Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia
SOLICITUD DE ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
Conforme al Estatuto Tributario Artículo 555-2 y Decreto 1625 de 2016
SEÑORES
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN)
[DIAN Office]
[Submission City]
Asunto: Solicitud de actualización del Registro Único Tributario (RUT)
Tipo de actualización: [Update Type]
I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE SOLICITANTE
Tipo de contribuyente: [Taxpayer Type]
Nombre completo / Razón social: [Taxpayer Name]
NIT: [Taxpayer NIT]
Tipo de documento: [Document Type]
Número de documento: [Document Number]
Correo electrónico: [Taxpayer Email]
Teléfono: [Taxpayer Phone]
II. INFORMACIÓN ACTUALMENTE REGISTRADA EN EL RUT
Dirección fiscal actual: [Current Address]
Actividad económica principal (CIIU): [Current CIIU]
Responsabilidades tributarias (casilla 53): [Current Responsibilities]
Representante legal actual: [Current Representative]
III. INFORMACIÓN A ACTUALIZAR
Nueva dirección fiscal: [New Address]
Nueva actividad económica principal (CIIU): [New CIIU]
Nuevas responsabilidades tributarias: [New Responsibilities]
Nuevo representante legal: [New Representative]
Motivo de la actualización:
[Update Reason]
IV. DOCUMENTOS DE SOPORTE ADJUNTOS
De conformidad con el Artículo 1.6.1.2.14 del Decreto 1625 de 2016, se adjuntan los siguientes documentos de soporte:
[Attached Documents]
V. DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO
El/la suscrito/a declara bajo la gravedad del juramento, de conformidad con el Artículo 580 del Estatuto Tributario, que la información suministrada en la presente solicitud es veraz, completa y exacta. Se entiende que la presentación de información falsa constituye el delito de falsedad en documento contemplado en los Artículos 286 a 289 del Código Penal (Ley 599 de 2000) y da lugar a las sanciones administrativas previstas en el Artículo 658-3 del Estatuto Tributario.
VI. DATOS DE PRESENTACIÓN
Medio de presentación: [Submission Method]
Fecha de presentación: [Submission Date]
FIRMA DEL SOLICITANTE
Nombre: [Taxpayer Name]
NIT: [Taxpayer NIT]
Documento: [Document Type] No. [Document Number]
Firma: _________________________
En [Submission City], a los [Submission Date].
Taxpayer / Legal Representative (Contribuyente / Representante Legal)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia
La Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia es la petición formal regulada por Estatuto Tributario (ET) art. 555-2 con la que el interesado pone en marcha el trámite ante la autoridad colombiana competente.
El marco normativo que rige el RUT se consolida en el Decreto 1625 de 2016 (Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria), específicamente en los Artículos 1.6.1.2.1 a 1.6.1.2.20, que sustituyeron y unificaron el anterior Decreto 2460 de 2013. El Artículo 1.6.1.2.11 del Decreto 1625 de 2016 impone a todo contribuyente inscrito la obligación legal continua de actualizar el RUT dentro del mes calendario siguiente a cualquier cambio en la información originalmente reportada — el incumplimiento activa las sanciones del Artículo 658-3 del ET, que impone multas de una (1) Unidad de Valor Tributario (UVT) por día de mora, con tope de cien (100) UVT por infracción.
El Número de Identificación Tributaria (NIT) asignado a través del RUT sirve como número de identificación tributaria universal para todas las interacciones con la DIAN, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP), las autoridades aduaneras y las instituciones financieras sujetas a obligaciones de reporte conforme al Artículo 631 del ET. La Resolución DIAN 000022 de 2016, modificada por la Resolución DIAN 000084 de 2022, establece las especificaciones técnicas actuales para el registro y las actualizaciones del RUT, incluyendo los canales de presentación electrónica a través del portal muisca.dian.gov.co y los procedimientos presenciales en los Puntos de Contacto de la DIAN en todo el país.
El RUT contiene información crítica del contribuyente organizada en ocho (8) hojas de inscripción (casillas): datos de identificación (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o NIT para personas jurídicas), ubicación e información de contacto (domicilio fiscal), actividades económicas clasificadas según la CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia por el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), responsabilidades tributarias codificadas numéricamente — por ejemplo, código 05 para IVA, código 07 para retención en la fuente, código 49 para régimen simple de tributación —, calificaciones aduaneras y usuarios autorizados.
