Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad)
ACUERDO DE ESCISIÓN DE SOCIEDAD
Conforme a los Artículos 3 a 25 de la Ley 222 de 1995
y los Artículos 158 a 175 del Código de Comercio
PRIMERA. — PARTES DEL ACUERDO
SOCIEDAD ESCINDENTE:
Razón Social: [Escindente Name]
NIT: [Escindente NIT]
Domicilio: [Escindente Domicile]
Representante Legal: [Escindente Rep Legal]
SOCIEDAD BENEFICIARIA:
Razón Social: [Beneficiary Name]
NIT: [Beneficiary NIT]
Domicilio: [Beneficiary Domicile]
SEGUNDA. — MODALIDAD DE ESCISIÓN
Modalidad de la presente escisión: [Escision Type]
De conformidad con el Artículo 3 de la Ley 222 de 1995, las partes acuerdan llevar a cabo la presente escisión en los términos y condiciones establecidos en el presente documento.
TERCERA. — ACTIVOS Y PASIVOS A TRANSFERIR
Activos a transferir a la Sociedad Beneficiaria:
[Assets Transferred]
Pasivos a transferir a la Sociedad Beneficiaria:
[Liabilities Transferred]
Valor neto del patrimonio a transferir: [Transfer Value]
CUARTA. — RELACIÓN DE CANJE
[Exchange Ratio]
QUINTA. — BASE FINANCIERA
La presente escisión se basa en los estados financieros de [Escindente Name] con corte al [Financial Statement Date], certificados por contador público titulado bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas en Colombia mediante la Ley 1314 de 2009 y el Decreto 2420 de 2015.
Tratamiento tributario: [Is Tax Neutral]. Las partes declaran que la presente escisión cumple con los requisitos de los Artículos 14-1 y 14-2 del Estatuto Tributario para efectos del tratamiento tributario aplicable.
SEXTA. — PROTECCIÓN DE ACREEDORES
De conformidad con el Artículo 5 de la Ley 222 de 1995, el presente Acuerdo de Escisión será publicado en un periódico de amplia circulación nacional, a fin de que los acreedores de [Escindente Name] puedan ejercer el derecho de oposición dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación.
Los acreedores cuyos créditos no sean asumidos por la Sociedad Beneficiaria conservan sus derechos frente a la Sociedad Escindente. La Sociedad Beneficiaria responde solidariamente por los créditos de los acreedores que se opongan oportunamente y no puedan ser satisfechos antes de la perfección de la escisión, conforme al Artículo 5 de la Ley 222 de 1995.
SÉPTIMA. — INSCRIPCIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
El presente Acuerdo de Escisión deberá ser aprobado por la Asamblea General de Accionistas de [Escindente Name] con la mayoría exigida por el Artículo 158 del Código de Comercio, e inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio de cada sociedad participante. La escisión se perfeccionará con la respectiva inscripción en el Registro Mercantil, conforme al Artículo 21 de la Ley 222 de 1995.
FIRMAS
En [Execution City], a los [Execution Date], las sociedades participantes, actuando por conducto de sus representantes legales debidamente autorizados, suscriben el presente Acuerdo de Escisión.
SOCIEDAD ESCINDENTE — [Escindente Name]:
Representante Legal: [Escindente Rep Legal]
NIT: [Escindente NIT]
Firma: _________________________
SOCIEDAD BENEFICIARIA — [Beneficiary Name]:
NIT: [Beneficiary NIT]
Firma: _________________________
Escindente Company Representative (Representante Legal de la Escindente)
________________
Signature
Beneficiary Company Representative (Representante Legal de la Beneficiaria)
________________
Signature
What Is a Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad)?
Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad) is the corporate reorganization instrument through which one or more Colombian companies (sociedades escindentes) transfer part or the totality of their assets, liabilities, and equity (patrimonio) to one or more beneficiary companies (sociedades beneficiarias) — which may be newly created or already existing. The spin-off (escisión) is governed by Ley 222 de 1995, Articles 3 through 25, which constitute the thorough legal framework for corporate restructurings in Colombia, supplemented by the Código de Comercio and the regulations of the Superintendencia de Sociedades.
Ley 222 de 1995 Article 3 establishes two modalities of escisión. In a total escisión (escisión total), the escindente company transfers all its assets and liabilities to two or more beneficiary companies and is dissolved without liquidation — shareholders of the escindente receive shares or participations in the beneficiary companies in exchange. In a partial escisión (escisión parcial), the escindente company transfers a portion of its assets and liabilities to one or more beneficiary companies and continues to exist, with shareholders receiving proportional interests in the beneficiary companies.
