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Contrato de Franquicia Colombia

Franchise Agreement Colombia (Contrato de Franquicia)

CONTRATO DE FRANQUICIA

Celebrado conforme al Código Civil Artículo 1602, Resolución SIC 57219 de 2012 y Decisión Andina 486 de 2000

PRIMERA. — PARTES CONTRATANTES

FRANQUICIANTE:

Razón Social: [Franchisor Name]

NIT: [Franchisor NIT]

Dirección: [Franchisor Address]

Representante Legal: [Franchisor Representative]

C.C.: [Franchisor Rep CC]

FRANQUICIADO:

Razón Social / Nombre: [Franchisee Name]

NIT / Cédula: [Franchisee NIT]

Dirección: [Franchisee Address]

Representante Legal: [Franchisee Representative]

C.C.: [Franchisee Rep CC]

Entre las partes arriba identificadas se celebra el presente Contrato de Franquicia, mediante el cual EL FRANQUICIANTE otorga a EL FRANQUICIADO el derecho de operar un negocio bajo el sistema de franquicia, conforme al principio de autonomía contractual (CC Art. 1602) y la normativa de propiedad industrial (Decisión Andina 486 de 2000).

SEGUNDA. — CUMPLIMIENTO DE DIVULGACIÓN PRECONTRACTUAL

EL FRANQUICIANTE declara haber entregado a EL FRANQUICIADO el documento de información precontractual (FDD) con fecha [FDD Delivery Date], conforme a la Resolución SIC 57219 de 2012, con al menos diez (10) días hábiles de anticipación a la firma del presente contrato.

EL FRANQUICIADO reconoce haber recibido, leído y comprendido el FDD antes de la firma del presente contrato y del pago de cualquier contraprestación.

TERCERA. — OTORGAMIENTO DE DERECHOS DE FRANQUICIA

EL FRANQUICIANTE otorga a EL FRANQUICIADO el derecho de operar un negocio bajo la marca [Brand Name] (Registro SIC: [Trademark Registration]), utilizando las marcas, nombres comerciales, imagen comercial, métodos operacionales y know-how del sistema de franquicia.

Descripción del Sistema: [Franchise Description]

EL FRANQUICIADO operará como empresario independiente, asumiendo el riesgo comercial de su operación. La presente relación NO constituye relación laboral, sociedad ni agencia comercial.

CUARTA. — TERRITORIO

Territorio: [Franchise Territory]

Exclusividad: [Territory Exclusivity]

Ubicación Aprobada: [Franchise Location]

QUINTA. — TARIFAS Y PAGOS

Cuota Inicial de Franquicia: [Initial Fee]

Regalías: [Royalty Rate]

Contribución al Fondo de Publicidad: [Marketing Fund]

Otras Tarifas: [Other Fees]

PARÁGRAFO. — Las regalías y demás pagos estarán sujetos a IVA (19%) conforme al Artículo 420 del Estatuto Tributario. EL FRANQUICIADO aplicará las retenciones en la fuente que correspondan conforme al ET Art. 392.

SEXTA. — LICENCIA DE MARCA

EL FRANQUICIANTE otorga a EL FRANQUICIADO una licencia no exclusiva e intransferible para el uso de las marcas registradas del sistema de franquicia, conforme al Artículo 162 de la Decisión Andina 486 de 2000. EL FRANQUICIADO se obliga a:

a) Utilizar las marcas exclusivamente conforme a los lineamientos de imagen corporativa del FRANQUICIANTE.

b) No modificar, alterar ni usar las marcas de forma que perjudique su valor o reputación.

c) Notificar inmediatamente al FRANQUICIANTE cualquier uso no autorizado o infracción de las marcas.

EL FRANQUICIANTE mantendrá vigentes los registros de marca y ejercerá el control de calidad requerido por el Artículo 163 de la Decisión 486.

