Nombramiento de Representante Legal Colombia
ACTA DE NOMBRAMIENTO
REPRESENTANTE LEGAL
Código de Comercio Art. 196 — Ley 222 de 1995 Art. 22
I. IDENTIFICACIÓN DE LA SOCIEDAD
Razón Social: [Company Name]
NIT: [Company NIT]
Tipo Societario: [Company Type]
Domicilio: [Company Domicile]
II. REUNIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
En reunión [Meeting Type] de la [Appointing Organ] de la sociedad [Company Name], celebrada el día [Meeting Date], con un quórum del [Quorum Percentage] de las acciones/cuotas suscritas, conforme a los estatutos sociales y a las disposiciones aplicables de la Ley 1258 de 2008 y el Código de Comercio (Decreto 410 de 1971):
IV. NOMBRAMIENTO
La [Appointing Organ], mediante votación con resultado de [Voting Result], resuelve:
PRIMERO. Designar como [Appointee Role] de la sociedad [Company Name] al(la) señor(a):
Nombre: [Appointee Name]
Identificación: [Appointee CC]
Domicilio: [Appointee Address]
SEGUNDO. El(la) designado(a) tendrá las facultades establecidas en los estatutos sociales y en el Artículo 196 del Código de Comercio, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos directamente relacionados con el objeto social de la sociedad y aquellos necesarios para su administración.
V. ACEPTACIÓN Y POSESIÓN
El(la) señor(a) [Appointee Name], identificado(a) con cédula No. [Appointee CC], manifiesta su aceptación del cargo de [Appointee Role] de la sociedad [Company Name], comprometiéndose a cumplir los deberes de buena fe, lealtad y diligencia establecidos en el Artículo 23 de la Ley 222 de 1995, y asume la responsabilidad inherente al cargo conforme al Artículo 24 de la misma ley.
VI. INSCRIPCIÓN EN REGISTRO MERCANTIL
Se ordena inscribir la presente acta de nombramiento en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de [Company Domicile], conforme al Artículo 163 del Código de Comercio, a efectos de actualizar el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad.
FIRMAS
En [Execution City], a los [Execution Date].
PRESIDENTE DE LA REUNIÓN:
Firma: _________________________
SECRETARIO DE LA REUNIÓN:
Firma: _________________________
REPRESENTANTE LEGAL DESIGNADO:
[Appointee Name]
C.C. No. [Appointee CC]
Firma (aceptación): _________________________
Meeting President (Presidente de la Reunión)
________________
Signature
Meeting Secretary (Secretario de la Reunión)
________________
Signature
Appointed Legal Representative (Representante Legal Designado)
________________
Signature
Qué es Nombramiento de Representante Legal Colombia
El Nombramiento de Representante Legal Colombia es el acto regulado por CCo art. 196 y Ley 222/1995 art. 22 mediante el cual se designa formalmente a una persona en un cargo con efectos frente a terceros en Colombia.
El artículo 196 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) establece la regla fundamental del régimen de representación legal: el representante legal puede realizar todos los actos y celebrar todos los contratos directamente relacionados con el objeto social, y cualquier limitación a estos poderes solo es oponible a terceros cuando se inscribe en la Cámara de Comercio en el Registro Mercantil. El artículo 22 de la Ley 222 de 1995 amplió el marco de responsabilidad al establecer que los administradores — incluido el representante legal — deben actuar de buena fe, con la lealtad y diligencia de un buen hombre de negocios, creando responsabilidad personal por los daños causados por una administración negligente o fraudulenta.
La Constitución Política de Colombia de 1991 sustenta este mecanismo de gobierno corporativo a través del artículo 333 (libertad de empresa) y el artículo 38 (libertad de asociación), que garantizan conjuntamente el derecho a organizar entidades comerciales con estructuras de administración designadas. La Superintendencia de Sociedades, el principal regulador corporativo, supervisa el cumplimiento de los estándares de gobierno y puede sancionar a las empresas y administradores que no sigan los procedimientos de nombramiento adecuados conforme a los artículos 83 a 86 de la Ley 222 de 1995.
La inscripción del nombramiento en la Cámara de Comercio del domicilio de la empresa es obligatoria conforme al artículo 163 del Código de Comercio. La Cámara de Comercio actualiza el Certificado de Existencia y Representación Legal para reflejar al nuevo representante legal, incluyendo su nombre completo, número de cédula y cualquier limitación a su autoridad. Hasta que se complete la inscripción, el nombramiento no es oponible a terceros que confíen en la información del Registro Mercantil — protección establecida por el principio de fe pública del registro mercantil conforme al artículo 29 del Código de Comercio.