Article 4 of Ley 222 de 1995 establishes the mandatory content of the escisión agreement (acuerdo de escisión): the assets and liabilities that will transfer to each beneficiary company, the criteria for distributing shares or participation interests, the financial statements used as the basis for the escisión, the rights of creditors (acreedores) and shareholders of the escindente, and the procedures for completing the transfer.
The Superintendencia de Sociedades exercises oversight and control over escisiones involving companies under its supervision under Decreto 1736 de 2020. For companies not under Superintendencia supervision, the escisión is registered directly with the Cámara de Comercio following approval by the shareholders' assemblies (asambleas de accionistas or juntas de socios) of all participating companies under Articles 158-175 of the Código de Comercio.
The DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) imposes specific tax rules for escisiones under Artículos 14-1 and 14-2 of the Estatuto Tributario, as modified by Ley 1607 de 2012 and Ley 1819 de 2016. Under tax-neutral treatment (escisión tributariamente neutra), the escisión may be structured as a tax-free reorganization if the transferred assets retain their original tax basis (costo fiscal) and no taxable gain is recognized at the time of transfer.
Credit and banking institutions regulated by the Superintendencia Financiera require notification of the escisión and may require consent under existing credit agreements (contratos de crédito) if they contain change-of-control or change-of-structure clauses.
The legal framework governing the Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad) in Colombia draws on several key statutes and regulatory bodies. Under the Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), the Camara de Comercio maintains the Registro Mercantil of Colombian companies. The Ley 1258 de 2008 governs Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). The Superintendencia de Sociedades supervises corporate governance. The DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales) administers the Impuesto de Renta and IVA under the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Parties executing a Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad) in Colombia should confirm the document reflects current law, including any amendments enacted since the original drafting date. The Ley 222 de 1995 arts. 3-25; Código de Comercio (Decreto 410/1971) arts. 158-175 sets the foundational requirements.
When Do You Need a Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad)?
The Company Spin-Off Agreement Colombia is needed when a business group (grupo empresarial) or a single company decides to separate distinct business units, assets, or activities into independent legal entities for operational, regulatory, fiscal, or strategic reasons.
The document is required when a conglomerate separates regulated activities that require dedicated legal entities — for example, when a holding company separates its financial activities (requiring Superintendencia Financiera authorization), pharmaceutical activities (requiring INVIMA approval), or concession-based infrastructure activities (requiring ANI or government entity approval) into dedicated subsidiaries.
Spin-off agreements are needed for family business succession planning when owners wish to separate the family's commercial real estate assets from operating business activities — placing the real estate in one company and the operations in another allows for more flexible succession and reduces liability risk under Código Civil succession rules.
The document is required before a company can list specific business units on the Bolsa de Valores de Colombia (BVC) or seek private equity investment in a specific segment of its operations. Investors typically require the target business to be a standalone legal entity before committing capital.
The agreement is needed when a business needs to restructure to comply with competition law (Ley 1340 de 2009 — Ley de Competencia Económica) requirements imposed by the Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) following a merger review, where the SIC may require divestiture of certain business units as a condition for approving a merger.
Under Ley 1116 de 2006 (Ley de Insolvencia Empresarial), a spin-off may be part of a reorganization agreement (acuerdo de reorganización) to isolate viable business units from distressed ones as part of a court-supervised restructuring process.
Parties in Colombia should prepare a Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad) proactively rather than waiting for a dispute to arise. Courts interpret agreements based on the written terms rather than oral representations. Under the Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), the Camara de Comercio maintains the Registro Mercantil of Colombian companies. The Ley 1258 de 2008 governs Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). The Superintendencia de Sociedades supervises corporate governance. The DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales) administers the Impuesto de Renta and IVA under the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Where the transaction involves regulated activities, prior approval from the relevant authority may be required before execution.
What to Include in Your Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad)
A valid Company Spin-Off Agreement Colombia under Ley 222 de 1995 Articles 3-25 must contain the following mandatory elements established by Article 4.
Identification of Participating Companies: Full legal name, NIT, domicile, and Cámara de Comercio registration details of the escindente company (or companies) and each beneficiary company. If a beneficiary company is being newly created through the escisión, its proposed name, domicile, corporate form, and founding shareholders must be specified.
Asset and Liability Transfer: A precise, detailed description of the assets (activos) and liabilities (pasivos) that will transfer to each beneficiary company — including real estate (inmuebles), intellectual property (propiedad intelectual), contracts, employment relationships, and specific liabilities. Under Ley 222 Article 4 numeral 1, the description must be sufficient for creditors and shareholders to assess the impact on their interests.
