Contrato de Franquicia España
CONTRATO DE FRANQUICIA
Franchise Agreement
Conforme al Real Decreto 201/2010 y la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista (arts. 62–66) / Governed by Real Decreto 201/2010 and Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista (arts. 62–66)
1. PARTES / PARTIES
FRANQUICIADOR / FRANCHISOR:
Nombre / Name: [Franchisor Name]
NIF / CIF: [Franchisor NIF]
Domicilio social / Registered Address: [Franchisor Address]
Representante legal / Legal Representative: [Franchisor Representative]
Registro de Franquiciadores: [Registro Franquiciadores Number]
FRANQUICIADO / FRANCHISEE:
Nombre / Name: [Franchisee Name]
NIF / CIF: [Franchisee NIF]
Domicilio social / Registered Address: [Franchisee Address]
Representante / Representative: [Franchisee Representative]
2. ANTECEDENTES E INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL / BACKGROUND AND PRE-CONTRACTUAL DISCLOSURE
El Franquiciador opera la red de franquicia bajo la marca [Franchise Name] — [Franchise Description]. El Franquiciador es titular de los derechos de marca registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) conforme a la Ley 17/2001 de Marcas: [Trademark Registration] / The Franchisor operates the franchise network under the brand [Franchise Name] — [Franchise Description]. The Franchisor holds trademark rights registered with the OEPM under Ley 17/2001 de Marcas: [Trademark Registration].
El Franquiciador declara estar inscrito en el Registro de Franquiciadores (número de inscripción: [Registro Franquiciadores Number]) gestionado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, conforme al artículo 3 del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero / The Franchisor confirms it is registered in the Registro de Franquiciadores (registration number: [Registro Franquiciadores Number]) administered by the Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, as required by Article 3 of Real Decreto 201/2010.
Información precontractual (DIP) / Pre-Contractual Disclosure: El Franquiciado declara haber recibido el Documento de Información Precontractual (DIP) el [DIP Delivery Date] — al menos 20 días naturales antes de la fecha de este Contrato — en cumplimiento del artículo 62 de la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista (LOCM) y del artículo 7 del Real Decreto 201/2010 / The Franchisee confirms receipt of the Documento de Información Precontractual (DIP) on [DIP Delivery Date] — at least 20 calendar days before the date of this Agreement — in compliance with Article 62 of Ley 7/1996 LOCM and Article 7 of Real Decreto 201/2010. El Franquiciado ha dispuesto de tiempo suficiente para revisar el DIP y recabar asesoramiento jurídico y financiero independiente / The Franchisee has had sufficient time to review the DIP and seek independent legal and financial advice.
3. CONCESIÓN DE DERECHOS DE FRANQUICIA / GRANT OF FRANCHISE RIGHTS
El Franquiciador concede al Franquiciado el derecho a explotar una unidad de negocio franquiciada bajo la marca y el sistema [Franchise Name], haciendo uso del saber hacer (know-how), el manual de operaciones, las marcas y los métodos comerciales del Franquiciador / The Franchisor hereby grants the Franchisee the right to operate a franchised business unit under the [Franchise Name] brand and system, using the Franchisor's know-how, operations manual, trademarks, and commercial methods.
Local franquiciado / Franchised Premises: [Franchised Premises]
Territorio / Territory: [Franchise Territory]
La concesión de derechos de franquicia está condicionada al cumplimiento por parte del Franquiciado de todas las obligaciones derivadas de este Contrato, del manual de operaciones y de la legislación española aplicable. Las cláusulas de exclusividad territorial cumplen el Reglamento UE 330/2010 sobre acuerdos verticales y la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia administrada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) / The grant of franchise rights is subject to the Franchisee's compliance with all obligations under this Agreement, the operations manual, and applicable Spanish law. Territory exclusivity provisions comply with EU Regulation 330/2010 and Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia administered by the CNMC.
