Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia
SOLICITUD DE MATRÍCULA MERCANTIL
Registro Único Empresarial y Social — RUES
Conforme a los Artículos 26 a 45 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971)
y el Artículo 30 del Decreto 19 de 2012 — Ley Anti-Trámites
PRIMERA. — DATOS DEL SOLICITANTE
Tipo de inscrito: [Applicant Type]
Nombre / Razón Social: [Registrant Name]
Identificación: [Registrant Doc]
Dirección principal: [Principal Address]
Municipio de domicilio: [Municipality Domicile]
Cámara de Comercio competente: [Camara Competente]
SEGUNDA. — ACTIVIDAD COMERCIAL PRINCIPAL
Actividad principal: [Principal Activity]
Código CIIU: [CIUU Code]
Fecha de inicio de actividades: [Start Date]
TERCERA. — CAPITAL E INVERSIÓN
Capital declarado / Activos totales: [Declared Capital]
El solicitante declara que el capital declarado corresponde fielmente a los activos de la actividad comercial o el capital social de la persona jurídica, de conformidad con el Artículo 33 del Código de Comercio.
CUARTA. — REPRESENTANTE LEGAL (PERSONAS JURÍDICAS)
Nombre del Representante Legal: [Legal Rep Name]
Identificación: [Legal Rep Doc]
QUINTA. — DECLARACIÓN JURAMENTADA
El/La suscrito/a, bajo la gravedad del juramento, declara que todos los datos consignados en la presente solicitud son verídicos y completos, y que cumple con todos los requisitos legales para el ejercicio del comercio en Colombia, de conformidad con el Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) y el Decreto 19 de 2012. El/La suscrito/a se compromete a mantener actualizada la información del Registro Mercantil y a renovar la matrícula anualmente antes del 31 de marzo de cada año, conforme al Artículo 33 del Código de Comercio.
En [Execution City], a los [Execution Date].
SOLICITANTE:
[Registrant Name]
[Registrant Doc]
Firma: _________________________
REPRESENTANTE LEGAL (si aplica):
[Legal Rep Name]
[Legal Rep Doc]
Firma: _________________________
Applicant / Legal Representative (Solicitante / Representante Legal)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia
La Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia es la petición formal regulada por Código de Comercio (Decreto 410/1971) arts. 26-45 y Decreto 19 de 2012 con la que el interesado pone en marcha el trámite ante la autoridad colombiana competente.
El Artículo 26 del Código de Comercio establece que toda persona natural que ejerza actividades mercantiles como ocupación principal debe inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio competente. El Artículo 28 establece la obligación de registrar el establecimiento de comercio — el local físico o virtual mediante el cual se ejerce la actividad. El Artículo 110 establece que todas las sociedades comerciales deben registrar sus documentos de constitución en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
La Matrícula Mercantil cumple múltiples funciones jurídicas críticas en Colombia. Bajo el Artículo 30 del Código de Comercio, el registro crea una presunción legal de que la persona inscrita es comerciante y que todos sus actos son actos de comercio regulados por el Código de Comercio. El registro también proporciona al comerciante su Número de Identificación Tributaria (NIT), ya que la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) recibe electrónicamente los datos de registro de la Cámara de Comercio para activar el Registro Único Tributario (RUT) en el sistema MUISCA (Modelo Único de Ingresos, Servicio y Control Automatizado).
Las Cámaras de Comercio son corporaciones privadas que ejercen función pública bajo la supervisión de la SIC conforme al Decreto 2153 de 1992. Las principales son la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, la Cámara de Comercio de Cali y la Cámara de Comercio de Barranquilla. La Cámara competente para la inscripción es la del domicilio del comerciante o empresa.
El Decreto 0019 de 2012 (Ley Anti-Trámites) simplificó el proceso de registro habilitando la inscripción simultánea ante la Cámara de Comercio, la DIAN y otras entidades a través del RUES (Registro Único Empresarial y Social), plataforma centralizada accesible en rues.com.co que interconecta los registros de las 57 Cámaras. La Ventanilla Única Empresarial (VUE) digital permite a personas naturales y jurídicas completar el proceso de registro completo en línea, incluyendo la asignación del NIT y la activación del RUT, sin necesidad de visitar físicamente las oficinas de la Cámara. La omisión de inscribirse en el Registro Mercantil constituye una infracción al Código de Comercio Artículo 33 y puede generar sanciones administrativas de la SIC conforme al Decreto 2153 de 1992. forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud de Matrícula Mercantil actualizada a los requisitos del RUES, la Ley Anti-Trámites y la normativa vigente para 2025.
