Labor Settlement Agreement before CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral)
CONVENIO DE TERMINACIÓN LABORAL
Celebrado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Conforme a los Artículos 33 y 987 de la Ley Federal del Trabajo (Reforma 2019)
I. REFERENCIA DEL EXPEDIENTE CFCRL
Número de Expediente: [CFCRL Case Number]
Centro de Conciliación: [CFCRL Centre]
Conciliador Federal: [Conciliator Name]
Fecha de Audiencia de Ratificación: [Hearing Date]
II. PARTES COMPARECIENTES
PATRÓN:
Razón Social: [Employer Name]
RFC: [Employer RFC]
Registro Patronal IMSS: [Employer IMSS]
Representante Legal: [Employer Representative]
TRABAJADOR/A:
Nombre: [Employee Name]
RFC: [Employee RFC]
CURP: [Employee CURP]
NSS: [Employee NSS]
III. ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL
Puesto: [Job Title]
Fecha de Inicio: [Start Date]
Fecha de Terminación: [Termination Date]
Salario Diario Base: [Daily Salary]
Salario Diario Integrado (art. 84 LFT): [Integrated Daily Salary]
Tipo de Terminación: [Termination Type]
IV. MONTO Y TÉRMINOS DEL CONVENIO
Las partes acuerdan los siguientes montos en concepto de liquidación total y definitiva de todos los derechos y prestaciones derivados de la relación laboral:
a) Finiquito (aguinaldo + vacaciones + prima vacacional + PTU proporcionales): [Finiquito Amount]
b) Indemnización constitucional — 3 meses de salario (art. 50 LFT): [Indemnización Constitucional]
c) Indemnización por antigüedad — 20 días/año (art. 50 LFT): [Indemnización Antigüedad]
d) Prima de antigüedad — 12 días/año (art. 162 LFT): [Prima Antigüedad]
e) Pago voluntario adicional: [Voluntary Payment]
MONTO TOTAL DEL CONVENIO: [Total Settlement] (pesos mexicanos)
Forma de Pago: [Payment Method].
V. RETENCIÓN DE ISR Y SEGURIDAD SOCIAL
El Patrón retendrá el ISR aplicable sobre los conceptos gravados conforme a los Artículos 93 y 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y entregará al Trabajador/a la Constancia de Percepciones y Retenciones (Formulario 37) en la fecha de pago. El Patrón presentará la Baja del Trabajador ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes al [Termination Date], conforme al Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.
VI. FINIQUITO CON VALOR DE COSA JUZGADA
Con la ratificación del presente convenio ante el Conciliador Federal y el pago de los montos acordados, el Trabajador/a declara haber recibido la totalidad de las prestaciones laborales, sociales y fiscales a que tiene derecho derivadas de la relación laboral que concluye, y otorga al Patrón el más amplio finiquito y liberación sin reserva alguna.
El presente convenio, una vez ratificado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, tendrá valor y fuerza de cosa juzgada en los términos del Artículo 987 de la Ley Federal del Trabajo, y será ejecutable directamente ante el CFCRL o el Tribunal Laboral competente sin necesidad de juicio previo.
FIRMAS ANTE EL CONCILIADOR FEDERAL
En [Hearing City], a [Hearing Date].
EL PATRÓN:
[Employer Name] — Representado por: [Employer Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A:
[Employee Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL/LA CONCILIADOR/A FEDERAL:
[Conciliator Name]
Firma: _________________________ Sello CFCRL: _________________________
Employer / Legal Representative (Patrón / Representante Legal)
________________
Signature
Employee (Trabajador/a)
________________
Signature
Federal Conciliator (Conciliador Federal CFCRL)
________________
Signature
What Is a Labor Settlement Agreement before CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral)?
A Labor Settlement Agreement before the CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral) is a formal written settlement instrument executed before a federal conciliator (conciliador federal) of the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, establishing the definitive resolution of all actual or potential labour claims arising from an employment relationship, governed primarily by Article 987 of the Ley Federal del Trabajo (LFT) as reformed by the Decreto published in the Diario Oficial de la Federación on 1 May 2019.
