Solar Panel Installation Permit Mexico
SOLICITUD DE PERMISO DE INSTALACIÓN DE PANELES SOLARES Y CONTRATO DE INTERCONEXIÓN CFE
Conforme a la Ley de Transición Energética, NOM-001-SEDE-2012 y CRE Resolución RES/164/2018
I. DATOS DEL SOLICITANTE / PROPIETARIO
Nombre o razón social: [Owner Name]
RFC: [Owner RFC]
Domicilio fiscal: [Owner Address]
Teléfono: [Owner Phone] Correo electrónico: [Owner Email]
II. DATOS DEL INMUEBLE DONDE SE INSTALARÁ EL SISTEMA
Dirección del inmueble: [Property Address]
Tipo de inmueble: [Property Type]
Clave catastral: [Cadastral Key]
Número de servicio CFE: [CF Service Number] Tarifa CFE actual: [Current Tariff]
III. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SISTEMA FOTOVOLTAICO
Capacidad instalada total: [System Capacity]
Modelo de módulos fotovoltaicos: [Panel Model] Cantidad: [Panel Quantity] módulos
Inversor (marca y modelo): [Inverter Model]
Almacenamiento en baterías: [Battery Storage]
Tipo de interconexión solicitada: [Interconnection Type]
El sistema cumple con los requisitos de la NOM-001-SEDE-2012, Sección 690 (Sistemas Fotovoltaicos Solares), incluyendo protección contra sobrecorriente, puesta a tierra, interruptores de desconexión accesibles para personal de CFE, y protección contra falla de arco (AFCI) para sistemas residenciales.
IV. DATOS DEL INSTALADOR Y RESPONSABLE TÉCNICO
Empresa instaladora: [Installer Name] RFC: [Installer RFC]
Certificación / Registro: [Installer License]
Perito en Instalaciones Eléctricas responsable: [Engineer Name]
Cédula Profesional SEP: [Engineer License]
El suscrito Perito en Instalaciones Eléctricas, con cédula profesional número [Engineer License], certifica que el diseño eléctrico adjunto (diagrama unifilar) cumple con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 y las especificaciones de la Comisión Reguladora de Energía aplicables a sistemas de generación distribuida de pequeña escala.
V. SOLICITUD DE INTERCONEXIÓN CFE Y MEDICIÓN NETA
Por medio del presente documento, [Owner Name], con número de servicio CFE [CF Service Number], solicita a la [CFE Division] la celebración del Contrato de Interconexión para Fuentes de Energía Renovable a Pequeña Escala conforme a la CRE Resolución RES/164/2018, para la instalación de un sistema fotovoltaico de [System Capacity] bajo el esquema de [Interconnection Type].
El solicitante declara conocer y aceptar las condiciones técnicas y comerciales del Contrato de Interconexión, incluyendo la instalación de medidor bidireccional por parte de CFE, las condiciones de crédito por energía exportada bajo medición neta, y las obligaciones de mantenimiento del sistema bajo la responsabilidad del propietario.
VI. SOLICITUD DE PERMISO MUNICIPAL DE INSTALACIÓN
Asimismo, se solicita a la [Municipal Authority] la expedición del permiso o licencia de instalación/construcción correspondiente para la instalación del sistema fotovoltaico descrito en el inmueble ubicado en [Property Address], conforme al Reglamento de Construcciones o la Ley de Desarrollo Urbano aplicable en el municipio y estado correspondiente.
Se adjuntan a la presente solicitud los siguientes documentos:
a) Diagrama unifilar firmado por el Perito en Instalaciones Eléctricas;
b) Memoria técnica del sistema fotovoltaico;
c) Identificación oficial del propietario;
d) Comprobante de domicilio del inmueble;
e) Último recibo de CFE con número de servicio;
f) Documentos de certificación del instalador;
g) Autorización de la Asamblea de Condóminos (si aplica).
VII. FIRMAS
[Application City], a [Application Date].