El Registro Mercantil colombiano tiene efecto declarativo respecto a los actos sujetos a registro: conforme al Artículo 901 del Código de Comercio, los actos sujetos a registro solo producen efectos frente a terceros desde la fecha de su inscripción. Esto significa que una sociedad constituida mediante escritura pública ante Notaría pero no inscrita en el Registro Mercantil no existe como persona jurídica frente a terceros — sus contratos no son vinculantes a nombre de la sociedad, sus representantes no tienen personería para actuar en nombre de la empresa, y sus acreedores no pueden demandar a la persona jurídica inexistente. El efecto declarativo del registro es una de las razones por las que la Matrícula Mercantil es tratada como un requisito de existencia (no solo de prueba) para las personas jurídicas comerciales en Colombia.
Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) — el tipo societario más utilizado en Colombia desde la expedición de la Ley 1258 de 2008 — la Matrícula Mercantil se obtiene simultáneamente con la constitución mediante documento privado, sin necesidad de escritura pública notarial. Este proceso simplificado, habilitado por el Decreto 4463 de 2006 para las SAS, reduce significativamente los costos y tiempos de formalización empresarial. El documento privado de constitución con la firma de los fundadores se presenta directamente ante la Cámara de Comercio, que verifica los requisitos del Artículo 5° de la Ley 1258 de 2008 (nombre, domicilio, término de duración, objeto social, capital autorizado suscrito y pagado, forma de administración) y procede a la inscripción y asignación del número de matrícula mercantil. La Superintendencia de Sociedades supervisa el cumplimiento de las obligaciones societarias de las SAS con activos o ingresos superiores a los umbrales establecidos en el Decreto 4350 de 2006, mientras que la Cámara de Comercio mantiene el registro continuo de la sociedad a través del RUES.
Cuándo necesitas Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia
La Solicitud de Matrícula Mercantil en Colombia se necesita en los siguientes casos establecidos por el Código de Comercio y normas concordantes.
Inicio de actividades comerciales como persona natural: Bajo el Artículo 26 del Código de Comercio, toda persona natural que ejerza actividades mercantiles como ocupación principal debe inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio competente dentro del mes siguiente al inicio de dichas actividades. Operar como comerciante sin matrícula mercantil vigente impide invocar las protecciones del Código de Comercio frente a comerciantes inscritos, según el Artículo 33.
Constitución de sociedad comercial: La solicitud es obligatoria para toda persona jurídica recién constituida — Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.), Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) bajo la Ley 1258 de 2008, sucursal de sociedad extranjera bajo los Artículos 471–497 del Código de Comercio, o agencia — al momento de presentar los documentos fundacionales (escritura pública o documento privado de constitución) ante la Cámara de Comercio. Para las SAS, que son el tipo societario más utilizado en Colombia, la constitución y el registro en la Cámara se hacen simultáneamente mediante documento privado, eliminando el requisito de escritura pública notarial.
Apertura de nuevo establecimiento de comercio: Se requiere solicitud de registro cuando un comerciante ya inscrito abre un nuevo establecimiento de comercio conforme al Artículo 515 del Código de Comercio — sucursal, punto de venta minorista, bodega con atención al público o nuevo punto de servicio en un municipio diferente. Cada establecimiento de comercio debe estar registrado en la Cámara de Comercio del municipio donde opera.
Participación en contratación pública: El Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 exigen que los proponentes en procesos de contratación estatal estén inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) administrado por las Cámaras de Comercio, que a su vez requiere Matrícula Mercantil vigente como prerrequisito. Colombia Compra Eficiente verifica la vigencia de la matrícula antes de adjudicar contratos públicos.
Acceso a crédito empresarial y relaciones con entidades financieras: Los bancos y corporaciones financieras supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia exigen el Certificado de Existencia y Representación Legal — generado a partir de la Matrícula Mercantil vigente — para la apertura de cuentas corporativas, otorgamiento de créditos, y realización de operaciones de leasing y factoring. El Bancoldex y Findeter también exigen matrícula vigente para sus líneas de crédito a empresas.
Vinculación como proveedor de grandes empresas: Las políticas de cumplimiento (compliance) de las grandes empresas colombianas y multinacionales exigen que sus proveedores cuenten con Matrícula Mercantil vigente como parte de la diligencia debida (due diligence) en la cadena de suministro, especialmente en sectores regulados por la Superintendencia de Industria y Comercio bajo la política SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos).
