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Aviso de Fusión de Empresas México

Corporate Merger Notice Mexico (Aviso de Fusión de Empresas)

AVISO DE FUSIÓN DE EMPRESAS

Conforme a los Artículos 222–228 de la Ley General de Sociedades Mercantiles

I. SOCIEDADES PARTICIPANTES EN LA FUSIÓN

SOCIEDAD FUSIONANTE (subsiste):

Denominación Social: [Fusionante Name]

RFC: [Fusionante RFC]

Domicilio Social: [Fusionante Address]

Folio RPC: [Fusionante RPC Folio]

Representante Legal: [Fusionante Representative]

SOCIEDAD FUSIONADA (se extingue):

Denominación Social: [Fusionada Name]

RFC: [Fusionada RFC]

Domicilio Social: [Fusionada Address]

Folio RPC: [Fusionada RPC Folio]

II. TÉRMINOS DE LA FUSIÓN

Tipo de Fusión: [Merger Type]

Las Asambleas Generales de Accionistas / Socios de las sociedades participantes aprobaron la fusión en sesión del [Assembly Date], mediante los Acuerdos de Fusión que fueron protocolizados ante Notario Público e inscritos en el Registro Público de Comercio.

La fecha efectiva propuesta para la fusión es el [Effective Date], sujeta al vencimiento del plazo de oposición de acreedores previsto en el Artículo 224 de la LGSM y a la inscripción de las escrituras de fusión en el Registro Público de Comercio.

Tratamiento Fiscal: [Tax Treatment]

Estado ante COFECE: [COFECE Status]

Como consecuencia de la fusión, [Fusionante Name] asumirá la universalidad de activos, pasivos, derechos, obligaciones, contratos, licencias y relaciones laborales de [Fusionada Name], en términos del Artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo para efectos laborales, del Artículo 26 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para efectos fiscales, y del Artículo 2o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

III. AVISO A ACREEDORES — DERECHO DE OPOSICIÓN

Conforme al Artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, cualquier acreedor de las sociedades participantes en la fusión podrá oponerse judicialmente a la misma ante el Juzgado de Distrito en Materia Mercantil competente en el domicilio de la sociedad fusionada, dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación del presente aviso, es decir, hasta el día [Opposition Deadline].

La fusión no podrá consumarse mediante la firma de las escrituras definitivas mientras exista oposición judicial pendiente de resolución. Transcurrido el plazo de tres meses sin oposición alguna, o resueltas o concluidas todas las oposiciones presentadas, las sociedades participantes procederán a formalizar la fusión ante Notario Público e inscribirla en el Registro Público de Comercio.

IV. ASPECTOS FISCALES

[Fusionada Name] presentará las declaraciones fiscales finales (ISR, IVA, retenciones, IEPS en su caso) correspondientes al período comprendido desde el inicio del ejercicio hasta la fecha efectiva de la fusión, conforme a lo previsto en el Artículo 27 del CFF y las disposiciones aplicables de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).

[Fusionante Name], como sociedad subsistente, asumirá todos los créditos fiscales, obligaciones de pago y responsabilidades ante el SAT, el IMSS y el INFONAVIT derivados de la actividad de [Fusionada Name] previos a la fusión, en su carácter de responsable solidaria conforme al Artículo 26, fracción X del CFF.

FIRMA

En [Notice City], a [Notice Date].

Publicado en: [Publication Venue]

POR [Fusionante Name]:

[Fusionante Representative]

Representante Legal

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Legal Representative of Surviving Entity (Representante Legal de la Fusionante)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Aviso de Fusión de Empresas México

El Aviso de Fusión de Empresas México es la notificación pública y regulatoria formal que emiten dos o más sociedades mexicanas que han resuelto fusionarse, anunciando la fusión a acreedores, contrapartes, organismos reguladores y dependencias gubernamentales en cumplimiento de los artículos 222 a 228 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) y las disposiciones fiscales del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Bajo la ley corporativa mexicana, la fusión es el procedimiento legal mediante el cual dos o más sociedades se combinan en una sola entidad jurídica. La LGSM reconoce dos formas: la fusión por absorción, donde una sociedad existente (fusionante o sociedad absorbente) absorbe a una o más sociedades (fusionadas o sociedades absorbidas), que se extinguen, y todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones se transmiten universalmente a la sociedad subsistente; y la fusión por integración (consolidación), donde todas las sociedades participantes se extinguen y se crea una nueva sociedad para recibir todos los activos y pasivos transmitidos.

