Aviso de Apertura de Establecimiento México
AVISO DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO / CENTRO DE TRABAJO
Business Opening Notice (Nuevo Establecimiento Mercantil o Industrial)
Conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), Artículo 15, y la Ley del Seguro Social (LSS), Artículos 12–20
I. DATOS DEL PATRÓN / EMPRESA
Nombre / Razón Social: [Employer Name]
RFC: [Employer RFC]
Tipo de persona: [Employer Type]
Representante Legal: [Legal Representative]
No. de Registro Patronal IMSS (si ya existe): [IMSS Registration Number]
II. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
Nombre comercial del establecimiento: [Establishment Name]
Domicilio del establecimiento: [Establishment Address]
Código de actividad económica SCIAN: [SCIAN Code]
Horario de funcionamiento: [Operating Hours]
Fecha estimada de apertura: [Expected Opening Date]
III. PLANTILLA LABORAL ESTIMADA
Trabajadores permanentes estimados: [Permanent Workers]
Trabajadores eventuales estimados: [Temporary Workers]
¿Actividades de alto riesgo (Reglamento Federal de Seguridad y Salud)?: [High Risk Activities]
El patrón se obliga a registrar individualmente a cada trabajador ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes a su fecha de ingreso, conforme a los Artículos 12 al 20 de la Ley del Seguro Social.
IV. REGISTROS ANTE AUTORIDADES
Registros a tramitar en relación con este establecimiento: [Registrations Required].
El patrón reconoce que la operación del presente establecimiento está sujeta al cumplimiento de todas las obligaciones laborales establecidas en la Ley Federal del Trabajo, incluyendo: contratos individuales de trabajo por escrito (art. 24 LFT), reglamento interior de trabajo (art. 422 LFT — cuando tenga más de 10 trabajadores), comisión mixta de seguridad e higiene (art. 509 LFT), y participación de los trabajadores en las utilidades — PTU (arts. 117–131 LFT).
FIRMA DEL PATRÓN / REPRESENTANTE LEGAL
En [Notice City], a [Notice Date].
[Employer Name]
RFC: [Employer RFC]
Representante Legal: [Legal Representative]
Firma: _________________________
ACUSE DE RECIBO (para uso de la autoridad receptora):
Autoridad: _________________________
Fecha y hora de recepción: _________________________
Folio de registro: _________________________
Sello y firma del funcionario receptor: _________________________
Employer / Legal Representative (Patrón / Representante Legal)
________________
Signature
Qué es Aviso de Apertura de Establecimiento México
El Aviso de Apertura de Establecimiento en México es un documento legal regido por el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo y las regulaciones municipales de licencias, notificando a las autoridades laborales y municipales competentes la apertura de un nuevo establecimiento comercial o industrial para cumplir con los requisitos de registro patronal e inspección laboral.
El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo establece que los patrones intermediarios y las empresas contratantes deben registrar cada centro de trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) — y por analogía, los artículos 15-A al 15-D de la LFT (agregados por la Reforma Laboral de 2012 y modificados por la Reforma en Materia de Subcontratación de 2021) extienden las obligaciones de registro a todos los patrones que operan servicios especializados (servicios especializados u obras especializadas). La STPS administra el sistema de notificación de apertura de establecimientos a través de la Inspección Federal del Trabajo, que realiza inspecciones laborales en los establecimientos registrados para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la LFT, incluyendo salario mínimo, jornada laboral, seguridad e higiene y requisitos de contratos de trabajo.
Los requisitos municipales de licencias de negocio se establecen bajo la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) y los reglamentos de licencias de funcionamiento de cada municipio. México tiene 2,469 municipios, cada uno con sus propios requisitos de licencias. En Ciudad de México, el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), administrado a través de la Ventanilla Única de Gestión Empresarial (VUGE), ofrece un proceso de ventanilla única para las notificaciones de apertura de negocios.