PROPIETARIO / SOLICITANTE:
[Owner Name]
Firma: _________________________
INSTALADOR RESPONSABLE:
[Installer Name]
Firma: _________________________
PERITO EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS:
[Engineer Name] Cédula: [Engineer License]
Firma: _________________________
Property Owner / Applicant (Propietario)
________________
Signature
Solar Installer (Instalador)
________________
Signature
Electrical Engineer (Perito Electricista)
________________
Signature
What Is a Solar Panel Installation Permit Mexico?
A Solar Panel Installation Permit Mexico (Permiso de Instalación de Paneles Solares) is the formal application and authorization package required to legally install a photovoltaic (PV) solar energy system on a residential, commercial, or industrial property in Mexico and connect it to the Comisión Federal de Electricidad (CFE) distribution network under the net-metering (medición neta) or net-billing scheme. The permitting framework is governed by several complementary legal instruments: the Ley de Transición Energética (LTE), published in the Diario Oficial de la Federación on 24 December 2015 and in force since 2016, which establishes Mexico's clean energy transition policy framework and the legal basis for distributed generation (generación distribuida) by end users; the Ley de la Industria Eléctrica (LIE), published in the DOF on 11 August 2014 and substantially reformed by the controversial Decree of 9 March 2021 (subject to ongoing constitutional litigation), which governs the electricity sector including distributed generation interconnection rights; and the Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 (Instalaciones Eléctricas), which establishes technical safety standards for all electrical installations in Mexico, including solar PV systems.
The Secretaría de Energía (SENER) is the federal authority responsible for energy policy and clean energy targets under the LTE — Mexico has committed to generating 35% of electricity from clean sources by 2024 and 43% by 2034 under the LTE and the Paris Agreement obligations. The Comisión Reguladora de Energía (CRE) is the independent regulatory body that approves the interconnection contracts (contratos de interconexión) and net-metering tariff agreements between distributed generation users and CFE. The CFE (Comisión Federal de Electricidad), as the dominant distribution network operator (operador de la red de distribución), administers the physical interconnection approval process for systems up to 500 kW (which covers virtually all residential and most commercial installations) under the Modelo de Contrato de Interconexión para Fuentes de Energía Renovable a Pequeña Escala approved by CRE Resolution RES/164/2018.
At the municipal level, solar panel installations in Mexico require a construction license (licencia de construcción) or an installation permit (permiso de instalación) from the Dirección de Desarrollo Urbano or the Ayuntamiento of the municipality where the property is located, as the physical installation of panels on a roof or structure constitutes a construction or modification activity under local urban development law. The specific municipal requirements vary significantly — in Mexico City, installations are regulated by the Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal and require a Manifestación de Construcción Tipo A or Tipo B depending on the scope; in Nuevo León, Jalisco, and other states, equivalent municipal construction regulations apply. This Solar Panel Installation Permit Mexico template covers both the CFE interconnection application and the municipal permit documentation in a unified package.
Mexico's solar energy sector has experienced rapid growth driven by falling PV equipment costs, rising CFE electricity tariffs (particularly the high-consumption DAC tariff that applies when residential monthly consumption exceeds the threshold established by SENER), and federal and state incentive programs. SENER data indicates that distributed generation capacity — primarily residential and commercial solar PV — grew from under 200 MW in 2018 to over 1,500 MW by 2023, representing millions of individual systems connected to the CFE network. The legal framework established by the LTE and the CRE's Modelo de Contrato de Interconexión provides the regulatory backbone for all these installations.
The CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía) plays a complementary role by establishing energy efficiency standards (normas de eficiencia energética) for solar equipment and installation practices, and by administering the PROCALSOL program (Programa para la Promoción de Calentadores Solares de Agua) which provides incentives for solar thermal systems — distinct from photovoltaic systems but governed under the same LTE framework. The distinction between solar PV (photovoltaic, generating electricity) and solar thermal (heating water) is important for permitting: PV systems require CFE interconnection and CRE oversight; solar thermal systems require only municipal construction permits and NOM-027-ENER-2018 compliance for water heater efficiency.
