Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia
Código Civil Arts. 900–903 — CGP Arts. 406–408
SOLICITUD DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO
SOLICITUD DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO
Código Civil Artículos 900–903 — Código General del Proceso Artículos 406–408
SEÑOR JUEZ
Señor(a) Juez
[Court Name]
[Filing City]
E. S. D.
DEMANDANTE
DEMANDANTE:
[Petitioner Name], mayor de edad, identificado(a) con cédula de ciudadanía número [Petitioner CC], domiciliado(a) en [Petitioner Address], teléfono [Petitioner Phone], correo electrónico [Petitioner Email], actuando en nombre propio, respetuosamente presento solicitud de DESLINDE Y AMOJONAMIENTO conforme a los Artículos 900 a 903 del Código Civil y los Artículos 406 a 408 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
DEMANDADO
DEMANDADO:
La presente solicitud se dirige contra [Neighbour Name], identificado(a) con cédula / NIT [Neighbour CC], domiciliado(a) en [Neighbour Address], propietario(a) del predio colindante con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. [Neighbour Property].
IDENTIFICACIÓN DE LOS PREDIOS
I. IDENTIFICACIÓN DE LOS PREDIOS
PREDIO DEL SOLICITANTE:
Ubicación: [Property Location]
Área: [Property Area] — Folio M.I.: [Folio Number] — Ficha catastral: [Cadastral ID]
Linderos según título: [Property Boundaries]
PREDIO COLINDANTE:
Propietario: [Neighbour Name] — Folio M.I.: [Neighbour Property]
HECHOS
II. HECHOS
PRIMERO: Soy propietario(a) del inmueble descrito anteriormente con folio de matrícula inmobiliaria No. [Folio Number] de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP).
SEGUNDO: El predio de mi propiedad colinda con el predio de [Neighbour Name], existiendo la siguiente incertidumbre o controversia respecto de la línea divisoria entre ambos predios:
[Disputed Boundary]
TERCERO: Conforme al Artículo 900 del Código Civil, todo dueño de un predio tiene el derecho imprescriptible de exigir que se fijen los límites que lo separan de los predios colindantes y puede exigir al respectivo dueño que concurra a ello, haciéndose la demarcación a expensas comunes.
CUARTO — INTENTOS DE RESOLUCIÓN AMIGABLE:
[Amicable Attempts]
FUNDAMENTO JURÍDICO
III. FUNDAMENTO JURÍDICO
• Código Civil Art. 900: Derecho imprescriptible del propietario a exigir el deslinde con predios colindantes.
• Código Civil Art. 901: Procedimiento para fijar los límites — gastos comunes entre los propietarios.
• Código Civil Art. 903: La acción de deslinde es imprescriptible y puede ejercerse en cualquier momento.
• CGP Art. 406: El proceso de deslinde es especial declarativo; el juez designa perito topógrafo conforme a los títulos de las partes y los datos del IGAC.
• CGP Art. 407: Ambos propietarios colindantes son partes del proceso.
• CGP Art. 408: El auto de deslinde ordenará el amojonamiento y el registro del plano oficial en la ORIP.
• Decreto 208 de 2004 (IGAC): El Instituto Geográfico Agustín Codazzi mantiene los registros catastrales de referencia para el perito.
• Ley 842 de 2003 (COPNIA): El perito topógrafo debe estar registrado ante el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería.
PRETENSIONES
IV. PRETENSIONES
Solicito al señor(a) Juez:
1. Admitir la presente demanda de deslinde y amojonamiento y notificar al demandado [Neighbour Name].
2. Designar perito topógrafo registrado ante el COPNIA (Ley 842 de 2003) para practicar el levantamiento técnico de ambos predios, determinar la línea del lindero conforme a los títulos registrados y los datos catastrales del IGAC, y presentar informe de deslinde y plano oficial de amojonamiento al Despacho (CGP Art. 406).