Los artículos 12 a 20 de la Ley del Seguro Social exigen que todo patrón que emplee a uno o más trabajadores sujetos a la LSS se registre como empleador (inscripción patronal) ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes a la contratación del primer trabajador. El IMSS asigna al patrón un número de registro patronal utilizado para todos los reportes y pagos de cuotas obrero-patronales. La Secretaría de Economía, a través del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), requiere que los negocios comerciales e industriales registren los datos de su establecimiento anualmente bajo la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, gestionado a través de la cámara empresarial aplicable (CANACO, CANACINTRA o CANIRAC) según la actividad económica principal. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Aviso de Apertura de Establecimiento México
El Aviso de Apertura de Establecimiento en México es obligatorio cada vez que un patrón o propietario de negocio abre un nuevo establecimiento comercial, industrial o de servicios en México — ya sea un negocio completamente nuevo o una ubicación adicional de una empresa existente — para cumplir con el registro ante la autoridad laboral bajo el artículo 15 de la LFT, el registro patronal ante el IMSS bajo los artículos 12 a 20 de la LSS, y los requisitos municipales de licencias de funcionamiento.
Apertura del primer local: El aviso es necesario cuando un negocio minorista, restaurante, empresa de servicios o planta de manufactura abre su primera ubicación. Antes de comenzar operaciones, los negocios mexicanos deben registrarse ante la autoridad municipal para obtener la licencia de funcionamiento, ante la STPS/Inspección Federal del Trabajo a efectos del derecho laboral, y ante el IMSS como patrón registrado. Operar sin estos registros expone al propietario del negocio a multas y órdenes de clausura.
Nueva sucursal o local adicional: El documento es requerido cuando una empresa mexicana existente abre una ubicación comercial adicional o sucursal. Aunque el patrón ya esté registrado ante el IMSS y la STPS a nivel corporativo, cada nuevo establecimiento puede requerir una licencia municipal separada, una notificación de centro de trabajo ante el IMSS y el registro ante el INFONAVIT y la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) para los trabajadores de la nueva ubicación.
Primera presencia física de empresa extranjera: El aviso es necesario cuando una empresa extranjera establece su primer lugar físico de negocios en México — oficina, centro de distribución o local comercial. El aviso de apertura activa todas las obligaciones iniciales de cumplimiento regulatorio, incluyendo el registro RFC ante el SAT, el registro patronal ante el IMSS, la licencia municipal y el registro ante la STPS, coordinados a través de la Ventanilla Única de Gestión Empresarial aplicable.
Negocio regulado o de alto riesgo: Cuando el establecimiento realiza actividades reguladas — como venta de alimentos (requiere licencia sanitaria de COFEPRIS), actividades industriales (requieren evaluación de impacto ambiental ante SEMARNAT), o actividades con materiales peligrosos (sujetas al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo) — el aviso de apertura debe presentarse antes de comenzar operaciones y complementarse con los permisos sectoriales aplicables, cuya obtención previa al inicio de actividades es exigida por las autoridades de inspección del trabajo y las autoridades municipales.
Qué incluir en tu Aviso de Apertura de Establecimiento México
Un Aviso de Apertura de Establecimiento válido en México debe contener los siguientes elementos para satisfacer los requisitos de la Inspección Federal del Trabajo, el IMSS, las autoridades municipales de licencias y el SAT:
Identificación del patrón o empresa: Nombre legal completo (denominación o razón social) y RFC con homoclave del patrón; nombre comercial del establecimiento si difiere del nombre de la entidad legal; número de registro patronal del IMSS si ya está registrado; y el tipo de persona jurídica (sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, persona física con actividad empresarial, etc.).
Domicilio y datos de contacto del establecimiento: Domicilio físico completo del establecimiento — calle, número exterior e interior, colonia, municipio o alcaldía, entidad federativa y código postal. Este domicilio debe coincidir con el domicilio fiscal registrado ante el SAT para efectos de CFDI y con el domicilio del centro de trabajo registrado ante el IMSS. Teléfono y correo electrónico de contacto del establecimiento.
