Private Vehicle Sale Agreement Chile (Compraventa de Vehículo Particular)
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO PARTICULAR
(Código Civil Art. 1793 — Ley 18.290 de Tránsito Art. 39)
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
VENDEDOR:
Nombre: [Seller Name]
RUT: [Seller RUT]
Domicilio: [Seller Address]
COMPRADOR:
Nombre: [Buyer Name]
RUT: [Buyer RUT]
Domicilio: [Buyer Address]
SEGUNDO: VEHÍCULO OBJETO DE LA COMPRAVENTA
El vendedor transfiere al comprador el siguiente vehículo motorizado:
Patente: [Vehicle Plate]
Marca: [Vehicle Make]
Modelo: [Vehicle Model]
Año: [Vehicle Year]
Color: [Vehicle Color]
Número de Chasis / VIN: [Vehicle VIN]
Número de Motor: [Vehicle Engine Number]
Combustible: [Fuel Type]
Kilometraje al momento de la venta: [Vehicle Kilometrage]
TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio de la compraventa se fija en [Sale Price], que el comprador paga al vendedor mediante: [Payment Method].
El vendedor declara recibir el precio a su entera satisfacción, salvo que se haya pactado pago en cuotas, en cuyo caso los pagarés correspondientes se adjuntan al presente contrato.
CUARTO: DECLARACIONES DEL VENDEDOR
El vendedor declara que:
a) Es el legítimo propietario del vehículo, inscrito a su nombre en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
b) El vehículo se encuentra libre de prohibiciones de enajenar, embargos, prendas, y cualquier gravamen o encargo judicial.
c) El permiso de circulación y el SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) se encuentran vigentes.
d) La revisión técnica se encuentra al día conforme a la normativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) No existen multas de tránsito, deudas de TAG, ni infracciones pendientes asociadas al vehículo.
QUINTO: TRANSFERENCIA EN EL REGISTRO CIVIL
Las partes se comprometen a concurrir al Servicio de Registro Civil e Identificación para inscribir la transferencia del vehículo conforme al Artículo 39 de la Ley 18.290, [Transfer Deadline].
El derecho de transferencia (1,5% de la tasación fiscal SII) será: [Transfer Fee Responsibility].
Hasta la inscripción de la transferencia, el vendedor será legalmente responsable por las infracciones y obligaciones asociadas al vehículo.
SEXTO: GARANTÍAS
El vendedor responde por los vicios redhibitorios (defectos ocultos) del vehículo conforme a los Artículos 1857 a 1868 del Código Civil. El comprador declara haber examinado el vehículo y aceptar su estado actual de conservación y funcionamiento, sin perjuicio de su derecho a reclamar por defectos ocultos existentes al momento de la venta que no hayan podido ser detectados mediante una inspección razonable.
SÉPTIMO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil de Chile, la Ley 18.290 de Tránsito, y las demás disposiciones legales aplicables. Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Letras competentes de la ciudad de [Signature City].
FIRMAS
En [Signature City], a [Signature Date].
EL VENDEDOR:
[Seller Name] — RUT: [Seller RUT]
Firma: _________________________
EL COMPRADOR:
[Buyer Name] — RUT: [Buyer RUT]
Firma: _________________________
Seller (Vendedor)
________________
Signature
Buyer (Comprador)
________________
Signature
What Is a Private Vehicle Sale Agreement Chile (Compraventa de Vehículo Particular)?
A Private Vehicle Sale Agreement Chile (Contrato de Compraventa de Vehículo Particular) is a bilateral contract governed by Article 1793 of the Código Civil of Chile (enacted 14 December 1855) and the vehicle registration provisions of Ley 18.290 de Tránsito (Ley del Tránsito, published 7 February 1984, with subsequent amendments including Ley 21.088 of 2018 on road safety), through which one party — the seller (vendedor) — transfers ownership of a motor vehicle to another party — the buyer (comprador) — in exchange for a price paid in money.
Article 1793 of the Código Civil defines the sale (compraventa) as a contract by which one party agrees to give a thing and the other to pay a price in money. For motor vehicles, the sale contract itself is consensual under the Código Civil — it is perfected by the agreement of the parties on the thing sold and the price. However, the transfer of legal ownership (tradición) of motor vehicles in Chile requires a formal step beyond the private contract: registration of the transfer at the Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) under Article 39 of Ley 18.290.