The INFONAVIT Crédito Verde program provides supplementary financing for workers with active INFONAVIT accounts to install solar PV systems on their homes — up to MXN $70,000 additional credit above the standard housing credit limit — provided the installation meets INFONAVIT's technical specifications and is carried out by an INFONAVIT-certified solar installer (instalador certificado). This program makes the Solar Panel Installation Permit Mexico particularly relevant for first-time homeowners seeking to reduce energy costs through CFE net-metering credits financed through their INFONAVIT housing credit.
When Do You Need a Solar Panel Installation Permit Mexico?
A Solar Panel Installation Permit Mexico is required whenever a property owner, tenant, or company wishes to install a photovoltaic solar energy system and connect it to the CFE electricity distribution grid in Mexico to benefit from the net-metering (medición neta) tariff scheme.
The permit is required for residential installations — single-family homes (casas habitación), condominiums (condominios), and apartment buildings — where a solar PV system of any capacity is to be connected to the CFE supply grid. Under the LTE and CRE Resolution RES/164/2018, all grid-connected solar installations, regardless of capacity, require a formal CFE Contrato de Interconexión signed between the property owner and CFE before the system can legally export surplus energy to the grid and receive medición neta credits on the monthly electricity bill.
Commercial and industrial users installing systems up to 500 kW for self-supply (autoconsumo) and net-metering under CFE's Pequeña Producción category also require this interconnection permit. Larger systems above 500 kW require a more complex CRE generation permit (permiso de generación) under the LIE, which is outside the scope of this template.
The permit is needed before construction begins — the municipal installation permit must be obtained from the local Ayuntamiento or Dirección de Desarrollo Urbano before the solar installation contractor (instalador fotovoltaico) begins mounting panels, as installing without municipal authorisation constitutes an illegal construction (obra sin licencia) subject to demolition orders and fines under the Ley de Desarrollo Urbano of the applicable state.
Propriedad en condominio (condominium property) requires prior authorisation from the Asamblea de Condóminos (condominium assembly) under the Ley de Propiedad en Condominio or equivalent state law before proceeding with permit applications, as solar panel installation affects common areas of the building. The permit documentation also serves as the basis for the INFONAVIT Crédito Verde program, which offers housing loan top-ups for energy efficiency improvements including solar PV systems.
The document is needed when a commercial tenant (arrendatario comercial) wishes to install rooftop solar under a lease agreement — the tenant must obtain both the landlord's written consent and the municipal installation permit before applying for CFE interconnection in their name. The lease addendum (adéndum de arrendamiento) should specify who owns the solar equipment at lease termination and who receives the CFE net-metering credits during the lease period.
The permit package is also required when applying for the INFONAVIT Crédito Verde supplementary credit for solar installation on INFONAVIT-financed housing, as INFONAVIT requires evidence of the CFE interconnection application and the municipal permit before disbursing the additional Crédito Verde amount. Similarly, banks and financial institutions offering green mortgages (hipotecas verdes or créditos hipotecarios sustentables) under CONAVI (Comisión Nacional de Vivienda) guidelines require the solar permit documentation as a condition of the green premium financing.
What to Include in Your Solar Panel Installation Permit Mexico
A Solar Panel Installation Permit application package for Mexico must contain the following elements to satisfy CFE, CRE, municipal, and NOM-001-SEDE-2012 requirements:
Property Owner and Installation Site Identification: Full legal name, RFC, and official address of the property owner (propietario) or authorised user (poseedor), together with the full address of the installation site and the CFE service number (número de servicio CFE) or supply contract number (número de contrato CFE) associated with the property's existing electricity supply. The CFE service number is essential for CFE to locate the correct supply point on its distribution network for interconnection.
System Technical Specifications: The total installed capacity in kilowatts-peak (kWp), number and model of photovoltaic panels (módulos fotovoltaicos), inverter brand and model (inversor), battery storage details if applicable, and a single-line electrical diagram (diagrama unifilar) prepared by a licensed electrical engineer (ingeniero electricista or perito en instalaciones eléctricas) with cédula profesional. NOM-001-SEDE-2012 requires that all electrical designs be prepared and signed by a qualified professional (responsable de instalaciones eléctricas).