Bajo la Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria) y su decreto reglamentario Decreto 2229 de 2023, se introdujeron cambios significativos en la clasificación de contribuyentes entre el régimen ordinario y el Régimen Simple de Tributación (RST) establecido por los Artículos 903 a 916 de la Ley 2010 de 2019. Los contribuyentes que transiten entre regímenes deben actualizar sus responsabilidades en el RUT en consecuencia, modificando específicamente los códigos de responsabilidad en la casilla 53 del formulario RUT. La Superintendencia de Sociedades exige que todos los comerciantes y personas jurídicas mantengan información actualizada en el RUT como condición para el buen estado en el Registro Mercantil administrado por las Cámaras de Comercio conforme al Artículo 26 del Código de Comercio.
La plataforma electrónica MUISCA de la DIAN (Modelo Único de Ingresos, Servicio y Control Automatizado) procesa las actualizaciones del RUT enviadas electrónicamente bajo el marco establecido por la Ley 962 de 2005 (Ley Anti-trámites) y el Decreto 019 de 2012. Los contribuyentes con firma electrónica registrada en la DIAN conforme al Decreto 2242 de 2015 (ahora incorporado al Decreto 1625 de 2016) pueden completar todo el proceso de actualización electrónicamente sin visitar un Punto de Contacto.
Cuándo necesitas Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia
La Solicitud de Actualización del RUT en Colombia se requiere cada vez que cualquier información registrada en el RUT de un contribuyente cambie frente a los datos originalmente inscritos o actualizados por última vez ante la DIAN. El Artículo 1.6.1.2.11 del Decreto 1625 de 2016 establece la obligación legal de reportar los cambios dentro del mes calendario siguiente al evento que origina la modificación — el régimen sancionatorio del Artículo 658-3 del ET aplica automáticamente para las presentaciones extemporáneas.
La solicitud de actualización del RUT es necesaria cuando una persona natural o jurídica cambia su domicilio fiscal. Conforme al Artículo 579-1 del ET, la DIAN utiliza el domicilio registrado para determinar la competencia jurisdiccional en auditorías tributarias, notificaciones y procesos de cobro — una dirección desactualizada puede impedir que el contribuyente reciba notificaciones formales, que bajo el Artículo 565 del ET se entienden válidas cuando se envían al último domicilio registrado en el RUT.
La actualización es obligatoria cuando una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) bajo la Ley 1258 de 2008, una Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) u otra persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil de una Cámara de Comercio cambia su representante legal, socios o accionistas. El Artículo 1.6.1.2.6 del Decreto 1625 de 2016 exige que la identidad del representante legal y los signatarios autorizados estén actualizados en el RUT para que la entidad pueda presentar declaraciones tributarias, solicitar certificados tributarios y realizar operaciones aduaneras.
La actualización del RUT es obligatoria cuando un contribuyente agrega, modifica o elimina actividades económicas clasificadas conforme a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) Revisión 4, adaptada por el DANE mediante la Resolución 066 de 2012. La DIAN cruza los códigos CIIU con los ingresos reportados para detectar inconsistencias — los códigos de actividad incorrectos pueden activar programas de fiscalización bajo el Artículo 684 del ET.
La actualización es necesaria cuando un contribuyente transita entre regímenes tributarios — del régimen ordinario al Régimen Simple de Tributación (RST) bajo los Artículos 903-916 de la Ley 2010 de 2019, o viceversa. El código de responsabilidad en la casilla 53 del RUT debe reflejar el régimen actual antes de que el contribuyente pueda presentar la declaración anual correspondiente. Bajo la Ley 2277 de 2022, los umbrales y condiciones de elegibilidad del RST fueron modificados, obligando a muchos contribuyentes a revisar y actualizar su clasificación de régimen.
Los operadores aduaneros — importadores, exportadores, agentes de aduana, depósitos aduaneros y usuarios de zonas francas — deben actualizar el RUT cada vez que sus calificaciones aduaneras cambien conforme al Decreto 1165 de 2019. La Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la DIAN exige datos actualizados en el RUT como prerequisito para expedir o renovar autorizaciones aduaneras conforme a la Resolución DIAN 046 de 2019.
Qué incluir en tu Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia
Una Solicitud de Actualización del RUT válida en Colombia conforme al Artículo 555-2 del Estatuto Tributario y el Decreto 1625 de 2016 debe contener los siguientes elementos para ser procesada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Identificación del contribuyente: El Número de Identificación Tributaria (NIT) actualmente asignado al contribuyente, junto con el dígito de verificación. Para personas naturales, el número de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería debe coincidir con el documento de identidad en el archivo. Para personas jurídicas, el NIT debe corresponder a la entidad inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio correspondiente. El Artículo 1.6.1.2.4 del Decreto 1625 de 2016 establece que el NIT es el identificador único y permanente — no puede cambiarse, solo los campos de datos asociados pueden actualizarse.
