Architecture Services Contract Mexico
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ARQUITECTURA
(Architecture Services Contract)
Celebrado conforme al Artículo 5 de la Ley General de Profesiones y el Artículo 2606 del Código Civil Federal
I. PARTES
ARQUITECTO / DESPACHO DE ARQUITECTURA (PRESTADOR DEL SERVICIO):
Nombre / Razón Social: [Architect Name]
RFC: [Architect RFC]
Domicilio: [Architect Address]
Cédula Profesional (DGP–SEP): [Cédula Profesional]
Registro DRO: [DRO Registration]
CLIENTE / DUEÑO DE OBRA (CONTRATANTE):
Nombre / Razón Social: [Client Name]
RFC: [Client RFC]
Domicilio: [Client Address]
Las partes celebran el presente Contrato de Prestación de Servicios de Arquitectura al tenor de las siguientes cláusulas:
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y ALCANCE DE SERVICIOS
Proyecto: [Project Description]
Domicilio del Predio: [Property Address]
Fases de Servicio Incluidas: [Services Scope].
Servicios Excluidos del Alcance: [Excluded Services]
El Cliente se obliga a proporcionar: (a) título de propiedad o derecho de desarrollo del predio; (b) levantamiento topográfico y estudio de mecánica de suelos a su costo; (c) aprobaciones escritas de cada fase de diseño en plazos de hasta 10 días hábiles; y (d) acceso al predio para visitas de campo y supervisión.
III. HONORARIOS PROFESIONALES Y CONDICIONES DE PAGO
Estructura de Honorarios: [Fee Structure].
Honorario Total / Tarifa Aplicable: [Total Fee], más IVA al 16% conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. El Arquitecto emitirá CFDI por cada pago recibido conforme al Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.
Calendario de Pagos: [Payment Schedule].
IV. DERECHOS DE AUTOR SOBRE DISEÑOS ARQUITECTÓNICOS (LFDA)
[Copyright Arrangement].
Los derechos morales del Arquitecto — incluyendo el derecho a ser reconocido como diseñador del proyecto y a oponerse a modificaciones no autorizadas que afecten la integridad de la obra — son inalienables e irrenunciables conforme al Artículo 18 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA). El Cliente se obliga a acreditar al Arquitecto en toda publicación, concurso o comunicación pública del proyecto. Queda prohibida la reutilización de los planos para un proyecto distinto al indicado en la Cláusula II sin autorización escrita del Arquitecto.
V. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
El Arquitecto responde por errores de diseño que causen daños al Cliente conforme a los Artículos 2606 y 1910–1934 del Código Civil Federal. El plazo de prescripción de acciones por responsabilidad profesional es de 5 años conforme al Artículo 1159 CCF. Para obras que afecten elementos estructurales, la responsabilidad del Arquitecto por vicios estructurales es de 10 años conforme al Artículo 65 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y equivalentes estatales.
Supervisión de Obra: La supervisión arquitectónica pactada constituye supervisión estética y de diseño — no implica la responsabilidad técnica de la empresa constructora sobre la ejecución física de la obra. La distinción entre la responsabilidad del Arquitecto y la del Contratista de Obra se rige conforme al Artículo 2042 CCF.
VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se rige por la Ley General de Profesiones (Artículo 5), el Código Civil Federal (Artículo 2606) y la Ley Federal del Derecho de Autor de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal de [Contract City], renunciando a cualquier otro fuero.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL ARQUITECTO / DESPACHO DE ARQUITECTURA:
[Architect Name]
Cédula Profesional: [Cédula Profesional]
Firma: _________________________
EL CLIENTE / DUEÑO DE OBRA:
[Client Name]
Firma: _________________________
Architect / Firm (Arquitecto / Despacho)
________________
Signature
Client / Owner (Cliente / Dueño de Obra)
________________
Signature
What Is a Architecture Services Contract Mexico?
