Contrato de Locación Temporaria — Argentina
CONTRATO DE LOCACIÓN TEMPORARIA
CCyC Art. 1199 (Ley 26.994)
PRIMERA — PARTES
LOCADOR:
Nombre / Razón Social: [Locador]
DNI / CUIT: [DNI/CUIT Locador]
Domicilio: [Domicilio Locador]
LOCATARIO:
Nombre: [Locatario]
DNI / Pasaporte: [DNI/Pasaporte Locatario]
Domicilio: [Domicilio Locatario]
Las Partes celebran el presente Contrato de Locación Temporaria conforme al Art. 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) y demás normas aplicables.
SEGUNDA — INMUEBLE OBJETO DE LA LOCACIÓN
Dirección: [Dirección Inmueble]
Tipo de inmueble: [Tipo Inmueble]
Capacidad máxima de huéspedes: [Capacidad Huéspedes]
Equipamiento incluido: [Equipamiento]
TERCERA — MOTIVO TEMPORARIO Y PLAZO (CCyC Art. 1199)
Motivo que justifica la locación temporaria: [Motivo Temporario]
El locatario declara que el destino del arrendamiento es transitorio y no permanente, conforme al Art. 1199 del CCyC.
Fecha y hora de entrada (check-in): [Fecha y Hora Entrada]
Fecha y hora de salida (check-out): [Fecha y Hora Salida]
Al vencimiento del plazo, el locatario deberá restituir el inmueble libre de personas y bienes, en el mismo estado en que fue recibido. El vencimiento del plazo opera automáticamente la extinción del contrato, sin necesidad de preaviso adicional.
CUARTA — PRECIO Y FORMA DE PAGO
Tarifa: [Tarifa]
Monto total del arrendamiento: [Monto Total]
Forma de pago: [Forma Pago]
Seña de reserva:
El locatario abona en concepto de seña la suma de [Seña], que confirma la reserva del inmueble para el período pactado.
Política de cancelación:
[Política Cancelación]
QUINTA — CONDICIONES DE USO
Mascotas permitidas: [Mascotas Permitidas]
Fumadores dentro del inmueble: [Fumadores Permitidos]
Condiciones especiales: [Condiciones Especiales]
El locatario se obliga a: (a) conservar el inmueble y el equipamiento en buen estado; (b) respetar el reglamento de copropiedad del edificio si corresponde; (c) no ceder el uso del inmueble a terceros no declarados; (d) restituir el inmueble en el estado en que fue recibido al vencimiento del plazo pactado.
SEXTA — RESPONSABILIDAD
El locador garantiza al locatario el uso y goce pacífico del inmueble durante toda la vigencia del contrato (CCyC Art. 1200). El locatario responde por los daños al inmueble o al equipamiento que excedan el deterioro normal de uso. El locador no podrá recuperar el inmueble antes del vencimiento del plazo pactado sin el consentimiento del locatario, salvo incumplimiento grave debidamente acreditado.
SÉPTIMA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Art. 1199 y concordantes del CCyC (Ley 26.994) y demás normas aplicables. El locador deberá emitir factura o recibo por los pagos recibidos conforme a las normas de la AFIP. Para toda controversia, las Partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Civiles del lugar de ubicación del inmueble.
FIRMAS
En la Ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
LOCADOR:
[Locador] — DNI/CUIT [DNI/CUIT Locador]
Firma: _________________________
LOCATARIO:
[Locatario] — DNI/Pasaporte [DNI/Pasaporte Locatario]
Firma: _________________________
Locador
________________
Signature
Locatario
________________
Signature
Qué es Contrato de Locación Temporaria — Argentina
El Contrato de Locación Temporaria en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Art. 1199 (Ley 26.994).