El artículo 222 LGSM establece el requisito fundamental de que el acuerdo de fusión se publique en el Periódico Oficial del Estado donde la sociedad tiene su domicilio registrado, y en el Diario Oficial de la Federación si la sociedad opera a nivel nacional. El artículo 223 LGSM exige que el acuerdo de fusión se inscriba en el Registro Público de Comercio, y el artículo 224 LGSM establece el derecho de oposición de los acreedores — cualquier acreedor de una sociedad fusionada puede oponerse judicialmente a la fusión dentro de los tres meses siguientes a la publicación del aviso de fusión, y la fusión no puede formalizarse mediante la escritura definitiva mientras exista una oposición de acreedores pendiente.

Desde una perspectiva fiscal, el CFF y la LISR establecen que la fusionante asume todas las obligaciones fiscales de las fusionadas, incluyendo determinaciones fiscales pendientes, pasivos tributarios, obligaciones de auditoría y la obligación de presentar declaraciones fiscales finales de las fusionadas correspondientes al período previo a la fecha efectiva de la fusión. El artículo 14-B LISR establece las condiciones bajo las cuales una fusión recibe el tratamiento de reorganización fiscalmente neutra — sin reconocimiento de ganancias gravables — siempre que la fusionante y las fusionadas sean partes relacionadas y se cumplan ciertas condiciones de continuidad.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) tiene jurisdicción sobre las fusiones que alcancen los umbrales de concentración establecidos por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). El Registro Público de Comercio (RPC), administrado por la Secretaría de Economía a través del Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER), registra el acuerdo de fusión y la escritura definitiva de fusión. Los trabajadores de las fusionadas se transfieren automáticamente a la fusionante bajo el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo, que rige la sustitución patronal y preserva la antigüedad acumulada, historiales de registro IMSS y la continuidad de la subcuenta INFONAVIT de todos los trabajadores transferidos. El documento debe formalizarse conforme a la legislación federal mexicana vigente y cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades competentes para su plena validez jurídica ante terceros. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.

Cuándo necesitas Aviso de Fusión de Empresas México

El Aviso de Fusión de Empresas México se requiere cada vez que dos o más sociedades mercantiles mexicanas resuelvan formalmente fusionarse, activando las obligaciones obligatorias de notificación a acreedores y publicación bajo los artículos 222–228 de la LGSM.

El aviso debe publicarse e inscribirse al inicio del período de oposición de acreedores de tres meses — no puede diferirse al cierre de la operación de fusión. Bajo el artículo 224 LGSM, la fusión no puede ejecutarse mediante escrituras notariales definitivas hasta que hayan transcurrido tres meses desde la última publicación del aviso de fusión sin ninguna oposición de acreedores pendiente, o hasta que todas las oposiciones presentadas hayan sido resueltas, concluidas o desestimadas por un juzgado competente.

El aviso se requiere para todas las estructuras de fusión: (a) fusiones por absorción donde una sociedad matriz absorbe a su subsidiaria de propiedad total (fusión por absorción de filial), que es la forma más común en las reorganizaciones corporativas mexicanas; (b) fusiones horizontales entre sociedades relacionadas bajo control común (fusión entre compañías hermanas); (c) fusiones estratégicas entre sociedades no relacionadas como parte de una operación de M&A; y (d) fusiones por integración donde todas las entidades se extinguen para formar una nueva sociedad.

Para efectos fiscales, el Aviso de Fusión debe ir acompañado de la presentación del Aviso de Fusión ante el SAT — la notificación formal al Servicio de Administración Tributaria requerida bajo el artículo 27 del CFF y la Regla 2.5.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal, que debe presentarse dentro del mes siguiente al registro comercial de la fusión en el Registro Público de Comercio. La notificación al SAT activa la obligación de presentar declaraciones fiscales finales de ISR, IVA y otros impuestos de las fusionadas correspondientes al período hasta la fecha efectiva de la fusión.

