Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal)
ACUERDO DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL
Código Civil Federal Artículos 197–207
I. LAS PARTES
Primer Cónyuge:
Nombre: [Spouse 1 Name]
CURP: [Spouse 1 CURP]
RFC: [Spouse 1 RFC]
Domicilio: [Spouse 1 Address]
Segundo Cónyuge:
Nombre: [Spouse 2 Name]
CURP: [Spouse 2 CURP]
RFC: [Spouse 2 RFC]
Domicilio: [Spouse 2 Address]
II. ANTECEDENTES DEL MATRIMONIO Y DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Acta de Matrimonio: [Marriage Certificate]
Fecha de Matrimonio: [Marriage Date]
Tipo de Disolución: [Dissolution Type]
Referencia de Resolución: [Divorce Decree]
Las partes reconocen que su matrimonio fue contraído bajo el régimen de sociedad conyugal conforme a los Artículos 183 y siguientes del Código Civil Federal (CCF). En virtud de la disolución señalada, procede la liquidación de la masa conyugal en los términos de los Artículos 197 a 207 CCF.
III. INVENTARIO UNIVERSAL DE BIENES Y PASIVOS COMUNES
Bienes Inmuebles:
[Real Property Inventory]
Cuentas Bancarias e Inversiones:
[Bank Accounts Inventory]
Vehículos:
[Vehicles Inventory]
Participaciones Societarias:
[Business Inventory]
Cuentas AFORE y Pensión:
[AFORE Accounts]
Pasivos Comunes:
[Communal Liabilities]
Valor Neto Total de la Masa Conyugal: [Total Net Value]
IV. LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DEFINITIVA
Adjudicación al Primer Cónyuge ([Spouse 1 Name]):
[Allocation Spouse 1]
Adjudicación al Segundo Cónyuge ([Spouse 2 Name]):
[Allocation Spouse 2]
Compensación Económica:
[Compensatory Payment]
V. DISPOSICIONES FISCALES Y DECLARACIONES
Las partes declaran que las transferencias de bienes derivadas de la presente liquidación de sociedad conyugal están exentas del Impuesto sobre la Renta (ISR) conforme al Artículo 93, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). El Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) y los honorarios notariales correspondientes serán determinados y liquidados ante el Notario Público autorizante conforme a la legislación estatal aplicable. Los datos fiscales de las partes son: Primer cónyuge RFC: [Spouse 1 RFC]; Segundo cónyuge RFC: [Spouse 2 RFC].
VI. FORMALIZACIÓN Y REGISTRO
Las partes se obligan a comparecer ante un Notario Público para formalizar en escritura pública las adjudicaciones de bienes inmuebles, y a gestionar su inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Las transferencias de participaciones societarias se tramitarán ante el Registro Público de Comercio conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
VII. FINIQUITO TOTAL
Con la firma del presente acuerdo y el cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas, las partes se otorgan recíproco finiquito total y liberación de toda obligación derivada de la sociedad conyugal. Cada parte renuncia expresamente a reclamar cualquier activo o pasivo comunal distinto de los aquí inventariados.
FIRMAS
El presente acuerdo se suscribe en [City], a [Date].
PRIMER CÓNYUGE: [Spouse 1 Name]
Firma: _________________________
SEGUNDO CÓNYUGE: [Spouse 2 Name]
Firma: _________________________
First Spouse (Primer Cónyuge)
________________
Signature
Second Spouse (Segundo Cónyuge)
________________
Signature
What Is a Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal)?
A Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal) is the legal instrument used by spouses in Mexico to formally dissolve the sociedad conyugal (marital community of property) and distribute all jointly accumulated assets and liabilities between the parties upon the termination of their marriage or matrimonial property regime. Governed by the Código Civil Federal (CCF) Articles 197 through 207 — and corresponding state civil codes including the Código Civil para el Distrito Federal and the civil codes of Jalisco (Código Civil del Estado de Jalisco), Nuevo León, Veracruz, and all other Mexican states — this agreement converts the indivisible communal mass (masa conyugal) into individually titled assets assigned to each party.