The CFCRL was created by the 2019 reforma laboral to replace the Juntas de Conciliación y Arbitraje — the tripartite labour boards that previously administered both conciliation and adjudication of labour disputes in Mexico. The reforma separated conciliation (now handled by the CFCRL and state conciliation centres) from adjudication (now handled by Tribunales Laborales under the Poder Judicial de la Federación and the Poder Judicial of each state). This structural reform was designed to accelerate dispute resolution, promote voluntary settlements, and reduce the backlog of pending labour cases that plagued the Junta system.
Article 33 LFT establishes the foundational rule that any waiver of workers' rights made outside of a CFCRL proceeding or judicial process is null and void (nulo de pleno derecho). This rule means that an Acuerdo de Terminación Laboral ratified before a CFCRL federal conciliator acquires a uniquely powerful legal status: it constitutes a convenio con valor de cosa juzgada — a settlement with the legal force of a final court judgment — that extinguishes all claims the worker might assert before the Tribunales Laborales or IMSS arising from the terminated employment relationship. The ratified convenio cannot be attacked on the grounds that the worker misunderstood the terms, was pressured to sign, or received less than the minimum legal benefit — provided the conciliator certified at the ratification hearing that the worker understood and freely consented to the terms.
The Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral operates conciliation centres (centros de conciliación) in all 31 states of Mexico and in Mexico City, with additional satellite offices in major industrial and commercial zones. Pre-litigation mandatory conciliation (conciliación previa obligatoria) under Articles 684-A through 684-E LFT applies to all individual labour disputes — an employer cannot file an unjustified dismissal defense before a Tribunal Laboral without first attempting CFCRL conciliation, and a worker cannot present a labour claim without first receiving a CFCRL conciliation clearance certificate (constancia de no conciliación).
The Convenio de Terminación Laboral differs from a private Acuerdo de Rescisión Mutua in that it is executed in the presence of a CFCRL federal conciliator who verifies that both parties understand the terms, that the worker consents freely, and that the agreed amounts do not fall below the minimum legal finiquito entitlements under the LFT. The conciliator does not adjudicate disputes but facilitates negotiation — if the parties cannot reach agreement, the conciliator issues a constancia de no conciliación that allows the worker to proceed to the Tribunal Laboral. Under Article 685-A LFT, the entire CFCRL conciliation proceeding must be completed within 45 calendar days from the date the conciliation request is filed, making it one of the fastest formal dispute resolution mechanisms available to Mexican employers and workers.
The 2019 reforma laboral also created the Registro Laboral within the CFCRL — a national database of collective bargaining agreements (contratos colectivos de trabajo) and union registrations that previously resided in the Juntas de Conciliación. Individual settlement agreements ratified before the CFCRL are also registered and form part of the public record of labour relations in Mexico, contributing to the transparency objectives of the reforma.
When Do You Need a Labor Settlement Agreement before CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral)?
A Labor Settlement Agreement before the CFCRL Mexico is needed in every situation where an employer and worker wish to achieve a final, binding, legally unassailable resolution of all actual or potential claims arising from their employment relationship — and particularly where the employer wants certainty that the worker cannot file a subsequent unjustified dismissal claim before the Tribunales Laborales.
The convenio is required when an employment relationship has ended — whether by employer-initiated dismissal (rescisión por el patrón), worker resignation (renuncia), mutual agreement (mutuo consentimiento under Article 53 fraction I LFT), or expiration of a fixed-term contract — and the parties wish to reach a settlement that goes beyond a simple private agreement. CFCRL ratification is the only mechanism under Mexican law that produces a settlement with res judicata force under Article 987 LFT.
The document is needed when an employer has initiated termination proceedings against a worker citing justified cause under Article 47 LFT (misconduct, repeated insubordination, property damage, or other specified grounds) but the worker disputes the justification. Rather than proceeding to Tribunal Laboral litigation — which can take one to three years even after the 2019 reforma — both parties may prefer to negotiate and ratify a monetary settlement before the CFCRL that resolves all claims in days or weeks. The conciliación previa obligatoria requirement under Articles 684-A through 684-E LFT means this step is often mandatory before litigation can commence.