An Architecture Services Contract Mexico (Contrato de Prestación de Servicios de Arquitectura) is a written professional services agreement governed by the Ley General de Profesiones (LGP) Article 5 — which establishes the mandatory Cédula Profesional requirement for licensed professional practice — and the Código Civil Federal (CCF) Article 2606, by which a licensed architect (arquitecto) or architecture firm (despacho de arquitectura) holding a valid Cédula Profesional issued by the Dirección General de Profesiones (DGP) of the Secretaría de Educación Pública (SEP) agrees to provide architectural design, construction supervision, project management, or related professional services to a client (dueño de obra or contratante) in exchange for agreed professional fees (honorarios profesionales).
The legal framework for architecture practice in Mexico spans multiple statutes and professional standards. The Ley General de Profesiones (LGP, DOF 26 May 1945, last reformed 2018) Article 5 establishes the Cédula Profesional as the mandatory federal licence for all regulated professions — including architecture — and prohibits the practice of architecture without a valid Cédula Profesional under penalty of the Código Penal Federal Article 250 (delito de ejercicio ilegal de profesión). The Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México (CACMX), the Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana (FCARM), and the Sociedad de Arquitectos Mexicanos (SAM) are the primary professional associations — membership is voluntary but professionally significant.
The Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) Article 7 Fraction IV recognises architectural works (obras arquitectónicas) — including architectural drawings, plans (planos), blueprints (proyectos), models (maquetas), and completed buildings — as protected works of authorship. Under LFDA Article 26, the architect retains copyright in all original architectural designs created under the services contract unless the contract includes a written cesión de derechos patrimoniales (copyright assignment) to the client. Moral rights (derechos morales) under LFDA Article 18 — including the architect's right to be credited as designer and to object to unauthorised modifications of the building — are inalienable and cannot be contractually waived.
Building permits and construction regulation in Mexico are primarily governed at the municipal level. The Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF) — applicable in Ciudad de México — and equivalent municipal reglamentos de construcción across Mexican states establish technical requirements for structural design, fire safety (protección civil), accessibility (accesibilidad universal under the NOM-001-SSA3-2012), and energy efficiency (NOM-020-ENER-2011 for residential buildings, NOM-008-ENER-2001 for commercial buildings). The Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) in CDMX and the equivalent agencies in other states (Secretarías de Desarrollo Urbano Estatal) issue licencias de construcción and permisos de uso de suelo.
For federally funded projects — public buildings, infrastructure, and housing — the Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM, DOF 4 January 2000) governs procurement of architecture and engineering services through licitación pública (public tender) on the CompraNet platform. LOPSRM establishes specific requirements for professional services contracts with the federal public sector, including minimum content requirements, payment schedules, and performance guarantee (fianza) obligations.
The Sociedad de Arquitectos Mexicanos (SAM) and FCARM publish the Arancel de Honorarios Profesionales de Arquitectura — a fee schedule that provides guidance on professional fee calculation based on construction cost percentages, square meters, and service complexity. While the arancel is not legally mandatory for private sector contracts, it is widely used as a market reference for fee negotiations and dispute resolution in professional services agreements.
When Do You Need a Architecture Services Contract Mexico?
An Architecture Services Contract Mexico is required whenever a property owner or developer engages a licensed architect for design, permitting support, construction supervision, or project management services — and is essential under the Ley General de Profesiones Article 5 to document the professional services relationship with a Cédula Profesional-holding architect.
The contract is needed for residential construction projects (proyectos habitacionales) — single-family homes (casas habitación), residential towers (torres de departamentos), and gated communities (conjuntos habitacionales privados) — where the architect provides schematic design (anteproyecto), architectural plans (proyecto arquitectónico), engineering coordination, and construction supervision (supervisión de obra). Municipal building permits (licencias de construcción) in all major Mexican cities require stamped architectural plans signed by a licensed architect and a structural engineer (ingeniero civil) with valid Cédulas Profesionales.
