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Contrato de Trabajo para Extranjero México (LFT art. 7; Ley de Migración art. 52)

Employment Contract for Foreign Worker Mexico (Contrato de Trabajo para Extranjero)

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO PARA TRABAJADOR EXTRANJERO

Celebrado conforme a la Ley Federal del Trabajo (Art. 7) y la Ley de Migración (Art. 52)

I. PARTES

PATRÓN:

Nombre / Razón Social: [Employer Name]

RFC: [Employer RFC]

Registro Patronal IMSS: [Employer IMSS]

Domicilio: [Employer Address]

Representante Legal: [Legal Rep]

TRABAJADOR EXTRANJERO:

Nombre: [Worker Name]

Nacionalidad: [Worker Nationality]

Pasaporte: [Worker Passport]

CURP: [Worker CURP]

Categoría Migratoria (Art. 52 Ley de Migración): [Immigration Category]

Documento Migratorio: [Immigration Doc Number]

Domicilio en México: [Worker Address]

II. PUESTO Y LUGAR DE TRABAJO

Puesto / Categoría: [Job Title]

Funciones y responsabilidades: [Job Duties]

Lugar de trabajo: [Work Location]

Horario: [Work Schedule]

Fecha de inicio: [Start Date]

III. CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 7 LFT (PROPORCIÓN DE EXTRANJEROS)

El patrón declara que la contratación del presente trabajador extranjero se ajusta al límite del 10% de técnicos y profesionales extranjeros permitido por el Artículo 7 de la Ley Federal del Trabajo, o que el puesto cae dentro de las excepciones aplicables (dirección general, gerencia). El patrón se obliga a notificar al Instituto Nacional de Migración (INM) de cualquier cambio en las condiciones de trabajo o terminación del empleo, dentro de los 10 días hábiles siguientes, conforme al Artículo 57 de la Ley de Migración.

IV. SALARIO Y PRESTACIONES

Salario mensual bruto: [Monthly Salary], pagadero en dos exhibiciones quincenales, conforme al Artículo 88 LFT.

Prestaciones mínimas de Ley: aguinaldo equivalente a 15 días de salario (Art. 87 LFT); vacaciones mínimas conforme al Art. 76 LFT (reforma 2023); prima vacacional del 25% (Art. 80 LFT); participación en utilidades (PTU) según Art. 117 LFT; días de descanso semanal y obligatorio conforme Arts. 69 y 74 LFT.

Prestaciones superiores convenidas: [Superior Benefits].

El patrón registrará al trabajador en el IMSS, INFONAVIT y AFORE desde el primer día de la relación laboral, en los mismos términos que los trabajadores mexicanos.

V. SEGURIDAD SOCIAL E IMPUESTOS

El patrón retiene y entera al SAT el ISR sobre ingresos por salarios conforme a los Artículos 94–99 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y emite el CFDI de nómina correspondiente a cada pago. Las cotizaciones al IMSS, INFONAVIT y AFORE se calculan sobre el Salario Base de Cotización (SBC) integrado conforme a la Ley del Seguro Social.

VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige íntegramente por la Ley Federal del Trabajo. El trabajador extranjero goza de los mismos derechos y está sujeto a las mismas obligaciones que los trabajadores mexicanos, conforme al Artículo 2 LFT. Las controversias se resolverán ante el Tribunal Laboral o Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) con jurisdicción en el lugar de prestación del servicio.

FIRMAS

En [Contract City], a [Contract Date].

EL PATRÓN:

[Employer Name]

Representante: [Legal Rep]

Firma: _________________________

EL TRABAJADOR:

[Worker Name]

Firma: _________________________

Employer (Patrón)

________________

Signature

Foreign Worker (Trabajador Extranjero)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Trabajo para Extranjero México (LFT art. 7; Ley de Migración art. 52)

El Contrato de Trabajo para Extranjero en México es un acuerdo de trabajo escrito formal entre un patrón mexicano y un trabajador extranjero que cuenta con autorización de trabajo válida en México. El acuerdo se rige por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que aplica de manera plena a todos los trabajadores que prestan servicios en territorio mexicano sin importar su nacionalidad conforme al artículo 2 de la LFT, y por la Ley de Migración (publicada el 25 de mayo de 2011), que rige la situación migratoria, las categorías de visa y los requisitos de autorización de trabajo aplicables a los trabajadores extranjeros.

El artículo 7 de la LFT establece la regla de proporción de trabajadores extranjeros: los patrones mexicanos no pueden emplear como técnicos y profesionales extranjeros a más del 10% de su plantilla ni como trabajadores no especializados a más del 10%, sujeto a excepciones para las empresas con menos de 10 empleados o cuando no existan trabajadores mexicanos debidamente calificados para un puesto especializado. Las violaciones a la proporción del artículo 7 exponen al patrón a multas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y a la posible cancelación de la autorización de la visa del trabajador extranjero por parte del Instituto Nacional de Migración (INM).

