Certificado de No Adeudo al IMSS México (LSS art. 287)
DECLARACIÓN DE NO ADEUDO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social
Ley del Seguro Social — Artículo 287
[Issue City], a [Issue Date]
I. DATOS DEL PATRÓN
Razón Social: [Employer Name]
RFC: [Employer RFC]
Registro Patronal IMSS: [Registro Patronal]
Domicilio Fiscal: [Employer Address]
Representante Legal: [Legal Representative]
Identificación Oficial: [Representative ID]
II. DECLARACIÓN DE NO ADEUDO
El suscrito, [Legal Representative], en mi carácter de representante legal de [Employer Name], bajo protesta de decir verdad, DECLARO que:
1. La empresa [Employer Name], con RFC [Employer RFC] y Registro Patronal IMSS [Registro Patronal], se encuentra al corriente en el pago de todas las cuotas obrero-patronales devengadas durante el período comprendido del [Period From] al [Period To], correspondientes a [Number of Workers] trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
2. No existen créditos fiscales pendientes a favor del IMSS conforme al Artículo 287 de la Ley del Seguro Social (LSS), ni procedimientos de ejecución (procedimiento económico-coactivo) activos en contra del patrón.
3. El último pago de cuotas obrero-patronales bimestrales ante el IMSS fue realizado a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) con fecha [Last SUA Payment Date], correspondiente al [Last Bimester] del ejercicio en curso.
4. Todas las altas (registros), modificaciones salariales y bajas de trabajadores han sido notificadas al IMSS de manera oportuna conforme al Artículo 15 de la Ley del Seguro Social.
5. El Salario Diario Integrado (SDI) registrado ante el IMSS para cada trabajador refleja correctamente el salario base más la proporción de prestaciones periódicas, conforme al Artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo y el Artículo 27 de la LSS.
III. PROPÓSITO Y DESTINATARIO
La presente declaración se expide para: [Certificate Purpose]
Dirigida a: [Recipient Name]
Esta declaración tiene una vigencia de treinta (30) días naturales a partir de su fecha de expedición. Se recomienda solicitar la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social a través del portal IMSS Digital para obtener el certificado oficial con sello digital del IMSS.
IV. FUNDAMENTO LEGAL
La presente declaración se emite al amparo de la Ley del Seguro Social (LSS) Artículos 287 a 290, el Código Fiscal de la Federación (CFF), y la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), siendo consciente el suscrito de que la presentación de información falsa puede constituir defraudación fiscal bajo el Artículo 108 del CFF.
Atentamente,
_________________________
[Legal Representative]
Representante Legal de [Employer Name]
RFC del Patrón: [Employer RFC]
Registro Patronal IMSS: [Registro Patronal]
ID: [Representative ID]
Sello de la empresa: _________________________
Representante Legal del Patrón (Legal Representative)
________________
Signature
Qué es Certificado de No Adeudo al IMSS México (LSS art. 287)
El Certificado de No Adeudo al IMSS en México (Certificado de No Adeudo al Instituto Mexicano del Seguro Social) es un documento oficial expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social — o una carta de declaración formal preparada por el patrón — que certifica que el patrón no tiene cuotas obrero-patronales pendientes ni créditos fiscales (créditos fiscales IMSS) vigentes ante el IMSS. El certificado confirma el cumplimiento de las obligaciones de pago de cuotas conforme a la Ley del Seguro Social (LSS) y su reglamentación.
La autoridad jurídica para los créditos fiscales del IMSS se establece en los Artículos 287 a 290 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995. El Artículo 287 LSS establece que las cuotas obrero-patronales no pagadas y sus accesorios constituyen créditos fiscales a favor del IMSS, recuperables mediante el procedimiento económico-coactivo del Código Fiscal de la Federación (CFF). El Artículo 288 LSS otorga al IMSS prelación sobre los bienes del patrón para cuotas impagas — los adeudos al IMSS tienen prioridad sobre la mayoría de los demás acreedores en procedimientos de insolvencia y transmisión de activos.