Under CCF Article 183, spouses who choose the sociedad conyugal regime (or whose state civil code establishes it as the default) hold all property acquired during the marriage through onerous title (bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio) as jointly owned communal property in equal shares (partes iguales), unless their capitulaciones matrimoniales (pre-nuptial or post-nuptial property agreements) provide for a different proportional division. Article 197 CCF establishes that the sociedad conyugal begins at the moment of the marriage ceremony and terminates upon divorce, annulment, death, or mutual agreement by the spouses to modify the regime — each triggering event requires a corresponding liquidation of the communal mass.
The Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal differs from the Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad primarily in its procedural context and scope: the former addresses the complete dissolution of the legal entity of the sociedad conyugal — including the formal closing of the regime itself, the settlement of all communal debts and obligations, and the complete final partition — while the latter may be used more narrowly when only the division of specific assets is needed. In divorce proceedings before a Juzgado Familiar, Mexican courts require the presentation of a formal liquidation agreement for the sociedad conyugal as a prerequisite to the divorce decree in states where the liquidation must precede the dissolution (though most states now separate the two proceedings).
The role of the Notario Público is critical in formalising the liquidation. Any adjudication of real property requires a escritura pública de liquidación de sociedad conyugal executed before a Notario Público and registered with the Registro Público de la Propiedad of the relevant state. The Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) has issued tesis aisladas (individual judicial theses) and jurisprudencia confirming that registration of the liquidation instrument is constitutive of title transfer — the unregistered agreement, while binding between the parties, is not enforceable against bona fide third parties (terceros de buena fe) who rely on the public registry.
For marriages contracted in Mexico City (Ciudad de México), the applicable civil code is the Código Civil para el Distrito Federal (CCDF), which mirrors the CCF framework. The Juzgados Familiares of the Poder Judicial de la Ciudad de México handle contested liquidation proceedings (juicio de liquidación de sociedad conyugal) and approve voluntary liquidation agreements (convenios de liquidación) as part of mutual consent divorce proceedings (divorcio incausado or divorcio por mutuo consentimiento under Article 266 CCDF as amended).
Mexico City introduced the divorcio incausado (no-fault divorce) system in 2008, subsequently adopted by most other states, allowing either spouse to petition for divorce without stating a cause (sin expresar causa). The liquidation of the sociedad conyugal remains a separate process that must be completed after the divorce decree — the no-fault divorce reform did not eliminate the requirement for formal liquidation of communal property.
When Do You Need a Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal)?
A Marital Community Property Liquidation Mexico is required in every case where spouses who were married under the sociedad conyugal regime separate, divorce, annul their marriage, or choose to modify their property regime to separación de bienes — without this formal instrument, the communal mass remains legally undivided and both spouses retain joint rights and obligations over all communal assets.
The agreement is needed immediately after a divorce decree (sentencia de divorcio) becomes final (ejecutoriada) when the couple holds jointly registered or acquired real estate, vehicles, bank accounts, or business interests. Without the liquidation, property registries (Registro Público de la Propiedad), financial institutions (instituciones bancarias), and business registries (Registro Público de Comercio) cannot update their records to reflect individual ownership — the former spouse's name remains as co-owner on all title documents.
A Marital Community Property Liquidation is required when one spouse wishes to sell, mortgage, rent, or otherwise encumber property that was acquired during the marriage under the sociedad conyugal, even after a divorce. Without the liquidation, the former spouse's signature is legally required for any disposition of the property, because the communal mass technically continues to exist until formally dissolved.
The agreement is needed for tax planning purposes under the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) — the transfer of assets between parties in a sociedad conyugal liquidation qualifies for ISR exemption under Article 93 Section XXII LISR, but the transfer must be evidenced by a formal liquidation instrument executed before the SAT-relevant date. Without a formal agreement, the SAT (Servicio de Administración Tributaria) may treat subsequent transfers of formerly communal assets as taxable dispositions at full market value.
Under Código Civil Federal arts. 197–207, the agreement is required when one spouse (or their estate in case of death) needs to register the transfer of the deceased spouse's communal share — the surviving spouse inherits only the deceased's proportional share of the communal mass, not all communal property, and the liquidation must identify precisely what portion belongs to the estate versus what already belonged to the survivor.
A Marital Community Property Liquidation is also needed when the couple's children or other family members dispute the composition or valuation of the communal mass — the formal written agreement, once approved by the Juzgado Familiar or executed before a Notario Público, establishes a definitive record of what assets existed, their agreed values, and how they were distributed.