El artículo 52 de la Ley de Migración establece las categorías de visa y de residencia bajo las cuales los extranjeros pueden trabajar legalmente en México. Las principales categorías de autorización de trabajo son: Residente Temporal con permiso de trabajo, válida por hasta cuatro años, renovable, para los trabajadores extranjeros patrocinados por un patrón mexicano; Residente Permanente, que puede trabajar sin restricción para cualquier patrón en México; y Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, para asignaciones temporales que no excedan 180 días. El patrón debe verificar el documento migratorio válido del trabajador extranjero (Tarjeta de Residencia o visa con la anotación de autorización de trabajo) y conservar una copia antes de iniciar el empleo. Emplear a un extranjero sin autorización de trabajo válida expone al patrón a multas de 100 a 10,000 UMA conforme al artículo 161 de la Ley de Migración y a la posible cancelación del registro de empleador del patrón ante el INM (clave de empleador).

Todos los trabajadores extranjeros empleados en México deben obtener una Clave Única de Registro de Población (CURP), el código de identidad nacional que expide RENAPO (Registro Nacional de Población), que funciona como identificador fiscal y de seguridad social del trabajador. El patrón debe registrar al trabajador extranjero ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar las aportaciones de seguridad social a las mismas tasas aplicables a los trabajadores mexicanos, sin importar la nacionalidad del trabajador. El patrón también debe registrar al trabajador ante el SAT para la retención de ISR y emitir recibos de nómina digitales (CFDI) mensuales según lo exige el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

El artículo 57 de la Ley de Migración impone a los patrones de trabajadores extranjeros la obligación de notificar al INM dentro de los 10 días hábiles siguientes a los cambios en las condiciones de empleo del trabajador extranjero (salario, puesto, lugar de trabajo) o a la terminación del empleo. No notificar puede derivar en multas administrativas y en complicaciones en la renovación de la Tarjeta de Residencia del trabajador extranjero. Los contratos de trabajo de los trabajadores extranjeros deben especificar el salario en pesos mexicanos (las cláusulas de salario en moneda extranjera son permisibles, pero debe señalarse el equivalente en pesos) y deben cumplir todos los estándares mínimos de la LFT, incluido el Salario Mínimo General (SMG) fijado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).

Cuándo necesitas Contrato de Trabajo para Extranjero México (LFT art. 7; Ley de Migración art. 52)

El Contrato de Trabajo para Extranjero en México se requiere siempre que un patrón mexicano contrata a un extranjero para prestar servicios en México bajo una relación laboral.

Asignaciones corporativas internacionales: las empresas multinacionales que comisionan a directivos, especialistas técnicos o gerentes de proyecto de subsidiarias extranjeras a sus operaciones en México deben documentar la relación laboral local mexicana en cumplimiento de la LFT y de la Ley de Migración. El contrato se requiere tanto para la solicitud de visa ante el INM como para que el SAT determine si el ingreso del trabajador extranjero es gravable en México conforme a los artículos 1 y 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Reclutamiento técnico especializado: cuando las empresas mexicanas reclutan a ingenieros, especialistas en TI, profesionales de la salud u otros trabajadores técnicos extranjeros para puestos en los que no hay candidatos mexicanos calificados disponibles, el artículo 7 de la LFT permite contratar hasta el 10% de la plantilla técnica como extranjeros. El contrato de trabajo es la principal prueba que se presenta al INM para sustentar la solicitud de visa de Residente Temporal con permiso de trabajo.

Instituciones académicas y de investigación: las universidades, los centros de investigación y las instituciones culturales afiliadas al Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CONAHCYT) emplean con frecuencia a investigadores y profesores extranjeros. Estas instituciones deben documentar el empleo conforme a la LFT y a la Ley de Migración aun cuando el trabajador extranjero ingrese con una visa de estudiante o de investigación que incluya autorización de trabajo.

Sector de la maquiladora y de la manufactura: los trabajadores extranjeros empleados en operaciones de maquiladora al amparo del programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) deben tener contratos de trabajo formalizados que cumplan tanto la LFT como las disposiciones migratorias específicas aplicables al sector industrial conforme a la Ley de Migración. La STPS y el INM realizan visitas de inspección conjunta en las instalaciones IMMEX para verificar que los supervisores y los ingenieros técnicos extranjeros estén debidamente documentados.

Sector de la hotelería, el turismo y el entretenimiento: los hoteles (cadenas hoteleras), los desarrollos turísticos, los operadores de cruceros y las empresas de entretenimiento emplean con frecuencia a chefs, artistas, instructores deportivos y personal de administración extranjeros. Conforme a las excepciones del artículo 7 de la LFT para los puestos especializados, el contrato de trabajo debe documentar por qué no había un candidato mexicano calificado disponible y debe acompañar la solicitud de autorización del empleador ante el INM. Los inspectores laborales de la STPS verifican de manera rutinaria el cumplimiento del artículo 7 de la LFT en los hoteles y las cadenas de hotelería.