El IMSS expide su certificado oficial de cumplimiento fiscal (opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social) a través de su portal digital (IMSS Digital / IDSE), accesible mediante la e-firma del patrón emitida por el SAT. El certificado, conocido informalmente como opinión positiva del IMSS, confirma que las cuentas de seguridad social del patrón están al corriente a la fecha de emisión y que no hay créditos fiscales exigibles registrados en el Sistema Integral de Derechos y Obligaciones (SINDO).
El Certificado de No Adeudo guarda estrecha relación, pero es distinto, de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales del SAT (32-D CFF) — el certificado del SAT cubre obligaciones fiscales federales (ISR, IVA y otros impuestos federales), mientras que el certificado del IMSS específicamente atiende las cuotas obrero-patronales calculadas sobre el Salario Diario Integrado (SDI) de todos los trabajadores registrados. Ambos certificados se requieren típicamente en conjunto en grandes operaciones comerciales, licitaciones públicas y solicitudes de crédito financiero.
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) emite un certificado paralelo — la Opinión de Cumplimiento INFONAVIT — que confirma que el patrón ha realizado todas las aportaciones obligatorias al fondo de vivienda del 5% del SDI de cada trabajador conforme al Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT. En la práctica, las contrapartes e instituciones financieras frecuentemente requieren ambos certificados — IMSS e INFONAVIT — como paquete de documentación de buena situación en materia de seguridad social.
Para las emisoras reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) bajo la Ley del Mercado de Valores (LMV), el cumplimiento de las obligaciones de cuotas al IMSS forma parte de las revelaciones materiales en prospectos de colocación e informes anuales, dado que los créditos fiscales del IMSS con prelación preferente pueden afectar materialmente el valor de los activos y la evaluación del riesgo para los inversionistas. Los patrones que atraviesan diligencia debida para inversión de capital privado o financiamiento de capital de riesgo en México son requeridos rutinariamente de producir certificados de cumplimiento ante el IMSS como parte de la documentación del data room financiero.
Cuándo necesitas Certificado de No Adeudo al IMSS México (LSS art. 287)
El Certificado de No Adeudo al IMSS en México se necesita en una amplia gama de contextos comerciales, administrativos y financieros en los que las contrapartes o autoridades requieren certeza de que el patrón está al corriente en sus obligaciones de seguridad social.
Las compraventas de empresa (compraventas de negocio en marcha) exigen la certificación de cumplimiento ante el IMSS como parte del proceso de diligencia debida legal. Bajo el Artículo 288 de la Ley del Seguro Social, el adquirente de un negocio asume responsabilidad solidaria por todas las cuotas obrero-patronales acumuladas por el patrón original antes de la transferencia, a menos que el IMSS certifique expresamente que no existen adeudos al momento de la transmisión. Sin el certificado del IMSS, el comprador puede heredar significativos pasivos ocultos ante el IMSS con estatus de acreedor preferente que pueden superar el valor de los activos adquiridos. El mismo principio aplica a fusiones y escisiones corporativas bajo la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).
Las licitaciones públicas bajo la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) exigen que todos los licitantes presenten certificados vigentes de cumplimiento ante el IMSS e INFONAVIT como parte de los documentos de acreditación técnica. Las dependencias y entidades del gobierno federal y estatal verifican el estatus ante el IMSS a través de la plataforma electrónica CompraNet, y las propuestas que carezcan de certificados válidos son descalificadas sin evaluación adicional.
Las solicitudes de crédito bancario ante instituciones reguladas por la CNBV bajo la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) típicamente requieren certificados de cumplimiento ante el IMSS e INFONAVIT como parte del paquete de diligencia debida financiera para créditos empresariales, líneas de crédito e instalaciones de factoraje. Las SOFOMES (Sociedades Financieras de Objeto Múltiple) y programas de banca de desarrollo — NAFIN, BANCOMEXT, FIRA — también exigen estos certificados para evaluaciones de elegibilidad crediticia.
