Declaration of Improvements to Leased Property Colombia (Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado)
DECLARACION DE MEJORAS AL INMUEBLE ARRENDADO
Codigo Civil Colombiano Arts. 739-769 — Ley 820 de 2003 Art. 19
[Ciudad Declaracion], [Fecha Declaracion]
I. PARTES
ARRENDADOR: [Arrendador Nombre], identificado/a con cedula de ciudadania o NIT No. [Arrendador CC].
ARRENDATARIO: [Arrendatario Nombre], identificado/a con cedula de ciudadania o NIT No. [Arrendatario CC].
II. INMUEBLE OBJETO DEL ARRENDAMIENTO
Tipo de inmueble: [Inmueble Tipo].
Direccion: [Inmueble Direccion].
Fecha del contrato de arrendamiento vigente: [Contrato Arrendamiento Fecha].
III. DESCRIPCION Y AUTORIZACION DE MEJORAS
El arrendador, conforme al Articulo 19 de la Ley 820 de 2003 y los Articulos 1993 a 2007 del Codigo Civil colombiano, autoriza expresamente al arrendatario para realizar las siguientes obras y mejoras sobre el inmueble arrendado:
Descripcion de las mejoras: [Descripcion Mejoras]
Clasificacion juridica de las mejoras: [Clasificacion Mejoras]
Costo estimado de las obras: [Costo Estimado Mejoras]
Plazo de ejecucion: [Plazo Ejecucion]
IV. ACUERDO SOBRE EL DESTINO DE LAS MEJORAS AL TERMINAR EL ARRENDAMIENTO
Las partes acuerdan expresamente que al momento de la restitucion del inmueble al terminar el contrato de arrendamiento, las mejoras descritas en la clausula anterior tendran el siguiente tratamiento:
[Destino Mejoras Termino]
Este acuerdo vincula a las partes y a sus causahabientes, y prevalece sobre las disposiciones supletorias del Codigo Civil en materia de mejoras, en cuanto no contravenga normas de orden publico.
V. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO DURANTE LA EJECUCION
El arrendatario se obliga a: (a) obtener las licencias de construccion o permisos de reforma ante la Curaduria Urbana Municipal que sean requeridos conforme a la Ley 400 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015; (b) contratar contratistas debidamente habilitados con sus trabajadores afiliados al sistema de seguridad social bajo la Ley 100 de 1993; (c) no afectar la estructura resistente del inmueble sin autorizacion adicional; (d) ejecutar las obras conforme al RETIE (Reglamento Tecnico de Instalaciones Electricas) para adecuaciones electricas; y (e) informar al arrendador del avance de las obras y facilitar su inspeccion.
FIRMAS DE LAS PARTES
ARRENDADOR — Firma: _________________________
Nombre: [Arrendador Nombre]
CC / NIT: [Arrendador CC]
ARRENDATARIO — Firma: _________________________
Nombre: [Arrendatario Nombre]
CC / NIT: [Arrendatario CC]
Landlord (Arrendador)
________________
Signature
Tenant (Arrendatario)
________________
Signature
What Is a Declaration of Improvements to Leased Property Colombia (Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado)?
La Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado Colombia es una declaración con efectos jurídicos regulada por Código Civil colombiano Arts. 739–769 — mejoras y derechos del poseedor y tenedor, en la que el declarante manifiesta hechos bajo su responsabilidad ante la autoridad colombiana.
When Do You Need a Declaration of Improvements to Leased Property Colombia (Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado)?
La Declaracion de Mejoras al Inmueble Arrendado en Colombia es necesaria en todos los casos en que un arrendatario realiza o proyecta realizar obras, instalaciones o modificaciones sobre el inmueble arrendado, y las partes desean documentar formalmente los terminos del acuerdo sobre dichas mejoras para prevenir disputas costosas al momento de la devolucion del inmueble al arrendador al vencimiento del contrato de arrendamiento.