3. Ordenar la fijación de mojones o señales permanentes (pilotes de concreto o estacas de hierro georreferenciados con coordenadas GPS) en los puntos técnicamente determinados del lindero (CGP Art. 408).
4. Ordenar el registro del auto de deslinde y del plano oficial de amojonamiento en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos como anotación en los folios de matrícula inmobiliaria No. [Folio Number] y No. [Neighbour Property], creando registro público permanente del lindero demarcado.
5. Distribuir los gastos del deslinde entre ambas partes a expensas comunes conforme al Artículo 901 del Código Civil.
PRUEBAS
V. PRUEBAS
Solicito se tengan como pruebas:
6. DOCUMENTALES: [Available Documents]
7. PERITO TOPÓGRAFO: Designación de perito topógrafo registrado ante el COPNIA bajo el Artículo 406 del CGP para practicar el deslinde técnico.
8. INSPECCIÓN JUDICIAL: Al inmueble ubicado en [Property Location] para verificar el estado de los linderos, mojones existentes o su ausencia.
9. TESTIMONIOS de vecinos del sector con conocimiento de los linderos históricos de los predios.
FIRMA
Con toda consideración,
[Filing City], [Filing Date]
___________________________
[Petitioner Name]
C.C. / NIT [Petitioner CC]
Dirección: [Petitioner Address]
Solicitante / Demandante
________________
Signature
What Is a Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia?
A Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia (Solicitud de Deslinde y Amojonamiento) is a formal legal petition by which an adjacent property owner (propietario colindante) requests the judicial establishment, clarification, or restoration of the precise boundary (lindero) between their property and a neighbouring property, through a proceso de deslinde y amojonamiento governed by Código Civil Articles 900–903 and CGP Articles 406–408. The petition initiates a judicial proceeding in which the court appoints a topographic surveyor (perito topógrafo) to physically demarcate the boundary on the ground, placing boundary markers (mojones or hitos) at the legally determined boundary points, creating a definitive and enforceable record of the exact boundary line between the two properties.
Under Código Civil Article 900, every property owner (propietario de un fundo) has an absolute right (derecho imprescriptible) to demand the demarcation (deslinde) of their property relative to adjacent properties. This right of deslinde (jus excindendi limitum) is considered inseparable from the right of ownership — it cannot be waived by contract, it does not expire with the passage of time, and it may be exercised at any time regardless of how long the boundaries have remained undefined. The Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil has confirmed in multiple decisions — including Sentencias de Casación SC-11001 de 2014 and SC-9374 de 2015 — that the acción de deslinde is imprescriptible (does not expire) and may be brought even after many decades of undisputed informal boundary arrangements.
Código Civil Article 901 establishes the legal procedure for deslinde: when the adjacent owners cannot agree on the boundary, either party may request the Juzgado Civil Municipal or Juzgado Civil del Circuito (depending on the property value under CGP Article 17) to conduct the deslinde proceeding. The court appoints a perito topógrafo, who: (1) reviews the title deeds (escrituras públicas) and registered survey plans (planos de loteo) of both properties; (2) conducts a field inspection (inspección predial) to identify existing boundary markers and natural landmarks referenced in the title deeds; (3) applies geodesic and topographic measurement techniques to determine the boundary line consistent with the title deeds' boundary descriptions (linderos descriptivos); and (4) prepares a topographic survey plan (levantamiento topográfico) and boundary demarcation report (informe de deslinde) for the court's consideration.
The amojonamiento (boundary marking) is the physical act complementary to the deslinde: after the boundary is legally determined, it is physically marked on the ground with permanent markers (mojones) — typically concrete pillars (pilotes de concreto), iron stakes (estacas de hierro), or natural boundary points (puntos naturales fijos) — at each significant point along the boundary line. The mojones are geographically referenced with GPS coordinates and registered in the official survey (plano oficial de amojonamiento) submitted to the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
The Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), as Colombia's national geographic and cadastral authority under Decreto 208 de 2004, maintains the official cadastral records (registros catastrales) for all Colombian properties and is an important reference for boundary verification.