Los arrendamientos de parques industriales y contratos de bienes raíces comerciales en México frecuentemente requieren que los arrendatarios presenten certificados de cumplimiento ante el IMSS antes de firmar contratos de arrendamiento, ya que los arrendadores buscan confirmar que los arrendatarios no crearán pasivos relacionados con el IMSS asociados a las instalaciones arrendadas. Los desarrolladores de naves industriales y bodegas en los corredores industriales de Monterrey, Guadalajara y Tijuana incluyen rutinariamente disposiciones sobre certificado IMSS en sus términos estándar de arrendamiento.
El certificado también se necesita para patrones que buscan participar en programas de certificación gubernamental — como el Distintivo ESR (Empresa Socialmente Responsable), certificaciones de calidad del IMSS y certificaciones de seguridad laboral de la STPS — donde el cumplimiento en materia de seguridad social es un requisito de elegibilidad.
Qué incluir en tu Certificado de No Adeudo al IMSS México (LSS art. 287)
El Certificado de No Adeudo al IMSS en México y la carta de solicitud del patrón deben contener los siguientes elementos esenciales para ser aceptados por contrapartes, instituciones financieras y entidades gubernamentales en México.
Identificación del patrón: Razón social completa, RFC (Registro Federal de Contribuyentes), número de Registro Patronal IMSS, domicilio fiscal y datos de contacto del patrón que solicita el certificado. Para patrones con múltiples ubicaciones, deben listarse todos los números de registro patronal relevantes, ya que el IMSS rastrea las obligaciones de cuotas por separado para cada registro.
Solicitud del certificado oficial del IMSS: La solicitud formal a la Subdelegación del IMSS o a través de IMSS Digital para la expedición de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social. La solicitud debe especificar el período para el cual se solicita el certificado y el propósito comercial para el que será utilizado.
Declaración del estado de cumplimiento de cuotas: Una autodeclaración del patrón que confirma que todas las cuotas obrero-patronales bimestrales han sido calculadas sobre el Salario Diario Integrado (SDI) correcto de todos los trabajadores registrados y pagadas a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), que todas las notificaciones de alta y baja de trabajadores han sido presentadas oportunamente bajo el Artículo 15 LSS, y que no hay procedimientos económico-coactivos pendientes.
Período cubierto y fecha de referencia: El período específico (bimestres o ejercicio fiscal) para el cual se solicita el certificado, y la fecha a partir de la cual se confirma el estado de no adeudo. Los certificados del IMSS son típicamente válidos por treinta a noventa días desde su emisión — las contrapartes deben solicitar certificados expedidos dentro de los treinta días anteriores a la fecha de cierre o presentación prevista.
Evidencia de pagos SUA: Referencia a los acuses de pago SUA más recientes que confirman que las cuotas bimestrales actual y anterior han sido pagadas, como documentación de soporte para la solicitud del certificado. Mantener estos registros de pago es esencial para la expedición rápida del certificado a través de IMSS Digital.
Firma digital: Para los certificados oficiales expedidos por el IMSS a través de IMSS Digital, el certificado lleva el sello digital institucional del IMSS y un número de folio rastreable en el sistema SINDO. Para cartas de soporte preparadas por el patrón, la carta debe ser firmada por el representante legal con copia adjunta del poder notarial que otorga la facultad de firma.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Certificado de No Adeudo al IMSS México como guía práctica para que los patrones preparen la documentación de soporte para el proceso oficial de solicitud del certificado del IMSS. El certificado oficial (Opinión de Cumplimiento) solo puede ser expedido por el IMSS a través de su plataforma digital — esta plantilla ayuda a preparar la carta de solicitud y las declaraciones de soporte. Para situaciones patronales complejas con múltiples personas jurídicas, revisiones del IMSS pendientes u operaciones corporativas, se recomienda la consulta con un contador público certificado (CPA) registrado ante el IMCP o un abogado fiscalista especializado en obligaciones de seguridad social bajo la Ley del Seguro Social.