El Art. 1199 del CCyC establece que las disposiciones relativas al plazo mínimo legal de la locación de inmuebles (Art. 1198 CCyC — dos años para vivienda) no se aplican en los siguientes supuestos: (a) que la cosa arrendada sea mueble; (b) que el contrato sea de hasta tres meses y el destino sea turismo o descanso; (c) que el propósito sea el alojamiento transitorio en hoteles, pensiones u otros establecimientos similares; (d) que el destino sea el ejercicio de actividades de temporada — es decir, actividades que se desarrollan únicamente en determinadas épocas del año (temporada de verano, temporada de ski, temporada de vendimia); o (e) que el propósito sea el resguardo de cosas.
La locación temporaria difiere de la locación ordinaria de vivienda en que: el plazo puede ser de días, semanas o meses, sin el mínimo de dos años; el precio puede expresarse en período diario, semanal o mensual; el locatario no queda sujeto al plazo supletorio ni a las reglas generales de la locación habitacional del CCyC; y el destino transitorio del arrendamiento debe estar claramente justificado y documentado en el contrato. Cabe recordar que, tras la derogación de la Ley de Alquileres (Ley 27.551/27.737) por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, todas las locaciones se rigen por la libertad contractual del CCyC.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y las Cámaras de Apelaciones en lo Civil han desarrollado jurisprudencia relevante sobre los límites de la locación temporaria: en particular, han sancionado el fraude a la ley que se produce cuando las partes celebran sucesivos contratos de locación temporaria para encubrir una locación permanente de vivienda y así eludir las reglas de la locación habitacional. En estos casos, los jueces han reconvertido el contrato temporario en una locación habitacional ordinaria, regida por las disposiciones generales del CCyC. La AFIP y la ARBA/AGIP también pueden participar en la fiscalización de este tipo de arrendamientos, especialmente en plataformas digitales de alquiler turístico.
El mercado de locaciones temporarias en Argentina se ha expandido significativamente con el surgimiento de plataformas digitales de alquiler vacacional (Airbnb, Booking.com, Despegar) que conectan propietarios con turistas nacionales e internacionales. Sin embargo, estas plataformas no eliminan la necesidad del contrato escrito para proteger los derechos de ambas partes en caso de conflicto.
Cuándo necesitas Contrato de Locación Temporaria — Argentina
El Contrato de Locación Temporaria en Argentina es el instrumento adecuado en las siguientes situaciones específicas, que se enmarcan en las excepciones al plazo mínimo legal previstas por el Art. 1199 del CCyC.
Turismo y vacaciones: cuando un turista nacional o extranjero arrienda un departamento, casa, cabaña o propiedad vacacional por el período de sus vacaciones (días, semanas o hasta tres meses). Esta es la modalidad más frecuente en destinos turísticos como Mar del Plata, Pinamar, Villa Gesell, Córdoba serrana, Mendoza, Bariloche, El Calafate y Ushuaia, durante la temporada estival (diciembre–marzo) o invernal (junio–agosto).
Trabajos temporarios: cuando un profesional, técnico o trabajador debe desplazarse a otra ciudad o provincia por un proyecto de trabajo de duración limitada (obras de construcción, auditorías, consultorías, montajes industriales) y necesita alojamiento transitorio durante ese período.
Tratamientos médicos: cuando el locatario o un familiar a su cargo debe permanecer en una ciudad determinada por un período definido para recibir tratamiento médico en un hospital de alta complejidad (Hospital Italiano, Hospital Austral, Hospital Garrahan, Instituto Fleni, entre otros) y necesita un departamento o casa cercano al centro médico durante ese período.
Temporada de actividad específica: cuando una persona arrienda una propiedad exclusivamente para un período de actividad estacional — viñatero que arrienda casa durante la vendimia en Mendoza, esquiador que arrienda en Bariloche durante el invierno, pescador deportivo que arrienda en la Patagonia durante la temporada de pesca.
Estudios universitarios: cuando un estudiante necesita alojamiento durante un semestre académico o un período de práctica profesional (pasantía) en una ciudad universitaria, y tanto el locador como el locatario prefieren no quedar atados al plazo mínimo de dos años de la locación habitacional ordinaria.
Eventos y celebraciones: arrendamiento de casas o estancias para la celebración de eventos privados (casamientos, cumpleaños, reuniones corporativas) por períodos de uno a varios días.