Installer Identification: Name, RFC, license number, and contact details of the solar installation contractor (instalador fotovoltaico). For systems above a certain capacity threshold, the installer must hold a certification from the Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) or equivalent recognised body. The LTE Article 113 establishes competency requirements for clean energy installation technicians.
CFE Interconnection Contract Data: The type of interconnection requested — net-metering (medición neta) or net-billing — the agreed export tariff, and the connection point at the CFE distribution network. The Contrato de Interconexión para Fuentes de Energía Renovable a Pequeña Escala under CRE Resolution RES/164/2018 governs the commercial relationship between the distributed generator and CFE for systems up to 500 kW.
Municipal Construction Permit Information: The type of municipal permit (licencia de construcción, manifestación de construcción, o aviso de obra), the Dirección de Desarrollo Urbano of the municipality, and the land use classification (uso de suelo) of the installation property. In Mexico City, solar installations on existing buildings typically require a Manifestación de Construcción Tipo A under the Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
Safety and Technical Compliance: Confirmation that the installation will comply with NOM-001-SEDE-2012 (electrical safety), NOM-019-SCFI-1998 (equipment safety markings for inverters), and any applicable state NOM standards. The design must include overcurrent protection (protección contra sobrecorriente), grounding (tierra física), and disconnect switches (interruptores de desconexión) meeting NOM-001-SEDE-2012 Section 690 (Solar Photovoltaic Systems) requirements.
Condominium or HOA Approval: Where the installation is on condominium property, the resolution (acuerdo) of the Asamblea de Condóminos authorising the installation, as required by the applicable state Ley de Propiedad en Condominio. Without this resolution, the municipal permit application will be incomplete and CFE may refuse the interconnection application.
ISR Deduction Documentation: For commercial and industrial users seeking to claim the 100% accelerated depreciation under LISR Article 34 Section XIII on PV equipment, the permit package must include the purchase invoices (CFDIs de Ingreso) for the panels, inverters, and installation services, confirming the equipment was placed in productive service during the fiscal year of the deduction claim.
Forms-legal.com provides this Solar Panel Installation Permit Mexico template as a guide — always verify current CFE interconnection procedures with the local CFE Subdirección de Distribución office and consult a licensed ingeniero electricista for technical compliance with NOM-001-SEDE-2012 Section 690, as procedures and requirements vary by state and CFE region.
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Forms Legal. (2026). Solar Panel Installation Permit Mexico (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/government/declarations/solar-panel-installation-permit-mexico
"Solar Panel Installation Permit Mexico (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/government/declarations/solar-panel-installation-permit-mexico.
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}Frequently Asked Questions
La medición neta (medición neta) es el esquema de facturación bajo el cual un generador solar distribuido en México recibe créditos en su recibo de luz de la CFE por la energía solar excedente que exporta a la red de la CFE, créditos que compensan el costo de la electricidad que toma de la red durante las horas en que la producción solar es insuficiente. Conforme a la Resolución RES/164/2018 de la CRE y el Contrato de Interconexión para Pequeña Escala de la CFE, un cliente residencial o comercial con un sistema solar fotovoltaico conectado a la red cuenta con un medidor bidireccional inteligente (medidor bidireccional) instalado por la CFE que mide por separado la electricidad consumida de la red y la electricidad exportada a la red. El monto neto de facturación —consumo menos exportación— se aplica al recibo mensual de la CFE. Los créditos excedentes pueden, por lo general, arrastrarse hasta por 12 periodos de facturación. La tarifa de la CFE aplicable a los clientes de medición neta sigue siendo su tarifa residencial o comercial estándar (DAC, tarifa 1, BT, etc.) —los créditos se valoran al precio de la tarifa al menudeo correspondiente a la categoría de consumo del cliente, no a un precio de generación al mayoreo más bajo. El marco de medición neta de México ha enfrentado incertidumbre regulatoria desde la reforma a la LIE de 2021, y los tiempos administrativos de la CFE para las solicitudes de interconexión varían por región de 30 a 120 días.
