Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia
SOLICITUD DE CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Conforme al Artículo 117 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971)
y el Decreto 19 de 2012 — Ley Anti-Trámites
PRIMERA. — DATOS DE LA EMPRESA
Razón Social: [Company Name]
NIT: [Company NIT]
Número de Matrícula Mercantil: [Matricula Number]
Cámara de Comercio competente: [Camara Competente]
SEGUNDA. — DATOS DEL SOLICITANTE
Solicitante: [Requestor Name]
Identificación: [Requestor Doc]
TERCERA. — PROPÓSITO Y ESPECIFICACIONES DEL CERTIFICADO
Propósito para el cual se requiere el Certificado de Existencia y Representación Legal: [Certificate Purpose]
Formato solicitado: [Certificate Format]
Número de copias requeridas: [Number Of Copies]
El/La solicitante declara conocer que el Certificado de Existencia y Representación Legal tiene una vigencia de treinta (30) días calendario a partir de su fecha de expedición, conforme al Artículo 117 del Código de Comercio y las disposiciones de [Camara Competente]. El certificado digital podrá verificarse a través del portal del Registro Único Empresarial y Social (RUES) en rues.com.co.
En [Execution City], a los [Execution Date].
SOLICITANTE:
[Requestor Name]
[Requestor Doc]
Firma: _________________________
Requestor (Solicitante)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia
La Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia es la petición formal regulada por Código de Comercio (Decreto 410/1971) art. 117 y Decreto 19 de 2012 con la que el interesado pone en marcha el trámite ante la autoridad colombiana competente.
El Artículo 117 del Código de Comercio establece que la Cámara de Comercio debe expedir certificados del contenido del Registro Mercantil a solicitud de parte, y que dichos certificados constituyen plena prueba de la información registrada. El certificado es válido por treinta (30) días calendario desde su fecha de expedición, plazo establecido por la práctica comercial y por los requisitos de las instituciones que lo aceptan —bancos, notarías, juzgados y entidades del Estado—. Vencido este término, el certificado pierde validez para trámites formales y debe solicitarse uno nuevo.
El Certificado de Existencia y Representación Legal contiene información corporativa extraída directamente del Registro Mercantil: la razón social completa; el número de Matrícula Mercantil asignado por la Cámara de Comercio; la fecha de inscripción inicial; el municipio de domicilio; el objeto social; la duración de la empresa; la estructura de capital (capital autorizado, suscrito y pagado para S.A. y SAS; capital dividido en cuotas para Ltda.); los nombres e identificación del representante legal con el alcance y limitaciones de sus facultades; los miembros de la junta directiva cuando corresponda; la fecha de la última renovación anual; y cualquier restricción, gravamen o afectación registrada sobre las acciones o cuotas.
El Decreto 019 de 2012 —Ley Anti-Trámites— habilitó los certificados digitales (certificados electrónicos) a través del portal RUES (Registro Único Empresarial y Social) y las plataformas digitales de las Cámaras de Comercio. Los certificados digitales emitidos a través del RUES llevan firma electrónica y código de verificación que permite a terceros autenticar su autenticidad en línea. La Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, la Cámara de Comercio de Cali y las demás cámaras afiliadas a Confecámaras emiten certificados digitales con la misma validez legal que los certificados en papel, conforme a la Ley 527 de 1999 (Ley de Comercio Electrónico) y el Decreto 2364 de 2012.
La Ley 1258 de 2008 —que creó la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)— revolucionó el panorama empresarial colombiano al permitir la constitución de sociedades por documento privado sin necesidad de escritura pública, lo que aumentó exponencialmente el número de empresas inscritas en el Registro Mercantil. La SAS es hoy el tipo societario más utilizado en Colombia para todo tipo de emprendimientos, y su certificado de existencia y representación legal sigue las mismas reglas del Artículo 117 del Código de Comercio, con la particularidad de que los cambios en la representación legal pueden inscribirse mediante documento privado si no se modifica el objeto social ni el capital.
La Superintendencia de Industria y Comercio supervisa la precisión y completitud de la información mantenida por las Cámaras de Comercio en el Registro Mercantil, conforme al Decreto 2153 de 1992. La Superintendencia de Sociedades ejerce funciones de inspección, vigilancia y control sobre determinadas sociedades comerciales bajo la Ley 222 de 1995, y requiere el certificado como documento básico en todos los trámites que ante ella se adelantan.
El Decreto 1074 de 2015 —Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo— compiló las normas sobre el Registro Mercantil y su administración por las Cámaras de Comercio. La Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Confecámaras) coordina la operación del RUES como plataforma unificada de acceso a la información del Registro Mercantil de todas las cámaras del país, facilitando la expedición de certificados de cualquier empresa registrada en Colombia desde una única plataforma en línea.