4. DURACIÓN Y RENOVACIÓN / DURATION AND RENEWAL
Este Contrato comienza el [Start Date] y tiene una duración inicial de [Contract Term] / This Agreement commences on [Start Date] and continues for an initial term of [Contract Term]. El Contrato no se renueva automáticamente — la renovación requiere el acuerdo escrito de ambas Partes y la entrega de un DIP actualizado al Franquiciado al menos 20 días naturales antes de la firma de la renovación / The Agreement does not renew automatically — renewal requires the mutual written agreement of both Parties and delivery of an updated DIP to the Franchisee at least 20 calendar days before any renewal signing.
5. CONDICIONES ECONÓMICAS / FINANCIAL TERMS
Canon de entrada (neto, sin IVA) / Initial Franchise Fee (net, excluding IVA): [Canon de Entrada], pagadero a la firma de este Contrato. Sujeto al 21% de IVA conforme a la Ley 37/1992 del IVA / payable upon signing this Agreement. Subject to 21% IVA under Ley 37/1992 del IVA.
Royalty periódico / Ongoing Royalty: [Royalty Rate]. Sujeto al 21% de IVA / Subject to 21% IVA. El Franquiciador emitirá facturas conforme al Real Decreto 1619/2012 de obligaciones de facturación / The Franchisor shall issue invoices in compliance with Real Decreto 1619/2012. Los royalties percibidos por el Franquiciador forman parte de su base imponible conforme a la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades / Royalties received by the Franchisor form part of its taxable income under Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
Fondo de publicidad cooperativa / Advertising Fund: [Advertising Fund]
Obligaciones de compra mínima / Minimum Purchase Obligations: [Minimum Purchases]
6. OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADOR / FRANCHISOR'S OBLIGATIONS
El Franquiciador se compromete a: (a) impartir formación inicial al Franquiciado y a su personal clave antes de la apertura de la unidad franquiciada / provide initial training before the franchised unit opens; (b) proporcionar el manual de operaciones con los estándares de marca y los procedimientos operativos / provide the operations manual with brand standards and operating procedures; (c) prestar asistencia técnica y comercial continuada durante la vigencia del Contrato / provide ongoing operational and commercial support; (d) gestionar el fondo de publicidad cooperativa para las acciones de marketing de la red / manage the cooperative advertising fund for network-wide marketing; y (e) mantener los registros de marca en la OEPM conforme a la Ley 17/2001 de Marcas durante toda la vigencia del Contrato / maintain the registered trademarks with the OEPM under Ley 17/2001 de Marcas throughout the term.
7. OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO / FRANCHISEE'S OBLIGATIONS
El Franquiciado se compromete a: (a) operar la unidad franquiciada estrictamente conforme al manual de operaciones y los estándares de marca / operate the franchised unit in accordance with the operations manual and brand standards; (b) pagar todos los cánones y royalties en las fechas establecidas / pay all fees and royalties on the due dates; (c) operar exclusivamente desde el local franquiciado en [Franchised Premises] dentro del territorio acordado / operate only from the franchised premises within the agreed territory; (d) mantener la estricta confidencialidad del saber hacer del Franquiciador, del manual de operaciones y de la información propietaria durante y después de la vigencia del Contrato / maintain strict confidentiality of the Franchisor's know-how, operations manual, and proprietary information; (e) cumplir toda la legislación española aplicable — incluyendo la normativa de salud y seguridad, la normativa de seguridad alimentaria (Reglamento CE 852/2004 si procede) y las obligaciones fiscales ante la AEAT / comply with all applicable Spanish laws; y (f) no operar ni participar en ningún negocio competidor dentro del territorio franquiciado durante la vigencia del Contrato / not operate or hold interests in any competing business within the franchised territory during the term.
8. LICENCIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL / INTELLECTUAL PROPERTY LICENCE
El Franquiciador concede al Franquiciado una licencia no exclusiva e intransferible para usar las marcas y los materiales de marca [Franchise Name] ([Trademark Registration]) únicamente para la explotación del negocio franquiciado en el local y dentro del territorio acordados, durante la vigencia de este Contrato / The Franchisor grants the Franchisee a non-exclusive, non-transferable licence to use the [Franchise Name] trademarks and brand materials ([Trademark Registration]) solely for the operation of the franchised business at the franchised premises and within the agreed territory, for the duration of this Agreement. El Franquiciado no podrá registrar, impugnar ni utilizar las marcas licenciadas fuera de este ámbito / The Franchisee may not register, challenge, or use the licensed marks outside this scope. A la extinción o vencimiento del Contrato, el Franquiciado deberá cesar de inmediato todo uso de la propiedad intelectual del Franquiciador / Upon termination or expiry, the Franchisee must immediately cease all use of the Franchisor's intellectual property.