La declaracion es necesaria cuando el arrendatario de un local comercial necesita adaptar el inmueble para el inicio o la expansion de su actividad economica: instalacion de divisiones internas de drywall, aluminio y vidrio o madera; adecuacion del sistema electrico para soportar equipos de alto consumo (hornos industriales, equipos de refrigeracion, maquinaria de produccion); instalacion de sistemas de aire acondicionado de alta capacidad; remodelacion de banos para cumplir con las normas de sanidad e higiene del INVIMA (Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos) y la Secretaria de Salud Municipal; construccion de camaras de frio, cuartos de almacenamiento o bodegas internas; instalacion de sistemas de seguridad (camaras CCTV, alarmas, control de acceso); y cualquier adecuacion estructural que requiera licencia de construccion ante la Curaduria Urbana Municipal bajo la Ley 400 de 1997 (Ley de Sismo Resistencia) y el Decreto 1077 de 2015 (Decreto Unico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio). Cada una de estas mejoras debe estar documentada en la declaracion con su autorizacion expresa, costo y tratamiento al termino del arrendamiento.
La declaracion es necesaria cuando el arrendatario de vivienda urbana bajo la Ley 820 de 2003 desea realizar mejoras de habitabilidad y bienestar que van mas alla del mantenimiento ordinario: pintura total del interior del apartamento en colores distintos a los originales, instalacion de closets empotrados o cocina integral permanente, cambio de pisos de la vivienda, instalacion de aparatos de aire acondicionado de ventana o minisplit fijados a la estructura, rejas de seguridad en ventanas, o modificaciones en la disposicion interna de la vivienda. Para todas estas obras, la Ley 820 de 2003 exige autorizacion previa escrita del arrendador, y la declaracion de mejoras es el instrumento apropiado para documentar esa autorizacion y los terminos acordados.
La declaracion es urgente cuando un arrendatario que realizo inversiones significativas en el inmueble arrendado durante anos de relacion contractual, como la instalacion de sistemas contra incendio valorados en cientos de millones de pesos, la construccion de una mezzanine, o la instalacion de una planta electrica de emergencia anclada a la estructura, ve aproximarse el vencimiento del contrato de arrendamiento y no tiene un acuerdo escrito sobre el reconocimiento economico de esas inversiones. Sin la declaracion de mejoras, el arrendatario queda en una posicion de debilidad probatoria para reclamar la compensacion ante el Juez Civil del Circuito bajo los Articulos 1993 a 2007 del Codigo Civil, especialmente cuando no tiene facturas o contratos de los contratistas que realizaron las obras anos atras.
Tambien es necesaria cuando el arrendador descubre, durante una inspeccion del inmueble o al momento de la restitucion, que el arrendatario realizo obras o modificaciones no autorizadas sobre el inmueble, y desea documentar formalmente la constatacion de esas obras para: exigir la remocion a costa del arrendatario y la restitucion del inmueble al estado original conforme al Articulo 1990 del Codigo Civil; deducir del deposito de arrendamiento (limitado por el Articulo 16 de la Ley 820 al equivalente de dos meses de canon) los costos de restauracion que superen el deterioro normal por uso; o iniciar una accion judicial de responsabilidad civil contra el arrendatario por los danos causados a la estructura del inmueble.
What to Include in Your Declaration of Improvements to Leased Property Colombia (Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado)
Una Declaracion de Mejoras al Inmueble Arrendado valida en Colombia debe incluir los siguientes elementos esenciales para tener plena eficacia juridica entre arrendador y arrendatario, y servir como prueba documental ante los Juzgados Civiles del Circuito en caso de disputa sobre el valor o la compensacion de las mejoras al terminar el contrato de arrendamiento.
Identificacion completa de las partes: Nombre completo, numero de cedula de ciudadania o NIT, domicilio, municipio y telefono del arrendador (propietario del inmueble) y del arrendatario (quien ocupa el inmueble y realiza o proyecta las mejoras). Para personas juridicas, nombre de la empresa, NIT, nombre del representante legal, numero de su cedula, y numero de la matricula mercantil de la Camara de Comercio competente. Si el arrendador actua a traves de un administrador inmobiliario con poder de mandato, debe identificarse tambien al administrador y citarse el numero del contrato de administracion que lo faculta para actuar.
Identificacion precisa del inmueble arrendado: Direccion completa del inmueble con numero del municipio, barrio, numero de la unidad (apartamento o local), piso o nivel; folio de matricula inmobiliaria de la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos; CHIP (Codigo Homogeneo Integrado del Predio) del catastro municipal; numero y fecha del contrato de arrendamiento vigente entre las partes; monto del canon mensual vigente; y fecha de inicio y fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento. Para inmuebles ubicados en propiedades horizontales regidas por la Ley 675 de 2001, debe indicarse el nombre del conjunto o edificio, el numero del reglamento de propiedad horizontal inscrito en el folio de matricula, y si la ejecucion de las mejoras requiere autorizacion adicional del consejo de administracion o del administrador de la copropiedad.