Commercial development projects — shopping centres (centros comerciales), office buildings (edificios de oficinas), hotels (hoteles), and industrial parks (parques industriales) — require architecture contracts covering full design services from schematic design through construction administration, including coordination with structural engineers (ingenieros estructuristas), MEP engineers (instalaciones hidráulicas, eléctricas, y sanitarias), and landscape architects (arquitectos paisajistas).
Hospitality and entertainment projects — restaurants, bars, spas, and cultural venues — often require architecture services contracts covering both the regulatory compliance design (NOM-fire safety, accessibility, health permits from COFEPRIS for food establishments) and the aesthetic interior design (diseño de interiores) that distinguishes the brand experience.
Heritage building restoration (restauración de inmuebles históricos) projects — particularly in historic city centres (centros históricos) designated by the Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) or the Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) as protected zones — require architecture contracts specifying compliance with the Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (LFMZAAH) and INAH or INBA permit requirements. Only architects with specialised credentials in patrimonio cultural are appropriate for these projects.
Social housing (vivienda social) projects financed by INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), FOVISSSTE, or the Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) require architecture contracts compliant with LOPSRM procurement rules if publicly funded, and conforming to the Norma Técnica NMX-R-018-SCFI-2011 on sustainable housing design.
What to Include in Your Architecture Services Contract Mexico
A valid Architecture Services Contract Mexico under the Ley General de Profesiones (LGP) Article 5 and the Código Civil Federal (CCF) Article 2606 must include the following essential elements for professional compliance and enforceability:
Identification of Parties and Professional Credentials: Full legal name, RFC, and domicilio of both the architect or architecture firm (prestador del servicio) and the client or property owner (dueño de obra or contratante). The contract must include the architect's Cédula Profesional number issued by the Dirección General de Profesiones (DGP) of the SEP — this is the mandatory professional licence under the Ley General de Profesiones. For architecture firms, the Cédula Profesional of the architect responsible for the project (director responsable de obra — DRO) must be identified. In Ciudad de México, the DRO must additionally hold a Registro de Director Responsable de Obra (RDRO) issued by SEDUVI for projects requiring licencia de construcción.
Project Description and Scope of Services: Precise description of the construction project — address of the property (predio), type of construction (habitacional, comercial, industrial, mixto), approximate total area (m²), number of floors (niveles), and programme of spaces (programa arquitectónico). The specific architectural services included in the contract — divided into standard FCARM service phases: (1) Anteproyecto (schematic design — 10–15% of total fee); (2) Proyecto arquitectónico (design development and construction documents — 35–40%); (3) Proyecto ejecutivo (construction documents — 25–30%); (4) Trámites y permisos (permitting support — building licence, use of land permit, SEDUVI or state urban development authority submissions — 10%); and (5) Supervisión de obra (construction administration and site supervision — 20–25%). Services excluded from scope — structural engineering, MEP engineering, geotechnical studies, topographic surveys, legal work — and the client's obligation to engage and pay for these separately.
Copyright in Architectural Designs — LFDA Provisions: Ownership of the architectural plans, drawings, models, and associated documents produced under the contract. Under LFDA Article 26, the architect retains copyright unless a written cesión de derechos patrimoniales is included. Standard practice in Mexico distinguishes: the client owns the physical plans delivered (propiedad del soporte material — the paper or digital files); but the architect retains copyright in the intellectual design (derechos de autor sobre el proyecto arquitectónico). The client's licence to use the plans is limited to the specific project at the specific property — they cannot re-use the designs for another building without the architect's consent and additional fees. Moral rights (derechos morales) under LFDA Article 18 — including the right to be credited as the designer of the completed building — remain permanently with the architect.
Professional Fees and Payment Schedule: Total professional fee (honorarios totales) in MXN, calculated per the FCARM Arancel de Honorarios as a percentage of estimated construction cost (typically 8–15% for full services depending on project complexity) or as a fixed fee (honorarios fijos). Payment schedule aligned with service phases — advance payment (anticipo) of 10–20% at contract signing; phase payments upon completion and approval of each design deliverable; and construction supervision fees billed monthly during the construction period. IVA (16%) stated separately and CFDI issuance obligation under CFF Article 29.