Vigencia y temporalización de renovación: La Opinión de Cumplimiento oficial del IMSS es típicamente válida por treinta días naturales a partir de su expedición. Para operaciones con cronogramas de cierre escalonados, las partes deben coordinar las fechas de actualización del certificado para confirmar que no haya vacío de vigencia entre la firma y el cierre. Los patrones con múltiples números de registro patronal en diferentes subdelegaciones del IMSS deben tomar nota de que cada certificado se expide y valida de manera independiente. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Certificado de No Adeudo al IMSS México (LSS art. 287) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/government/declarations/certificado-no-adeudo-imss-mexico
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}Preguntas Frecuentes
La Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social del IMSS se obtiene a través del portal IMSS Digital (IMSS IDSE) utilizando las credenciales de e-firma del patrón emitidas por el SAT. El patrón ingresa al portal de empleadores del IMSS, navega a la sección de Servicios en Línea y solicita la Opinión de Cumplimiento para el número de registro patronal correspondiente. El sistema verifica automáticamente en la base de datos SINDO si existen cuotas obrero-patronales pendientes, multas (recargos y actualizaciones) o procedimientos económico-coactivos activos y genera un certificado con firma digital y número de folio. Si el patrón está al corriente en todas sus obligaciones, el sistema genera una Opinión Positiva inmediatamente. Si se encuentran adeudos pendientes, el patrón recibe una Opinión Negativa detallando los montos adeudados, que deben regularizarse mediante pago o convenio de pago ante el IMSS antes de que pueda expedirse un certificado positivo. El certificado del IMSS es típicamente válido por treinta días y puede ser verificado en línea por las contrapartes usando el número de folio en el portal de verificación de IMSS Digital. Para patrones con múltiples números de registro patronal en diferentes estados, debe obtenerse un certificado separado para cada número de registro.
Bajo el Artículo 288 de la Ley del Seguro Social, cualquier persona o entidad que adquiera un negocio en marcha, persona moral o conjunto de activos utilizados en una actividad productiva asume responsabilidad solidaria por todos los adeudos de cuotas obrero-patronales y créditos fiscales acumulados por el patrón original antes de la transmisión, independientemente de si dichos adeudos fueron revelados durante la diligencia debida. Esta prelación preferente del IMSS bajo el Artículo 288 LSS aplica incluso si el contrato de compraventa incluye una cláusula que transfiere la responsabilidad ante el IMSS al vendedor — tales cláusulas son efectivas entre las partes pero no son oponibles al IMSS como acreedor tercero. La única forma de limitar la responsabilidad sucesoria ante el IMSS es obtener una Opinión Positiva (certificado de no adeudo) del IMSS que cubra todos los períodos hasta la fecha de cierre, e incluir una cláusula de representaciones y garantías en el contrato de compraventa que obligue al vendedor a indemnizar al comprador por cualquier pasivo no revelado ante el IMSS descubierto tras el cierre. La diligencia debida comercial en México invariablemente incluye una auditoría de seguridad social del IMSS por un contador público certificado registrado ante el IMCP antes de que cierre cualquier adquisición empresarial, cubriendo típicamente los cinco años anteriores a la operación — consistente con el plazo de prescripción de cinco años para auditorías del IMSS bajo el Artículo 297 LSS.
La Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social del IMSS y la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales del SAT (32-D CFF) tienen propósitos distintos pero complementarios de verificación del cumplimiento fiscal en México. El certificado del SAT (32-D) cubre obligaciones fiscales federales — principalmente ISR, IVA, IEPS y todos los demás impuestos federales administrados por el SAT bajo el Código Fiscal de la Federación (CFF). El certificado del IMSS cubre específicamente las cuotas obrero-patronales (contribuciones de seguridad social calculadas sobre el SDI de los trabajadores registrados) bajo la Ley del Seguro Social. Adicionalmente, la Opinión de Cumplimiento del INFONAVIT cubre las aportaciones al fondo de vivienda bajo el Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT. En grandes operaciones comerciales, licitaciones públicas y solicitudes de crédito bancario, los tres certificados — SAT 32-D, Opinión IMSS y Opinión INFONAVIT — se requieren típicamente como paquete completo de cumplimiento fiscal. Cada certificado es expedido por separado a través del portal digital de su respectiva autoridad y tiene validez por un período limitado, típicamente de treinta a noventa días. Los patrones deben coordinar la temporalización de las solicitudes de certificados para confirmar que los tres sean expedidos dentro de la misma ventana de vigencia para cierres de operaciones o presentaciones de propuestas.