SÉPTIMA. — ESTÁNDARES OPERACIONALES

EL FRANQUICIADO se obliga a operar conforme a los manuales de operación (manuales de operación) del FRANQUICIANTE, cumpliendo con los estándares de calidad, servicio al cliente, imagen corporativa y procedimientos establecidos. EL FRANQUICIANTE proporcionará:

a) Capacitación inicial y continua para el FRANQUICIADO y su personal.

b) Manuales de operación actualizados periódicamente.

c) Soporte técnico y operacional durante la vigencia del contrato.

d) Derecho de inspección y auditoría de las operaciones del FRANQUICIADO.

OCTAVA. — CONFIDENCIALIDAD Y SECRETOS EMPRESARIALES

EL FRANQUICIADO reconoce que los manuales de operación, recetas, fórmulas, procesos, listas de proveedores, tecnología propietaria y demás información del sistema de franquicia constituyen secretos empresariales protegidos por los Artículos 260 a 266 de la Decisión Andina 486 de 2000.

EL FRANQUICIADO se obliga a mantener estricta confidencialidad sobre toda la información, durante la vigencia del contrato y por un período indefinido tras su terminación. Al terminar el contrato, EL FRANQUICIADO devolverá todos los manuales, materiales y documentos confidenciales.

NOVENA. — DURACIÓN, RENOVACIÓN Y TERMINACIÓN

Duración: [Franchise Term]

Condiciones de Renovación: [Renewal Conditions]

El contrato podrá ser terminado anticipadamente por: (a) incumplimiento material de cualquiera de las obligaciones contractuales, previa notificación escrita; (b) insolvencia o liquidación judicial de cualquiera de las partes conforme a la Ley 1116 de 2006; (c) incumplimiento reiterado de los estándares operacionales; (d) no pago de regalías o tarifas por un período superior a treinta (30) días.

DÉCIMA. — OBLIGACIONES POST-TERMINACIÓN

Tras la terminación del contrato, EL FRANQUICIADO deberá:

a) Cesar inmediatamente el uso de todas las marcas, nombres comerciales e imagen corporativa del FRANQUICIANTE.

b) Retirar toda la señalización, decoración y elementos identificativos de la franquicia (des-identificación).

c) Devolver todos los manuales, materiales confidenciales y propiedad del FRANQUICIANTE.

d) Cumplir con la obligación de no competencia por un período de [Non-Compete Post Termination].

e) Mantener las obligaciones de confidencialidad sobre los secretos empresariales.

DÉCIMA PRIMERA. — LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

El presente contrato se rige por el Código Civil (Ley 57 de 1887), la Resolución SIC 57219 de 2012, la Decisión Andina 486 de 2000, la Ley 1340 de 2009, y demás normas aplicables de la República de Colombia. Las controversias se someterán a arbitraje ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de [Execution City], conforme a la Ley 1563 de 2012 (Estatuto de Arbitraje).

FIRMAS

En [Execution City], a los [Execution Date].

EL FRANQUICIANTE:

[Franchisor Name]

NIT: [Franchisor NIT]

Representante Legal: [Franchisor Representative]

C.C.: [Franchisor Rep CC]

Firma: _________________________

EL FRANQUICIADO:

[Franchisee Name]

NIT / C.C.: [Franchisee NIT]

Representante Legal: [Franchisee Representative]

C.C.: [Franchisee Rep CC]

Firma: _________________________

Franchisor (Franquiciante)

________________

Signature

Franchisee (Franquiciado)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Franquicia Colombia

El Contrato de Franquicia Colombia es un contrato regulado por CC art. 1602 y Resolucion 57219/2012 SIC que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

La ley colombiana no regula el contrato de franquicia como contrato típico nominado — la franquicia opera como contrato atípico regido principalmente por el artículo 1602 del CC, que declara que los contratos lícitos constituyen ley para las partes. El marco jurídico combina múltiples regímenes: licencia de marcas bajo los artículos 162 al 165 de la Decisión Andina 486 de 2000; protección de secretos empresariales bajo los artículos 260 al 266 de la Decisión Andina 486; derecho de competencia bajo la Ley 155 de 1959, el Decreto 2153 de 1992 y la Ley 1340 de 2009; protección del consumidor bajo el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011); y protección de datos personales bajo la Ley 1581 de 2012.