What to Include in Your Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal)
A valid Marital Community Property Liquidation Mexico under Código Civil Federal Articles 197–207 and applicable state civil codes must contain the following essential elements to be legally effective, enforceable against third parties, and acceptable to property registries, financial institutions, and the SAT.
Full Identification of Both Parties: Legal names, CURP, RFC, official identity document numbers (INE credential, passport, or Tarjeta de Residencia), and domiciles of both spouses. The RFC of both parties is required for the SAT exemption claim under LISR Article 93 Section XXII and for any notarial instruments involving real property transfers.
Marriage Registry Reference: The full details of the Acta de Matrimonio — the Registro Civil office number and state, the marriage certificate number, the date and place of marriage, and an explicit confirmation that the marriage was contracted under (or modified to) the sociedad conyugal regime per CCF Article 183 or the equivalent state provision. If capitulaciones matrimoniales were executed specifying a proportional division other than equal shares, these must be referenced.
Dissolving Event: The cause and effective date of dissolution of the sociedad conyugal — the divorce decree number and court, the annulment judgment, the death certificate, or the notarial instrument modifying the regime. The dissolution date determines the valuation date for all communal assets under SCJN jurisprudencia.
Comprehensive Asset Inventory (Inventario Universal): A complete list of all bienes comunes (communal assets) acquired during the marriage through onerous title, including: real property (identified by folio real, clave catastral, municipal address, and surface area); bank and investment accounts (financial institution, account number, CLABE, balance at dissolution date); vehicles (plates, VIN, model, year, and commercial value); business interests (company name, RFC, percentage of capital, and agreed value per business valuation); insurance policies with cash surrender value; AFORE accounts; and personal property of significant value.
Liability Statement (Pasivos Comunes): All communal debts incurred for the benefit of the community — mortgages (identifying the lender, credit number, outstanding principal balance, and monthly payment obligation), personal loans, credit card balances, and joint guarantees. The agreement must specify which former spouse assumes each liability post-liquidation and whether the remaining spouse is released from joint liability by the creditor (subrogación) or remains contingently liable.
Partición (Partition): The specific assignment of each asset and liability to each party, with the agreed commercial value (valor comercial acordado) of each item. Where a formal avalúo (appraisal) was conducted by a Perito Valuador certified by the Sociedad Hipotecaria Federal or an equivalent state body, its number and date should be cited. Total values assigned to each party should be calculated and any compensatory payment (compensación económica) identified.
Compensatory Payment Terms: Where one spouse receives assets of greater aggregate value, the compensatory payment amount, currency, payment method (transfer, cashier's check — cheque certificado), and deadline must be specified. Default in compensatory payment should trigger specified remedies.
Tax and Registration Obligations: Identification of ISAI obligations (by property and responsible party), ISR exemption claim with RFC references, and commitment to register instruments with the Registro Público de la Propiedad within the agreed timeframe. Forms-legal.com offers this Marital Community Property Liquidation Mexico template as a preparation resource — notarial execution is required for all real property transfers.
Mutual Release Clause: A broad release (finiquito total) by each party of all claims against the other arising from the sociedad conyugal, subject only to the specific obligations created by the liquidation agreement itself.
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Forms Legal. (2026). Marital Community Property Liquidation Mexico (Acuerdo de Liquidación de Sociedad Conyugal) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/personal/family/marital-community-property-liquidation-mexico
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En México, el procedimiento de divorcio y la liquidación de la sociedad conyugal son jurídicamente distintos, aunque a menudo se resuelven en conjunto en los procedimientos de divorcio por mutuo consentimiento. El procedimiento de divorcio disuelve el vínculo matrimonial y establece los derechos y obligaciones personales de los excónyuges: la guarda y custodia, los alimentos, la pensión alimenticia para hijos menores y la capacidad legal para volver a casarse. La liquidación de la sociedad conyugal, regida por los artículos 197 a 207 del CCF, atiende únicamente la relación económica: identifica los bienes comunes, los valúa y los distribuye entre las partes. Una pareja puede concluir un divorcio sin concluir la liquidación de la sociedad conyugal, en cuyo caso la masa común sigue existiendo como entidad indivisa hasta su liquidación formal. A la inversa, una pareja puede liquidar y modificar su régimen patrimonial de sociedad conyugal a separación de bienes sin divorciarse. En los procedimientos de divorcio incausado, la mayoría de los juzgados y notarios alientan a las partes a presentar un convenio regulador completo que atienda de manera simultánea los términos del divorcio y la liquidación del patrimonio; este es el enfoque más eficiente.
