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Contrato de Factoring (Cesión de Facturas) — Colombia

Factoring Agreement (Cesión de Facturas) — Colombia

CONTRATO DE FACTORING (CESIÓN DE FACTURAS)

(Factoring Agreement — Invoice Assignment)

Ley 1231 de 2008 (Ley de Factura); Ley 1676 de 2013 (Garantías Mobiliarias)

En [Sign City], a [Sign Date], entre:

FACTOR:

[Factor Name], NIT [Factor NIT], representada por [Factor Rep Name], con domicilio en [Factor Address].

CEDENTE:

[Seller Name], NIT [Seller NIT], representada por [Seller Rep Name], con domicilio en [Seller Address].

Las partes celebran el presente Contrato de Factoring conforme a la Ley 1231 de 2008 (Ley de Factura como Título Valor) y la Ley 1676 de 2013 (Garantías Mobiliarias).

PRIMERA. — OBJETO

El CEDENTE cede al FACTOR, de conformidad con la Ley 1231 de 2008, las facturas cambiarias de compraventa o de prestación de servicios generadas en su actividad comercial, hasta un cupo máximo de [Factoring Line], bajo la modalidad de factoring [Factoring Type].

SEGUNDA. — CONDICIONES FINANCIERAS

El FACTOR adelantará al CEDENTE el [Advance Rate] del valor nominal de cada factura cedida, descontando una tasa de descuento del [Discount Rate] sobre el valor nominal, por cada período de financiación. El saldo restante será liquidado al CEDENTE una vez el deudor pague la factura al FACTOR.

TERCERA. — OBLIGACIONES DEL CEDENTE

El CEDENTE se obliga a: (a) ceder únicamente facturas legítimas, exigibles y no gravadas con anterioridad; (b) notificar al deudor de la cesión conforme al Artículo 884 del Código de Comercio; (c) garantizar la existencia y legitimidad de los créditos cedidos; (d) proporcionar al FACTOR toda la documentación soporte de las facturas cedidas; y (e) en la modalidad con recurso, recomprar las facturas impagadas dentro de los 30 días siguientes al vencimiento.

CUARTA. — VIGENCIA

El presente contrato tendrá una vigencia de [Contract Term], contada a partir de la fecha de suscripción, pudiendo cualquiera de las partes dar por terminado el contrato con un preaviso de treinta (30) días calendario.

QUINTA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por la Ley 1231 de 2008, la Ley 1676 de 2013 y el Código de Comercio colombiano. Las controversias serán resueltas ante los Juzgados Civiles del Circuito de [Sign City].

FIRMAS

FACTOR: [Factor Name]

NIT: [Factor NIT]

Representante Legal: [Factor Rep Name]

Firma: _________________________

CEDENTE: [Seller Name]

NIT: [Seller NIT]

Representante Legal: [Seller Rep Name]

Firma: _________________________

Factor (Empresa de Factoring)

________________

Signature

Seller (Cedente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Factoring (Cesión de Facturas) — Colombia

El Contrato de Factoring (Cesión de Facturas) Colombia es un contrato regulado por Ley 1231 de 2008 (Ley de Factura) y Ley 1676 de 2013 (Garantías Mobiliarias) que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

Bajo la Ley 1231 de 2008 y su Decreto reglamentario 1349 de 2016, las facturas electrónicas emitidas a través del sistema MUISCA de la DIAN y la Resolución DIAN 000042 de 2020 pueden servir como base para operaciones de factoring. El factor adquiere la propiedad legal de la factura y el derecho a cobrar directamente al deudor tras la aceptación de la factura por parte del deudor. El derecho colombiano exige que el deudor reconozca el factoring mediante notificación de cesión entregada por el factor o cedente, tras la cual el deudor debe pagar al factor y no al vendedor original. La plataforma FISE (Facturación de Servicios Electrónicos) de la DIAN y plataformas privadas como SIIGO, Alegra y Helisa facilitan el endoso electrónico de facturas para efectos de factoring.

El mercado de factoring en Colombia es atendido por empresas especializadas incluyendo Bancolombia Factoring, Davivienda Factoring, la división de factoring de Lulo Bank y numerosas empresas de factoring independientes supervisadas por la SFC. Los servicios de factoring en Colombia típicamente se ofrecen como: (a) factoring con recurso — el cedente permanece responsable si el deudor no paga; y (b) factoring sin recurso — el factor asume todo el riesgo crediticio al comprar la factura, proporcionando al cedente transferencia total del riesgo.