Trasformación societaria e impacto en la matrícula: Cuando una empresa cambia de tipo societario — por ejemplo, de Ltda. a SAS, o de SAS a SA — o cuando se produce una fusión, escisión o transformación conforme a los Artículos 172–199 del Código de Comercio y la Ley 222 de 1995, la modificación debe inscribirse en el Registro Mercantil mediante una nueva solicitud de registro del acto modificatorio. La Superintendencia de Sociedades emite concepto previo en las operaciones de fusión entre empresas con activos superiores a los umbrales del Decreto 1886 de 2015. El registro de la transformación, fusión o escisión ante la Cámara de Comercio de Bogotá u otras Cámaras produce efectos frente a terceros desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil conforme al Artículo 901 del Código de Comercio, lo que subraya la importancia de mantener el registro actualizado y vigente en todas las etapas del ciclo de vida de la empresa.
Qué incluir en tu Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia
Una Solicitud de Matrícula Mercantil válida en Colombia bajo los Artículos 26-45 del Código de Comercio y el Decreto 19 de 2012 debe contener los siguientes elementos para ser procesada correctamente por la Cámara de Comercio.
Identificación del solicitante: Para personas naturales — nombre completo conforme a la cédula, número de cédula de ciudadanía, lugar y fecha de expedición, domicilio, ciudad y estado civil. Para personas jurídicas — razón social completa, tipo de sociedad (SA, SAS, Ltda., sucursal extranjera u otro), número de identificación del representante legal y referencia al documento fundacional (escritura pública o documento privado de constitución con número y fecha).
Actividad principal (código CIIU): La actividad comercial principal debe expresarse mediante el código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) adoptado por Colombia a través de la Resolución DANE 122 de 2012. El código CIIU determina el régimen tributario aplicable, las regulaciones sectoriales específicas y las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo bajo el Decreto 1072 de 2015. La selección correcta del CIIU es crítica para evitar conflictos con el régimen de IVA y las tarifas de impuesto de industria y comercio (ICA) municipales.
Domicilio principal: Dirección completa del establecimiento de comercio principal — dirección exacta (calle, carrera, número), barrio, municipio, departamento y código postal. Esta dirección determina la Cámara de Comercio competente. Para empresas con múltiples sedes en diferentes municipios, el domicilio principal es el del lugar donde se concentra la administración.
Capital: Para personas naturales, el capital invertido en la actividad comercial (capital invertido). Para personas jurídicas, el capital autorizado, suscrito y pagado conforme a los documentos fundacionales. El capital declarado incide en el cálculo de los derechos de matrícula mercantil según la escala del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Establecimientos de comercio: Identificación y dirección de cada establecimiento de comercio físico o virtual sujeto a registro bajo el Artículo 515 del Código de Comercio, con el nombre comercial de cada establecimiento si difiere de la razón social o nombre del comerciante. Para comercio electrónico, se registra el dominio web como establecimiento virtual.
Representante legal: Para personas jurídicas, nombre completo e identificación del representante legal autorizado para vincular a la empresa, con referencia al documento que otorga dicha autorización (acta de junta de socios o asamblea de accionistas, escritura de constitución o poder notarial). Las facultades del representante legal deben ser claras para efectos de la inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) y para contratación con entidades públicas.
Declaración de veracidad: Manifestación del solicitante de que toda la información suministrada es veraz y completa, con conocimiento de que la información falsa genera sanciones conforme al Artículo 33 del Código de Comercio y puede constituir falsedad en documento privado conforme al Artículo 289 del Código Penal.
forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud de Matrícula Mercantil en Colombia para orientar a comerciantes y personas jurídicas en el proceso de inscripción ante la Cámara de Comercio de Bogotá, la Cámara de Comercio de Medellín, la Cámara de Comercio de Cali y las demás Cámaras del país, con los campos exigidos por el RUES y la Ventanilla Única Empresarial.