Descripcion tecnica y juridica detallada de cada mejora: Para cada mejora o grupo de mejoras homogeneas, la declaracion debe incluir: (a) denominacion o nombre descriptivo de la mejora (por ejemplo, instalacion de divisiones internas de drywall, adecuacion electrica trifasica, construccion de mezzanine, instalacion de cocina integral, cambio de pisos); (b) clasificacion juridica segun el Codigo Civil: mejora necesaria, mejora util o mejora voluptuaria, con justificacion breve de por que la mejora corresponde a esa categoria; (c) descripcion tecnica detallada de la obra con materiales a utilizar, dimensiones, acabados, especificaciones tecnicas relevantes y normas de construccion aplicables (NSR-10 para estructuras, Reglamento Tecnico de Instalaciones Electricas RETIE para adecuaciones electricas, Reglamento Tecnico de Iluminacion y Alumbrado Publico RETILAP); (d) costo estimado o costo real si la obra ya fue ejecutada, con soporte en cotizaciones de contratistas o facturas de ejecucion; (e) fecha de inicio y fecha estimada de terminacion de las obras; y (f) impacto estimado sobre el valor comercial del inmueble, especialmente relevante para mejoras utiles de gran envergadura.
Autorizacion expresa del arrendador para cada mejora: Clausula de autorizacion clara e inequivoca del arrendador para la ejecucion de cada mejora descrita en la declaracion, indicando si: (a) autoriza la mejora sin condiciones; (b) autoriza bajo condiciones especificas de calidad, materiales, contratistas habilitados o estandares de terminacion; (c) condiciona la autorizacion a que el arrendatario obtenga previamente las licencias de construccion o permiso de reformas ante la Curaduria Urbana Municipal del municipio correspondiente (Ley 400 de 1997, Decreto 1077 de 2015) y las autorizaciones del consejo de administracion de la copropiedad si aplica; o (d) niega la autorizacion para la mejora especifica y las razones. La ausencia de autorizacion escrita implica, bajo el Articulo 8 de la Ley 820 de 2003, que las mejoras no generan ningun derecho de compensacion para el arrendatario al terminar el arrendamiento residencial.
Acuerdo sobre la propiedad y compensacion de las mejoras al vencimiento del arrendamiento: El nucleo esencial del documento. Para cada mejora autorizada, las partes deben acordar expresamente una de las siguientes modalidades de terminacion: (a) el arrendatario cede las mejoras al arrendador sin indemnizacion, renunciando expresamente a los derechos de compensacion del Articulo 1997 del Codigo Civil y, para arrendamientos comerciales, al Articulo 521 del Codigo de Comercio; (b) el arrendador se compromete a pagar al arrendatario una compensacion determinada (monto fijo pactado) o determinable (valor pericial al momento de la restitucion) por las mejoras utiles al terminar el arrendamiento, comprometiendo los recursos del deposito de arrendamiento o un pago directo; (c) el arrendatario se obliga a retirar las mejoras a su costo y restituir el inmueble exactamente en el estado previo al inicio de las obras, respondiendo por los danos causados a la estructura o a los acabados originales del inmueble; o (d) las partes acuerdan una compensacion parcial o diferida mediante reduccion del canon de arrendamiento en los ultimos meses del contrato, equivalente al valor de las mejoras compensables.
Obligaciones del arrendatario durante la ejecucion de las obras: El arrendatario debe obtener todas las licencias de construccion y permisos requeridos por la ley y el reglamento de propiedad horizontal; contratar contratistas debidamente habilitados y con afiliacion vigente al sistema de seguridad social de sus trabajadores bajo la Ley 100 de 1993; ejecutar las obras segun los planos aprobados y las normas tecnicas sectoriales aplicables; no afectar la estructura resistente del edificio sin autorizacion del curador urbano y concepto de un ingeniero estructural; informar al arrendador del avance de las obras y facilitar su inspeccion; y responder solidariamente con los contratistas por los danos a terceros o a las areas comunes de la copropiedad durante la ejecucion.