Descripción de la actividad económica: Descripción de la actividad económica principal del establecimiento utilizando los códigos del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) — el código SCIAN determina la prima de riesgo de trabajo aplicable del IMSS, la categoría de licencia municipal aplicable y la frecuencia de inspección de la STPS. Ejemplos: SCIAN 461110 (comercio al por menor en tiendas de abarrotes), SCIAN 722511 (restaurantes con servicio completo), SCIAN 331111 (siderurgia integral).
Datos de la plantilla laboral: Número estimado de trabajadores permanentes y eventuales a emplear en el establecimiento; la nómina mensual estimada para efectos del cálculo de la prima del IMSS; y si algún trabajador realizará actividades de alto riesgo conforme al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Horario de operación y turnos: Horario de funcionamiento declarado — relevante para la licencia municipal (particularmente para establecimientos en zonas habitacionales sujetos a horarios restringidos bajo los reglamentos municipales de uso de suelo) y para el cumplimiento de la STPS con los artículos 59 a 68 de la LFT que regulan la jornada laboral y los turnos.
Anexos requeridos: Copias del documento de inscripción en el RFC; acta constitutiva protocolizada y constancia del Registro Público de Comercio para personas morales; identificación oficial y poder notarial del representante legal; comprobante de domicilio fiscal; y permisos sectoriales específicos según corresponda: licencia sanitaria de COFEPRIS para establecimientos de alimentos, licencia de impacto ambiental de SEMARNAT para instalaciones industriales, o permisos de SEDENA/SEGOB para actividades reguladas.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Aviso de Apertura de Establecimiento en México como referencia práctica. La presentación real debe realizarse a través del sistema de ventanilla única municipal aplicable, el portal patronal del IMSS (IMSS Digital) y el portal de autoridad laboral de la STPS, con formularios y requisitos específicos que varían por municipio y tipo de establecimiento. Un contador público autorizado (CPA) o gestor administrativo familiarizado con los requisitos locales puede acelerar el proceso de notificación de apertura ante múltiples autoridades. Cada cláusula debe redactarse de manera clara y precisa para evitar ambigüedades que pudieran generar conflictos entre las partes en el futuro. El documento debe contener la fecha y lugar de celebración, así como la identificación completa de cada una de las partes intervinientes. La plataforma forms-legal.com permite personalizar cada sección del documento según las necesidades particulares del usuario mediante su editor interactivo. El formato digital disponible en forms-legal.com incorpora campos guiados que facilitan la captura correcta de la información requerida en cada apartado del documento. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Aviso de Apertura de Establecimiento México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/government/declarations/aviso-apertura-establecimiento-mexico
"Aviso de Apertura de Establecimiento México (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/government/declarations/aviso-apertura-establecimiento-mexico.
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}Preguntas Frecuentes
Abrir un establecimiento de negocios en México requiere el registro simultáneo ante múltiples autoridades federales y municipales. Los registros principales son: (a) Registro RFC ante el SAT — todo negocio debe inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes antes de iniciar operaciones y emitir CFDI; (b) Inscripción patronal ante el IMSS — obligatoria dentro de los 5 días hábiles siguientes a la contratación del primer trabajador conforme a los artículos 12 a 20 de la Ley del Seguro Social, con el IMSS asignando un número de registro patronal para el reporte de cuotas de seguridad social; (c) Registro patronal ante el INFONAVIT — obligatorio al contratar al primer trabajador, para las aportaciones al fondo de vivienda bajo la Ley del INFONAVIT; (d) Registro ante CONSAR — para las aportaciones al sistema de pensiones (aportaciones al SAR) bajo la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; (e) Licencia de funcionamiento municipal — requerida del municipio o alcaldía donde se ubica el establecimiento, con requisitos que varían por tipo de actividad y ubicación; (f) Notificación a la Inspección Federal del Trabajo de la STPS — para el registro de cumplimiento laboral; y (g) Registro en el SIEM — requerido por la cámara empresarial aplicable bajo la Ley de Cámaras Empresariales. Las actividades de alto riesgo o reguladas requieren licencias sectoriales adicionales de COFEPRIS, SEMARNAT, CRE (Comisión Reguladora de Energía) u otros reguladores federales.
El Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) es un sistema expedito de apertura de negocios implementado en muchos estados y municipios mexicanos, promovido por la Secretaría de Economía, que consolida múltiples notificaciones de apertura de negocios en un proceso de ventanilla única que puede completarse en 72 horas o menos para actividades empresariales de bajo riesgo elegibles. El SARE fue establecido originalmente a través de acuerdos de programas federales y ha sido adoptado con variaciones locales en Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey, Puebla, Querétaro y otros centros comerciales importantes. Bajo el SARE, los negocios elegibles — típicamente clasificados como actividades comerciales o de servicios de bajo riesgo que no requieren estudios de impacto ambiental ni permisos sanitarios especializados — pueden presentar un formulario de solicitud único ante la ventanilla única municipal y recibir la licencia de funcionamiento, el registro fiscal municipal y la notificación a la STPS a través de un proceso unificado. Para Ciudad de México, el sistema equivalente se administra a través del portal del Sistema de Datos Empresariales (SADE). La Secretaría de Economía publica un ranking SARE de municipios mexicanos que evalúa la facilidad y velocidad de apertura de negocios, impulsando mejoras significativas en los procesos municipales de registro empresarial desde la expansión del programa a partir de 2002.
El proceso de inscripción patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para un nuevo negocio está regulado por los artículos 12 a 20 de la Ley del Seguro Social y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. El patrón debe registrarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la contratación del primer trabajador sujeto a la LSS. El proceso de registro a través de IMSS Digital (www.imss.gob.mx) o en una Subdelegación del IMSS requiere: (a) el RFC y CURP del patrón (para personas físicas) o RFC y acta constitutiva (para personas morales); (b) la identificación oficial del patrón o representante legal; (c) el comprobante de domicilio fiscal del establecimiento; (d) la CLABE interbancaria para el pago electrónico de cuotas de seguridad social; y (e) el código SCIAN de actividad económica del establecimiento (que determina la clasificación inicial de riesgo de trabajo y la prima del IMSS aplicable). Al registrarse, el IMSS asigna el número de registro patronal y proporciona acceso al software SUA (Sistema Único de Autodeterminación) para el reporte mensual de nómina y cuotas. El patrón debe registrar a cada trabajador dentro de los 5 días hábiles posteriores a su fecha de inicio a través del sistema de Afiliación del IMSS.
Las licencias de funcionamiento o licencias comerciales son requeridas en prácticamente todos los municipios mexicanos para cualquier establecimiento comercial, industrial o de servicios. Los requisitos varían significativamente por municipio, pero los más comunes incluyen: (a) licencia de uso de suelo compatible — confirma que la actividad empresarial propuesta está permitida bajo la zonificación del Plan de Desarrollo Urbano Municipal para la ubicación del establecimiento; (b) licencia de construcción y visto bueno de seguridad — requerida para nuevas construcciones o modificaciones significativas del local; (c) dictamen de protección civil — emitido por la Dirección de Protección Civil municipal o estatal, certificando que el establecimiento cumple los requisitos de seguridad contra incendios, salidas de emergencia y capacidad de ocupación bajo la Ley General de Protección Civil y la normativa estatal de seguridad contra incendios aplicable; (d) visto bueno sanitario — de COFEPRIS para establecimientos de alimentos, salud y farmacéuticos; y (e) la licencia de funcionamiento en sí — el permiso de operación principal emitido por la Dirección de Desarrollo Económico del municipio o la oficina equivalente. En Ciudad de México, estas aprobaciones se procesan a través de la ventanilla única de la Alcaldía. La renovación anual de la licencia de funcionamiento es generalmente requerida, con cuotas de renovación basadas en los metros cuadrados del establecimiento y la categoría de actividad económica.