Article 39 of Ley 18.290 establishes that ownership of motor vehicles is transferred through inscription in the Registro de Vehículos Motorizados maintained by the Servicio de Registro Civil e Identificación. Until the transfer is inscribed at the Registro Civil, the seller remains the legal owner for all purposes — including liability for traffic infractions, toll debts (TAG administered by concessionaires under the MOP), and civil liability for accidents under Article 174 of Ley 18.290. The transfer inscription requires both parties to appear personally (or through a mandatario with poder notarial) at any office of the Registro Civil throughout Chile, present the signed sale contract (which may be a private instrument or escritura pública), and pay the transfer fee (derecho de transferencia) equivalent to 1.5% of the vehicle's assessed value (tasación) established by the SII.
The SII (Servicio de Impuestos Internos) assigns a tasación fiscal to each vehicle based on its make, model, year, and condition, published annually in the Tabla de Valores de Vehículos. This tasación determines both the transfer fee and the annual permiso de circulación (circulation permit) payable to the Municipalidad where the vehicle is registered. The permiso de circulación must be current (paid for the current calendar year) for the transfer to proceed at the Registro Civil.
Chilean vehicle sales also operate within the consumer protection framework of Ley 19.496 of 1997 (Ley del Consumidor) when one party is a commercial dealer (automotora) — the SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor) has jurisdiction over complaints regarding defective vehicles, misleading descriptions, and warranty obligations. For purely private sales between individuals (compraventa entre particulares), the Código Civil's general warranty provisions under Articles 1857–1868 (saneamiento por vicios redhibitorios — latent defect warranty) and Articles 1838–1856 (saneamiento por evicción — eviction warranty) apply.
The Carabineros de Chile (national police) and the Policía de Investigaciones (PDI) maintain the Registro de Encargos y Prohibiciones (registry of judicial encumbrances and prohibitions) — buyers must verify that the vehicle is free of judicial prohibitions (prohibiciones de enajenar), seizures (embargos), and theft reports (encargos por robo) before completing the purchase. This verification is available online through the portal of the Registro Civil or through the Carabineros' AUPOL system.
When Do You Need a Private Vehicle Sale Agreement Chile (Compraventa de Vehículo Particular)?
A Private Vehicle Sale Agreement Chile is needed whenever a motor vehicle owner transfers ownership to a buyer through a private transaction outside of a commercial dealership setting. Article 1793 of the Código Civil governs the underlying sale contract, while Ley 18.290 Article 39 mandates the formal transfer inscription at the Servicio de Registro Civil e Identificación.
The agreement is needed for the sale of any motorized vehicle registered in Chile — automobiles (automóviles), SUVs (camionetas), trucks (camiones), motorcycles (motocicletas), vans (furgones), and other motorized vehicles subject to Ley 18.290 registration requirements. Each vehicle is identified by its patente única (licence plate number), número de motor (engine number), número de chasis or VIN (Vehicle Identification Number), and the Registro Civil's inscription number.
A written sale contract is critical for the transfer procedure at the Registro Civil — while Article 39 of Ley 18.290 does not mandate a specific contract format, the Registro Civil requires documentation of the agreement including party identification, vehicle details, and agreed price. The SII's transfer fee (1.5% of the vehicle's tasación fiscal) is calculated based on the Tabla de Valores de Vehículos published annually.
The agreement is needed when the buyer finances the purchase through instalments — the seller may retain the vehicle's documentation or require the buyer to sign pagarés under Ley 18.092 as security for the remaining balance. Alternatively, the seller may constitute a prenda sin desplazamiento (pledge without delivery) over the vehicle under Ley 20.190 of 2007, which allows the buyer to possess and use the vehicle while the pledge secures the outstanding balance.
Foreign residents in Chile purchasing vehicles require valid identification documents — the cédula de identidad for permanent residents or the RUN (Rol Único Nacional) assigned by the Registro Civil for temporary residents under the Ley de Migración 21.325 of 2021. The Departamento de Extranjería y Migración does not impose separate restrictions on vehicle ownership by foreign nationals with valid residency.
The agreement is also necessary when inheriting vehicles through succession proceedings — the executor (albacea) or heirs must execute a transfer at the Registro Civil based on the court's posesión efectiva decree issued by the Juzgado de Letras or obtained through the Registro Civil's simplified procedure under Ley 19.903 of 2003.