La interoperabilidad del RUES con otros sistemas de información del Estado colombiano amplía la utilidad del certificado: la DIAN consulta el RUES para verificar información de contribuyentes; la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) lo utiliza para rastrear la situación de las empresas en materia de aportes parafiscales; el Ministerio del Trabajo accede al registro para verificar la vigencia de los empleadores en procesos de inspección laboral. Esta integración convierte al Registro Mercantil y su certificación en el eje central del sistema de información empresarial colombiano, con efectos en más de 30 entidades del Estado. El número de empresas registradas en Colombia supera los 1,8 millones según Confecámaras, lo que refleja la escala del sistema y la importancia de mantener actualizada la información registral para garantizar la seguridad jurídica de todas las transacciones comerciales del país.
Cuándo necesitas Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia
El Certificado de Existencia y Representación Legal en Colombia es exigido prácticamente en toda transacción comercial y jurídica formal que involucre a una empresa colombiana registrada en el Registro Mercantil.
Banca y servicios financieros: Los establecimientos de crédito regulados por la Superintendencia Financiera requieren un certificado vigente (no mayor a 30 días) antes de abrir cuentas corrientes o de ahorro empresariales, aprobar líneas de crédito, tramitar transferencias internacionales o actualizar la documentación KYC (Conozca a Su Cliente) conforme a la Circular Básica Jurídica 029 de 2014. La UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) también exige la actualización periódica de los certificados en el marco de los programas SAGRILAFT de prevención del lavado de activos.
Contratación pública: Los procesos de contratación bajo la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 exigen un certificado no mayor a 30 días como parte de la documentación obligatoria de oferta para licitaciones públicas, selección abreviada y concurso de méritos. Colombia Compra Eficiente exige el certificado para el registro en la plataforma SECOP II y para la inscripción en el RUP (Registro Único de Proponentes) ante las Cámaras de Comercio.
Contratos ante notaría pública: La celebración de contratos de escritura pública —compraventas de inmuebles, hipotecas, promesas de compraventa, constitución de gravámenes, cesiones de derechos, fusiones, escisiones— ante notario público requiere que el notario verifique la existencia legal y la autoridad del representante firmante. Sin el certificado vigente el notario no puede dar fe de la capacidad jurídica del otorgante, y el instrumento público puede ser nulo de pleno derecho conforme al Artículo 1741 del Código Civil.
Trámites ante la DIAN y el Banco de la República: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales exige el certificado para actualizaciones del RUT (Registro Único Tributario), nombramiento de responsables del IVA, solicitudes de devolución de saldos a favor y procedimientos de comercio exterior. El Banco de la República requiere el certificado para el registro de inversión extranjera directa (IED) conforme al Decreto 2080 de 2000, reformado por el Decreto 1068 de 2015, y para el cumplimiento de las normas cambiarias.
Procesos judiciales y arbitrales: Los juzgados civiles municipales, los juzgados civiles del circuito, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y los centros de arbitraje de las Cámaras de Comercio requieren un certificado vigente con cada escrito de demanda o contestación para acreditar la personería jurídica (capacidad procesal) de la parte demandante o demandada, conforme al Artículo 53 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
Due diligence empresarial en fusiones y adquisiciones: En operaciones de fusión, adquisición, escisión o alianza estratégica, el certificado de existencia y representación legal es el primero de los documentos que solicitan los asesores legales y los auditores para verificar el estado jurídico de la empresa objeto de la transacción. La exactitud de la información contenida en el certificado es fundamental para el proceso de valoración y para la determinación de las declaraciones y garantías del contrato de compraventa de acciones o cuotas.
Registro ante autoridades sectoriales: La Superintendencia Nacional de Salud, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y otras autoridades sectoriales exigen el certificado como parte de los requisitos de habilitación, licenciamiento o registro de actividades reguladas.
Qué incluir en tu Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia
El Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio bajo el Artículo 117 del Código de Comercio contiene los siguientes elementos de información que le otorgan su autoridad legal y su utilidad práctica en el sistema jurídico colombiano.
Identidad de la empresa: Razón social completa tal como está inscrita en el Registro Mercantil, tipo de persona jurídica (S.A., SAS, Ltda., S.C.S., E.U., sucursal de sociedad extranjera u otra forma societaria), número de Matrícula Mercantil asignado por la Cámara de Comercio del domicilio, y Número de Identificación Tributaria (NIT) con dígito de verificación cuando está disponible a través de la interconexión RUES-DIAN establecida por el Decreto 019 de 2012.
