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Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal México (SAT)

SAT Change of Fiscal Domicile Notice Mexico (Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal)

AVISO DE CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL

Conforme al Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación

I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE

Nombre / Denominación Social: [Taxpayer Name]

RFC: [Taxpayer RFC]

Tipo de Contribuyente: [Taxpayer Type]

Representante Legal: [Legal Representative]

II. DOMICILIO FISCAL ANTERIOR (registrado ante el SAT)

Domicilio Fiscal Anterior: [Previous Address]

Código Postal: [Previous CP]

III. NUEVO DOMICILIO FISCAL

Calle y Número: [New Street]

Colonia: [New Colonia]

Municipio / Alcaldía: [New Municipio]

Entidad Federativa: [New State]

Código Postal: [New CP]

Comprobante de Domicilio Anexo: [Proof Type]

El nuevo domicilio fiscal es una ubicación física en la que se lleva a cabo la administración principal del negocio o la actividad económica principal, en los términos del Artículo 10 del CFF. No constituye un domicilio virtual ni un apartado postal.

IV. FECHA DEL CAMBIO Y PRESENTACIÓN

Fecha de cambio físico de domicilio: [Move Date]

Fecha de presentación de este aviso: [Notice Date]

El presente aviso se presenta dentro del plazo de 10 días hábiles establecido en el Artículo 27 del CFF. La presentación formal se realiza a través del Portal del SAT (sat.gob.mx) mediante la e.firma o Contraseña del contribuyente, o en el Módulo de Servicios Tributarios correspondiente. El acuse de recibo electrónico generado por el Portal del SAT constituye el comprobante oficial de cumplimiento.

FIRMA

En [Notice City], a [Notice Date].

CONTRIBUYENTE / REPRESENTANTE LEGAL:

[Taxpayer Name]

[Legal Representative]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Taxpayer / Legal Representative (Contribuyente / Representante Legal)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal México (SAT)

El Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal (SAT) en México es un documento legal conforme al Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal del SAT, para notificar al Servicio de Administración Tributaria el cambio de domicilio fiscal del RFC dentro de los 10 días hábiles siguientes al traslado.

El domicilio fiscal es la dirección oficial registrada en el RFC que sirve como domicilio legal para todos los efectos fiscales: es la dirección a la que el SAT envía notificaciones, órdenes de visita domiciliaria, determinaciones de créditos fiscales y procedimientos administrativos de ejecución (PAE). Conforme al Artículo 10 del CFF, el domicilio fiscal de las personas morales es la dirección donde se ubica la administración principal del negocio o el lugar donde se realiza la actividad principal. Para personas físicas con actividades empresariales, es la dirección de su establecimiento o el lugar donde se llevan los registros contables.

El SAT administra el RFC a través del sistema del Registro de Contribuyentes, y todas las modificaciones a los datos del RFC de un contribuyente — incluido el domicilio fiscal — deben realizarse a través del Portal del SAT (sat.gob.mx) usando la e.firma (certificado de firma electrónica avanzada y llave privada emitidos por el SAT) o la CIEC (Contraseña), o en persona en un Módulo de Servicios Tributarios. Las Reglas Misceláneas Fiscales, específicamente la Regla 2.5.10 de la RMF 2024 y reglas equivalentes de años anteriores, regulan el procedimiento para presentar el Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal electrónicamente.

La obligación de notificar al SAT el cambio de domicilio es distinta de la obligación de actualizar la información de domicilio ante otras dependencias y registros. Un cambio en el domicilio principal de una persona moral también puede requerir: actualización en el Registro Público de Comercio mediante una Asamblea de Accionistas protocolizada o modificación de Estatutos Sociales ante Notario Público; notificación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del cambio en el domicilio del patrón (Artículo 15 LSS); notificación al INFONAVIT; y actualización de las licencias de funcionamiento emitidas por el Municipio o Alcaldía bajo las regulaciones municipales aplicables.

El Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal tiene especial importancia en la ejecución fiscal: el SAT utiliza el domicilio fiscal registrado como dirección para todas las notificaciones oficiales. Bajo el Artículo 134 del CFF, la notificación personal en el domicilio fiscal es uno de los principales métodos para notificar actos fiscales. Un contribuyente que no actualiza su domicilio fiscal y en consecuencia no recibe las notificaciones oficiales del SAT pierde la posibilidad de impugnarlos dentro de los plazos legales aplicables bajo el Artículo 121 del CFF (Recurso de Revocación, 30 días) y el Artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA, 30 días ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa).

La reforma fiscal completo en México ha exigido progresivamente que el domicilio fiscal sea una dirección física verificable donde el contribuyente pueda ser localizado: el SAT realiza visitas de verificación de domicilio y puede restringir o cancelar el RFC de contribuyentes cuyo domicilio registrado no pueda confirmarse mediante inspección.

Cuándo necesitas Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal México (SAT)

El Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal en México es obligatorio dentro de los 10 días hábiles siguientes a que un contribuyente traslade su domicilio principal de negocios, administración o actividad fiscal a una nueva dirección, conforme al Artículo 27 del CFF y la Regla 2.5.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Para personas morales, el aviso es necesario cuando: la sociedad traslada su domicilio social y lugar principal de administración a un nuevo edificio, piso o municipio; la empresa cambia su domicilio entre estados (por ejemplo, de la Ciudad de México a Guadalajara, Jalisco), lo que puede afectar la competencia de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal del SAT; la planta industrial o establecimiento comercial principal que constituye el domicilio fiscal conforme al Artículo 10 del CFF se traslada a una nueva dirección; o el contrato de arrendamiento del domicilio registrado vence y la empresa se muda a nuevas instalaciones.