Información del solicitante: Nombre completo de la persona natural (nombres y apellidos tal como aparecen en la cédula) o la razón social de la persona jurídica inscrita en la Cámara de Comercio. La información de contacto debe incluir la dirección de correo electrónico actualizada, el número de teléfono y el domicilio fiscal. La Resolución DIAN 000022 de 2016 establece que la dirección de correo electrónico registrada en el RUT sirve como canal principal para las notificaciones electrónicas bajo el Artículo 566-1 del ET.
Casillas a actualizar: Identificación específica de las casillas que se modifican, referenciando el sistema de numeración del formulario RUT de la DIAN. Las actualizaciones comunes incluyen: casilla 24 (actividad económica principal CIIU), casilla 25 (actividad económica secundaria), casilla 53 (responsabilidades tributarias), casillas 31-37 (dirección del domicilio fiscal), casillas 38-42 (datos de contacto) y casillas 54-59 (información del representante legal). Cada cambio de campo debe incluir tanto el valor actual registrado como el nuevo valor que se reporta.
Documentación de soporte: Según la naturaleza de la actualización, el Artículo 1.6.1.2.14 del Decreto 1625 de 2016 exige documentos de soporte específicos. Los cambios de dirección requieren una factura de servicios públicos no mayor a dos meses o un contrato de arrendamiento notariado. Los cambios de representante legal requieren un Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio expedido en los 30 días anteriores. Los cambios de régimen requieren el formulario de declaración o notificación prescrito por la DIAN. Los cambios de código CIIU pueden requerir evidencia de la nueva actividad económica, como el Registro Mercantil actualizado.
Autorización y representación: Cuando la actualización la presenta un tercero distinto al contribuyente, debe adjuntarse un poder especial o autorización conforme al Artículo 74 del Código General del Proceso (CGP). Para personas jurídicas, el representante legal debe identificarse con su número de cédula y debe estar actualmente inscrito como tal tanto en el RUT como en el Certificado de Existencia y Representación Legal. El Artículo 1.6.1.2.7 del Decreto 1625 de 2016 exige que los representantes de terceros presenten documentos de identificación originales en los Puntos de Contacto de la DIAN.
Declaración de veracidad: Declaración bajo la gravedad del juramento de que la información suministrada es completa, exacta y verdadera, conforme al Artículo 580 del ET. Las declaraciones falsas en el RUT constituyen el delito de falsedad en documento bajo los Artículos 286-289 del Código Penal (Ley 599 de 2000), y pueden activar sanciones administrativas bajo el Artículo 658-3 del ET, incluyendo multas y la posible suspensión del NIT.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud de Actualización del RUT Colombia como punto de partida para documentar los cambios requeridos en el Registro Único Tributario. Los contribuyentes deben verificar los requisitos de procesamiento actuales de la DIAN — que pueden cambiar mediante resoluciones y circulares — y consultar a un contador público titulado o abogado tributarista para actualizaciones complejas que involucren cambios de régimen, calificaciones aduaneras o registros multi-establecimiento. La línea de atención al cliente de la DIAN (601-307-8064 en Bogotá o 018000-129080 a nivel nacional) brinda orientación sobre los requisitos documentales específicos.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Actualización del RUT ante la DIAN Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/government/tax-forms/actualizacion-rut-dian-colombia
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}Preguntas Frecuentes
El Registro Único Tributario (RUT) es el registro tributario unificado establecido por el Artículo 555-2 del Estatuto Tributario, introducido por el Artículo 19 de la Ley 863 de 2003, y administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El RUT sirve como el único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a todas las personas y entidades con obligaciones administradas por la DIAN — incluyendo impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado (IVA), retención en la fuente, aranceles aduaneros y reportes cambiarios. Toda persona natural que ejerza actividades comerciales, toda persona jurídica inscrita en Colombia y toda entidad extranjera con establecimiento permanente en el país debe obtener y mantener un RUT actualizado conforme a los Artículos 1.6.1.2.1 a 1.6.1.2.20 del Decreto 1625 de 2016. El Número de Identificación Tributaria (NIT) asignado mediante el proceso de inscripción en el RUT es requerido para abrir cuentas bancarias, expedir facturas electrónicas (conforme a la Resolución DIAN 000042 de 2020), presentar declaraciones tributarias y participar en contratación pública bajo la Ley 80 de 1993. Las instituciones financieras sujetas a reporte de información conforme al Artículo 631 del ET verifican los números de NIT en la base de datos del RUT antes de procesar transacciones.