Historial de registro y estado de renovación: Fecha de inscripción inicial de la empresa en el Registro Mercantil, fecha de la última renovación anual (las renovaciones deben realizarse entre enero y marzo de cada año conforme al Artículo 33 del Código de Comercio), y estado actual de renovación: "Vigente y al día" o "No renovada". Una matrícula no renovada genera consecuencias graves: la empresa queda en situación de presunción de inactividad, puede ser reportada ante la DIAN para actualización del RUT y pierde el beneficio de la publicidad registral frente a terceros. La Cámara de Comercio puede también iniciar proceso de cancelación de oficio de matrículas con múltiples períodos sin renovar.
Domicilio y duración: El municipio de domicilio registrado y la dirección principal de la empresa tal como está inscrita, que es la dirección oficial para efectos de notificaciones judiciales y administrativas. La duración declarada de la sociedad conforme a los estatutos. Para SAS con duración indefinida —forma más común en Colombia desde la Ley 1258 de 2008—, el certificado indica expresamente esta condición.
Objeto social y actividades autorizadas: El objeto social tal como está registrado en los documentos fundacionales y cualquier reforma estatutaria posterior. Para SAS con objeto social indeterminado —permitido expresamente bajo el Artículo 5 de la Ley 1258 de 2008—, el certificado indica que la empresa puede realizar cualquier actividad lícita. El objeto social determina qué actividades puede legalmente desarrollar la empresa y si el representante legal tenía facultades para celebrar el contrato específico.
Estructura de capital: Para S.A. y SAS: capital autorizado, capital suscrito y capital pagado en pesos colombianos conforme al último documento inscrito en el Registro Mercantil. Para Ltda.: el capital total dividido en cuotas de igual valor nominal. Para empresas con capital variable (E.U.): capital aportado. Esta información es clave para la evaluación del riesgo crediticio, la determinación del patrimonio societario y la due diligence de inversión. Para SAS, la información sobre la composición accionaria detallada no aparece en el certificado sino en el libro de accionistas, que no es público.
Representación legal y alcance de facultades: Nombre completo y número de cédula de ciudadanía del representante legal actual (y suplente si está registrado), con el alcance específico de sus facultades —qué actos puede realizar por sí solo el representante sin autorización adicional— y las limitaciones establecidas en los estatutos sociales —cuantías máximas para contratos, actos que requieren autorización de la asamblea de accionistas o junta directiva, restricciones sectoriales—. El registro oportuno de los cambios de representante legal es una obligación del Artículo 164 del Código de Comercio; el no registro genera inoponibilidad del nuevo representante frente a terceros conforme al Artículo 29 del mismo código.
Junta directiva y revisor fiscal: Para S.A. y Ltda. con junta directiva: nombres completos y documentos de los miembros principales y suplentes electos. Cuando la empresa está obligada a tener Revisor Fiscal conforme al Artículo 203 del Código de Comercio (S.A. por capital o número de socios, empresas vigiladas por Superintendencias, empresas con ingresos o activos superiores a los umbrales del Artículo 13 de la Ley 43 de 1990), el nombre del revisor fiscal elegido también aparece en el certificado.
Índice de documentos inscritos y verificación: Índice cronológico completo de todos los documentos registrados en el Registro Mercantil de la empresa. Sello de autenticación de la Cámara de Comercio emisora y código de verificación electrónica para certificados digitales expedidos a través del portal RUES (www.rues.com.co). forms-legal.com proporciona esta plantilla para orientar a los usuarios en el proceso de solicitud del Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia en cualquiera de las 57 Cámaras de Comercio afiliadas a Confecámaras.
Consideraciones prácticas para la obtención del certificado: El costo del certificado digital varía entre COP $4.000 y COP $20.000 según la Cámara de Comercio, conforme a la Resolución tarifaria anual de la Superintendencia de Industria y Comercio. El certificado digital está disponible de forma inmediata en el portal de cada Cámara o en el RUES (www.rues.com.co) una vez realizado el pago en línea. El certificado físico en papel con sello húmedo tiene el mismo valor legal pero requiere visita presencial a las instalaciones de la Cámara de Comercio. Para empresas con múltiples establecimientos de comercio o sucursales en distintos municipios, el certificado de existencia y representación legal de la sede principal es el documento corporativo central; los establecimientos tienen su propio certificado de matrícula de establecimiento de comercio. Las empresas con matrícula cancelada de oficio por la Cámara (por falta de renovación por más de dos períodos consecutivos) no pueden obtener un certificado vigente hasta no haber renovado y pagado las tarifas en mora con los recargos establecidos por la Circular 15 de 2019 de la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/certificado-existencia-representacion-colombia
"Solicitud de Certificado de Existencia y Representación Legal Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/certificado-existencia-representacion-colombia.