Para las SAS — que representan más del 98% de las nuevas constituciones de empresas según estadísticas de la Superintendencia de Sociedades — el representante legal es el único órgano de administración obligatorio conforme al artículo 25 de la Ley 1258 de 2008, lo que hace al documento de nombramiento particularmente significativo. El representante legal de una SAS tiene los poderes más amplios posibles a menos que los estatutos establezcan limitaciones específicas inscritas en la Cámara de Comercio.
El artículo 24 de la Ley 222 de 1995 establece responsabilidad solidaria e ilimitada para el representante legal que actúe fuera del ámbito de su autoridad, incumpla obligaciones legales o cause daños mediante una administración negligente. El representante legal también es la persona responsable de presentar las declaraciones tributarias ante la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), suscribir contratos, representar a la empresa en procesos judiciales conforme al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y certificar los estados financieros junto con el contador público y el revisor fiscal (cuando aplique conforme a la Ley 43 de 1990).
Cuándo necesitas Nombramiento de Representante Legal Colombia
El documento de Nombramiento de Representante Legal Colombia se necesita cuando una sociedad comercial colombiana debe designar, reemplazar o confirmar a la persona autorizada para actuar en su nombre ante terceros, entidades gubernamentales y el sistema judicial. El artículo 196 del Código de Comercio y el artículo 22 de la Ley 222 de 1995 exigen que toda sociedad comercial tenga un representante legal debidamente designado e inscrito en la Cámara de Comercio.
El documento se requiere al constituir una nueva empresa. Conforme al artículo 5 de la Ley 1258 de 2008 para las SAS y los artículos 110 y 111 del Código de Comercio para las SA y SRL, el documento de constitución debe designar al representante legal inicial. Si bien el propio documento de constitución contiene esta designación, la Cámara de Comercio lo trata como el primer acto de nombramiento para efectos de inscripción en el Certificado de Existencia y Representación Legal.
Se necesita un documento formal de nombramiento cuando se reemplaza al representante legal actual por renuncia, remoción, fallecimiento o incapacidad. El artículo 198 del Código de Comercio dispone que el representante legal puede ser removido en cualquier momento por el órgano que lo designó — la asamblea de accionistas o la junta directiva, según los estatutos. El reemplazo debe inscribirse en la Cámara de Comercio dentro de los 15 días hábiles siguientes para actualizar el Certificado de Existencia conforme al Decreto 019 de 2012 (anti-trámites).
El documento se necesita al ampliar la estructura de representación — añadir un suplente junto al representante principal, o designar múltiples representantes legales con autoridad dividida o concurrente. Muchas empresas colombianas designan tanto un Representante Legal Principal como un Representante Legal Suplente para garantizar la continuidad de las operaciones corporativas.
Las instituciones financieras requieren un Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado que refleje al representante legal actual antes de autorizar transacciones bancarias, abrir cuentas corporativas o procesar operaciones financieras significativas. La DIAN requiere información actualizada del representante legal para las actualizaciones del RUT (Registro Único Tributario) conforme al artículo 555 del Estatuto Tributario.
El nombramiento se necesita cuando la empresa atraviesa una reorganización corporativa — fusión (artículo 172 del CCo), escisión (artículos 3 a 21 de la Ley 222 de 1995) o transformación (artículo 167 del CCo) — que requiere designar al representante legal de la entidad resultante o nueva.
La participación en contratación pública conforme a la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 requiere prueba de la autoridad actual del representante legal mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal, haciendo esencial la inscripción oportuna de los nombramientos para las empresas que licitan contratos estatales a través de la plataforma SECOP II.
Qué incluir en tu Nombramiento de Representante Legal Colombia
Un documento válido de Nombramiento de Representante Legal Colombia debe contener elementos específicos para satisfacer los requisitos de inscripción de la Cámara de Comercio conforme al artículo 163 del Código de Comercio y establecer el alcance y las limitaciones de la autoridad del representante legal conforme al artículo 196.
Identificación de la Empresa: Razón social completa incluyendo la denominación del tipo societario (S.A.S., S.A., Ltda., S.C.A.), NIT (Número de Identificación Tributaria) asignado por la DIAN y número de matrícula mercantil asignado por la Cámara de Comercio. La identificación de la empresa debe coincidir exactamente con la información inscrita en el Registro Mercantil para evitar el rechazo de la inscripción.