El Artículo 658-3 del Estatuto Tributario establece el régimen sancionatorio para las infracciones relacionadas con el RUT. La falta de actualización del RUT dentro del mes calendario siguiente a un cambio en la información registrada genera una multa de una (1) Unidad de Valor Tributario (UVT) por día de mora — el valor de la UVT para 2025 es COP$49.799 según la Resolución DIAN 000187 de 2024. La multa máxima está limitada a cien (100) UVT por infracción, equivalente a COP$4.979.900 para 2025. Las infracciones separadas incluyen: la falta de inscripción en el RUT (sanción de clausura del establecimiento por un día conforme al numeral 1 del Artículo 658-3 del ET), suministrar información falsa en el RUT (multa de cien (100) UVT conforme al numeral 3 del Artículo 658-3 del ET) y usar el RUT como prueba de la condición de no responsable cuando el contribuyente no cumple los requisitos (multa de cien (100) UVT). La DIAN también puede imponer la sanción de suspensión de la firma electrónica, impidiendo efectivamente al contribuyente presentar declaraciones electrónicas hasta que el RUT sea corregido. Bajo el Artículo 684 del ET, los programas de fiscalización de la DIAN cruzan específicamente los datos del RUT con los reportes de información de terceros para detectar inconsistencias — los códigos CIIU desactualizados, la clasificación incorrecta del régimen o las direcciones que no coinciden frecuentemente desencadenan procesos formales de fiscalización tributaria (requerimiento especial bajo el Artículo 703 del ET).
Ciertas actualizaciones del RUT pueden completarse íntegramente en línea a través de la plataforma MUISCA de la DIAN (muisca.dian.gov.co) bajo el marco establecido por la Ley 962 de 2005 y el Decreto 019 de 2012. Los contribuyentes con una cuenta de usuario activa y firma electrónica registrada conforme al Decreto 2242 de 2015 (ahora Decreto 1625 de 2016, Artículos 1.6.1.4.1 a 1.6.1.4.15) pueden actualizar campos como: dirección de correo electrónico, número de teléfono, actividades económicas (códigos CIIU) y ciertas responsabilidades tributarias. Sin embargo, la Resolución DIAN 000022 de 2016 establece que categorías específicas de actualizaciones requieren trámite presencial en un Punto de Contacto de la DIAN: cambios en el representante legal de una persona jurídica (que requieren presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio), cambios en el tipo de documento de identificación y la activación inicial de la firma electrónica. Mediante la Resolución DIAN 000084 de 2022, la DIAN amplió las categorías de actualizaciones disponibles en línea e introdujo el agendamiento de citas a través del portal para las actualizaciones presenciales, reduciendo los tiempos de procesamiento en las oficinas físicas. Los contribuyentes que no cuenten con firma electrónica deben visitar un Punto de Contacto con su documento de identificación original y la documentación de soporte aplicable.
La documentación de soporte para una actualización del RUT varía según el tipo de modificación que se reporta, conforme al Artículo 1.6.1.2.14 del Decreto 1625 de 2016 y la Resolución DIAN 000022 de 2016. Para cambios de dirección (domicilio fiscal), la DIAN requiere una factura de servicios públicos (agua, energía, gas o teléfono) con fecha no mayor a dos meses que muestre la nueva dirección, o alternativamente un contrato de arrendamiento notariado o escritura pública. Para cambios de representante legal, es obligatorio un Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio correspondiente en los 30 días calendario anteriores — el certificado debe mostrar al nuevo representante legal con su número de cédula. Para cambios de régimen entre el régimen ordinario y el Régimen Simple de Tributación (RST), el contribuyente debe haber presentado el formulario de inscripción o retiro correspondiente a través de MUISCA durante la ventana de inscripción establecida por el Artículo 909 de la Ley 2010 de 2019. Para actualizaciones de calificaciones aduaneras, el Decreto 1165 de 2019 exige el documento de autorización aplicable expedido por la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la DIAN. Todas las actualizaciones presenciales requieren la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería original del contribuyente o representante autorizado, más una fotocopia. Cuando un tercero presenta la actualización, debe presentarse un poder especial conforme al Artículo 74 del Código General del Proceso.