Los plazos de una liquidación de sociedad conyugal en México varían significativamente según la complejidad de la masa común, la cooperación de las partes y los bienes específicos involucrados. Para una liquidación voluntaria sencilla, en la que ambas partes están de acuerdo en todos los valores y en la división de los bienes, y donde la masa común se compone únicamente de cuentas bancarias y bienes personales (sin inmuebles ni intereses empresariales), el proceso puede concluirse en 2 a 4 semanas: el convenio se otorga como documento privado ratificado ante notario y se notifica a la institución financiera. Cuando hay inmuebles de por medio, la liquidación requiere una escritura pública ante Notario Público y su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, lo que suele tomar de 6 a 12 semanas desde la firma hasta concluir la inscripción, según el estado. Cuando hay intereses empresariales, las modificaciones en el Registro Público de Comercio añaden de 4 a 8 semanas al proceso. Para las liquidaciones contenciosas ante un Juzgado Familiar —cuando las partes no se ponen de acuerdo sobre los valores o la división de los bienes—, el juicio de liquidación de sociedad conyugal suele tardar de 12 a 36 meses. El Poder Judicial de la Ciudad de México ha implementado servicios de mediación (Centro de Justicia Alternativa) específicamente para las controversias familiares de patrimonio, que pueden reducir los plazos de las liquidaciones contenciosas a 3 a 6 meses.
Que la liquidación de una sociedad conyugal deba otorgarse ante Notario Público en México depende de los bienes incluidos en la masa común. Para las liquidaciones que involucran únicamente bienes muebles, cuentas bancarias, vehículos y efectivo —pero ningún inmueble ni interés empresarial—, las partes pueden otorgar un documento privado que se ratifique ante Notario Público o Juez de lo Familiar para que tenga valor probatorio (fe pública). Sin embargo, para las liquidaciones que incluyen bienes inmuebles, la adjudicación del inmueble a una de las partes constituye una transmisión de propiedad (adjudicación) que la ley mexicana exige formalizar en escritura pública otorgada ante Notario Público con patente e inscribir en el Registro Público de la Propiedad del estado correspondiente, conforme a la Ley Registral aplicable en esa jurisdicción. Para las liquidaciones que involucran acciones (en S.A.) o partes sociales (en S. de R.L.), la transmisión del interés también debe cumplir con la LGSM, requiriendo un Acta de Asamblea y la inscripción en el Registro Público de Comercio, aunque no necesariamente una escritura notarial de liquidación. En la práctica, la mayoría de los notarios y abogados familiaristas mexicanos recomiendan otorgar el convenio de liquidación completo como escritura pública, sin importar la composición de los bienes, ya que ofrece la protección legal más sólida y facilita todas las inscripciones posteriores.
La casa conyugal (o domicilio conyugal) adquirida durante el matrimonio a título oneroso —es decir, comprada con fondos comunes o financiada con hipoteca— forma parte de la masa común de la sociedad conyugal y debe atenderse en la liquidación. Son posibles varios resultados, según el acuerdo de las partes. Una parte puede recibir la propiedad plena de la casa a cambio de asumir el crédito hipotecario pendiente y pagar una cantidad compensatoria al otro cónyuge. De manera alternativa, el inmueble puede venderse a terceros y el producto neto dividirse en partes iguales (o conforme a las proporciones acordadas). En los casos con hijos menores, los juzgados familiares mexicanos —aplicando la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y las disposiciones del CCF sobre el interés superior del menor— pueden ordenar que el menor y el progenitor que ejerce la custodia sigan ocupando la casa conyugal durante un periodo determinado, con independencia de la adjudicación del título en la liquidación, para proteger el derecho de los hijos a una residencia habitual. Cuando uno de los cónyuges obtuvo la casa mediante crédito de INFONAVIT o FOVISSSTE, la transmisión del crédito y del título requiere trámites adicionales ante el instituto de vivienda respectivo: INFONAVIT requiere un procedimiento formal de subrogación de deudor que puede añadir de 6 a 18 meses al plazo.