Resolución del Órgano Designador: Identificación del órgano corporativo que realiza el nombramiento — asamblea general de accionistas (para SAS conforme al artículo 26 de la Ley 1258 de 2008), junta directiva (para SA conforme al artículo 440 del Código de Comercio) o junta de socios (para SRL conforme al artículo 358 del CCo). La resolución debe incluir la fecha de la reunión, verificación del quórum confirmando el cumplimiento de los estatutos y los artículos 427 a 429 del Código de Comercio, y los resultados de la votación.
Identificación del Designado: Nombre completo de la persona nombrada como representante legal, número de cédula de ciudadanía (para nacionales colombianos), cédula de extranjería (para residentes extranjeros) o número de pasaporte (para no residentes). El artículo 22 de la Ley 222 de 1995 no impone requisitos de nacionalidad al representante legal, pero los extranjeros no residentes deben obtener el estatus migratorio apropiado ante Migración Colombia conforme al Decreto 1067 de 2015.
Alcance de la Autoridad: Descripción de los poderes otorgados al representante legal, incluidos los límites monetarios para la celebración de contratos y la disposición de activos si están establecidos en los estatutos. Conforme al artículo 196 del Código de Comercio, el representante legal puede realizar cualquier acto relacionado con el objeto social — las limitaciones solo son oponibles a terceros cuando se inscriben en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio.
Tipo de Nombramiento: Especificación de si el nombramiento es para el Representante Legal Principal o el Representante Legal Suplente, y si el designado reemplaza a un representante anterior o ocupa una posición recién creada. El documento debe hacer referencia al nombre y número de cédula del representante anterior cuando aplique.
Aceptación y Posesión: Evidencia de que el designado aceptó el nombramiento, usualmente mediante una declaración de aceptación firmada. El artículo 22 de la Ley 222 de 1995 exige que el designado acepte antes de asumir las funciones, pues la aceptación activa los deberes de lealtad, diligencia y buena fe aplicables a todos los administradores corporativos.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Nombramiento de Representante Legal Colombia como marco inicial para el cumplimiento del gobierno corporativo. Todo documento de nombramiento debe ser revisado por un abogado comercialista para confirmar que el procedimiento de designación cumple con los estatutos específicos de la empresa, los requisitos de quórum y cualquier acuerdo de accionistas (artículo 24 de la Ley 1258 de 2008) que pueda afectar el nombramiento. La Cámara de Comercio puede rechazar la inscripción si el documento no cumple los requisitos formales o entra en conflicto con los estatutos inscritos.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Nombramiento de Representante Legal Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/nombramiento-representante-legal-colombia
"Nombramiento de Representante Legal Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/nombramiento-representante-legal-colombia.
@misc{formslegal-nombramiento-representante-legal-colombia,
author = {{Forms Legal}},
title = {Nombramiento de Representante Legal Colombia (Colombia)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/colombia/business/corporate/nombramiento-representante-legal-colombia}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
La autoridad para nombrar al representante legal en Colombia depende del tipo de empresa y sus estatutos. Para una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), el artículo 26 de la Ley 1258 de 2008 establece que la asamblea de accionistas nombra al representante legal a menos que los estatutos deleguen esta función a una junta directiva. Para una Sociedad Anónima (SA), el artículo 440 del Código de Comercio atribuye esta autoridad a la junta directiva, que a su vez es elegida por la asamblea general de accionistas conforme al artículo 436. Para una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL/Ltda.), la junta de socios ejerce esta función conforme al artículo 358 del Código de Comercio. En todos los casos, el nombramiento debe adoptarse con el quórum y la mayoría establecidos en los estatutos — para una SAS, el quórum por defecto conforme al artículo 22 de la Ley 1258 de 2008 es uno o más accionistas que representen al menos la mitad de las acciones suscritas, con decisiones por mayoría simple. El nombramiento es efectivo al ser aceptado por el designado y debe inscribirse en la Cámara de Comercio conforme al artículo 163 del Código de Comercio para ser oponible a terceros.