Qué incluir en tu Contrato de Locación Temporaria — Argentina
Un Contrato de Locación Temporaria válido en Argentina bajo el CCyC Art. 1199 debe contener los siguientes elementos esenciales para su encuadramiento legal como locación temporaria y para su ejecutabilidad.
Identificación de las partes: nombre completo, DNI (Documento Nacional de Identidad — RENAPER) y domicilio real de locador y locatario. Para locadores que actúan a través de plataformas digitales o agencias de turismo, consignar si actúan por cuenta propia o como representantes de terceros, con el correspondiente poder notarial.
Descripción del inmueble: dirección completa, superficie aproximada, tipo de inmueble (departamento, casa, cabaña, suite), equipamiento incluido (mobiliario, ropa de cama, electrodomésticos, televisión, internet). En propiedades vacacionales, la descripción del entorno y los servicios incluidos (piscina, parrilla, acceso a playa, cochera) es determinante para el precio pactado.
Destino y justificación de la temporariedad: especificación expresa del motivo transitorio que justifica la locación temporaria (vacaciones, trabajo, salud, temporada). Esta justificación es fundamental para que el contrato quede encuadrado en el Art. 1199 del CCyC y no sea recalificado como locación ordinaria de vivienda. El contrato debe reflejar el carácter transitorio y no permanente de la ocupación.
Plazo exacto: fechas precisas de inicio y vencimiento del arrendamiento (día, mes y año de entrada y de salida). Para locaciones turísticas, indicar el horario de check-in (entrada) y check-out (salida). El plazo máximo para quedar encuadrado en la exención del Art. 1199 CCyC en destinos turísticos es de tres meses.
Canon y forma de pago: monto total o tarifa por noche, semana o mes, con indicación de los impuestos incluidos (IVA si el locador es Responsable Inscripto, tasas municipales de turismo). Forma de pago (transferencia bancaria a CBU/CVU, plataforma de pago digital, efectivo). Política de seña y condiciones de devolución ante cancelación.
Depósito o seña: condiciones del depósito o seña de reserva (monto, forma de pago y condiciones de devolución ante cancelación por el locatario o ante daños al inmueble). Para locaciones turísticas, la seña es habitual para garantizar la reserva.
Obligaciones del locatario: conservar el inmueble y el equipamiento en buen estado, no realizar fiestas o reuniones no autorizadas por el locador, respetar el reglamento de copropiedad del edificio (si corresponde), restituir el inmueble en el estado en que fue recibido al vencimiento del plazo pactado.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Locación Temporaria Argentina como herramienta de documentación para arrendamientos de corta duración. Para arrendamientos a través de plataformas digitales, se recomienda verificar las políticas de cancelación y responsabilidad de cada plataforma y complementarlas con el contrato escrito.
Cómo completar tu Contrato de Locación Temporaria — Argentina
Complete el Contrato de Locación Temporaria Argentina siguiendo estos pasos para asegurar el encuadramiento legal correcto bajo el Art. 1199 del CCyC y la protección de los derechos de ambas partes.
Paso 1 — Datos del locador: Ingrese nombre completo, DNI en formato XX.XXX.XXX y domicilio real. Si el locador actúa a través de una inmobiliaria o agencia de turismo, indique si el agente actúa como mandatario (con poder notarial del propietario) o como corredor intermediario. El CUIT del locador (formato XX-XXXXXXXX-X — AFIP) es necesario si emite facturas por el arrendamiento.
Paso 2 — Datos del locatario: Nombre completo, DNI y domicilio real (distinto al del inmueble arrendado). Para turistas extranjeros, consigne el número de pasaporte y el país de origen en lugar del DNI.
Paso 3 — Descripción del inmueble: Indique la dirección completa, el tipo de inmueble y el equipamiento incluido. Para propiedades vacacionales, describa los servicios y amenities disponibles (piscina, parrilla, cochera, acceso a playa privada, wifi). Esta descripción es clave en caso de reclamos por diferencias entre lo ofertado y lo entregado.