9. OBLIGACIONES DE NO COMPETENCIA / NON-COMPETE OBLIGATIONS
No competencia postcontractual / Post-contractual non-compete: Durante el período de 1 (un) año siguiente a la extinción o vencimiento de este Contrato, el Franquiciado no podrá, directa ni indirectamente, explotar ni participar en ningún negocio que compita con el sistema de franquicia [Franchise Name] dentro del territorio franquiciado / For a period of 1 year following the termination or expiry of this Agreement, the Franchisee shall not operate or participate in any business competing with the [Franchise Name] franchise system within the franchised territory. Esta restricción postcontractual se limita al territorio y al sector franquiciados, de conformidad con el Reglamento UE 330/2010 de exención por categorías para restricciones verticales y la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia / This post-contractual restriction is limited to the franchised territory and sector, consistent with EU Regulation 330/2010 and Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia.
10. RESOLUCIÓN / TERMINATION
Cualquiera de las Partes podrá resolver este Contrato mediante notificación escrita a la otra Parte en caso de: (a) incumplimiento material de cualquier obligación que no sea subsanado en 30 días tras notificación escrita especificando el incumplimiento / material breach not remedied within 30 days of written notice; (b) insolvencia, quiebra o apertura de concurso de acreedores de la otra Parte conforme a la Ley 22/2003 Concursal / insolvency or commencement of concurso de acreedores under Ley 22/2003; (c) abandono o cierre prolongado del local franquiciado / abandonment or prolonged closure of the franchised premises; o (d) condena del Franquiciado por delito que cause perjuicio reputacional a la marca [Franchise Name] / conviction of the Franchisee of a criminal offence causing reputational harm to the [Franchise Name] brand.
A la extinción del Contrato, el Franquiciado deberá de inmediato: devolver el manual de operaciones y todos los materiales propietarios; cesar el uso de toda la propiedad intelectual; retirar toda la señalética y elementos de marca del local; y devolver o suprimir todos los datos de clientes y de la franquicia en cumplimiento del RGPD (Reglamento UE 2016/679) y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) / Upon termination, the Franchisee must immediately return the operations manual and all proprietary materials; cease use of all intellectual property; remove all brand signage from the franchised premises; and return or delete all customer data and franchise-related data in compliance with the RGPD and Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
11. LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS / GOVERNING LAW AND DISPUTE RESOLUTION
Este Contrato se rige por la legislación española, principalmente el Real Decreto 201/2010, la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, la Ley 17/2001 de Marcas y el Reglamento UE 330/2010 / This Agreement is governed by Spanish law, principally Real Decreto 201/2010, Ley 7/1996 LOCM, Ley 17/2001 de Marcas, and EU Regulation 330/2010. Los litigios se someterán primero a mediación ante la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) o el servicio de mediación de la Cámara de Comercio correspondiente. En caso de fracasar la mediación, los litigios se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil de la jurisdicción acordada por las Partes / Disputes shall be submitted first to mediation under the auspices of the Asociación Española de Franquiciadores (AEF) or the applicable Chamber of Commerce mediation service. If mediation fails, disputes shall be resolved before the Juzgado de lo Mercantil of the jurisdiction agreed by the Parties.
FIRMAS / SIGNATURES
Firmado en [Contract City], a [Contract Date] / Signed in [Contract City], on [Contract Date].
FRANQUICIADOR / FRANCHISOR:
[Franchisor Name]
Representado por / Represented by: [Franchisor Representative]
Firma / Signature: _________________________ Fecha / Date: _________________________
FRANQUICIADO / FRANCHISEE:
[Franchisee Name]
Representado por / Represented by: [Franchisee Representative]
Firma / Signature: _________________________ Fecha / Date: _________________________
Franchisor / Legal Representative
________________
Signature
Franchisee / Legal Representative
________________
Signature
Qué es Contrato de Franquicia España
El Contrato de Franquicia es, en España, el contrato escrito regulado por Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero; Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, arts. 62–66, que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.