El representante legal de una sociedad comercial colombiana tiene importantes responsabilidades legales conforme al artículo 23 de la Ley 222 de 1995 y el artículo 200 del Código de Comercio. El artículo 23 de la Ley 222 establece el deber de actuar de buena fe, con la lealtad y diligencia de un buen hombre de negocios, exigiendo que el representante legal priorice los intereses de la empresa y sus accionistas. Los deberes específicos incluyen: cumplir con todas las obligaciones legales y estatutarias; mantener registros contables adecuados conforme al Decreto 2649 de 1993 y las normas NIIF (Decreto 2420 de 2015); presentar declaraciones tributarias precisas ante la DIAN; garantizar el cumplimiento de la seguridad social de los empleados a través del sistema PILA conforme a la Ley 100 de 1993; y convocar las asambleas de accionistas. La responsabilidad personal surge conforme al artículo 24 de la Ley 222 cuando el representante legal actúa con negligencia o mala fe, excede su autoridad o incumple deberes legales — los accionistas o terceros pueden interponer la acción social de responsabilidad conforme al artículo 25. La responsabilidad penal puede surgir conforme a la Ley 599 de 2000 (Código Penal) por administración fraudulenta, evasión tributaria o apropiación indebida de activos de la empresa. La Superintendencia de Sociedades también puede imponer sanciones administrativas en ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.
La inscripción del nombramiento del representante legal en la Cámara de Comercio sigue un procedimiento específico conforme a los artículos 29 y 163 del Código de Comercio. La empresa debe presentar el original o copia certificada del acta que contiene la resolución de nombramiento, firmada por el presidente y secretario de la reunión conforme al artículo 189 del Código de Comercio. Para las SAS, el acta debe cumplir con el artículo 22 de la Ley 1258 de 2008 sobre requisitos de quórum y votación. La presentación incluye el formulario de inscripción en el registro mercantil, copia de la cédula del designado y pago de los derechos de inscripción, que varían según la Cámara de Comercio pero típicamente oscilan entre COP$39.000 y COP$52.000. La Cámara de Comercio revisa el documento para verificar el cumplimiento de los requisitos legales dentro de los cinco días hábiles siguientes conforme al Decreto 019 de 2012. Al aprobarse, el Certificado de Existencia y Representación Legal se actualiza para reflejar el nombre, número de cédula y cualquier limitación de autoridad del nuevo representante legal. La empresa también debe actualizar su RUT ante la DIAN para reflejar el cambio de representante legal. Muchas Cámaras de Comercio ofrecen actualmente inscripción virtual a través de la plataforma RUES en rues.com.co o a través de sus propios portales digitales.
Un extranjero puede ser representante legal de una sociedad comercial colombiana, ya que ni el artículo 196 del Código de Comercio ni el artículo 22 de la Ley 222 de 1995 imponen requisitos de nacionalidad colombiana para el cargo. Sin embargo, aplican consideraciones prácticas y migratorias. Un extranjero residente en Colombia debe tener cédula de extranjería expedida por Migración Colombia conforme al Decreto 1067 de 2015 — este documento sirve como número de identificación registrado en la Cámara de Comercio y requerido para los trámites ante la DIAN/RUT. Un extranjero no residente puede ser designado usando su número de pasaporte, pero debe designar un agente residente en Colombia o un apoderado para recibir notificaciones judiciales y ciertos trámites administrativos. La Ley 1258 de 2008 no exige que el representante legal de una SAS resida en Colombia, aunque la Superintendencia de Sociedades ha señalado en orientaciones regulatorias que el representante legal debe ser razonablemente accesible para las funciones de gobierno. Para efectos tributarios, si el representante legal es no residente, la empresa debe designar igualmente a una persona responsable de los trámites ante la DIAN — frecuentemente el suplente o un contador público. Los bancos pueden exigir comparecencia personal del representante legal para la apertura de cuentas, requiriendo al menos presencia temporal en Colombia.
Operar sin un representante legal debidamente inscrito genera consecuencias jurídicas y prácticas significativas para una empresa colombiana. Conforme al artículo 196 del Código de Comercio, el representante legal es la persona autorizada para obligar a la empresa — sin él, la empresa no puede celebrar contratos legalmente, participar en procesos judiciales conforme al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) ni realizar actos administrativos ante entidades gubernamentales. La Cámara de Comercio registrará la ausencia en el Certificado de Existencia y Representación Legal, impidiendo efectivamente que la empresa realice negocios que requieran este certificado. Los bancos bloquearán las cuentas corporativas hasta que se inscriba un nuevo representante legal y se presente la documentación actualizada. La DIAN puede imponer sanciones por no actualizar la información del RUT conforme al artículo 658-3 del Estatuto Tributario. La Superintendencia de Sociedades puede iniciar procedimientos administrativos en ejercicio de sus facultades de vigilancia y control establecidas en los artículos 83 a 86 de la Ley 222 de 1995, que pueden incluir multas e incluso órdenes de disolución administrativa. El representante legal anterior permanece responsable por los actos realizados durante su período y puede seguir siendo responsabilizado hasta que un reemplazo sea debidamente inscrito. Los accionistas que no nombren un reemplazo dentro de un plazo razonable pueden enfrentar responsabilidad personal conforme al deber general de cuidado hacia la empresa del artículo 24 de la Ley 222 de 1995.