What to Include in Your Private Vehicle Sale Agreement Chile (Compraventa de Vehículo Particular)
A valid Private Vehicle Sale Agreement Chile under Código Civil Article 1793 must contain the following elements to support the mandatory transfer inscription at the Servicio de Registro Civil e Identificación under Ley 18.290 Article 39.
Seller Identification: Full legal name, RUT (Rol Único Tributario assigned by the SII), cédula de identidad number (issued by the Registro Civil e Identificación), and domicile of the seller. The seller must be the registered owner of the vehicle as shown in the Registro de Vehículos Motorizados — or must present a valid power of attorney (poder notarial) under Código Civil Articles 2116–2173 authorizing the sale on behalf of the owner. For vehicles owned by legal entities, the company's RUT and the legal representative's identification and mandato must be documented.
Buyer Identification: Full legal name, RUT, cédula de identidad number, and domicile of the buyer. Foreign nationals must present their cédula de identidad para extranjeros or passport with valid visa under Ley de Migración 21.325.
Vehicle Description: Complete identification of the vehicle including: patente única (licence plate number); marca (make); modelo (model); año de fabricación (year of manufacture); color; número de motor (engine number); número de chasis or VIN (Vehicle Identification Number); tipo de combustible (fuel type — bencina, diésel, eléctrico, híbrido); and the current Registro Civil inscription number. The vehicle's revisión técnica (technical inspection certificate issued by a Planta de Revisión Técnica authorized by the Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones) must be current.
Price and Payment: The agreed purchase price in Chilean Pesos (CLP) or UF (Unidades de Fomento). Article 1793 of the Código Civil requires that the price be determined or determinable in money. The payment method should be specified — full cash payment (pago al contado), bank transfer (transferencia bancaria), cheque (cheque cruzado nominativo), or instalment payments secured by pagarés under Ley 18.092. The SII's tasación fiscal from the Tabla de Valores de Vehículos sets the minimum value for transfer fee calculation purposes — declaring a price significantly below the tasación may trigger SII scrutiny.
Vehicle Condition and Warranties: A description of the vehicle's condition at the time of sale. Under Código Civil Articles 1857–1868, the seller warrants against hidden defects (vicios redhibitorios) that render the vehicle unfit for its intended use or significantly diminish its value. The buyer may waive specific warranty claims, but the seller remains liable for defects they knew about and did not disclose under Article 1861. The revisión técnica certificate, the SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales required by Article 171 of Ley 18.290), and the permiso de circulación status should be documented.
Encumbrance Declaration: A declaration by the seller that the vehicle is free of judicial prohibitions (prohibiciones de enajenar), seizures (embargos), pledges (prendas), theft reports (encargos por robo), and unpaid fines — verified through the Registro de Encargos maintained by the Registro Civil and the Carabineros de Chile. Article 1824 of the Código Civil obliges the seller to deliver the thing free of encumbrances.
Transfer Obligation: An express commitment by both parties to appear at the Servicio de Registro Civil e Identificación to complete the transfer inscription within a specified period, and allocation of responsibility for the transfer fee (1.5% of the tasación fiscal). The permiso de circulación must be current and the SOAP insurance valid for the transfer to proceed.
Forms-legal.com provides this Vehicle Sale Agreement Chile template as a practical starting point for private vehicle transactions. Both parties should verify the vehicle's legal status through the Registro Civil's online portal and obtain the current revisión técnica and SOAP certificates before executing the sale. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 18.290AR official
- Ley 21.088AR official
- Ley 19.496AR official
- Ley 18.092AR official
- Ley 20.190AR official
- Ley 19.903AR official
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Forms Legal. (2026). Private Vehicle Sale Agreement Chile (Compraventa de Vehículo Particular) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/personal/bills-of-sale/vehicle-sale-agreement-chile
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Frequently Asked Questions
La transferencia de dominio de un vehículo en Chile se completa ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) bajo el Artículo 39 de la Ley 18.290 de Tránsito. Tanto el vendedor como el comprador (o sus representantes autorizados con poder notarial) deben concurrir a cualquier oficina del Registro Civil a nivel nacional — las citas pueden agendarse en línea a través del portal registrocivil.cl. Los documentos requeridos son: cédula de identidad de ambas partes; el contrato de compraventa firmado; el permiso de circulación vigente del vehículo (pagado para el año calendario en curso en la Municipalidad respectiva); el certificado de revisión técnica vigente de una Planta de Revisión Técnica autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la póliza del SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) vigente. El derecho de inscripción de transferencia equivale al 1,5% de la tasación fiscal del vehículo según la Tabla de Valores de Vehículos publicada por el SII, pagadero en la oficina del Registro Civil. El SRCeI verifica que el vehículo no tenga prohibiciones de enajenar, embargos, prendas sin desplazamiento inscritas bajo la Ley 20.190, ni encargos por robo activos en el Registro de Encargos. Una vez completada la inscripción, el comprador pasa a ser el propietario legal y recibe un certificado de inscripción actualizado. El proceso completo generalmente toma entre 30 y 60 minutos en la oficina del Registro Civil, aunque en periodos de alta demanda como fin de año puede requerir más tiempo.
