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Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ANIMAL DE COMPAÑÍA

Conforme al Código Civil Art. 1793 y Ley 21.020/2017 (Ley Cholito)

PRIMERO: PARTES

VENDEDOR:

Nombre: [Nombre Vendedor]

RUT: [RUT Vendedor]

Domicilio: [Domicilio Vendedor]

Contacto: [Contacto Vendedor]

COMPRADOR:

Nombre: [Nombre Comprador]

RUT: [RUT Comprador]

Domicilio: [Domicilio Comprador]

SEGUNDO: OBJETO — DESCRIPCIÓN DEL ANIMAL

El Vendedor vende al Comprador el siguiente animal de compañía:

Especie: [Especie]

Raza: [Raza]

Sexo: [Sexo]

Fecha de nacimiento: [Fecha Nacimiento Animal]

Color y marcas: [Color y Marcas]

Nombre: [Nombre Animal]

N° de microchip (Ley 21.020/2017): [Número Microchip]

TERCERO: ESTADO DE SALUD Y ANTECEDENTES VETERINARIOS

Vacunas aplicadas: [Vacunas Aplicadas]

Certificado veterinario: [Veterinario]

Esterilización: [Esterilización]

El Vendedor declara que el estado de salud descrito es verídico a la fecha de firma, que el animal no padece enfermedades graves conocidas y que ha cumplido con las obligaciones de la Ley 21.020/2017 aplicables antes de esta transferencia.

CUARTO: PRECIO Y ENTREGA

Precio acordado: [Precio Venta], pagado al contado al momento de la firma.

El animal será entregado el [Fecha Entrega] en [Lugar Entrega]. Desde la entrega, el Comprador asume la plena responsabilidad civil establecida en el Artículo 12 de la Ley 21.020/2017 por daños que el animal cause a terceros.

QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (LEY 21.020/2017)

El Comprador se obliga a: (a) inscribir al animal en el registro municipal de su comuna dentro de los 30 días siguientes a la adquisición; (b) mantener las vacunas al día, especialmente la antirrábica; (c) no abandonar al animal bajo ninguna circunstancia; (d) implantarle el microchip si aún no lo tiene; y (e) cumplir todas las obligaciones establecidas en la Ley 21.020/2017 y las ordenanzas municipales aplicables.

SEXTO: GARANTÍA POR VICIOS OCULTOS

Si dentro de los 30 días siguientes a la entrega el animal manifiesta una enfermedad grave que existía o era incipiente al momento de la venta, el Comprador podrá ejercer los derechos por vicios redhibitorios conforme al Artículo 1858 del Código Civil, previa certificación de médico veterinario. Si la compra se realizó a un comerciante, aplica adicionalmente la garantía legal de la Ley 19.496/1997.

FIRMAS

En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].

EL VENDEDOR:

[Nombre Vendedor] — RUT [RUT Vendedor]

Firma: _________________________

EL COMPRADOR:

[Nombre Comprador] — RUT [RUT Comprador]

Firma: _________________________

Vendedor del Animal

________________

Signature

Comprador del Animal

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

El Contrato de Compraventa de Animal de Compañía en Chile es el acuerdo, regido por el artículo 1 de la Ley 21.020 de 2017 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y el artículo 1793 del Código Civil, mediante el cual el vendedor transfiere un animal de compañía al comprador con las obligaciones de identificación y bienestar.

La Ley N° 21.020, conocida popularmente como "Ley de Tenencia Responsable", establece en su artículo 12 las condiciones mínimas que deben cumplir los establecimientos dedicados a la venta de animales de compañía, denominados "criaderos", los cuales deben contar con autorización municipal y cumplir con los estándares de bienestar animal fiscalizados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) mediante el Decreto Ley N° 3.557 de 1981 sobre Protección Agrícola. El contrato de compraventa es el documento que acredita la transmisión legal de la propiedad del animal y el cumplimiento de las obligaciones del vendedor respecto de la sanidad del ejemplar vendido.

En Chile, la industria de animales de compañía ha experimentado un crecimiento sostenido, con más de 4,5 millones de perros y 1,8 millones de gatos como mascotas según el último Censo de Tenencia de Mascotas realizado por el Ministerio de Salud. La Ley N° 21.020 establece la obligatoriedad del registro y microchipeo de los animales de compañía en el Registro Nacional de Animales de Compañía, administrado por el Ministerio del Interior, lo que convierte el número de microchip en un elemento de identificación único que debe consignarse en el contrato de compraventa para garantizar la trazabilidad del animal.