Financial Statements (Estados Financieros de Escisión): The balance sheets and financial statements prepared specifically for the escisión, which serve as the basis for determining the values to be transferred. These must be prepared and certified by a contador público under NIIF standards (Ley 1314 de 2009).
Exchange Ratio (Relación de Canje): The criteria and methodology for distributing shares or cuotas of the beneficiary companies to the shareholders of the escindente — the exchange ratio (relación de canje) must be fair and documented with supporting valuation evidence.
Creditor Protection (Protección de Acreedores): Under Ley 222 Article 5, creditors of the escindente whose debts are not assumed by the beneficiary companies retain their claims against the escindente. Creditors whose debts are transferred to a beneficiary company have the right to object to the escisión within 30 days of publication of the agreement if they consider the transfer prejudicial.
Shareholder Approval: Evidence that the Asamblea General of the escindente has approved the escisión by the majority required by Código de Comercio Article 158 (majority of subscribed shares for SA; unanimous consent for Ltda. under Article 369). The resolution must include the full text of the approved escisión agreement.
Tax Compliance: Confirmation that the escisión complies with the tax-neutral treatment requirements of Artículos 14-1 and 14-2 of the Estatuto Tributario, or documentation of the tax consequences if the escisión is taxable.
Forms-legal.com provides this Acuerdo de Escisión de Sociedad Colombia template as a starting framework. Every corporate spin-off in Colombia should be structured with the guidance of an experienced abogado societario, a contador público, and a tax advisor, given the complex legal, tax, and regulatory implications under Ley 222 de 1995, the Estatuto Tributario, and applicable sector regulations.
Additional compliance elements for a Company Spin-Off Agreement Colombia (Acuerdo de Escisión de Sociedad) used in Colombia include: Under the Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), the Camara de Comercio maintains the Registro Mercantil of Colombian companies. The Ley 1258 de 2008 governs Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). The Superintendencia de Sociedades supervises corporate governance. The DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales) administers the Impuesto de Renta and IVA under the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Forms-legal.com provides this template as a starting point for Colombia-compliant documentation.
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}Frequently Asked Questions
La Ley 222 de 1995 reconoce dos formas distintas de escisión corporativa. Una escisión total ocurre cuando la sociedad escindente transfiere todos sus activos y pasivos a dos o más sociedades beneficiarias — después de la transferencia, la escindente se disuelve sin liquidación, y los accionistas de la escindente reciben acciones o cuotas en las sociedades beneficiarias. Una escisión parcial ocurre cuando la sociedad escindente transfiere solo una porción de sus activos y pasivos a una o más sociedades beneficiarias — la escindente continúa existiendo con sus activos restantes, y los accionistas de la escindente reciben participaciones adicionales en las sociedades beneficiarias. La elección entre escisión total y parcial depende del objetivo estratégico: si se busca separar completamente un grupo empresarial en empresas independientes, se usa la escisión total; si el objetivo es escindir una unidad de negocio mientras la matriz continúa operando, la escisión parcial es la estructura apropiada.
El tratamiento tributario de una escisión en Colombia está regulado por los Artículos 14-1 y 14-2 del Estatuto Tributario, modificados por la Ley 1607 de 2012 y la Ley 1819 de 2016. Bajo el tratamiento de escisión tributariamente neutra, puede calificar como reorganización libre de impuestos si: los activos transferidos conservan su costo fiscal original en la sociedad beneficiaria; no se paga efectivo u otra propiedad diferente de acciones a los accionistas de la escindente; y la transacción se inscribe en la Cámara de Comercio y se documenta adecuadamente. Si la escisión no califica para el tratamiento neutro, la transferencia de activos se trata como una enajenación gravada — la escindente reconoce una ganancia gravable igual a la diferencia entre el valor de mercado y el costo fiscal de los activos transferidos, sujeta al impuesto sobre la renta a la tarifa corporativa bajo el Artículo 240 ET.
La protección de los acreedores en una escisión corporativa colombiana está establecida por el Artículo 5 de la Ley 222 de 1995, que prevé varios mecanismos para evitar el uso de la escisión para defraudar acreedores. Primero, el acuerdo de escisión debe publicarse o ponerse a disposición de los acreedores — el Artículo 5 exige que se publique un aviso de la escisión propuesta en un periódico de amplia circulación nacional. Segundo, los acreedores de la escindente cuyos créditos no son asumidos por la sociedad beneficiaria tienen derecho a oponerse a la escisión dentro de los 30 días siguientes a la publicación. Tercero, si el acreedor opositor no puede ser satisfecho antes de que se complete la escisión, la escindente y todas las sociedades beneficiarias son solidariamente responsables por el crédito del acreedor opositor. Cuarto, bajo el Artículo 2513 del Código Civil y el Artículo 24 de la Ley 222, los acreedores pueden solicitar la revocación pauliana de la escisión si fue ejecutada fraudulentamente.