Sí, en la mayoría de los municipios mexicanos, instalar paneles solares en un techo o estructura de un edificio requiere un permiso municipal de construcción o instalación (licencia de construcción, manifestación de construcción o permiso de instalación) de la Dirección de Desarrollo Urbano o el Ayuntamiento local, porque montar paneles constituye una modificación física a una estructura sujeta a la normatividad local de desarrollo urbano y construcción. Los requisitos específicos varían según el municipio y el estado: en la Ciudad de México, el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal exige una Manifestación de Construcción Tipo A para las modificaciones estructurales a edificios existentes, categoría en la que suele encuadrar el montaje de paneles solares; en Jalisco, Nuevo León y otros estados con normatividad de construcción actualizada, se han incorporado permisos específicos de instalación solar. Algunos municipios pequeños aún carecen de categorías de permiso solar específicas y tramitan las instalaciones solares bajo procedimientos generales de obras menores (obras menores) o de aviso administrativo. No obtener el permiso municipal requerido puede derivar en multas administrativas, órdenes de suspensión de obra y, en casos extremos, órdenes de retiro de las instalaciones que no cumplan, conforme a la Ley de Desarrollo Urbano local.
El plazo de aprobación de interconexión de la CFE para sistemas solares fotovoltaicos residenciales y comerciales pequeños (hasta 500 kW) bajo el marco de la Resolución RES/164/2018 de la CRE varía considerablemente según la región y la subdivisión de la CFE. Oficialmente, el proceso del Contrato de Interconexión de la CFE debe concluirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de una solicitud completa —este es el estándar regulatorio establecido por la CRE. En la práctica, los tiempos de trámite han ido de 30 días en regiones de la CFE bien dotadas de personal hasta 90 a 180 días en regiones con alta demanda o rezago administrativo, particularmente en estados con alta adopción solar como Sonora, Baja California, Jalisco y la Ciudad de México. Las solicitudes incompletas —que carecen del diagrama unifilar, las credenciales del instalador o la documentación de propiedad del inmueble— son la causa más común de retrasos. Se aconseja a los solicitantes presentar su trámite a través de un instalador solar registrado ante la SENER que conozca los requisitos locales de la CFE. La reforma a la LIE de 2021 y los cambios regulatorios posteriores ralentizaron temporalmente las aprobaciones de interconexión en algunas regiones; los solicitantes deben consultar los tiempos de trámite vigentes con la oficina local de la Subdirección de Distribución de la CFE antes de comprometer los plazos del proyecto.
México ofrece varios incentivos fiscales para las inversiones en energía solar. Conforme al Artículo 34, fracción XIII, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la maquinaria y el equipo utilizados para la generación de electricidad a partir de fuentes renovables —incluidos los paneles fotovoltaicos, los inversores y las estructuras de montaje— califican para una depreciación acelerada del 100% en el año de adquisición. Esta deducción inmediata (deducción inmediata) está disponible para las personas morales (personas morales) y para las personas físicas con actividad empresarial (personas físicas con actividad empresarial), lo que representa un beneficio significativo de ISR en el año en que el sistema solar entra en operación. Adicionalmente, la importación de paneles solares y equipo relacionado clasificado bajo fracciones arancelarias específicas (la mayoría de los paneles fotovoltaicos en el Capítulo 85 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación) ha estado sujeta a aranceles de importación reducidos o de cero conforme a la política de importación de energía limpia de México, aunque las tarifas arancelarias cambian periódicamente y deben verificarse con un agente aduanal (agente aduanal). Algunos gobiernos estatales —incluidos Sonora, Chihuahua y Yucatán— ofrecen incentivos fiscales locales adicionales, como exenciones del Impuesto Sobre Nómina (ISN) y tasas reducidas de impuesto predial para los inmuebles con instalaciones solares certificadas conforme a los estándares de la CONUEE.