Acta de estado inicial, acta de inicio de obras y acta de terminacion: La declaracion de mejoras debe acompanarse de tres documentos fotograficos firmados: (a) acta de estado inicial del inmueble antes del inicio de las obras, con descripcion detallada y fotografias del estado de cada area afectada; (b) acta de inicio de obras firmada el dia en que comienzan los trabajos; y (c) acta de terminacion de obras firmada por ambas partes al concluir, con inspeccion conjunta del resultado final y constatacion de la correspondencia con lo autorizado en la declaracion.
Forms-legal.com pone a disposicion este modelo de Declaracion de Mejoras al Inmueble Arrendado Colombia para facilitar la transparencia contractual entre arrendadores y arrendatarios. Dado que los derechos sobre mejoras en los arrendamientos colombianos pueden generar litigios de alta complejidad y cuantiosas perdidas economicas para ambas partes, se recomienda revisar la declaracion con un abogado especialista en derecho inmobiliario antes de su firma, especialmente cuando las obras proyectadas son de gran envergadura economica o requieren modificaciones estructurales en el inmueble.
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Forms Legal. (2026). Declaration of Improvements to Leased Property Colombia (Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado) (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/real-estate/property/declaration-improvements-leased-property-colombia
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Bajo la ley colombiana, la respuesta depende del tipo de mejora. El Artículo 19 de la Ley 820 de 2003 establece claramente que el arrendatario que realiza mejoras al inmueble arrendado sin autorización previa escrita del arrendador pierde el derecho a compensación por esas mejoras — el arrendador puede exigir que el arrendatario las deje o las retire a su costa. Esta es la regla general para mejoras no autorizadas en contratos de arrendamiento urbano regulados por la Ley 820. Sin embargo, las mejoras necesarias (mejoras necesarias) bajo el Artículo 739 del Código Civil — las realizadas para evitar la destrucción o deterioro del inmueble — ocupan una categoría especial. Para estas, el Código Civil reconoce el derecho a compensación incluso sin autorización previa, porque el arrendatario esencialmente estaba protegiendo el inmueble del arrendador de un daño que este tenía la obligación de prevenir. La razón es que permitir el deterioro del inmueble por falta de reparaciones necesarias enriquecería injustamente al arrendador a costa del arrendatario. En la práctica, los jueces colombianos evalúan las circunstancias de cada caso: si el arrendador fue notificado sobre la necesidad de reparación y no actuó, y el arrendatario hizo la reparación para prevenir daños inminentes, el juez es más propenso a reconocer el derecho a compensación incluso sin autorización escrita formal. Documentar todas las comunicaciones con el arrendador sobre reparaciones necesarias es por tanto esencial para los arrendatarios que hacen mejoras necesarias en situaciones urgentes.
La clasificación de las mejoras en tres categorías bajo los Artículos 739 a 741 del Código Civil colombiano es fundamental para determinar los derechos de compensación al terminar el arrendamiento. Las mejoras necesarias son aquellas sin las cuales el inmueble se deterioraría, destruiría o se volvería impropio para su uso — por ejemplo, reparar un techo con goteras antes de la temporada de lluvias, arreglar una grieta estructural, o reemplazar un tablero eléctrico roto que representa riesgo de incendio. Estas mejoras son responsabilidad primaria del arrendador bajo los Artículos 1985 y 1990 del Código Civil, y cuando el arrendatario las realiza en su lugar, generalmente tiene derecho al reembolso de los costos reales incurridos. Las mejoras útiles son las que aumentan el valor o utilidad del inmueble sin ser estrictamente necesarias — como instalar aire acondicionado, añadir un baño, mejorar la cocina, colocar pisos nuevos o añadir puertas de seguridad. Para estas, la compensación cuando están autorizadas se calcula sobre el menor valor entre el costo de la mejora y el aumento en el valor comercial del inmueble. Las mejoras voluptuarias son adiciones puramente estéticas o de lujo que no aumentan significativamente el valor comercial del inmueble — jardines ornamentales, murales de lujo, piscinas decorativas en contextos donde añaden poco valor de reventa. Para las voluptuarias, el arrendador puede exigir el retiro a costa del arrendatario y generalmente no hay derecho a compensación. Clasificar correctamente una mejora antes de realizarla — y documentar esa clasificación por escrito con el arrendador — es el paso más importante para proteger el interés económico del arrendatario.