The convenio is also needed when a worker who has already filed a conciliation request with the CFCRL (solicitud de conciliación) reaches a settlement with the employer during the conciliation proceeding. The conciliator will prepare and supervise the execution of the convenio at the conclusion of the hearing, and both parties sign in the conciliator's presence. The CFCRL then issues a certified copy (copia certificada) of the ratified convenio that can be enforced directly against either party without further judicial proceedings.
For large employers conducting multiple simultaneous separations — during a workforce reduction (reducción de personal), a plant closure (cierre de planta), or a company restructuring — the CFCRL offers collective conciliation proceedings where multiple individual settlements can be ratified in a single or coordinated series of hearings, significantly reducing the administrative burden compared to filing separate solicitudes de conciliación for each worker.
What to Include in Your Labor Settlement Agreement before CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral)
A valid Labor Settlement Agreement before the CFCRL Mexico under Ley Federal del Trabajo art. 987 must include the following essential elements to be accepted by the CFCRL conciliator and to acquire res judicata force.
CFCRL Proceeding Reference: The CFCRL case or proceeding number (número de expediente CFCRL) assigned at the time of filing the conciliation request, the name of the conciliation centre (centro de conciliación) where the hearing takes place, the name of the federal conciliator (conciliador federal) presiding over the hearing, and the date and time of the ratification hearing (audiencia de ratificación).
Identification of Parties: Full legal name, RFC, CURP, NSS, and official identification number (INE/IFE credential or passport) of both the worker (trabajador) and the employer (patrón) — including company RFC, IMSS registro patronal, and name and identification of the legal representative attending with power of attorney (poder notarial). Both parties must attend in person or through a duly authorized representative with the appropriate mandate under the Código Civil Federal.
Employment Relationship Background: Job title, department, start date, termination date, and the daily base salary (salario diario base) and Salario Diario Integrado (SDI) that formed the basis for the finiquito and liquidación calculations.
Description of Claims and Defenses: A concise description of the claims or potential claims being settled — for example, unjustified dismissal indemnity under Article 50 LFT, accrued vacation under Article 76 LFT, proportional aguinaldo under Article 87 LFT — and the employer's defense or position on each claim. This section documents that both parties were aware of the claims being extinguished by the settlement.
Agreed Settlement Amount: An itemized breakdown of all amounts agreed to be paid, distinguishing between: (a) finiquito components (aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales, prima vacacional proporcional, PTU proporcional); (b) liquidación components, if any (indemnización constitucional of 3 months under Article 50 LFT, 20 days per year under Article 50 LFT, prima de antigüedad under Article 162 LFT); and (c) any additional voluntary amounts (voluntad adicional del patrón). The total agreed amount (monto total del convenio) must be expressed in Mexican pesos (MXN).
Payment Method and Schedule: Whether the agreed amount will be paid at the CFCRL hearing (pago en la audiencia), by bank transfer within a stated period, or by certified cheque — specifying the bank account details or cheque number if applicable. The CFCRL may require proof of payment (comprobante de pago) before issuing the ratification certificate.
Mutual Release with Res Judicata Effect: The release clause declaring that both parties mutually discharge all claims — present, past, and future — arising from the employment relationship, which upon CFCRL ratification acquires the force of cosa juzgada under Article 987 LFT, making enforcement available directly through the CFCRL without further judicial proceedings.
ISR and Social Security Declarations: Acknowledgment of the ISR tax treatment of each payment component and confirmation of the employer's obligations as agente retenedor de ISR under Article 96 LISR. Confirmation that the employer will file the IMSS baja within 5 business days and settle all outstanding IMSS and INFONAVIT contributions.
Forms-legal.com provides this Labor Settlement Agreement template as a practical preparation tool for the CFCRL conciliation proceeding. The CFCRL conciliator will review and may modify the agreement at the hearing. All parties should be represented or advised by a Licenciado en Derecho specializing in derecho laboral — particularly regarding the calculation of the constitutionally correct indemnity and the ISR treatment of each settlement component under the Ley del Impuesto sobre la Renta. CFCRL appointments are scheduled online at cfcrl.gob.mx.