La Ley 7/1996 (LOCM) define la franquicia en su Artículo 62 como la actividad por la que el franquiciador cede al franquiciado el derecho a explotar un sistema propio de comercialización de productos o servicios que haya desarrollado con un signo distintivo o marca, a cambio de una contraprestación económica directa o indirecta. España carece de una ley específica de franquicias — la actividad se regula principalmente a través de la LOCM y el Real Decreto 201/2010, que estableció el Registro de Franquiciadores nacional, administrado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Los franquiciadores que operen redes en España con más de un franquiciado deben inscribirse en el Registro de Franquiciadores antes de iniciar la actividad franquiciadora, conforme al Artículo 3 del Real Decreto 201/2010. La inscripción requiere aportar: datos de identidad, descripción del sistema de franquicia, listado de franquiciados activos, y el Documento de Información Precontractual (DIP), que debe entregarse al futuro franquiciado al menos 20 días naturales antes de la firma de cualquier acuerdo vinculante o la recepción de cualquier pago, según el Artículo 62 LOCM y el Artículo 7 del RD 201/2010. Los franquiciadores extranjeros que deseen operar en España también deben inscribirse en el Registro de Franquiciadores y entregar un DIP en español.
El Documento de Información Precontractual (DIP) constituye el elemento central de la regulación española de franquicias — debe contener: identidad y datos de la empresa del franquiciador, descripción del sector y del negocio franquiciado, derechos de propiedad industrial e intelectual objeto de licencia (marcas registradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas — OEPM — al amparo de la Ley 17/2001 de Marcas), estructura de la red de franquicia, inversión económica necesaria, estructura de tarifas y royalties, exclusividad territorial concedida, condiciones de duración y renovación, y listado de franquiciados actuales y anteriores. La falta de entrega de un DIP conforme con al menos 20 días de antelación puede determinar la anulabilidad del contrato conforme a los principios generales del derecho civil.
Los contratos de franquicia en España están asimismo sujetos al Reglamento UE 330/2010 sobre restricciones verticales (exención por categorías) — que regula las cláusulas de no competencia, la exclusividad territorial y el mantenimiento de precios de reventa —; a la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, aplicada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC); y a la Ley 17/2001 de Marcas para las disposiciones de licencia de marcas. Las implicaciones fiscales — IVA sobre royalties (21%), IRPF o impuesto sobre sociedades sobre los ingresos, y deducibilidad del canon de entrada — se rigen por la Ley 37/1992 y la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
Cuándo necesitas Contrato de Franquicia España
El Contrato de Franquicia España es necesario cuando el titular de un concepto comercial acreditado cede a otra persona el derecho a operar bajo su marca y sistema a cambio de cánones — el Real Decreto 201/2010 y la LOCM imponen obligaciones de divulgación e inscripción obligatorias que surgen desde la primera relación de franquicia.
El contrato es necesario cuando una marca española de restauración — una cadena de restaurantes, una cafetería o un formato de comercio alimentario — amplía su red otorgando derechos de franquicia a operadores independientes que invierten en el acondicionamiento y la explotación de unidades de franquicia conforme al manual de operaciones de la marca.
El Contrato de Franquicia es necesario cuando una red internacional de franquicias (McDonald's, Zara, Mango o cualquier marca extranjera) concede derechos de franquicia maestra a una empresa española para la subfranquicia en España — el máster franquiciado asume las obligaciones de un franquiciador respecto a sus propios subfranquiciados y también debe inscribirse en el Registro de Franquiciadores.
El contrato es necesario cuando una franquicia de servicios — inmobiliaria, asesoría financiera, limpieza, belleza o salud — se expande mediante puntos de venta franquiciados o centros de servicio en las comunidades autónomas españolas, donde las normativas comerciales regionales pueden complementar el marco estatal de la LOCM.