El derecho del arrendador colombiano a exigir el retiro de mejoras al finalizar el arrendamiento depende de lo acordado por escrito y de lo que la ley prevé para cada tipo de mejora. Para mejoras realizadas sin autorización del arrendador, el Artículo 19 de la Ley 820 de 2003 le otorga al arrendador la opción de conservar las mejoras sin costo o exigir al arrendatario que las retire y restaure el inmueble a su estado original — decide el arrendador, no el arrendatario. Para mejoras autorizadas, el derecho a exigir el retiro depende de lo acordado: si la declaración de mejoras o el contrato de arrendamiento especificó que las mejoras se retirarían al finalizar, el arrendador puede hacer cumplir ese acuerdo. Si el contrato guarda silencio sobre el retiro, el arrendador puede generalmente exigir el retiro de mejoras voluptuarias (de lujo) bajo el Artículo 741 del Código Civil, pero no puede arbitrariamente exigir el retiro de mejoras necesarias que el arrendatario realizó en lugar del arrendador, ya que exigir la restauración sin compensar las reparaciones necesarias sería inequitativo bajo el Artículo 1518 del Código Civil (buena fe en los contratos). Para mejoras útiles autorizadas por escrito, la práctica colombiana estándar es que el arrendador tiene la opción de compensar al arrendatario por el menor valor (costo vs. incremento en el valor del inmueble) y conservar la mejora, o permitir al arrendatario retirarla si el retiro es posible sin dañar el inmueble. Cualquier acuerdo sobre el retiro de mejoras debe quedar claramente establecido en el documento de declaración de mejoras original.
La Declaración de Mejoras al Inmueble Arrendado en Colombia no exige escritura pública ni notarización para ser válida entre arrendador y arrendatario, porque se trata de un documento accesorio al contrato de arrendamiento, que la Ley 820 de 2003 permite celebrar por escrito sin formalidad notarial. Conforme al Artículo 1602 del Código Civil, el documento privado firmado por ambas partes constituye ley entre ellas y produce plenos efectos obligacionales. No obstante, la práctica recomienda dos medidas para reforzar su valor probatorio ante el Juez Civil del Circuito: el reconocimiento de firma y contenido ante notario bajo el Artículo 73 del Decreto Ley 960 de 1970, que dota al documento de fecha cierta y dificulta su posterior desconocimiento; y la presentación personal ante notario, de menor costo que la escritura pública. Cuando las mejoras incluyen obras estructurales que modifican la edificación, el documento debe acompañarse de la licencia de construcción expedida por la Curaduría Urbana Municipal bajo la Ley 400 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015, sin la cual la obra es ilegal con independencia del acuerdo privado entre las partes. Para inmuebles en propiedad horizontal regida por la Ley 675 de 2001, la declaración debe respaldarse con la autorización del consejo de administración o del administrador de la copropiedad cuando las obras afecten fachadas, áreas comunes o la estructura del edificio.
El arrendatario que reclama compensación por mejoras útiles o necesarias en Colombia debe ejercer su acción dentro del término de prescripción de las acciones personales derivadas del contrato, que el Artículo 2536 del Código Civil, modificado por la Ley 791 de 2002, fija en cinco (5) años para la acción ordinaria contados desde que la obligación se hizo exigible, esto es, desde la restitución del inmueble. Pasado ese plazo sin demanda, la pretensión de compensación prescribe y el Juez Civil del Circuito puede declararla extinguida si el arrendador propone la excepción de prescripción. Para conservar el derecho, el arrendatario debe documentar las mejoras antes de la entrega mediante la declaración de mejoras, las actas fotográficas de estado inicial y de terminación, y las facturas de los contratistas que ejecutaron las obras con afiliación vigente a seguridad social conforme a la Ley 100 de 1993. El arrendatario de local comercial con más de dos años de ocupación cuenta además con el derecho de renovación del contrato bajo el Artículo 518 del Código de Comercio, derecho distinto a la compensación de mejoras que conviene invocar oportunamente. Antes de entregar el inmueble, el arrendatario debe requerir por escrito al arrendador el reconocimiento de las mejoras autorizadas y conservar prueba de la entrega de ese requerimiento, pues la mora en reclamar debilita la posición probatoria en un eventual proceso.
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