Paso 4 — Motivo y plazo: Indique claramente el motivo transitorio del arrendamiento (vacaciones, trabajo, salud, temporada) y las fechas exactas de entrada y salida con horarios (check-in y check-out). El motivo temporario debe quedar documentado para el encuadramiento en el Art. 1199 del CCyC.
Paso 5 — Canon y forma de pago: Indique la tarifa (por noche, semana o mes) y el monto total del arrendamiento. Especifique qué impuestos están incluidos. Consigne la forma de pago (transferencia bancaria a CBU/CVU del locador, plataforma de pago) y las condiciones de la seña de reserva.
Paso 6 — Política de cancelación: Defina claramente las condiciones de devolución de la seña o del anticipo ante cancelación por parte del locatario (porcentaje que se retiene según la anticipación de la cancelación). También las condiciones ante cancelación por parte del locador (devolución total de la seña más eventual penalidad).
Paso 7 — Estado del inmueble: Documentar el estado del inmueble y el equipamiento al momento de la entrega. Para arrendamientos turísticos, es práctica habitual tomar fotografías del inmueble antes de la ocupación y compartirlas con el locatario por correo electrónico o WhatsApp, como evidencia del estado inicial.
Paso 8 — Firma: El contrato debe ser firmado por ambas partes. Para contratos de corta duración y bajo valor, la certificación notarial de firmas puede omitirse, pero es recomendable para arrendamientos de mayor duración o valor, o cuando exista depósito significativo.
Requisitos legales para Contrato de Locación Temporaria — Argentina
El Contrato de Locación Temporaria en Argentina está sujeto a los siguientes requisitos legales para su válido encuadramiento bajo el Art. 1199 del CCyC y para su ejecutabilidad.
Justificación del motivo temporario: el Art. 1199 del CCyC exige que el destino temporario esté expresamente previsto en el contrato. La jurisprudencia de las Cámaras Civiles ha sancionado el fraude a la ley cuando se celebran contratos temporarios sucesivos para encubrir una locación habitacional permanente. Si el locatario usa el inmueble como vivienda principal sin que el contrato refleje un destino temporario genuino, los jueces pueden recalificar el contrato como locación habitacional ordinaria regida por las disposiciones generales del CCyC (que, en defecto de plazo expreso, fijan un plazo supletorio de dos años para destino habitacional).
Plazo máximo para turismo: para quedar encuadrado en la exención del Art. 1199 CCyC en destinos turísticos, el plazo no puede superar los tres meses. Contratos de locación ’temporaria’ de más de tres meses para destino turístico pueden ser recalificados como locación habitacional ordinaria.
Obligaciones fiscales del locador: el locador que percibe ingresos por locaciones temporarias debe declararlos ante la AFIP. Si es Monotributista, los ingresos se incluyen en la facturación del régimen simplificado. Si es Responsable Inscripto en IVA, las locaciones de inmuebles pueden estar exentas de IVA bajo el Art. 7 inciso h.22 de la Ley 23.349 (exención para locaciones de inmuebles para vivienda, temporaria o no), aunque la exención tiene condiciones y excepciones. El locador debe emitir factura o recibo por los pagos recibidos.
Registro en municipios turísticos: en destinos turísticos de Argentina (Mar del Plata, Bariloche, Mendoza, Córdoba serrana, Ushuaia), las municipalidades pueden exigir la inscripción del propietario en un registro de alquileres turísticos y el pago de tasas municipales de turismo. Verificar los requisitos municipales de la jurisdicción donde se ubica el inmueble.
Platformas digitales: los locadores que publican propiedades en Airbnb, Booking.com u otras plataformas deben cumplir las condiciones de uso de dichas plataformas y la normativa fiscal argentina sobre ingresos de fuente digital.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Locación Temporaria — Argentina
Los errores frecuentes en las locaciones temporarias en Argentina pueden derivar en conflictos legales, recalificación del contrato y pérdidas económicas para las partes.