El derecho societario colombiano distingue entre el Representante Legal Principal y el Representante Legal Suplente como roles de administración complementarios. El representante legal principal es el funcionario primario autorizado para actuar en nombre de la empresa conforme al artículo 196 del Código de Comercio, con plenas facultades para suscribir contratos, representar a la empresa en procesos judiciales y administrativos y realizar todos los actos relacionados con el objeto social. El suplente (alternativo o sustituto) es un representante secundario que asume las funciones del principal durante ausencias temporales o permanentes — vacaciones, enfermedad, viajes, renuncia, remoción o fallecimiento — conforme al artículo 198 del Código de Comercio. Tanto el principal como el suplente deben estar inscritos en la Cámara de Comercio y aparecer en el Certificado de Existencia y Representación Legal. Para las SAS, el artículo 25 de la Ley 1258 de 2008 exige al menos un representante legal pero no obliga a designar suplente — sin embargo, la Superintendencia de Sociedades recomienda nombrarlo para garantizar la continuidad del gobierno. El suplente tiene idéntica autoridad que el principal cuando actúa en su lugar, y los terceros que contraten con el suplente de buena fe están protegidos por el principio de fe pública del registro mercantil. Ambos funcionarios tienen los mismos deberes fiduciarios conforme al artículo 23 de la Ley 222 de 1995 cuando ejercen sus funciones.
La autoridad del representante legal puede limitarse en Colombia, pero la oponibilidad de estas limitaciones depende de la inscripción adecuada. Conforme al artículo 196 del Código de Comercio, el representante legal tiene autoridad inherente para realizar todos los actos directamente relacionados con el objeto social — este es el poder base que existe independientemente de los estatutos. Las limitaciones pueden establecerse en los estatutos de la empresa e incluyen típicamente: topes monetarios para la celebración de contratos (por ejemplo, exigir aprobación de la junta para operaciones que superen determinado monto en COP); prohibición de enajenar o gravar bienes inmuebles sin aprobación de los accionistas; restricción para otorgar garantías (avales, fianzas) sin autorización de la junta; y limitación de facultades judiciales que requieran autorización especial para determinados procesos. Conforme al inciso segundo del artículo 196 del Código de Comercio, estas limitaciones solo son oponibles a terceros cuando se inscriben en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio. Las limitaciones no inscritas solo protegen la relación interna entre la empresa y su representante legal — un tercero que contrate con el representante legal de buena fe está protegido aunque el representante haya excedido límites internos no reflejados en el registro. Para las SAS, el artículo 25 de la Ley 1258 de 2008 confirma este marco, y la Circular Externa 100-006 de 2008 de la Superintendencia de Sociedades orienta sobre las estructuras de limitación aceptables.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Documento de Constitución SAS Colombia
Documento privado de constitución de Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) conforme a la Ley 1258 de 2008. Sin escritura pública ni notarización. Cubre capital autorizado, suscrito y pagado, estructura de gobierno, objeto social y requisitos de registro en Cámara de Comercio y DIAN.
Reforma de Estatutos SAS Colombia
Documento de Reforma de Estatutos para una Sociedad por Acciones Simplificada en Colombia, regido por el Artículo 29 de la Ley 1258 de 2008, que permite a los accionistas modificar los estatutos sociales mediante acta de asamblea inscrita en la Cámara de Comercio.
Poder de Representación Legal — Colombia
Modelo de Poder de Representación Legal en Colombia conforme a los artículos 836–844 del Código de Comercio y los artículos 2142–2199 del Código Civil, que autoriza a una persona natural o jurídica para actuar en nombre de una empresa o persona ante juzgados, entidades gubernamentales, la Cámara de Comercio, la DIAN, la SFC y terceros privados.
Reglamento Interno de Junta Directiva — Colombia
Modelo de Reglamento Interno de Junta Directiva para empresas colombianas conforme a los artículos 197–203 del Código de Comercio, la Ley 222 de 1995 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, con reglas de composición, reuniones, quórum, votación y deberes de los directores.
Acta de Asamblea General de Accionistas Colombia
Acta de Asamblea General de Accionistas para Colombia regulada por los Artículos 181 a 207 del Código de Comercio y el Artículo 25 de la Ley 222 de 1995, que documenta decisiones societarias incluyendo elección de directivos, aprobación de estados financieros, distribución de dividendos, modificaciones de capital y reformas estatutarias.