When Do You Need a Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia?
A Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia is needed in specific circumstances where adjacent property owners have a dispute or uncertainty about the precise location of the boundary between their properties, and voluntary agreement has not been possible.
The petition is needed when neighbouring landowners have a dispute (controversia sobre linderos) about the exact location of the boundary between their properties — for example, one owner has built a fence, wall, or structure that the adjacent owner claims encroaches on their property. Boundary disputes are extremely common in Colombia, particularly in rural areas where land was historically transferred without professional surveys and the title deeds' boundary descriptions (linderos descriptivos) use informal reference points (árboles, quebradas, caminos veredales) that may have changed over time. A judicial deslinde proceeding provides the definitive resolution to such disputes by relying on professional topographic surveying rather than the parties' conflicting claims.
The document is required when a property owner discovers that their property lacks clearly marked physical boundary indicators (mojones) and wishes to establish them definitively before undertaking construction (construcción), fencing (cerramiento), or other improvements that could affect the boundary. Without formal amojonamiento, improvements made near the boundary are at risk of encroachment claims from neighbours — a formal deslinde y amojonamiento proceeding protects the improving owner's investment.
A boundary demarcation petition is needed when a property is being subdivided (subdivisión de predios) — for example, when a larger rural property (finca) is being divided among heirs (partición entre herederos) or sold in parcels. The subdivision requires official survey plans (planos de loteo) prepared by a licensed topographic engineer (ingeniero topógrafo) and approved by the relevant municipal Curaduría Urbana or Planeación Municipal. When the existing boundaries of the larger property are unclear, a deslinde proceeding must first establish the outer boundaries before the internal subdivision survey can be accurately prepared.
The petition is also required when a new owner acquires property and discovers that the actual physical occupation of adjacent owners encroaches on the land described in the new owner's title deed. Rather than filing a reivindicatory action (acción reivindicatoria) — which requires proving prior ownership — the deslinde proceeding is more appropriate when the encroachment arises from boundary uncertainty rather than deliberate trespass.
What to Include in Your Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia
A valid Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia must contain the following essential elements to comply with CGP Articles 406–408 and initiate an effective judicial deslinde proceeding.
Identification of the Petitioner: Full legal name, cédula de ciudadanía or NIT, current address, telephone, and email of the person or entity filing the petition. The petitioner must be the owner (propietario) of the property seeking boundary demarcation — the folio de matrícula inmobiliaria showing the petitioner's registered title must be cited in the petition as proof of standing (legitimación en la causa activa).
Identification of the Adjacent Property and Owner: Full legal name, cédula or NIT, and last known address of the adjacent property owner (propietario colindante) whose property is involved in the boundary dispute. The adjacent property's folio de matrícula inmobiliaria must be cited to identify the relevant property in the Registro de Instrumentos Públicos system. If there are multiple adjacent properties whose owners are involved in the boundary dispute, each must be individually identified.
Identification and Description of Both Properties: Full legal description of the petitioner's property: folio de matrícula inmobiliaria, CHIP (Bogotá) or predial cadastral reference (other municipalities), municipal address or rural location (vereda, corregimiento, municipio, departamento), approximate surface area, and the boundary description (linderos descriptivos) as stated in the most recent registered title deed (escritura pública). The same information must be provided for the adjacent property. The physical boundaries currently on the ground — fences, walls, trees, streams, roads — must be described to identify the specific section of the boundary that is disputed or unmarked.
Description of the Boundary Dispute or Uncertainty: A factual description of the specific boundary problem: whether the boundary is undefined (no physical markers exist), disputed (the parties disagree about the boundary location), or interrupted (existing markers have been removed, destroyed, or displaced). The petitioner should describe the specific section of the boundary at issue: its approximate length, its general direction, and the specific points of disagreement. Any prior attempts to resolve the boundary dispute amicably should be documented to demonstrate good faith efforts before judicial intervention.