No justificar el motivo temporario en el contrato: firmar un contrato de locación temporaria sin indicar el motivo transitorio (vacaciones, trabajo, salud, temporada) expone al locador al riesgo de que el contrato sea recalificado como locación ordinaria de vivienda, regida por las disposiciones generales del CCyC (que, en defecto de plazo expreso, fijan un plazo supletorio de dos años para destino habitacional). La cláusula de motivo temporario debe ser específica y veraz.
Celebrar contratos temporarios sucesivos para eludir las reglas de la locación habitacional: la renovación indefinida de contratos de locación temporaria sobre el mismo inmueble con el mismo locatario, cuando en realidad el locatario usa el inmueble como vivienda permanente, configura fraude a la ley. Los tribunales argentinos han reconvertido estos contratos en locaciones habitacionales ordinarias regidas por el CCyC.
No documentar el estado del inmueble y el equipamiento al inicio: en locaciones turísticas, la falta de inventario inicial documentado (fotos, descripción) dificulta la imputación de responsabilidades por daños al inmueble o al equipamiento. El locador debe siempre documentar el estado inicial para poder descontar el costo de los daños del depósito.
Establecer precios sin discriminar impuestos: si el locador es Responsable Inscripto en IVA y el arrendamiento está alcanzado por el impuesto, no discriminar el IVA en el precio puede generar problemas de facturación y diferencias con el locatario sobre el precio real pactado.
No prever una política de cancelación clara: la ausencia de cláusulas de cancelación explícitas genera conflictos frecuentes cuando el locatario cancela la reserva. La política de cancelación debe indicar qué porcentaje de la seña se retiene según la anticipación de la cancelación, y qué sucede si la cancelación proviene del locador.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 26.994AR official
- Ley 27.551AR official
- Ley 27.742AR official
- Ley 23.349AR official
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Forms Legal. (2026). Contrato de Locación Temporaria — Argentina (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/real-estate/leases/contrato-locacion-temporaria-argentina
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El Artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) establece que para quedar exento de las reglas generales de la locación habitacional ordinaria (cuyo plazo supletorio, en defecto de pacto, es de dos años), el contrato de locación temporaria con destino turístico o de descanso no puede exceder los tres meses. Este límite de tres meses aplica específicamente a los contratos cuyo destino es el turismo o el descanso vacacional. Para otras modalidades de locación temporaria previstas en el Art. 1199 — como el alojamiento transitorio en hoteles o establecimientos similares, las locaciones de temporada (actividades estacionales como la vendimia, la esquí, la pesca deportiva), o las locaciones motivadas por trabajo o salud — la norma no establece un plazo máximo específico, aunque el criterio de temporalidad debe ser genuino y estar fundado en circunstancias objetivas verificables. Contratos de más de tres meses para destino turístico pueden ser recalificados por los jueces como locaciones habitacionales ordinarias regidas por las disposiciones generales del CCyC. En la práctica, los arrendamientos turísticos en la costa atlántica argentina (temporada estival diciembre–marzo) o en la Patagonia (temporada invernal junio–agosto) se celebran típicamente por períodos de quince días, un mes o hasta tres meses, bien dentro del límite del Art. 1199.
El locatario bajo un Contrato de Locación Temporaria encuadrado en el Art. 1199 del CCyC queda fuera de las reglas generales de la locación habitacional del CCyC, que aplican a las locaciones de inmueble con destino habitacional permanente. Cabe aclarar que, tras la derogación de la Ley de Alquileres (Ley 27.551/27.737) por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, todas las locaciones se rigen hoy por la libertad contractual del CCyC. Las diferencias más relevantes del régimen temporario son las siguientes. El locatario temporario no queda sujeto al plazo supletorio de dos años de la locación habitacional: el contrato puede ser por días, semanas o meses. El depósito de garantía es libremente pactado, como en toda locación tras la derogación de la Ley de Alquileres; en una locación temporaria suele exigirse el equivalente a parte o la totalidad del período arrendado. El locatario temporario no tiene el derecho de rescisión anticipada del Art. 1221 CCyC que asiste al locatario habitacional: las condiciones de rescisión anticipada son las pactadas en el contrato temporario. El locatario temporario tampoco se rige por el plazo supletorio ni por las demás reglas generales de la locación de vivienda. Sin embargo, el locatario temporario sí conserva ciertas protecciones generales del CCyC: el derecho al uso pacífico del inmueble durante el período contratado, el derecho a que el inmueble esté en condiciones aptas para el destino pactado, y el derecho a reclamar daños y perjuicios ante incumplimientos del locador.