El Contrato de Franquicia es necesario al negociar la renovación de una relación de franquicia existente — la renovación no es automática en el derecho español, y el franquiciado debe recibir un DIP actualizado al menos 20 días antes de firmar el acuerdo de renovación, aunque los términos comerciales principales no hayan variado.
El contrato también es necesario cuando un franquiciado desea ceder sus derechos de franquicia a un tercero — el Contrato de Franquicia debe especificar las condiciones de cesión, los requisitos de consentimiento del franquiciador y cualquier tasa de transmisión, ya que las cesiones sin el consentimiento adecuado del franquiciador pueden considerarse incumplimiento material que justifica la resolución.
Las partes en España deben suscribir un Contrato de Franquicia España de forma preventiva, sin esperar a que surja un conflicto. Los tribunales interpretan los contratos según su tenor literal. Conforme a la Ley de Sociedades de Capital (LSC) RDL 1/2010, el Registro Mercantil mantiene el registro de las sociedades españolas. El Código de Comercio de 1885 regula las obligaciones mercantiles. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) administra el Impuesto sobre Sociedades (IS) conforme a la Ley 27/2014. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) vela por la aplicación del derecho de la competencia. El Código Civil regula las obligaciones contractuales generales en el Artículo 1255.
Qué incluir en tu Contrato de Franquicia España
Un Contrato de Franquicia España válido conforme al Real Decreto 201/2010 y la Ley 7/1996 LOCM debe contener los siguientes elementos esenciales para ser eficaz comercialmente y estar en conformidad con la legalidad vigente.
Identificación de las Partes: Nombre legal completo, NIF, número de inscripción en el Registro Mercantil, domicilio social y datos del representante legal tanto del franquiciador como del franquiciado. Debe constar el número de inscripción del franquiciador en el Registro de Franquiciadores, acreditando el cumplimiento del Artículo 3 del Real Decreto 201/2010.
Confirmación de Información Precontractual: Declaración que acredite que el franquiciado recibió el Documento de Información Precontractual (DIP) al menos 20 días naturales antes de la firma, conforme al Artículo 62 LOCM y al Artículo 7 del RD 201/2010. Debe constar la fecha de entrega del DIP y adjuntarse como anexo al contrato.
Concesión de Derechos de Franquicia: Descripción precisa de los derechos concedidos — derecho a operar bajo la marca del franquiciador, a utilizar el sistema de franquicia, el saber hacer (know-how), el manual de operaciones y las marcas registradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) al amparo de la Ley 17/2001 de Marcas.
Territorio: El ámbito geográfico (territorio exclusivo o no exclusivo) en el que el franquiciado está autorizado a operar — municipio, provincia, comunidad autónoma u otra zona delimitada. Las disposiciones de exclusividad deben cumplir el Reglamento UE 330/2010 sobre restricciones verticales para evitar problemas de competencia en virtud de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia.
Condiciones Económicas — Cánones y Royalties: El canon de entrada, los royalties periódicos (habitualmente un porcentaje sobre la facturación bruta mensual) y cualquier aportación al fondo de publicidad cooperativa. Todas las obligaciones económicas están sujetas al IVA del 21% conforme a la Ley 37/1992.
Duración y Renovación: El plazo inicial del contrato de franquicia — habitualmente entre 5 y 10 años en España — y las condiciones de renovación. La renovación no es automática y requiere el acuerdo mutuo de las partes; debe entregarse un DIP actualizado antes de la firma de cualquier renovación.
Obligaciones del Franquiciador: Formación inicial y continua al franquiciado y su personal, asistencia técnica y comercial, suministro de materiales y productos de marca (cuando proceda) y mantenimiento de los estándares de marca en toda la red.
Obligaciones del Franquiciado: Cumplimiento del manual de operaciones y los estándares de marca, obligaciones de compra mínima (si aplican), exclusividad territorial (no competencia fuera del territorio asignado), confidencialidad del saber hacer del franquiciador y pago puntual de los cánones.