Client Obligations and Information: The client's obligation to provide: legal proof of property ownership (título de propiedad) or right to develop (concesión or contrato de arrendamiento); cadastral survey (levantamiento topográfico) and geotechnical study (estudio de mecánica de suelos) at the client's cost; timely written approvals of design stages within agreed review periods; and access to the property for site visits, surveys, and construction supervision.
Construction Supervision Scope and Limits: Clear definition of whether the architect's supervision services constitute supervisión estética (aesthetic review only — periodic visits to verify design intent) or supervisión técnica (full-time technical supervision including structural and MEP compliance monitoring). The architect's supervision role does not make the architect the construction contractor — the distinction between the architect's professional liability and the contractor's (empresa constructora) construction liability under Article 2042 CCF (obra a precio alzado) should be expressly documented.
Liability and Professional Indemnity: The architect's professional liability for design errors under Articles 2606 and 1910–1934 CCF — with a claim limitation period consistent with the five-year prescription period under CCF Article 1159 for professional services claims. Requirement for professional indemnity insurance (seguro de responsabilidad profesional) covering design defects claims. Limitation of liability cap expressed as a multiple of professional fees paid, consistent with Mexican professional services market norms.
Term, Suspension, and Termination: Project timeline with milestone dates for each design phase, permitting submissions, and expected construction start and completion. Provisions for project suspension (suspensión de obra) — by the client voluntarily or by authority order (suspensión por autoridad) — and additional fees for re-activation after suspension. Termination for convenience by the client with payment for work completed plus a cancellation fee; termination for cause by either party with specific grounds and notice requirements.
Forms-legal.com provides this Architecture Services Contract Mexico template as a practical starting point. Projects involving heritage-protected buildings, federally funded construction subject to LOPSRM, or complex mixed-use developments in restricted urban zones should be reviewed by both a Licenciado en Derecho specialised in derecho inmobiliario and a Colegio de Arquitectos-registered practitioner before execution.
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Forms Legal. (2026). Architecture Services Contract Mexico (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/business/services/architecture-services-contract-mexico
"Architecture Services Contract Mexico (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/business/services/architecture-services-contract-mexico.
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}Frequently Asked Questions
Todos los arquitectos que ejercen en México deben contar con una Cédula Profesional de Arquitecto emitida por la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP), bajo el artículo 5 de la Ley General de Profesiones (LGP). La Cédula Profesional certifica que el titular ha concluido una Licenciatura en Arquitectura de una universidad reconocida por la SEP y ha registrado su título ante la DGP. Ejercer la arquitectura sin Cédula Profesional válida es un delito federal bajo el artículo 250 del Código Penal Federal (delito de ejercicio ilegal de profesión), sancionado con prisión. En Ciudad de México, los arquitectos que dirigen proyectos de construcción de cierta complejidad deben adicionalmente contar con el Registro de Director Responsable de Obra (RDRO) emitido por SEDUVI, registro profesional municipal que autoriza al arquitecto a presentar solicitudes de licencia de construcción y firmar la conformidad de la obra. Registros similares de DRO se requieren en Guadalajara (Ayuntamiento de Guadalajara), Monterrey (Municipio de Monterrey) y otras ciudades importantes, con distintos requisitos locales. Los clientes deben verificar tanto la Cédula Profesional federal como el registro DRO municipal aplicable antes de firmar un contrato de servicios de arquitectura.