Cumplimiento del sistema SAGRILAFT como parte de la matrícula: La Circular Externa 100-000003 de 2021 de la Superintendencia de Sociedades establece que las empresas con ingresos brutos anuales superiores a 40.000 SMLMV deben implementar el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SAGRILAFT). Las Cámaras de Comercio verifican el cumplimiento de SAGRILAFT como parte de las obligaciones del comerciante inscrito. Para las SAS y demás sociedades inscritas, la Superintendencia de Sociedades también exige la presentación de estados financieros anuales y el reporte de información empresarial a través del Sistema de Información y Riesgo Empresarial (SIREM), siendo la Matrícula Mercantil el punto de partida de toda la relación de supervisión entre la empresa y las autoridades comerciales colombianas. Adicionalmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) utiliza los datos de la Matrícula Mercantil para el sistema de Registro Único Tributario (RUT) y para la asignación del NIT — sin Matrícula Mercantil vigente no es posible tramitar el RUT ante la DIAN, lo que bloquea todas las obligaciones tributarias formales del comerciante.
Inscripción de libros de comercio: Simultáneamente con la Matrícula Mercantil inicial, el comerciante debe registrar sus libros de comercio ante la Cámara de Comercio conforme al Artículo 48 del Código de Comercio. Los libros obligatorios son: el libro de contabilidad principal (diario y mayor), el libro de inventarios y balances, y para sociedades el libro de actas de asamblea o junta de socios y el libro de registro de accionistas o socios. El registro de libros de comercio garantiza la fecha cierta de las anotaciones contables y otorga valor probatorio a los libros en procesos judiciales conforme al Artículo 68 del Código General del Proceso (CGP — Ley 1564 de 2012). La Cámara de Comercio asigna a cada libro un número de registro y un sello de apertura. La omisión del registro de libros de comercio puede generar sanciones y debilitar la posición probatoria del comerciante en litigios mercantiles, razón por la cual la solicitud de matrícula debe complementarse inmediatamente con el trámite de registro de libros ante la misma Cámara de Comercio competente.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/registro-matricula-mercantil-colombia
"Solicitud de Matrícula Mercantil Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/registro-matricula-mercantil-colombia.
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}Preguntas Frecuentes
Bajo el Artículo 26 del Código de Comercio, las personas naturales que ejerzan actividades comerciales como ocupación principal deben inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio competente dentro del mes siguiente al inicio de dichas actividades. Para las personas jurídicas, el registro debe completarse al momento de la constitución — el documento fundacional se presenta directamente a la Cámara del domicilio de la empresa y la Matrícula Mercantil se otorga como parte del mismo procedimiento. No existe período de gracia para las empresas — la personería jurídica solo se adquiere con el registro en la Cámara de Comercio. Para los establecimientos de comercio abiertos por un comerciante ya inscrito, el Artículo 28 del Código de Comercio exige el registro dentro del mes siguiente a la apertura del establecimiento. El incumplimiento de los plazos de registro tiene consecuencias importantes: el comerciante no inscrito no puede invocar las disposiciones del Código de Comercio a su favor frente a terceros bajo el Artículo 21, y queda expuesto a sanciones administrativas de la Superintendencia de Industria y Comercio. Adicionalmente, sin Matrícula Mercantil vigente no es posible obtener el NIT definitivo de la DIAN, abrir cuentas bancarias empresariales, presentar licitaciones ante entidades estatales en el SECOP II, ni suscribir contratos con grandes empresas que exigen Certificado de Existencia y Representación Legal vigente. Para las SAS constituidas mediante documento privado bajo la Ley 1258 de 2008, el registro ante la Cámara de Comercio es el acto constitutivo mismo — sin él la sociedad no existe jurídicamente ni puede operar.
Los derechos de matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio en Colombia son fijados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mediante resolución anual y varían según los activos totales declarados por el solicitante. La estructura de tarifas se establece en escala progresiva — las empresas con mayores activos declarados pagan tarifas de inscripción más altas. Para la Cámara de Comercio de Bogotá y otras Cámaras principales, las tarifas en 2024-2025 oscilan entre aproximadamente COP$50.000 para los negocios más pequeños y varios millones de pesos para grandes empresas. También existen tarifas adicionales obligatorias: el arancel de inscripción del acto constitutivo, las tarifas para certificados y las tarifas para el registro de documentos posteriores. Para las SAS constituidas mediante documento privado bajo la Ley 1258 de 2008, la tarifa incluye tanto el registro del documento de constitución como la Matrícula Mercantil en un solo trámite. Las empresas que se constituyen como personas jurídicas deben tener en cuenta que los activos declarados para efectos del cálculo de la tarifa son los activos iniciales aportados al capital de la empresa — no el capital autorizado. Empresas que califican como microempresas bajo la Ley 590 de 2000 (activos totales no superiores a 500 SMLMV) y como empresas nuevas bajo la Ley 1429 de 2010 pueden acceder a tarifas reducidas o diferenciales durante los primeros años de operación. Para establecimientos de comercio, la tarifa de matrícula es independiente de la tarifa del comerciante propietario, con su propio rango basado en los activos del establecimiento. La Cámara de Comercio de Bogotá publica anualmente en su portal (ccb.org.co) la tabla completa de tarifas, permitiendo estimar el costo antes de iniciar el trámite.