Licencia de Propiedad Industrial: Licencia expresa sobre las marcas del franquiciador al amparo de la Ley 17/2001 de Marcas — tipo, alcance y restricciones de la licencia. El franquiciado no podrá registrar las marcas licenciadas a su nombre ni utilizarlas fuera del ámbito del contrato.
Cláusulas de No Competencia: Obligaciones postcontractuales de no competencia conforme al Reglamento UE 330/2010 — máximo 1 año tras la resolución, limitadas geográficamente al territorio franquiciado y restringidas a actividades competidoras en el mismo sector. Las cláusulas de mayor alcance pueden ser nulas bajo el derecho de la competencia europeo.
Resolución y Consecuencias: Causas de resolución del contrato — incumplimiento grave, impago de obligaciones económicas, abandono del local, apertura de procedimiento concursal. Tras la resolución, el franquiciado debe cesar en el uso de toda la propiedad industrial e intelectual y devolver el manual de operaciones, los datos de clientes y los materiales de marca.
Resolución de Conflictos: Cláusula de mediación o arbitraje — la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) y la CNMC promueven la resolución alternativa de conflictos en el sector. En defecto de acuerdo, los litigios se resuelven ante el Juzgado de lo Mercantil de la jurisdicción pactada en el contrato.
Forms-legal.com facilita esta plantilla de Contrato de Franquicia España como punto de partida práctico. Dada la complejidad de la regulación de franquicias — obligaciones ante el Registro de Franquiciadores, cumplimiento del derecho de la competencia europeo, licencias de marcas y estructura financiera — tanto franquiciadores como franquiciados deben obtener asesoramiento jurídico independiente de un abogado especialista en derecho mercantil antes de la firma.
Conforme a la Ley de Sociedades de Capital (LSC) RDL 1/2010, el Registro Mercantil mantiene el registro de las sociedades españolas. El Código de Comercio de 1885 regula las obligaciones mercantiles. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) administra el Impuesto sobre Sociedades (IS) al amparo de la Ley 27/2014. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) vela por el cumplimiento del derecho de la competencia. El Código Civil regula las obligaciones contractuales generales en el Artículo 1255. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Franquicia España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/business/contracts/contrato-franquicia-espana
"Contrato de Franquicia España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/business/contracts/contrato-franquicia-espana.
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}También disponible para estas jurisdicciones:
Preguntas Frecuentes
Sí. Conforme al artículo 3 del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, todo franquiciador que opere una red de franquicias en España — es decir, un franquiciador con más de un franquiciado dentro de la misma red — debe inscribirse en el Registro de Franquiciadores antes de iniciar la actividad franquiciadora. El Registro está mantenido por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y contiene información públicamente accesible sobre las redes franquiciadoras registradas. La inscripción requiere aportar los datos de identidad del franquiciador, una descripción del sistema de franquicia y el Documento de Información Precontractual (DIP). Los franquiciadores extranjeros que se expandan a España también deben inscribirse. Algunas comunidades autónomas (Cataluña, Comunitat Valenciana y otras) mantienen sus propios registros regionales de franquicias además del registro nacional — los franquiciadores que operen en estas regiones deben inscribirse en ambos niveles. La falta de inscripción constituye una infracción en el régimen sancionador de la LOCM aplicable a la actividad comercial. Un Contrato de Franquicia firmado sin inscripción previa no es automáticamente nulo, pero el incumplimiento de las obligaciones de divulgación por parte del franquiciador puede facultar al franquiciado para solicitar la anulabilidad del contrato.
El Documento de Información Precontractual (DIP) exigido por el artículo 62 de la Ley 7/1996 (LOCM) y el artículo 7 del Real Decreto 201/2010 debe entregarse al futuro franquiciado al menos 20 días naturales antes de la firma de cualquier acuerdo vinculante o la recepción de cualquier pago. El DIP debe contener: (1) identidad corporativa del franquiciador — nombre, forma jurídica, capital social, NIF, datos del Registro Mercantil; (2) descripción del sector franquiciado y la experiencia comercial del franquiciador; (3) listado de los franquiciados en activo en la red y de los que la han abandonado en los últimos 2 años, con datos de contacto; (4) descripción del historial de litigios del sistema de franquicia; (5) estructura de la red de franquicia y número de unidades explotadas directamente y en franquicia; (6) elementos esenciales del contrato de franquicia, incluidos duración, renovación, exclusividad y condiciones económicas; (7) inversión económica que el franquiciado debe realizar — canon de entrada, costes de adecuación del local, capital circulante y compras mínimas garantizadas; (8) registros de marcas y demás propiedad industrial e intelectual objeto de licencia. El plazo de reflexión de 20 días no puede ser objeto de renuncia, ni siquiera mediante acuerdo expreso de las partes.