Los planos arquitectónicos, dibujos, maquetas y documentos de proyecto elaborados por un arquitecto independiente conforme a un contrato de servicios pertenecen al arquitecto como titular de los derechos de autor conforme al Artículo 26 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), salvo que el contrato incluya una cesión de derechos patrimoniales por escrito. La práctica mexicana distingue dos capas de propiedad: (1) los entregables físicos (planos físicos o archivos digitales) — el cliente es dueño de estos documentos materiales una vez pagados, de forma análoga a comprar un libro; y (2) el contenido intelectual — el diseño arquitectónico en sí — que permanece como derecho de autor del arquitecto salvo que se ceda expresamente. Con el derecho de autor sobre el diseño, el arquitecto puede impedir que el cliente reutilice los mismos planos para construir un segundo edificio idéntico sin una compensación adicional. Un paralelo fotográfico: pagar a un fotógrafo no te otorga la titularidad de los derechos de autor sobre las fotografías. Para que el cliente pueda usar, modificar y replicar libremente los diseños, el contrato debe incluir una cesión de derechos patrimoniales conforme a la LFDA que especifique las obras, el territorio y la duración. Los derechos morales del arquitecto — incluido el derecho a ser reconocido como diseñador del edificio terminado — son inalienables y no pueden cederse ni siquiera con una cesión total de derechos patrimoniales.
La construcción en México se regula principalmente a nivel municipal, con una variación considerable entre jurisdicciones. En la Ciudad de México, los principales permisos requeridos son: Certificado de Uso de Suelo expedido por la SEDUVI que confirma el tipo de construcción permitido para el predio específico; Licencia de Construcción expedida por la Alcaldía tras la presentación de los planos arquitectónicos y estructurales sellados por un DRO registrado; y, en algunos casos, la Manifestación de Construcción para proyectos por debajo de ciertos umbrales de superficie. En Guadalajara, Monterrey y otras grandes ciudades, los permisos equivalentes los expide la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento respectivo. Los proyectos federales en terreno federal o que afectan infraestructura federal requieren autorizaciones adicionales de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y, en materia de impacto ambiental, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Los proyectos que afectan zonas arqueológicas requieren autorización del INAH conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. El contrato de servicios de arquitectura debe especificar el alcance del arquitecto para el apoyo en la obtención de permisos — incluido qué presentaciones ante las autoridades están incluidas en los honorarios y cuáles requieren una compensación adicional.
La Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana (FCARM) publica el Arancel de Honorarios Profesionales de Arquitectura — la tabla de honorarios de referencia para los servicios de arquitectura en México. Si bien el arancel no es legalmente obligatorio para los contratos del sector privado, los arquitectos y los clientes lo usan ampliamente como el estándar de mercado para el cálculo de honorarios. El arancel de la FCARM establece los honorarios como un porcentaje del valor estimado de obra (costo total estimado de construcción), que típicamente va del 8% al 15% para los servicios completos de arquitectura (del anteproyecto hasta la supervisión de obra), con porcentajes más altos para los tipos de proyecto más complejos (restauración de patrimonio, hospitales, instalaciones industriales especializadas) y porcentajes más bajos para los grandes desarrollos residenciales repetitivos. El porcentaje del honorario se aplica al costo total de construcción a la conclusión del proyecto — lo que significa que los honorarios totales del arquitecto aumentan si el alcance del proyecto se amplía o si los costos de construcción suben. De manera alternativa, los honorarios pueden negociarse como una suma fija (honorario fijo) con base en el alcance estimado, con disposiciones de órdenes de cambio para las adiciones de alcance. Los honorarios de supervisión de obra a menudo se calculan por separado como una iguala mensual durante el periodo de construcción o como una tarifa por hora por las visitas de obra. El contrato de servicios de arquitectura debe especificar si los honorarios son por porcentaje o por suma fija, el costo de construcción base estimado utilizado y el mecanismo para ajustar los honorarios si el alcance cambia significativamente.