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Forms Legal. (2026). Labor Settlement Agreement before CFCRL Mexico (Convenio de Terminación Laboral) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/employment/termination/labor-settlement-agreement-cfcrl-mexico
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El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) es un organismo federal autónomo creado por la reforma laboral de 2019 (Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019) para atender la conciliación obligatoria previa al juicio para las controversias laborales individuales y colectivas en México. Antes de la reforma de 2019, esta función la desempeñaban las Juntas de Conciliación y Arbitraje — órganos tripartitos ampliamente criticados por sus demoras, corrupción y falta de transparencia. El CFCRL importa para los convenios laborales porque el Artículo 33 de la LFT lo hace el único foro — además de los propios Tribunales Laborales — donde un convenio sobre los derechos de los trabajadores puede ratificarse de una manera que produzca un acuerdo vinculante con la fuerza de cosa juzgada conforme al Artículo 987 de la LFT. Un convenio laboral ratificado por el CFCRL no puede ser impugnado ante un Tribunal Laboral por el trabajador con el argumento de coacción, malentendido o pago insuficiente — la certificación del conciliador de que el trabajador comprendió y consintió libremente los términos es concluyente. Los trabajadores que presentan reclamaciones ante el CFCRL deben recibir una constancia de no conciliación si no se alcanza un acuerdo — esta constancia es un requisito previo obligatorio para presentar la demanda ante un Tribunal Laboral.
Conforme al Artículo 685-A de la Ley Federal del Trabajo reformado en 2019, el procedimiento de conciliación obligatoria del CFCRL debe concluirse dentro de los 45 días naturales a partir de la fecha en que se presenta la solicitud de conciliación. Este plazo de 45 días incluye la programación de la audiencia de conciliación, la notificación a ambas partes y la celebración de la audiencia. En la práctica, la mayoría de las audiencias de conciliación del CFCRL en la Ciudad de México y en los principales centros urbanos se programan dentro de 15 a 30 días de la presentación, aunque los tiempos de espera varían por región y por la carga de trabajo actual de la oficina del CFCRL. Si ambas partes llegan a un acuerdo en la primera audiencia, el convenio puede ratificarse el mismo día y emitirse una copia certificada en pocos días. Si las partes solicitan tiempo adicional para negociar, el conciliador puede otorgar prórrogas dentro del límite de 45 días. Si no se alcanza un acuerdo dentro de los 45 días, el CFCRL emite una constancia de no conciliación, y el trabajador puede proceder a presentar su demanda ante el Tribunal Laboral competente. El sistema de programación en línea del CFCRL en cfcrl.gob.mx permite a las partes dar seguimiento al estado de su procedimiento y cargar documentos de manera electrónica — una mejora significativa respecto del sistema de Juntas basado en papel que precedió a la reforma de 2019.
Un finiquito en México es el pago de todas las prestaciones legales devengadas y no pagadas que se adeudan a cualquier trabajador al término de la relación laboral — sin importar el motivo de la terminación. El finiquito conforme a la Ley Federal del Trabajo incluye: aguinaldo proporcional (Art. 87 de la LFT), días de vacaciones devengados proporcionales (Art. 76 de la LFT), prima vacacional del 25% (Art. 80 de la LFT), PTU proporcional (Arts. 117 a 131 de la LFT) y prima de antigüedad para trabajadores con 15 o más años de servicio (Art. 162 de la LFT). Todo trabajador recibe un finiquito al término de la relación — ya sea que la terminación sea justificada, injustificada, por mutuo acuerdo o por renuncia. Una liquidación, en cambio, se refiere específicamente a los pagos de indemnización adicionales que se adeudan cuando el patrón da por terminada la relación laboral sin causa justificada conforme al Artículo 47 de la LFT. La liquidación conforme al Artículo 50 de la LFT incluye: tres meses de salario (indemnización constitucional), más 20 días de salario por año de servicio, más la prima de antigüedad de 12 días por año topada al doble del salario mínimo. Una liquidación completa (o liquidación total) comprende el finiquito más la indemnización por despido injustificado. En un convenio de terminación por mutuo acuerdo o en un convenio ante el CFCRL, las partes pueden negociar un paquete que se ubique entre el finiquito puro (sin indemnización) y la liquidación completa, según las circunstancias de la separación.