Una vez que un convenio de liquidación de sociedad conyugal se ha otorgado válidamente —ya sea como documento privado ratificado ante notario, como escritura pública notarial o como convenio aprobado por el tribunal—, solo puede modificarse por mutuo acuerdo de ambas partes mediante un nuevo convenio (convenio modificatorio) otorgado con las mismas formalidades que el original, o por resolución judicial en casos de fraude, error, violencia o imposibilidad de cumplimiento. El artículo 17 del Código Civil Federal dispone que, cuando los términos contractuales resultan excesivamente onerosos por circunstancias imprevistas (teoría de la imprevisión), un tribunal puede revisar el convenio; pero esto rara vez se aplica a los convenios de liquidación, porque el CCF no adopta expresamente la doctrina plena de la imprevisión para los convenios patrimoniales. Con más frecuencia, las partes buscan impugnar los convenios de liquidación por causa de: dolo —cuando una parte ocultó bienes comunes—; lesión —cuando los valores acordados fueron notablemente inferiores al valor de mercado—; o nulidad relativa —cuando una parte carecía de plena capacidad al firmar—. El plazo de prescripción de cinco años del artículo 1159 del CCF se aplica por lo general a las impugnaciones de contratos privados. Una vez inscrito un convenio de liquidación en el Registro Público de la Propiedad, la posibilidad práctica de modificar la adjudicación del título es sumamente limitada: requeriría una nueva escritura pública que modifique el título, con todos los impuestos y honorarios notariales asociados.
Los créditos de vivienda de INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) presentan retos específicos en las liquidaciones de sociedad conyugal. Un crédito de INFONAVIT se otorga al trabajador derechohabiente (el afiliado a INFONAVIT) de manera individual —no a la pareja—, lo que significa que, legalmente, solo el trabajador es titular del crédito y responsable de su pago. Sin embargo, el inmueble adquirido mediante el crédito de INFONAVIT durante el matrimonio forma parte de la masa común de la sociedad conyugal, porque los pagos de la hipoteca se hicieron con ingresos obtenidos en común. En una liquidación, existen tres enfoques principales. Primero, el trabajador derechohabiente conserva el inmueble y el crédito de INFONAVIT, pagando una cantidad compensatoria al otro cónyuge por su parte del capital acumulado (diferencia entre el valor comercial y el saldo pendiente). Segundo, el inmueble se vende a un tercero, se liquida el crédito de INFONAVIT y se divide el capital neto. Tercero, el cónyuge no trabajador conserva el inmueble y solicita una subrogación de deudor —una sustitución de deudor que transfiere la obligación del crédito de INFONAVIT del trabajador al cónyuge no trabajador—, aunque INFONAVIT por lo general exige que el deudor sustituto sea un trabajador afiliado a INFONAVIT con créditos de subrogación suficientes. Este proceso se gestiona a través de las Delegaciones Regionales de INFONAVIT y puede tardar de 12 a 24 meses. Es indispensable la asesoría de un notario público o de un abogado en derecho inmobiliario con experiencia en INFONAVIT.
El Registro Público de la Propiedad (RPP) cumple un papel constitutivo en el proceso de liquidación de la sociedad conyugal respecto de todas las transmisiones de inmuebles. En México, la propiedad de los inmuebles se establece mediante la inscripción en el RPP, el registro público que llevan cada uno de los 32 gobiernos estatales y el de la CDMX conforme a sus respectivas Leyes Registrales. La inscripción de una escritura de liquidación de sociedad conyugal que adjudica un inmueble en el RPP es lo que hace que la transmisión del título sea legalmente eficaz frente a terceros (oponible erga omnes). Sin la inscripción en el RPP, el cónyuge adjudicatario tiene técnicamente un título derivado del convenio de liquidación, pero no puede vender, hipotecar ni gravar de otra forma el inmueble sin la participación del excónyuge (cuyo nombre sigue figurando como propietario en el folio real). El proceso de inscripción requiere lo siguiente: la escritura pública notarial de la liquidación (con las firmas de todas las partes y la autorización notarial); el pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) a la hacienda estatal, calculado sobre el valor adjudicado; el pago de los derechos registrales establecidos por el Código Fiscal del estado; y, en la CDMX, la presentación digital a través del Sistema de Administración de Notarías (SIAN). Los plazos de inscripción varían según el estado: la CDMX suele tardar de 15 a 30 días hábiles; otros estados pueden tardar de 30 a 90 días según la capacidad del registro.
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