Para personas físicas con actividades empresariales y profesionales (ingresos del Capítulo II del Título IV de la LISR), el aviso es necesario cuando cambia la dirección del home office, consultorio, local comercial u otro establecimiento empresarial. Las personas físicas que solo perciben ingresos por salarios no tienen una obligación formal de domicilio fiscal en el mismo sentido, aunque pueden actualizar su dirección en el RFC para efectos de correspondencia.

El Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal también es necesario cuando el domicilio fiscal previamente registrado resulta inválido — por ejemplo, cuando el SAT realizó una verificación y no encontró al contribuyente en el domicilio registrado, generando una restricción temporal del uso del RFC bajo el procedimiento del Artículo 69-B del CFF por presunción de operaciones simuladas (esquema EFOS/EDOS). Corregir el domicilio fiscal es uno de los pasos requeridos para levantar la restricción del RFC en estos casos.

Las entidades con inversión extranjera registradas en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) administrado por la Secretaría de Economía bajo la Ley de Inversión Extranjera (LIE) deben confirmar que su domicilio fiscal ante el SAT coincide con el domicilio registrado ante el RNIE, haciendo relevante el Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal cada vez que los dos registros difieran tras un cambio de dirección.

Qué incluir en tu Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal México (SAT)

El Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal válido en México conforme al Artículo 27 del CFF y las reglas aplicables de la RMF debe incluir los siguientes elementos para completar el proceso de actualización de domicilio ante el SAT.

Identificación del contribuyente: Nombre completo o denominación social del contribuyente, RFC (12 caracteres para personas morales, 13 para personas físicas) y CURP para personas físicas. El RFC es el identificador principal que vincula el aviso con la cuenta del contribuyente ante el SAT.

Domicilio fiscal anterior: La dirección anterior completa tal como está registrada en los registros del RFC del SAT, incluyendo calle y número exterior e interior, colonia o fraccionamiento, municipio o alcaldía, estado (entidad federativa) y Código Postal (CP). Esto permite al SAT vincular la notificación con el registro RFC existente.

Nuevo domicilio fiscal: La nueva dirección completa con todos los componentes, incluyendo el Código Postal correspondiente a la nueva ubicación. Para empresas, la dirección debe corresponder a la ubicación física real donde se lleva a cabo la administración principal o la actividad comercial, industrial o profesional principal: el domicilio fiscal no puede ser una oficina virtual, apartado postal ni domicilio residencial usado únicamente para recepción de correspondencia, conforme a los criterios de verificación del SAT.

Comprobante del nuevo domicilio: Documentación de respaldo que acredite que el contribuyente efectivamente ocupa y usa la nueva dirección para efectos fiscales. Los documentos aceptados conforme a la RMF incluyen: contrato de arrendamiento vigente con la nueva dirección más comprobante de servicio reciente (CFE, agua, teléfono, internet) a nombre del contribuyente con fecha dentro de los últimos tres meses; escritura pública que acredite la propiedad de la nueva dirección; o recibo de pago del predial a nombre del contribuyente por la nueva dirección. Los comprobantes digitales presentados a través del Portal del SAT deben cumplir las especificaciones de formato del Anexo 1-A de la RMF.

Fecha del traslado: La fecha en que el contribuyente se trasladó físicamente a la nueva dirección: el plazo de 10 días hábiles para presentar la notificación corre desde esta fecha conforme al Artículo 27 del CFF.

Actualización del Buzón Tributario: Confirmación de que las direcciones de correo electrónico registradas del contribuyente en el Buzón Tributario del SAT — el sistema obligatorio de notificación electrónica bajo el Artículo 17-K del CFF — están vigentes y recibirán las comunicaciones oficiales del SAT al nuevo domicilio. Dado que las notificaciones del SAT enviadas al Buzón Tributario se consideran legalmente recibidas tres días hábiles después de su transmisión conforme al Artículo 134 Fracción I del CFF, mantener datos de contacto correctos en el Buzón junto con la actualización del domicilio físico es indispensable para preservar la capacidad del contribuyente de responder a notificaciones de auditoría, créditos fiscales y procedimientos de ejecución dentro de los plazos legales.

Presentación electrónica o en ventanilla: El aviso se presenta electrónicamente a través del Portal del SAT (sat.gob.mx) con la e.firma o Contraseña del contribuyente, o en persona en un Módulo del SAT con identificación válida. Las presentaciones electrónicas generan un acuse de recibo con número de folio que sirve como confirmación. Para personas morales, la presentación debe ser realizada por el representante legal cuyo poder notarial esté registrado ante el SAT.

Forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Aviso de Cambio de Domicilio Fiscal México para ayudar a los contribuyentes a documentar y preparar su notificación de cambio de domicilio. La presentación formal debe completarse a través del Portal del SAT o en un Módulo del SAT: un formulario impreso por sí solo no constituye cumplimiento. Consulte a un Licenciado en Derecho o contador público autorizado (CPA) para coordinar la actualización del domicilio ante el SAT con las notificaciones al IMSS, INFONAVIT, Registro Público de Comercio y la autoridad municipal de licencias de funcionamiento.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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