Vender un vehículo en Chile requiere los siguientes documentos para completar la transacción y la transferencia obligatoria ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. El vendedor debe presentar: su cédula de identidad vigente (emitida por el Registro Civil e Identificación); el certificado de inscripción del vehículo que lo identifica como propietario actual en el Registro de Vehículos Motorizados; el permiso de circulación vigente para el año calendario en curso (pagado en la Municipalidad donde está inscrito el vehículo); un certificado de revisión técnica válido de una Planta de Revisión Técnica autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones — la inspección debe estar vigente y no vencida; y el SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) requerido por el Artículo 171 de la Ley 18.290 con cobertura vigente. El comprador debe presentar su cédula de identidad y RUT. Ambas partes firman el contrato de compraventa — que puede ser un instrumento privado simple o un contrato con firma autorizada ante Notario Público bajo los Artículos 399 a 446 del Código Orgánico de Tribunales. Antes de la venta, el comprador debe obtener un certificado de anotaciones vigentes del Registro Civil (disponible en línea en registrocivil.cl) para verificar que el vehículo no tenga gravámenes judiciales, prohibiciones de enajenar, prendas sin desplazamiento inscritas bajo la Ley 20.190, ni encargos por robo. Todas las multas de tránsito pendientes ante los Juzgados de Policía Local, deudas de peaje TAG y cargos de estacionamiento asociados al vehículo deben resolverse antes de la transferencia para evitar complicaciones ante el SRCeI.
Si el vendedor no completa la inscripción de la transferencia ante el Servicio de Registro Civil e Identificación después de suscribir el contrato de compraventa, el vendedor permanece como propietario legal del vehículo para todos los efectos bajo la Ley 18.290. El Artículo 39 de la Ley 18.290 establece que la propiedad de los vehículos motorizados se transfiere únicamente mediante la inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del SRCeI — el contrato privado de compraventa por sí solo no transfiere el dominio legal. Las consecuencias para el vendedor son significativas: permanece responsable por las infracciones de tránsito (multas de tránsito) cometidas por el comprador bajo el Artículo 174 de la Ley 18.290 fiscalizada por los Carabineros de Chile, es responsable de las deudas de peaje TAG acumuladas en el vehículo ante las concesionarias del MOP, y puede tener responsabilidad civil en acciones derivadas de accidentes de tránsito. El comprador en esta situación tiene el derecho de exigir el cumplimiento forzado de la obligación del vendedor de completar la transferencia, mediante acción ante el Juzgado de Letras en lo Civil bajo el Artículo 1489 del Código Civil. El comprador también puede solicitar daños e indemnización de perjuicios por las pérdidas causadas por el incumplimiento del vendedor. Para protegerse contra este riesgo, el contrato de compraventa debe incluir una cláusula que especifique un plazo para completar la transferencia en el Registro Civil y una cláusula penal bajo los Artículos 1535 a 1544 del Código Civil denominada en UF para mantener su valor real según el IPC del INE. Adicionalmente, el comprador puede solicitar una prohibición de enajenar judicial ante el Juzgado de Letras competente para impedir que el vendedor venda el vehículo a un tercero durante el procedimiento de cumplimiento forzado.