El RUES (Registro Único Empresarial y Social) es el sistema de registro nacional centralizado creado por el Decreto 19 de 2012 que interconecta la información de las 57 Cámaras de Comercio de Colombia en una única plataforma consultable en rues.com.co. El RUES consolida múltiples registros que antes operaban por separado: el Registro Mercantil, el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro y el Registro de Proponentes. A través del RUES, cualquier persona puede consultar el estado de inscripción de una empresa, verificar la vigencia de una Matrícula Mercantil y descargar Certificados de Existencia y Representación Legal. Los comerciantes pueden presentar solicitudes de inscripción inicial, renovaciones y actualizaciones de documentos a través del portal RUES y la Ventanilla Única Empresarial. El RUES también integra el Registro Único de Proponentes (RUP), que es obligatorio para las empresas que desean contratar con entidades estatales — el RUP clasifica y califica a los proponentes según experiencia, capacidad financiera y capacidad de organización, y se renueva simultáneamente con la Matrícula Mercantil. Desde el RUES es posible verificar si una empresa tiene poderes vigentes inscritos, si sus representantes legales han sido registrados correctamente, y si hay embargos u otras medidas cautelares anotadas sobre la empresa. El sistema también publica información sobre la cancelación de matrículas, fusiones, escisiones y transformaciones societarias. La DIAN utiliza la información del RUES para cruzar datos del RUT y verificar la coherencia entre la actividad económica declarada, el domicilio registrado y las obligaciones tributarias de los comerciantes, lo que hace que mantener el registro actualizado sea no solo un requisito legal sino una herramienta de cumplimiento tributario.
Los extranjeros — tanto personas naturales como personas jurídicas — pueden participar plenamente en la actividad comercial en Colombia e inscribirse en la Cámara de Comercio, sujetos a los marcos constitucionales y legales para la inversión y la actividad comercial extranjera. Bajo el Decreto 2080 de 2000 y el principio constitucional de trato nacional para inversionistas extranjeros del Artículo 100 de la Constitución colombiana, los nacionales extranjeros tienen el mismo derecho a ejercer actividades comerciales que los nacionales colombianos, con excepciones limitadas en sectores reservados. Una persona natural extranjera que desee registrarse como comerciante en Colombia debe obtener identificación tributaria colombiana a través de la DIAN y debe tener un visado o estatus migratorio que permita la actividad comercial. Las personas jurídicas extranjeras que deseen operar en Colombia directamente deben registrar una sucursal de sociedad extranjera bajo los Artículos 471-497 del Código de Comercio.
La Solicitud de Matrícula Mercantil no exige legalmente un abogado en Colombia, aunque se recomienda asesoría jurídica para operaciones complejas. Bajo la ley colombiana, los comerciantes personas naturales y las personas jurídicas pueden diligenciar y presentar la solicitud de forma independiente ante la Cámara de Comercio, tanto presencialmente como a través del portal RUES (rues.com.co) y la Ventanilla Única Empresarial. El Código de Comercio (Decreto 410 de 1971, artículos 26 a 45), el Decreto 19 de 2012 (Ley Anti-Trámites) y el Decreto 1074 de 2015 rigen los requisitos del registro. Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) bajo la Ley 1258 de 2008, la constitución y el registro se hacen mediante documento privado sin necesidad de escritura pública notarial. Sin embargo, otros tipos societarios (como la S.A. y la Ltda.) pueden requerir escritura pública ante Notaría antes del registro en la Cámara de Comercio. La asesoría de un abogado mercantilista es recomendable al redactar estatutos sociales complejos, definir el objeto social y el capital, estructurar la administración, o al participar en procesos de contratación pública que exigen inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP). La Superintendencia de Sociedades supervisa el gobierno corporativo de las sociedades inscritas. Forms-legal.com ofrece esta plantilla como punto de partida; conviene verificar los requisitos vigentes con la Cámara de Comercio del domicilio antes de presentar la solicitud.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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