Cuándo necesitas Contrato de Factoring (Cesión de Facturas) — Colombia

Un Contrato de Factoring se vuelve esencial para empresas colombianas con restricciones de capital de trabajo, ciclos de pago largos con grandes compradores corporativos o brechas estacionales de flujo de caja. Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que proveen a grandes minoristas (Éxito, Falabella Colombia, Jumbo), entidades gubernamentales o grandes corporaciones típicamente enfrentan plazos de pago de 60–120 días. El factoring convierte estas cuentas por cobrar en liquidez inmediata sin incurrir en deuda bancaria tradicional.

Bajo la Ley 2069 de 2020 (Ley de Emprendimiento) y el Programa de Factoring Electrónico gestionado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de Bancoldex, el gobierno colombiano promueve activamente el factoring como herramienta de liquidez para PYMES, cooperativas y empresas de economía solidaria. Las empresas que participan en contratación estatal bajo la Ley 80 de 1993 frecuentemente usan factoring para financiar la ejecución de contratos, ya que las entidades estatales típicamente pagan 30–90 días después de la facturación y el propio contrato estatal puede usarse como garantía bajo el marco de la Ley 1676 de 2013.

Los exportadores con cuentas por cobrar en moneda extranjera de compradores internacionales pueden usar servicios de factoring proporcionados por redes internacionales de factoring como Factors Chain International (FCI), a través de empresas colombianas miembro, para convertir facturas de exportación a COP o USD inmediatamente. Bajo el Decreto 119 de 2017 del Banco de la República, las operaciones de factoring transfronterizo deben registrarse en el sistema CAMBIARIO y cumplir las regulaciones cambiarias administradas por el Banco de la República y la SFC.

Qué incluir en tu Contrato de Factoring (Cesión de Facturas) — Colombia

Un Contrato de Factoring válido en Colombia bajo la Ley 1231 de 2008, la Ley 1676 de 2013 y el Decreto 1349 de 2016 debe contener los siguientes elementos esenciales para garantizar que el factoring sea legalmente ejecutable, cumpla los requisitos de facturación electrónica de la DIAN y esté debidamente inscrito en el RNEC.

Identificación de las partes: Nombre legal completo, NIT y domicilio del cedente (vendedor), el factor (comprador) y cualquier garante. El factor debe ser: entidad financiera habilitada por la SFC; empresa de factoring inscrita en el RNEC; o persona autorizada bajo el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008 para recibir endosos de facturas comerciales. Incluir el número de autorización SFC o registro RNEC del factor.

Identificación y endoso de la factura: Identificación de cada factura objeto de factoring mediante: CUFE (Código Único de Factura Electrónica) de la DIAN para facturas electrónicas bajo la Resolución DIAN 000042 de 2020; número, fecha, monto y moneda de la factura; nombre y NIT del deudor cedido; y la confirmación de aceptación de la factura por el deudor o la fecha en que la aceptación se presume otorgada bajo el artículo 773 del Código de Comercio.

Precio de compra y tasa de descuento: El monto del anticipo pagado por el factor — típicamente 70–90% del valor nominal de la factura; la comisión de factoring (tasa de descuento) expresada como tasa efectiva anual (TEA); la fecha del pago del anticipo; y el monto de retención liberado al cedente al cobrar al deudor.

Con o sin recurso: Declaración explícita de si el factoring es con recurso (cedente responsable del no pago del deudor) o sin recurso (el factor asume todo el riesgo crediticio). Para factoring sin recurso, la evaluación crediticia del deudor por el factor y cualquier seguro de crédito que cubra la operación.

Notificación al deudor: Procedimiento y plazo para la notificación de cesión entregada al deudor, que bajo el artículo 887 del Código de Comercio hace la cesión efectiva frente al deudor. Hasta que el deudor sea notificado, puede válidamente pagar al cedente original.

Procedimientos de cobro: Si el factor asume la gestión de cobro directa o el cedente cobra en nombre del factor; intereses de mora aplicables a la tasa de usura máxima fijada mensualmente por la Superintendencia Financiera; y procedimientos para facturas disputadas.

Inscripción en el RNEC: Para contratos de factoring usados como parte de una garantía mobiliaria bajo la Ley 1676 de 2013, se requiere inscripción de la cesión en el RNEC (Registro Nacional de Garantías Mobiliarias) del Ministerio de Justicia para perfeccionar el interés de garantía frente a terceros.

forms-legal.com ofrece un modelo completo bilingüe español–inglés de Contrato de Factoring que cubre las modalidades con recurso y sin recurso, conforme a la Ley 1231 de 2008 y la Ley 1676 de 2013, adecuado para uso tanto por PYMES como por grandes empresas en todos los sectores industriales colombianos.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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