Documentary Evidence of Title: Copies of: (1) the petitioner's Certificado de Tradición y Libertad from the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos — dated within the past thirty days; (2) the most recent escritura pública registered in the petitioner's name; (3) any prior survey plans (planos de levantamiento topográfico) of the petitioner's property, if available; and (4) the IGAC cadastral card (ficha catastral) for the petitioner's property.
Request for Expert Appointment: An express request that the Juzgado Civil Municipal or Juzgado Civil del Circuito (depending on property value) appoint a perito topógrafo (topographic expert) to conduct the judicial survey and boundary demarcation in accordance with CGP Article 406. The perito topógrafo must be a licensed professional registered with the Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) under Ley 842 de 2003, which regulates the engineering professions in Colombia including topography.
Request for Adjacent Owner Notification: A request that the Juzgado formally notify (notificar) the adjacent property owner of the deslinde proceeding. Under CGP Article 407, both adjacent owners are parties to the deslinde proceeding — the petitioner as demandante and the adjacent owner as demandado — and must both be present (or represented by their abogados) at the field inspection conducted by the perito topógrafo.
Request for Registry of Boundary Demarcation: Once the Juzgado issues the auto de deslinde (boundary demarcation order) confirming the boundary established by the perito topógrafo's survey, the petitioner requests that the Juzgado order the amojonamiento (placement of physical boundary markers) and that the official boundary survey plan be registered in the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos as an annotation (anotación) on the folio de matrícula inmobiliaria of both affected properties.
Forms-legal.com provides this Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia template as a structured framework for property owners. The deslinde demanda must be filed by a licensed abogado under CGP Article 74, and the technical survey must be performed by a COPNIA-registered topographic engineer.
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Forms Legal. (2026). Survey and Boundary Demarcation Petition Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/real-estate/property/survey-boundary-demarcation-petition-colombia
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}Frequently Asked Questions
El deslinde y el amojonamiento son conceptos jurídicos relacionados pero distintos en el derecho de propiedad colombiano, típicamente ordenados conjuntamente en el mismo proceso bajo los Artículos 900 a 903 del Código Civil y los Artículos 406 a 408 del Código General del Proceso.
El deslinde (determinación de linderos) es el proceso legal y técnico de establecer o restablecer la línea de límite precisa entre dos predios colindantes. Involucra la revisión de escrituras públicas, planos inscritos, registros catastrales del IGAC y evidencia física en el terreno, y la aplicación de principios legales para determinar dónde se ubica legalmente el lindero. El resultado es una determinación jurídica expresada como coordenadas geográficas, distancias y rumbos, documentada en el informe pericial topográfico y confirmada por el auto de deslinde del juzgado. La Corte Suprema de Justicia — Sala de Casación Civil — en las Sentencias SC-11001 de 2014 y SC-9374 de 2015 ha reafirmado que la acción de deslinde es imprescriptible conforme al Artículo 900 del Código Civil.
El amojonamiento (señalamiento físico de linderos) es el acto de implementar en el terreno el lindero legalmente determinado: colocar mojones permanentes — pilotes de concreto, estacas de hierro empotradas en concreto o puntos naturales fijos — en cada punto significativo de la línea de lindero determinada por el deslinde. Los mojones deben ser permanentes, claramente visibles y georreferenciados con coordenadas GPS precisas. El amojonamiento se documenta en el plano oficial de amojonamiento que se registra como anotación en los folios de matrícula inmobiliaria de ambos predios colindantes ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
En la práctica colombiana, ambos procesos siempre se ordenan conjuntamente: el deslinde establece el lindero legal y el amojonamiento lo implementa físicamente en el terreno. Un deslinde sin amojonamiento dejaría el lindero legalmente determinado invisible en el terreno; un amojonamiento sin deslinde previo solo reflejaría el acuerdo de las partes sin determinación autoritativa.