La SIC expidió la Resolución 57219 de 2012 estableciendo obligaciones de divulgación precontractual para franquiciantes que operan en Colombia. Bajo esta resolución, el franquiciante debe proporcionar al prospecto franquiciado un documento de información precontractual (equivalente al Franchise Disclosure Document o FDD) al menos diez (10) días hábiles antes de la suscripción del contrato de franquicia o el pago de cualquier contraprestación. El FDD debe incluir: información corporativa del franquiciante e historial de litigios; historial operativo del sistema de franquicia; estados financieros; detalles de todas las tarifas y cobros; descripción de las obligaciones del franquiciante; términos de la licencia de marca; y lista de franquiciados actuales y anteriores.

La Cámara Colombiana de Franquicias (Colfranquicias) es la principal asociación gremial que representa los sistemas de franquicia en Colombia, con aproximadamente 550 marcas de franquicia operando en el país en sectores como alimentos y bebidas, comercio minorista, educación, fitness y servicios profesionales. La SIC, a través de su Delegatura de Propiedad Industrial, supervisa los aspectos de licencia de marca de los contratos de franquicia, mientras la Delegatura de Protección de la Competencia monitorea las restricciones verticales relacionadas con franquicias. Los juzgados civiles y los tribunales de arbitraje bajo la Ley 1563 de 2012 resuelven las controversias de franquicia.

Cuándo necesitas Contrato de Franquicia Colombia

El Contrato de Franquicia Colombia es necesario cuando el titular de una marca establecida, un modelo de negocio probado y métodos operativos exclusivos otorga a otro operador empresarial independiente el derecho de replicar ese modelo de negocio a cambio de regalías y el cumplimiento de estándares operativos.

El acuerdo es necesario cuando una empresa colombiana o marca internacional se expande mediante franquicias dentro del territorio colombiano. Bajo la Resolución SIC 57219 de 2012, el franquiciante debe preparar y entregar el documento de información precontractual antes de que el franquiciado firme el acuerdo — el contrato de franquicia formaliza los derechos y obligaciones tras el período de divulgación.

Se requiere un Contrato de Franquicia cuando el sistema de franquicia involucra el licenciamiento de marcas registradas. Bajo el artículo 162 de la Decisión Andina 486 de 2000, las licencias de marca deben constar por escrito y deben registrarse ante la SIC para ser oponibles frente a terceros. El contrato de franquicia sirve como vehículo para esta licencia de marca, estableciendo el alcance, los requisitos de control de calidad y las limitaciones territoriales del uso de la marca.

El acuerdo es necesario cuando un franquiciante internacional ingresa a Colombia mediante un acuerdo de franquicia maestra, donde un franquiciado maestro adquiere el derecho de subfranquiciar dentro del territorio colombiano. El acuerdo de franquicia maestra debe abordar la relación entre el franquiciante internacional, el franquiciado maestro colombiano y los subfranquiciados individuales, incluyendo la asignación de obligaciones de divulgación bajo la Resolución SIC 57219 de 2012.

Se requiere un contrato de franquicia cuando el modelo de negocio involucra la transferencia de know-how y secretos empresariales que califican para protección bajo los artículos 260 al 266 de la Decisión Andina 486. Los manuales de operación, recetas, fórmulas, procesos y tecnología propia constituyen información confidencial que requiere protección contractual mediante disposiciones de no divulgación.

El contrato es necesario cuando la relación de franquicia involucra obligaciones continuas — programas de capacitación, inspecciones de calidad, contribuciones al fondo de publicidad, requisitos de cadena de suministro y uso de plataformas tecnológicas — que se extienden a lo largo del plazo de la franquicia y requieren documentación clara para prevenir controversias entre franquiciante y franquiciado.