Las cuotas obrero-patronales impagas al IMSS en México se convierten en créditos fiscales del IMSS bajo el Artículo 287 de la Ley del Seguro Social, sujetos a actualización por inflación y recargos a la tasa establecida por el Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Una vez determinado un crédito fiscal del IMSS a través de auditoría propia del Instituto o del proceso de autodeterminación, el IMSS puede iniciar el procedimiento administrativo de ejecución bajo los Artículos 145 a 196 CFF, que incluye el embargo y remate de bienes del patrón. El IMSS también tiene autoridad para registrar un embargo precautorio sobre los bienes del patrón bajo el Artículo 40-A CFF, incluso antes de que el crédito sea definitivo y exigible. Adicionalmente, los patrones que omiten inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, subdeclaran salarios o dejan de pagar cuotas enfrentan sanciones bajo los Artículos 304-A y 304-B LSS, de uno a 350 UMAS por infracción. Los patrones con adeudos significativos pueden negociar un convenio de pago a plazos con la Subdelegación del IMSS bajo el Artículo 40-D LSS, que permite la regularización mientras continúan las operaciones del negocio. Una vez que el convenio de pago está en vigor y al corriente, el patrón generalmente puede obtener una Opinión Positiva que cubre el calendario de pagos acordado.
Los patrones mexicanos deben pagar las cuotas obrero-patronales de manera bimestral (cada dos meses) a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), software proporcionado gratuitamente por el IMSS que calcula los montos de aportación patronal y obrera con base en el Salario Diario Integrado (SDI) registrado de cada trabajador. Los seis períodos bimestrales de pago corresponden a enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre, con fechas límite de pago el día 17 del mes siguiente a cada período — por ejemplo, las cuotas de enero-febrero vencen el 17 de marzo. Los pagos extemporáneos generan recargos automáticos a la tasa del CFF más actualización por inflación desde la fecha de vencimiento. Para las primas de riesgos de trabajo, los patrones también deben presentar declaraciones anuales de riesgos de trabajo a más tardar el 28 de febrero de cada año bajo el Artículo 74 LSS, con base en el número y gravedad de accidentes y enfermedades de trabajo del año anterior. Las cuotas obreras individuales se retienen de la nómina y son remitidas por el patrón junto con las cuotas patronales en el mismo pago SUA. Los patrones con múltiples números de registro patronal deben realizar declaraciones SUA separadas para cada registro.
Una empresa que nunca se ha registrado como patrón ante el IMSS (que nunca obtuvo un registro patronal) técnicamente no está sujeta a obligaciones de cuotas al IMSS por los períodos anteriores al registro — y por tanto no tiene cuotas pendientes que certificar. Sin embargo, la plataforma IMSS Digital solo puede generar una Opinión de Cumplimiento para patrones que cuentan con un registro patronal existente. Las empresas sin registro ante el IMSS que necesitan presentar documentación de cumplimiento de seguridad social para una operación comercial o licitación pública enfrentan un desafío específico: deben obtener primero un registro ante el IMSS (lo que activa la obligación de registrar a todos los trabajadores actuales de inmediato) o presentar una declaración notariada de que no se han empleado trabajadores y por tanto no se requería registro ante el IMSS. Para empresas que han estado empleando trabajadores informalmente sin registro ante el IMSS — un riesgo significativo de cumplimiento bajo los Artículos 304-A y 304-B LSS — obtener un certificado positivo requiere primero regularizar el registro de la fuerza laboral, pagar las cuotas de seguridad social aplicables y las multas por el período no registrado, y luego solicitar la Opinión Positiva una vez que la base de datos SINDO refleje una cuenta al corriente. Los compradores que realizan diligencia debida en empresas sin registro patronal deben ser conscientes de que la ausencia de registro patronal no indica necesariamente ausencia de trabajadores — puede indicar empleo no reportado que crea pasivos sucesorios ocultos bajo el Artículo 288 LSS.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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