Un inquilino (arrendatario) puede instalar paneles solares en México con la autorización por escrito del propietario del inmueble (arrendador/propietario), pero los requisitos legales y prácticos son más complejos que en los inmuebles ocupados por su propietario. El Contrato de Interconexión de la CFE suele firmarse a nombre del titular de la cuenta de la CFE —que a menudo es el propietario del inmueble o el inquilino, según a nombre de quién esté registrado el contrato de suministro de la CFE. Si el inquilino es titular del contrato de suministro de la CFE, puede solicitar la interconexión de la CFE a su propio nombre. Los permisos municipales de construcción por lo general requieren el consentimiento del propietario del inmueble y se tramitan respecto del domicilio del inmueble —algunos municipios exigen la autorización notarial del propietario (autorización notarial del propietario) para los permisos de construcción en inmuebles arrendados. El inquilino y el propietario deben acordar por escrito (idealmente en una adenda al contrato de arrendamiento — adenda al contrato de arrendamiento) la propiedad del sistema solar al término del arrendamiento, quién recibe los créditos de medición neta de la CFE, quién asume los costos de instalación y mantenimiento, y si el sistema debe retirarse al terminar el arrendamiento. Sin un acuerdo por escrito, las controversias sobre la propiedad del sistema solar al final del arrendamiento pueden ser costosas y complejas conforme a las disposiciones del CCF en materia de arrendamiento.
Las instalaciones solares fotovoltaicas en México deben cumplir la NOM-001-SEDE-2012 (Norma Oficial Mexicana para Instalaciones Destinadas al Suministro y Uso de la Energía Eléctrica), específicamente la Sección 690, que rige los Sistemas Solares Fotovoltaicos y se basa en el Artículo 690 de la NFPA 70 (National Electrical Code). Entre los requisitos clave están: todos los circuitos de la fuente fotovoltaica y los circuitos de salida deben contar con protección contra sobrecorriente (Artículo 690.9); la puesta a tierra y la unión correctas de todos los componentes metálicos (Artículo 690.43); interruptores de desconexión accesibles al personal de la compañía suministradora en el punto de conexión con la red (Artículo 690.14); y protección con interruptor de circuito por falla de arco (AFCI) para los sistemas residenciales. Los inversores deben cumplir la NOM-019-SCFI-1998 (seguridad de los equipos eléctricos) y deben estar certificados por un organismo de certificación acreditado como UL, IEC 62109 o equivalente. El diagrama unifilar del diseño eléctrico debe ser elaborado por un Perito en Instalaciones Eléctricas o un Ingeniero Electricista con cédula profesional vigente y debe estar sellado y firmado. Después de la instalación, el sistema debe aprobar la inspección de un verificador autorizado (perito verificador) antes de que la CFE active el medidor bidireccional. La PROFECO (Procuraduría Federal del Consumidor) tiene competencia sobre los aspectos de protección al consumidor de los contratos de instalación solar.
Si la CFE se niega a otorgar la aprobación de interconexión a un sistema solar fotovoltaico que califica bajo el esquema de medición neta de la CRE, el solicitante tiene los siguientes recursos legales conforme al derecho mexicano. Primero, el solicitante puede presentar una queja administrativa (queja administrativa) ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE) conforme a la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética —la CRE tiene competencia para revisar el cumplimiento de la CFE respecto del marco del Contrato de Interconexión y puede ordenar a la CFE proceder con la interconexión dentro de un plazo determinado. Segundo, el solicitante puede promover un amparo indirecto ante el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa, argumentando que la negativa de la CFE vulnera el derecho a aprovechar la energía limpia establecido por el Artículo 2 de la LTE y la reforma energética constitucional de 2013. La SCJN y los tribunales colegiados de circuito han emitido jurisprudencia que confirma que los generadores distribuidos que cumplen los requisitos técnicos tienen un derecho exigible a la interconexión que la CFE debe respetar. Tercero, para negativas reiteradas o sistémicas, el solicitante puede presentar una queja ante la PROFECO si la negativa implica violaciones de protección al consumidor. En la práctica, la mayoría de las negativas de interconexión de la CFE se fundan en restricciones de capacidad técnica (saturación de red) en la red de distribución local —los solicitantes en zonas urbanas con alta penetración solar pueden tener que esperar el reforzamiento de la red o considerar sistemas de almacenamiento con baterías para reducir la capacidad de exportación.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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