Los ingresos provenientes de locaciones temporarias en Argentina están sujetos a diversas obligaciones fiscales ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y los organismos recaudadores provinciales. En el Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628), los ingresos por alquileres temporarios que percibe una persona física locadora se encuadran en la Cuarta Categoría (Art. 45, inciso a: rentas derivadas de bienes inmuebles). Deben declararse en la Declaración Jurada anual de Ganancias y están sujetos a la escala progresiva del Art. 94 de la Ley 20.628 (tasas que van del 5% al 35% según el monto de la ganancia neta imponible). Los gastos deducibles incluyen los impuestos inmobiliarios, las expensas, los intereses de deudas hipotecarias y las amortizaciones del inmueble (Art. 85 LIG). En el IVA (Ley 23.349), las locaciones de inmuebles para vivienda — incluyendo las temporarias con destino turístico — están exentas del impuesto bajo el Art. 7, inciso h, apartado 22, siempre que el destino sea habitacional. Sin embargo, si el locador presta servicios adicionales (limpieza, recepción, desayuno incluido), la operación puede calificarse como prestación de servicios de hotelería y estar gravada con IVA al 21%. Los ingresos por alquileres temporarios deben incluirse en la facturación del Monotributo si el locador está en el régimen simplificado, considerando los límites de facturación de cada categoría. Las plataformas digitales internacionales (Airbnb, Booking.com) retienen o reportan los pagos a la AFIP en el marco de los regímenes de información aplicables a las plataformas digitales.
En una locación temporaria en Argentina, el locador no puede recuperar el inmueble antes del vencimiento del plazo pactado sin el consentimiento del locatario, salvo que exista un incumplimiento grave del locatario que justifique la rescisión del contrato. El CCyC establece que el locador debe garantizar el uso y goce pacífico del inmueble durante toda la vigencia del contrato (Art. 1200 CCyC). Si el locador desaloja al locatario anticipadamente sin causa justificada, incurre en incumplimiento contractual y el locatario tiene acción de daños y perjuicios por el período en que no pudo utilizar el inmueble (incluido el costo de encontrar alojamiento alternativo en la misma zona y período, que puede ser significativamente más caro en temporada alta). Las causas que pueden justificar la rescisión anticipada por parte del locador son: incumplimiento del locatario en el pago del canon; uso del inmueble para fines distintos al pactado; daños al inmueble o al equipamiento; realización de fiestas o reuniones no autorizadas que molesten a los vecinos o violen el reglamento del edificio; ingreso de personas no autorizadas (más allá de los huéspedes declarados). En todos estos casos, el locador debe notificar fehacientemente al locatario el incumplimiento y otorgarle un plazo razonable para subsanarlo antes de proceder a la rescisión. Ante el desalojo forzoso sin causa, el locatario puede recurrir a los Juzgados Civiles para obtener una medida cautelar de reintegro de la posesión del inmueble.
