al Artículo 154 de la Ley de Migración.
No. Una Carta de Invitación de Negocios es un documento de apoyo — no garantiza la emisión de visa por los consulados de la SRE ni la autorización de ingreso por el INM en la frontera. Para los solicitantes de visa, el funcionario consular tiene plena discrecionalidad para otorgar o negar la visa tras revisar toda la documentación presentada, incluyendo la carta de invitación, estados financieros, prueba de vínculos con el país de origen e historial de viajes. Para los nacionales exentos de visa, el agente del INM en la frontera tiene discrecionalidad conforme al Artículo 88 de la Ley de Migración para cuestionar el propósito del visitante y solicitar documentación adicional; en casos de duda, el agente puede negar el ingreso o autorizar una estancia menor a la solicitada. Una carta de invitación de negocios bien redactada de una empresa mexicana establecida y creíble, con RFC verificable, propósito comercial claro y declaración de responsabilidad económica, aumenta significativamente la probabilidad de aprobación de la visa y un ingreso sin contratiempos en la frontera. Sin embargo, los visitantes extranjeros también deben portar documentos de apoyo: vuelos de regreso confirmados, reservaciones de hotel, agendas de reuniones de negocios y evidencia de su rol profesional en su país de origen.
Emitir una carta de invitación de negocios falsa o fraudulenta para permitir el ingreso ilegal o la estancia irregular de un extranjero en México expone a la empresa emisora y a sus representantes legales a graves consecuencias jurídicas. Conforme al Artículo 159 de la Ley de Migración, los empleadores u organizaciones que auxilien a extranjeros en violar los reglamentos migratorios enfrentan multas de entre 500 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) — el valor de la UMA es actualizado anualmente por el INEGI. Si la carta fraudulenta formó parte de un esquema para permitir el trabajo sin documentos, también puede aplicar responsabilidad penal conforme al Código Penal Federal por falsificación de documentos (Artículos 243–247) y las infracciones laborales asociadas bajo la Ley Federal del Trabajo. La credibilidad futura de la empresa para emitir invitaciones de visa ante la SRE y el INM queda dañada permanentemente — las empresas incluidas en listas negras del INM por infracciones anteriores tienen sus invitaciones de visa posteriores marcadas para escrutinio adicional. Adicionalmente, bajo la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, si la invitación fraudulenta estuvo vinculada a transacciones financieras, pueden aplicarse sanciones antilavado.
Un extranjero en México bajo la categoría de visitante sin permiso para realizar actividades lucrativas puede firmar contratos comerciales, cartas de intención, acuerdos de confidencialidad y otros documentos de negocios en México — la ejecución de contratos no se considera una actividad laboral bajo la ley migratoria mexicana y no requiere permiso de trabajo. Sin embargo, abrir una cuenta bancaria personal o empresarial en México como visitante extranjero está sujeto a los requisitos de cumplimiento de la institución financiera bajo la Ley de Instituciones de Crédito y las reglas antilavado de la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores) — la mayoría de los bancos mexicanos requieren una tarjeta de residencia temporal o permanente del INM o un tipo especial de cuenta para visitantes extranjeros. Los visitantes de negocios que necesitan recibir pagos en México para su empresa (no como remuneración personal) pueden usar la infraestructura bancaria mexicana existente de su empleador. Los visitantes de negocios que pretenden establecer una presencia comercial regular en México deben consultar a un abogado de migración y corporativo sobre el registro de una subsidiaria mexicana, la obtención de residencia temporal con permiso para trabajar, o la estructuración de un programa IMMEX dependiendo de la naturaleza de sus actividades.
Una carta de invitación de negocios emitida por una empresa mexicana para la solicitud de visa de un extranjero no necesita ser apostillada — las apostillas conforme al Convenio de La Haya de 1961 aplican a documentos emitidos en un país para reconocimiento legal en otro. Dado que la carta de invitación de negocios se emite en México y es revisada por un consulado mexicano (SRE) en el extranjero o por el INM en una frontera mexicana, el mecanismo de apostilla no aplica. Sin embargo, para solicitudes consulares en embajadas o consulados de países con estándares documentales estrictos, tener la carta de invitación notariada ante un Notario Público mexicano — quien certifica la autenticidad del sello de la empresa y la identidad del firmante — aumenta significativamente la credibilidad y la tasa de aceptación del documento. Algunos Notarios Públicos mexicanos también ofrecen legalización de la carta notariada para países que no son signatarios del Convenio de La Haya, aunque esto rara vez se requiere para cartas de invitación de negocios. Las empresas que emiten invitaciones con frecuencia deben considerar tener una plantilla estándar revisada y certificada por su Notario Público corporativo.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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