El Director Responsable de Obra (DRO) es un arquitecto o ingeniero titulado que cuenta con un registro profesional municipal adicional que lo autoriza a presentar solicitudes de licencia de construcción, firmar los planos de construcción y asumir la responsabilidad legal del cumplimiento técnico de un proyecto de construcción ante la autoridad municipal. En la Ciudad de México, el RDRO (Registro de Director Responsable de Obra) lo expide la SEDUVI conforme a los Artículos 26 a 30 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF) — los requisitos incluyen una Cédula Profesional válida, un mínimo de años de experiencia profesional y aprobar un examen técnico de la SEDUVI. Se requieren registros de DRO similares en Guadalajara (Ayuntamiento de Guadalajara), Monterrey (Municipio de Monterrey), Puebla y otras grandes ciudades, con requisitos locales variables. El DRO asume la responsabilidad profesional personal ante la autoridad municipal por la corrección técnica de los planos presentados — incluidas la seguridad estructural, la protección contra incendios, la accesibilidad y el cumplimiento del Reglamento de Construcciones local. Si los defectos en los planos presentados causan colapsos de construcción, lesiones o muertes, el DRO puede enfrentar cargos penales conforme al Código Penal por construcciones peligrosas, además de la responsabilidad civil. El contrato de servicios de arquitectura debe identificar al DRO por nombre y número de RDRO si las presentaciones de permisos municipales están dentro del alcance.
La responsabilidad profesional del arquitecto por defectos de construcción en México se rige por los Artículos 2606 y 2042 a 2060 del Código Civil Federal. El Artículo 2042 del CCF regula los contratos de obra a precio alzado — donde el contratista garantiza el resultado de la obra — frente a los contratos de servicios profesionales donde el arquitecto garantiza la diligencia profesional (lex artis) pero no el resultado absoluto. Para los defectos de diseño que causan fallas estructurales, el arquitecto responde conforme a los Artículos 1910 a 1934 del CCF por los actos profesionales negligentes que causan daño. El plazo de prescripción de las acciones de responsabilidad por servicios profesionales conforme al Artículo 1159 del CCF es de cinco años a partir del momento en que el daño se hace del conocimiento. La jurisprudencia de la SCJN ha sostenido que los defectos estructurales descubiertos tras la conclusión del edificio pueden atribuirse al arquitecto proyectista si son imputables a errores de diseño — particularmente cuando el arquitecto también prestó la supervisión de la obra. El Artículo 65 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal impone una garantía de seguridad estructural de diez años a las edificaciones terminadas — lo que amplía el periodo de exposición del arquitecto por defectos estructurales latentes. El seguro de responsabilidad profesional del arquitecto no es legalmente obligatorio en México, pero es práctica estándar para los arquitectos titulados que trabajan en proyectos comerciales y multifamiliares. El contrato de servicios de arquitectura debe incluir un límite de responsabilidad profesional, los requisitos de seguro y un procedimiento de reclamaciones que especifique las obligaciones de notificación y los derechos de investigación antes de emprender las reparaciones.
Las obras arquitectónicas en México reciben una doble protección de derechos de autor conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA): la protección de los dibujos, planos y documentos arquitectónicos como obras gráficas de autoría conforme al Artículo 7 Fracción III de la LFDA; y la protección del edificio terminado en sí como obra arquitectónica conforme al Artículo 7 Fracción IV de la LFDA. El arquitecto detenta los derechos de autor tanto de los planos como del edificio desde su creación, sin necesidad de registro. El Artículo 148 Fracción VIII de la LFDA (la excepción de contexto) permite las fotografías de edificios visibles desde espacios públicos con fines artísticos o informativos sin el consentimiento del arquitecto — congruente con el principio de que los edificios visibles públicamente pueden documentarse libremente. Sin embargo, la reproducción no autorizada de los planos, diseños o modelos tridimensionales arquitectónicos para construir un segundo edificio constituye una infracción a los derechos de autor conforme al Artículo 231 de la LFDA, accionable ante los tribunales civiles por daños y ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) por sanciones administrativas. El contrato de servicios de arquitectura debe regular expresamente: la licencia del cliente para usar los planos para el único proyecto contratado; la prohibición de reutilizarlos para otros proyectos sin una compensación adicional; y el derecho moral de atribución del arquitecto a ser reconocido como diseñador del edificio terminado en todas las comunicaciones públicas, directorios y postulaciones a premios.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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