No. Las plataformas digitales de alquiler vacacional como Airbnb, Booking.com, Despegar, MercadoLibre Propiedades u otras similares ofrecen un sistema de reservas, pagos y comunicación entre locador y locatario, pero sus condiciones de uso (Terms of Service) no reemplazan un contrato de locación temporaria redactado conforme al CCyC (Ley 26.994). Las condiciones generales de estas plataformas regulan la relación entre el usuario (locador o locatario) y la plataforma, pero no necesariamente cubren todos los aspectos de la relación entre locador y locatario que el CCyC regula: estado del inmueble al momento de la entrega, inventario de equipamiento, responsabilidad por daños, condiciones especiales del arrendamiento, reglas de uso del edificio, etc. En Argentina, un contrato de locación temporaria escrito y firmado por ambas partes proporciona: (a) evidencia fehaciente de los términos pactados (canon, plazo, condiciones de cancelación, estado del inmueble); (b) la posibilidad de su uso como prueba en juicio ante los Juzgados Civiles en caso de conflicto; (c) un marco jurídico claro para la imputación de daños y la retención del depósito. Las plataformas digitales también cuentan con sus propios mecanismos de resolución de disputas, que pueden ser ágiles y eficientes para reclamos de menor cuantía, pero que no tienen fuerza ejecutoria en los tribunales argentinos. Para arrendamientos de mayor valor, larga duración (dos a tres meses) o propiedades con equipamiento valioso, el contrato escrito es imprescindible como complemento de la reserva realizada a través de la plataforma.
Si el locatario de una locación temporaria en Argentina se niega a restituir el inmueble al vencimiento del plazo pactado y permanece en el inmueble sin autorización del locador (mora en la restitución), el locador tiene las siguientes opciones legales bajo el CCyC (Ley 26.994). En el marco de una locación temporaria, el vencimiento del plazo opera automáticamente la extinción del contrato: no se requiere preaviso ni notificación adicional para que el locatario esté obligado a restituir el inmueble. Si el locatario no restituye el inmueble al vencimiento, el locador puede iniciar inmediatamente la acción de desalojo (juicio de desalojo por vencimiento de plazo) ante el Juzgado Civil o en lo Civil y Comercial del lugar del inmueble, conforme al CPCCN o el Código Procesal provincial aplicable. En la locación temporaria, la acción de desalojo por vencimiento de plazo suele tramitar con mayor rapidez que la de locaciones ordinarias, dado que el plazo está claramente definido y no hay discusión sobre el plazo mínimo. El locador también puede reclamar una indemnización por los días de ocupación ilegítima (desde el vencimiento hasta la restitución), que se calculan normalmente sobre la base del canon diario pactado en el contrato. El depósito de garantía puede retenerse en compensación por los días de mora en la restitución. Si el locador y el locatario acuerdan la prórroga de la ocupación más allá del plazo original, es recomendable documentar este acuerdo por escrito para evitar que la extensión sea interpretada como el inicio de una locación habitacional ordinaria.
En Argentina, los requisitos de registro e inscripción para propietarios que realizan alquileres temporarios varían según la jurisdicción (municipio o provincia) donde se ubica el inmueble y según el tipo de actividad. A nivel nacional, no existe un registro único obligatorio para propietarios de alquileres temporarios. Sin embargo, a nivel municipal y provincial, varios destinos turísticos han implementado registros locales. En la Ciudad de Buenos Aires (CABA), la Ley N.° 6.251 de 2019 regula los alquileres temporarios con fines turísticos y exige la inscripción en el Registro de Unidades de Alojamiento Turístico Temporario administrado por el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires (Ente). Las propiedades deben inscribirse, cumplir requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad (matafuegos habilitados, detectores de humo, botiquín, carteles de emergencias), y pagar la tasa de habilitación correspondiente. En la Provincia de Buenos Aires, la Subsecretaría de Turismo provincial puede exigir el registro de establecimientos de alojamiento turístico no hotelero bajo la Ley Provincial 11.825 de Turismo. En otros destinos turísticos como Bariloche, El Calafate, Mar del Plata, Villa Carlos Paz, los municipios tienen sus propios registros y requisitos de habilitación para alquileres vacacionales. A nivel fiscal (AFIP), el propietario debe estar inscripto en el régimen correspondiente (Monotributo o Responsable Inscripto) y declarar los ingresos por alquileres temporarios. Las plataformas digitales internacionales como Airbnb informan a la AFIP los pagos realizados a propietarios argentinos, en el marco de los regímenes de información aplicables a plataformas de economía digital.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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