El contrato debe especificar las condiciones sanitarias del animal al momento de la venta. Conforme al artículo 18 de la Ley N° 21.020, el vendedor tiene la obligación de entregar un certificado veterinario que acredite el estado de salud del animal, sus vacunas al día según el calendario sanitario establecido por el SAG, y el tratamiento antiparasitario correspondiente. Para los perros y gatos, la vacunación antirrábica es obligatoria conforme al Decreto Supremo N° 240 del Ministerio de Salud, y su registro en el carné de vacunas es condición indispensable para la validez sanitaria de la venta.

La Ley N° 20.380 sobre Protección de Animales, que reconoce a los animales como seres vivos capaces de sentir y experimentar sufrimiento, y la Ley N° 21.020 establecen sanciones para quienes comercialicen animales en condiciones de maltrato o incumpliendo los estándares de bienestar animal. El Código Penal chileno tipifica el maltrato animal como delito en el artículo 291 bis, introducido por la Ley N° 21.020, con penas de multa y en casos graves con presidio menor en su grado mínimo a medio.

El contrato de compraventa de animal de compañía en Chile debe incluir cláusulas de garantía sobre el estado sanitario del animal, el plazo para reclamar vicios redhibitorios conforme a los artículos 1857 a 1870 del Código Civil, las condiciones para la devolución del animal en caso de enfermedad preexistente no declarada, y la transferencia del certificado de microchip al nuevo propietario para actualizar el Registro Nacional de Animales de Compañía. En forms-legal.com encontrará el modelo completo adaptado a la normativa chilena vigente de la Ley N° 21.020 y sus reglamentos.

Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

El Contrato de Compraventa de Animal de Compañía en Chile resulta necesario siempre que se realice una transacción onerosa de traspaso de propiedad de un animal de compañía entre particulares o entre un criador registrado y un comprador. La Ley N° 21.020 sobre Tenencia Responsable establece que los criaderos autorizados por la Municipalidad deben emitir documentación que acredite la procedencia del animal, haciendo del contrato escrito una práctica recomendable y cada vez más exigida por las autoridades sanitarias y municipales.

La situación más común que justifica la celebración de este contrato es la compraventa de perros o gatos de raza entre criadores particulares o establecimientos especializados. En estos casos, el precio del animal puede ser significativo —alcanzando en algunas razas valores superiores a $1.000.000— lo que hace esencial contar con un documento que acredite la transacción, las condiciones sanitarias del animal y las garantías del vendedor respecto de enfermedades hereditarias o condiciones de salud preexistentes.

Cuando el comprador es menor de edad o representa a una familia con niños pequeños, el contrato de compraventa permite documentar que el vendedor cumplió con las obligaciones de informar sobre las necesidades de cuidado, alimentación y atención veterinaria del animal, conforme a los principios de tenencia responsable establecidos en la Ley N° 21.020. Esta documentación puede ser relevante si posteriormente surge un conflicto sobre el estado de salud del animal o su adecuación al entorno familiar del comprador.

La adquisición de animales de compañía exóticos —reptiles, aves exóticas, roedores especiales— cuya tenencia requiere autorizaciones del SAG conforme al Decreto Supremo N° 5 del Ministerio de Agricultura sobre especies silvestres y el Convenio CITES sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas requiere necesariamente un contrato que acredite la procedencia legal del animal y la documentación CITES correspondiente. Sin este contrato, el comprador podría ser sancionado por tenencia ilegal de fauna silvestre.

En el contexto de la creciente industria de animales de compañía en Chile, que mueve más de USD 500 millones anuales según cifras de la Cámara Nacional de Comercio, los compradores son cada vez más conscientes de sus derechos como consumidores. La Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos del Consumidor aplica cuando el vendedor es un proveedor habitual (criadero registrado, tienda de mascotas), otorgando al comprador derechos de garantía de tres meses por defectos ocultos, lo que hace recomendable documentar la transacción con un contrato escrito.

También resulta necesario el contrato cuando el animal tiene pedigree certificado por la Federación Cinológica Internacional (FCI) a través del Kennel Club de Chile, ya que en estos casos el contrato debe incluir la cesión del certificado de pedigree y las condiciones de reproducción autorizada del animal. Los contratos de compraventa con restricción de reproducción o con cláusulas de retorno al criador en caso de incumplimiento de condiciones de bienestar son cada vez más comunes en el mercado chileno de animales de raza.

Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

El Contrato de Compraventa de Animal de Compañía en Chile debe contener los siguientes elementos esenciales para cumplir con la Ley N° 21.020 y las normas del Código Civil sobre compraventa. La identificación de las partes es el primer elemento: nombre completo, RUT y domicilio del vendedor y del comprador, y la calidad en que actúa el vendedor (persona natural particular, criadero autorizado por la Municipalidad, tienda de mascotas con RUT comercial). Esta distinción es relevante porque determina si aplica la Ley N° 19.496 sobre Protección del Consumidor.

La descripción detallada del animal es el elemento central del contrato. Debe incluirse: especie y raza, nombre del animal si lo tiene, fecha de nacimiento o edad aproximada, color y marcas distintivas, número de microchip registrado en el Registro Nacional de Animales de Compañía del Ministerio del Interior, número de pedigree si tiene certificado de la Federación Cinológica Internacional (FCI) a través del Kennel Club de Chile, y las características físicas que motivaron la compraventa. Para razas con características específicas protegidas, deben indicarse los datos del pedigree con precisión.

El estado sanitario del animal al momento de la venta es el elemento de mayor importancia para la protección del comprador. El contrato debe incorporar o referenciar el certificado veterinario emitido por un médico veterinario habilitado ante el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que acredite: estado general de salud, vacunas aplicadas (antirrábica obligatoria conforme al Decreto N° 240 del Ministerio de Salud, parvovirus, moquillo, hepatitis, leptospirosis para perros; calicivirus, panleucopenia, herpesvirus para gatos), tratamiento antiparasitario interno y externo, y ausencia de enfermedades transmisibles al momento del examen.

El precio de venta y las condiciones de pago deben establecerse con claridad: monto total en pesos chilenos, modalidad de pago (contado, transferencia electrónica, cheque), y si corresponde, las condiciones de financiamiento o pago en cuotas. Cuando el precio supere las 10 UIM o sea parte de actividades comerciales habituales, las partes deben considerar las implicancias tributarias de la operación conforme a la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) para vendedores habituales.

Las garantías del vendedor son un elemento crítico que diferencia un contrato de calidad de un simple recibo de pago. El contrato debe establecer: el plazo de garantía sanitaria (mínimo 30 días para enfermedades infecciosas no detectables en el examen inicial, considerando los períodos de incubación), el procedimiento para ejercer la garantía ante enfermedad del animal (notificación escrita, examen veterinario dentro de plazo determinado, opciones de devolución o reducción del precio conforme a los artículos 1857 a 1870 del Código Civil sobre vicios redhibitorios), y las exclusiones de la garantía (enfermedades adquiridas por mal cuidado del comprador, accidentes, etc.).

La transferencia del microchip al nuevo propietario debe quedar documentada en el contrato. Conforme a la Ley N° 21.020 y su Reglamento, el vendedor debe gestionar ante la Municipalidad correspondiente el traspaso del registro del animal al nombre del comprador dentro del plazo que establece el Reglamento DS N° 90. El contrato debe establecer quién asume los costos y la responsabilidad de este trámite, que es indispensable para que el nuevo propietario pueda circular con el animal y acceder a servicios municipales de atención veterinaria.

Las obligaciones de cuidado que el comprador asume al adquirir el animal de compañía deben quedar documentadas conforme a los principios de tenencia responsable de la Ley N° 21.020: mantener al animal en condiciones adecuadas de alimentación, alojamiento y atención veterinaria; no abandonarlo en la vía pública (conducta sancionada por el artículo 13 de la Ley N° 21.020); cumplir con las normas municipales sobre tenencia de mascotas; y en el caso de perros potencialmente peligrosos, cumplir con los requisitos específicos establecidos en los artículos 19 a 24 de la misma ley.

Descargue el modelo completo de Contrato de Compraventa de Animal de Compañía adaptado a la Ley N° 21.020 en forms-legal.com, con todas las cláusulas de garantía y los anexos sanitarios necesarios para una transacción segura y legalmente protegida en Chile.

Cómo completar tu Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

Para completar el Contrato de Compraventa de Animal de Compañía en Chile, comience por verificar los antecedentes del animal y del vendedor antes de proceder a cualquier pago. Solicite al vendedor el certificado de microchip del animal registrado en el sistema del Ministerio del Interior, el carné de vacunas con la firma del médico veterinario responsable, el certificado de salud emitido por un veterinario habilitado ante el SAG no mayor a 30 días, y el certificado de pedigree del Kennel Club de Chile si el animal es de raza registrada. Para criaderos, solicite el certificado de autorización municipal.