El tratamiento tributario de la escisión de sociedades en Colombia está regulado principalmente por el artículo 14-2 del Estatuto Tributario. Cuando la escisión cumple requisitos específicos, puede estructurarse como operación tributariamente neutra, lo que significa que no genera impuesto sobre la renta ni ganancias ocasionales para la sociedad escindente ni para sus socios. Los requisitos clave para la neutralidad tributaria son: tanto la sociedad escindente como las beneficiarias deben ser personas jurídicas colombianas; la transferencia debe realizarse al costo fiscal de los activos, no a valor de mercado; los socios de la escindente deben recibir acciones o cuotas en las beneficiarias en proporción a su participación previa; y la operación no debe implicar compensaciones en efectivo a los socios. Si estas condiciones se cumplen, el artículo 14-2 establece que la escisión no es un hecho generador de impuestos. Sin embargo, si alguna condición no se satisface, la transferencia de activos se trata como una enajenación a valor de mercado, generando potencialmente un impuesto sobre la renta significativo. Adicionalmente, las transferencias de inmuebles en la escisión generan impuesto de registro departamental, que es independiente de la neutralidad en renta. Las empresas deben trabajar con asesores tributarios especializados para estructurar correctamente los documentos de escisión y obtener una consulta vinculante de la DIAN si la operación es de gran escala o complejidad.
Los acreedores de la sociedad escindente tienen protecciones específicas bajo la Ley 222 de 1995 que pueden retrasar o bloquear una escisión en Colombia. Una vez inscrito el acuerdo de escisión en la Cámara de Comercio y publicado el aviso en un diario de amplia circulación nacional, los acreedores tienen 30 días hábiles para oponerse formalmente si pueden demostrar que la escisión pone en riesgo el cobro de sus créditos. La oposición debe presentarse ante la sociedad o ante el juez competente. Si un acreedor demuestra satisfactoriamente que la escisión perjudica materialmente su derecho de cobro, la escisión no puede perfeccionarse hasta que la empresa le otorgue garantías suficientes (como una garantía bancaria o hipoteca) que protejan su crédito, o cancele la deuda íntegramente. Si ningún acreedor se opone dentro del plazo de 30 días hábiles, la sociedad puede proceder a completar formalmente la escisión. Incluso después de completada la escisión, conforme al artículo 10 de la Ley 222 de 1995, tanto la sociedad escindente como las beneficiarias quedan solidariamente responsables frente a los acreedores por las obligaciones anteriores a la escisión. Esta solidaridad pasiva les da a los acreedores una capa adicional de protección, pues pueden exigir el pago a cualquiera de las sociedades sucesoras independientemente de cuál asumió formalmente la deuda en el acuerdo de escisión. Las partes pueden limitar contractualmente esta solidaridad en el proyecto de escisión si los acreedores consienten, pero en ausencia de tal consentimiento rige la regla general de responsabilidad solidaria.
La escisión y la fusión son operaciones de reorganización societaria opuestas en el derecho colombiano, cada una al servicio de distintos propósitos estratégicos. En la fusión, dos o más sociedades se integran en una sola entidad jurídica: ya sea que una absorbe a las demás (fusión por absorción, regulada por los artículos 172 a 181 del Código de Comercio), o que todas se disuelvan y se cree una nueva entidad (fusión por creación). La entidad fusionada asume todos los activos, pasivos y obligaciones de las sociedades disueltas. Las fusiones se utilizan cuando las empresas quieren consolidar operaciones, lograr economías de escala, eliminar estructuras redundantes o integrar una empresa recién adquirida. En la escisión, una sola sociedad divide sus activos y pasivos entre dos o más entidades, que es exactamente la operación inversa a la fusión. Las escisiones se utilizan para separar líneas de negocio, resolver disputas entre socios, preparar unidades para su venta o mejorar el enfoque operativo. Ambas operaciones requieren inscripción en Cámara de Comercio, un período de aviso a acreedores y aprobación de las asambleas o juntas de socios correspondientes. Ambas pueden estructurarse de forma tributariamente neutra conforme al Estatuto Tributario (artículos 14-1 y 14-2 respectivamente) si se cumplen los requisitos legales. La elección entre una y otra depende del objetivo estratégico: si la meta es la concentración y simplificación, la fusión es la herramienta adecuada; si la meta es la separación y especialización, la escisión es la opción correcta. En reorganizaciones complejas, fusiones y escisiones pueden combinarse secuencialmente para alcanzar la estructura corporativa final deseada.
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