El Registro Único Tributario (RUT) es la inscripción fundamental que determina la obligación de un contribuyente de expedir facturas electrónicas de venta conforme al Decreto 1625 de 2016 y la Resolución DIAN 000042 de 2020. El código de responsabilidad registrado en la casilla 53 del RUT determina si el contribuyente está clasificado como responsable de IVA (código 48), no responsable de IVA (código 49 para el Régimen Simple) u otras obligaciones de facturación. Conforme al Artículo 615 del ET y la Resolución DIAN 000042 de 2020, todos los responsables de IVA y ciertos contribuyentes no responsables de IVA deben expedir facturas electrónicas a través de un proveedor tecnológico autorizado por la DIAN. El NIT del RUT aparece en cada factura electrónica como la identificación obligatoria del obligado a facturar conforme al anexo técnico establecido por la Resolución DIAN 000012 de 2021. Una discrepancia entre los datos del RUT y la configuración del software de facturación — como una razón social desactualizada, un NIT incorrecto o un código CIIU erróneo — puede causar el rechazo de la factura por el sistema de validación de la DIAN. La Resolución DIAN 000015 de 2021 establece que los contribuyentes que transiten a la facturación electrónica deben primero verificar y actualizar su RUT para asegurar que las actividades económicas registradas y las responsabilidades tributarias coincidan con sus operaciones comerciales reales. Los programas de fiscalización de la DIAN bajo el Artículo 684 del ET comparan específicamente los patrones de facturación con los códigos CIIU y los umbrales de ingresos registrados en el RUT.
Cuando una persona jurídica entra en liquidación voluntaria bajo los Artículos 218-224 del CCo, liquidación judicial bajo la Ley 1116 de 2006, o liquidación administrativa ante la Superintendencia de Sociedades, el RUT debe actualizarse para reflejar el cambio de estado de la empresa. El Artículo 1.6.1.2.12 del Decreto 1625 de 2016 exige que el liquidador actualice el RUT para cambiar el estado de la empresa de activo a en liquidación, lo que modifica las obligaciones tributarias y los requisitos de reporte de la entidad. Durante el período de liquidación, la entidad conserva su NIT y debe continuar presentando declaraciones tributarias — el liquidador asume la responsabilidad de todo el cumplimiento tributario conforme al Artículo 572 del ET. Al completarse el proceso de liquidación y cancelarse la matrícula mercantil en la Cámara de Comercio, el liquidador debe solicitar la cancelación formal del RUT ante la DIAN, adjuntando el acta final de liquidación, el Certificado de Existencia y Representación Legal que muestre el registro cancelado y la prueba de que todas las obligaciones tributarias han sido satisfechas. La DIAN asigna al NIT el estado de cancelado — conforme al Artículo 555-2 del ET, los NITs cancelados no pueden reactivarse ni reasignarse. La sucesión ilíquida de una persona natural fallecida sigue un proceso paralelo bajo el Artículo 7 del ET, donde la sucesión conserva el NIT del difunto hasta que la liquidación de la herencia esté completa y se presente la declaración final.
Las empresas y personas extranjeras con obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias en Colombia deben inscribirse en el RUT y mantener información actualizada conforme al Artículo 1.6.1.2.2 del Decreto 1625 de 2016. Una persona natural extranjera que obtenga rentas de fuente colombiana, establezca un establecimiento permanente (bajo el Artículo 20-1 del ET, modificado por la Ley 1819 de 2016) o desarrolle actividades comerciales en Colombia debe obtener un NIT a través del proceso de inscripción en el RUT. Las entidades extranjeras — incluyendo sucursales de sociedad extranjera inscritas bajo los Artículos 471-497 del CCo — se inscriben usando el formato de NIT específico para entidades extranjeras y deben designar un representante legal o apoderado domiciliado en Colombia para todas las interacciones con la DIAN. La Resolución DIAN 000022 de 2016 establece que las personas extranjeras sin cédula de extranjería pueden usar su número de pasaporte para el registro inicial, pero deben actualizar el RUT una vez que Migración Colombia expida la cédula de extranjería o el Permiso por Protección Temporal (PPT) bajo el Decreto 216 de 2021. Los requisitos de facturación electrónica bajo la Resolución DIAN 000042 de 2020 aplican igualmente a las entidades extranjeras con establecimiento permanente — el RUT debe reflejar los códigos CIIU correctos y las responsabilidades tributarias. Las actualizaciones del RUT de una entidad extranjera — como cambios en el apoderado o modificaciones en el registro del país de origen — requieren trámite presencial en la Dirección Seccional de la DIAN en Bogotá (Nivel Central) con documentos autenticados y apostillados bajo el Convenio de La Haya sobre la Apostilla (Ley 455 de 1998).
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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