Auditorías de cumplimiento del IMSS y del INM: el IMSS y el INM realizan auditorías periódicas en el centro de trabajo (visitas de verificación) en las que verifican que todos los trabajadores extranjeros estén debidamente registrados ante el IMSS y cuenten con autorización de trabajo válida. Un contrato de trabajo escrito es el primer documento solicitado en estas auditorías y se requiere para confirmar la validez de la situación migratoria, el salario y la clasificación del puesto del trabajador extranjero.

Qué incluir en tu Contrato de Trabajo para Extranjero México (LFT art. 7; Ley de Migración art. 52)

Un Contrato de Trabajo para Extranjero en México válido conforme a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley de Migración debe incluir los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las partes: el nombre legal completo, el RFC y el domicilio del patrón, y el nombre legal completo, el número de pasaporte, la nacionalidad, la CURP y los datos del documento migratorio (número de Tarjeta de Residencia, tipo de visa, referencia de la autorización del INM) del trabajador extranjero. Debe referirse el número de registro de empleador del patrón ante el INM (clave de empleador).

Verificación de la situación migratoria: la manifestación de la categoría de autorización migratoria del trabajador extranjero conforme al artículo 52 de la Ley de Migración (Residente Temporal con permiso de trabajo, Residente Permanente o Visitante con permiso para actividades remuneradas) con el número del documento, la fecha de expedición y la fecha de vencimiento. La obligación del patrón de conservar copias del documento migratorio válido y de notificar al INM los cambios de empleo dentro de los 10 días hábiles conforme al artículo 57 de la Ley de Migración.

Puesto y funciones: el puesto, el área, el lugar de trabajo y la descripción detallada de las funciones y responsabilidades en la operación mexicana. La referencia al cumplimiento del artículo 7 de la LFT, que confirme que el puesto del trabajador extranjero cae dentro de la proporción permitida del 10% de trabajadores técnicos o dentro de una excepción aplicable.

Salario y prestaciones: el salario mensual o semanal expresado en pesos mexicanos, como mínimo igual al Salario Mínimo General establecido por la CONASAMI. Las prestaciones obligatorias de la LFT: el aguinaldo (mínimo 15 días de salario conforme al artículo 87 de la LFT), las vacaciones (mínimo 12 días para el primer año conforme al artículo 76 de la LFT reformado en 2023), la prima vacacional (25% del salario de vacaciones conforme al artículo 80) y la participación en el Reparto de Utilidades (PTU) cuando aplique conforme al artículo 117 de la LFT.

Jornada y horario de trabajo: las horas por semana (máximo 48 horas para el turno diurno conforme al artículo 61 de la LFT; 42 horas para el turno nocturno; 45 horas para el turno mixto) y el día de descanso semanal conforme al artículo 69 de la LFT. La compensación de tiempo extra al 200% de la tarifa horaria ordinaria por las primeras 9 horas a la semana y al 300% en adelante conforme al artículo 68 de la LFT.

Obligaciones ante el IMSS y fiscales: la obligación del patrón de registrar al trabajador extranjero ante el IMSS y realizar las cuotas patronales que cubren el Seguro de Enfermedades y Maternidad, el Seguro de Invalidez y Vida, el Seguro de Retiro (AFORE), el Seguro de Riesgos de Trabajo y las aportaciones al INFONAVIT, todas a las mismas tasas aplicables a los trabajadores mexicanos. Las obligaciones de retención del SAT por el ISR sobre el ingreso de trabajo conforme a los artículos 94 a 99 de la LISR, incluida la obligación de emitir recibos de CFDI de nómina mensuales a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) registrado ante el SAT.

Confidencialidad y propiedad intelectual: si el trabajador extranjero tendrá acceso a la información confidencial del patrón, a los secretos industriales protegidos por los artículos 163 a 169 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) o al software propietario, el contrato de trabajo debe incluir una cláusula de confidencialidad y de cesión de propiedad intelectual. Conforme al artículo 163 de la LFT, las invenciones realizadas por un empleado usando los recursos y las instalaciones del patrón pertenecen al patrón, con derecho del trabajador a una compensación adicional si la invención tiene un valor comercial excepcional más allá de las funciones normales del trabajador.

Terminación e indemnización: las disposiciones de terminación aplicables conforme a los artículos 46 a 52 de la LFT, las causas de despido justificado (rescisión justificada) que no dan lugar a indemnización y la obligación del patrón de pagar la indemnización constitucional completa de tres meses de salario más 20 días por año de servicio por despido injustificado. Para los trabajadores extranjeros con contratos de tiempo determinado ligados a proyectos específicos (obras determinadas), el contrato debe especificar si el vencimiento constituye una terminación justificada o detona obligaciones de indemnización proporcional conforme al artículo 53 de la LFT. El INM debe ser notificado de la terminación dentro de los 10 días hábiles conforme al artículo 57 de la Ley de Migración, sin importar las causas de la terminación.

Forms-legal.com proporciona este Contrato de Trabajo para Extranjero en México como una plantilla de referencia. Todos los trabajadores extranjeros deben tener una autorización de trabajo válida del INM antes de iniciar el empleo. Consulte a un abogado de migración y al Instituto Nacional de Migración (INM) sobre los requisitos vigentes de solicitud de visa.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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