La jurisdicción para los procesos de deslinde y amojonamiento en Colombia se determina por el valor comercial del predio involucrado, siguiendo las reglas generales de jurisdicción civil del Artículo 17 del Código General del Proceso y la Ley 1564 de 2012.
El Juzgado Civil Municipal tiene jurisdicción sobre procesos de deslinde que involucran predios con valor comercial de hasta 150 SMLMV. Para 2024, con el salario mínimo en $1.300.606 COP mensuales, este umbral equivale a aproximadamente COP $195.090.900 (~USD $48.000). El Juzgado Civil Municipal es el foro apropiado para la mayoría de disputas de linderos en propiedades residenciales urbanas y predios rurales de menor valor.
El Juzgado Civil del Circuito tiene jurisdicción para procesos de deslinde que involucran predios con valor comercial superior a 150 SMLMV. También conoce de casos donde uno o ambos predios colindantes abarcan varios municipios, pues el juzgado del circuito tiene jurisdicción de alcance más amplio bajo el CGP.
La competencia territorial se determina por la ubicación del predio: el proceso se radica ante el Juzgado Civil Municipal o del Circuito del municipio donde el predio está físicamente ubicado, siguiendo la regla forum rei sitae del Artículo 28 del CGP. Para predios rurales en vereda o corregimiento, el juzgado relevante es el de la cabecera municipal del municipio donde se ubica el predio rural. La representación por abogado titulado con tarjeta profesional vigente es obligatoria para iniciar el proceso de deslinde conforme al Artículo 74 del Código General del Proceso.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) juega varios roles importantes de apoyo en los procesos de deslinde colombianos, como autoridad nacional para información geográfica, cartográfica y catastral bajo el Decreto 208 de 2004 y la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo).
Primero, el IGAC mantiene el Catastro Nacional con registros catastrales oficiales (fichas catastrales) de todos los predios colombianos, que incluyen los planos catastrales con los linderos catastrales de cada predio, el nombre del propietario registral, el avalúo catastral y las coordenadas GPS de los vértices registrados. El perito topógrafo designado por el juzgado utiliza los registros catastrales del IGAC como referencia baseline esencial para determinar dónde debe ubicarse el lindero, especialmente cuando los linderos descriptivos de los títulos usan referencias históricas — árboles, acequias, mojones anteriores — que ya no existen en el terreno.
Segundo, el IGAC produce cartografía oficial — cartas topográficas a escalas desde 1:25.000 hasta 1:100.000 para zonas rurales, y mapas ortofotográficos a escalas mayores para zonas urbanas — que se usan como capas de referencia en los levantamientos topográficos de los peritos. El perito típicamente referencia la hoja topográfica IGAC relevante para establecer el contexto geográfico y verificar la consistencia de la determinación del lindero con la cartografía oficial.
Tercero, para casos complejos con significativo interés público — disputas que afectan múltiples comunidades, linderos de parques naturales nacionales administrados por Parques Nacionales Naturales de Colombia, o territorios indígenas y afrocolombianos protegidos por la Ley 70 de 1993 — el IGAC puede ser convocado para proporcionar asistencia técnica experta al juzgado. El IGAC cuenta con una Subdirección de Catastro y con Territoriales regionales en todos los departamentos colombianos.
Sí, una disputa de linderos en Colombia puede resolverse mediante acuerdo privado voluntario entre los propietarios colindantes sin requerir intervención judicial — pero el acuerdo debe formalizarse adecuadamente para crear un registro permanente, ejecutable y registrable del lindero acordado.
Un acuerdo voluntario de linderos entre propietarios colindantes es válido bajo el Artículo 1602 del Código Civil como contrato privado vinculante. Sin embargo, para que el lindero acordado quede reflejado permanentemente en el registro público y sea ejecutable frente a futuros propietarios de cualquiera de los predios, el acuerdo debe elevarse a escritura pública y registrarse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos — un documento privado, aunque esté firmado y autenticado ante notario, no crea derechos ejecutables frente a terceros bajo el requisito de registro del Artículo 756 del Código Civil.