En la sección de identificación del animal, complete todos los campos con la información del microchip y los documentos sanitarios. El número de microchip es el identificador único del animal conforme a la Ley N° 21.020 y es el dato más importante para futuras verificaciones de propiedad. Incluya fotos del animal al momento de la compraventa como anexo fotográfico al contrato, mostrando su apariencia general y cualquier marca distintiva. Estas fotos pueden ser relevantes en caso de disputas posteriores sobre la identidad del animal.

En la cláusula de precio, especifique el monto exacto en pesos chilenos y la modalidad de pago acordada. Si el pago es mediante transferencia bancaria, indique la cuenta y banco del vendedor, y conserve el comprobante de transferencia como respaldo del pago. Si es en efectivo, incluya en el contrato un recibo de pago firmado por el vendedor. Para montos significativos, considere emitir un cheque cruzado y nominativo que deje rastro bancario de la transacción.

Para la cláusula de garantías, indique el plazo específico de garantía por enfermedades infecciosas (recomendable 30 días para enfermedades con período de incubación corto, 90 días para enfermedades hereditarias diagnosticables como displasia de cadera en razas grandes) y el procedimiento exacto para ejercerla: notificación escrita al vendedor, examen diagnóstico por veterinario habilitado, plazo de respuesta del vendedor y opciones de resolución (devolución del precio, cambio del animal, pago de tratamiento veterinario). Especifique que las enfermedades adquiridas por cuidado inadecuado del comprador no están cubiertas por la garantía.

Una vez firmado el contrato por ambas partes, gestione el traspaso del microchip ante la Municipalidad del nuevo domicilio del animal. El procedimiento varía según cada municipio, pero generalmente requiere presentar el contrato de compraventa, el certificado de microchip, y el carné de vacunas del animal. Algunas municipalidades cuentan con sistemas en línea para este trámite. Conserve el comprobante de traspaso del registro como parte de la documentación del animal.

Si adquirió un animal de raza con pedigree del Kennel Club de Chile, registre el cambio de propietario ante dicha organización presentando el contrato de compraventa y el certificado de pedigree original. El Kennel Club actualiza el Registro de Propietarios y emite un nuevo certificado de pedigree a nombre del comprador. Este trámite es importante si planea participar en exposiciones caninas o usar el animal para reproducción con pedigree reconocido.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Compraventa de Animal de Compañía Chile

El error más frecuente en la compraventa de animales de compañía en Chile es no exigir el certificado veterinario de salud al momento de la compra o aceptar un certificado desactualizado. Un certificado emitido hace más de 30 días no garantiza el estado de salud actual del animal, especialmente para enfermedades con períodos de incubación breves como el parvovirus canino o el calicivirus felino. El comprador que no exige este certificado al día pierde su principal evidencia para ejercer la garantía por vicios ocultos ante el vendedor.

No registrar el número de microchip en el contrato y no gestionar el traspaso del registro al nombre del comprador en la Municipalidad es un error que puede tener consecuencias legales serias. Sin el registro actualizado, el comprador no puede acreditar la propiedad legal del animal ante las autoridades municipales, veterinarios que solicitan historial del animal, y en caso de pérdida o disputa sobre la propiedad del animal. El Registro Nacional de Animales de Compañía es el sistema oficial de acreditación de propiedad conforme a la Ley N° 21.020.

Adquirir animales de razas con predisposición genética a enfermedades costosas sin establecer garantías específicas en el contrato es un error económicamente significativo. Razas como el Bulldog Francés, Rottweiler, Pastor Alemán y varias razas de gatos persas tienen alta prevalencia de enfermedades genéticas como displasia de cadera, problemas respiratorios braquicefálicos y cardiopatías hereditarias. El contrato debe establecer el período de garantía para estas condiciones, que puede ser de hasta 12 meses para enfermedades con expresión tardía.

Pagar en efectivo sin obtener un recibo firmado o realizar la transacción sin ningún documento escrito es un error que deja al comprador sin prueba del contrato en caso de conflicto. Si el animal muere o enferma gravemente en los primeros días y el vendedor niega la transacción o sus condiciones, el comprador sin documentación escrita no tiene respaldo para ejercer ningún derecho. La comprobación de pago mediante transferencia bancaria más el contrato escrito es el mínimo de documentación necesario para cualquier compraventa de animales de compañía en Chile.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 21.020AR official

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