Un Convenio de Terminación Laboral ratificado por el CFCRL conforme al Artículo 987 de la LFT adquiere la fuerza de cosa juzgada — una sentencia firme — que puede ejecutarse directamente a través de los propios mecanismos de ejecución del CFCRL o a través del Tribunal Laboral competente sin necesidad de una nueva demanda. Conforme a las disposiciones de ejecución reformadas de la LFT, si el patrón no paga el monto pactado del convenio dentro del plazo especificado en el convenio, el trabajador puede presentar la copia certificada del convenio ratificado directamente ante el CFCRL, que puede iniciar procedimientos de ejecución, incluida la orden de embargo de los bienes del patrón. El CFCRL coordina la ejecución con los Tribunales Laborales, que tienen facultades de ejecución judicial, incluida la orden de aseguramiento de cuentas bancarias (congelamiento de cuentas bancarias) mediante la coordinación con el SAT y la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores). Un patrón que no honra un convenio ratificado por el CFCRL también enfrenta penas adicionales conforme al Artículo 50 de la LFT por la falta de pago contumaz, incluida la generación de intereses a la tasa legal establecida por el Código Civil Federal desde la fecha en que el pago se hizo exigible.
La conciliación obligatoria previa al juicio ante el CFCRL conforme a los Artículos 684-A a 684-E de la Ley Federal del Trabajo aplica a prácticamente todas las controversias laborales individuales entre trabajadores y patrones sujetos a la jurisdicción laboral federal — que en México cubre la mayoría de las relaciones de empleo del sector privado conforme al Artículo 123, Apartado A de la Constitución Política. Las excepciones a la conciliación obligatoria conforme al Artículo 685-B de la LFT incluyen: los casos que involucran hostigamiento, acoso o discriminación contra el trabajador; las violaciones a los derechos fundamentales de negociación colectiva; y ciertos asuntos de urgencia donde un Tribunal Laboral puede admitir una demanda sin la conciliación previa del CFCRL. Los trabajadores de jurisdicción estatal (regidos por las leyes laborales locales conforme al Artículo 123, Apartado B para algunos empleados estatales y municipales) pueden estar sujetos a los centros de conciliación estatales en lugar del CFCRL. El requisito de conciliación obligatoria significa que los patrones en México deben mantener el conocimiento del CFCRL como una parte estándar de sus procesos de recursos humanos y cumplimiento legal — la falta de respuesta a un citatorio de conciliación del CFCRL dentro del plazo requerido puede derivar en consecuencias procesales adversas ante el Tribunal Laboral.
A una audiencia de conciliación del CFCRL en México, el patrón o su representante legal debidamente autorizado debe llevar: (1) la identificación oficial del representante (credencial de elector del INE o pasaporte); (2) un poder notarial otorgado ante Notario Público si el representante no es el administrador único de la empresa — son aceptables los poderes generales o los poderes específicos para asuntos laborales; (3) el documento del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la empresa y el certificado de Registro Patronal ante el IMSS; (4) el contrato de trabajo firmado o la prueba de la relación laboral; (5) los recibos de nómina de los últimos 12 meses o desde el inicio del empleo, lo que sea menor; (6) el aviso de rescisión por escrito o la carta de despido si la terminación fue por causa justificada conforme al Artículo 47 de la LFT; (7) la prueba de cualquier pago previo hecho al trabajador (recibos de pago de finiquito); y (8) el proyecto de convenio de terminación si las partes han prenegociado los términos. El conciliador del CFCRL revisa toda la documentación para verificar el cálculo del finiquito y confirmar que se respetan los derechos del trabajador antes de sancionar el convenio.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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