Las obligaciones de no competencia en los contratos de franquicia españoles se rigen por el Reglamento UE 330/2010 sobre restricciones verticales (exención por categorías) y la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, aplicada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Durante la vigencia del contrato, los franquiciadores pueden imponer al franquiciado una obligación de no competencia — que le prohíba operar o participar en empresas competidoras del mismo sector — siempre que sea necesaria para proteger el saber hacer del franquiciador y esté justificada. Las restricciones de no competencia postcontractual solo son admisibles si: (1) se refieren a bienes o servicios que compiten con los bienes o servicios franquiciados; (2) se limitan al local desde el que el franquiciado operó durante la vigencia del contrato; y (3) no superan 1 año tras la resolución del contrato. Las cláusulas de no competencia de mayor duración o de mayor alcance geográfico no quedan amparadas por la exención por categorías y pueden ser declaradas nulas en virtud del artículo 1 de la Ley 15/2007. La CNMC está facultada para investigar y sancionar las disposiciones de no competencia en contratos de franquicia que restrinjan la competencia en el mercado relevante.
Los royalties o cánones de franquicia abonados por un franquiciado español a un franquiciador español están sujetos a: (1) IVA al 21% conforme a la Ley 37/1992 del IVA — el franquiciador debe emitir facturas trimestrales con IVA del 21%, que el franquiciado podrá deducir generalmente como IVA soportado en su declaración trimestral Modelo 303, si es un sujeto pasivo del IVA; (2) Impuesto sobre Sociedades al amparo de la Ley 27/2014 — los royalties percibidos por el franquiciador forman parte de su base imponible, mientras que los royalties abonados por el franquiciado son generalmente deducibles como gasto empresarial. Cuando los royalties se abonan a un franquiciador extranjero no residente en España, el franquiciado debe practicar retención en la fuente conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (RDL 5/2004) al tipo aplicable según el convenio — la red de convenios de doble imposición de España (gestionada por la AEAT) reduce habitualmente el tipo de retención al 0–10% en función del país de residencia del franquiciador. El canon de entrada también está sujeto al IVA y al tratamiento del Impuesto sobre Sociedades, aunque su plazo de amortización puede diferir de los royalties periódicos.
Cuando se extingue un Contrato de Franquicia en España — por expiración, mutuo acuerdo o incumplimiento — el franquiciado debe cesar de inmediato en el uso de toda la propiedad industrial e intelectual del franquiciador: marcas, imagen comercial, rótulos, envases y manual de operaciones. El franquiciado debe devolver o destruir toda la información confidencial y los materiales de titularidad del franquiciador. Los datos de clientes (datos de clientes) recabados durante la relación de franquicia deben tratarse conforme al RGPD (Reglamento UE 2016/679) y la Ley Orgánica 3/2018 — habitualmente devolviéndolos al franquiciador o suprimiéndolos según sus instrucciones, quien puede ser el responsable del tratamiento en virtud de los acuerdos de tratamiento de datos de la franquicia. Entran en vigor las obligaciones postcontractuales de no competencia (limitadas a 1 año y al local franquiciado conforme al Reglamento UE 330/2010). Los posibles stocks residuales de productos de marca pueden estar sujetos a un pacto de recompra en el contrato. Los litigios derivados de la resolución — en especial sobre indemnización por clientela — se ventilan con frecuencia ante el Juzgado de lo Mercantil. El Tribunal Supremo ha aplicado por analogía la indemnización por clientela de la Ley 12/1992 del Contrato de Agencia a determinadas relaciones de franquicia en las que el franquiciado generó un fondo de comercio significativo para la red.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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