Qué incluir en tu Contrato de Franquicia Colombia

Un Contrato de Franquicia Colombia válido bajo el artículo 1602 del CC, la Resolución SIC 57219 de 2012 y la Decisión Andina 486 de 2000 debe contener estos elementos esenciales para su ejecutabilidad ante tribunales colombianos o tribunales de arbitraje.

Cumplimiento de la Divulgación Precontractual: Confirmación de que el franquiciante entregó el documento de información precontractual al franquiciado al menos diez (10) días hábiles antes de la suscripción del acuerdo, conforme a la Resolución SIC 57219 de 2012. El acuerdo debe incluir un acuse de recibo y revisión del FDD firmado por el franquiciado.

Identificación de las Partes: Identificación legal completa del franquiciante y el franquiciado — razón social, NIT, Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio y representante legal. Para franquiciantes internacionales, identificación de la entidad colombiana o representante autorizado para suscribir el acuerdo.

Otorgamiento de Derechos de Franquicia: Especificación de los derechos otorgados — el derecho a operar un negocio bajo la marca del sistema de franquicia, usando las marcas registradas, nombres comerciales, imagen de marca, métodos operativos y know-how del franquiciante. Distinción entre derechos de franquicia exclusivos, en solitario o no exclusivos dentro del territorio definido.

Territorio: Alcance geográfico de la franquicia — municipio específico, área metropolitana, departamento o zona protegida dentro de la cual opera el franquiciado. Especificación de si el franquiciante conserva el derecho a operar locales propios, otorgar franquicias adicionales o vender productos a través de canales alternativos dentro del territorio.

Licencia de Marca: Términos de la licencia de marca bajo el artículo 162 de la Decisión Andina 486 de 2000 — especificación de las marcas licenciadas, requisitos de control de calidad, modificaciones prohibidas a las marcas y la obligación del franquiciante de mantener los registros de marca. Registro de la licencia ante la SIC para oponibilidad frente a terceros.

Tarifas: Estructura de tarifas de franquicia — cuota inicial de franquicia, regalías continuas (típicamente un porcentaje de las ventas brutas), contribuciones al fondo de publicidad, tarifas de tecnología y cualquier otro cobro. Calendario de pagos, métodos y consecuencias del pago tardío. Especificación de si las tarifas están sujetas a IVA bajo el artículo 420 del Estatuto Tributario.

Estándares Operativos: La obligación del franquiciado de operar conforme a los manuales de operación del franquiciante, estándares de calidad, protocolos de atención al cliente y lineamientos de marca. Requisitos de capacitación, inspecciones periódicas y derechos de auditoría. Requisitos de proveedores aprobados y cualquier obligación de suministro.

Confidencialidad: Protección de secretos empresariales y know-how bajo los artículos 260-266 de la Decisión Andina 486 — obligaciones de no divulgación, restricciones de no uso y devolución de materiales confidenciales al terminar. Supervivencia de las obligaciones de confidencialidad tras la terminación del contrato.

Duración, Renovación y Terminación: Plazo del contrato, condiciones de renovación y causales de terminación — incumplimiento material, insolvencia (Ley 1116 de 2006), incumplimiento de estándares operativos y falta de pago de tarifas. Obligaciones post-terminación incluyendo desidentificación (retiro de elementos de marca), disposiciones de no competencia (anotando las limitaciones de ejecutabilidad bajo la ley laboral y de competencia colombiana) y disposición de inventario.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Franquicia Colombia como punto de partida integral para estructurar relaciones de franquicia. Todo contrato de franquicia debe ser revisado por un abogado especialista en franquicias o propiedad intelectual para garantizar el cumplimiento de los requisitos de divulgación de la SIC, las disposiciones de marca de la Decisión Andina 486 y las obligaciones de la ley de competencia.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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