Los compradores en compraventas privadas de vehículos en Chile están protegidos contra los vicios ocultos (vicios redhibitorios) bajo los Artículos 1857 a 1868 del Código Civil. El Artículo 1858 define el vicio redhibitorio como aquel que: existía al momento de la venta (aunque se haya manifestado después); es de tal gravedad que hace al vehículo impropio para su uso destinado o que disminuye significativamente su valor de modo que el comprador no lo habría comprado o habría pagado un precio menor; y no era conocido por el comprador al momento de la venta ni podía detectarse razonablemente mediante diligencia ordinaria. Al descubrir un vicio oculto, el comprador puede ejercer dos acciones bajo el Artículo 1860: la acción redhibitoria para rescindir la venta y recuperar el precio, o la acción quanti minoris (estimatoria) para obtener una reducción proporcional del precio ante el Juzgado de Letras en lo Civil competente. El Artículo 1866 establece que la acción redhibitoria para bienes muebles (incluyendo vehículos) debe ejercerse dentro de seis meses desde la fecha de entrega, y la acción quanti minoris dentro de un año. El Artículo 1861 impone responsabilidad estricta a los vendedores que conocían el vicio y lo ocultaron — deben no solo devolver el precio sino también compensar al comprador por todos los daños e indemnización de perjuicios bajo los Artículos 1556 a 1558 del Código Civil. Para ventas que involucran concesionarios comerciales (automotoras), la Ley 19.496 (Ley del Consumidor) administrada por el SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor) proporciona protecciones adicionales incluyendo garantías legales obligatorias y el derecho a retracto dentro de plazos específicos establecidos en los Artículos 3 y 21 de la Ley 19.496.
Las compraventas privadas de vehículos entre particulares en Chile no generan IVA (Impuesto al Valor Agregado) porque la transacción no constituye una venta comercial habitual bajo el DL 825 de 1974 (Ley del IVA) administrado por el SII — el IVA aplica únicamente cuando el vendedor es un concesionario comercial o cuando la venta constituye una actividad comercial habitual. El costo principal relacionado con impuestos es el derecho de inscripción de transferencia pagadero ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, calculado al 1,5% de la tasación fiscal del vehículo según la Tabla de Valores de Vehículos publicada anualmente por el SII en sii.cl. La tasación fiscal es determinada por el Servicio de Impuestos Internos según la marca, modelo, año y condición del vehículo — declarar un precio de venta significativamente inferior a la tasación puede activar atención de fiscalización del SII, aunque el derecho de transferencia se calcula sobre la tasación independientemente del precio declarado. El comprador también debe pagar el permiso de circulación anual (permiso de circulación) en la Municipalidad donde se registrará el vehículo — este es un impuesto municipal calculado como porcentaje de la tasación fiscal, que oscila entre el 1,0% y el 4,5% según el valor y tipo del vehículo, con recaudación destinada al Fondo Común Municipal. Para vendedores comerciales (automotoras y concesionarios), las ventas de vehículos están sujetas al 19% de IVA del DL 825 y al Impuesto al Lujo (impuesto de lujo) sobre vehículos que superen las 40 UTM de valor tasado, establecido por el Artículo 46 bis de la Ley del IVA, siendo un impuesto único que se aplica en la primera venta de vehículos nuevos.
Vender un vehículo con financiamiento vigente en Chile está legalmente restringido por la prenda o prohibición de enajenar registrada contra el vehículo. La mayoría de los arreglos de financiamiento vehicular en Chile involucran una prenda sin desplazamiento constituida bajo la Ley 20.190 de 2007, registrada en el Registro de Prendas sin Desplazamiento mantenido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. La prenda otorga al acreedor — típicamente un banco regulado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) como Banco de Chile, BancoEstado, Banco Santander Chile, BCI, o una empresa de financiamiento automotriz — una garantía real sobre el vehículo mientras el deudor conserva la posesión. Bajo los términos de la prenda, el vehículo no puede venderse ni transferirse sin la autorización escrita del acreedor (autorización de alzamiento). Adicionalmente, el acreedor típicamente registra una prohibición de enajenar en el Registro Civil, que bloquea físicamente la inscripción de la transferencia bajo el Artículo 39 de la Ley 18.290 — el sistema del Registro Civil rechazará cualquier intento de transferencia mientras exista una prohibición activa. Para vender un vehículo financiado, el vendedor debe: pagar el saldo pendiente íntegramente (prepago total bajo el Artículo 10 de la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, que permite el prepago anticipado en cualquier momento); obtener la autorización escrita del acreedor y el alzamiento de tanto la prenda como la prohibición; registrar el alzamiento ante el Registro Civil mediante escritura pública ante Notario; y luego proceder con el proceso normal de venta y transferencia. Algunos acreedores permiten que el comprador asuma el financiamiento existente (cesión de deuda o subrogación del deudor) con el consentimiento del acreedor, aunque esto requiere un proceso separado de aprobación crediticia por parte del banco o institución financiera.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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