El Aviso de Fusión también es necesario cuando una sociedad holding reestructura sus subsidiarias fusionando dos o más entidades operadoras como parte de una reorganización corporativa bajo el artículo 64 de la Ley del Impuesto sobre la Renta — estas fusiones intragrupo aún requieren el cumplimiento completo del aviso a acreedores de la LGSM, incluso cuando la fusionante sea propietaria del 100% de las fusionadas. El asesor laboral debe verificar que la sustitución patronal bajo el artículo 41 LFT esté debidamente documentada para todos los trabajadores transferidos.

Qué incluir en tu Aviso de Fusión de Empresas México

El Aviso de Fusión de Empresas México válido conforme a los artículos 222–228 de la LGSM y las disposiciones aplicables del CFF debe contener los siguientes elementos para iniciar el período de oposición de acreedores y las notificaciones regulatorias.

Identificación de las Sociedades Participantes: Nombre completo (denominación social), RFC, domicilio social, folio del Registro Público de Comercio y tipo de entidad corporativa (SA de CV, S de RL de CV, etc.) de cada sociedad que participa en la fusión — tanto la fusionante (entidad subsistente o absorbente) como cada fusionada (entidad absorbida). Para sociedades extranjeras que participen en una fusión transfronteriza con entidades mexicanas, incluir la jurisdicción de constitución y el identificador del registro extranjero aplicable.

Estructura de la Fusión y Fecha Efectiva: Descripción clara de la estructura de la fusión — absorción (fusión por absorción) o integración (fusión por integración); la identidad de la entidad subsistente (fusionante) o la nueva entidad a crear; y la fecha efectiva propuesta de la fusión sujeta al período de oposición de acreedores de tres meses bajo el artículo 224 LGSM.

Acuerdos de Aprobación: Referencia a los acuerdos de las asambleas de accionistas o socios que aprobaron la fusión en cada sociedad participante, incluyendo las fechas y un resumen de los términos clave de la fusión aprobados. Estos acuerdos deben protocolizarse ante un Notario Público e inscribirse en el Registro Público de Comercio bajo el Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER) administrado por la Secretaría de Economía.

Derecho de Oposición de Acreedores: Declaración expresa, conforme al artículo 224 LGSM, de que cualquier acreedor de las sociedades participantes en la fusión puede oponerse judicialmente a la misma dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la última publicación de este aviso, y que la fusión no se formalizará hasta que transcurra el período de tres meses sin oposiciones pendientes. El Juzgado de Distrito en Materia Mercantil en la jurisdicción del domicilio registrado de la fusionada tiene jurisdicción sobre los procedimientos de oposición de acreedores.

Detalles de Publicación: El Aviso de Fusión debe publicarse en el Periódico Oficial del Estado de cada domicilio registrado de las sociedades participantes y, para sociedades con operaciones nacionales, en un periódico de circulación nacional. Las fechas y lugares de publicación deben documentarse como evidencia del cumplimiento del requisito de publicación de la LGSM. El Sistema de Publicaciones Mercantiles de la Secretaría de Economía también acepta publicación en línea como suplemento o alternativa.

Aviso de Sustitución Laboral: Declaración sobre la sustitución patronal (empresa substitución) bajo el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo — confirmando que todos los contratos de trabajo, las obligaciones acumuladas ante el IMSS e INFONAVIT y la antigüedad de los trabajadores de la fusionada se transfieren a la fusionante sin interrupción, y especificando el período de responsabilidad solidaria de seis meses durante el cual ambas entidades permanecen solidariamente responsables de las obligaciones laborales previas a la fusión.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Aviso de Fusión de Empresas México como punto de partida para documentar la notificación de fusión. Las fusiones corporativas en México implican dimensiones legales, fiscales, laborales y regulatorias complejas — toda fusión debe ejecutarse con la guía de asesores experimentados en derecho corporativo/mercantil, derecho fiscal y derecho de competencia económica. La plataforma forms-legal.com permite generar este documento en formato editable, facilitando la personalización de cada cláusula conforme a las necesidades específicas de las partes involucradas en la relación jurídica. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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