El procedimiento recomendado para un acuerdo voluntario de linderos es: (1) los propietarios colindantes encargan conjuntamente un levantamiento topográfico conjunto a un ingeniero topógrafo certificado ante el COPNIA; (2) las partes firman un documento privado reconociendo el lindero acordado según el levantamiento; (3) las partes acuden a una Notaría para elevar el acuerdo a escritura pública de reconocimiento de linderos o escritura de deslinde voluntario, incorporando el plano topográfico; (4) la escritura pública y el plano oficial se registran como anotación en los folios de matrícula inmobiliaria de ambos predios ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Los Centros de Conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho también pueden facilitar el acuerdo voluntario, produciendo un acta de conciliación sobre el lindero con fuerza de sentencia conforme al Artículo 28 de la Ley 640 de 2001 sobre conciliación extrajudicial.
Los mojones colocados oficialmente como parte de un proceso judicial de deslinde y amojonamiento, o de un acuerdo voluntario de linderos registrado oficialmente, están protegidos legalmente en Colombia tanto por normas civiles como penales.
En el plano civil: La remoción, desplazamiento, destrucción o alteración de mojones oficialmente colocados por cualquier persona — incluyendo los propios propietarios colindantes — constituye un hecho ilícito bajo los Artículos 2341 a 2357 del Código Civil que da al vecino afectado el derecho a reclamar daños y perjuicios y solicitar restauración judicial de los mojones. Conforme al Artículo 902 del Código Civil, una vez demarcado el lindero y colocados los mojones, ningún propietario colindante puede unilateralmente mover o retirarlos — cualquier disputa posterior sobre la ubicación del lindero debe atenderse mediante nuevo proceso judicial ante el Juzgado Civil competente.
En el plano penal: El Artículo 265 del Código Penal colombiano (Daño en bien ajeno) puede aplicarse a la remoción o destrucción deliberada de mojones, conducta que conlleva multas e incluso prisión según la cuantía del daño. Quienes ordenen la remoción o reubicación no autorizada de mojones colocados conforme a orden judicial también pueden enfrentar incidente de desacato ante el mismo juzgado que ordenó el amojonamiento, con consecuencias de multa y arresto hasta tanto cumplan la orden.
Para mojones georreferenciados con GPS y registrados oficialmente ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, el registro público crea un documento que prueba la ubicación original del mojón — cualquier desplazamiento posterior es demostrable mediante medición GPS comparando la posición actual del mojón con sus coordenadas registradas oficialmente en el plano de amojonamiento.
Para iniciar una solicitud de deslinde y amojonamiento en Colombia ante el Juzgado Civil Municipal o del Circuito, el propietario típicamente necesita los siguientes documentos: (1) Certificado de Tradición y Libertad del predio del peticionario, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos con no más de 30 días de expedición — este es el documento clave que prueba la propiedad y la legitimación activa del peticionario; (2) Ficha Catastral del IGAC mostrando la información catastral oficial del predio, incluyendo el área catastral y la descripción de linderos; (3) Copia de la escritura pública más reciente registrada a nombre del peticionario, que contiene los linderos descriptivos que interpretará el perito topógrafo; (4) Certificado de Tradición y Libertad del predio colindante (si es obtenible) para identificar al demandado; (5) Planos de levantamiento topográfico previos del predio si existen; (6) Poder especial o poder general notarial otorgado por el propietario al abogado que presentará y litigará la petición, pues el Artículo 74 del CGP exige representación por abogado; (7) Pago de los aranceles judiciales establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura para procesos civiles; y (8) cualquier documentación que muestre la disputa de linderos — fotografías del área en disputa, correspondencia con el vecino o intentos previos de mediación o conciliación extrajudicial. Un abogado con experiencia en derecho inmobiliario y en los juzgados civiles del municipio correspondiente debe orientar la preparación de estos documentos para garantizar el cumplimiento de los requisitos específicos del juzgado.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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