Desde el primer día de operaciones, un nuevo establecimiento en México está sujeto a extensas obligaciones laborales bajo la Ley Federal del Trabajo. Las obligaciones clave desde el primer día incluyen: (a) contratos de trabajo — el artículo 24 de la LFT exige que todas las relaciones laborales se documenten en contratos escritos, especificando el tipo de trabajo, jornada laboral, salario y lugar de trabajo; (b) cumplimiento del salario mínimo — el artículo 90 de la LFT y la resolución anual de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) establecen el salario mínimo aplicable; (c) reglamento interior de trabajo — el artículo 422 de la LFT exige que los establecimientos con más de 10 trabajadores adopten y registren un reglamento interior de trabajo ante la Inspección Federal del Trabajo de la STPS; (d) comisión mixta de seguridad e higiene — el artículo 509 de la LFT exige la constitución de una comisión conjunta trabajo-empresa de seguridad inmediatamente al iniciar operaciones; (e) participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) — los artículos 117 a 131 de la LFT otorgan a los trabajadores el 10% de las utilidades gravables del patrón anualmente; y (f) cumplimiento del programa de inspección laboral de la STPS — los nuevos establecimientos están sujetos a inspección inicial de la STPS en su primer año operativo para verificar el cumplimiento de la LFT y las NOMs de seguridad.
Los negocios en casa (negocios en domicilio particular como centro de trabajo) en México enfrentan una situación regulatoria compleja. Desde la perspectiva del derecho laboral bajo la Ley Federal del Trabajo, cualquier patrón que contrate trabajadores — incluso a un trabajador de tiempo parcial — está sujeto a todas las obligaciones de la LFT incluyendo el registro ante el IMSS, el cumplimiento del salario mínimo y los requisitos de contratos de trabajo, independientemente de si el lugar de trabajo es el domicilio del patrón. Desde la perspectiva de las licencias municipales, la mayoría de los reglamentos municipales de uso de suelo restringen o prohíben las actividades comerciales en zonas habitacionales — particularmente las actividades que generan tráfico significativo de clientes, ruido, señalización o acceso de vehículos de reparto. Los freelancers y profesionales independientes en casa (abogados, contadores, diseñadores) sin empleados típicamente solo necesitan el registro RFC ante el SAT en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) o en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, sin licencias comerciales municipales. Sin embargo, si el negocio en casa involucra trabajadores empleados, el registro patronal ante el IMSS es obligatorio desde el primer empleado independientemente de la condición de negocio en casa. Los requisitos específicos deben confirmarse con la oficina de licencias del municipio aplicable y un contador público autorizado familiarizado con las regulaciones locales.
La Inspección Federal del Trabajo (IFT) es la autoridad federal de inspección laboral que opera bajo la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo dentro de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El mandato de la IFT bajo los artículos 540 a 549 de la LFT y el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones es verificar que los patrones cumplan con la Ley Federal del Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) aplicables en materia de seguridad e higiene laboral, jornada laboral, salarios mínimos, contratos de trabajo y derechos de los trabajadores. Los inspectores del trabajo realizan dos tipos de visitas: (a) visitas ordinarias — visitas de verificación de cumplimiento programadas a los establecimientos registrados dentro del programa de la IFT; y (b) visitas extraordinarias — desencadenadas por quejas de trabajadores, reportes de accidentes de trabajo o información de la STPS sobre patrones incumplidores. Las inspecciones de la IFT verifican: la existencia de contratos de trabajo para todos los trabajadores; el pago correcto de salarios mínimos; el cumplimiento de la jornada laboral conforme a los artículos 59 a 68 de la LFT; la constitución y operación de comisiones mixtas de seguridad e higiene; el registro del reglamento interior de trabajo ante la STPS; y el pago corriente de las cuotas al IMSS e INFONAVIT. Los hallazgos de incumplimiento resultan en sanciones bajo el artículo 992 de la LFT — multas de 50 a 5,000 veces el salario mínimo diario por cada infracción.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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