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}Preguntas Frecuentes
Un Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por una Cámara de Comercio colombiana es válido por treinta (30) días calendario desde la fecha de su expedición. Este período de vigencia de 30 días está establecido por la práctica comercial, los reglamentos de la Cámara de Comercio y los requisitos de las instituciones y autoridades que aceptan el certificado. Después de 30 días, el certificado se considera vencido y debe solicitarse uno nuevo. Los certificados son económicos — las tarifas en las principales Cámaras oscilan entre aproximadamente COP$4.000 y COP$20.000 por certificado. Los certificados digitales (certificados electrónicos) están disponibles inmediatamente a través del portal RUES y la plataforma digital de la Cámara de Comercio de Bogotá, con la misma validez legal que los certificados en papel.
El Certificado de Existencia y Representación Legal y el Certificado de Matrícula Mercantil son documentos relacionados pero distintos expedidos por la Cámara de Comercio. En sentido estricto, el Certificado de Existencia y Representación Legal es el certificado completo que contiene toda la información sobre una persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil: existencia legal, objeto social, estructura de capital, representante legal actual con sus facultades específicas e historial completo de documentos inscritos. El Certificado de Matrícula Mercantil es el certificado más simple expedido para comerciantes personas naturales y establecimientos de comercio, confirmando su inscripción y estado actual. En el uso común entre profesionales, ambos se denominan frecuentemente 'el certificado de cámara'. Ambos son válidos por 30 días desde su expedición.
Un Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por una Cámara de Comercio colombiana puede apostillarse para su uso en países partes del Convenio de La Haya sobre la Supresión de la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, al que Colombia se adhirió mediante la Ley 1380 de 2010. La Apostilla en Colombia es tramitada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Asuntos Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior. Dado que la Cámara de Comercio es una entidad privada con funciones públicas delegadas, los certificados pueden necesitar ser certificados por la Superintendencia de Industria y Comercio o por un notario público antes de que el Ministerio de Relaciones Exteriores los apostille. Para países no parte del Convenio de la Apostilla, se requiere la legalización consular tradicional.
El Certificado de Existencia y Representación Legal en Colombia se solicita ante la Cámara de Comercio del domicilio de la empresa o a través del portal RUES (www.rues.com.co), plataforma unificada operada por Confecámaras que reúne el Registro Mercantil de las 57 Cámaras de Comercio del país. El interesado ingresa el nombre o el NIT de la sociedad, selecciona el certificado de existencia y representación legal, realiza el pago en línea y descarga el certificado digital con firma electrónica y código de verificación de forma inmediata. El Decreto 019 de 2012 (Ley Anti-Trámites) habilitó esta expedición electrónica, que tiene la misma validez legal que el certificado físico conforme a la Ley 527 de 1999 (Ley de Comercio Electrónico) y el Decreto 2364 de 2012. La tarifa varía entre aproximadamente COP$4.000 y COP$20.000 según la Cámara y la actualización anual de la Resolución tarifaria de la Superintendencia de Industria y Comercio. Cualquier persona puede solicitar el certificado de cualquier empresa, pues el Registro Mercantil es público bajo el Artículo 26 del Código de Comercio; no se requiere ser socio, representante ni acreditar interés. El certificado físico con sello húmedo se obtiene de forma presencial en las oficinas de la Cámara y conserva el mismo valor legal que el digital.
Presentar un Certificado de Existencia y Representación Legal vencido en Colombia conduce, por regla general, al rechazo del trámite, porque el certificado solo acredita la situación registral vigente durante los treinta (30) días calendario siguientes a su expedición. Los bancos vigilados por la Superintendencia Financiera exigen certificado no mayor a 30 días para la apertura de cuentas y la actualización de la documentación de conocimiento del cliente conforme a la Circular Básica Jurídica 029 de 2014; las entidades estatales lo requieren con la misma vigencia para las ofertas en licitaciones públicas y selección abreviada bajo la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007; y los notarios, antes de autorizar escrituras públicas, deben verificar la existencia y las facultades del representante legal con un certificado actualizado bajo el Artículo 117 del Código de Comercio. El riesgo más grave aparece cuando, entre la fecha del certificado vencido y la del acto, se inscribió un cambio de representante legal: el nuevo representante es oponible a terceros desde su inscripción conforme al Artículo 164 del Código de Comercio, de modo que un contrato firmado por quien ya no ostenta la representación puede resultar inoponible a la sociedad. Para evitar nulidades e inoponibilidades, conviene obtener un certificado nuevo el mismo día del acto relevante o pocos días antes.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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